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PROTOCOLO DE ACTUACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.-
La variada casuística que se plantea en nuestros Centros, y que eventualmente
pudiera hacer peligrar la integridad del personal o poner en riesgo los intereses
patrimoniales de nuestra Entidad; la complejidad de situaciones en cuanto al
horario de nuestros edificios; los diferentes turnos de vigilancia contratada, y
sobre todo, la necesidad de homogeneizar y racionalizar las med idas
procedimentales a la hora de dar respuesta a las incidencias que pudieran
producirse, hace necesaria la elaboración de un Protocolo de Actuaciones en
materia de Seguridad que:
� Oriente y prevenga sobre situaciones de riesgo, tanto para las personas
como para las cosas.
� Informe sobre el comportamiento a seguir para impedir la materialización
de los riesgos.
� Unifique la metodología a seguir para otorgar una rápida respuesta a las
situaciones planteadas.
� Determine las responsabilidades que, en su caso, se pudieran derivar.
Con este propósito, y a tal efecto, se aprueba el Protocolo de Actuaciones en
materia de Seguridad que a continuación se desarrolla.
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CONSIDERACIONES PREVIAS
� Las normas contenidas en el presente Protocolo han sido sometidas a la
consideración de las Divisiones de Oficinas y Correo, así como a la
Unidad Internacional, y posteriormente, aprobadas y ratificadas por la
Presidencia de la Sociedad Estatal; en consecuencia son normas de
obligado cumplimiento por parte de todo el personal que preste
servicio en la misma, y su no observancia dará luga r a las
responsabilidades disciplinarias que pudieran ser e xigidas por la
Subdirección de Gestión de Personal.
� El servicio de vigilancia contratado tiene una dependencia exclusiva de
la Subdirección de Control y Seguridad . Tiene asignadas las
competencias genéricas de Control, Seguridad, Vigilancia e Inspección de
la correspondencia, además de aquellas expresadas en el Pliego de
Condiciones Técnicas que rige el contrato suscrito con las empresas de
seguridad adjudicatarias del servicio, y aquellas otras de carácter
particular contenidas en los diferentes Manuales Operativos de cada
Centro de trabajo. Al margen de estas disposiciones y las contenidas
en el presente protocolo, cualquier cometido asigna do a este
servicio deberá ser expresamente autorizado por el Área de
Seguridad.
� A tenor de lo dispuesto en la Ley de Seguridad Privada y normativa de
desarrollo, la canalización hacia de las dependencias de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad de las comunicaciones reglamentarias en materia
de seguridad privada, corresponde al Jefe del Área de Seguridad en su
condición de persona habilitada al efecto.
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1. ACTUACIONES.
1.1. Situación de normalidad en Centros de Trabajo
Si bien en un principio pueden parecer actuaciones rutinarias, es imprescindible
observar unas medidas elementales, que sin embargo resultan vitales a la hora
de desarrollar nuestro trabajo de una forma segura. Entre ellas podemos
destacar:
� Desactive el sistema de alarma al realizar la apertura de la Oficina (si
cuenta con este sistema), mediante su clave personal y secreta.
� Extreme las precauciones a la hora de entrada y salida del personal del
Centro de trabajo, así como en las labores de carga y descarga de
correspondencia, llegada o partidas de rutas y conducciones, pues resulta
un momento óptimo que puede ser aprovechado para acceder al edificio
al estar las puertas abiertas. En consecuencia, se mantendrán
permanentemente cerradas las puertas (entrada de personal,
vehículos, muelles de carga y descarga) a excepción de los momentos y
para las labores expresadas con anterioridad.
� No permita la entrada –excepto al vestíbulo público, o patio de
operaciones- a ninguna persona ajena a los Servicios Postales, si no es
previamente identificada y registrada en el correspondiente control de
accesos, en su caso.
� No permita la entrada a ninguna visita que no haya sido previamente
autorizada por la persona a visitar , y dotada de su correspondiente
elemento identificativo.
� Es obligatorio que todo el personal , durante su permanencia en los
centros de trabajo, vaya debidamente identificado mediante su tarjeta
corporativa.
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� La caja fuerte al inicio de la jornada, se abrirá el tiempo mínimo
indispensable para extraer el metálico necesario, procediendo
inmediatamente a su cierre, utilizando el retardo c on el que está
dotada . Si en el transcurso de la jornada hubiera necesidad de abrirla
nuevamente, se procederá de igual modo.
� En las Oficinas en las que la caja fuerte disponga de habitáculo propio e
independiente, la puerta de éste permanecerá constantemente cerrada.
� El recuento de metálico no se efectuará nunca a la vista ni al alcance
del público.
� No se procederá a la apertura de los submostradores de seguridad, hasta
que el horario de atención al público haya concluido y se encuentre la
Oficina vacía y la puerta de entrada cerrada. Excepción a esta norma
representan, lógicamente, las Oficinas con horario continuado, o la
retirada de fondos para ingreso en el banco.
� Se cuidará el no almacenar, manipular o mantener envíos, productos, y
mucho menos dinero en efectivo, cerca de ventanas, mostradores o
zonas acristaladas, por ser susceptibles de ser sustraídos bien desde
el exterior o desde las zonas públicas del edificio .
� Si no dispone de grabador digital, sustituya diariamente la cinta de vídeo
que recoge las imágenes a través del sistema de grabación, y conserve la
cinta extraída en un lugar seguro durante quince días ; transcurridos los
cuales procederá a su reutilización.
� Compruebe que la imagen que recibe en el monitor del circuito cerrado de
televisión (CCTV) es la correcta; de otro modo, comuníquelo al COS.
� Extreme las precauciones para que las vías de evacuación y los medios
de extinción instalados, no se encuentren obstaculizados.
� El personal de servicio, conocerá la ubicación de los pulsadores de
emergencia y de alarma –si los hubiera-, y se cuidará que estén libres de
obstáculos y accesibles.
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� La persona encargada del cierre del Centro de Trabajo, verificará que
todas las puertas, ventanas o cualquier acceso desd e el exterior,
están cerrados, procediendo a conectar el sistema d e alarma, antes
de efectuar el cierre del Centro , cuidando de no dejar sin energía los
sistemas de Seguridad y Comunicaciones instalados.
� En cuanto a la inspección de la correspondencia se estará a lo dispuesto
en la Circular Reservada de la Presidencia sobre el particular y normas de
desarrollo dictadas por la Subdirección de Control y Seguridad. El
incumplimiento de lo determinado sobre este tema supone poner en
riesgo la red postal, así como la integridad de los trabajadores que
manipulan el correo.
� Es obligatoria la utilización de los medios de validación de efectivo
disponible para todos los billetes y en todas las operaciones de admisión
efectuadas. No se admitirá ningún billete sobre el que se tenga n
sospechas o dudas en cuanto a su autenticidad.
� En aquellos centros donde se lleven a cabo labores de tráfico postal, y
que estén dotados de zona de vestuarios y taquillas, estará prohibida la
introducción de bolsos y enseres particulares en la s zonas de
trabajo.
� Será potestad del Área de Seguridad proceder al registro de bolsos y
vehículos a la salida o a la entrada de los edificios de la Sociedad Estatal,
siempre que las actuaciones o indicios relativos a los casos que se estén
investigando así lo aconsejen.
1.2 Situaciones de normalidad que se pueden dar fue ra de las Oficinas.
Fuera de las Oficinas pueden producirse algunas situaciones que hacen
peligrar nuestra integridad (caso del atraco) o poner en riesgo los intereses
patrimoniales de nuestra Entidad. Observando unas elementales precauciones,
podremos minimizar e incluso erradicar esos riesgos.
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Los A.C.R., carteros rurales, ruteros, y personal c on actuación en la calle,
serán los responsables de los envíos y medios que s e les confían para el
reparto, hasta que los entregue de conformidad o lo s devuelva a la
Unidad o superior jerárquico que se los confirió.
1.2.1. Recogida de buzones y entregas en buzones de pósito .
� Retirar las llaves de la cerradura inmediatamente después de abrirlo o
cerrarlo.
� No alejarse del buzón mientras éste permanezca abierto y haya
correspondencia en su interior.
� No dejar objetos o envíos sobre el buzón, ya que podríamos dejarlos
olvidados al marcharnos.
1.2.2. Actuaciones en vehículos.
� Las puertas de los vehículos deberán mantenerse per manentemente
cerradas y con la cerradura de seguridad activada (si se dispone de la
misma)
� Cada vez que se apeen del vehículo deberán:
• Apagar el contacto, retirando la llave de aquel y p ortándola
consigo .
• Asegurarse de que todas las puertas quedan cerradas. Si el
reparto se realiza en motocicleta se verificará el cierre del cofre ,
y el bloqueo de la dirección.
1.2.3. Reparto a pie.
En ningún caso se dejará el carro, durante las labo res de reparto, en la
calle o sujetando la puerta de acceso a los inmuebl es. En caso de tener
que entregar certificados o envíos registrados en pisos altos de un inmueble,
se portará el carro de reparto consigo si el edific io dispone de ascensor;
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en caso contrario, se dejará el carro de reparto en el lugar más seguro posible
(al cuidado del portero o conserje, si lo hubiere) portando siempre consigo
aquellos envíos de entrega registrada, cuya pérdida o extravío originará
indemnización a favor del usuario.
� Durante las labores de buzoneo, en el interior de los inmuebles, no se
perderá nunca de vista el carro de reparto.
� Las llaves de apertura de los buzones-depósito no irán nunca colgadas de
los carritos.
1.2.4. Traslado de fondos a las Entidades bancarias .
� Cambie cada vez que le sea posible tanto el itinerario como el horario.
� Transite por los itinerarios mas concurridos.
� No comente con nadie la actividad que desarrolla.
1.3. Situaciones de riesgo.-
1.3.1. ROBO CON FUERZA en Oficinas.-
� Si se percata del robo antes de entrar en el Centro, no entre bajo ningún
concepto, el/los autor/es del mismo podrían encontrarse aún en el interior
del edificio.
� Si por el contrario se percatase del robo una vez haya accedido al local,
no toque nada y salga del mismo inmediatamente.
� En uno u otro caso póngase en contacto inmediatamente con las Fuerzas
o Cuerpos de Seguridad del Estado y con el COS.
� La máxima autoridad del edificio, deberá interponer la correspondiente
denuncia, colaborando con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.
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1.3.2. ROBO CON INTIMIDACIÓN (atraco) en la oficina y en la vía pública.-
En la oficina
� No intente impedir su comisión.
� Mantenga la calma, no huya, no pida auxilio, no oponga la menor
resistencia, ni haga el menor movimiento que ponga en riesgo su vida o la
de las personas que están en el interior de la oficina.
� Obedezca fielmente todas las órdenes que reciba del atracador.
� Facilítele las llaves o cualquier cosa que le solicite.
� No mire al atracador directa ni fijamente, pero intente memorizar su
fisonomía, sus gestos, sus rasgos, su vestimenta o cualquier otro dato
que facilite su posterior localización.
� Valore el momento y la oportunidad de accionar los pulsadores de alarma
–en el caso de que estén instalados-. Ante el menor riesgo, absténgase
de su utilización. (Estos pulsadores no activan ninguna sirena, siendo
recibido el aviso en el COS de forma inmediata)
� Si suena el teléfono no lo descuelgue si no es por indicación del
atracador.
� Una vez que haya salido el atracador de la oficina, cierre la puerta para
impedir un posible regreso y póngase inmediatamente en contacto con las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y a continuación con el
COS.
� La máxima autoridad del edificio, deberá interponer la correspondiente
denuncia, colaborando con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado en lo que soliciten.
En la vía pública
� Siga las mismas instrucciones detalladas en el punto anterior.
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� Regrese a su Centro de Trabajo y presente la correspondiente denuncia.
� El responsable del Centro de Trabajo comunicará al COS la incidencia.
1.3.3. FRAUDE
� Dada la importancia del hecho, tipificado como delito, cualquier
irregularidad o manipulación que detecte en los signos de franqueo,
póngala en inmediato conocimiento de la Zona de Auditoria y Control.
� Preste especial atención a billetes y documentos falsos, ayudándose para
ello de verificadores o validadores (si dispone de ellos).
� Por ser procedimiento frecuente de timos y otras actuaciones delictivas,
en ninguna circunstancia facilite cambio de moneda y/o billetes ,
incluso de los mismos billetes que ya hayan sido entregados como
cambio.
� No admita como pago, billetes con valor superior a 100 € a no ser que la
operación sea superior a esta cantidad o próximo a ella.
1.3.4. LOCALIZACIÓN DE UN OBJETO SOSPECHOSO.-
Si se localizara algún paquete, bulto o bolsa que resultara sospechoso o
susceptible de poder contener algún artefacto explosivo, actuará de la siguiente
forma:
� Como medida preventiva, en ningún caso lo toque o lo mueva, aísle la
zona donde se encuentre y abra puertas y ventanas.
� Contacte lo antes posible con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y espere instrucciones de las mismas.
� Comunique al COS la incidencia.
� Proceda conforme al Plan de Emergencia del Centro.
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1.3.5. SOSPECHAS SOBRE EL CONTENIDO DE UN ENVÍO POS TAL
De forma generalizada, el correo susceptible de contener artefactos, que usted
maneja, ha sido inspeccionado por los equipos habilitados al efecto. De otra
parte, estos artefactos están diseñados para actuar sobre la persona que
proceda a su apertura, y no contra los que los manipulan, por lo que, a priori,
no representan riesgo.
De cualquier forma, si manipulara un envío con las siguientes características,
podría resultar sospechoso:
� Peso excesivo para el tamaño del envío.
� Peso desequilibrado (no uniforme)
� Manchas de grasa.
� Olor característico (almendras amargas).
� Presencia de cables, pilas o circuitos eléctricos.
� Ausencia de remite.
� Exceso de franqueo.
� Destinatario: Político, Miembro de la Judicatura, Militar, Periodista o
persona significada de la vida pública.
Es de reseñar, que hay infinidad de envíos postales que tienen alguna de las
características indicadas; solamente cuando coincidan varias de estas
características habrá un fundamento razonable de sospecha.
De interceptar un envío de estas características, llame exclusivamente al
COS, quien adoptará las medidas que procedan.
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1.3.6. AMENAZA TELEFÓNICA.-
Si recibiera una llamada telefónica en la que le comunicaran la inminente o
próxima ejecución de un evento que pusiera en riesgo los bienes patrimoniales
de la Entidad o la integridad física de las personas que se encuentran en el
edificio, actúe conforme a las siguientes normas:
� Permita al que llama, finalizar su comunicación sin interrumpirle.
� Recoja su mensaje con exactitud.
� Si es posible, trate de que al menos otra persona, además de usted, oiga
la conversación desde otro teléfono.
� Si su teléfono es digital, anote el número que aparece en el display. Si
fuera analógico, no cuelgue el auricular al finalizar la conversación,
indicando esta circunstancia en el momento de la llegada de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado que acudan en su auxilio.
� Intente determinar los siguientes aspectos que pueden resultar claves a la
hora de identificar al autor/a de la llamada:
• Es hombre o mujer.
• Tiene algún acento al expresarse.
• Está nervioso, colérico, flemático...etc.
• Hace referencia personal a alguien que presta servicio en el
Centro.
• Muestra animadversión directa en contra de la Entidad.
• Se oye algún ruido de fondo (carretera, conversación,
música...etc).
• Habla en nombre de alguna organización, banda o grupo armado
en concreto.
� Si hay peligro inminente, proceda a la evacuación ordenada del edificio,
antes de que concluya el plazo otorgado en la amenaza. Abra puertas y
ventanas antes de abandonar el edificio.
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� No intente buscar el presunto artefacto que le ha sido anunciado en la
llamada, pero fíjese antes de abandonar su puesto si observa algún bulto
o utensilio que no sea de su pertenencia o forme parte del habitual
mobiliario del Centro. Esta información será vital para la posterior
actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
� Comunique lo más rápido posible con las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado y con el Centro Operativo de Seguridad (COS). Si
mantiene el auricular descolgado, utilice otra línea o acuda al teléfono
público más cercano.
1.3.7. ALARMA POR INCENDIO.-
Si el Centro dispone de Manual de Autoprotección y se ha implantado el
correspondiente Plan, siga las instrucciones contenidas en el mismo, y active la
participación de los Equipos de Intervención creados al efecto.
Si por el contrario, el Centro no dispone de Manual de Autoprotección, ejecute
las siguientes instrucciones:
� Accione el pulsador de alarma más próximo (si existe), o en caso
contrario, comunique la alarma de viva voz.
� Avise a los Bomberos y al COS. Al llegar la ayuda externa quede a su
disposición para lo que pudiera necesitar.
� Evacue a cuantas personas pudieran encontrarse en la Oficina. La
evacuación deberá hacerse de una forma ordenada y sin precipitación;
actúe con rapidez pero sin correr, sin gritar; evite que cunda el pánico.
� Si está solo, abandone el local e impida la entrada de cualquier persona al
mismo.
� Si está acompañado y considera que con los medios de extinción
disponibles puede sofocar el conato de incendio –asegurándose
siempre una salida-, intente sofocarlo; en caso contrario abandone
inmediatamente el edificio.
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� Si el humo le impide hacer una valoración de la intensidad del fuego,
abandone el edificio –preferentemente gateando- y no intente sofocarlo.
� Si el fuego se inicia en un habitáculo cerrado, no abra la puerta bajo
ningún concepto.
� Recuerde que ante cuadros o cableados eléctricos no debe utilizar agua.
� En la evacuación, si es posible, vaya cerrando puertas y ventanas.
� Nunca retroceda y evite que alguien lo haga.
� Concéntrense a una distancia prudencial del edificio para facilitar las
labores de los servicios de emergencia; hagan un recuento del personal y
verifique que no falta nadie. Si se detecta que falta alguien, no intente
entrar a buscarlo, comuníquelo a los Bomberos.
� Permanezcan en el punto de reunión hasta que se lo indiquen los
bomberos.
2. ACCIONES PROCEDIMENTALES.
2.1. CUSTODIA DE LLAVES.
2.1.1. Llaves de acceso a los edificios.-
� El Director o máxima autoridad del edificio será el responsable de las
incidencias que puedan producirse en el mismo por una incorrecta gestión
de los elementos de cierre con los que están dotados los accesos al
edificio.
� La máxima autoridad del Centro será el responsable de la gestión de las
llaves del edificio. Dispondrá a quién incumbe la custodia de las mismas y
designará a los correspondientes suplentes, encargados de la apertura y
cierre del Centro, a fin de poder determinarse, en todo momento, las
responsabilidades en que pudieran incurrir las personas designadas. No
podrá recaer esta responsabilidad en ninguna persona ajena a los
servicios postales (vigilantes de seguridad, titulares de conducciones
contratadas...etc).
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� El número de llaves en uso, será el mínimo imprescindible para garantizar
la prestación del servicio, y nunca podrá ser superior al número de
titulares y suplentes designados para el cierre y apertura del Centro.
� La pérdida o sustracción de una llave, llevará implícita la inmediata
sustitución del cilindro de la cerradura.
� El responsable del Centro, adecuará los horarios del servicio de limpieza
al horario de apertura del Centro, o adoptará las medidas oportunas, en
caso contrario, para adaptar dicho servicio a la normativa anteriormente
expresada.
2.1.2. Llaves de acceso a las distintas dependencia s y locales de los
edificios. -
� El titular de cada despacho o Negociado será el responsable de la
correcta gestión de los elementos de cierre de los mismos, asegurándose
que al finalizar la jornada de trabajo la dependencia queda perfectamente
cerrada.
� En todos los Centros existirá un armario para custodiar los duplicados de
las llaves de todas las dependencias del edificio, cuyos originales obrarán
en poder de los responsables de aquellas. Cuando se trate de Centros
con vigilancia contratada, el Vigilante, y en el resto de Centros, la persona
designada, dispondrán de un Libro-Registro que dará origen a la
correspondiente anotación, y especificará en todo caso, nombre y
apellidos de la persona que solicita su utilización en horario de cierre de la
dependencia, hora y causa que lo motiva.
2.1.3. Llaves de buzones y vehículos.-
� El responsable del servicio (Director de la Oficina, Jefe de Distribución o
Jefe de Control de vehículos, en su caso) tendrá a su cargo la custodia y
control de estas llaves, entregándolas y recibiéndolas bajo firma .
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2.2. PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS, SERVICIOS E
INSTALACIONES.-
La misma persona que tiene asignada la responsabilidad de la apertura y cierre
del edificio, será la encargada de armar y desarmar los sistemas de seguridad
instalados, para lo cual tendrá un código personal y secreto.
Por no ser competencia del personal de vigilancia la puesta en marcha y apagado de
los servicios / instalaciones (alumbrado, calefacción, aire acondicionado...etc), estas
tareas no les serán asignadas bajo ningún concepto.
2.3. CAJAS FUERTES.-
Todas las cajas fuertes que dispongan de sistema de combinación, mantendrán
el sistema operativo, inexcusablemente. Una vez instalada la caja fuerte, se
procederá a cambiar la combinación procedente de fábrica.
Como mínimo, la combinación se cambiará una vez al año, y tantas veces
como cambie de destino el / las personas que la conocen, que serán como
máximo tres y como mínimo dos.
Durante la jornada de trabajo, la caja fuerte permanecerá cerrada y con el
retardo activado, no siendo recomendable mantener activa la combinación.
Todas las cajas fuertes estarán ancladas o empotradas; circunstancia que será
competencia del Servicio de Mantenimiento de la Jefatura Provincial implicada.
La llave de la caja fuerte que no disponga de combinación , estará en poder
del Jefe del Negociado, y el duplicado lo tendrá el Cajero o persona designada
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por el responsable de la Unidad. En este caso no se dejará en la Oficina fuera
de las horas de servicio.
Cualquier incidencia en relación con estos elementos (agotamiento de las pilas,
bloqueo del mecanismo de cierre/apertura, desconocimiento del proceso para
el cambio de claves...etc) será puesto en inmediato conocimiento del Servicio
de Mantenimiento de la Jefatura Provincial, y de la Zona de Auditoria y Control,
implicadas.
2.4. SUBMOSTRADORES DE SEGURIDAD.-
El Submostrador de seguridad es un equipamiento para la protección de
fondos y efectivo durante el horario de atención al público , razón por la
cual, permanecerá cerrado durante el período anteriormente citado.
En ningún caso se usará para la custodia de fondos fuera de la jornada de
trabajo.
Irán siempre anclados al suelo, circunstancia que será competencia del
Servicio de Mantenimiento de la Jefatura Provincial correspondiente.
Los empleados postales introducirán en el compartimento inferior, todo el
dinero disponible, a excepción del remanente necesario para los cambios, que
en ningún caso podrá superar los 400 €.
Una vez instalado, se procederá a cambiar la combinación de apertura
procedente de fábrica.
Como mínimo, la combinación se modificará una vez al año, y tantas veces
como cambie de destino la persona que lo utilice. El Jefe de la Oficina
conocerá la clave de apertura de los distintos submostradores instalados, al
efecto de poder desbloquear el sistema de apertura de cualquiera de ellos y
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dejarlo operativo ante cualquier eventualidad que se produzca (bajas,
ausencias...etc); el listado que los contiene –permanentemente actualizado- se
custodiará en la caja fuerte de la Oficina.
La llave de los submostradores permanecerá igualmente en la caja fuerte, y
ésta cerrada y con el retardo activado. Fuera de las horas de atención al
público, permanecerán abiertos, una vez introducida la batea con el numerario
para cambios, en la caja fuerte de la Oficina.
En aquellas Oficinas donde no existan submostradores de seguridad, el dinero
que se genere en cada puesto, se ingresará en la caja fuerte cuando su cuantía
lo aconseje, y en todo caso, siempre que el remanente exceda de 400 €.
Cualquier incidencia en relación con estos elementos (agotamiento de las pilas,
bloqueo del mecanismo de cierre/apertura, desconocimiento del proceso para
el cambio de claves...etc) será puesto en inmediato conocimiento del Servicio
de Mantenimiento de la Jefatura Provincial, y de la Zona de Auditoria y Control,
implicadas.
2.5. VALIDADORES Y VERIFICADORES DE PAPEL MONEDA.-
Es obligatorio el paso de todos los billetes, admitidos como pago de una
operación comercial, por los validadores o verificadores existentes en las
Oficinas, y poner en práctica los consejos sobre detección de moneda falsa
establecidos por la Subdirección de Control y Seguridad, y publicados en la
Intranet de la Sociedad Estatal.
Cada operador que atienda las ventanillas de admisión, y admita dinero como
pago de los servicios prestados, será el responsable de verificar la autenticidad
de los billetes que admita.
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2.6. VISUALIZACIÓN Y ACTUACIÓN CON LOS SISTEMAS DE
GRABACIÓN DE IMÁGENES EN LAS OFICINAS.-
El Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), y el sistema de grabación de
imágenes asociado (analógico o digital), instalado en las Oficinas tiene una
exclusiva finalidad de registro e identificación de actos, o autores, de hechos
ilícitos. Las imágenes captadas están sometidas a la Ley sobre Protección de
datos de carácter personal, y su utilización y manejo queda reservada en
exclusividad a los miembros del Área de Seguridad, salvo lo dispuesto para
el Director de la Oficina sobre el cambio diario de cintas en equipos de video
grabación analógica.
Ante la comisión de un atraco, o cualquier tipo de delito o incidencia que
determinara su visualización, o cuando las cintas fueran requeridas por la
autoridad judicial o policial, se comunicará tal circunstancia, de manera
inmediata, a la Zona de Auditoria y Control correspondiente.
En ningún caso los Directores/as de las Oficinas, C entros o Negociados,
ni el personal que trabaja en los mismos, accederán a las imágenes
captadas por los sistemas instalados.
3. OFICINAS DE CAMBIO- AVIÓN
Como consecuencia de la aplicación del Reglamento RE 2320/02 CE y lo
dispuesto en el Plan nacional de Seguridad para la Aviación Civil, estas oficinas
son objeto de un especial riesgo, lo que obliga a una mayor prevención en el
control de accesos y la necesidad ineludible de sellar el acceso a zonas
sensibles y restringidas del aeropuerto.
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En consecuencia:
� Existirá una separación física, debidamente vigilad a, entre el lado
tierra y el lado aire, que impida el acceso en ambo s sentidos a toda
persona no autorizada . El paso de las personas autorizadas se realizará
a través de un arco detector de metales.
� Las oficinas de cambio de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat dispondrán
de control de accesos mediante tornos, siendo obligatorio el paso de
todas las personas (empleados o visitas) a través de estos elementos.
Queda por lo tanto prohibido el acceso o salida por los muelles.
� Los conductores de las conducciones que lleguen a estos Centros no
accederán al Centro; si por alguna razón tuvieran que acceder al interior
del edificio, lo harán a través del control de accesos, donde se registrarán,
y nunca por el muelle.
� Desde el lado “aire” no se permitirá el acceso a ninguna persona ni
vehículo que carezca de la autorización oportuna para acceder a las
dependencias de Correos. Toda persona que acceda deberá ir
debidamente identificada.
� En cuanto a la inspección de la correspondencia, en virtud de los
requerimientos de las autoridades aeroportuarias, y cuando se disponga
de medios de inspección automática, se inspeccionará toda la
correspondencia de salida, con independencia de que ya hubiera
sido inspeccionada en su lugar de origen, procedien do, en ese
momento, a su sellado.
� No se procederá al sellado de la documentación que acompaña a la
carga, si no es en el estricto momento de la inspección del correo al que
hace referencia, y siempre y cuando se refiera exclusivamente a éste.
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4. DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES EN LOS PROCES OS
DE SEGURIDAD.-
La máxima autoridad del edificio será el responsable de velar, en todo
momento, por la seguridad de las personas, el patrimonio, los fondos y los
productos que se encuentren en el edificio, sin perjuicio de la superior
responsabilidad en materia de seguridad que asiste al Jefe/a de Zona de
Auditoria y Control en el territorio de su ámbito de actuación.
Para ello, cumplirán y harán cumplir cuanto se dispone en este Protocolo ,
además de la normativa emanada desde el Área de Seguridad de la
Subdirección de Control y Seguridad, referente a la prevención y, en su caso,
tratamiento de hechos ilícitos e incidencias de cualquier tipo que puedan
representar un peligro o riesgo sobre las personas o las cosas.
Harán llegar por conducto reglamentario a las Zonas de Auditoría y Control, las
necesidades y propuestas que garanticen un nivel de seguridad, acorde y
proporcional al riesgo previsto.
Comunicarán al COS, cuantas incidencias observen en el normal
funcionamiento y la operatividad de las medidas activas de seguridad
implantadas en su Centro.
Las Zonas de Auditoría y Control, facilitarán a los responsables de los Centros,
la información sobre la utilidad y operatividad de los sistemas instalados, así
como la normativa legal que les afecte.
Los responsables de los Centros, trasladarán al personal adscrito a los
mismos, información suficiente para garantizar un aceptable nivel de seguridad
en el ejercicio de sus funciones profesionales. Asimismo elaborarán y harán
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cumplir la ejecución de las medidas organizativas y la adopción de las más
elementales y prudentes actuaciones personales tendentes a evitar la
exteriorización de una amenaza y producción de un riesgo.
Finalmente, serán conscientes de la responsabilidad que asumen al
conocer la ubicación, características, claves y medios de acceso con los que la
Organización ha dotado a sus Unidades, por lo que guardarán la prudencia y
reserva necesaria para que tal información, no tras pase los límites para
los que exclusivamente han sido concebidos.
5. EL C.O.S EN EL SISTEMA DE SEGURIDAD.-
La S.E. Correos Y Telégrafos S.A. cuenta con un Centro Operativo de
Seguridad (COS) atendido, ininterrumpidamente las 24 horas del día y los 365
días del año, por personal cualificado para resolver cualquier problema que
pudiera planteársele en materia de seguridad
Por ello cualquier incidente que afecte a la seguridad de pe rsonas, bienes
y correspondencia de la Sociedad Estatal, debe ser comunicado de forma
inmediata a este Centro Operativo de Seguridad .
Para facilitar las relaciones entre el COS y las Oficinas, se detallan a
continuación las siguientes instrucciones:
� El responsable del centro de trabajo y dos suplentes designados por él,
provistos de código y llave de acceso al centro, serán los encargados del
contacto con el COS, debiendo facilitar los datos personales, a efecto
de ser localizados en cualquier horario.
� El responsable del centro comunicará al COS cualquier variación de
personal que implique altas o bajas en la relación de códigos de los
sistemas de seguridad.
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� A efectos de solicitar códigos, el director de la oficina comunicará al COS
mediante correo electrónico las personas que deben tenerlo y
seguidamente los empleados autorizados enviarán por fax al 91-596-37-
70 el código (4 dígitos) que hayan elegido y que únicamente ellos
conocerán.
� Una vez que disponga de código, bajo ninguna circunstancia facilitarán
el mismo por teléfono, ni tan siquiera a requerimiento del propio COS.
� No facilitará el código personal a los técnicos de Mantenimiento; en este
caso los técnicos deben llamar al COS y solicitar un código provisional
para este menester.
� Todas las averías de los sistemas de seguridad, excepto cajas fuertes y
submostradores, serán comunicadas exclusivamente al COS por correo
electrónico ([email protected]). En caso de no disponer de este medio, se
utilizará el fax, y en su defecto, el teléfono.
� Bajo ningún concepto se anularán zonas del sistema de seguridad si
no es con la autorización expresa del COS.
� Cualquier manipulación o actuación sobre la línea telefónica que permite
la comunicación de la Central de Alarmas, se comunicará,
inmediatamente, al COS.
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6. RECORDATORIO.-
Comente periódicamente con el resto de empleados, l as disposiciones
Contenidas en este Protocolo
EN SITUACIÓN DE NORMALIDAD.-
1. Prevenga el riesgo al abrir o cerrar la Oficina, los buzones y los vehículos.
2. Vigile la carga y descarga de expediciones.
3. Asegúrese de activar y desactivar los sistemas.
4. Mantenga cerrada la caja fuerte y los submostradores.
5. Verifique el enfoque de las cámaras del CCTV y sustituya las cintas de
vídeo.
6. Restrinja el acceso a las zonas no públicas del local a toda persona ajena
a los Servicios Postales.
7. Mantenga cerradas las vías de intrusión y los muelles carga/descarga
8. Utilice adecuadamente los recursos de seguridad instalados.
9. Prevenga el fraude, el hurto y el robo.
10. No obstaculice las vías de evacuación.
11. No haga arqueos a la vista del público.
12. Controle la custodia de llaves.
13. Mantenga en secreto sus claves operativas.
14. No deje en la vía pública los carritos de reparto.
15. Extreme las precauciones al transportar fondos.
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EN SITUACIÓN DE RIESGO.-
1. Mantenga la calma y procure recordar todos los detalles.
2. No huya. “Colabore” con el atracador.
3. No manipule objetos sospechosos.
4. La evacuación será ordenada y fluida.
5. Avise a las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad del Estado.
6. Avise al Centro Operativo de Seguridad (COS).
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7. TELÉFONOS DE INTERÉS.-
CENTRO OPERATIVO DE SEGURIDAD (COS)
Servicio ininterrumpido 24 horas, 365 días al año)
Telefónica 91 596 30 06
91 596 30 92
R.I.C.O 23006
23092
Fax 91-596-37-70
23770
Dirección correo electrónico = [email protected]
POLICÍA NACIONAL 091
GUARDIA CIVIL
BOMBEROS
AMBULANCIAS
ZONA DE AUDITORIA Y CONTROL .
POLICIA LOCAL
Complete el cuadro anterior y manténgalo siempre actualizado y a mano
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ÍNDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. 2
CONSIDERACIONES PREVIAS. 3
1.- ACTUACIONES.
1.1. Situación de normalidad en Centros de trabajo. 4
1.2. Situación de normalidad fuera de las Oficinas. 6
1.2.1. Recogida de buzones y entregas buzones depós ito. 7
1.2.2. Actuaciones en vehículos. 7
1.2.3. Reparto a pie. 7
1.2.4. Traslado de fondos a Entidades bancarias. 8
1.3. Situaciones de riesgo. 8
1.3.1. Robo con fuerza en Oficinas. 8
1.3.2. Robo con intimidación (Oficinas y vía públic a). 9
1.3.3. Fraude. 10
1.3.4. Localización de un objeto sospechoso. 10
1.3.5. Sospechas sobre el contenido de un envío pos tal. 11
1.3.6. Amenaza telefónica. 12
1.3.7. Alarma por incendio. 13
2.- ACCIONES PROCEDIMENTALES.-
2.1. Custodia de llaves. 14
2.1.1. Llaves de acceso a edificios. 14
2.1.2. Llaves de acceso a dependencias y locales. 15
2.1.3. Llaves de buzones y vehículos. 15
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2.2. Puesta en marcha de sistemas, servicios e inst alaciones. 16
2.3. Cajas fuertes. 16
2.4. Submostradores de seguridad. 17
2.5. Validadores y verificadores de papel moneda. 1 8
2.6. Visualización y actuación con los sistemas de grabación de
imágenes en Oficinas. 19
3. OFICINAS CAMBIO-AVIÓN. 19
4. DETERMINACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES. EN LOS
PROCESOS DE SEGURIDAD. 21
5. EL C. O. S EN EL SISTEMA DE SEGURIDAD. 22
6. RECORDATORIO. 24
7. TELÉFONOS DE INTERÉS. 26
Índice. 27
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ANEXO A
CUADRO-RESUMEN DE COMUNICACIONES
Incidencia 1ª comunicación 2ª comunicación
Informes, Incidencias,
colaboraciones,
entregas controladas de
envíos, solicitud de
datos
Dirigir comunicación al Área de Seguridad
(Subdirección de Control y Seguridad)
a través del COS
Petición códigos de
apertura y cierres de
Oficinas
COS
Averías Cajas fuertes y
submostradores
Mantenimiento Jefat
Prov Zona de Auditoria y Control
Averías de scanners COS
Robo con fuerza en
Oficina FF y CC de Seguridad COS
Robo con intimidación FF y CC de Seguridad COS
Fraude Zona de Auditoria y Control
Localización de objeto
sospechoso FF y CC de Seguridad COS
Sospechas sobre
contenido de un envío
postal
Exclusivamente al COS
Amenaza telefónica FF y CC de Seguridad COS
Alarma por incendio Bomberos COS
Visualización de
imágenes CCTV y
grabación
Exclusivamente Zona de Auditoria y Control