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CERTIFICADO: COMPAÑÍA DE SEGUROS: HDI SEGUROS S.A. Certificado de cobertura Seguro Automotriz Plan: Deducible: HDI EST 4.1 UF 3 3 UF LUJANO RUT: FONO: EDUARDO APELLIDO M.: SAN BERNARDO NOMBRE: DIRECCIÓN: EMAIL: giusepe verdi 1610 APELLIDO P.: 930274392 REGION: 25.750.563-4 COMUNA: ARDILES DATOS DEL ASEGURADO REGIÓN METROPOLITANA [email protected] DATOS DE LA MATERIA TIPO VEHICULO: MARCA: MODELO: AÑO NUMERO MOTOR: PATENTE: COLOR: CHASIS: AUTOMOTRIZ SUZUKI MA3FB42S0LA549915 GRIS K10BN8283267 ET0 ALTO 2020 DATOS DE LA POLIZA CORREDOR: RUT: CONTRATANTE: RUT: COMPAÑIA: RUT: COMISION CORREDOR: VIGENCIA: Desde: Hasta: CORREDORA DE SEGUROS RIPLEY LTDA. 77.472.420-6 HDI SEGUROS S.A. 99.231.000-6 4.5 07-02-2020 12:00 hrs. 07-02-2021 12:00 163363677 CAR S.A. 83.187.800-2 Página 1 de 25

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CERTIFICADO:COMPAÑÍA DE SEGUROS: HDI SEGUROS S.A.

Certificado de cobertura Seguro Automotriz

Plan: Deducible:HDI EST 4.1 UF 3 3 UF

LUJANO

RUT:

FONO:

EDUARDO

APELLIDO M.:

SAN BERNARDONOMBRE:

DIRECCIÓN:

EMAIL:

giusepe verdi 1610

APELLIDO P.: 930274392

REGION:25.750.563-4

COMUNA:

ARDILES

DATOS DEL ASEGURADO

REGIÓN METROPOLITANA

[email protected]

DATOS DE LA MATERIA

TIPO VEHICULO:

MARCA:

MODELO:

AÑO

NUMERO MOTOR:

PATENTE:

COLOR:

CHASIS:

AUTOMOTRIZ

SUZUKI

MA3FB42S0LA549915

GRIS

K10BN8283267

ET0

ALTO

2020

DATOS DE LA POLIZA

CORREDOR:

RUT:

CONTRATANTE:

RUT:

COMPAÑIA:

RUT:

COMISION CORREDOR:

VIGENCIA: Desde: Hasta:

CORREDORA DE SEGUROS RIPLEY LTDA.

77.472.420-6

HDI SEGUROS S.A.

99.231.000-6

4.5

07-02-2020 12:00 hrs. 07-02-2021 12:00

163363677

CAR S.A.

83.187.800-2

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

FORMA DE PAGO DEL SEGURO

Nombre Pagador:

RUT Pagador:

Número de Cuotas:

Día de Pago:

Fecha Primer Vencimiento:

Valor Cuota:

Medio de Pago:

Nro. Documento:

Institución Financiera:

YOSMIRA PERNIA ARDILA

25.198.695-9

12

28

28-02-2020

UF 1.2383

Tarjeta Ripley

XXXXXXXXXXXX6630

CAR S.A.

TOTAL DE LA PROPUESTAPrima Afecta (UF):

Prima Exenta (UF):

IVA (UF):

Prima Bruta (UF):

Prima Total Propuesta (UF):

12.49

0

2.37

14.86

14.86

COBERTURAS CÓDIGO MONTOASEGURADO

DEDUCIBLE Prima Neta

P120140295 12.4874DAÑOS MATERIALES ALVEHICULO POL 1 2014 0295

P120140295RESPONSABILIDAD CIVIL PORDAÑO EMERGENTE POL 1 20140295

P120140295RESPONSABILIDAD CIVIL PORDAÑO MORAL POL 1 2014 0295

P120140295RESPONSABILIDAD CIVIL PORLUCRO CESANTE POL 1 20140295

P120140295ROBO DE ACCESORIOS, PIEZASY PARTES DEL VEHICULOPOL 120140295

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

COBERTURAS CÓDIGO MONTOASEGURADO

DEDUCIBLE Prima Neta

P120140295DAÑOS POR HUELGA YTERRORISMO POL 120140295

P120140295DAÑOS POR ACTOS MALICIOSOSPOL 1 2014 0295

P120140295DAÑOS POR RIESGOS DE LANATURALEZA POL 120140295

P120140295DAÑOS POR GRANIZO POL 12014 0295

P120140295DAÑOS POR SISMO POL 1 20140295

C120140297DAÑOS MATERIALES CAUSADOSPOR LA PROPIA CARGA CAD 12014 0297

C120140299DAÑOS A TERCEROS CAUSADOSPOR PROPIA CARGA CAD 1 20140299

C120140298DAÑOS MATERIALES PORCONDUCTORES DEPENDIENTESCAD 1 2014 0298

C120140300DAÑOS A TERCEROS PORCONDUCTORES DEPENDIENTESCAD 120140300

C120140301DEFENSA PENAL YCONSTITUCION DE FIANZAS CAD120140301

P120140303ASISTENCIA RIPLEY POL 1 20140303

P120140295ROBO, HURTO O USO NOAUTORIZADO DEL VEHICULOPOL 1 2014 0295

Total Item UF 12.49

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

HDI ESTÁNDAR 4.0

COBERTURAS

Cobertura Monto Máximo Condicionado SVSDaños materiales al vehículo. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Robo, hurto o uso no autorizado del vehículo. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Responsabilidad Civil por Daño emergente. Límite UF 700 Cobertura principal,POL 1 2014 0295Responsabilidad Civil por Daño Moral. Límite UF 700 Cobertura principal,POL 1 2014 0295Responsabilidad Civil por Lucro Cesante. Límite UF 700 Cobertura principal,POL 1 2014 0295Robo de Accesorios, Piezas y partes del vehículo 10% del valor comercial del vehículo con tope de UF 50 Cobertura principal,POL 1 2014 0295Huelga y Terrorismo. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Actos Maliciosos. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Riesgos de la Naturaleza. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Daños por Granizo. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Daños por Sismo. Valor Comercial Cobertura principal,POL 1 2014 0295Daños Materiales Causados por la propia carga. Valor Comercial Cobertura adicional,CAD 1 2014 0297Daños a terceros causados por la propia carga. Límite UF 500 Cobertura adicional,CAD 1 2014 0299Daños Materiales Causados por conductores dependientes. Valor Comercial Cobertura adicional,CAD 1 2014 0298Daños a terceros causados por conductores dependientes. Límite UF 500 Cobertura adicional,CAD 1 2014 0300Defensa Penal y constitución de fianzas. Límite UF 50 Cobertura adicional, CAD 1 2014 0301Asistencia al vehículo - POL 1 2014 0303

Las condiciones particulares mencionadas a continuación precisan algunos detalles de las condiciones generales, aportaninformación necesaria paraidentificar el riesgo asegurado y especifican los detalles de las coberturas contratadas. Para mayor información, el aseguradodebe consultar lascondiciones generales y sus cláusulas adicionales respectivas, depositadas en el registro de pólizas de la S.V.S

La cobertura otorgada por la presente póliza es para vehículos de uso particular entendiéndose como tales aquellos que no estándestinados atransporte de materiales o personas como actividad comercial, cualquier otro uso libera a la cía. de toda responsabilidad en casode siniestro.

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 524 N°1 y 525 del Código de Comercio, los datos contenidos en esta Solicitudexpresan fielmente laverdad sobre el contratante y el estado de las materias que se aseguran. Toda inexactitud contenida en ella es de exclusivaresponsabilidad delasegurado y dará derecho, en su caso, a la Compañía de Seguros a eximirse del pago de cualquier siniestro y poner término a lapóliza y demandar losdaños y perjuicios que le hayan causado.Esta Solicitud presenta un resumen del contrato de seguro, el detalle de las coberturas y de las exclusiones se encuentra en lascondiciones generalesy particulares de la póliza.Copia de las condiciones generales y particulares están disponibles en las oficinas de Corredora de Seguros Ripley Ltda., ypueden ser solicitadastambién a la Compañía de Seguros.Se establece expresamente, de acuerdo al artículo 517 de Código de Comercio, que el asegurador podrá modificar lascondiciones del seguro, lascuales sólo podrán realizarse previa comunicación al asegurado. De todas formas, las modificaciones sólo comenzarán a regir acontar de la siguienterenovación del contrato.

DERECHO A RETRACTO:El asegurado tiene derecho a retractarse del seguro adquirido, sin expresión de causa ni penalización alguna, en un plazo de 35días contados desdeque el asegurado firme la presente solicitud. La retractación deberá comunicarse al asegurador o corredor de seguros queintermedie el seguro, porcualquier medio, que permita la expresión fehaciente de voluntad.Si la retractación se produce con posterioridad al pago de la primera prima, o bien de la prima única, deberá restituirse su importeíntegro alinteresado, con independencia del medio de pago utilizado.

2. DETALLES DE COBERTURAS:DAÑOS MATERIALESEl presente seguro se rige por la modalidad de aseguramiento según el valor comercial, descrito en el artículo 4 (sección C), delTítulo II, de lascondiciones generales de la póliza.PERDIDA TOTALPara efectos de este contrato de Seguros se entenderá por Pérdida Total cuando el costo de reparación sea superior al 65 % delValor Comercial delvehículo.De conformidad al art. 527 del Código de Comercio, en caso que se declare la Pérdida Total del vehículo materia de este seguro,lo que conlleva laextinción de la póliza, se procederá al cobro integro de la prima pendiente para completar la vigencia de la póliza, por lo cual laCompañía tendráderecho a compensar esta deuda del monto de la indemnización que en su caso corresponda. Sin perjuicio de que la Compañíatenga derecho al cobro deprima integra por el periodo restante de vigencia, se acuerda que si la vigencia de la póliza es anual se descontará la prima queresta paracompletar los 12 meses de vigencia, y en caso de que sea bienal se establecerá lo siguiente: Si el siniestro se produce entre el

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

mes 1 y 12, sedescontará la prima que resta para completar los primeros 12 meses de vigencia, en caso de que el siniestro se produzca acontar del mes 13 enadelante, se descontará la prima que resta para cumplir los restantes 12 meses de vigencia.ROBO, HURTO O USO NO AUTORIZADOPara el presente seguro, en caso de robo se entenderá por pérdida total cuando el vehículo no haya sido encontrado, luego detranscurrido 30 díasdesde perpetrado el robo.RESPONSABILIDAD CIVILDaños causados a terceros por los cuales sea civilmente responsable el asegurado. El presente seguro cubre la responsabilidadcivil derivada de unaccidente en que haya tenido participación el vehículo asegurado en los términos establecidos en las condiciones generales. Elmonto asegurado paraefectos de esta cobertura será la cantidad de UF 700 para cada una de las subsecciones: daño emergente, daño moral y lucrocesante.ACTOS MALICIOSOSPara el caso de un siniestro que ocurra a consecuencia de un acto que maliciosamente cause un tercero, la compañíaindemnizará los daños y perjuicioscausados hasta el valor comercial del vehículo de esta materia asegurada, con un deducible, que corresponderá al plancontratado.HUELGA O TERRORISMOEn el caso que los daños sean consecuencia de huelga, cierre patronal, desordenes públicos, delitos contra el orden público oactos de terrorismo,la compañía indemnizará los perjuicios causados a valor comercial.RIESGOS DE LA NATURALEZAEn el caso que los daños sean consecuencia de erupción volcánica, salida de mar de origen no sísmico, inundación, avalancha,huracán o ciclón, lacompañía indemnizará los perjuicios causados a valor comercial.DAÑOS CAUSADOS POR GRANIZOPara el caso que los daños sean consecuencia de granizo, la compañía indemnizará los perjuicios causados a valor comercial.

DAÑOS CAUSADOS POR SISMOPara el caso que los daños sean consecuencia de sismo o salida de mar de origen sísmico, la compañía indemnizará losperjuicios causados a valorcomercial.ROBO DE ACCESORIOSEn caso de robo de accesorios aún cuando estos estén especificados en la póliza, la indemnización en ningún caso podráexceder al 10% del valorcomercial del vehículo con tope de UF 50.

3. EXCLUSIONES:El presente seguro no cubre:A. Exclusiones aplicables a todas las coberturas.1) Los siniestros ocasionados por el/la cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el2º grado, personasque vivan bajo su mismo techo, o trabajadores dependientes del asegurado, como consecuencia del robo, hurto o uso noautorizado del vehículo.2) Los siniestros ocurridos mientras el vehículo asegurado esté siendo destinado a un fin diferente al declarado al contratar el

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

seguro.3) Los siniestros que experimente o provoque el vehículo asegurado cuando participe en apuestas, desafíos, carreras oconcursos de cualquier naturalezao en las pruebas preparatorias para tales eventos o cuando el vehículo sea modificado en su cilindrada o potencia.4) Los daños que experimente el vehículo asegurado o que sean causados por éste cuando sea conducido por una persona bajola influencia de cualquierdroga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos o somníferos.5) Los daños que experimente el vehículo o que sean causados por éste, cuando, siendo el conductor sometido al momento delaccidente, a un examen demedición del alcohol, previsto en las normas legales o reglamentarias, éste arroje un resultado igual o superior a la cantidad dealcohol por milgramos de sangre que la ley tipifique como "estado de ebriedad". Para estos efectos, se establece que la cantidad de alcohol enla sangre en unapersona desciende 0.11 gramos por mil cada hora, o en la fracción que corresponda a los minutos efectivamente transcurridos, siel lapso es inferiora una hora.6) Los daños que experimente el vehículo o que sean causados por éste, cuando el conductor, requerido al efecto por laautoridad competente,injustificadamente se hubiere negado o resistido a la práctica de cualquier examen que sirva para determinar la cantidad dealcohol o drogas en suorganismo.7) Los daños experimentados por el vehículo asegurado o causados por éste cuando su conductor ha huido o abandonado ellugar del accidente.8) Los siniestros cuando la causa que origine los daños o pérdidas sea un delito del cual resulten ser responsables el aseguradoo el conductor.9) Los siniestros ocurridos fuera del territorio de la República de Chile.

B. Exclusiones aplicables a la cobertura de daños al vehículo asegurado.1) El deterioro, desgaste, uso normal del vehículo o sus piezas o partes, así como los daños cuya causa sea la carga en exceso,o desperfectosmecánicos. Si alguna de las situaciones o circunstancias anteriores provocare un accidente cubierto por la presente póliza, sólose indemnizarán losdaños causados por dicho accidente.2) Los daños producidos por personas, animales u objetos transportados o remolcados en el vehículo y los producidos durante lacarga o descarga delos mismos.3) Los daños que experimente el vehículo mientras es trasladado por un medio transportador distinto de los señalados en la letraA del artículo 4.4) Las pérdidas de beneficios, el lucro cesante y otros perjuicios indirectos de cualquier tipo.

5) Los daños que sufra el vehículo asegurado, que tuvieren por origen o fueren una consecuencia de guerra, invasión, actoscometidos por enemigosextranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección,sublevación, rebelión,sedición, motín o hechos que las leyes castigan como delitos contra la seguridad interior del Estado.6) Los daños que sufra el vehículo asegurado, que tuvieren por origen o fueren agravados por reacción nuclear, radiación nuclearo contaminaciónradiactiva.

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RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

7) Los daños sufridos por el vehículo asegurado mientras recorre, atraviesa o se encuentra detenido en cualquier curso de agua,río, arenal, playade mar, lago o terreno no destinado para el tránsito de vehículos a motor, salvo que éstos sean trayecto obligado en caminopúblico.8) Los daños causados por cualquier otra convulsión de la naturaleza no explicitada en la cobertura.9) Los daños a los neumáticos y cámaras, a no ser que provengan de un accidente que provoque daños indemnizable al resto delvehículo.10) La privación del bien asegurado como consecuencia de apropiación indebida, incautación, acto de autoridad u otro hechodistinto de robo o hurto.11) Los daños causados al motor como consecuencia de la aspiración de agua u otro líquido en su interior, por cualquier causa.12) Daños producidos por animales, como por ejemplo rasguños, mordeduras de perro o roedores.13) Los siniestros ocurridos a consecuencia de la modificación de piezas o partes del vehículo asegurado.14) Los causados por combustibles y elementos inflamables, explosivos, o tóxicos transportados en el vehículo asegurado.15) El daño, robo, hurto o extravío de las llaves del vehículo, así como de cualquier otro elemento piezas, partes o accesorios queno estén demanera permanente y absolutamente adheridos al vehículo asegurado, aunque estén inspeccionados, como por ejemplo, y sinque la enumeración seataxativa, tapas y conos de rueda, teléfonos celulares, detectores de radar, radio de banda civil, GPS, Video, TV, TAG. C.

Exclusiones aplicables a la cobertura de Responsabilidad Civil.1) Daños o lesiones, incluyendo muerte, causados a las personas, animales o cosas transportadas o remolcadas en el vehículoasegurado.2) Daños o lesiones, incluyendo muerte, causados por las personas, animales o cosas transportadas o remolcadas en el vehículoasegurado.3) La responsabilidad contractual.4) Los daños a puentes, básculas, viaductos, carreteras y a todo lo que pueda existir bajo los mismos, debidos al peso delvehículo, de sus acopladoso de la carga transportada.5) Los daños a los bienes de las personas que dependen del asegurado, de su cónyuge, de sus ascendientes, susdescendientes, o parientes porconsanguinidad o afinidad hasta el 2° grado, así como toda persona que viva bajo el mismo techo con el asegurado.

6) Los daños a cosas confiadas al asegurado para que las controle, custodie, vigile, transporte, arrastre o remolque y, en general,las que tengabajo cualquier título que produzca la obligación de restituirlas o devolverlas.7) Los perjuicios indirectos, entendiéndose por estos, aquellos daños en que no existe nexo causal alguno entre el hecho dañosoen el que hayaparticipado el vehículo asegurado del que pudiere el asegurado resultar civilmente responsable y el daño propiamente tal.

Exclusiones aplicables a la cobertura de asistencia POL 1 2014 0303Están excluidos de esta cobertura las prestaciones y hechos siguientes:a) Los servicios que el asegurado haya concertado por su cuenta, sin previo consentimiento de la compañía, salvo que lacomunicación haya sidoimposible por razón de fuera mayor.b) Las asistencias derivadas de prácticas deportivas en competición.La compañía queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor le sea imposible prestar las acciones deasistencia prescritas enesta póliza, sin perjuicio de las indemnizaciones a que hubiere lugar, las que se pagarán contra presentación de los

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RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

comprobantes de gastosrespectivos que presente el asegurado y hasta concurrencia de los límites que al efecto se estipulan en las CondicionesParticulares.

4. DEDUCIBLES:Deducible UF 3El plan contratado considera deducible de UF 3 en toda y cada pérdida, excepto en las coberturas de Responsabilidad Civil yAsistencia (a excepcióndel plan con deducible 0 UF).DEDUCIBLE ADICIONAL: En caso de siniestro, siendo la edad del conductor diferente a la edad declarada en la propuesta deseguro original, se aplicaraun deducible de UF 5 adicional al plan contratado.

DEDUCIBLE INTELIGENTE:En caso de siniestro, derivado de una colisión accidental con un tercero, esto es amparado por el artículo 4 letra A Nº 1, no seaplicará el deduciblepactado para la cobertura de daños materiales indicado en las condiciones particulares de la póliza, cuando exista un terceroclaramente identificadoy definitivamente culpable. Para estos efectos, debe cumplirse las siguientes condiciones:1. El tercero se entenderá claramente identificado cuando se conozca el nombre, dirección y teléfono del conductor, patente,marca, modelo y colordel vehículo del tercero.2. El tercero se entenderá definitivamente culpable, solamente cuando la causa basal del accidente se deba a que:a. El tercero claramente chocó por atrás al vehículo aseguradob. El tercero no respetó un disco Pare o Ceda el Paso3. Que el asegurado aporte a la compañía todos los datos indicados en los puntos anteriores, debiendo además indicar los datosdel seguro del tercero,si fuera procedente.Nota: Para otros casos de accidente de tránsito, distintos de las circunstancias indicadas en el punto 2, en que se estime que laresponsabilidad esdel tercero involucrado, sólo procederá la aplicación de esta cláusula cuando el tercero esté claramente identificado, esto es,cuando se conozca elnombre, dirección y teléfono del conductor, patente, marca, modelo y color del vehículo del tercero y además se cuente con unreconocimiento expresode responsabilidad del tercero, ya sea en una constancia o parte policial o bien en un documento suscrito por el terceroinvolucrado con una copia desu cédula de identidad en el que expresamente reconozca su participación y responsabilidad en el accidente que ocasionó losdaños causados al vehículoasegurado. Es responsabilidad del asegurado aportar todos estos antecedentes a la compañía, debiendo además indicar losdatos del seguro del tercero,si fuera procedente.

DEDUCIBLE ESPECIALPara los vehículos que se mencionan en el siguiente párrafo y que no cuenten con dispositivo inhibidor de partida instalado defábrica o en su defecto,un equipo inspeccionado y aprobado por la compañía, regirá un deducible de 30% de la pérdida, para la cobertura de robo, hurtoo uso no autorizado,contemplada en la POL 1 2014 0295. Los vehículos que cuentan con el deducible mencionado en el párrafo anterior son los

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25.750.563-4RUT: NOMBRE:EDUARDO ARDILES LUJANO N° CERTIFICADO:163363677

RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

siguientes:¿ TOYOTA YARIS (año 2007 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 50.¿ TOYOTA RAV 4 (año 2007 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 50.¿ SUZUKI SWIFT (año 2007 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 50.¿ SUZUKI GRAND NOMADE (año 2007 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 50.¿ HYUNDAI SANTA FE (año 2007 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 50.¿ NISSAN TERRANO D-21 (año 2006 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 100.¿ NISSAN TERRANO D-22 (año 2006 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 100.¿ NISSAN NAVARA (año 2008 en adelante), cuenta con un deducible mínimo de UF 100.

Los siguientes modelos cuentan con un dispositivo inhibidor de fábrica:

• TOYOTA NEW YARIS SPORT (2012).• TOYOTA RAV 4 LIMITED (2012).• SUZUKI SWIFT MOTOR 1.4.• SUZUKI GRAND NOMADE (2012).• HYUNDAI SANTA FE (modelos vendidos con posterioridad al 07/04/2012).• NISSAN NAVARA LE (DL215, DL223, DL225).

5. VIGENCIA:LA VIGENCIA DEL SEGURO SERÁ DE 12 MESES.6. MEDIOS DE PAGO:EL MEDIO DE PAGO DE LA PRIMA SERÁ CON TARJETA DE CRÉDITO HASTA 12 CUOTAS. NO OBSTANTE ELLO, ELCLIENTE PODRÁ CANCELAR SU PLAN DE SEGUROS CON OTROSMEDIOS DE PAGO EN UNA (01) SOLA CUOTA, LA QUE CUBRIRÁ EL PERIODO INICIAL DE VIGENCIA ANUAL.EL CONTRATANTE O EL ASEGURADO QUEDA EN PLENO CONOCIMIENTO QUE ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE REALIZAREL CARGO DE LA PRIMA MENSUAL EN EL MEDIO DE PAGOINDICADO POR EL CLIENTE, POR INHABILITACIÓN O BLOQUEO PARA RECIBIR CARGOS, SE PROCEDERÁ A LACANCELACIÓN DE LA PÓLIZA DE ACUERDO A LO QUE INDICA ELARTÍCULO 528, DEL CÓDIGO DE COMERCIO.7. INSPECCIÓN:TODOS LOS VEHÍCULOS DEBEN SER INSPECCIONADOS, A EXCEPCIÓN DE LOS VEHÍCULOS NUEVOS CON FACTURADE HASTA 48 HORAS DE EMITIDA CONTADOS HACIA ATRÁSDESDE LA FECHA DE LA SOLICITUD. ESTA SOLICITUD ES VÁLIDA SI LA INSPECCIÓN EN SANTIAGO OCURRE DENTRODE 2 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DE LAMISMA O DENTRO DE 3 DÍAS HÁBILES FUERA DE SANTIAGO Y SIEMPRE QUE LA INSPECCIÓN SEA APROBADA POR LACOMPAÑÍA DE SEGUROS. SI LA INSPECCIÓN DEL VEHÍCULOFUERE REALIZADA ANTE UNA TERCERA PERSONA DISTINTA DEL ASEGURADO, SE LE CONFIERE A DICHA PERSONAPODER SUFICIENTE, FACULTÁNDOLA PARA QUE EN SU NOMBREY REPRESENTACIÓN REALICE LA INSPECCIÓN DEL VEHÍCULO INDIVIDUALIZADO EN ESTA SOLICITUD Y FIRME LACORRESPONDIENTE ACTA DE INSPECCIÓN, LIBERANDO ACORREDORA DE SEGUROS RIPLEY LTDA. Y HDI SEGUROS S.A. DE TODA RESPONSABILIDAD EN EL CUMPLIMIENTODEL REFERIDO ENCARGO. EL SOLICITANTE CONSIENTEEXPRESAMENTE QUE SI LA COMPAÑÍA DECIDE ASUMIR EL RIESGO, LO HARÁ DE ACUERDO A LA EVALUACIÓN DELBIEN ASEGURADO QUE CONSTA EN EL ACTA DE INSPECCIÓN.CON LA EMISIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD, NO SE OBTIENE COBERTURA ALGUNA AL RIESGO QUE SE PROCURAASEGURAR. LA COBERTURA COMIENZA A REGIR ÚNICAMENTEA PARTIR DEL MOMENTO EN QUE ESTA SOLICITUD SEA ACEPTADA POR EL ASEGURADOR Y SE INICIE LA VIGENCIA

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RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

DEL SEGURO. LA COMPAÑÍA SE RESERVA EL DERECHO ARECHAZAR RIESGOS PROPUESTOS POR EL ASEGURADO.

8. COMISIONES:COMISIÓN DEL CORREDOR: 4,5% DE LA PRIMA NETA + IVASERVICIO DE RECAUDACIÓN: 13% SOBRE LA PRIMA NETA

9. INFORMACIÓN SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOSEN VIRTUD DE LA CIRCULAR NRO. 2.131 DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2013, LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS,CORREDORES DE SEGUROS Y LIQUIDADORES DE SINIESTROS, DEBERÁNRECIBIR, REGISTRAR Y RESPONDER TODAS LAS PRESENTACIONES, CONSULTAS O RECLAMOS QUE SE LESPRESENTEN DIRECTAMENTE POR EL CONTRATANTE, ASEGURADO,BENEFICIARIOS O LEGÍTIMOS INTERESADOS O SUS MANDATARIOS.LAS PRESENTACIONES PUEDEN SER EFECTUADAS EN TODAS LAS OFICINAS DE LAS ENTIDADES QUE SE ATIENDAPÚBLICO, PRESENCIALMENTE, POR CORREO POSTAL, MEDIOSELECTRÓNICOS, O TELEFÓNICAMENTE, SIN FORMALIDADES, EN EL HORARIO NORMAL DE ATENCIÓN.RECIBIDA UNA PRESENTACIÓN, CONSULTA O RECLAMO, ÉSA DEBERÁ SER RESPONDIDA EN EL PLAZO MÁS BREVEPOSIBLE, EL QUE NO PODRÁ EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILESCONTADOS DESDE SU RECEPCIÓN.EL INTERESADO, EN CASO DE DISCONFORMIDAD RESPECTO DE LO INFORMADO, O BIEN CUANDO EXISTA DEMORAINJUSTIFICADA DE LA RESPUESTA, PODRÁ RECURRIR A LASUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, ÁREA DE PROTECCIÓN AL INVERSIONISTA Y ASEGURADO, CUYASOFICINAS SE ENCUENTRAN UBICADAS EN AVDA. LIBERTADORBERNARDO O´HIGGINS 1449 PISO 1, SANTIAGO, O A TRAVÉS DEL SITIO WEB WWW.SVS.CL.

10. CÓDIGO DE AUTORREGULACIÓNHDI Seguros se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio deBuenas PrácticasCorporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguroscon sus clientes.Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl.Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a loscontratos celebradoscon ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en lasoficinas de HDISeguros o a través de la página web www.ddachile.cl.11. DOMICILIOPara todos los efectos derivados de este contrato de seguro, las partes fijan como domicilio la ciudad y comuna de Santiago.12. DECLARACIONES DEL ASEGURADOEn cumplimiento al artículo 524, numeral 1º y artículo 525 del código de Comercio, el asegurado ha declarado sinceramente todaslas circunstanciasque permiten identificar la cosa asegurada y apreciar la extensión del riesgo, las que se encuentran contenidas en la solicitud, lacual forma parteintegrante de la póliza.13. OTRAS CONDICIONESREQUISITOS DE ASEGURABILIDAD¿ Vehículos de una antigüedad inferior a 15 años al momento en que se inicia la vigencia anual de la cobertura.¿ Solo se cubren vehículos convencionales de uso particular, por lo tanto, no se cubren:

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1. Vehículos comerciales y/o de carga, taxis, vehículos de turismo, transporte de personas, de arriendo y de emergencia.2. Vehículos de Transporte Público: Furgones Escolares, Transfer, Ambulancias3. Vehículos pesados y camiones.4. Vehículos internados al país con franquicias aduaneras especiales.5. Vehículos hechizos, prototipos y/o únicos en Chile sin representante de marca.6. Vehículos de 3 o menos ruedas.7. Vehículos convertibles y/o con capota no metálica y vehículos de diversión.¿ Se excluye el daño, robo, hurto o extravío de las llaves del vehículo, así como de cualquier otro elemento piezas, partes oaccesorios que noestén de manera permanente y absolutamente adheridos al vehículo asegurado, aunque estén inspeccionados, como porejemplo, y sin que la enumeraciónsea taxativa, tapas y conos de rueda, teléfonos celulares, detectores de radar, radio de banda civil, GPS, Video, TV, TAG.¿ Se excluyen de cobertura equipos de comunicación, antenas, teléfonos, celulares, y similares, incluyendo sus antenas.¿ No se cubre tapas de ruedas y conos de ruedas no apernadas, detectores de radar y otros accesorios relacionados, equipos noadheridos al vehículo,ni radios con panel desmontable sin la presentación del panel.

¿ El Asegurado asume entre otras, la obligación de inspeccionar el Vehículo en un plazo de 48 horas desde la firma de lapropuesta. La Coberturaqueda sujeta a previa inspección del Vehículo y aceptación de dicha inspección por la Compañía.TERMINACIÓN DEL CONTRATOTérmino anticipado de la póliza. El asegurado podrá poner término anticipado al contrato, salvo las excepciones legales,comunicándolo al aseguradoro a través del tomador en la forma establecida en el artículo 23 de las condiciones generales.La cobertura de esta póliza, y sus Cláusulas Adicionales, si las hubiere, terminarán anticipadamente:1. Por no pago de la prima en los términos indicados en el artículo 15 de las Condiciones Generales.2. Por cambio del interés asegurable del asegurado, de acuerdo con el artículo 560 del código de comercio.3. Cuando el Asegurado hubiere omitido o falseado información sustancial y relevante de acuerdo a lo establecido en el Artículo14 de las CondicionesGenerales.4. En caso que la moneda de la póliza dejare de existir y el contratante no aceptare la nueva unidad propuesta por la compañíaaseguradora, según loestablecido en el Artículo 27 de las Condiciones Generales.5. En caso de pérdida total, destrucción o extinción de los riesgos o de la materia asegurada después de celebrado el contrato deseguros, sea que el eventotenga o no cobertura en la póliza contratada.6. En caso que la inspección del bien asegurado no cumpla con los requerimientos de asegurabilidad de la compañía o lainspección no se realice dentro delplazo de 48 horas otorgado.La terminación anticipada del contrato por decisión de la compañía, por alguna de las causas señaladas en los puntos 2 al 6anteriores se produciráa la expiración del plazo de treinta días contados desde la fecha de envío de la respectiva comunicación que, con ese objeto, seaenviada al asegurado enconformidad al artículo 23 de las Condiciones Generales.El Asegurador se reserva el derecho a no renovar el contrato en la fecha de término.

En caso de término anticipado del seguro, por alguna de las razones antes indicadas, la Compañía Aseguradora tendrá derecho ala prima consumida y

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hará devolución de la prima pagada no devengada al Asegurado. En caso de quiebra del asegurador, el asegurado podrá exigiralternativamente la devolución dela prima o que el concurso le afiance el cumplimiento de las obligaciones del fallido.OBLIGACIONES DEL ASEGURADO1. Declarar sinceramente todas las circunstancias que solicite el asegurador para identificar la cosa asegurada y apreciar laextensión de losriesgos.2. Informar, a requerimiento del asegurador, sobre la existencia de otros seguros que amparen el mismo objeto.3. Pagar la prima en la forma y época pactadas.4. Emplear el cuidado y celo de un diligente padre de familia para prevenir el siniestro.5. No agravar el riesgo y dar noticia al asegurador sobre las circunstancias que lleguen a su conocimiento y que reúnan lascaracterísticas señaladas en elartículo 526 del Código de Comercio.

6. En caso de siniestro, tomar todas las providencias necesarias para salvar la cosa asegurada o para conservar sus restos.7. Notificar al asegurador, tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento, de la ocurrencia de cualquier hecho que puedaconstituir oconstituya un siniestro.8. Acreditar la ocurrencia del siniestro denunciado, y declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias.9. El asegurador podrá inspeccionar o examinar durante la vigencia de la póliza la materia asegurada, para lo cual deberácoordinarse previamentecon el asegurado.10. Cumplir con las obligaciones en caso de siniestro señaladas en el artículo 16 de las condiciones generales.11. El asegurado deberá informar oportunamente acerca de la enajenación de los bienes asegurados, dando aviso del término delseguro, a menos que lacompañía consienta por escrito en continuar como asegurador.Si el tomador del seguro (contratante/quien paga el seguro) y el asegurado (propietario del vehículo) son personas distintas,corresponde al tomadorel cumplimiento de las obligaciones del contrato, salvo aquellas que por su naturaleza deben ser cumplidas por el asegurado. Lasobligaciones deltomador podrán ser cumplidas por el asegurado.Las obligaciones impuestas al asegurado, al momento del siniestro, serán de cargo del conductor, si éste fuera una personadistinta del asegurado.DECLARACIÓN DEL ASEGURADO1. El vehículo que se pretende asegurar es de uso exclusivamente particular, de uso personal y/o familiar destinado al transportesin fines de lucroes decir, no se destina al uso comercial en forma habitual u ocasional como taxi, taxi ejecutivo, colectivos, rent a car o arriendo uotro.2. El vehículo que se pretende asegurar no es utilizado, habitual u ocasionalmente, para transportar carga peligrosa (ej. explosivo,corrosivo ocombustible).3. El vehículo que se pretende asegurar tiene una antigüedad menor a 15 años a la fecha de la suscripción de la presentepropuesta.4. La Marca y Modelo del Vehículo son los indicados en la presente propuesta de Seguros.5. El vehículo que se pretende asegurar tiene 4 o más ruedas y no es de tipo cabriolet o descapotable.6. El vehículo que se pretende asegurar posee placa única nacional, y no ha sido internado al amparo de una con franquiciaaduanera.7. El vehículo que se pretende asegurar no presenta daños que impiden el normal funcionamiento de este.

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RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO

8. El Rut del Asegurado corresponde al propietario del vehículo y es el informado para la Cotización de Seguro de Vehículos y enla presentepropuesta.9. El Asegurado está de acuerdo que la comunicación que se requiera enviar se efectué por correo electrónico y/o correocertificado al Aseguradoo Contratante10. La edad de los conductores del vehículo es la informada para la Cotización.

14. CLÁUSULA DE RENOVACIÓN AUTOMÁTICA

Con el objeto de garantizar la continuidad de la cobertura, esta póliza al final de su vigencia será renovada automáticamente, por1 año y asísucesivamente por iguales periodos anuales, a menos que se ponga término anticipado de acuerdo a lo señalado en lasCondiciones Generales de laPóliza.En todo caso, el contratante podrá poner término a la póliza en cualquier momento, renuncia que debe ser comunicada alCorredor o a la Compañíade Seguros emisora de la póliza colectiva.El Asegurador se reserva el derecho a no renovar el contrato en la fecha de término o a modificar condiciones informando alContratante o alAsegurado con 30 días antes del vencimiento de la póliza.15. INDEMNIZACION CERO KILOMETROEn caso de siniestro por pérdida total del vehículo asegurado y amparado por la póliza, la Compañía podrá reponer el vehículosiniestrado poruno nuevo, bajo las siguientes condiciones:(1) Que el vehículo siniestrado tenga una antigüedad inferior a 365 días.(2) Que el vehículo de reposición se encuentre disponible en plaza y sea de similares características al siniestrado tanto enmodelo, motor yequipamiento en general. En caso de no existir el mismo modelo disponible en el mercado, la Compañía se libera de la reposicióny podrá indemnizarel valor comercial del vehículo al momento del siniestro.(3) En caso que el vehículo siniestrado esté en prenda corresponde al acreedor prendario aceptar la reposición, y en tal casoproceder al alzamientode la prenda sobre el siniestrado.(4) En caso de reposición, todos los gastos asociados al nuevo bien (permiso de circulación, inscripción, tag, etc) serán de cargodel asegurado,limitándose la compañía a la adquisición del nuevo vehículo a reponer.

16. COMUNICACIONESCualquier comunicación, declaración o notificación que haya de hacerse entre la compañía y el contratante, el asegurado o susbeneficiarios conmotivo de esta póliza, deberá efectuarse por escrito mediante carta certificada u otro medio fehaciente, dirigida al domicilio de lacompañía oal último domicilio del contratante o asegurado, en su caso, registrado en las condiciones particulares de la póliza. Sin perjuicio delo anterior,si el asegurado hubiere proporcionado un correo electrónico, todas las comunicaciones podrán realizarse a través de este.

17. ASISTENCIA

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Multi Assist OK (MOK) dedicará los números telefónicos 600 6000911, o desde celulares al (02) 2 200 2936 para garantizar laatención de lasllamadas en nombre de ¿Asistencia Ripley¿ las 24 horas del día, los 7 días de la semana.Rige según condiciones depositadas en la S.V.S. bajo código POL 120140303.Ámbito territorial del servicio: Todo Chile continental incluyendo la Isla Grande de Chiloé y excluyendo todos los demás territoriosinsulares.1. Remolque o transporte del vehículo por accidente o avería de cualquier naturaleza, que cause la inmovilización del vehículo:En caso que el vehículo asegurado no pudiera circular por accidente o avería de cualquier naturaleza, la Compañía se hará cargodel remolque otransporte hasta el taller que elija el asegurado. El límite máximo de esta prestación será de 3 eventos anuales sin tope de UF.2. Estancia y desplazamiento del Asegurado por inmovilización del Vehículo:

En caso de avería o accidente del vehículo que cause su inmovilidad, la compañía sufragará los siguientes gastos:Respecto a cada asegurado la estancia en hotel es de máx. UF 3 por día, con un tope máximo para estancia de UF 9, siempreque la reparación delvehículo no pueda ser efectuada en el mismo día de su inmovilización y requiera para ser hecha de un tiempo superior a 2 horas,según el criteriodel responsable del taller elegido.El desplazamiento para el traslado de los asegurados hasta su domicilio habitual, siempre que la reparación del vehículo nopueda ser efectuada enlas 48 horas siguientes a la inmovilización y requiera para ser hecha de un tiempo superior a 6 horas, según el criterio delresponsable del tallerelegido. La compañía determinará el medio idóneo de desplazamiento de los asegurados.Si los asegurados optan por la continuación del viaje, la compañía sufragará los gastos de desplazamiento hasta el lugar dedestino previsto,siempre que el costo no supere la prestación a que se refiere el párrafo anterior.3. Transporte o repatriación sanitaria en caso de lesiones producto de un accidente de tránsito en el vehículo asegurado:La compañía financiará los gastos de traslado del asegurado, en ambulancia o en el medio que considere más idóneo elfacultativo que lo atienda,hasta el Centro Hospitalario adecuado o hasta el domicilio del asegurado que figura en la póliza.El equipo médico de la compañía mantendrá los contactos necesarios con el Centro Hospitalario o facultativo que atienda alasegurado para supervisarque el transporte o repatriación sea el adecuado.4. Transporte o repatriación de los asegurados acompañantes:Cuando la lesión de uno de los asegurados como consecuencia de un accidente de tránsito en que haya participado el vehículoasegurado, impida lacontinuación del viaje, la compañía sufragará los gastos de traslado de las restantes personas aseguradas que le acompañenhasta el domicilio delasegurado registrado en la póliza o hasta el lugar donde aquel se encuentre hospitalizado.Si alguna de dichas personas fuera un hijo menor de 15 años del asegurado trasladado o repatriado y no tuviera quién leacompañase, la compañíaproporcionará la persona adecuada para que le atienda durante el viaje hasta el domicilio o lugar de hospitalización ya referidos.5. Estancia y desplazamiento de los asegurados por robo del vehículo:En caso de robo del vehículo, y una vez cumplidos los trámites de denuncia a las autoridades competentes, la compañía otorgarálas mismas prestacionesque se especifican anteriormente en ¿Estancia y desplazamiento de los asegurados por la inmovilización del vehículo¿.6. Transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado:Si la reparación del vehículo asegurado requiere un tiempo de inmovilización superior a 72 horas o, en caso de robo, si el

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vehículo es recuperadodespués que el asegurado se haya ausentado del lugar de ocurrencia del mismo, la compañía sufragará los siguientes gastos:a. El depósito y custodia del vehículo reparado o recuperado hasta un máximo de UF 9 por evento.b. El desplazamiento del asegurado o de la persona habilitada que éste designe, hasta el lugar donde el vehículo haya sidoreparado o donde elvehículo sustraído haya sido recuperado. La compañía determinará el medio idóneo de desplazamiento de los asegurados.

7. Servicio de conductor profesional:En caso de imposibilidad del asegurado o de la persona autorizada para conducir este vehículo en razón de un accidente y, sininguno de losacompañantes pudiera sustituirlo con la debida habilitación, la compañía proporcionará a su propio cargo un conductorprofesional para trasladarel vehículo con sus ocupantes hasta el domicilio habitual o hasta el punto de destino previsto en el viaje, siempre que éste seencuentre dentrodel ámbito territorial cubierto por la póliza.8. Localización y envío de piezas de recambio:La compañía se encargará de la localización de las piezas de recambio necesarias para la reparación del vehículo asegurado,cuando no fuera posiblesu obtención en el lugar de reparación y asumirá los gastos de envío de dichas piezas al taller donde se encuentre el vehículo,siempre que ellasestén a la venta en Chile.9. Transmisión de mensajes urgentes:La compañía se encargará de transmitir los mensajes urgentes y justificados del asegurado, relativos a cualquiera de los eventosque de origen a lasprestaciones a que se refiere este artículo.10. Servicios de Mecánica Ligera:Si una avería o accidente impidiera que el vehículo asegurado circule por sus propios medios, el servicio de asistenciaproporcionará la ayudatécnica necesaria para intentar reparación de emergencia, a fin de que este pueda continuar su viaje.Su alcance no superará el correspondiente a media hora de mano de obra, en el lugar donde se haya producido el hecho,quedando excluido de estaprestación el costo de las piezas de recambio que fuera necesario sustituir. En caso de que el vehículo no pudiera ser reparadoen el tiempo indicado,entrará en vigor la prestación de remolque.a. Cambio de neumáticos: Servicio destinado a asistir físicamente al beneficiario en el cambio del neumático. El neumático debeser provisto por eldueño del vehículo a la hora de entregar el servicio. Cobertura ilimitada en cuanto a número de eventosb. Asistencia por panne de batería: El servicio consiste en realizar un puente eléctrico con el vehículo inmovilizado para activar subatería. Noincluye la batería. Cobertura ilimitada en cuanto a número de eventosc. Abastecimiento de combustible por panne: Se entregarán 5 litros si el vehículo se encuentra a más de 20 Km. del hogar,contada dicha distanciadesde el domicilio del asegurado que figure en la póliza.d. Apertura del vehículo por pérdida de llaves: La entrega de este servicio es a responsabilidad del beneficiario, dado los posiblesdaños quepudiese ocurrirle al cierre centralizado del auto o a los vidrios del mismo. Cobertura ilimitada en cuanto a número de eventos.11. Vehículo de Reemplazo para Catalíticos en caso de Restricción VehicularPor motivo de pre- emergencia o emergencia ambiental declarada por las entidades de gobierno pertinentes, el titular del vehículo

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beneficiariotendrá derecho a un vehículo de reemplazo por el día, después de haber sido verificada la situación ambiental. El vehículo tendráun copago de$ 4.000 más IVA diario (no incluye peajes, bencina ni TAG). El beneficiario deberá contactar a Multi Assist antes de la medianoche (00:00) previaal comienzo de dicha restricción. Los clientes que hayan coordinado el vehículo de reemplazo en dicho momento seráncontactados a la mañana siguientepara retirar su vehículo en el lugar especificado por la compañía antes de las 10 hrs de la mañana. El vehículo será de tipoBásico. Este serviciosólo aplica a vehículos de uso particular.

Esta prestación estará sujeta a la disponibilidad de las empresas de arriendo de vehículos y a sus condiciones de contratación,siendoresponsabilidad del beneficiario cumplir con todas las condiciones que imponga el rent a car para poder retirar el vehículo delestablecimientorespectivo, como son, entre otras, la firma del contrato de arriendo correspondiente, la presentación de su licencia de conducir aldía y cédulade identidad, el otorgamiento de las garantías y la devolución del vehículo en la fecha y lugar estipulado. La entidad arrendatariaexigirá albeneficiario una garantía consistente en un voucher de Tarjeta de Crédito o cheque por la entrega del vehículo en arriendo segúndisponibilidadde Rent a Car.

El beneficiario deberá asumir en su totalidad los costos por concepto del uso del vehículo como son, entre otros, el copagorespectivo de combustible,multas, peajes y deducible de siniestro.12. Asistencia Conductor de reemplazo (5 eventos al año)En caso de que el Asegurado o su grupo familiar directo (cónyuges e hijos), solicite este servicio debido a que ha ingerido alcohol,MOK pondrá asu disposición el servicio de chofer para llevarlo hasta donde éste indique dentro de un radio de urbano de 20 Km. y un máximode 60 minutos de viaje.(Un origen destino)Se brindará este servicio de traslado en vehículo asegurado, en caso de que se haya ingerido alcohol.El servicio es brindado al vehículo inscrito en la Compañía de Asistencia.El servicio puede ser solicitado por el titular del seguro o familiar directo (hijos y/o cónyuge), por la ingesta de alcohol.MOK pondrá a su disposición el servicio de chofer para llevarlo hasta donde éste indique dentro de un radio de 20 KM y unmáximo de 60 minutos deviaje. El servicio contempla un (1) origen y un (1) destino.MOK se hará responsable de daños en el vehículo, siempre y cuando éstos hayan sido provocados por responsabilidad del choferasignado, además elasegurado deberá firmar un inventario del vehículo previo al servicio, en caso de que esto no suceda, MOK tomará fotografías delvehículo.¿ El servicio estará disponible en horario continuado y debe ser solicitado con 2 horas de anticipación.¿ El servicio esperará al cliente un máximo de 15 minutos desde la hora de llegada acordada.¿ Límite de eventos: 5 eventos por año de vigencia sin costo para el Beneficiario. Desde el 6º evento tendrán un copago $ 10.000para el beneficiariosin límite de eventos.¿ En caso de exceder los 20 Km. de límite, se cobrará un adicional de $900 por kilómetro adicional.

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¿ En caso de solicitar un destino adicional se cobrará adicionalmente la suma de $20.000.¿ El tiempo límite de conducción es de 60 minutos, en caso de exceder este tope se cobrará $ 5.000 extras por cada 15 minutos ofracción de minutosadicionales.El servicio solo se otorgará en las siguientes ciudades: Arica ¿ Iquique ¿ Antofagasta ¿ Calama ¿ Copiapó ¿ La Serena¿Valparaíso ¿ San Antonio¿ Viña del Mar ¿ Rancagua ¿ Talca ¿ Curicó ¿ Concepción ¿ Chillán ¿ Los Ángeles ¿ Temuco ¿ Valdivia ¿ Osorno - Puerto Montt¿ Puerto Varas¿ Punta Arenas ¿ Región MetropolitanaSe excluye de este servicio, las siguientes fechas:¿ Año nuevo: 31 de diciembre y 1º de enero.¿ Fiestas Patrias: 18 y 19 de Septiembre, incluido los días feriados asociados a dicha celebración.¿ Navidad: 24 y 25 de diciembre.¿ Día del Trabajo 1 de mayo.

13. Auto de Reemplazo por accidente, avería, pérdida total y robo:Reemplazo de vehículo por siniestro declarado en la compañía, que implique ingreso a taller, o por motivo de robo o pérdida total,con copago de$ 4.000 + IVA, sin límite de días, (no incluye TAG ni otro tipo de peajes) en las siguientes condiciones:Multi Assist confirmará los días de reparación con el taller respectivo. Este servicio tiene una carencia de 24 horas desde lacontratación. Elvehículo de reemplazo corresponderá a un vehículo básico (no full), con transmisión mecánica, tipo sedán, 4 puertas,equipamiento simple segúnnomenclatura de la empresa de arriendo, tales como: Hyundai Accent, Toyota Yaris, Chevrolet Sail, Chevrolet Aveo, entre otros- En caso de siniestro: para solicitar el auto de reemplazo, el arreglo debe realizarse en el taller regulador de la Compañía deSeguros.- En caso de desperfecto: no se exige que sea el taller indicado por la Compañía de Seguros.- Multi Assist se reserva el derecho de confirmar con el taller responsable de la reparación del vehículo, la fecha de ingreso y eltiempo dereparación del mismo.- El vehículo de reemplazo se entregará contra ingreso a taller independiente de la cantidad de siniestros o averías que sepudiesen haber presentado.- Esta prestación no será acumulable con la prestación ¿Estancia y desplazamiento por inmovilización del vehículo¿- La asignación de días para esta prestación debe ser de corrido, no pudiendo solicitar en forma parcelada durante el ingreso ataller.Esta prestación estará sujeta a la disponibilidad de las empresas de arriendo de vehículos y a sus condiciones de contratación,siendo responsabilidaddel beneficiario cumplir con todas las condiciones que imponga el rent a car para poder retirar el vehículo del establecimientorespectivo, como son,entre otras, la firma del contrato de arriendo correspondiente, la presentación de su licencia de conducir al día y cédula deidentidad, el otorgamientode las garantías y la devolución del vehículo en la fecha y lugar estipulado. La entidad arrendataria exigirá al beneficiario unagarantía consistente enun voucher de Tarjeta de Crédito o cheque por la entrega del vehículo en arriendo según disponibilidad de Rent a Car.14. Pago Revisión Técnica Domiciliaria (Sin Copago) :El objetivo es facilitar el trámite de renovación de la revisión técnica anual a través del pago de la revisión técnica en el mes quecorresponde,para el vehículo asegurado sin copago y con tope 1 UF. El beneficio aplicará por solo una vez en el mes correspondiente por

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placa patente e incluirátraslado y realización de la revisión técnica obligatoria CLASE B, en plantas de revisión técnica autorizadas. El servicio seencuentra disponible parael vehículo asegurado de 12 o menos años de antigüedad, en el mes que le corresponde realizar su revisión técnica según placapatente. En caso de estarvencida, cualquier infracción es de cargo del asegurado. La realización es de lunes a viernes. El asegurado deberá llamar con untiempo mínimo de 7 díascorridos para coordinar el servicio. Ahí se coordinará según los horarios disponibles para que éste sea retirado de su oficina ovivienda y devuelto elmismo día, antes de las 19 Hrs.Multi Assist determinará la planta de revisión técnica a la cual será llevado el vehículo.El solicitante del servicio deberá proveer de las condiciones y documentación necesarias para la óptima realización de este.(Permiso de circulación,Revisión técnica vigente, Seguro obligatorio, y Registro de inscripción)

Revisión Visual del vehículo: El servicio incluye una revisión previa de desperfectos menores: estado de los neumáticos, luces,vidrios ylimpiaparabrisas, cinturones de seguridad. Si visualmente presenta desperfectos causales de rechazo, se orientará al cliente en lasolucióndel problema. Se ofrecerá llevar el vehículo a realizar un presupuesto de reparación, por un precio preferencial que es de cargodel asegurado,de manera de llevar el vehículo a revisión idealmente el mismo día. De rechazar el presupuesto, el asegurado deberá reparar losdesperfectos hastaen 8 días corridos para solicitar gratuitamente un 2º traslado a la planta de revisión técnica.En el caso de que el cliente requiera utilizar la Asistencia de Revisión Técnica por una segunda ocasión (por rechazo de RevisiónTécnica enprimera instancia) o fuera del mes correspondiente a placa patente este tendrá un copago de $10.000 + IVA y el costo de larevisión técnica seráde cargo del cliente.15. Inspección Vehículo por vacaciones:El objetivo es brindar un servicio de inspección del vehículo asegurado previo a iniciar las vacaciones. El servicio brindará alasegurado unarevisión general del estado del vehículo, en los siguientes ámbitos:¿ Frenos¿ Neumáticos¿ Luces¿ LíquidosEl Servicio indicará al asegurado si el vehículo se encuentra en condiciones de realizar el viaje y cuáles son los elementos quedebe el clientemejorar para que el vehículo cuente con las condiciones.El cliente deberá coordinar el servicio con una semana de anticipación.El servicio tiene un tope de 2 eventos anuales.En caso de detectar fallas se orientará al cliente sobre las reparaciones a realizar a su vehículo sin embargo estas reparacionesserán deresponsabilidad y costo del cliente. Este servicio es de inspección al vehículo.16. Transporte escolar por hospitalización del titular:Servicio que consiste en el traslado y/o retiro de niños, del colegio o de lugares relacionados con este, en caso de lesión oenfermedad del titular

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que implique la hospitalización del mismo. Para activarse el servicio, el titular deberá llamar al número de asistencia y dar todoslos datos ydirecciones necesarias para coordinar los traslados del menor (servicio que se realizará a través de una red de radiotaxisasociada). Además, elasegurado titular deberá entregar una copia de la prescripción médica que indique la hospitalización del encargado habitual, parapoder validar laentrega del servicio.Este servicio tiene un límite de 5 días seguidos (cada uno incluye traslado y retiro de hasta cuatro hijos del titular desde el colegioo lugaresrelacionadoscon este), y un máximo de 2 eventos al año. Si los hijos del titular estuvieran en 2 colegios diferentes, 1 licencia se considerarácomo 2 eventos,porquesignifican 2 traslados diferentes.Es un servicio diseñado para escolares ¿enseñanza media incluido-, por lo que no aplica para alumnos universitarios o deeducación superior.17. Auto de reemplazo por mantención programada del vehículo:

El servicio incluye un vehículo de reemplazo básico por el tiempo que demore la mantención hasta un máximo de 2 días hábilescorridos (El díaadicional de vehículo de reemplazo será de costo del asegurado).El servicio tiene un tope de 1 evento anual.El cliente deberá coordinar el servicio con una semana de anticipación.En el caso que el cliente haya agendado directamente con el concesionario, deberá indicar a Multi Assist la fecha y horacoordinada con el taller.El tiempo máximo para la entrega de este servicio será de 2 días.

Multi Assist se hará responsable de daños en el vehículo, siempre y cuando éstos hayan sido provocados por responsabilidad delchofer asignado,además el beneficiario deberá firmar un inventario del vehículo previo al servicio.

Esta prestación estará sujeta a la disponibilidad de las empresas de arriendo de vehículos y a sus condiciones de contratación,siendo responsabilidad delbeneficiario cumplir con todas las condiciones que imponga el rent a car para poder retirar el vehículo del establecimientorespectivo, como son, entreotras, la firma del contrato de arriendo correspondiente, la presentación de su licencia de conducir al día y cédula de identidad, elotorgamiento de lasgarantías y la devolución del vehículo en la fecha y lugar estipulado. La entidad arrendataria exigirá al beneficiario una garantíaconsistente en un voucherde Tarjeta de Crédito o cheque por la entrega del vehículo en arriendo según disponibilidad de Rent a Car.

El beneficiario deberá asumir en su totalidad los costos por concepto del uso del vehículo como son, entre otros, el copagorespectivo de combustible,multas, peajes y deducible de siniestro.

18. Taxi de reemplazo 6 eventos al año.

En caso de que el Beneficiario solicite este servicio debido a que ha ingerido alcohol o básicamente se encuentre incapacitado

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para poder manejar,MULTI ASSIST pondrá a disposición un Taxi ida y vuelta que lo irá a buscar y a dejar al destino programado, aclarar que MULTIASSIST no se haráresponsable del vehículo del beneficiario. El traslado es de un origen a un destino.

El tiempo límite de conducción es de 60 minutos, en caso de exceder este tope se cobrará $5.000.- extras por cada 15 minutos ofracción de minutosadicionales. En caso de exceder los 20 kms. de límite como traslado, sin exceder los 60 minutos de conducción se cobrará unadicional de $900 por km.que exceda el límite mencionado. El servicio esperará al cliente un máximo de 15 minutos desde la hora de llegada acordada.

El cliente tiene 24 hrs para programar la vuelta y no necesariamente es origen - destino

19. Defensa jurídicaEn caso que el asegurado fuere detenido por la eventual responsabilidad civil o penal que le puede corresponder en un accidentede tránsito en quehaya participado el vehículo asegurado, la compañía asumirá los gastos que se requieran para la correspondiente defensajurídica hasta obtener lalibertad definitiva o provisional.El límite máximo de esta prestación, por asegurado y por viaje es de UF 12.Esta cobertura sólo opera cuando el accidente haya ocurrido a una distancia superior a 0 Kms. en relación al domicilio delasegurado registrado enla póliza.20. Fianzas en procedimientos penales

La compañía constituirá por cuenta del asegurado la fianza que los Tribunales exijan para garantizar su libertad provisional, en elprocedimientopenal respectivo seguido por un accidente de circulación en el que el asegurado fuera conductor.La cantidad máxima que la compañía adelantará por este concepto, por asegurado y por viaje será la de UF 6.Cuando la fianza quede sin efecto su monto deberá ser restituido a la compañía.21. Asistencia LegalServicio orientado a gestionar y/o tramitar por el asegurado en las siguientes materias:a. Tramitación de Infracciones en el Juzgado de Policía Local.b. Asesoría y/o tramitaciones por Compra y Venta de vehículos.c. Tramitaciones en el Registro Civil.d. Tramitaciones en Direcciones del Tránsito.Los gastos asociados a las gestiones y/o tramitaciones realizadas son de cargo del asegurado.22. EXCLUSIONES DEL SERVICIO:a) Atención de asuntos regidos por una legislación distinta a la chilena.b) Acciones legales en contra de Bancos e Instituciones Financieras.c) Todo uso malicioso en el que participe directa o indirectamente, en calidad de autor, cómplice o encubridor: El propioBeneficiado con laAsistencia, cualquier pariente del Beneficiado con la Asistencia, por consanguinidad o afinidad, hasta el cuarto grado en toda lalínea recta ycolateral inclusive, o el cónyuge del Beneficiado con la Asistencia.d) La infracción por el Beneficiado con la Asistencia de cualesquiera de las obligaciones que le impone la Ley o el presenteseguro.e) Todo uso malicioso de la Cédula Nacional de Identidad del Asegurado cometido fuera de los límites de la República de Chile,

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independientementedel lugar en el que se hubiere producido el extravío, robo o hurto.23. EXCLUSIONES GENERALESEl servicio se encuentra diseñado para vehículo livianos de uso particular. Se excluyen vehículos de uso comercial y vehículospesados. Estánexcluidos de esta cobertura las prestaciones y hechos siguientes:Los servicios que el asegurado haya concertado por su propia cuenta, sin previo consentimiento de la compañía, salvo que lacomunicación haya sidoimposible por fuerza mayor.Las asistencias derivadas de prácticas deportivas en competiciónLa compañía queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor le sea imposible prestar las acciones deasistencia prescritas enesta póliza, sin perjuicio de las indemnizaciones a que hubiere lugar, las que pagarán contra prestación de los comprobantes degastos respectivosque presente el asegurado y hasta concurrencia de los límites que se señalan anteriormente.

18. NÚMERO DE PÓLIZAS COLECTIVASEl número de póliza colectiva para el Plan con Deducible UF 3 es: 69-8670119. PROCEDIMIENTO PARA DENUNCIAR SINIESTROSDe acuerdo a lo establecido en Titulo VII Art.16 de las condiciones generales:¿ En caso de siniestro de Daños al vehículo o a Terceros/Responsabilidad Civil: Dejar constancia inmediata de los hechos en laUnidad policial máscercana al lugar del accidente, salvo en caso de imposibilidad física debidamente justificada. Dar aviso a la compañía en un plazode 10 días, o tanpronto sea posible, una vez tomado conocimiento del hecho.¿ En caso de siniestro por Robo, Hurto o uso no autorizado: Efectuar denuncia inmediata de los hechos en la Unidad policial máscercana al lugardel accidente, salvo en caso de imposibilidad física debidamente justificada. Dar aviso a la Compañía tan pronto sea posible unavez tomadoconocimiento de la ocurrencia de cualquier hecho que pueda constituir o constituya un siniestro.¿ Para dar aviso a la compañía puede hacerlo llamando directamente al 2 27154420, al 600 600 6010 o desde celulares (56)2222127840 donde letomaran los datos, le asignaran liquidador y taller, o denunciar directamente en www.hdi.cl.

NOTA: Se incluye Anexo relativo a Procedimiento de Liquidación de Siniestros.PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS

(Circular Nº 2.106 de la S.V.S.)1) OBJETO DE LA LIQUIDACIÓNLa liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratadaen unacompañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar.El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental, de objetividad y caráctertécnico y detransparencia y acceso.2) FORMA DE EFECTUAR LA LIQUIDACIÓNLa liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros. La decisión debecomunicarse al Asegurado dentro

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del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro.3) DERECHO DE OPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN DIRECTAEn caso de liquidación directa por la Compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito quedesigne unLiquidador de Seguros, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la comunicación de la Compañía.La Compañía deberádesignar al Liquidador en el plazo de dos días hábiles contados desde dicha oposición.4) INFORMACIÓN AL ASEGURADO DE GESTIONES A REALIZAR Y PETICIÓN DE ANTECEDENTESEl liquidador o la Compañía, deberá informar al Asegurado, por escrito, en forma suficiente y oportuna, al correo electrónico(informado en ladenuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio señalado en la denuncia de siniestro), de las gestiones que lecorresponde realizar,solicitando de una sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro.5) PRE-INFORME DE LIQUIDACIÓNEn aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensiónde la cobertura,podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición del Asegurado, emitir un pre-informe de liquidación sobre la cobertura delsiniestro y el montode los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. El Asegurado o la Compañía podrán hacerobservaciones por escritoal pre-informe dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento.6) PLAZO DE LIQUIDACIÓNDentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desde la fecha de denuncio, a excepción de,a) Siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima anual sea superior a 100 UF:90 días corridos desdefecha denuncio.b) Siniestros marítimos que afecten a los cascos o en caso de Avería Gruesa: 180 días corridos desde fecha denuncio.7) PRÓRROGA DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN

Los plazos antes señalados podrán excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten, prorrogarse, sucesivamentepor iguales períodos,informando los motivos que la fundamenten e indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberácomunicarse alAsegurado y a la Superintendencia, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo paraentrega delInforme de Liquidación. No podrá ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preversecon anterioridad, salvoque se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán prorrogarse los siniestros en que no haya existidogestión algunadel liquidador, registrado o directo.8) INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓNEl informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberácontener necesariamentela transcripción íntegra de los artículos 26 y 27 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de HaciendaNº1.055, de 2012, DiarioOficial de 29 de diciembre de 2012).9) IMPUGNACIÓN INFORME DE LIQUIDACIÓNRecibido el Informe de Liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días hábiles para impugnarla. En

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caso de liquidacióndirecta por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá el Asegurado.Impugnado el informe, el Liquidador dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para responder la impugnación.

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Este documento ha sido firmado Digitalmente, de acuerdo a la normativa vigente.Certificado para Firma Digital Avanzada Resolución exenta N° 650 del 21 de Octubre de 2004, Subsecretaría de EconomíaFomento y Reconstrucción.

Firma del ContratanteFirma del Asegurado

Nombre Asegurado Que Firma Nombre Contratante Que Firma

Corredora de Seguros Ripley Ltda.

Rut: 77.472.420-6Teléfono: 800 54 20 20e-mail: [email protected]ón: Alonso de Córdova 5320, piso 11,Las Condes, Chile.

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