Esmeraldas 30 marzo 2015

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Esmeraldas 30 marzo 2015

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  • CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

    CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS

    60c incl. IVA 60c incl. IVA

    Esmeraldaslunes 30 De MARZO De 2015 32 pginas lunes 30 De MARZO De 2015 Esmeraldas Nmero total de ejemplarespuestos en circulacin: 36.120

    lahoraecuadorlahoraecuador

    @lahoraecuador@lahoraecuador

    www.lahora.com.ecwww.lahora.com.ec

    en el leCHO Del DOlORCon marcas en todo el cuerpo, con un soporte que le sujeta el brazo izquierdo recin operado, con el derecho inmvil y sin poder movilizarse con facili-dad, es el estado en el que qued Alexandra Ro-drguez, luego de ms de 65 das que estuvo hos-pitalizada en el hospital Ingles en Quito, a causa de un atropellamiento del que fue vctima.Pgina A15

    Reencuentro con el pasadoAsistir a las programaciones del torneo edad de Oro, sea en la playa o en las premiaciones, es reencontrarse con pasado brillante del ftbol esmeraldeos, por la presencia de exfutbolistas. PGInA A9

    el mito siguela cantante selena Quintanilla muri asesinada hace 20 aos. Pgina B19

    El 15 de abril, se cierra el plazo para lograr acuerdos amisto-sos en temas jurisdiccionales entre Esmeraldas, Imbabura y Pichincha pero al momento los pactos no son totales, sino parciales.

    El viceprefecto Lnder Altafuya se mostr molesto por esa situa-

    cin y dijo que todos deben unirse para lograr que las aspiraciones de consultas no se den.

    No podemos permitir que si-gan lesionando los derechos ju-risdiccionales de Esmeraldas, al parecer eso es lo que quieren en Pichincha e Imbabura dijo.

    Pgina A4

    Las alarmas de los organismos de rescate se encendieron cuan-do fueron informados de la pr-dida de la seal de una avioneta que circundaba por el sector de Ticantiln, en la cara sur del vol-cn Cotopaxi. La novedad fue informada cerca de las 17:00 del sbado pasado, mientras en esa provincia caa una lluvia pertinaz.

    De la informacin preli-minar, la avioneta F-JUKE de tipo Aerospool dejo de emitir la seal y perdi contacto con las torres de los aeropuertos de Quito y Latacunga. El piloto de la aeronave era Eric Guilloud, un suizo de 63 aos, quien tra-taba de cumplir su reto de dar la vuelta al mundo en 20 meses.

    Pgina B4

    Percance areo en Cotopaxi

    Todo apunta a consultas

    Precios elevadosPgina A11

    cantones

    Da del teatro Pgina A5

    ciudad

    Barcelona y Emelec, hermanos de patio ganaron sus respectivos partidos. El conjunto amarillo lo hizo en el Atahualpa ante Cat-lica y el Bombillo, ante Rver en el estadio Cristhian Bentez. El marcado en ambos cotejos fue 2 a 1. Pgina D1

    Triunfaron los del astillero

    sin un lugar a dnde irlas personas que sufren los embates de la natura-leza, una vez que son afectados en la mayora de los casos acuden donde familias acogientes, debido a que esmeraldas no tiene albergues para acogerlos hasta que les llegue la ayuda. Pginas A2-A3

  • CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

    CYAN MAGENTA YELLOW BLACK esmeraldas

    hOrA CErOA2 lunes 30 DE MArZO DE 2015la Hora EsMErALDAs I

    sEGuriDAD

    A15lunes30 DE MArZO DE 2015la Hora EsMErALDAsI

    P

    De acuerdo a las disposiciones Legales y Estatutarias se convoca a los seores accionistas de la Compaa PEXA Planta Extractora Agrcola La Unin S.A., a la Junta General Ordinaria, que se realizar el da Jueves 09 de Abril del 2015 a las 08:30 horas, en su propio local ubicado en el Km. 48 Va Santo Domingo - Quininde, con la finalidad de tratar el siguiente orden del da:

    1. Informe del Presidente correspondiente al ejercicio econmico 2014.

    2. Informe del Gerente General correspondiente al ejercicio econmico 2014.

    3. Conocimiento del Comisario correspondiente al ejercicio econmico 2014.

    4. Conocimiento del Informe del Auditor Externo correspondiente al ejercicio econmico 2014.

    5. Conocimiento y aprobacin del Balance General y Estado de Prdidas y Ganancias del ejercicio econmico 2014 y resoluciones.

    6. Destino de las utilidades correspondiente al ejercicio econmico 2014 y resoluciones.

    7. Eleccin del Comisario Principal y Suplente para el ejercicio econmico 2015.

    Se convoca especial e indivualmente a la Licenciada Norma Caizaluisa Comisario Principal de la Compaa Direccin Electrnica: sc_consultoresasoc3hotmail.comSe pone a conocimiento de los seores accionistas de la Compaa que los Balances, Estados Financieros y ms documentos que corresponden al ejercicio econmico del ao 2014 estn a su disposicin en las oficinas de la compaa.

    Atentamente,

    Ing. Pierre Hitti Andrade PRESIDENTE

    CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAA PEXA PLANTA EXTRACTORA

    AGRCOLA LA UNION S.A.

    p-206936-vf

    Alexandra Rodrguez, de 36 aos de edad, quien permaneci en el hospital Ingls de Quito por ms de 65 das, a causa del atropella-miento que fuera vctima por parte de la conductora de una ca-mioneta, el 21 de enero pasado, el viernes ltimo fue dada de alta...

    En un visita que diario la Hora hizo al domicilio de la afectada, se pudo auscultar el estado en el que ha quedado la agraviada, quien muy entristecida por haber per-dido la movilidad en su brazo de-recho y el izquierdo que no sabe si tambin le quedar igual.

    Pidi a las autoridades de la fiscala y al juez que lleva al causa, que hagan justicia, en su caso, porque nunca ms a poder cocinar para su familia, porque prcticamente no tienen movili-dad en sus brazos.

    El esposo de Alexandra; Julio Villamarn, muy indignado co-ment que el caso de su esposa no va a quedar all, porque as le toque mover cielo y tierra, har que la culpable del atropello pa-gue por los daos que ha causa-do a su familia.

    Marcas en el cuerpoElla ha quedado con marcas en todo su cuerpo, las costillas a pe-sar que fueron operadas an le duelen, no puede caminar nor-mal, con un injerto que le tuvie-ron que realizar en una de sus piernas, con clavos y platinos por algunas partes, ese es el es-tado en el que qued mi esposa, y que la responsable de esta tra-

    gedia no quiera asumir su com-promiso, es lo que rechazamos como familiares de Alexandra, afirm Villamarn.

    Dijo que por ahora van a es-perar, hasta el 1 de abril que es la tercera audiencia donde la responsable tiene que presen-tarse, posterior aquello, el juez que lleva la causa tomar las de-cisiones que conlleven a que la infractora asuma los cargos por la responsabilidad que tiene en el accidente.

    En un mes Alexandra deber regresar al hospital ingles de Quito para que el mdico que la intervi-no le retire los clavos que tiene en el brazo izquierdo, y saber si po-dr lograr tener movilidad en esta extremidad, para posteriormente realizarle las respectivas terapias de rehabilitacin.

    AgradecimientoAlexandra, aprovech este espa-cio para agradecer a sus familia-res, amigos vecinos y a personas particulares que sin conocerla, la apoyaron en estos momentos di-fciles que le ha tocado vivir, con rifas, bingos, venta de comida y otras actividades, con estos re-

    cursos la vctima pudo sobrevi-vir a esta tragedia, de la cual an no sale, porque sigue delicada de salud.

    Segn versiones de una her-mana que la ha cuidado durante todo este tiempo en Quito, la re-cuperacin de su hermana ser paulatina, lo que respecta a su estado de nimo, la afectacin psicolgica por la prdida de su hija, pero lo que tiene que ver con sus brazos, esto la ha convirti en una persona con discapacidad.

    Los familiares de Alexandra Rodrguez, informaron que si en esta ltima audiencia el juez que lleva la causa no toma decisiones que conlleven a que la respon-sable del atropellamiento d la cara, retomarn sus acciones de exigencia para que este caso no quede en la impunidad:

    Haremos marchas por las calles de la ciudad, ruedas de prensa con los medios de comu-nicacin, locales y nacionales, denunciando las malas acciones de las autoridades judiciales y otras acciones que nos permitan exigir que se cumpla con el Cdi-go, Orgnico Integral Penal dijo Julio Villamarn. (MES)

    Daro Javier S.M, de 20 aos de edad alias sosa, fue dete-nido por agentes de la polica judicial del cantn La Concor-dia, en circunstancias que con-duca una motocicleta que es-taba denunciada como robada.

    Un da antes hasta las ofi-cinas de la polica judicial se acerc Jos Viteri, de 40 aos de edad, domiciliado en La Pa-rroquia La Villegas, a denun-ciar el asalto que sufri su hijo en el sector del ro Diablo, de esa jurisdiccin parroquial en donde un delincuente le quit su motocicleta.

    Un sujeto plenamente identificado que radica en el barrio La Loma de La Villegas, apunt con un revolver a mi hijo y mediante amenazas le quit la moto color negro mar-ca Sukida de placas HX1621, al salir huyendo se le cay el arma de fuego, indic, el pa-dre del joven asaltado.

    SeguimientoAgreg que el arma encontra-da es un revolver doble can de fabricacin Nacional cali-bre 22 que fue entregado a los agentes policiales. La motoci-

    cleta es nuestra herramienta de trabajo, por eso vengo a denun-ciar el robo para que la polica investigue este hecho delictivo, refiri, en ese momento el per-judicado.

    Los agentes policiales con los datos proporcionados por el de-nunciante, emprendieron las la-bores investigativas, las mismas que dieron resultado un da des-pus en que localizaron la moto-cicleta en La Concordia.

    Hicimos seguimiento a la Persona que conduca la motoci-cleta, esperamos el momento en que lleg a un billar ubicado en la calle Eloy Alfaro, bajos de la iglesia matriz de La Concordia, y procedimos a detenerlo, indic, un agente policial.

    Prisin preventivaDaro Javier S.M, alias sosa, fue trasladado momentneamente a la crcel provisional de la Uni-dad Judicial de La Concordia en donde el juez penal le dict prisin preventiva como sospe-choso del delito de receptacin, posteriormente fue conducido al penal Bellavista de Santo Do-mingo de los Tschilas. (MES)

    Un nmero elevado de ciudadanos que habitan en los sectores de Co-desa, 20 de noviembre, San Rafael, Tiwintza, 50 Casas, Gatazo 2, Casa Bonita, han denunciado a este me-dio, del problema de inseguridad que viven sus sectores, que a pesar que la polica realiza los operativos de rutina, en estos lugares no para la delincuencia juvenil y el consu-mo de droga sin control.

    Sandra Ortiz, moradora de uno estos sectores, denunci, que vive en una casa esquinera del sector de San Rafael, que en las noche no puede dormir, por-que frente a su casa en horas de la noche presuntos delincuentes que merodean el sector, se ponen a fumar marihuana, eso hace que sus hijos y ella no puedan dormir, porque el olor del humo

    no se soporta.Juana Olmedo, quien habita en

    Casa Bonita, dijo que en este lu-gar ,el auge delincuencial tampo-co para, parece que cada da hay ms delincuencia juvenil consu-

    miendo droga y delinquiendo, inst a las autoridades competen-tes para que se haga algo por esta juventud, para que no haya ms dementes por las calles de Esme-raldas a causa de la droga. (MES)

    La gente clama por seguridad

    CLAMAN. Ciudadanos de varios sectores de la ciudad, claman por ms seguri-dad para sus sectores.

    Mujer atropellada con problemas en sus brazosSu brazo izquierdo est inmvil y an no sabe si el dere-cho quedar en la misma situacin.

    ALTA. Alexandra Rodrguez, fue dada de alta el viernes ltimo, se encuentra en su domicilio, ubicado en Batalln Montfar, subida a la Ceiba, delicada de salud.

    Detenido con motocicleta robada

    [email protected]

    EsMEraLDas sin aLbErguEsEst prohibida la utilizacin de establecimien-tos educativos como albergues.

    Esmeraldas, Rio-verde, San Lo-renzo, Eloy Al-faro y Quinind son entre otros los cantones donde sus habi-tantes han sufrido los embates de la naturaleza. Inundaciones y deslizamientos de tierra son las principales amenazas.

    La ms reciente inundacin ocurri en la Isla Luis Vargas Torres, ciudad de Esmeraldas, ah 50 familias fueron afectadas por la crecientes. La alternativa, acudir donde familiares o seguir en el lugar debido a que no hay sitios exclusivos para albergar damnificados.

    El Municipio, segn la Viceal-caldesa, Cecilia Angulo, tena planificado llevar a los afectados a un establecimiento educativo en caso de que el agua aumenta-ra su nivel, pero, asegura que la comunidad no deseaba salir de la zona.

    Ilegalidad De haberse dado este tipo de ayuda, se estara incurriendo en una ilegalidad, debido a que aho-ra est prohibido utilizar los es-tablecimientos educativos como albergues, alternativa que en este caso se ampara en la ausen-

    cia de albergues en Esmeraldas y la etapa vacacional.

    En ese contexto, la presiden-ta del Comit de Operaciones Emergentes (COE) provincial, Paola Cabezas, enfatiza que las unidades de riesgos de los mu-nicipios, con sus respectivos tc-nicos de sus unidades de riesgos deben hacer un levantamiento de informacin de los albergues en cada cantn; Quinind tiene un albergue.

    Tal accin dice no es una op-cin, debido a que las acciones de prevencin, reaccin, miti-gacin, reconstruccin y trans-ferencia, estn fijadas en el artculo 140 del Cdigo de Or-ganizacin Territorial, Autono-ma y Descentralizacin (Coo-tad), donde adems determina que los Gobiernos Autnomos Descentralizados Municipales adoptarn obligatoriamente normas tcnicas para la pre-vencin y gestin de riesgos en sus territorios con el propsito de proteger las personas, co-lectividades y la naturaleza, en sus procesos de ordenamiento territorial.

    Nuevos albergues Sin embargo, adelanta la Presi-denta del COE Provincial, que se estn planificando una reunin

    con los miembros de las 8 mesas tcnicas que integran el Comit para revisar los protocolos de apoyo a los COE cantonales.

    Siempre se utiliz los esta-

    blecimientos educativos como albergues, pero ya no est permi-tido, por ello la necesidad de que los COEs cantonales empiecen a identificar lugares que cumplan

    los parmetros para ser consi-derados albergues, recomend quien tambin es Gobernadora de la Provincia, Paola Cabezas. (MGQ)

    AFECTACIN. Las familias que sufren los embates de la naturaleza no siempre son llevadas hasta los albergues, las familias acogientes son la principal alternativa.

    RESPUESTA. En la etapa invernal en diferentes cantones las crecientes obligan a los afectados a dejar sus hogares, de ah la necesidad de tener albergues fijos.

    RESIGNACIN. Una vez que las familias pierden sus hogares, los rostros de impotencia son evidentes.

  • CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

    CYAN MAGENTA YELLOW BLACK esmeraldas

    AvisOsA14lunes30 DE MARZO DE 2015la Hora EsMERALDAs P

    CiuDADA3lunes30 DE MARZO DE 2015la Hora EsMERALDAsI

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    P91800

    JUZGADO DE COCTIVAS BANCO NACIONAL DE FOMENTOSUCURSAL QUININDE

    AVISO DE REMATE DE UN BIEN INMUEBLESe pone en conocimiento al pblico en general que el da MARTES 21 DE ABRIL DE 2015, de trece a diez y siete

    horas de la tarde se llevar a efecto el remate del bien inmueble embargado que se detalla ms adelante en la Se-

    cretara del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quinind, ubicado en la calle 3 de Julio

    y Cipriano Quionez. Cabecera cantonal de Quinind.- Publquese los avisos de Remate en uno de los diarios de

    mayor circulacin que se edita en la ciudad de Quinind, provincia de Esmeraldas, y por tres carteles que se fijaran

    entre los tres pasajes ms frecuentados en la parroquia Rosa Zrate, cantn Quinind, provincia de Esmeraldas.

    Detalles de bien inmueble a rematarse: 1.-UBICACIN.- En el recinto Valle del Sade, Comunidad Santa Rosa, Ro

    la Desgracia de la Parroquia Malimpia, Cantn Quinind, Provincia de Esmeraldas; 2.-LINDEROS: NORTE: Cia.

    Epacem, con 257,46mts. Rbo. S 6510E y 100.58mts. Rbo. N 8724E; SUR: Con Angel Zambrano Zambrano

    en 174.19mts. Rbo. N. 77 48W: Jacinto Ramn Lucas Cedeo, con 77mts. Rbo. N. 7748W y 129.82mts. Rbo.

    S 4726W; ESTE: Sra. Amelia Benedicta Chvez Prraga, con 1.166.01mts. Rbo. S 0417E; OESTE: Sr. Francisco

    Agustn Martillo Mendoza, con 303.57mts. Sr. Manuel Andrs de la Cruz Baren, con 1.000mts. Rbo. N 0331W;

    3.- CARACTERSTICAS GENERALES: Topografa ondulada.; 4.- SUPERFICIE TOTAL: 39.38 hectreas de cabida;

    5.- USO ACTUAL DEL SUELO Y AVALO: 39.38 hectreas de cabida ascienden a $45,287.00.; 6.- AVALO DE

    CULTIVOS: 33has de pasto saboya en estado regular ascienden a $6,600.00; 7.- TOTAL AVALUO DE CULTIVOS:

    ascienden a $6,600.00; 8.- AVALO DE CONSTRUCCIN: El avalo de la casa mixta en estado regular asciende

    a $3.900,00; 9.- AVALO TOTAL: El avalo total del inmueble antes descrito asciende a la suma de $55.787,00,

    CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AM-

    RICA CON 00/100. Por tratarse del segundo sealamiento se aceptan las posturas que cubran al menos la mitad

    del precio del avalo, al contado o a plazo, se preferirn las ofertas de contado. Se acompaaran el diez por ciento

    del valor de la oferta en dinero efectivo o cheque certificado a la orden del Banco Nacional de Fomento, Sucursal

    Quinind. Se aclara que el remate del inmueble antes descrito se lo har como cierto de conformidad con lo

    dispuesto en el Art. 1773 de la Conformidad del Cdigo Civil. Todos los gastos que se ocasionaran para la transfe-

    rencia de dominio de dicho inmueble sern de cuenta del adjudicatario, con excepcin de aquellos que por expreso

    mandato legal debe ser pagado por el coactivo. El Art. 457 inciso segundo agregado al Cdigo de Procedimiento

    Civil, dispone que las persona naturales como jurdicas que participen en calidad de postores debern presentarse

    en las oficinas del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quinind, con el objeto de ser

    calificadas como postores con 15 das antes del da sealado para el remate. No se admitirn posturas que se

    presentan sin firma de abogado, mayor informacin recibir en la Secretara del Juzgado de Coactivas del Banco

    Nacional de Fomento, Sucursal Quinind. Ubicado en la calle 3 de Julio y Cipriano Quionez. Particular que pongo

    en conocimiento del pblico para los fines consiguientes.

    Dra. Raquel Gaona Moncayo SECRETARIA AD-HOC

    p/5049

    JUZGADO DE COCTIVAS BANCO NACIONAL DE FOMENTOSUCURSAL QUININDE

    AVISO DE REMATE DE UN BIEN INMUEBLESe pone en conocimiento al pblico en general que el da MARTES 21 DE ABRIL DE 2015, de trece a diez y siete horas de la tarde se llevar a efecto el remate del bien inmueble embargado que se detalla ms adelante en la Secretara del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quinind, ubicado en la calle 3 de Julio y Cipriano Quionez. Cabecera cantonal Quinin-d.- Publquese en los avisos de Remate en uno de los diarios de mayor circulacin que se edita en la ciudad de Esmeraldas. 1.- UBICACIN.- En la Lotizacin Cesar Proao, de la parroquia Rosa Zrate, cantn Quinind, provincia de Esmeraldas. 2.- LINDEROS. NORTE: Con el solar #2 en 20m. SUR: Con el solar #4 en 20m. ESTE: Con la va al recinto El Venado en 10,10m. OESTE: Con el rea para Capilla en 10,10m. 3.- SUPERFICIE TOTAL: 202m2. 4.- USO ACTUAL DEL SUELO Y AVALO: 202m2 ascienden a la suma de $5.050,00. 6.- AVALO DE CONSTRUCCIN: Vivien-da de dos plantas Mixta, de 162m2 ascienden a $6.400,00. 7.- AVALO TOTAL: El avalo total del inmueble antes descrito asciende a la suma de $ 11.450,00. ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA DLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA. Por tratarse del segundo sealamiento se aceptan las posturas que cubran al menos la mitad del precio del avalo, al con-tado o a plazo, se preferirn las ofertas de contado. Se acompaarn el diez por ciento del valor de la oferta en dinero efectivo o cheque certificado a la orden del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quinind. Se aclara que el remate del inmueble antes descrito se lo har como cierto de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1773 de la Conformidad del Cdigo Civil. Todos los gastos que se ocasionaran para la transferencia de dominio de dicho inmueble sern de cuenta del adjudicatario, con excepcin de aquellos que por expreso mandato legal debe ser pagado por el coactivo. El Art. 457 inciso segundo agregado al Cdigo de Procedimiento Civil, dispone que las persona naturales como jurdicas que participen en calidad de postores debern presentarse en las oficinas del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quinind, con el objeto de ser calificadas como postores con 15 das antes del da sealado para el remate. No se admitirn posturas que se presentan sin firma de abogado, mayor informacin recibir en la Secretara del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quinind. Ubicado en la calle 3 de Julio y Cipriano Quionez. Particular que pongo en conocimiento del pblico para los fines consiguientes.- Quinind 24 de febrero de 2015.

    Dra. Raquel Gaona Moncayo SECRETARIA AD-HOC

    p/5050

    Registro Oficial W 135 de Julio 29 del 2003; y, los Arts. 948 y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el presente Juicio Coactivo, en contra del seor Cuajivoy Landzuri Edilson, y dicto el presente Auto de Pago, y dispongo que el coactivado, pague dentro del trmino de tres das, a partir de ia citacin con este Auto de Pago, el valor de $ MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS DLARES,00I100 ($ 1.416,00), ms intereses, costas de recaudacin, honorarios pro-fesionales y otras obligaciones sealadas en el Art. 965 del Cdigo de procedimiento Civil, que se calcularn a la fecha del pago; o en el mismo trmino dimita bienes, previnindole que de no hacerlo, continuar el proceso en rebelda y se embargarn bienes muebles e inmuebles equi-valentes a la deuda, intereses y costas. Conforme lo prescrito en los Arts. 421, 489, 907, 909 Y 968 del Cdigo de Procedimiento Civil, proponga excepciones. PRIMERO.- Procdase a! Bloqueo y retencin de fondos y crditos que el coacti-vado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba mencionado, debiendo para el efec-to oficiarse al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar ofi-cios circulares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ord-nese la prohibicin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactivado; Para el cumplimiento de lo ordenado, notifquese mediante oficio a las autoridades y funcionarios de la Registradura de la propiedad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO.- Ctese con este auto al seor Cuajivoy landzuri Edilson. Se previene al coactivado la obligacin que tiene de sealar domicilio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir posteriores notificaciones que le correspondan. Designo como secretaria Ad-Hoc a la Dra. Magaly Vlez Loor, para lo cual firma en seal de aceptacin; Ctese, Oficiese y Cmplase. Ab. Augusto Vaca Mio, Director Regional, ejecu-tor de coactivas.Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

    Xxxxxxxx

    CONSEJO NACIONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICAS CONSEP DIRECCION REGIONAL DEL

    CONSEP DE ESMERALDAS PROCESO COACTIVO No. 2015-0023-DRE. COACTIVADO: LERMA LEON GLORIA PATRICIA Representante Legal: LERMA LEON GLORIA PATRICIA Direccin: Crcel de Mujeres Juzgado de coactivas del CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS.Esmeraldas, 25 das del mes de febrero del 2015 a las 15h20.VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional del CONSEP de Esmeraldas Encardado legalmente mediante

    JUDICIALES

    JUDICIALES JUDICIALES JUDICIALES JUDICIALES

    Accin de Personal N DNDHC-2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi calidad de Juez de Coactiva, avoco conocimiento de este proceso coactivo, de conformidad con la sentencia expedida por el Tribunal Segundo de Garantas Penales, con fechas 27 de agosto del 2014 a las 11 h11, contra LERMA LEON GLORIA PATRICIA, dentro de la Causa Penal N 2013-0141, por delito de Tenencia Ilegal de Sustancias Estupefacientes, En la cual se dicta sentencia Condenatoria como culpable y responsable, en el grado de Autor del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, y al pago de 40 salarios mnimos vitales generales, En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 13 de enero del 2015 a las 11 h24, confirma en todas sus partes la sentencia condenatoria venida en grado y modifica la pena y la multa en Cuatro Salarios Bsicos Unificados; conforme se des-prenden de las copias certificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sentencia el coactivado adeuda a esta Direccin Regional por concepto de multas el valor de: MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS DLARES,OO/100 ($1.416,00); por consiguiente siendo la obligacin (deuda) lquida, clara, deter-minada y de plazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplicables al procedimiento coactivo, fundado en la orden de cobro y en ejer-cicio de la jurisdiccin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS -CONSEP- , conforme lo determina el Art. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del Art. 15 de la Ley en referencia; Art. 1 del Acuerdo 2003 0001 SE. Publicado en el Registro Oficial W 135 de Julio 29 del 2003; y los Arts. 948 y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el presente Juicio Coactivo, en contra del seor Lerma Len Gloria Patricia, con cdula de Identidad W 66988606, y dicto el presente Auto de Pago, y dispongo que el coactivado, pague dentro del trmino de tres das, a partir de la citacin con este Auto de Pago, el valor de $ MIL CUATROCIENTOS DIECISIS DLARES, OO/100 ($ 1.416,00), ms intereses, costas de recaudacin, honorarios profesionales y otras obligaciones sealadas en el Art. 965 del Cdigo de procedimiento Civil, que se calcularn a la fecha del pago; o en el mismo trmino dimita bienes, previnindole que de no hacerlo, conti-nuar el proceso en rebelda y se embargarn bienes muebles e inmuebles equivalentes a la deuda, intereses y costas. Conforme lo prescrito en los Arts. 421,489,907,909 Y 968 del Cdigo de Procedimiento Civil, proponga excepciones. PRIMERO.- Procdase al Bloqueo y retencin de fondos y crditos que el coactivado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba mencionado, debiendo para el efecto oficiarse al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios circulares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibi-cin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactivado; Para el cumplimiento de lo ordenado, notifquese mediante oficio a las autoridades y funcionarios de la Registradura de la propie-dad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO. Ctese con este auto al seor Lerma Len Gloria Patricia. Se previene al coactivado la obligacin que tiene de sealar domicilio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir posterio-res notificaciones que le correspondan. Designo como secretaria Ad-Hoc a la Dra. Magaly Vlez Loor, para lo cual firma en seal de aceptacin; citese, oficiese y cumplase. Abg. Augusto Vaca Mio, Director Regional, Ejecutor de Coactivas.

    Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    CONSEJO NACIONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS CONSEP DIRECCION REGIONAL DEL

    CONSEP DE ESMERALDAS PROCESO COACTIVO No. 2015-025-DRE. COACTIVADO: ABAD GODOY JOSE LUIS Representante Legal: ABAD GODOY JOSE LUIS Direccin: Crcel de Varones JUZGADO DE COACTIVAS DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS.- Esmeraldas, 25 das del mes de febrero del 2015 a las 15h40.VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional del CONSEP de Esmeraldas Encargado legalmente mediante Accin de Personal N DNDHC-2014--0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi calidad de Juez de Coactiva, avoco conocimiento de este proceso coactivo, de conformidad con la sentencia expedida por el Tribunal Tercero de Garantas Penales, con fechas 23 de enero del 2013 a las Vh08, contra ABAD GODOY JOSE LUIS, dentro de la Causa Penal N 2012-0038, por DELITO Tenencia Ilegal de Sustancias Estupefacientes, En la cual se dicta sentencia Condenatoria como cul-pable y responsable, en el grado de autor, por del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, y al pago de sesenta salarios Mnimos Vitales Generales, En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 06 de enero del 2015 a las 141159, confirma la sentencia condenatoria modificando la pena y la multa en 6 salarios bsicos unificados del traba-jador en general; conforme se desprenden de las copias certificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sentencia el coactivado adeuda a esta Direccin Regional por concepto de multas el valor de: DOS MIL CIENTO VEINTE CUATRO DLARES (2.124. USD).; por consiguiente siendo la obligacin (deuda) lquida, clara, pura, determinada y de plazo ven-cido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplicables al procedimiento coactivo, fundado en la orden de cobro y en ejercicio de la jurisdic-cin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICOS -CONSEP- , conforme lo determina el Art. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del Art. 15 de la Ley en referencia; Art. 1 del Acuerdo 2003 0001 SE. Publicado en el Registro Oficial W 135 de Julio 29 del 2003; y los Arts. 948 y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el presente Juicio Coactivo, en contra del seor Abad Godoy Jos Luis, cdula de identidad W 2200040968, y dicto el presente Auto de Pago, y dispongo que el coactivado, pague dentro del trmino de tres das, a partir de la citacin con este Auto de Pago, el valor de DOS MIL CIENTO VEINTI CUATRO DOLARES (2.124. USD), ms intereses, costas de recaudacin, honorarios pro-fesionales y otras obligaciones sealadas en el Art. 965 del Cdigo de procedimiento Civil, que se calcularn a la fecha del pago; o en el mismo trmi-no dimita bienes, previnindole que de no hacerlo, continuar el proceso en rebelda y se embargarn bienes muebles e inmuebles equivalentes a la deuda, intereses y costas. Conforme lo prescrito en los Arts. 421,489,907,909 y 968 del Cdigo de Procedimiento Civil, proponga excepciones. PRIMERO.- Procdase al Bloqueo y retencin de

    fondos y crditos que el coactivado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por ei monto arriba mencionado, debiendo para el efecto oficiarse al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios circulares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibi-cin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactiva do; Para el cumplimiento de lo ordenado, notifquese mediante oficio a las autoridades y funcionarios de la Registraduria de la propie-dad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO. Ctese con este auto al seor Abad Godoy Jos Luis. Se previene al coactivado la obli-gacin que tiene de sealar domicilio judicial en ia ciudad de Esmeraldas, para recibir posteriores notificaciones que le correspondan. Designo como secretaria d-Hoc a la Dra. Magaly Vlez Loor, para lo cual firma en seal de aceptacin; Citese, oficie-se y cumplase. Abg. Augusto Vaca Mio, Director Regional, Ejecutor de Coactivas.Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIEZ y ADOLESCENCIA DE

    ESMERALDAS EXTRACTO JUDICIAL DE CITACION

    CASUA No: 0196-2015 DE DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR: ANGULO JAMA EDGAR STALIN DEMANDADA: ROQUE ALONSO IRIALYS JUEZ: ASG. RAMIRO MENDOZA GARCIA SECRETARIA: ASG. ROSA ANDREA PEREA GRUEZQ CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTN DE ESMERALDAS.- VISTOS. Abg. Ramiro Mendoza Garca, Juez de la Unidad Especializada de Familia Mujer Niez y Adolescencia del Cantn de Esmeraldas, legal-mente nombrado mediante Accin de Personal N 1364-DP08-CJ-2013, de fecha 25 de Abril del 2013. Se procede a calificar la demanda de Divorcio con Causal No 2015-0196 propuesta por el seor ANGULO JAMA EDGAR STALIN, en contra de la seora ROQUE ALONSO IRIALYS, como clara y precisa; y, por reunir los requisitos legales se la acepta al trmite pertinente de Juicio de Divorcio con Causal. Por lo expuesto dispongo lo siguiente: Ctese por mediante la Prensa, en unos de los peridicos de amplia circulacin que se editan en las ciudades de Esmeraldas y Quito Provincia de Pichincha, en extracto, para deter-minar el domicilio de la demandada: la seora ROQUE ALONSO IRIALYS. Agrguese al proce-so la copia certificada de la inscripcin de matri-monio. Tmese en cuenta el casillero Judicial N 225 corre electrnico sealado por el actor, la y la autorizacin dada a su defensor Ab. Fabricio lvarez Arboleda. Acte como secretaria de este despacho la Ab. Andrea Perea Gruezo.- NOTIFIQUESE.- .. Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales consiguientes. ABG. ROSA ANDREA PEREA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS P92299

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    UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIEZ Y

    ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS EXTRACTO JUDICIAL DE CITACION

    CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL N 0194-2015 ACTOR: ANGULO CAICEDO LENNY TEOFILODEMANDADO: GRILLO CASTELNAU BARBARA JUEZA: AB. MERCEDES A. HERNANDEZ PAZMIOSECRETARIO: DR. CARLOS L. CEVALLOS RAMIREZCUANTIA: INTERMINADA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTN DE ESMERALDAS.- VISTOS: Abg. Mercedes A. Hernndez Pazmio, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niez y Adolescencia de Esmeraldas. Nombrada mediante Resolucin del Pleno del Consejo de la Judicatura N 156-2013 del 16 de octubre del 2013 y Accin de Personal N 11715-DNTH-RO de fecha 29 de octubre del 2013. Habindose efectua-do el sorteo correspondiente ha recado en esta judicatura. Avoco conocimiento de la presente causa Juicio N 0194-2015 DIVORCIO presentado por LENNY TEOFILO ANGULO CAICEDO en contra de BARBARA GRILLO CASTELNAU.- Agrguese al expediente la declaracin del actor de desconocer el domicilio de la demandada y el escrito con el que completa s demanda. En lo principal se resuelve lo siguiente: 1.- La deman-da de DIVORCIO POR CAUSAL presentad por LENNY TOFILO ANGULO CAICEDO en contra de BARBARA GRILLO CASTELANAU es calara y precisa por reunir los requisitos establecidos en el Art. 118 del Cdigo Civil 2.- Ctese a la demandada BARBARA GRILLO CASTELNAU, por medio de la prensa en uno de los peridicos de mayor circulacin de la localidad, por tres ocasiones, si dentro de los 20 das posteriores a la fecha de la ltima publicacin no comparece a la demanda el trmite continuar en rebelda de conformidad a lo prescrito en el Art. 82 del Cdigo de Procedimiento Civil. 3.- Tmese en cuenta el trmite a seguirse en la presente accin. 4.- Tmese en cuenta el casillero judicial No. 225 y el correo electrnico [email protected] Intervenga el Dr. Carlos Cevallos R. secretario titular del despacho.- Notifquese.Dr. Carlos L. Cevallos RamrezSecretarioP92300

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    Extracto JudicialCitacin Judicial a: Orlando Jess Portillo TamayoDemandado: Orlando Jess Portillo TamayoActor: Betty Vanessa Quintero BallesteroJuicio Nro. 197-2015Trmite: Divorcio por CausalCuanta: IndeterminadaFundamento legal: Art. 110 causal 11, inciso 1 del Cdigo CivilAbogado defensor: Fabricio Alvarez ArboledaProvidencia: Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niez y Adolescencia de Esmeraldas. Esmeraldas, viernes 30 de enero del 2015, las 15h42. VISTOS: Agrguese a los autos la decla-racin que bajo juramento rinde la seora Betty Vanessa Quintero Ballestero. En lo principal, la demanda No. 0197-2015, de divorcio por causal presentada por Betty Vanessa Quintero Ballestero, en contra de Orlando Jess Portillo Tamayo, se la califica de clara, precisa, completa y por reunir los requisitos legales que exige los art-culo 67 y 68 del Cdigo de Procedimiento Civil, se la admite a trmite en juicio verbal sumario como lo exige el Art. 118 del Cdigo Civil, se la admite a trmite en juicio verbal sumario como exige el Art. 118 del Cdigo Civil. De los fundamentos de hecho se desprende que el matrimonio no han procreado hijos, ni han adquirido bienes.- En virtud de la declaracin juramentada practicada por la accionante ante la suscrita seora Jueza de esta Unidad Judicial especializada, quien declara bajo juramento desconocer la residencia del cn-yuge demandado Orlando Jess Portillo Tamayo; por lo que se dispone que la diligencia de citacin a la parte demandada Orlando Jess Portillo Tamayo, se la realice por tres publicaciones que se harn en un peridico de mayor circulacin que se edita en esta ciudad de Esmeraldas, lugar del juicio, y tres publicaciones en la ciudad de Quito, lugar donde se celebr el matrimonio, y conforme lo establece el artculo 119 del Cdigo Civil y artculo 82 del Cdigo de procedimiento Civil, mediando el Trmino de Ocho Das entre publicacin y otra, debiendo para el efecto por Secretara de esta Unidad Judicial elaborar el correspondiente extracto de prensa, y, a fin de dar cumplimiento a la garanta constitucional del derecho de defensa, consagrado en el Art. 75, Art. 76.1 de la Constitucin de la repblica y evitar la indefensin al demandado; conforme al artculo 130.1 del Cdigo Orgnico de la Funcin Judicial, que faculta a las juezas y jueces ejercer las atribuciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitucin, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes, por lo tanto deben: 1 Cuidar que se respeten los derechos y garantas de las partes procesales en los juicios; ofciese solicitando como lo exige el Art. 30 del Cdigo Orgnico de la Funcin Judicial, a las fuentes de informacin factibles, delegacin Provincial Electoral, delegacin provincial SRI, Gerente Provincial de la CNT EP-Corporacin Nacional de Telecomunicaciones, Director Provincial de la Agencia Nacional de Trnsito Jefatura Provincial de Migracin, respectivamen-te, para que en el trmino de cinco das, de recibi-da esta notificacin se remita informacin sobre lugar de votacin; registro de direccin domicilia-ria en calidad de contribuyentes sobre las decla-raciones de impuestos de Orlando Jess Portillo Tamayo, direccin domiciliaria registrada en el servicio de telefona fija o mvil, e internet; direc-cin domiciliaria registrada en las matrculas de vehculos o licencias de conducir y sobre el status migratorio del seor Orlando Jess Portillo Tamayo, cdula de ciudadana No. PSC590133. Obtngase de la pgina web del IESS el certifi-cado de afiliacin. La accionante presentar los oficios a sus destinatarios y entregar el recibido impuesto. Acte la seorita Ab. Karen Caldern Asinc, en su calidad de Secretaria, conforme al memorando No. DP08-CJ-UPTH-2014-4033.- Notifquese y Cmplase.Lo que le comunico a usted y lo cito para los fines de ley pertinentes, previnindole de la obligacin que tiene de sealar casillero judicia, para sus futuras ntificaciones. Certifico.Ab. Karen Caldern AsincSecretaria encargadaP92298

    2.033 familias afectadasLos ros nzole, Cayapas y Santiago del norte de la pro-vincia de Esmeraldas, segn el reporte oficial de los tcnicos de la Direccin de Riesgo del Municipio de Eloy Alfaro, en febrero, 2.033 familias fueron afectadas por las inundaciones.

    Ninguna de ellas fue llevada a albergues, como alternativa a largo plazo, el Municipio est elaborando una Ordenanza que prohba la construccin de viviendas en zonas de riesgo como orillas del ro. Provisio-nalmente se construyen muros de gaviones en ciertos caseros. (MGQ) ALTERNATIVA. Debido a que las calles quedaron llenas de agua de los ros desbordados, sus habitantes optaron por usar botes para movilizarse.

    Incendio genera damnificados En diferentes cantones de Esmeraldas se han reportado incendios que dejaron a familias sin sus hogares, no todos reciben la ayuda de las autoridades. El ente encargado de otorgar viviendas a los afectados es Miduvi, pero el proceso de construccin dura mnimo 90 das.Durante ese tiempo, optan por dormir en carpas improvisadas o ir donde familias acogientes, debido a que no hay albergues que los acoja. (MGQ)

    Campesinos suman afectacin Debido a que mucho de los sembros estn en las vegas (junto al ro) tras cada invierno las perdidas agrcolas son altas, afectaciones que no se remite a las zonas de riesgo, el Ministerio de Agricultura Ganadera Acuacultura y Pesca (Magap) es el ente de respuesta.Ellos tras el censo deben aplicar la reactivacin agraria, pero este tipo de ayuda directa a los campesinos no est llegando. La ms reciente activacin y entrega de insumos se efectu en 2012. (MGQ)

    CONSECUENCIA. Los incendios es una de la destrucciones que en ocasiones no permite recuperar nada de la estructuras de las casas.

    RIESGOS. Las familias de la parroquia Cube ante la falta de ayuda decidieron reconstruir sus hogares que en algunos casos fueron arrasados por la creciente.

    AFECTACIN. Se estima que entre reas perdidas y afectadas por el invierno en este trimestre, superan las 5.000 mil hectreas. Las casas cercanas tambin son afectadas.

    www.lahora.com.ec

    Siguen zona de riesgos El desbordamiento de los ros Cube y Viche en el cantn Quinind, afect a las casas cercanas. Los comuneros fueron llevados tem-poralmente a un establecimiento educativo adecuado para albergar-los, pero, luego decidieron regresar a la zona de riesgo ante la falta de un nuevo hogar.Los informes tcnicos presen-tados por la Subsecretara de Respuesta, Sala de Situacin Nacional y Director Provincial de Esmeraldas de la Secretara de Gestin de Riesgos, llevaron a la declaratoria de emergencia, pero la ayuda habitacional ni de mitigacin llegaron. (MGQ)

  • CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

    CYAN MAGENTA YELLOW BLACK esmeraldas

    CiudAdA4 lunes30 dE MARZO dE 2015la Hora EsMERALdAs I

    AvisOsA13lunes30 dE MARZO dE 2015la Hora EsMERALdAs

    P

    ASOCIACIN PROVINCIAL DE GANADEROS DE

    ESMERALDASfILIAL DE LA fEDERACIN DE GANADEROS DEL ECuADOR

    CONVOCATORIA A REuNIN EXTRAORDINARIA

    Se convoca con carcter de urgente a todos los socios de la ASOCIACIN PROVINCIAL DE GANADEROS DE ESMERALDAS, a la reunin extraordinaria que se efectuara el da mircoles 01 de abril de 2015 a las 19h00, en la SEDE, ubicada en las calles Pedro Vicente Maldonado y Manuela Caizares para tratar el siguiente ORDEN DEL DA:

    1. Informe de actividades realizadas

    2. Actualizacin de la base de datos de los socios y recoleccin de firmas.

    Esperamos la puntualidad de los socios, las resolucio-nes se tomaran con el nmero de socios presentes.

    Jaime Vaca Guerra PRESIDENTE

    Ing. Anibal Prez Sabando SECRETARIO

    P92331

    Profesionales

    dental globalODONTOLOGA FAMILIAR

    dr. daniel ballesteros obandoODONTLOGO

    TRATAMIENTO ORTODONCICO PREVENTIVO, TRATAMIENTO DE CONDUCTO, TRATAMIENTO PARA NIOS Y ADULTOS, RADIOGRAFA

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    emPleos

    anulaciones

    judiciales

    judiciales

    Que da anu lado Por haberse perdi-do la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4000845049 del Banco Internacio-nal S.A., se est procediendo a su anula-cin. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deber presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 das, contados desde la ltima publicacin de este aviso. P-206932-1/MIG

    Que da anu lado Por haberse perdi-do la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4000845049 del Banco Internacio-nal S.A., se est procediendo a su anula-cin. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deber presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 das, contados desde la ltima publicacin de este aviso. P-206932-2/MIG

    Que da anu lado Por haberse per-dido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4100761193 del Banco Internacio-nal S.A., se est procediendo a su anula-cin. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deber presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 das, contados desde la ltima publicacin de este aviso. P-206932-3/MIG

    Que da anu lado Por haberse perdi-do la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500922904 del Banco Internacio-nal S.A., se est procediendo a su anula-cin. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deber presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 das, contados desde la ltima publicacin de este aviso. P-206932-4/MIG

    Que da anu lado Por haberse per-dido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4600755706 del Banco Internacio-nal S.A., se est procediendo a su anula-cin. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deber presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 das, contados desde la ltima publicacin de este aviso. P-206932-5/MIG

    ESMERALDASQUEDA ANULADAPor prdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8218247700 Nro. Cartola 18140440209 Cliente CAICEDO ESCOVAR, EVELYN-JULI-ANA del Banco Rumiahui. Quien tenga derecho deber reclamar dentro de los 12 das posteriores a la ltima publicacin.P/AC/ (27589)NR ========= QUEDA ANULADAPor prdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8051064500 Nro. Cartola 16906180811 Cliente LOAIZA RIVAS, JULIO-ROBERTO del Banco Rumiahui. Quien tenga derecho deber reclamar dentro de los 12 das posteriores a la ltima publicacin.P/AC/ (27589)NR =========

    COOPERATIVA DE AHORRO y CREDITO

    29 DE OCTUBRE LTDA.

    Se comunica al pblico, la Anulacin por prdida/substraccin de la Libreta de Ahorro cuyo nmero de Libreta es 4502006265. Perteneciente a.: esPaa cortes nathaly ariana.

    P92304

    Se anula por prdida de Libreta de Ahorros cuyo nmero de cuenta es 0430119330, perteneciente a: chere micolta luz maria.

    ANULACION

    p92276

    Se anula por prdida de Libreta de Ahorros cuyo nmero de cuenta es 0430111659, perteneciente a: chila barros miguel

    ANULACION

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    CONSEJO NAClONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICAS -CONSEp DIRECCIN REGIONAL DEL CONSEP DE ESMERALDAS

    PROCESO COACTIVO W 2015018-DRE. COACTlVADO: SALTOS OBANDO JOHANNA MARITZA Representante Legal: SALTOS OBANDO JOHANNA MARITZA Direccin: Crcel de Mujeres JUZGADO DE COACTIVAS DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICAS.- Esmeraldas, 19 dias del mes de febrero del 2015 a las 16hOO.VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional de! CONSEP de Esmeraldas Encargado legalmente mediante Accin de Personal N DNDHC-2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi calidad de Juez de Coactiva, avoco conocimiento de este proceso coactivo, de conformidad con la sentencia expedida por el Tribunal Tercero de Garantas Penales, con fechas 24 de febrero del 2014 a las 16h21, con-tra : SALTOS OBANDO JOHANNA MARITZA, dentro de la Causa Penal N 2013-0133, por delito de Tenencia Ilegal de Sustancias Estupefacientes, en la cual se dicta sentencia condenatoria como cul-pable y responsable, en el grado de autor del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, al pago de Sesenta salarios Mnimos Vitales Generales. En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 28 de Noviembre del 2014 a las 10h47, confirma en todas sus partes la sentencia venida en guiado; conforme se desprenden de las copias certificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sentencia el coactivado adeu-da a esta Direccin Regional por concep-to de multas el valor de: DOSCIENTOS CUARENTA DLARES, OO/100 ($

    240,00); por consiguiente siendo la obli-gacin (deuda) lquida, clara, pura, deter-minada y de plazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplica-bles al procedimiento coactivo, fundado en la orden de cobro yen ejercicio de la jurisdiccin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NAClONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICOS -CONSEP- , conforme lo determina el Art. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del Art. 15 de la Ley en referencia; Art. 1 del Acuerdo 2003 0001 SE. Publicado en el Registro Oficial W 135 de Julio 29 del 2003; y, los Arts. 948 Y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el presente Juicio Coactivo, en contra de la seora: Saltos Obando Johanna Martza, con cdu-la de identidad W 080275343-4, y dicto el presente Auto de Pago, y dispongo que el coactivado, pague dentro del trmino de tres dias, a partir de la citacin con este Auto de Pago, el valor de DOSCIENTOS CUARENTA DLARES,OO/100 ($ 240,00), ms intereses, costas de recau-dacin, honorarios profesionales y otras obligaciones sealadas en el l\rt. 965 del Cdigo de procedimiento Civil, que se cal-cularn a la fecha del pago; o en el mismo trmino dimita bienes, previnindole que de no hacerlo, continuar el proceso en rebelda y se embargarn bienes muebles e inmuebles equivalentes a la deuda, inte-reses y costas. Conforme !o prescrito en los Arts. 421, 489, 907, 909 Y 968 del Cdigo de Procedimiento Civil, propon-ga excepciones. PRIMERO.- Procdase al Bloqueo y retencin de fondos y crditos que el coactivado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba men-cionado, debiendo para el efecto oficiar-se al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios circulares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibicin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactiva-do; Para el cumplimiento de lo ordenado, notifquese mediante oficio a las autori-dades y funcionarios de la Registradura de la propiedad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO.- Ctese con este auto a la seora Saltos Obando Johanna Maritza. Se previene al coactivado la obligacin que tiene de sealar domi-cilio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir posteriores notificaciones que le correspondan. Designo como secreta-ria Ad-Hoc a ia Dra. Magaly Vlez Loor, para lo cual firma en seal de aceptacin; Ctese, Ofciese y Cmplase. Ab. Augusto Vaca Mio, Director Regional, Ejecutor de Coactivas.Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    CONSEJO NACIONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICAS CONSEP

    DIRECCIN REGIONAL DEL CONSEP DE ESMERALDAS

    PROCESO COACTIVO No. 2015-026-DRE. COACTIVADO: CASTRO CAMACHO FRICSON GEOVANNY Representante Legal: CASTRO CAMACHO FRlCSON GEOVANNY Direccin: Crcel de Varones JUZGADO DE COACTIVAS . DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS.VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional del CONSEP de Esmeraldas Encargado legal-mente mediante Accin de Personal N DNDHC-2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi calidad de Juez de Coactiva, avoco conocimiento de este pro-ceso coactivo, de conformidad con la sen-tencia expedida por el Tribuna! Tercero de Garantas Penales, con fechas 23 de enero del 2013 a las 10h08, contra CASTRO CAMACHO FRICSON GEOVANNY, den-tro de la Causa Penal N 2012-0038, por delito de Tenencia ilegal de Sustancias Estupefacientes, En la cual se dicta sen-tencia Condenatoria como culpable y responsable, en el grado de cmplice, por del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, y al pago de sesenta salarios Mnimos Vitales Generales, En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 06 de enero del 2015 a las 14h59, confirma la senten-cia condenatoria modificando la pena y la multa en 3 salario bsicos unificados del trabajador en general; conforme se des-prenden de las copias certificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sentencia el coac-tivado adeuda a esta Direccin Regional por concepto de multas el valor de: MIL SESENTA Y DOS DLARES ($ 1.062. USD).; por consiguiente siendo la obliga-cin (deuda) lquida, clara, pura, deter-minada y de plazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplica-bles al procedimiento coactivo, fundado en la orden de cobro y en ejercicio de la juris-diccin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICOS -CONSEP- , conforme lo determina el Plrt. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del Art. 15 de la Ley en referencia; Art. 1 del Acuerdo 2003 0001 SE. Publicado en el Registro Oficial W 135 de Julio 29 del 2003; y, los Arts. 948 y 951 de! Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el presente Juicio Coactivo, en contra del seor Castro Camacho Fricson Geovanny, y dicto el pre-sente Auto de Pago, y dispongo que el coac-tivado, pague dentro del trmino de tres das, a partir de la citacin con este Auto de Pago, el valor de MIL SESENTA Y DOS DLARES ($ 1.062. USO), ms intereses, costas de recaudacin, honorarios profe-sionales y otras obligaciones sealadas en el Art. 965 del Cdigo de procedimiento Civil, que se calcularn a la fecha del pago; o en el mismo trmino dimita bienes, pre-vinindole que de no hacerlo, continuar el proceso en rebelda y se embargarn bienes muebles e inmuebles equivalentes a la deuda, intereses y costas. Conforme lo prescrito en los Arts. 421, 489, 907, 909 Y

    968 del Cdigo de Procedimiento Civil, pro-ponga excepciones. PRIMERO.- Procdase al Bloqueo y retencin de fondos y crditos que el coactivado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba men-cionado, debiendo para el efecto oficiar-se al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios circulares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibicin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactivado; Para el cumplimiento de lo ordenado, noti-fquese mediante oficio a las autoridades y funcionarios de la Registradura de la propiedad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO.- Ctese con este auto al seor Castro Camacho Fricson Geovanny. Se previene al coactivado la obligacin que tiene de sealar domici-lio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir posteriores notificaciones que le correspondan. Designo como secreta-ria ad- hoc a la Dra. Magaly Velez Loor, para lo cual firma en seal de aceptacin; citese oficiese y Cumplase. Abg. Augusto Vaca Mio, Director Regional, ejecutor de coactivas.Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    DIRECCION REGIONAL DEL CONSEP DE ESMERALDAS

    PROCESO COACTIVO No. 2015-019-DRE. COACTIVADO: ORTIZ GONZALEZ RONALD OMAR Representante Legal: ORTIZ GONZALEZ RONALD OMAR Direccin: Crcel de Varones

    JUZGADO DE COACTIVAS DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.- VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional del CONSEP de Esmeraldas Encargado legalmente mediante Accin de Personal N DNDHC-2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi cali-dad de Juez de Coactiva, avoco conocimien-to de este proceso coactivo, de conformidad con la sentencia expedida por el Tribunal Primero de Garantias Penales, con fechas 26 de junio de! 2014 a las 14h43, contra ORTIZ GONZALEZ RONALD OMAR, dentro de la Causa Penal N 2014-0052, por delito de Tenencia Ilegal de Sustancias Estupefacientes, en la cual se dicta sen-tencia condenatoria como culpable y res-ponsable, en el grado de autor del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, al pago de Sesenta salarios mnimos vitales generales. En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 04 de Noviembre del 2014 a las 10h38, confirma la sentencia venida en grado modificando la pena i la multa, en Dos salarios bsi-cos unificados del trabajador en general; conforme se desprenden de las copias certificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sentencia el coactivado adeuda a esta Direccin Regional por concepto de mul-tas el valor de: SEISCIENTOS OCHENTA DLARES, OO/100 ($ 680,00); por consi-guiente siendo la obligacin (deuda) liqui-da, clara, pura, determinada y de plazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplicables al proce-dimiento coactivo, fundado en la orden de cobro y en ejercicio de la jurisdic-cin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICOS -CONSEP- , conforme lo determina el lvt. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del Art. 15 de la Ley en referencia; Art. 1 del Acuerdo 2003 0001 SE. Publicado en el Registro Oficial W 135 de julio 29 del 2003; y, los Arts. 948 y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el presente Juicio Coactivo, en contra de la seora Ortiz Gonzlez Ronald Ornar, y dicto el presente Auto de Pago, y dispongo que el coactiva-do, pague dentro del trmino de tres das, a partir de la citacin con este Auto de Pago, el valor de Seiscientos OCHENTA DLARES,OO/100 ($ 680,00), ms inte-reses, costas de recaudacin, honorarios profesionales y otras obligaciones sea-ladas en el Art. 965 del Cdigo de pro-cedimiento Civil, que se calcularn a la fecha del pago; o en el mismo trmino dimita bienes, previnindole que de no hacerlo, continuar el proceso en rebelda y se embargarn bienes muebles e inmue-bles equivalentes a la deuda, intereses y costas. Conforme lo prescrito en los Arts. 421, 489, 907, 909 Y 968 del Cdigo de Procedimiento Civil, proponga excepcio-nes. PRIMERO.- Procdase al Bloqueo y retencin de fondos y crditos que el coac-tivado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba mencionado, debiendo para el efecto oficiarse al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios cir-culares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibicin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactivado; Para el cumplimiento de lo ordenado, notif-quese mediante oficio a las autoridades y funcionarios de la Registradura de la propiedad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO.- Citese con este auto al seor Ortiz Gonzlez Ronald Ornar. Se previene al coactivado la obligacin que tiene de sealar domicilio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir poste-riores notificaciones que le correspondan. Designo como secretaria Ad-Hoc a la Dra. Magaly Vlez Loo o cual firma en seal de aceptacin; Ctese, Ofciese y Cmplase. AB. AUGUSTO VACA MIO, Director regional, ejecutor de coactivas.Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    CONSEJO NACIONAL DE

    SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y SPICOTROPICAS CONSEP DIRECCION REGIONAL DEL CONSEP DE ESMERALDAS

    PROCESO COACTIVO No. 2015-020-DRE. COACTIVADO: VALENCIA ESPINOZA JUANA LlSETTE Representante Legal: VALENCIA ESPINOZA JUANA LISETTE Direccin: Crcel de Mujeres.- Esmeraldas, 19 das del mes de febre-ro del 2015 a las 16h45.- -----VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional del CONSEP de Esmeraldas Encargado legalmente mediante Accin de Personal N DNDHC-2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi calidad de Juez de Coactiva, avoco conocimiento de este pro-ceso coactivo, de conformidad con la sen-tencia expedida por el Tribunal Primero de Garantas Penales, con fechas 16 de Julio del 2014 a las 15h02, VALENCIA ESPINOZA JUANA LlSETTE, dentro de la Causa Penal N 2014-0011, por delito de Tenencia Ilegal de Sustancias Estupefacientes, en la cual se dicta sentencia condenatoria como cul-pable y responsable, en el grado de autor del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, al pago de Setenta Salarios Mnimos Vitales. En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 18 de Noviembre del 2014 a las 10h25, confirma la sen-tencia venida en grado pero modifica la pena y la multa en Dos Salarios Bsicos Unificados del trabajador en General; conforme se desprenden de las copias certificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sentencia la coactivada adeuda a esta Direccin Regional por concepto de mul-tas el valor de: SEISCIENTOS OCHENTA DLARES,OO/100 ($ 680,00); por con-siguiente siendo la obligacin (deuda) lquida, clara, pura, determinada y de piazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplicables al procedimiento certificado, fundado en la orden de cobro y en ejercicio de la juris-diccin coactiva de que se haya dotado e! CONSEP NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS CONSEP, conforme lo determina el art.8 de la ley de sustan-cias estupefacientes y Psicotropicas y de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del art.15 de la ley en referencia; art.1 el Acuerdo 2003 0001 Se. Publicado en el registro oficial No.135 de Julio 29 del 2003 y los arts 948 y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inico el pre-sente juicio Coactivado, en contra de la seora: VALENCIA ESPINOZA JUANA LISETTE, con cedula de identidad no.01715808380, y dicto presente Auto de Pago y Dispongo QUE EL COACTIVADO PAGUE DENTRO DEL TERMINO DE TRES DIAS A PARTIR DE CITACIN CON ESTE AUTO DE PAGO el valor de seiscientos ochenta dolares, 00/100 ($680,00); ms intereses, costas de recau-dacin, honorarios profesionales y otras obligaciones sealadas en el art.965 del cdigo de procedimiento civil, que se cal-cularn a la fecha del pago; o en el mismo temrino dimita bienes, previniendole que de no hacerlo, continuara el proceso en rebelda y se embargaran bienes muebles e inmuebles equivalentes a la deuda, inte-reses y costas. Conforme lo prescrito en los arts. 421, 489, 907, 909 y 968 del Cdigo de Procedimiento Civil, proponga excep-ciones, Primero: Procedase al bloqueo y retencin de fondos y crditos que el coac-tivado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba mencionado, debiendo para el efecto oficiarse al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios cir-culares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibicin de enajenar bie-nes muebles e inmuebles del coactivado; Para el cumplimiento de lo ordenado, noti-fquese mediante oficio a las autoridades y funcionarios de la Registradura de la propiedad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO. Ctese con este auto a la seora Valencia Espinoza Juana Lisette. Se previene al coactivado la obli-gacin que tiene de sealar domicilio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir posteriores notificaciones que le correspondan. Designo como secretaria Ad-Hoc a la Dra. Magaly Vlez LOOR firma en seal de aceptacin; Ctese, of-ciese y Cmplase. Ab. Augusto Vaca Mio, Ejecutor de Coactivas.-Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    CONSEJO NACIONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICAS CONSEP DIRECCION REGIONAL DEL CONSEP DE ESMERALDAS

    PROCESO COACTIVO N 2015-0021-DRE. COACTIVADO: AYOVI NAZARENO WISTON LENIN Representante Legal: AYOVI NAZARENO WISTON LENIN Direccin: Crcel de Varones JUZGADO DE COACTIVAS DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.- Esmeraldas, 25 dias del mes de febrero del 2015 a las 15hOO.VISTOS.- Ab. Augusto Vaca Mio, Director de la Direccin Regional del CONSEP de Esmeraldas Encargado legalmente mediante Accin de Personal N DNDHC-2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014, en mi calidad de Juez de Coactiva, avoco conocimiento de este proceso coactivo, de conformidad con la sentencia expedida por el Tribunal Segundo de Garantas Penales, con fechas 04 de agosto del 2014 a las 16h31, contra AYOVI NAZARENO WISTON LENIN, dentro de la Causa Penal N 2014-0038, por delito de Tenenca Ilegal de Sustancias Estupefacientes, En la cual se dicta sen-tencia Condenatoria como culpable y res-ponsable, en el grado de autor, por del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, y al pago de 40 salarios mnimos vitales generales, En la consulta de Ley, la Sala nica de la

    Corte Provincial de Justicia con fecha 05 de Diciembre del 2014 a las 15h41, confirma en todas sus partes la sentencia condenatoria venida en grado y modifica la pena y la multa en Tres Salarios Bsicos Unificados; conforme se desprenden de las copias cer-tificadas de los fallos que se aparejan a la presente accin coactiva.-, conforme la sen-tencia el coactivado adeuda a esta Direccin Regional por concepto de multas el valor de: MIL VEINTE DLARES,OO/100 ($ 1.020,00); por consiguiente siendo la obli-gacin (deuda) liquida, clara, pura, deter-minada y de plazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplica-bles al procedimiento coactivo, fundado en la orden de cobro y en ejercicio de la jurisdiccin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS -CONSEP- , confor-me lo determina el Art. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuerdo a lo previsto en el inciso terce-ro del Art. 15 de la Ley en referenca; Art. 1 del Acuerdo 2003 0001 SE. Publicado en el Registro Oficial W 135 de Julio 29 del 2003; y, los Arts. 948 y 951 del Cdigo de Procedimiento Civil, doy inicio el pre-sente Juicio Coactivo, en contra del seor Ayov Nazareno Wiston Lenin, y dicto el presente Auto de Pago, y dispongo que el coactivado, pague dentro del trmino de tres das, a partir de la citacin con este Auto de Pago, el valor de $ MIL VEINTE DLARES,OO/100 ($1.020,OO)ms inte-reses, costas de recaudacin, honorarios profesionales y otras obligaciones seala-das en e! A.rt. 965 del Cdigo de procedi-miento Civil, que se calcularn a la fecha del pago; o en el mismo trmino dimita bienes, previnindole que de no hacerlo, continua-r el proceso en rebeldia y se embargarn bienes muebles e inmuebles equivalentes a la deuda, intereses y costas. Conforme lo prescrito en los Arts. 421, 489, 907, 909 Y 968 de! Cdigo de Procedimiento Civil, proponga excepciones. PRIMERO.- Procdase al Bloqueo y reten-cin de fondos y crditos qU el coacti-vado mantenga en cuentas de cualquiera de las Instituciones Financieras Nacional, hasta por el monto arriba mencionado, debiendo para el efecto oficiarse al seor Superintendente de Bancos y Seguros en el sentido que se sirva cursar oficios cir-culares haciendo conocer dicha medida; SEGUNDO.- Para la seguridad del crdito ordnese la prohibicin de enajenar bienes muebles e inmuebles del coactivado; Para e! cumplimiento de lo ordenado, notifiquese mediante oficio a las autoridades y funcio-narios de la Registradura de la propiedad, Mercantil, y Agencia Nacional de Trnsito. TERCERO.- Citese con este auto al seor Ayov Nazarano Wiston Lenin. Se prevene al coactivado la obligacin que tiene de sealar domicilio judicial en la ciudad de Esmeraldas, para recibir posteriores noti-ficaciones que le correspondan. Designo como secretaria Ad-Hoc a la Dra. Magaly Vlez Loor, para lo cual firma en seal de aceptacin; Ctese, Ofciese y Cmplase. Ab. Augusto Vaca Mio, ejecutor de coac-tivas.Ab. Augusto Vaca MioJuez de CoactivasDra. Magaly Velez LoorSecretaria AD-HOCP92110

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    CONSEJO NACIONAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRPICAS CONSEP

    DIRECCION REGIONAL DEL CONSEP DE ESMERALDAS

    PROCESO COACTIVO No. 2015-0022-DRE. COACTIVADO: CUAJIVOY LANDAZURI EDILSON Representante Legal: CUAJIVOY LANDAZURI EDlLSON Direcci6n: Crcel de Varones JUZGADO DE COACTIVAS DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICAS.- Esmeraldas, 25 das del mes de febrero del 2015 a las 15h10 ... Vistos.- Abg. Augusto Vaca Mio, Director Regional del CONSEP de Esmeraldas encargado legamente mediante accion de personal No. DNDC.2014-0000252 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2014 EN mi cali-dad de Juez de Coactiva, avoco conocimien-to de este proceso coactivo, de conformidad con la sentencia expedida por el Tribunal Segundo de Garantas Penales, con fechas 27 de agosto del 2014 a las 11h11, contra CUAJIVOY LANDAZURI EDILSON, den-tro de la Causa Penal N 2013-0141, por delito de Tenencia Ilegal de Sustancias Estupefacientes, En la cual se dicta sen-tencia Condenatoria como culpable y res-ponsable, en el grado de Autor del delito, imponindole a ms de la Pena Privativa de Libertad, y al pago de 40 salarios mnimos vitales generales, En la consulta de Ley, la Sala nica de la Corte Provincial de Justicia con fecha 13 de enero del 2015 a las 11h24, confirma en todas sus partes la sentencia condenatoria venida en grado y modifica la pena y la multa en Cuatro Salarios Bsicos Unificados; conforme se desprenden de las copias certificadas de los fallos que se apa-rejan a la presente accin coactiva.-, confor-me la sentencia el coactivado adeuda a esta Direccin Regional por concepto de mul-tas el valor de: MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS DLARES,OO/100 ($1.416,00); por consiguiente siendo la obli-gacin (deuda) lquida, clara, pura, deter-minada y de plazo vencido; sustentado en los Art. 948 del Cdigo de Procedimiento Civil, y ms disposiciones legales aplica-bles al procedimiento coactivo, fundado en la orden de cobro y en ejercicio de la jurisdiccin coactiva de que se haya dotado el CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPICOS -CONSEP- , conforme lo determina el Art. 8 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas, y de acuer-do a lo previsto en el inciso tercero del Art. 15 de la Ley en referencia; .4rt. 1 del Acuerdo 20030001 SE. Publicado en el

    TCITO ORTIZ URRIOLA

    Naci para ser exponente de la poesa y de la msica, al igual que sus hermanos: Jos, escritor; Gelio, periodista y Amrico, msico. San Mateo se precia de ser su cuna el 14 de Junio de 1902, recorriendo su pro-vincia con la guitarra bajo el brazo y vertiendo sus poemas y letra de can-ciones musicalizadas por l mismo. Los buenos ejemplos de rectitud, respeto y probidad los adquiri de sus padres Don Jacinto Ortiz, agri-cultor y Doa Aurora Urriola.

    Poco ha quedado del gran hombre de Esmeraldas pues su poemas no fue-ron recopilados y hubo poca produc-cin literaria, sin embargo este cul-tor del pensamiento, del sentimiento y la realidad es recordado e institu-cionalizado a travs del Himno de su tierra compuesto por l y cuya letra debe ser tenida y cantada como la sinti, plasm y leg como hombre autntico de Esmeraldas.

    Qu exclamacin maravillosa al rasgar las letras con autenticidad y entraable amor a su terruo: tierra gentil y galana.

    Y qu decir del pasillo Hermana cuando exclama: t no tienes la culpa de haber nacida ingenua en este siglo pobre de espiritualidad, cuando a las almas nobles se fustiga y condena y se concede gloria a la vulgaridad. Composicin musical que poco se la escucha y que debe ser concebida como un segundo himno para los esmeraldeos.

    Catalogado como gran poeta y extraordinario msico, nostlgico por excelencia, refugindose en el licor para ahogar la pena de su sole-dad. Qu orgullo plasmarlo lo que fue acompasado de su compaera para tair sus cuerdas con agili-dad y maestra por propia iniciati-va, acompandose despus de un sorbo fuerte para mitigar sin duda la nostalgia, tristeza y recuerdos aorados que experimentaba. Fue el Dr. Leonardo Paredes Martnez, como Rector de la Universidad Luis Vargas Torres quien valor lo que l encerraba, lo que l era y quiso rege-nerarlo al asilarlo en un sanatorio para lograr el sano propsito de su regeneracin, pero sigui en su vida bohemia con delicadeza y soledad.

    Los mejores versos marcaron un lirismo profundo y los dio a cono-cer a sus amigos cuando lleg al Conservatorio Nacional en donde herman su amistad con el composi-tor Cristbal Ojeda Dvila. El cantn San Lorenzo se precia de entonar las notas de su himno fruto de la saba de Tcito Ortiz Urriola quien falleci el 11 de abril de 1981 y merece ser destacado ms all de la eternidad.

    figura. TCITO ORTIZ URRIOLA

    BIOGRAFA

    Casa de la Cultura EcuatorianaBenjamn Carrin Ncleo de

    Esmeraldas

    Las autoridades del Consejo Provincial se mostraron con-trariados por la postura de los Prefectos de Imbabura y de Pichincha que no han logrado consolidar los acuerdos amisto-sos que en principio tenan con Esmeraldas.

    No podemos permitir que sigan lesionando los derechos jurisdiccionales de Esmeraldas, al parecer eso es lo que quieren en Pichincha e Imbabura dijo sobre el tema de Viceprefecto Lnder Altafuya.

    Refiri que la razn le asiste a Esmeraldas incluso en el proyec-to presentado por el presidente Correa as lo determina, pero ahora hay caprichos porque se lo ha cambiado, dando un margen favorable a Imbabura.

    Quieren consultaEl viceprefecto dijo que todo apunta a que se den consultas, porque el plazo para los acuer-dos amistosos se cumple el 15 de abril, pero tal y como estn las cosas eso no va a pasar.

    Hubo un nuevo encuentro, el mismo que tena el objetivo de construir la propuesta final a partir del intercambio de los argumentos sociales, cartogrfi-cos y jurdicos que fundamente el derecho de pertenencia del te-rritorio donde se asienta la co-muna Simn Bolvar (La Sexta), pero no tuvo xito dijo el vice-prefecto.

    Explic que Pichincha tena elaborada su propuesta, hacien-do evidente las intenciones de di-latar el tiempo para que el tema no se resuelva por el proceso

    amistoso sino va consulta.

    carece de asideroLa propuesta que pretende plantear Pichincha carece de asidero legal, ms cuando la misma no ha sido elaborada por la Prefectura de la vecina provincia sino por la Munici-palidad de Puerto Quito, a cuyo cantn se pretende, en caso no consentido, anexar el territorio de Simn Bolvar.

    Nosotros refirmamos su de-recho de pertenencia fundado en la ley y amparado en los do-

    cumentos cartogrficos del IGM, donde estn determinados los lmites de la Provincia Esmeral-das dijo Altafuya

    Coment que los mismos involucran a La Sptima y Oc-tava; cuyos estos argumentos se harn constar en el informe que ser remitido a los Prefectos de cada provincia, quienes antes de cursar el informe al Conali, de-bern decidir si en adelante se adoptara como mtodo de solu-cin va arbitraje, resolucin ins-titucional o mediante consulta. (FHI)

    La Casa de la Cultura Ncleo de Esmeraldas realizar hoy, a las 15:00, el acto de clausura del cur-so vacacional infanto - juvenil de msica, en el cual han participado aproximadamente 41 personas.

    Los nios, nias, jvenes y seoritas que asistieron duran-te un mes a la jornada de arte, aprendieron conocimientos b-sicos sobre guitarra, piano, flau-ta y meldica, por lo que tienen previsto realizar una demostra-cin sobre lo asimilado.

    El curso estuvo bajo la direc-cin del seor Wilson Molina, experimentado maestro de m-sica que labora en varias entida-des educativas de la localidad.

    agradecimiento Mara Luisa Gmez de la Torre Gmez de Espaa, presidenta de la Casa de la Cultura de Esme-raldas al tiempo de expresar el agradecimiento correspondiente por la confianza depositada por los padres de familias, y a la vez satisfaccin por el cumplimien-to del objetivo propuesto, indic que durante el acto de clausura del taller, cada uno de los parti-

    cipantes recibirn el certificado correspondiente.

    La Presidenta de la Entidad Cultural hizo conocer ade-ms, que a mediados de abril prximo, tambin se dar por concluidos los talleres sobre teatro, danza, dibujo y nivela-cin, los cuales igualmente se desarrollan con normalidad y xito en la Casa de la Cultura de Esmeraldas. (MES)

    No podemos permitir que sigan lesionando los derechos jurisdiccionalesel 15 de abril, se cierra el plazo para lograr acuer-dos amistosos. al momento no hay pactos

    maPa. El Viceprefecfo ensea como estaba el proyecto que remiti el Presidente

    Clausuran curso vacacional de msica

    clausura. A las 15:00 de hoy, la Casa de la Cultura clausura el Curso Vacacional de Msica.

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    P92186 FOTOrEpOrTEA5 lunes 30 dE MArZO dE 2015 la Hora EsMErALdAstiempolectura15 min.

    RostRo del teatRo en honor al da mundial del Teatro, celebrado el 27 de mar-zo, los amantes del arte escnica se tomaron los espacios pblicos de la ciudad de esmeraldas para demostrar su trabajo realizado con la cultura. Fotografa y TexTo. Manuel Gonzales Q.

    mensaJe. A travs del teatro, el grupo esmeraldeo Lunas y harapos, dirigido por Cristian Mosquera, busca demostrar que para informar y hacer rer no hay que agredir.

    preparacin. Previa a toda presentacin, el artista dedica un espacio para dar vida al personaje que interpretar, la pintura es uno de los elementos ms usados.

    Belleza. Otras de las forma de hacer arte a travs de la marimba, su bailarinas lucen su mejor atuendo y rostro para cada presentacin.

    alTernaTiva. El artista plstico esmeraldeo, Xavier Vera, basado en sus conocimientos antropolgicos, elabor 12 mscaras que las expuso bajo el ttulo Aboriginal culture.

    especTcUlo. Un grupo de chichas son las encargadas de darle vida a las mscaras que son parte de Aboriginal culture, ellas con los rostros pintados danza en base a una la historia de las caretas.

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    CYAN MAGENTA YELLOW BLACK esmeraldas

    CARTAS

    Presidente NacionalFrancisco ViVanco rioFro

    Directora AdjuntaJuana Lpez sarmiento

    SubdirectoraLeJandro QuereJeta BarceL

    Editor GeneralLuis eduardo ViVanco arias

    Editor Regionaladriano aLVarado VLez

    Editorial Minotauro S.A.Direccin: Bolvar y rocafuerte esquina (4to. piso)

    Telfonos: 062 724 490 062 723 882 062 723 866Email: [email protected]

    Ao: XXIII No. 8.248

    www.lahora.com.ecLos escritos de los colaboradores slo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del peridico, que se expresa en su editorial.

    Diario liberal, agnstico e inclusivo.Respetuoso y defensor de los Derechos

    Humanos.

    DIRIjA SuS CARTAS A:[email protected] 1717243 cci o cualquiera de nuestras agencias.requisitos: nombres y apellidos completos; nme-ro de cdula; telfono (fijo); direccin domiciliaria o de trabajo y correo electrnico.

    Invaloran a los profesionales esmeraldeosEn nuestra provincia existe un gran nmero de profesionales con ttulos en diferentes carreras que a pesar que tienen un perfil profesional para optar por un puesto de trabajo en el sector pblico, son marginados. Las cabezas de estas institucio-nes prefieren importar profesio-nales de otras provincias para ocupar las plazas de trabajos que son para los esmeraldeos.Estos casos se estn viendo en algunas de las instituciones de la ciudad, mientras andan por las calles en busca de un trabajo los esmeraldeos, otros por palanqueos o porque no son de la ciudad llegan con facilidad a estos puestos de trabajo.Todos los que estamos en capa-cidad de estar frente a un escri-torio o desde cualquier rea de trabajo en cualquier institucin de la ciudad, tenemos que reu-nirnos y hacer frente para parar esta situacin, porque estamos en capacidad de aportar para desarrollar cualquier actividad en beneficio de nuestra ciudad.

    Carla Espinozaprofesional desempleada

    Cundo se pusieron de acuerdo?Los dueos de los restaurantes que funcionan en las playas esmeraldeas, al parecer se han puesto de acuerdo en torno a los precios que cobran por los platos que expenden a los turistas nacionales y extranjeros.Para citar un ejemplo, un palto de filetes fritos, lo venden a 7 dlares, un precio excesivamen-te caro, para una o dos presas, cuatro patacones, una porcin de arroz y un poco de ensalada, ya que sin desea una cola, tiene un valor adicional o hay que pagarle aparte.Lo que llama la atencin es que ese mismo precio tiene vigencia en la playa de Las Palmas, en las de Atacames y en todos los bal-nearios. No reparan los dueos de negocios, que los primeros perjudicados, son ellos mismos.

    Carlos Espinoza Tinajeroci no. 0800436753

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    CANTONEs

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    ATIlIoRuGEl AlbN

    El hombre que se tilda de revoluciona-rio jams puede traicionar sus convic-ciones porque antes que nada debe sa-ber que el pueblo no puede ser tratado de manera implacable con los vaivenes de sus desvaros que le provocan los designios de su mandato. A los ecuato-rianos nos preocupa ver como se acre-cienta el odio que alimenta la desunin, todo porque un peridico o la prensa hablada y televisiva expusieron algo a travs de sus cuerpos colegiados que no gust a quienes ostentan el poder. Una virtud que el hombre debe saber asimilar con entereza es la crtica que cae sobre nuestras actuaciones y es en ese medio donde se aprende a madu-rar y no como reaccin inmediata re-pito fomentar el odio entre las clases sociales, impulsar la discriminacin racial y econmica que desembocan en autoritarismo, insultos, persecuciones polticas fundamentados en que las

    BONIL Y El TN DELGADO

    leyes son manejadas a conveniencia porque sus ejecutores obedecen a ra-jatabla disposiciones torcidas, alejadas del contexto racional que debe primar para todo ciudadano en igualdad de condiciones. Toda esta gama de ironas que nacen al calor de la falta de madu-rez poltica y avalados por los comen-sales de palacio, conlleva a que algunos dirigentes pierdan su equilibrio mental y surjan las fricciones que los convier-ten en personas amargadas que buscan el desquite con una politiquera barata que a travs del tiempo nos ha causado mucho dao porque la mayor parte de los gobernantes han subido con el voto de un populismo fatal.

    Lo sucedido con el caricaturista Bonil y el diario El Universo como con-secuencia de la alusin que hace el pe-riodista a travs de su arte en referencia al Tn Delgado, otrora futbolista que en esa lnea tiene sus mritos innegables; pero resulta