Corrup y Etica Publica

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1 Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación La corrupción política priva a millones de personas de asistencia médica, educación y perspectivas de un futuro sostenible. […] El pago de sobornos es un crimen contra la humanidad, lo que demuestra el legado de pobreza y desconfianza dejado por políticos corruptos. John Makumbe 1 Ahora sé que jamás veré un país decente, nos decía descorazonada una chica… Ella tiene sólo 17 años y tiene derecho por lo menos a la esperanza. A ella le decimos que ese país ya lo llevamos dentro quienes no queremos aprovecharnos de él; y sobre todo lo llevan los que, como ella, tienen aún las manos, la mirada y el corazón limpios. Pero no nos engañemos: parir el país que abrigamos dentro, requiere coraje, requiere actuar y no sólo encogerse de hombros” Revista Flecha Azul. CEAPAZ 2 1 John Makumbe es Presidente de Transparency International en Zimbabwe. 2 El Centro de Estudios y Acción para la Paz (CEAPAZ) es una organización no gubernamental peruana que trabaja en el ámbito de la educación en derechos humanos y tiene como publicación institucional la Revista Flecha Azul.

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1Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

La corrupción política priva a millones de personas de asistencia médica, educación y perspectivas de

un futuro sostenible. […]

El pago de sobornos es un crimen contra la humanidad, lo que demuestra el legado de pobreza

y desconfianza dejado por políticos corruptos.

John Makumbe 1

Ahora sé que jamás veré un país decente, nos decía descorazonada una chica… Ella tiene sólo 17 años

y tiene derecho por lo menos a la esperanza. A ella le decimos que ese país ya lo llevamos dentro

quienes no queremos aprovecharnos de él; y sobre todo lo llevan los que, como ella, tienen aún las

manos, la mirada y el corazón limpios. Pero no nos engañemos: parir el país que abrigamos dentro,

requiere coraje, requiere actuar y no sólo encogerse de hombros”

Revista Flecha Azul. CEAPAZ 2

1 John Makumbe es Presidente de Transparency International en Zimbabwe.

2 El Centro de Estudios y Acción para la Paz (CEAPAZ) es una organización no gubernamental peruana que trabaja en el ámbito de la educación en derechos humanos y tiene como publicación institucional la Revista Flecha Azul.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación2

3Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

índice

Introducción 5

I. Objetivos de la Guía 7

II. Orientaciones para el uso de la Guía 9

III. Visión global de los contenidos de la Guía 11

IV. Análisis del problema: Corrupción y vulneración de derechos 13

4.1 Introducción 13

4.2 Contextualización 14

4.3 Conceptualización: ¿Qué es corrupción? 16

4.4 Tipos de corrupción 21

4.5 Consecuencias de la corrupción 23

4.6 Causas de la corrupción 30

4.7 Alternativas de solución a la corrupción 35

V. La ética pública como alternativa de solución 37

5.1 Introducción 37

5.2 Contextualización: normas e instituciones que luchan contra la corrupción 39

5.3 Conceptualización: ética, moral y ética pública 49

5.4 La ética pública en la función pública 56

5.5 La ética pública en el ejercicio de la ciudadanía 68

VI. Conclusiones y evaluación de la capacitación 80

VII. Autoevaluación 82

VIII. Aclarando conceptos 85

BIBLIOGRAFIA 91

- Bibliografía utilizada 91

- Bibliografía recomendada 92

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación4

5Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

introducción

Cuando hablamos de la corrupción en el Perú la mayor parte de la población la percibimos como uno de los mayores y más graves problemas que enfrenta

el país. Así se pone de manifiesto en las encuestas que se han venido realizando los últimos años y donde la corrupción aparece no sólo entre los principales problemas nacionales junto con el desempleo, la pobreza o la delincuencia, sino también como el más importante problema del Estado. Seguramente los titulares de periódicos y noticieros alimentan y reafirman esta percepción a fuerza de presentarnos los actos corruptos como prácticas cotidianas y generalizadas tanto de funcionarios como de autoridades.

Pero al hablar de la corrupción en la sociedad peruana se da una situación contra-dictoria. Es cierto, en general nos damos cuenta de la trascendencia del problema por los múltiples efectos dañinos que tiene para el ejercicio del poder político y el funcionamiento de las instituciones públicas, el desarrollo de la economía, el establecimiento de las reglas de convivencia social, la construcción de la moral de los pueblos y, finalmente, el desarrollo pleno como seres humanos. Sin em-bargo, la mayoría de nosotros en el día a día no sólo no hacemos mucho para superar el problema, sino que además las más de las veces con nuestras actitu-des y conductas nos convertimos en parte del mismo, ya sea por lo que hacemos (participando o justificando actos de corrupción) o por lo que dejamos de hacer (conociendo pero no denunciando actos corruptos). Es así como, consciente o inconscientemente, estamos promoviendo que estas prácticas se mantengan y fortalezcan, debilitando nuestra conciencia ética, minando el orden institucional y, por todo ello, generando condiciones favorables para la vulneración de los de-rechos de los ciudadanos y ciudadanas.

En este contexto sumamente adverso para el fortalecimiento y consolidación de un proyecto democrático cabe preguntarse entonces, ¿por qué la Defensoría del Pueblo está comprometida activamente en la lucha contra la corrupción? y sobre todo, ¿qué se puede hacer para revertir esta situación?

Ahora bien, como siempre suele ocurrir, en medio de tantas circunstancias y factores limitantes siempre hay también elementos que potencialmente tienen mayor capacidad para convertirse en motores de cambio. En este sentido des-

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación6

taca el hecho de que en la V Encuesta Nacional sobre Corrupción de Proética3, la Defensoría del Pueblo aparece como la institución que la población considera más confiable en la lucha contra la corrupción (obteniendo un 20% de menciones espontáneas por parte de los encuestados, que además en un 57% consideraron que esta institución ha asumido un compromiso real en la lucha contra la corrup-ción), a lo que se une la existencia de su Programa de Ética Pública y Prevención de la Corrupción, que tiene por función “el seguimiento de las políticas públicas del Estado, la promoción de la ética dentro de la acción pública y la prevención de la corrupción, desde un enfoque en derechos, con énfasis en las poblaciones más pobres y excluidas”. Desde esta perspectiva, el presente documento se convierte en un medio para aportar a este fin, entendiéndolo como herramienta para el desarrollo de un pro-ceso formativo orientado a la acción y dirigido a la población en general, pero con especial énfasis en aquellos actores que pueden tener mayor capacidad de incidencia: funcionarios, autoridades y líderes sociales.

La coordinación de este material estuvo a cargo del comisionado Carlo Mario Velarde Bazán, bajo la dirección de Eduardo Luna Cervantes. Colaboraron en la elaboración las comisionadas Alison Hospina Papuico y Marcia Águila Salazar y el comisionado Francisco Macedo Bravo. Programa de Etica Pública y Prevención de la Corrupción - Defensoría del Pueblo.

3 Encuesta realizada por IPSOS - Apoyo el año 2008 sobre un universo de 5,790 personas seleccionadas como jefes de hogar de todos los niveles socioeconómicos y en todos los departamentos del país.

7Corrupción Ética y Pública - Guía de capacitación

El presente documento ha sido diseñado, estructurado y redactado bajo la modalidad de módulo autoinstructivo, lo que supone una participación activa del lector en la construcción de un

conocimiento guiado pero desarrollado de forma independiente, respetando los distintos ritmos de aprendizaje individuales. Esta es la razón por la que se formulan objetivos (general y específicos) en términos de resultados de aprendizaje a ser logrados al término de este proceso de formación.

La guía ha sido planteada además como material de apoyo para el desarrollo de procesos de sensi-bilización y capacitación con la población en general, pero poniendo especial énfasis en autoridades, funcionarios y líderes sociales. En este contexto la guía puede utilizarse tanto entregándosela a los alumnos y alumnas de forma previa a la realización de las jornadas de sensibilización o talleres de capacitación para garantizar unos saberes previos sobre los que en el espacio presencial se pueden profundizar ejes temáticos y dinámicas de trabajo consideradas prioritarias. Del mismo modo la guía puede ser entregada una vez concluidas las jornadas de sensibilización y talleres de capacitación para reforzar los contenidos desarrollados. El criterio a tener en cuenta para optar por una u otra moda-lidad de trabajo debería de ser el nivel de conocimientos previos del público objetivo, que si es más elevado permite un mejor aprovechamiento con un trabajo independiente previo, y si responde a un nivel más básico se adapta mejor a servir de refuerzo de forma posterior al trabajo presencial.

Objetivo General:

Promover una conciencia ética a nivel personal y colectivo en líderes sociales, autoridades y funcio-narios públicos que nos ayude a prevenir y reducir de forma progresiva, sostenida y sistemática la corrupción en el Perú, fortaleciendo con ello la institucionalidad y gobernabilidad democráticas.

Objetivos Específicos:

Manejar un marco teórico sobre la corrupción y la ética pública en el que se identifiquen e inte-rrelacionen los conceptos básicos para su conocimiento y comprensión.

Analizar críticamente la problemática de la corrupción, identificando sus principales consecuen-cias y causas, y planteando alternativas de solución viables, pertinentes y orientadas funda-mentalmente a la prevención.

Conocer la normatividad en el contexto internacional y nacional en la lucha contra la corrupción desde la perspectiva de la ética pública.

Conocer las principales atribuciones de las instituciones públicas competentes para intervenir en la prevención y sanción de la corrupción.

Realizar juicios que orienten los procesos de toma de decisiones en situaciones de dilemas mo-rales asociados a actos de corrupción.

objetivos de la guíaI

1

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3

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5

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación8

9Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

orientaciones para el uso de la guía

II

El carácter autoinstructivo de la guía hace que se considere pertinente y necesaria la incorporación de unas orientaciones generales que faciliten tanto la comprensión del proceso formativo propuesto

como el cumplimiento de los objetivos educativos formulados.

El documento presenta un esquema general inicial que facilita una visión global y articulada de los contenidos.

El documento está estructurado considerando las etapas esenciales en el desarrollo de un pro-ceso de aprendizaje participativo, que se traducen en los siguientes apartados:

a. Motivación: Se busca despertar el interés de los alumnos y alumnas por el tema objeto de estudio.

b. Recojo de saberes previos: Se parte de experiencias y conocimientos de los alumnos y alumnas sobre la temática objeto de estudio.

c. Construcción de nuevos saberes: Se promueve la adquisición de nuevos conocimientos a través de procesos de organización, análisis, conceptualización y síntesis de información.

d. Transferencia de lo aprendido: Se plantean situaciones lo más cercanas a la realidad donde se pueda aplicar de forma práctica lo aprendido, haciendo funcional el aprendizaje.

El documento facilita la identificación de los conceptos centrales resaltándolos en cuadros de texto y su comprensión ejemplificándolos.

El documento presenta la información de forma esquemática y gráfica, recurriendo a mapas conceptuales y cuadros sinópticos que ayuden a identificar y relacionar los conceptos principa-les.

El documento incluye actividades interactivas a ser desarrolladas paralelamente a su lectura, que promueven la participación en la construcción del aprendizaje y que le otorgan un carácter personalizado.

El documento utiliza en su redacción tanto la letra negrita para resaltar conceptos clave en el desarrollo de los contenidos como de la letra cursiva para registrar citas textuales.

El documento considera una evaluación de resultados que posibilite verificar el nivel del apren-dizaje desarrollado.

El documento incluye tanto las referencias bibliográficas utilizadas para su elaboración como las aconsejadas para profundizar en el conocimiento de la temática desarrollada.

El documento incluye un conjunto de ayudas visuales que faciliten al lector la identificación de los distintos espacios considerados en su estructura para promover el aprendizaje.

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Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación10

Espacio de motivación

Espacio de recuperación de saberes previos

Espacio de reflexión

Espacio de conceptualización

Espacio de presentación gráfica de la información

Espacio de síntesis de ideas centrales

Espacio de autoevaluación

11Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

visión global de los contenidosIII

A continuación se presenta de forma esquemática una visión global y articulada de los contenidos desarrollados en la guía. Para cumplir con este objetivo su lectura debe realizarse a partir del

elemento central que constituye la problemática de la corrupción, para dirigirse tanto hacia la parte superior (consecuencias), como hacia la inferior (causas y posibles alternativas de solución).

¿Corrupción?

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación12

CONSECUENCIAS

CORRUPCIÓN

CAUSAS

ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN

genera

destacando

destacando

orientadas a la orientadas a la

distinguiendo entendida como

destacando

destacando

generada por

a las que se plantean

que promueven la

• Dimensión política: debilidad proyecto democrático.

• Dimensión social: debilidad de la ciudadanía Asocial activa.

• Dimensión económica: limitación del crecimiento sostenible.

• Dimensión cultural: limitación de una cultura de paz.

• Existencia de una cultura de la “viveza”.

• Desconocimiento y desinformación sobre el fenómeno de la corrupción.

• Ausencia de una cultura de la denuncia.

• Insuficiente desarrollo de acciones colectivas de prevención y fiscalización.

Prevención Sanción

La gran corrupción o corrupción a gran escala y la pequeña corrupción.

Mal uso del poder y bienes públicos con la intención de obtener una ventaja indebida.

ÉTICAPÚBLICA

entendida comoentendida como

regida por regida por

desarrollada en una

desarrollada en una

La conciencia personal de los derechos y deberes que orienten las conductas de los ciudadanos hacia la búsqueda del Bien Común.

Principios y valores que son esencia y fundamento de la democracia.

Principios orientados a las prácticas de Buen Gobierno.

Dimensión educativa: formación ética.Dimensión social: organización y promoción de redes sociales.

Dimensión jurídica: normas y leyes.Dimensión institucional: entidades y mecanismos.

El desempeño y comportamiento de los funcionarios públicos orientado a la búsqueda del Bien Común.

FUNCIÓN

PÚBLICA

CIUDADANA

13Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

4.1 Introducción

Dicen que enfrentar una problemática de especial gravedad con sentido del humor ayuda a su análisis con sentido crítico y mayor objetividad. El motivo, parece que la risa o la simple sonrisa

desdramatizan el problema, permitiendo separar la reacción emocional que nos provoca del proceso de racionalización y comprensión. De esta forma se hace más fácil establecer relaciones de causa-efecto para identificar causas y consecuencias, y con ello, encontrarle alternativas de solución válidas, viables y pertinentes. Veamos hasta qué punto puede ser cierto de la mano de estas tiras humorísticas sobre el tema de la corrupción.

IV anÁlisis del probleMa: corrupción Y vulneración de derecHos

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación14

Ahora, después de la sonrisa, reflexionemos…

¿Consideras que la posibilidad de que la situación representada se dé en la realidad peruana • presente es alta, media o baja? Justifica tu respuesta.______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Qué derechos de la mujer protagonista de la historia se están vulnerando y por qué?______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Qué factor o factores consideras fundamentales para que los actos de corrupción se generali-cen en una sociedad?______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Cuando se hacen habituales, ¿qué consecuencias tienen situaciones como la mostrada en una sociedad democrática?______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Qué alternativas de solución consideras que son las más oportunas para enfrentar el problema de la corrupción?______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

En esta primera aproximación al fenómeno de la corrupción es importante tener en cuenta que no afecta únicamente a las personas directamente involucradas en actos corruptos, ni se limita a un problema político, sino que afecta en su conjunto a la sociedad, desde el momento en que niega principios y valores que son pilares de la democracia (como el principio de legalidad sustentado en el estado de derecho o los valores de justicia e igualdad), y vulnera derechos fundamentales de todos los ciudadanos y ciudadanas.

4.2 Contextualización

A veces la mejor forma de acercarse al presente es observándolo desde un pasado lejano y remoto. A veces la mejor forma de conocer la propia realidad es confrontándola con otras realidades

en teoría bien distintas. Qué tal si hacemos el ejercicio remontándonos en el tiempo a la República Romana del siglo I A.C., cuando…

Los patricios que se encontraron de nuevo con todo el poder en sus manos, en vez de usarlo para poner de nuevo orden en el Gobierno y en la sociedad, lo aprovecharon para robar, corromper y matar. Todo, entonces, no era más que cuestión de dinero. Comprar la elección a un cargo era una operación normal, y había una industria apropiada para procurar votos con técnicos especializados: los intérpretes, los divisores y los embargadores. Para conseguir la elección de su amigo Afranio, Pompeyo invitó en su palacio a los jefes de tribu y contrató sus sufragios como si fuesen sacos de manzanas. En los tribunales ocurrían cosas peores. Léntulo Sura, absuelto por los jueces por dos votos de mayoría, dijo, dándose una palmada en la frente: “Mala suerte, he comprado uno de más. ¡Y al precio que me han salido!”

Puesto que todo dependía del dinero, el dinero se había convertido en la única preocupación de todos. En la burocracia había aún, se comprende, funcionarios competentes y honrados. Mas la mayoría eran ladrones incompetentes que, por ejercer un cargo en la administración de una provincia, no sólo

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renunciaban a los honorarios, sino que los pagaban, seguros de que en un año se resarcirían sobra-damente. Y, en efecto, se resarcían: con los impuestos, con la rapiña, con la venta de los habitantes como esclavos. César, cuando le fue asignada España, debía a sus acreedores algo así como quinien-tos millones de liras. En un año lo devolvió todo. Cicerón se ganó el título de “hombre de bien” porque en su año de gobierno en Cilicia puso de lado tan sólo sesenta millones y, en sus cartas, lo pregonó a todos como un ejemplo.

Los militares no se comportaban mejor. De sus empresas en Oriente, Lúculo volvió millonario a su casa. Pompeyo trajo de las mismas regiones un botín de seis o siete mil millones al tesoro del Estado y de quince mil al suyo particular. Era tal la facilidad de multiplicar el capital cuando se tenía el sufi-ciente para comprarse un cargo que los banqueros se lo prestaban a quien no lo tenía al tipo de un cincuenta por ciento de interés4.

Pero después de esta lectura uno puede preguntarse, ¿qué tiene todo esto que ver con la realidad peruana presente? Quizás nada o tal vez mucho, depende de cómo se mire…

En el texto se presenta la corrupción no como un problema de personas que cometen actos co-rruptos, sino como un sistema que institucionaliza la corrupción en todos los niveles e instancias del Estado. En el caso peruano, ¿crees que el problema de la corrupción es de las personas o del sistema? Justifica tu respuesta.______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

El texto nos hace ver que la corrupción en el caso italiano tiene antecedentes muy antiguos en su historia. En el caso peruano, ¿consideras que la corrupción es un fenómeno reciente o tam-bién es herencia de un pasado lejano? Justifica tu respuesta.

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Al hablar de la corrupción tenemos la tendencia a hacerlo de forma genérica, pero de esta manera se corre el riesgo de convertirla en un concepto que se abstrae de la realidad, es decir, que desde lo común que la define se aplica indistintamente a cualquier manifestación de corrupción, en cualquier momento y lugar, con lo que al mismo tiempo no responde a las particularidades que presenta el fenómeno de la corrupción en las diferentes realidades nacionales o regionales. De esta forma, ¿pue-de decirse que el fenómeno de la corrupción latinoamericana es igual que el de la corrupción en los países del lejano oriente, siendo culturalmente tan distintos? o ¿que la corrupción en una dictadura es igual a la que se desarrolla en una democracia?

Así mismo podemos estar utilizando un concepto moderno como es el de corrupción para referirse a realidades donde o bien el concepto no existe como tal o se concibe de forma distinta al presente. En este sentido, ¿podemos juzgar el ejercicio del poder en la Colonia como corrupta, con los criterios del presente, sin considerar su contexto histórico y las características particulares de un sistema político en el que algunas de las situaciones consideradas hoy como corruptas eran aceptadas y toleradas?

Haciendo todas estas salvedades y ubicándonos en la historia contemporánea del Perú, cuando se constituye como tal el Estado moderno, puede decirse que en el caso peruano no se puede hablar de la corrupción como un fenómeno novedoso e incipiente, sino más bien de larga trayectoria. Así, desde la misma independencia, con el fraude al recién constituido Estado que acompañó el pago de la deuda interna en contraprestación por los bienes expropiados por el ejército libertador, pasando por las concesiones otorgadas para la explotación de recursos naturales como el guano, por gobiernos autoritarios y también democráticos, la corrupción ha estado presente de forma permanente. Sin em-bargo, el punto de quiebre lo representa sin duda la década de los 90 con el denominado “Fujimorato”,

4 MONTANELLI, Indro. Historia de Roma. El Imperio a través de los seres humanos que lo forjaron. Editorial Globus. 1994, Madrid.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación16

cuando la corrupción pasa de ser vista como hechos aislados que salpicaban la historia del Perú a percibirse como el gran problema, con un carácter totalizador e integral, al haberse institucionalizado en todos los niveles y dependencias del Estado, hasta el punto de socavar el principio fundamental de la democracia de la división de poderes.

Desde esta perspectiva, la mirada al pasado debe servirnos para evidenciar que el Estado peruano re-publicano nace en primer lugar con la herencia, de la que nunca se desligó, de un sistema de gobierno que, como plantea Eduardo Torres, se basa en “el patrimonialismo, los clientelismos, el nepotismo” y donde “la frontera entre lo “público” y “privado” fue prácticamente inexistente”5. A esto hay que unir el hecho de que la historia republicana del Perú está marcada por el predominio de regímenes autoritarios que hacen que el proyecto democrático adolezca aún de una débil institucionalidad, me-canismos de control y participación ciudadana, que limitan hoy y plantean como reto y demanda del conjunto de la sociedad al mismo tiempo, la capacidad real de enfrentar la corrupción de forma eficaz.

4.3 Conceptualización: ¿Qué es corrupción?

Ahora bien, todo análisis requiere de una precisión conceptual como punto de partida. Esto supone en primer lugar tener claro de qué estamos hablando cuando hacemos referencia a la corrupción.

En principio puede parecer más fácil de lo que realmente es, como suele ocurrir con aquellos términos que se utilizan habitualmente en nuestro entorno pero sin ser definidos. Para saber qué entiendes por corrupción marca con un aspa (X) si las acciones que se presentan a continuación son para ti corruptas o no.

5 TORRES ARANCIVIA, Eduardo. “El problema historiográfico de la corrupción en el Antiguo Régimen. Una tentativa de solución”. En Summa Humanitatis, Revista Electrónica Interdisciplinaria del Departamento de Humanidades de la Pontificia Universidad Católica del Perú. http://revistas.pucp.edu.pe/ojs/index.php.summa. (Consulta 2 de abril de 2010).

17Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

N° Acción ¿Es corrupción?1. Evadir impuestos si sabes que no te descubrirán.

2. Comprar productos piratas.

3. Evitar pagar pasaje si se puede.

4. Que un funcionario público favorezca a parientes o amigos.

5. Pasarse una luz roja si no hay autos.

6. Colarse en un espectáculo o evento sin pagar.

7. Dar un obsequio para agilizar un trámite judicial.

8. No pedir factura para evitar el IGV.

9. Pagar “propina” para que te perdonen una multa.

10. Copiar en exámenes.

11. Aceptar dinero o regalos a cambio de favores.

12. Que un abogado de oficio cobre a sus clientes.

13. Que el doctor atienda a un paciente sin cita con la promesa de un ob-sequio.

14. Quedarse con el dinero de una billetera que tiene la dirección de su dueño.

15. Utilizar información reservada sobre recalificación de terrenos para rea-lizar negocios a título personal.

Un problema que tenemos con el término corrupción en nuestra sociedad es que se ha generalizado su uso para referirse a todas aquellas acciones consideradas moralmente condenables. Sin embargo, si bien todas las acciones corruptas son moralmente condenables, no todas las acciones moralmente condenables son corruptas. ¿Qué es entonces exactamente la corrupción? Partamos de una de las definiciones más difundidas para aclarar el concepto6.

“Mal uso del poder y de los bienes públicos con la intención de obtener una ventaja indebida”.

Con el objetivo de llegar a un mayor nivel de precisión se puede operativizar la definición en la rea-lidad concreta de nuestro entorno, distinguiendo sus principales elementos y ejemplificándolos en situaciones de la realidad cotidiana.

Mal uso del poder público

El poder público en sentido estricto se refiere a la capacidad que tiene el Estado de una nación de tomar decisiones, establecer normas e imponer su cumplimiento a la totalidad de los ciu-dadanos para garantizar la convivencia y responder a las necesidades e intereses colectivos, respetando los derechos, deberes y garantías establecidos en la Constitución. En la práctica el poder público se concreta en el conjunto de órganos, instituciones y funcionarios del Estado.

6 TRANSPARENCIA INTERNACIONAL (2000) “La anatomía de la corrupción”. En Documento de Consulta, Capítulo 2. http://www.transparency.org/regional_pages/americas/publicaciones/sourcebook_esp.

(Consulta: 05 de febrero 2010).

a.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación18

De esta forma el poder público puede ser ejercido por una autoridad política o pública, un fun-cionario o un servidor, un empleado de confianza, un asesor o un consultor. Pero en todos los casos quien lo ejerce está obligado al uso correcto de este poder, es decir, cumpliendo con los principios del buen gobierno, que prioriza los fines colectivos sobre los individuales, y con los preceptos éticos asumidos por la sociedad. La transgresión o vulneración de estos principios y preceptos supone entonces desviarse del uso correcto del poder público y, por tanto, su mal uso.

Ejemplo: Cuando un funcionario acepta un pago indebido por parte de un ciudadano para agilizar un trámite, contradice lo establecido por los principios y normas de la ca-rrera y función pública, como el respeto, la probidad, la eficiencia, la transparencia y la veracidad.

Mal uso de los bienes públicos

Se consideran bienes públicos a aquellos que están a disposición del Estado para garantizar su correcto funcionamiento y al mismo tiempo están al servicio de todos los ciudadanos. Los bienes públicos cumplen con los principios de no exclusión (bienes que se producen para todos o no se producen, porque no se puede excluir a otros de su disfrute) y no rivalidad (el bien no disminuye por el hecho de que lo consuman mayor número de personas).

Ejemplo: La justicia en un bien público porque está al servicio de todos los ciudadanos, no pudiendo excluir a ninguno de su disfrute y el uso por parte de un individuo no reduce la cantidad de ese bien disponible para otro individuo.

El mal uso de los bienes públicos los convierte en bienes privados, es decir, pasan al beneficio tan sólo de algunos y no de la ciudadanía”.

Ejemplo: Cuando un abogado de oficio realiza un cobro a sus defendidos por los servicios profesionales que brinda, contraviniendo con ello la disposición de su gratuidad, convierte un bien público como es el acceso a la justicia para todos (incluidos aquellos ciudadanos con bajos recursos económicos) en un bien privado, al orien-tarlo a su beneficio personal.

Intención de obtener una ventaja indebida

Se considera ventaja indebida a cualquier beneficio o provecho que intencionalmente (dolosa-mente) es buscado a través del mal uso del poder público. La naturaleza del beneficio, ventaja o provecho puede ser pecuniaria (dinero), patrimonial (bienes muebles que pueden desplazarse, como una computadora o un coche, e inmuebles que están fijos en el espacio, como un terreno o una casa), intangible o inmaterial (derechos de autor, derechos sobre patentes o marcas), expectaticio (que se espera obtener), pasado, presente o futuro. Su posible disfrute puede ser efectuado no sólo por quien realiza el acto corrupto, sino también por otra persona vinculada directa (familiar) o indirectamente (socio en un negocio) a éste.

Ejemplo: Cuando un funcionario de migraciones autoriza un permiso de residencia a cambio de la promesa de que su hija sea contratada en una empresa está buscando obte-ner una ventaja indebida desde el desempeño de sus funciones como funcionario del Estado.

Finalmente y a modo de conclusión, para que se dé el acto de corrupción por lo menos deben darse simultáneamente dos de estos tres elementos simultáneamente y además, uno de ellos necesariamente debe ser la ventaja indebida. Resumiendo…

b.

c.

19Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

A la definición de corrupción utilizada comúnmente, la Defensoría del Pueblo le incorpora tres ele-mentos que resultan claves para prevenir y luchar contra la corrupción desde la promoción de la ética pública.

La corrupción es un fenómeno social que se verifica en las relaciones entre ciudada-nos y funcionarios públicos7 o entre funcionarios públicos

La corrupción comprende un conjunto de actos transgresores de las normas y leyes, desarrolla-dos recurrente y habitualmente en las relaciones interpersonales. Al constituirse en una práctica la corrupción se traduce en la relación establecida entre ciudadanos y funcionarios públicos, o entre estos últimos de modo particular, buscando en todos los casos obtener beneficios parti-culares.

Ejemplo: En todo trámite realizado en una entidad pública se establece una relación entre al menos un funcionario y un ciudadano, en el que se puede alterar el procedimiento establecido para beneficiar de alguna forma al ciudadano. Por otro lado, en el des-empeño de la función pública dos o más funcionarios del Ministerio de Educación pueden ponerse de acuerdo para falsificar documentos que les permitan desviar fondos presupuestados para la refracción de mobiliario escolar en su propio bene-ficio.

7 En el presente documento se asume la definición amplia —en los términos sugeridos por la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción— que incluye el contenido del término servidor público dentro del de funcionario público, el cual implica, además, a los particulares que ejercen funciones públicas como consecuencia de una delegación, autorización o concesión de poder.

CORRUPCIÓN

CORRUPCIÓN CORRUPCIÓN

Mal uso del poder público

Intención ventaja indebida

Mal uso del poder público

Mal uso de bienes públicos

Mal uso de bienes públicos

Intención ventaja indebida

Intención ventaja indebida

+

+

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a.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación20

Recuerda: “En las prácticas de corrupción participamos todos y todas, funcionarios y ciuda-danos, cuando para conseguir algún beneficio consumamos, promovemos o no denunciamos actos desarrollados al margen de la ley”.

La corrupción implica acciones que afectan el cumplimiento de las obligaciones esta-tales

El mal uso del poder público para obtener beneficios o ventajas indebidas suele concretarse en acciones u omisiones a través de los cuales los funcionarios públicos dejan de cumplir con los deberes asociados al ejercicio de sus funciones en la delegación, autorización o concesión de poder que han recibido.

Ejemplo: Cuando un policía de tránsito permite a cambio de un soborno o coima que el cho-fer de una combi que no tiene brevete siga manejando sin imponerle la correspon-diente sanción, deja de cumplir con su obligación de velar por la seguridad vial, al poner en riesgo la integridad física de terceros.

Recuerda: “Mediante los actos corruptos atentamos contra el correcto funcionamiento de la administración pública y sus principios de servicio a la población”.

La corrupción implica acciones que violan, directa o indirectamente, derechos funda-mentales

Cuando se incurre en prácticas de corrupción se quiebran los principios de igualdad e imparcia-lidad en el ejercicio de la función pública, que obligan a los funcionarios a brindar a todos los ciudadanos las mismas oportunidades y trato en la prestación del servicio, sin establecer en ningún caso diferencias que supongan actos de discriminación8.

En consecuencia, se afecta necesariamente la realización de los derechos de las personas, ya que un acto de corrupción puede beneficiar ilegalmente a unos pero también evita que muchos otros accedan a un servicio que el Estado debe proveer.

Ejemplo: El Seguro Integral de Salud (SIS) ha sido diseñado para beneficiar a la población de escasos recursos económicos, pero si los funcionarios otorgan este servicio de manera irregular, esto es, a personas que no cumplen con las condiciones esta-blecidas para ser beneficiarios de dicho servicio (situación de pobreza o extrema pobreza), entonces esta forma de corrupción ocasiona que la atención en salud no sea efectiva para la totalidad de los ciudadanos a los que ha sido destinado o bien no sea de la calidad idónea.

Recuerda: “La corrupción vulnera siempre, directa o indirectamente, los derechos de los ciu-dadanos y ciudadanas”.

Después de todo lo expuesto y revisando tus respuestas iniciales a qué acciones considerabas como corruptas, cabe preguntarse ¿quién comete entonces un acto de corrupción de acuerdo a la definición de corrupción que hemos presentado y desarrollado?

¿El funcionario público? •

¿El ciudadano que hace algo incorrecto?•

8 De acuerdo a la Ley Marco del Empleo Público N° 28175, que entró en vigencia en fecha 01-01-2005, se entiende que la implementación de políticas afirmativas respecto a personas con discapacidad o sectores vulnerables de la población no constituyen discriminación en términos de ley.

b.

c.

21Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

¿El ciudadano que participa de un acto de corrupción?•

¿El ciudadano que no participa directamente en un acto de corrupción pero que teniendo • conocimiento de él no lo denuncia?

¿El funcionario y el ciudadano que intervienen en el acto corrupto?•

¿El funcionario y el ciudadano que guarda silencio?•

Son muchas las opciones y eso puede causar confusión, por lo que debe de quedar claro que de acuerdo a la definición utilizada…

El peso del acto corrupto recae en el funcionario público, ya que solo él (o ella) es quien ejerce el poder y utiliza los bienes públicos.

Sin embargo, hay que advertir que los ciudadanos también se encuentran involucrados de manera activa en este problema, ya sea como agentes que participan del acto de corrupción o como víctimas de dichas prácticas que terminan vulnerando sus derechos fundamentales.

4.4 Tipos de corrupción

Pero llegados a este punto y con una mayor claridad en cuanto a qué es en esencia la corrupción y a quién implica, sin embargo suelen juzgarse de forma distinta dos situaciones como las que se

presentan a continuación.

Caso 1: Una empresa privada obtiene concesiones del Estado para realizar una obra pública de gran envergadura (llámese la construcción de una carretera, un hospital o un colegio), no se aplican los procedimientos establecidos para la contratación y además se duplica el costo total presupuestado por una sobrevaluación de los costos de materiales y mano de obra.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación22

Caso 2: Un ciudadano se ha pasado una luz roja de un semáforo, y al ser detenido por un policía de tránsito, le entrega unos soles para su gaseosita (coima), y así evitar ser multado.

Si bien los dos son casos de corrupción, lo cierto es que tienen grandes diferencias cualitativas y de percepción por parte de la mayoría de la población, ya que representan los dos tipos principales de corrupción existentes.

La gran corrupción o corrupción a gran escala

Aquella que se produce en las altas esferas del Gobierno y en las instancias más elevadas de la administración estatal. Esta gran corrupción es la que suele aparecer en la prensa en la for-ma de grandes escándalos que desdibujan o deterioran la imagen de la administración pública frente a la población. Además es la que se suele denominar corrupción negra, es decir, la que comprende acciones que no sólo violan la ley sino que además son reconocidas por la mayoría de la población como ilegales y condenadas por ello.

Ejemplo: Los congresistas que contratan ilegalmente empleados pagados con fondos públi-cos. Los miembros de un gobierno que compran líneas editoriales de medios de comunicación. Las concesiones para la explotación de recursos naturales hechas de forma arbitraria y con el cobro de comisiones.

La pequeña corrupción

Aquella que se genera entre la población y el funcionario, o con la autoridad pública. En la vida cotidiana, por lo general somos testigos o agentes activos de este tipo de corrupción. Es la que se suele conocer como corrupción blanca, porque si bien se sabe que comprenden acciones corruptas, para la mayoría no sólo no son mal vistas ni recriminadas, sino por el contrario en muchos de los casos son justificadas haciendo ver que son parte de nuestra cultura, que es casi tanto como decir parte de nuestra naturaleza, por lo que rara vez son denunciadas.

Ejemplo: El cobro indebido que demanda la autoridad de una escuela pública para que un niño o niña pueda estudiar. Las coimas a los efectivos policiales cuando se viola una norma de tránsito.

Ahora podemos confrontar lo afirmado sobre los dos tipos principales de corrupción y tus percepcio-nes y juicios personales. Entonces…

a.

b.

23Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

¿Te produce el mismo nivel de indignación tener conocimiento de un caso de gran y de pequeña • corrupción?

Sí No ¿Por qué? ______________________________________

__________________________________________________________________________

¿Te parece que hay alguna circunstancia que haga más justificable la pequeña que la gran co-• rrupción?

Sí No ¿Por qué? ______________________________________

__________________________________________________________________________

¿Consideras que la pequeña y la gran corrupción tienen los mismos o distintos efectos para el • desarrollo del país y la consolidación de la democracia en Perú?

El mismo efecto Distinto efecto ¿Por qué? __________________________

___________________________________________________________________________

4.5 Consecuencias de la corrupción

Identificar las consecuencias de una problemática como la corrupción es fundamental para evaluar su trascendencia en la construcción de un proyecto colectivo de país que promueva niveles más

justos de desarrollo. Procedamos entonces a esa identificación y posterior evaluación…

¿Cuáles consideras que son las principales consecuencias de la corrupción en el Perú?•

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

¿Qué tanto afectan el conjunto de estas consecuencias en las aspiraciones de desarrollo más justo • y equitativo para los peruanos y peruanas en el presente?

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

Si la corrupción se mantiene en el país en los niveles actuales, ¿cómo consideras que va a influir • en las posibilidades de desarrollo en el mediano y largo plazo?

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

Pero esta aproximación a las consecuencias de la corrupción y su trascendencia en el contexto general de la sociedad peruana se puede hacer también por el camino inverso. Cómo es eso, pues sencillo. Cierra los ojos e imagínate al Perú sin corrupción, sin la gran corrupción de los millones de soles pero también sin la pequeña corrupción del sencillo. Observa con detenimiento cómo es la realidad política, económica, social y cultural del país. Observa también y sobre todo cómo es que viven los peruanos y peruanas, qué tan felices o tristes se les ve. Ahora abre los ojos y completa el siguiente cuadro confrontando tu visión del Perú posible con la del Perú real y presente que conoces.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación24

El Perú real con corrupción El Perú posible sin corrupción

Los peruanos y peruanascon corrupción

Los peruanos y peruanassin corrupción

Ahora bien, al analizar las consecuencias de un problema como la corrupción hay que tratar de su-perar la mera suma acumulativa de problemas que genera, para buscar una visión más integral e integradora de la realidad.

Desde esta perspectiva globalizadora la influencia de la corrupción es tan significativa que no sólo afecta como factor limitante de las principales dimensiones de una propuesta de desarrollo humano sostenible (política, social, económica y cultural), sino también en los procesos de renovación y re-forma que en este contexto se vienen demandando o promoviendo para una transformación radical de la sociedad peruana.

25Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

DESARROLLO HUMANO

SOSTENIBLE

Corrupción

Dimensión política

Proyecto democrático

Crisis de la democracia y

gobiernos autoritarios

Debilidad • institucional.Obstáculos de • la burocracia formal.Desconfianza • hacia las autoridades públicas.

Pérdidas • económicas.Explotación • irracional de recursos.Deterioro • ambiental.Desigual • reparto de la riqueza.

Debilidad de • la conciencia ética.Debilidad • del liderazgo social.Imposición • del individuo sobre el colectivo.

Debilidad del • sentimiento solidario.Mecanismos • que agudizan la violencia estructural.Afectación de • derechos.

Dimensión económica

Crecimiento sostenible

Pobreza y desigualdades

sociales

Dimensiónsocial

Ciudadanía social activa

Individualismo deshumanizante

y competitivo

Dimensión cultural

Culturade Paz

Descontento y violencia

social

limita las posibilidades de

influyendo en su

debilitando el

generando

incrementando el riesgo de incrementando el riesgo de

debilitando la

generando

limitando el

generando

agudizando la agudizando el

limitando una

generando

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación26

Desde esta perspectiva globalizadora la influencia de la corrupción es hoy tan importante para la so-ciedad peruana, ya no sólo pensando en su presente sino también y sobre todo en su futuro, porque se convierte en uno de los factores más limitantes para la concreción de una propuesta de desarrollo sostenible en el país, al impedir o limitar significativamente los procesos de renovación y profunda reforma estructural que se vienen demandando o promoviendo para concretar un proyecto nacional integral e integrador que dé vida a un nuevo pacto político y social. Así se pone de manifiesto si ana-lizamos con más detalle las principales dimensiones del desarrollo.

Dimensión política: La corrupción limita el proceso de fortalecimiento y consolidación del proyecto democrático desde la promoción de la gobernabilidad.

Realidad presente Proyección en el mediano - largo plazo

La corrupción debilita a las instituciones • desde el momento en que su actuación vie-ne determinada por la arbitrariedad de los intereses particulares, sean éstos de fun-cionarios o de los propios ciudadanos, lo cual conlleva en último término a su desle-gitimación ante la sociedad.

La corrupción obstaculiza el funcionamien-• to de la burocracia formal, puesto que quiebra la estructura de reglas, normas y procedimientos que la rigen, determinando la precariedad en el servicio brindado a la población.

La corrupción genera la desconfianza cre-• ciente de amplios sectores de la población en relación a la autoridad pública en gene-ral y a los mecanismos para hacer prevale-cer sus derechos en particular.

La práctica de la corrupción implica que los • ciudadanos y funcionarios públicos se habi-túen a realizar acciones que vayan en con-tra de lo que establecen las normas y las leyes. Es decir, la práctica constante de la corrupción genera que la población del país piense y actúe como si las normas estuvie-ran hechas para no ser respetadas.

La democracia queda limitada a una democra-• cia formal, de normas y leyes que establecen lo que debería ser, pero que en la práctica son negadas permanentemente por lo que real-mente es en la realidad cotidiana.

Los niveles crecientes de ineficacia e inefi-• ciencia agudizan los problemas de acceso a servicios públicos de calidad de los sectores tradicionalmente más desfavorecidos.

La mayoría de la población se desentiende de • sus compromisos y obligaciones ciudadanas al no sentirse parte de un proyecto colectivo li-derado desde el Estado.

Los niveles de gobernabilidad serán cada vez • más deficientes hasta llegar a un nivel extre-mo de anomia, es decir, de una realidad de ausencia de ley como consecuencia de la de-gradación de las normas sociales hasta perder su carácter regulador de la convivencia en una sociedad.

Se incrementa el riesgo de que esta democra-• cia que no es capaz de responder a las necesi-dades e intereses colectivos sea sustituida por formas de gobierno con tendencia o abierta-mente autoritarias.

Recuerda: “La gobernabilidad del país depende del fortalecimiento de la legitimidad de sus insti-tuciones ante la sociedad”.

27Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Dimensión económica: La corrupción limita el crecimiento económico sostenible desde la lucha contra la pobreza y el respeto ambiental..9

Realidad presente Proyección en el mediano - largo plazo

La corrupción genera importantes pérdidas • económicas en Perú, tanto por la gran como por la pequeña corrupción, que se han esti-mado en unos 1.000 millones de dólares al año que el fisco deja de recibir.

La corrupción genera a veces una explota-• ción irracional de recursos buscando obte-ner ventajas económicas a costa de depre-darlos indiscriminadamente.

La corrupción genera un incremento de la • brecha entre los sectores más ricos y más pobres de la sociedad, al verse los prime-ros beneficiados por la corrupción y los se-gundos afectados por un Estado ineficiente para responder a sus necesidades.

Un Estado cada vez más ineficiente para res-• ponder a las necesidades de la población, so-bre todo de los sectores más desfavorecidos del país, incrementando los niveles de pobre-za.

Un país que podrá seguir creciendo en el plano • macroeconómico, pero en el que no sólo no se dará una reducción significativa de la pobreza, sino que ésta podrá incluso incrementarse.

Un país que verá frenado su crecimiento, te-• niendo en cuenta que “existe una correlación entre crecimiento y altos niveles de corrup-ción, lo que significa que a mayores niveles de corrupción menores serán los índices de creci-miento económico de un país”9.

Un país que tiene que enfrentar desequilibrios • ambientales irreversibles.

Recuerda: “El crecimiento económico no es en sí mismo el fin, sino un medio imprescindible para, siendo capaces de utilizar de forma eficiente los recursos existentes, garantizar el cre-cimiento personal y colectivo”.

Dimensión social: La corrupción debilita la construcción de una ciudadanía social activa que no sólo exija sus derechos, sino también esté dispuesta a asumir sus responsabilidades10.

9 Yván Montoya, en su artículo “Sobre la corrupción en Perú”, presenta esta hipótesis a partir de los resultados de estudios presentados por Rose Ackerman, Transparencia en la contratación estatal, de la Fundación Interamericana de Abogados - BID, 1997. Fuente: http://www.mpfn.gob.pe

10 Concepto de ciudadanía que plantea Adela Cortina como evolución necesaria al concepto tradicional de ciudadanía social propuesto por Marshall y basado en el derecho a tener derechos. En “Ciudadanía social”, publicado por el diario El País en 1998.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación28

Realidad presente Proyección en el mediano - largo plazo

La corrupción debilita nuestros principios • éticos y la conciencia sobre el bien público, ya que los principios y valores que sostienen las relaciones sociales y el respeto por las demás personas pierden entonces susten-to, al priorizarse la satisfacción de nuestras propias necesidades o deseos.

La corrupción no sólo trata de legitimarse • socialmente desde la promoción de la máxi-ma de “el fin justifica los medios”, sino que ya comienza a obtener resultados cuando amplios sectores de la ciudadanía aceptan de sus autoridades “que roben pero que ha-gan obras”.

La corrupción reduce o pervierte las iniciati-• vas de liderazgo social, al imponer los obje-tivos personales sobre los colectivos.

Se impone un individualismo egoísta y poco • o nada solidario que limita o anula las inicia-tivas de organización y la capacidad de inci-dencia de la sociedad civil.

Se generaliza la construcción de códigos de • valores totalmente materializados y deshu-manizados que se traducen en una tolerancia total hacia los actos corruptos.

Se incrementan y naturalizan las situaciones • de explotación y marginalidad hasta hacerse cotidianas y aceptadas por la mayoría.

Recuerda: “La corrupción atenta contra los principios de la ética y debilita la estructura de valores de la sociedad”.

Dimensión cultural: La corrupción limita la promoción de una cultura de paz desde el respeto a los derechos humanos.

Realidad presente Proyección en el mediano - largo plazo

La corrupción trae consigo la transgresión • de derechos ciudadanos, al quebrar los principios de igualdad y equidad en la ac-tuación del funcionario público, limitando con ello las posibilidades de que los ciu-dadanos sean efectivos titulares de sus derechos.

Se incrementa la violencia estructural, • desde el momento en que se ven refor-zadas las estructuras que niegan las mis-mas oportunidades de desarrollo a todos los sectores de la población.

Una sociedad en la que la persona es cada vez • más valorada y considerada en términos pro-ductivos y menos en términos humanos, lo que traerá consigo la pérdida progresiva de dere-chos fundamentales al convertirse cada vez más en medio y no en fin del desarrollo, limitando de esta forma sus potencialidades y oportunidades de desarrollo pleno como ser humano.

Se incrementa la conflictividad y violencia social • de forma general en todo el país, pero sobre todo en las zonas que concentran a mayor po-blación en situación marginal.

Recuerda: “Paz no significa que no haya guerra, sino que una sociedad garantice a sus ciudadanos y ciudadanas el poder vivir libres de toda forma de violencia”.

Pero qué derechos son principalmente afectados por la corrupción…

29Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Derecho Nivel de afectación

Igualdad Muchos actos de corrupción vulneran el derecho del respeto a la igualdad y no discriminación en los procedimientos de la administración pública, al privilegiar los funcionarios a unos ciudadanos discriminando a otros que se encuentran en la misma situación jurídica, utilizando criterios al margen de los procedimientos establecidos y de la ley.Ejemplo: Cobro de coimas por parte de policías, tráfico de influencias en

autoridades políticas.

Salud y educación Los actos de corrupción afectan habitualmente la realización de derechos fundamentales de las ciudadanas y los ciudadanos de recibir una educación o salud de calidad. Ejemplo: Cobros indebidos en las escuelas para la matrícula de los alum-

nos y alumnas que limita el acceso al derecho a la educación. Carencia de medicinas en el sistema de seguridad pública por-que las licitaciones no se hicieron de manera regular para su adquisición, poniendo en riesgo no sólo el derecho a la salud, sino también a la vida.

Transparencia y ac-ceso a información pública

La corrupción obstaculiza la realización tanto del derecho de acceso a la in-formación pública11 como del deber de transparencia y rendición de cuentas del Estado a la ciudadanía, por cuanto la corrupción necesita para ser efecti-va tanto del secreto como del ocultamiento de información oportuna.Ejemplo: Instituciones públicas que no suben en sus páginas web infor-

mación básica o niegan a los ciudadanos su acceso directo.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación30

Derecho Nivel de afectación

Justicia La corrupción vulnera este derecho básico al no permitir que la población acceda a la justicia de manera equitativa. Ejemplo: cuando una persona que ostenta poder económico o político se

vale del mismo para influir en el juez y así obtener una resolu-ción del proceso a su favor, rompiendo el principio de equidad e imparcialidad en el acceso a la justicia.

11

4.6 Causas de la corrupción

Cuando se habla de las causas de la corrupción en nuestra sociedad se tiende a identificar de forma recurrente como la causa del fenómeno de la corrupción la pérdida de la ética y de los valores.

Qué tal si reflexionamos sobre esta percepción…

¿Qué crees que puede suponer para una sociedad que sus ciudadanos pierdan la ética?•

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Cómo crees que en una sociedad se pueden perder los valores?•

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Finalmente, ¿estás de acuerdo o en desacuerdo con esta percepción bastante gene-• ralizada del porqué de la corrupción?

¿Por qué? ________________________________________________________________________________________________________________________________________________

El primer problema de considerar que la corrupción en la sociedad peruana se debe a la pérdida de la ética y los valores radica en que se simplifica la realidad, enormemente compleja por las múltiples causas que están en su origen. Esta simplificación tiene una consecuencia inmediata de especial tras-cendencia, las posibles alternativas de solución a plantear también se simplifican mucho, demasiado: si el problema es que se ha perdido la ética y los valores, la solución pasará necesariamente por su recuperación. Y ahí estriba el segundo problema, que realmente es la esencia del primero: la ética y los valores no se pueden perder, porque…

11 Constitución Política del Perú. Artículo 2. Texto único Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

31Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

3. Si las personas han perdido la ética, es tanto como decir que han perdido su capacidad reflexiva, es decir, su componente racional. Y entonces, si han dejado de ser animales racionales, se han con-vertido simplemente en…

2. La ética hace referencia a la reflexión que permite discernir qué y por qué determinadas acciones pueden ser considera-das buenas o malas, de tal forma que orienten los procesos de toma de decisiones y las conductas.

1. Si una sociedad ha perdido la ética, supone decir ha perdido la capacidad de distinguir entre las acciones buenas y malas. Y entonces, ¿cómo va a saber qué se debe hacer y qué no?

Con el tema de los valores pasa algo parecido, en cuanto a que el problema es de concepto, pero un tanto distinto también, porque en el caso del concepto de valor tenemos que establecer una distinción inicial entre valores y valores éticos.

Ejemplo: la justicia genera un compromiso de conciencia en los ciudadanos por la importancia que se le atribuye para el desarrollo personal pleno y la convivencia social armoniosa.

Ejemplo: el dinero despierta un alto nivel de aprecio de forma mayoritaria en nuestra sociedad, por lo que se puede considerar un valor para ella.

Valores: entendidos como las cualidades por la que una persona, cosa o hecho despierta mayor o menor aprecio, admiración o estima, indicando por tanto la importancia o significación que se da a algo.

Valores éticos: entendidos como los principios respecto a los cuales las personas sienten un fuerte compromiso “de conciencia” ante sí mismos y la sociedad, y los emplean para orientar y juzgar las conductas.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación32

Esta distinción es importante porque en el tema de la corrupción se entiende que al hablar de una pérdida de valores estamos haciendo referencia a los valores éticos. En este sentido, debemos enten-der que en la evolución humana los valores no se ganan y se pierden, no aparecen y desaparecen, sino que, como casi todo para el ser humano, están en un continuo proceso de cambio12…

Desde esta reflexión podemos llegar a la conclusión de que los principios que representan los valores éticos pueden experimentar una transformación en cuanto a cómo son entendidos en diferentes so-ciedades y momentos históricos, pero también pueden ser sustituidos por otros valores que, aún no siendo éticos, generen mayor compromiso de conciencia personal por los beneficios que la mayoría de la población considere que les reportan.

Ahora que tenemos más claro cuál no es la causa, podemos identificar cuales sí son las causas prin-cipales de la corrupción en nuestra sociedad, planteándonos dos preguntas principales:

¿Por qué hay ciudadanos que toman la decisión de realizar actos corruptos, que desde una reflexión ética son considerados como malos o injustos y que niegan o entran en conflicto con valores éticos fundamentales?

Porque hay ciudadanos y ciudadanas que no han tenido un desarrollo moral o madurado lo sufi-ciente moralmente como para asumir como propios una valores éticos fundamentales, así como para realizar juicios y tomar decisiones que orienten sus conductas a partir de una reflexión ética que les ayude a determinar qué es lo bueno y lo justo, y qué es lo malo e injusto.

Porque se da una situación de crisis del sistema valorativo tradicional característico del pensa-miento moderno, al entrar en conflicto con otros dos sistemas valorativos (correspondientes respectivamente al pensamiento posmoderno y humanista, que en la actualidad se dan simul-táneamente), en dos niveles principales:

- Un primer nivel de conflicto desde el punto de vista del conjunto de los valores éticos que sustentan estos sistemas y que, como veíamos anteriormente, pueden transformarse con el paso del tiempo y ser entendidos de formas muy distintas.

- Un segundo nivel de conflicto desde el punto de vista de la priorización de los intereses de la colectividad (pensamiento moderno), del individuo (pensamiento posmoderno) o de una situación intermedia, donde se valora la individualidad pero en el contexto del proyecto colectivo que representa la sociedad (pensamiento humanista).

12 FUENTE: CONALEP. Desarrollo Humano y Calidad. Módulo I. Valores y Actitudes.

“No existe una forma única de interpretar qué son los valores. De hecho, existen diferentes posturas o teorías que buscan explicar qué y cuáles son los valores fundamentales que rigen el comportamiento del ser humano y la vida en sociedad. Esto quiere decir que los valores […] se han ido construyendo y transformando a través de la historia, manifestándose de diversas maneras en culturas y grupos humanos diferentes”.

Los hebreos en la antigüedad entendían la justicia aplicando la Ley del Talión, que consistía en hacer sufrir al acusado el mismo daño que éste había causado: “ojo por ojo, diente por diente”. Hoy prácticamente ningún código penal moderno se base en este principio, no porque se haya perdido, sino porque con el paso del tiempo ha cambiado la forma de entenderlo.

y así

1.

2.

33Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

La consecuencia inmediata de este conflicto para una mayoría de la población es la confusión en cuanto al referente a tener en cuenta para realizar juicios morales y tomar decisiones que orienten las conductas individuales.

Pensamiento Moderno

Pensamiento Posmoderno

Pensamiento Humanista

Tiene su origen históri-• co en las ideas ilustradas (basadas en los valores de libertad, igualdad y frater-nidad), que alentaron y die-ron sustento ideológico al proceso de Independencia de las 13 Colonias (origen del surgimiento de los Esta-dos Unidos como nación), a la Revolución Francesa y a los procesos independentis-tas latinoamericanos.

Tiene su origen histórico • en la década de los 70 y 80 del pasado siglo XX, como crítica y respuesta al siste-ma valorativo característi-co de la modernidad. Aun-que también es verdad que hay quienes plantean que la posmodernidad no sería otra cosa que la evolución del pensamiento moderno para responder a la realidad presente.

Tiene su antecedente histó-• rico en la corriente filosófica de los siglos XIV y XV, que hace hincapié en la dignidad y valor de la persona en sí misma.

Su origen histórico recien-• te se sitúa después de la II Guerra Mundial, cuando se incorporan por primera vez los derechos humanos en el Derecho Internacional, con la Declaración Universal de Derechos Humanos apro-bada por las Naciones Uni-das el 10 de diciembre de 1948.

Tiene una concepción va-• lorativa universalista, ca-racterizada por su carácter rígido y dogmático, basada en valores absolutos que se consideran vigentes en cualquier momento, lugar y circunstancia.

Tiene una concepción valo-• rativa relativista, caracteri-zada por su carácter flexi-ble y cambiante, basada en el individuo y su capacidad para decidir libremente qué es lo bueno y lo malo, por encima de los criterios y normas de la colectividad.

Tiene una concepción va-• lorativa universalista, ca-racterizada por su carácter generalizador y cambiante, ya que si bien defiende la existencia de unos valores universales (que le son pro-pios a todas las personas por su naturaleza de seres humanos), también reco-noce su carácter cambian-te de acuerdo a las trans-formaciones que se dan en las sociedades a lo largo del tiempo. Está basada en el enfoque en Derechos Hu-manos.

Porque se da además un conflicto entre el sistema valorativo tradicional (basado en valores éticos), y el sistema valorativo representado por la denominada cultura del “vivo” (basado en una premisa convertida en su valor fundamental: sacar siempre ventaja de todo y de todos, sin importar los medios). Mientras el sistema valorativo tradicional vendría a representar la pro-puesta del ideal social basado en principios éticos, la viveza criolla sería la imagen de la realidad social basada en valores individualistas reñidos por definición con los valores éticos. Además este sacar ventaja, tradicionalmente condenable tomando como referente valores éticos funda-mentales, se sirve de la relativización moral que representa el pensamiento posmoderno para justificar lo injustificable; por ejemplo, convirtiendo al policía que cobra la coima en “víctima” porque le pagan poco, tiene una familia que mantener… En este caso estaríamos hablando de la progresiva sustitución de valores éticos por valores materializados como referente.

3.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación34

Porque entran en conflicto el sistema valorativo tradicional basado en sólidos principios y el paradigma pragmático, materialista y consumista que se ha impuesto de forma generalizada en el cada vez más amplio mundo occidental, de la mano del proceso de globalización no sólo económica, sino también cultural.

Porque existe una tradición histórica de confusión entre lo público y lo privado, de manejo de lo público respondiendo a fines particulares y estableciendo relaciones clientelistas, que lejos de desaparecer se ha ido generalizando.

¿Por qué hay ciudadanos que toman la decisión de realizar actos corruptos a pesar del elemento de disuasión que representan las leyes y normas que los condenan y sancionan?

Porque no están lo suficientemente informados de qué es la corrupción, qué acciones que no sólo habitualmente se han venido haciendo e incluso siendo bien vistas, son ahora consideradas como delito. Así, tradicionalmente quien ocupaba un cargo se consideraba normal (y casi hasta obligatorio) que utilizara su poder para favorecer a los “suyos” (familiares y allegados); más bien el cuestionamiento solía darse si no lo hacía.

Porque a pesar de las leyes, normas, procedimientos, códigos y sanciones, la ausencia de una cultura de la denuncia (para qué denunciar si al final no va a pasar nada y yo voy a hacerme problemas) y la impunidad convierte el posible elemento disuasorio en estímulo para las ac-ciones corruptas, al sacar ventaja personal sobre el resto y no tener la mayoría de las veces sanción efectiva por ello.

Porque la larga tradición de gobiernos autoritarios no sólo ha naturalizado prácticas corruptas, sino que además ha dificultado el desarrollo de mecanismos de fiscalización eficaces y eficien-tes por parte del propio Estado a su gestión.

Porque la debilidad de los niveles de organización de la sociedad civil, ha limitado las iniciativas de participación ciudadana dirigidas a la fiscalización de la gestión pública de funcionarios y autoridades.

4.

5.

1.

2.

3.

4.

35Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

4.7 Alternativas de solución a la corrupción

No se podrá desterrar la corrupción si no pensamos en acciones colectivas en las que tanto ciudadanos como funcionarios públicos se opongan a esta práctica. Para ello es importante que

desde espacios como la familia hasta aquellos de interacción social, como el barrio, la comunidad, la escuela y las instituciones públicas, se genere una conciencia de respeto a las normas y la capacidad de articular concepciones acerca de lo que constituye el bien común y el sentido de la justicia. Desde esta perspectiva es necesario que transformemos la concepción de solución asociada única y exclusivamente a un carácter punitivo (sanción), para pensar desde una visión más estratégica, que permita anticiparse y construir futuro desde el presente, en iniciativas orientadas a la prevención (sensibilización, educación, organización y participación).

Desde este enfoque que abre posibilidades de intervención más amplias, se pueden proponer las siguientes acciones como alternativas de solución posibles y adecuadas como respuesta a las causas del problema identificadas.

Causas Alternativas de solución

Limitado desarrollo moral • para realizar juicios y to-mar decisiones en conflic-tos morales.

Desarrollo de procesos de sensibilización y formación orien-• tados al desarrollo moral y a la promoción de una conciencia ética más sólida que, desde el respeto a las normas, prevenga y erradique la corrupción.

Argumentación: es muy importante que promovamos en nuestra sociedad el desarrollo de actitudes éticas de respeto a los bienes públicos y de valoración del bien común. Esto implica la promoción desde la familia, la escuela y la sociedad civil de prácticas que fomenten el respeto a las normas y la convicción de que cuando pensamos en el bien común tam-bién pensamos en nuestro propio bienestar.

Crisis del sistema valorati-• vo de la sociedad.

Influencia negativa de la • cultura del vivo.

Influencia negativa de un • paradigma pragmático, in-dividualista y consumista.

Tradición histórica de con-• fusión entre lo público y lo privado

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación36

Causas Alternativas de solución

Desinformación sobre la • corrupción como delito y sus sanciones.

Desarrollo de procesos de sensibilización sobre la trascenden-• cia de la corrupción en las posibilidades de desarrollo personal y colectivo en el Perú e información sobre la normatividad a nivel nacional e internacional.

Argumentación: la población debe ser consciente de la im-portancia que tiene contar con información respecto de las principales normas que sancionan la corrupción y los derechos que le asisten para no dejarse sorprender, así como sobre los mecanismos e instituciones donde pueden denunciar casos de corrupción y las instituciones que luchan contra ella. En esta labor es fundamental el compromiso tanto de los funcionarios públicos como de la sociedad civil.

Ausencia de una cultura de • la denuncia.

Desarrollo de procesos de sensibilización hacia la necesidad • de la denuncia de las prácticas corruptas como parte del ejer-cicio ciudadano.

Argumentación: es necesario revertir la indiferencia generali-zada de la mayoría de la población hacia los actos corruptos, al convertirse en un factor determinante para que se sigan produciendo. Por ello se precisa promover que la ciudadanía pase de representar un rol pasivo a asumir un compromiso activo en la lucha contra la corrupción a través de la práctica de la denuncia, haciendo que su impacto se reduzca sensible y progresivamente.

Impunidad que sirve como • estímulo del delito.

Organización y promoción de redes sociales que desarrollen • acciones de fiscalización a la gestión púbica.

Argumentación: Tanto la sociedad civil y la ciudadanía en su conjunto, como los funcionarios del Estado, deben organizar redes de acción conjunta que permitan la realización de activi-dades preventivas para la lucha contra la corrupción. Esto es, mejorar los mecanismos de acceso a la información pública, la rendición de cuentas y la transparencia en la administración pública.

Insuficientes mecanismos • de fiscalización a la gestión pública desde el propio Es-tado.

Insuficientes niveles de or-• ganización de la sociedad civil para la fiscalización de funcionarios y autoridades.

A partir de una observación general de las propuestas planteadas se pueden extraer dos conclusiones interesantes:

La ética pasa de ser considerada como posible causa del problema (en términos de “pérdida” de la ética) en parte de la solución.

Las alternativas de solución que parece demandar el problema de la corrupción en el presente en la sociedad peruana se orientan tanto a una dimensión preventiva como sancionadora o punitiva, pero poniendo especial énfasis en la primera.

Recuerda: “La corrupción nos afecta a todas las ciudadanas y ciudadanos, y hacer posi-ble su erradicación constituye un desafío ético para todas y todos los que nos sentimos comprometidos en la búsqueda del bien común. Por ello debemos combatirla formándonos para la prevención y denunciando aquellos casos que conozcamos para que no se vuelvan a repetir”.

1.

2.

37Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

la Ética pÚblica coMo alternativa de solución

V

5.1 Introducción

Partamos de una imagen simbólica de la corrupción en nuestra sociedad, viéndola ahora desde la perspectiva propositiva de la las posibles alternativas de solución que, recordemos, se centraban

en acciones dirigidas tanto hacia la sanción como también y sobre todo hacia la prevención; tratando además de conservar el sentido del humor como estrategia de aproximación a la realidad.

¿Qué relación consideras que tiene la • imagen con la ética?

_______________________________________________________

¿Qué relación consideras que tiene la • imagen con la moral?

_______________________________________________________

¿Cómo plantearías la solución a esta • práctica de corrupción desde la san-ción?

_______________________________________________________

¿Cómo plantearías la solución a esta • práctica de corrupción desde la pre-vención?

_______________________________________________________

Ahora qué tal si complementamos esta aproximación a la realidad desde la reflexión que hace Savater a la hora de explicarle qué es la ética a su hijo Amador13 …

Ya conoces a las termitas, esas hormigas blancas que en África levantan impresionantes hor-migueros de varios metros de alto y duros como la piedra. Dado que el cuerpo de las termitas es blando, por carecer de la coraza quitinosa que protege a otros insectos, el hormiguero les sirve de caparazón colectivo contra ciertas hormigas enemigas, mejor armadas que ellas. Pero a veces uno de esos hormigueros se derrumba, por culpa de una riada o de un elefante (a los elefantes les gusta rascarse los flancos contra los termiteros, qué le vamos a hacer). En segui-da, las termitas-obrero se ponen a trabajar para reconstruir su dañada fortaleza, a toda prisa. Y las grandes hormigas enemigas se lanzan al asalto. Las termitas-soldado salen a defender a su tribu e intentan detener a las enemigas. Como ni por tamaño ni por armamento pueden compe-tir con ellas, se cuelgan de las asaltantes intentando frenar todo lo posible su marcha, mientras las feroces mandíbulas de sus asaltantes las van despedazando. Las obreras trabajan con toda

13 SAVATER, Fernando. Ética para Amador. Ariel. 1991, Barcelona.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación38

celeridad y se ocupan de cerrar otra vez el termitero derruido... pero lo cierran dejando fuera a las pobres y heroicas termitas-soldado, que sacrifican sus vidas por la seguridad de las demás. ¿No merecen acaso una medalla, por lo menos? ¿No es justo decir que son valientes?

Cambio de escenario, pero no de tema. En la Ilíada, Homero cuenta la historia de Héctor, el mejor guerrero de Troya, que espera a pie firme fuera de las murallas de su ciudad a Aquiles, el enfurecido campeón de los aqueos, aun sabiendo que éste es más fuerte que él y que proba-blemente va a matarle. Lo hace por cumplir su deber, que consiste en defender a su familia y a sus conciudadanos del terrible asaltante. Nadie duda de que Héctor es un héroe, un auténtico valiente. Pero ¿es Héctor heroico y valiente del mismo modo que las termitas-soldado?

Y tú qué opinas, ¿son igual de valientes las termitas-soldado al enfrentarse a sus enemigas y Héctor al hacerlo con Aquiles?

Sí No ¿Por qué? _____________________________________________

_____________________________________________

Desde una reflexión ética, ¿sobre qué aspecto central consideras que Savater nos quiere hacer pensar en relación con la condición humana y las decisiones que tomamos?

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

Pero Savater no sólo plantea la pregunta, también nos da la respuesta cuando concluye que la libertad de decisión es exclusivamente humana porque, mientras los animales actúan por instinto, es decir, por una determinación genética orientada a la conservación del individuo y la especie, el ser humano es cierto que no tiene libertad para decidir qué le ocurre, pero sí para responder de forma autónoma a lo que nos pasa, eligiendo entre distintas opciones. Esta última reflexión es la que nos lleva a una conclusión que supone al mismo tiempo un nivel de responsabilidad, ya que la posibilidad de que la realidad en que vivimos mejore, que el ejercicio de nuestra ciudadanía responda a intereses colecti-vos y se ejerza desde un espíritu solidario, depende también de cada uno de nosotros, de las decisio-nes que tomemos, de lo que hagamos pero también de lo que dejemos de hacer.

Definitivamente, lo que caracteriza a los seres humanos en contraste con otras especies vivas es su capacidad para actuar y decidir por sí mismos respecto de aquello que consideran que los conducirá hacia la realización plena de sus planes de vida y, con ello, de su propia humanidad. Sin embargo, dichas decisiones nunca se producen al azar y es precisamente porque se compromete la posibilidad de alcanzar nuestra realización humana, reflexionamos, juzgamos y discriminamos entre múltiples opciones, optando finalmente por aquellas que consideramos que nos conducen o nos acercan más a nuestra plenitud. Este tipo de reflexión es lo que denominamos ética y, por su marcado sentido trascendental, es fundamental para nuestra realización como seres humanos.

Aunque lo referente a la ética se aplica fundamentalmente a la vida personal de los individuos, sucede de manera similar con nuestra actuación en el ámbito público, configurando lo que llamamos ética pública cuando…

Se nos asigna una función dentro de la administración estatal, cuya finalidad es el servicio a la población, y entonces nos preguntamos: ¿cómo hacer para que nuestra actuación dentro de la administración pública, cada decisión que adoptamos o cada acción que realizamos, sean concernientes o compatibles con esta finalidad?

39Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Se da nuestra participación como ciudadanos y nos preguntamos si nuestra intervención dentro de una organización o en cualquier espacio social donde intervenimos, nos conduce hacia la realización de la sociedad a la que pertenecemos y más aún, si nos conduce hacia un tipo de sociedad donde se privilegie la dignidad humana por encima de otros valores.

5.2 Contextualización: normas y estructura institucional en la lucha contra la corrupción

Ahora bien, la realidad en la que tratamos de intervenir no puede ser entendida sólo desde la identificación de factores limitantes que explican la existencia y magnitud de la problemática de

la corrupción, sino también identificando aquellos aspectos e iniciativas que aportan al proceso de lucha contra la corrupción. En este sentido es importante identificar y destacar como marco general de intervención los avances que se han dado hasta el presente y que podemos concretar en tres dimensiones básicas en la prevención y lucha contra la corrupción:

Normatividad a nivel internacional

La corrupción no es un fenómeno exclusivo de un tipo de sociedades específicas, sino que por el contrario afecta a todos los países, ya sean éstos más o menos desarrollados, democráticos o autoritarios, ricos o pobres, liberales o conservadores. Por esta razón ningún país puede ad-judicarse su monopolio ni tampoco sentirse al margen del problema.

Este contexto de lo que podríamos llamar la globalización de la corrupción ha hecho posible el que los Estados, tras tomar conciencia de la trascendencia del problema por el impacto que tiene en las posibilidades de desarrollo de sus pueblos, han emprendido acciones conjuntas en-caminadas a armonizar las legislaciones sobre el tema, así como a lograr la asistencia recíproca y una cooperación técnica mutua. En este sentido, tanto la Convención Interamericana contra la Corrupción como la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la corrupción, repre-sentan un claro esfuerzo en ese sentido. Conozcamos un poco más de ellas y de la naturaleza de su intervención.

Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC)

Convención de las Naciones Unidas con-tra la Corrupción (CNUCC)

Aspectos formalesSuscrita: 29 de marzo de 1996 en Ca-

racas (Venezuela).En vigor: desde el 6 de marzo de

1997. Ratificada por el Perú: el 21 de marzo

de 1997 mediante Decreto Supremo 012-97-RE

Aspectos formalesSuscrita: 9 de diciembre de 2003.En vigor: desde el 14 de diciembre de

2005. Ratificada por el Perú: el 19 de octubre de

2004 mediante Decreto Supremo 075-2004-RE y vigente desde el 14 de diciembre de 2005.

ObjetivoAglutinar los esfuerzos de los países del continente americano miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) para prevenir, detectar, sancio-nar y erradicar los actos de corrupción.

ObjetivoImplementar medidas preventivas, fortalecer la transparencia de los actos públicos, esti-mular la participación de la sociedad en la co-rrecta gestión de los asuntos y el uso de los bienes públicos, y sugerir la armonización de las legislaciones penales nacionales a partir de definiciones propuestas en el tratado.

a.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación40

Aspectos operativosPropuestas: 1. Aplicar, dentro del propio sistema

institucional, mecanismos de pre-vención de la corrupción.

2. Armonizar la legislación penal na-cional tomando en consideración las definiciones propuestas en el Tratado.

3. Plantear medidas sobre la extradi-ción, asistencia y cooperación para el rastreo, inmovilización, confis-cación, decomiso y repatriación de los bienes vinculados con los delitos que implican actos de corrupción.

Aspectos operativosPropuestas: 1. Garantizar la entrada en vigor de códi-

gos de conducta que aseguren el correcto comportamiento de los funcionarios pú-blicos.

2. Implementar políticas públicas eficaces en materia de prevención y de medidas para combatir el blanqueo de dinero.

3. Fomentar la formulación de normas rela-cionadas con la protección de los denun-ciantes, testigos, peritos y víctimas.

Con la firma y ratificación de ambos tratados Perú se obliga a respetar sus términos y además, en el caso de la Convención Interamericana contra la Corrupción, a someterse a un monitoreo periódico sobre los avances en la implementación de las recomendaciones. Este monitoreo está a cargo del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la corrupción (MESICICC), que evalúa periódicamente los informes de implementación de la CICC que cada país le remite y formula recomendaciones para el fortalecimiento de la implementación en cada uno de dichos países. En el Perú, el encargado de ejercer el segui-miento operativo de la implementación de esta convención y de emitir los informes de avances al MESICICC es la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Normatividad a nivel nacional

Dentro de nuestro ordenamiento jurídico diversas normas intentan enfrentar la corrupción, tanto desde la prevención (a partir de la implementación de mecanismos de promoción de la ética pública) como desde la sanción (detallando hechos y estableciendo tipos penales y pro-cedimientos para su investigación, procesamiento y eventual sanción).

La Constitución Política del Perú determina el marco normativo general en el país, que consagra la adopción del Estado social y democrático de derecho. Por ello, está formulada en función de los principios de vigencia de los derechos fundamentales, control jurisdiccional del ejercicio del poder, supremacía y legalidad constitucional. En este marco, los derechos y libertades de las personas inspiran la actuación de un Estado que se constituye sobre la base de su promoción y protección. En consecuencia, los actos de corrupción generan violaciones a los derechos fun-damentales, lo que atenta contra los individuos y, por tanto, también contra la sociedad y el Estado.

La legislación peruana en las últimas décadas ha promulgado diversidad de leyes y dispositivos legales orientados directa e indirectamente tanto a la prevención desde la promoción de la éti-ca pública como a la sanción de prácticas corruptas, lo que habla de la toma de conciencia en la sociedad peruana de la magnitud que ha alcanzado la corrupción, así como de la necesidad de enfrentarla tomando medidas concretas. La mejor forma de tener una visión panorámica de este proceso es conociendo su evolución a lo largo del tiempo. A continuación presentamos algunas de las principales normas dispuestas en materia de promoción de la ética pública y la prevención y lucha contra la corrupción.

b.

41Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

14

Gobierno Año14

Fernando Belaúnde

1980 - 1985

1980

1981

1982

1983

1984

1985

Alan García1985 - 1990

1985

1986

1987

1988

1989

1990

Alberto Fujimori1990 - 1995

1990

1991

1992

1993

1994

1995

Alberto Fujimori1990 - 1995

1995

1996

1997

1998

1999

2000

14 Los mandatos presidenciales se consideran como fecha oficial de comienzo del mandato el 28 de julio.

Decreto Supremo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público (publicada el 24 de marzo de 1984). Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N° 005-90-PCM (publicado el 18 de enero de 1990).

Contempla en su artículo 3 los deberes de los servidores • públicos, así como sus obligaciones, prohibiciones y derechos.

Señala en su artículo 25 que los funcionarios públicos son • responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones.

Establece en el artículo 26 el tipo de sanciones que pueden • ser impuestas.

Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (publicada el 3 de mayo de 1994).

Consagra el ejercicio del derecho de control social que se • concreta en la fiscalización y participación de la sociedad civil en los asuntos públicos.

Permite al ciudadano demandar la remoción de la autoridad, • su revocatoria y demanda de rendición de cuentas.

Permite activar otros canales de participación como el • referéndum o las consultas populares.

Ley N° 26771, Ley contra el Nepotismo (publicada el 15 de abril de 1997). Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N° 021-2000-PCM (publicado el 30 de julio del 2000).

Tienen como propósito prever posibles conflictos de • intereses, brindar igualdad en el acceso a la función pública y descartar cualquier perturbación o falta de imparcialidad en la línea de mando y en el control institucional.

Establecen sanciones administrativas para quienes contratan • o nombran dentro de la administración pública a familiares, dentro del cuarto grado de parentesco, segundo de afinidad y por razón del matrimonio.

Normas promulgadas en concordancia con la Ley Nº 24241 • sobre el acceso a los cargos y plazas en la administración pública y promociones a través del concurso de mérito.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación42

Valentín Paniagua

2000 - 2001

2000

2001

Alejandro Toledo

2001 -2006

2001

2002

Ley N° 27444 (publicada el 11 de abril de 2001), Ley del Procedimiento Administrativo General.

Regula el régimen jurídico del acto administrativo, la función • administrativa del Estado, del procedimiento administrativo y la responsabilidad de la administración pública.Norma en su Artículo 244° el caso en que el trabajador público • omita o retarde el cumplimiento de sus funciones, facultando al Ministerio Público a iniciar las acciones penales que corresponda.

Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado (publicada el 30 de enero de 2002).

Pretende dotar de transparencia y propiciar la participación • ciudadana en la gestión pública.

Ley 27588, Ley de Incompatibilidades y Responsabilidades del Personal del Empleo Público (publicada el 12 de diciembre de 2001). Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N° 019-2002-PCM (publicado el 8 de marzo de 2002).

Señala que todos que todos los funcionarios con altos cargos • directivos o que forman parte de consejos directivos de empresas, tribunales o comisiones del Estado están obligados a guardar secreto o reserva (hasta un año posterior al cese o culminación de los servicios prestados), respecto de los asuntos o información que por ley expresa tengan dicho carácter.

Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 (publicada el 3 de agosto de 2002), Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobada mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N°072-2003-PCM.

Consagra el derecho del ciudadano de acceder sin expresión de • causa a la información institucional, presupuestal y financiera que guarda la entidad estatal.Establece la obligación del Estado de garantizar y promover la • transparencia en la gestión y en el uso de los fondos públicos.Rompe con la cultura del “secreto”, al difundir a través de los • Portales virtuales la información institucional y al entregarle al ciudadano la información que demande.Facilita la difusión de las decisiones del funcionario público, así como • la formulación de críticas o debates sobre la gestión, lo que consagra el derecho del ciudadano de interpelar a las autoridades.

Ley N° 27482 (publicada el 15 de junio de 2001), Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado. Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N°080-2001-PCM (publicado el 8 de julio de 2001).

Tiene fines preventivos, al constituir una herramienta orientada • a evitar enriquecimientos ilícitos o desbalances patrimoniales de funcionarios públicos. Conforme lo establecen los artículos 40 y 41 de la Constitución • Política y los mecanismos de su publicidad, los funcionarios públicos se encuentran obligados, independientemente del régimen bajo el cual laboran, contratan o se relacionan con el Estado, declarar debidamente especificados y valorizados todos los ingresos, bienes y rentas que poseen, tanto en el país como en el extranjero.

43Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Alejandro Toledo

2001 -2006

2002

2003

2004

Ley N° 27815, Código de Ética de la Función Pública (publicada el 13 de agosto de 2002). Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N°033-2005-PCM (publicado el 19 de abril de 2005).

Establece los fines, principios, deberes y prohibiciones éticamente • deseables que deben inspirar el comportamiento del funcionario público en el correcto desempeño de su cargo o función.Precisa las condiciones, exigencias y plazos requeridos en el • procedimiento sancionador, así como un registro las sanciones para el caso de violación de las normas establecidas en el código.

Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (publicada el 27 de mayo de 2003).

Promueve la participación de los vecinos en la elaboración de los • presupuestos participativos y los planes de desarrollo regional y local concertado.Reconoce el derecho del vecino a participar en la formulación, el • debate y la concertación de los planes de desarrollo municipal.En el Capítulo III, Artículo 121, señala los mecanismos de ejercicio • del derecho de control vecinal a través de la revocatoria de autoridades municipales y/o de la demanda de la rendición de cuentas.

Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo (publicada el 8 de agosto de 2003). Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N°142-2009-PCM (publicado el 24 de junio de 2009).

Permite a los gobiernos regionales y locales formular sus • presupuestos de manera conjunta con la sociedad civil y la ciudadanía.Fomenta y regula la participación de la ciudadanía en la • determinación, el destino y el uso de los recursos públicos de acuerdo con los planes de desarrollo regional o local.

Ley N° 28024, Ley de Regulación de la Gestión de Intereses (publicada el 23 de junio de 2003). Su Reglamento se recoge en el Decreto Supremo N° 099-2003-PCM (publicado el 18 de diciembre de 2003).

Esta ley regula la Gestión de Intereses en la Administración • Pública. Según ella, los funcionarios públicos se encuentran prohibidos de realizar actos de gestión por intereses distintos a los institucionales o estatales. Además se les prohíbe aceptar obsequios, donaciones, ofertas de cargos o empleos a cambio de sus oficios ante otras autoridades para conseguir un beneficio propio.

Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (publicada el 19 de febrero de 2004).

Establece los lineamientos generales para promover, consolidar • y mantener una administración pública moderna, jerárquica, profesional, unitaria, descentralizada y desconcentrada, basada en el respeto al Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, el desarrollo de los valores morales y éticos y el fortalecimiento de los principios democráticos, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las personas.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación44

Alejandro Toledo

2001 -2006

2005

2006

Alan García2006-actualidad

2006

2007

2008

2009

2010

Reflexionemos sobre estas iniciativas legales.

¿Cúal es la importancia de las normas anticorrupción y de promoción de la ética pública pre-sentadas hasta aquí?

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué otras iniciativas legislativas consideras que son necesarias para fortalecer el proceso de lucha contra la corrupción?

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

Ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM (publicada el 29 de noviembre de 2004).

Establece las normas básicas que contienen los lineamientos • que deben observar las entidades del Sector Público, dentro de criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras.

Regula las obligaciones y derechos que se derivan de dichos • procesos.

Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización (publicada el 16 de junio de 2005).

Alienta la participación ciudadana en el gobierno como • herramienta que posibilite la igualdad de oportunidades y el acceso a mejores niveles de de desarrollo.

45Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Instituciones nacionales y atribuciones

Es importante conocer no sólo las entidades públicas que son competentes para controlar, fiscalizar, investigar y, en algunos casos, sancionar las prácticas irregulares cometidas por ciu-dadanos o funcionarios públicos dentro de las entidades públicas; sino también las atribuciones que cada una tiene en la lucha contra la corrupción.

Sistema Nacional de

Control

¿Quiénes lo constituyen? ¿Qué objetivos cumple?

Los órganos, normas, mé-• todos y procedimientos destinados a conducir y de-sarrollar el control guber-namental en forma descen-tralizada.

Estos órganos son los Órga-• nos de Control Institucional (OCI), encargados del con-trol en las instituciones pú-blicas, la Contraloría Gene-ral de la República (entidad rectora normativa y funcio-nalmente) y las sociedades de auditoría externa de-signadas por la Contraloría General y contratadas por ella para realizar auditorías en las entidades sujetas a control.

Supervisar, vigilar y verificar la correc-• ta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, de la ejecución de los presupuestos del sector público y las ope-raciones de la deuda pública.Impulsar la modernización y el mejora-• miento de la gestión pública a través de la optimización de los sistemas de gestión y del control gubernamental, con especial énfasis en las áreas críticas sensibles a ac-tos de «corrupción administrativa.

¿Qué facultades tiene?

Iniciar cualquier investigación adminis-• trativa sobre hechos irregulares, recopilar información e identificar a los presuntos responsables, quienes podrán ser sancio-nados en los ámbitos administrativo, civil o penal por los actos cometidos.

Sistema de Administración

de Justicia

¿Quiénes lo constituyen? ¿Qué facultades tiene?

El conjunto de normas, ins-• tituciones, agentes y pro-cedimientos que permite resolver los conflictos de ciudadanos, entre sí y con las diferentes instituciones del Estado.

El Poder Judicial tiene la responsabilidad • constitucionalmente asignada de admi-nistrar justicia.El Ministerio Público se encarga de pro-• mover la acción judicial en defensa de la legalidad y los intereses públicos, re-presentar a la sociedad en los procesos judiciales y conducir la investigación de los delitos.La Policía Nacional del Perú cumple la la-• bor de proteger y ayudar a las personas y la comunidad, prevenir, investigar y combatir la delincuencia, y asegurar el li-bre ejercicio de los derechos humanos.El Ministerio de Justicia garantiza a todos • los ciudadanos el acceso a la justicia a través de los defensores de oficio.

¿Qué objetivo cumple?

Investigar, procesar y, • eventualmente, sancionar los actos de corrupción con-siderados como tales por la legislación, para finalmente evitar la impunidad.

c.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación46

¿Qué instancias tienen una especial importancia en la lucha contra la corrupción?

El Consejo Nacional de la Magistratura tiene la responsabilidad de selec-• cionar, nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales de todos los niveles, con excepción de aquellos provenientes de elección popular.Oficinas de control disciplinario y lucha contra la corrupción al interior de • las instituciones del sistema de justicia como la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) en el Poder Judicial, la Fiscalía Suprema de Control Interno en el Ministerio Público y la Inspectoría General de la Policía Na-cional del Perú.

Labor del Poder

Legislativo

¿En qué consiste? ¿Qué facultades tiene?

El Parlamento Nacional, de • acuerdo a lo establecido en la Constitución Política, tiene tres funciones prin-cipales: legislativa, de re-presentación y de control político o fiscalizadora. En relación con la prevención y lucha contra la corrupción, tienen especial importancia las funciones legislativa y de control.

Desde su función legislativa, el debate y • aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como su interpretación, modificación y deroga-ción.Desde su función de control político, entre • otras atribuciones tiene la realización de in-vestigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la conducta política del Gobierno, los actos de la administración y de las autori-dades del Estado, el ejercicio de la delega-ción de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalización sobre el uso y la disposición de bienes y recursos públicos.Una lectura integrada de los artículos 96, 97 • y 102 (numeral 2) de la Constitución permi-te apreciar que el Congreso tiene facultades para investigar todo hecho de interés públi-co, lo que incluye los actos de corrupción.

Acción de promoción y articula-

ción del Poder

Ejecutivo

¿En qué consiste?

La creación de instituciones destinadas a la promoción de la ética pública, la • prevención de la corrupción y la coordinación de los esfuerzos con este objeti-vo: durante el gobierno de transición de Valentín Paniagua se creó la Iniciativa Nacional Anticorrupción (2001), que realizó un diagnóstico sobre la corrupción en Perú, concretado en el documento “Un Perú sin corrupción: condiciones, lineamientos y recomendaciones para la lucha contra la corrupción”.La formación del Consejo Nacional Anticorrupción (2001), desactivado y sus-• tituido por la Oficina Nacional Anticorrupción, también desactivada en el año 2008.La presentación del Plan Nacional Anticorrupción (2008).• La creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (2010), dependiente • de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objetivo de contribuir en la articulación, coordinación y planificación, a mediano y largo plazo, de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a combatir la corrupción del país; así como la supervisión y seguimiento del cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

47Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Acciones del Estado

Dentro de las acciones del Estado en la promoción de la lucha contra la corrupción destacan fundamentalmente dos, por su carácter integral y tratamiento específico de la problemática.15

Acuerdo Nacional ¿En qué consiste? ¿Qué política apunta específicamente a la

lucha contra la corrupción y qué propone?

En un conjunto de políticas • de Estado propuestas de forma consensuada por los representantes del Gobier-no, de la sociedad civil, las organizaciones políticas y religiosas.

Promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contraban-do en todas sus formas15.Supone el compromiso por afirmar, en la socie-dad y el Estado, principios éticos y valores so-ciales que promuevan la vigilancia ciudadana y produzcan niveles crecientes de paz, transpa-rencia, confianza y efectiva solidaridad. Con este objetivo el Estado:a) Enfatizará los principios éticos que refuercen

el cumplimiento ciudadano de las normas.b) Velará por el desempeño responsable y trans-

parente de la función pública, promoverá la vigilancia ciudadana de su gestión y el for-talecimiento y la independencia del Sistema Nacional de Control.

c) Desterrará la impunidad, el abuso de poder, la corrupción y el atropello de los derechos.

e) Promoverá una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que eli-mine las prácticas violatorias del orden jurí-dico, incluyendo el tráfico de influencias, el nepotismo, el narcotráfico, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero.

f) Regulará la función pública para evitar su ejercicio dependiendo de intereses particula-res.

¿Qué objetivos se plantea?

Fortalecimiento de la De-1. mocracia y el Estado de Derecho, dado que son garantía de la justicia y la vigencia de los derechos fundamentales, así como conducen a la paz y el de-sarrollo del país.Desarrollo con Equidad y 2. Justicia Social, convertido en eje principal de la acción del Estado y orientado al desarrollo humano integral, la superación de la pobreza e igualdad de acceso a las oportunidades.Promoción de la Competiti-3. vidad del País, para lograr el desarrollo humano y so-lidario.Afirmación de un Estado 4. Eficiente, Transparente y Descentralizado.

15 Fuente: http://www.acuerdonacional.peC

d.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación48

Plan Nacional de Lucha contra la

Corrupción

¿Qué es? ¿Cuáles son sus objetivos?

Es un documento elaborado so-• bre la base de las propuestas del Grupo de Trabajo Multisectorial constituido para este fin.

1. Promover el fortalecimiento del sistema de lucha contra la corrupción de forma articulada.

2. Institucionalizar en la administración pú-blica las prácticas de buen gobierno, la ética, la transparencia y la lucha contra la corrupción.

3. Articular una estrategia judicial eficaz e integral contra la corrupción.

4. Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la co-rrupción.

5. Promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha con-tra la corrupción.

6. Lograr el compromiso de la sociedad que participe de manera activa en la lucha contra la corrupción y la fiscalice.

7. Desarrollar esfuerzos concertados a nivel internacional en la lucha contra la corrup-ción.

¿Quiénes lo elaboraron?

La propuesta surgió de la partici-• pación de diversas instituciones públicas y privadas, represen-tantes de la sociedad civil, co-legios profesionales y empresa-rios.

¿Qué plantea?

Las metas y acciones a ser rea-• lizadas por las diversas institu-ciones estatales involucradas en la lucha contra la corrupción, promoción de la ética y transpa-rencia en la gestión pública, in-centivando la participación ciu-dadana.

Acciones de la Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo, de acuerdo con el mandato que le ha sido conferido por la Constitu-ción Política del Perú y su propia Ley Orgánica, debe defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad, así como de supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. Con este marco de referencia las acciones de la Defensoría se desarrollan en el ámbito de la prevención.

Labor de persuasión

¿Cómo percibe la corrupción? ¿Qué acciones no le corresponden?

Como un obstáculo que perju-• dica al ciudadano en el acceso al ejercicio de sus derechos y que interfiere en la obligación del Estado de proteger estos derechos fundamentales.Como forma de vulnerar los • principios de la institucionali-dad democrática y derechos como: a la participación ciuda-dana, de igualdad frente a la ley y acceso a la justicia, de acceso a la información.

Frente a los casos de corrupción, la De-• fensoría del Pueblo se encuentra impedi-da de perseguir el delito y de sancionar a los responsables.

¿Qué acciones promueve?

Su labor en las tareas dirigidas a evitar y • luchar contra la corrupción se basa en sus facultades de persuasión y en su rol pro-motor, empleado con fines preventivos. Las investigaciones que efectúa se orien-• tan a plantear recomendaciones, suge-rencias, instancias, advertencias y recor-datorios que promuevan la reposición o restitución de los derechos afectados o la sanción de los responsables.

e.

49Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

5.3 Conceptualización: ética, moral y ética pública

Cuando hablamos de la ética se crea a menudo confusión al relacionarla con otros conceptos como moral o valores éticos que, ¿no tienen nada que ver entre ellos, tienen relación entre ellos o

significan lo mismo?

A continuación escribe al lado de cada palabra la primera que tiene viene a la mente cuando las • lees.

Ética ___________________ Moral ___________________ Valores _________________

¿Es lo mismo ética que moral? Sí No•

¿Por qué? ____________________________________________________________________

¿Es lo mismo ética que valores éticos? Sí No•

¿Por qué?_____________________________________________________________________

¿Qué entiendes por ética de la función pública? ______________________________________•

____________________________________________________________________________

¿A quiénes afecta directamente y por qué? __________________________________________•

____________________________________________________________________________

Sobre la ética

Lo primero que necesitamos para que la ética pueda convertirse en alternativa de solución a la co-rrupción es tener perfectamente claro su concepto, para ver claramente cuál puede ser su utilidad en esta realidad problemática. En este sentido entendemos por ética a la reflexión que cada persona hace en relación a las acciones que realiza y orientan su vida. De esta manera la ética se concreta en nuestra vida cotidiana cada vez que tomamos decisiones en los distintos ámbitos en los que nos desenvolvemos, pero tomando como referencia los valores aceptados como buenos por parte de la sociedad a la que pertenecemos.

Ejemplo: Tengo que decidir si pago al director del colegio una pequeña comisión que me está solicitando para poder regularizar la matrícula de mi hijo. Cuando, antes de tomar la decisión, estoy pensando en si debo hacerlo o no, si es justo o no, si es correcto o no, estoy reflexionando éticamente, lo que además tendrá una influencia directa en la con-ducta por la que finalmente opte.

La teoría ética nos habla de sistemas de valores imperantes en una sociedad, que están gobernados por un valor esencial que solemos llamar el Bien o lo Bueno. Así, los demás valores serán conside-rados como buenos, importantes o valiosos en la medida en que se acerquen a la idea que tenemos del Bien o de lo que es bueno para toda una sociedad o para cada uno de los grupos humanos que la constituyen en un momento determinado.

Ejemplo: En la actualidad un sector de la sociedad considera como el valor más importante la dignidad humana, por lo que para sus integrantes toda su reflexión ética cotidiana, es decir, la que hacen para decidir sus acciones en el día a día, se orientará hacia la rea-lización de la dignidad humana, tanto en nosotros mismos como en los demás.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación50

La reflexión sobre la Ética sostiene que es la idea del Bien la que espontáneamente orienta nuestras vidas, puesto que influye directamente en nuestras decisiones importantes, nuestras actuaciones cotidianas y nuestro modo de ser y actuar en general. Desde esta concepción la ética es entonces un tipo de sabiduría práctica, porque la reflexión que hacemos se plasma en nuestras acciones concretas, que buscan orientarse a la realización del bien en nuestras vidas y en las vidas de los demás.

Entonces, a modo de conclusión, podemos definir la ética como…

La reflexión personal que orienta las decisiones y acciones tomando como referencia los valores aceptados como buenos socialmente y la reflexión

colectiva que fundamenta las normas y leyes de convivencia social.

Ahora podemos destacar y analizar con más detalle algunos elementos especialmente importantes de esta definición.

Discernimiento sobre lo que es mejor hacer en un momento determinado

La ética es un acto reflexivo que involucra nuestro razonamiento a través del ejercicio de dis-cernimiento, que cada uno de nosotros realizamos al momento al decidir qué hacer o no hacer en la búsqueda de lo que se considera bueno para la sociedad y que, por ello, también lo será para nosotros mismos.

Ejemplo: La elección que cada persona realiza de su carrera profesional permite entender que la decisión se produce por diversos motivos: que la carrera le permita ganar dinero una vez terminados los estudios para tener una vida de comodidad, que le permita ganar dinero para poder apoyar económicamente a sus padres y familiares más cercanos, que le aporte un nivel de satisfacción y crecimiento personal o, tal vez, que le permita beneficiar a otras personas, estando por tanto más inspirado por el bien común. Cualquiera que sea la motivación para tomar la decisión, todas tienen en común que responden a un único fin: la búsqueda de la idea del Bien (que cada uno podemos interpretar de forma distinta) o de lo Bueno para la per-sona.

Sistemas de valores existentes en una sociedad y momento determinados

Si aceptamos que nuestras decisiones se ordenan en función de un sistema de valores que con-sideramos buenos, también podemos aceptar que esa idea de lo que es bueno hacer puede ser distinta de persona a persona y que, además, puede cambiar en distintas sociedades y de una época a otra. En algunos casos, esta idea del Bien será entendida como un asunto de carácter más personal mientras en otros como una situación que implica al colectivo (el Bien Común), pero siempre será entendida como una finalidad positiva, como algo bueno en sí mismo. Esta reflexión nos lleva a concluir que los valores no son estáticos, sino que cambian y se transfor-man a lo largo del tiempo y de persona a persona.

Ejemplo: En la actualidad los valores de igualdad, libertad, solidaridad son reconocidos por la mayoría de sociedades como fundamentales, pero no siempre ha sido así. Ha-gamos un poco de historia, retrocediendo hasta las grandes revoluciones sociales que modificaron los sistemas políticos y jurídicos occidentales y que estuvieron precedidas por grandes cambios en los valores dominantes en esas sociedades. Así, la Revolución Francesa significó un cambio radical en el modo de entender no

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b.

51Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

solamente la forma de gobernar, sino también y lo que es más importante y de mayor impacto para la sociedad, en la forma de entender al ser humano. Los valo-res monárquicos (desigualdad, inequidad, aristocracia) cambiaron radicalmente al entrar en conflicto con otros valores (igualdad, libertad, fraternidad) que impulsa-ron el reconocimiento de la igualdad de los hombres sin distinciones de tipo social o económico y el reconocimiento de los derechos para todos los seres humanos por igual. Fue ese cambio en el sistema valorativo de la sociedad el que motivó la caída de la Monarquía y el nacimiento de la República como sistema político.

Ahora bien, si bien los sistemas de valores pueden cambiar o modificarse en diferentes contex-tos sociales y épocas históricas, siempre estarán orientados a una idea de lo Bueno o del Bien que rige esos valores asumidos colectivamente.

La reflexión ética precede la construcción de sistemas políticos, jurídicos, normativos y motiva su cambio

Ya lo hemos visto, los sistemas de valores aceptados por una sociedad orientan el comporta-miento de sus miembros hacia el Bien o lo Bueno, pero la fuerza de esos valores no sólo tiene efecto sobre el comportamiento cotidiano, sino que también puede llegar a modificar el orden político y las leyes.

Ejemplo: En el contexto de la Revolución Francesa hemos podido evidenciar como la trans-formación del sistema valorativo de la sociedad tuvo como consecuencia directa el cambio político de la Francia del siglo XVIII, pasando de ser una monarquía (donde el poder se consideraba de origen divino) a una república (donde el poder tiene un carácter representativo), con los consiguientes cambios normativos y jurídicos, que establecen las bases de lo que es la democracia occidental moderna. Pero aún más, todo el nuevo ordenamiento político y sus normas y leyes se basan en el nue-vo sistema de valores: la igualdad, fraternidad y libertad motivan la construcción de un sistema político republicano y de constituciones políticas y normas que se adecúen mejor a esos nuevos valores.

Recuerda: La reflexión ética está relacionada con la elección de sistemas de valores a nivel personal y colectivo, que nos acerquen más a lo que consideramos nuestra idea de Bien, de lo Bueno.

Pero si la ética supone emitir juicios para tomar decisiones, es necesario que orientemos nuestra propia reflexión a la práctica, a situaciones cotidianas y reales. Sólo así descubriremos las dificultades que encierran las decisiones orientadas por una reflexión ética.

Partamos de algo, en teoría, sencillo. Si nos preguntamos si decir la verdad es bueno o es malo creo que la absoluta mayoría coincidimos en que es bueno y, si por el contrario, la pregunta es sobre mentir, entonces el acuerdo se concreta en que es malo. De ser así las cosas, toda deci-sión que oriente nuestras acciones desde una reflexión ética, es decir, en la búsqueda del bien, de lo bueno, debería optar por decir la verdad y evitar mentir… ¿o no?

Pero vamos a ver cómo funciona la reflexión ética en una circunstancia real.

Una persona muy cercana afectivamente a nosotros está muy enferma, tanto que los médicos nos comunican que apenas le quedan unos pocos meses de vida. En el entorno más cercano al enfermo se decide que nosotros decidamos si decirle o no la verdad. Dudamos porque siempre hemos insistido en la importancia de decir siempre la verdad, en cualquier momento y circuns-tancia, pero al mismo tiempo sabemos que se trata de una persona que puede angustiarse tanto con la noticia, que esos meses representen un sufrimiento adicional y un riesgo de verla desmoronarse emocionalmente.

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Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación52

¿Qué hacemos? ¿Le decimos la verdad o le mentimos? _______________________ ¿En qué nos ba-• samos para tomar la decisión? _____________________________________________________

____________________________________________________________________________

¿Si le decimos la verdad y después la persona enferma se suicida porque no pudo soportar la noti-• cia, hemos obrado bien? __________________ ¿Por qué? ______________________________

____________________________________________________________________________

¿Si le mentimos y después la persona enferma acaba conociendo la gravedad de su situación y nos • cuestiona por defraudar su confianza al no decirle la verdad, hemos obrado mal? ____________

____________________________________________________________________________

Una dificultad inicial de toda reflexión ética orientada a la toma de decisiones vienen determinada por la creencia en la existencia del Bien y del Mal entendidos de forma absoluta, como el blanco y el negro, que son tan distintos que son opuestos y, por eso, no hay forma de confundirlos. Pero parece que la realidad nos habla de la existencia más bien de lo bueno y de lo malo. Cuál es la diferencia, pues que mientras en la idea del Bien y del Mal ambos están claramente definidos de antemano, inde-pendientemente de la acción que vayamos a juzgar, cuando hablamos de lo bueno y lo malo hacemos referencia a que el juicio dependerá de varios factores, como son:

Las 1. circunstancias en que se produce la acción, por lo que no podremos realizar un juicio sobre una acción sin contar con información no sólo sobre qué ocurrió, sino también sobre cómo es que ocurrió.

La 2. intención con la que hacemos algo, ya que no es lo mismo mentir tratando de evitar hacer un daño a otra persona que hacerlo para obtener una ventaja personal.

Las 3. consecuencias de la acción, no sólo para nosotros sino también para otras personas. Por lo que a la hora de tomar una decisión es necesario anticiparse a qué puede pasar si hago… o qué preveo que puede ocurrir si por el contrario no hago…

Finalmente, toda reflexión ética personal gira en torno a la idea de qué es lo bueno y lo malo para nosotros en una decisión sobre una acción en particular, pero también se debe tener en cuenta qué considero que es lo bueno y lo malo para el colectivo, evidenciando hasta qué punto ambas ideas son afines o entran en conflicto.

Sobre la moral

Como punto de partida para aclarar el concepto de moral y ver las posibles semejanzas y diferencias con el de ética, podemos considerar su definición desde un punto de vista filosófico.

Entonces, a modo de introducción, podemos definir la moral como…

El estudio del comportamiento humano que debe ajustarse a las normas y leyes establecidas en una sociedad determinada.

Este tipo de comportamiento está relacionado con los usos y costumbres de las personas en una so-ciedad concreta, como la peruana, quienes se rigen por leyes y normas explícitas o implícitas, pero que todos reconocen como válidas y sobre las cuales fundan su actuación.

53Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Ejemplo: Se pueden considerar desde los grupos cristianos que orientan su comportamiento según las costumbres y dogmas de la Iglesia Católica, hasta los ciudadanos comunes y corrientes que utilizan el cinturón de seguridad porque así lo ha dispuesto una ley y su consiguiente reglamento.

A diferencia de la ética, la moral no está orientada por los grandes valores ni está sujeta a la reflexión del individuo, que debe decidir qué es lo que lo conduce al Bien antes de adoptar una decisión. Todo lo contrario: un comportamiento moral está relacionado con el cumplimiento de las normas y leyes establecidas en una sociedad, destinadas a promover el recto comportamiento de las personas con el fin de mantener y garantizar el orden interno de la sociedad.

Ejemplo: Será propio de un comportamiento moral que cada vez que un ciudadano se separe de su pareja destine un porcentaje de su salario para la manutención de sus hijos, aún cuando el vínculo conyugal se haya roto. Del mismo modo será un comportamiento moral entregar información pública a los ciudadanos que lo requieran, a cambio del pago de unas tasas justas.

En conclusión, una persona será moral siempre que cumpla con lo que “debe hacer”, que es lo que determinan las leyes y normas, y el comportamiento moral se ajusta siempre a la norma establecida, sea ésta legal, religiosa, procedimental o aquella simplemente que se practica por tradición.

Ética y moral: su relación

Después de ver ambos conceptos por separado queda claro que ética y moral no son sinónimos, es decir, no significan lo mismo, pero ahora cabe ahora preguntarse si tienen alguna relación entre ellos. La respuesta es que sí y esta relación viene determinada porque la ética es el marco de referencia del comportamiento moral, es decir, los que consideramos socialmente los grandes valores sirven de referencia para el desarrollo posterior de normas, leyes, ritos o prácticas sociales de diverso tipo en la búsqueda del logro del Bien Común. Esto significa que las leyes y normas tendrán sentido en tanto se orienten hacia dicho Bien Común, y que lo perderán si no contribuyen o se alejan de él.

Es sumamente importante para todos los ciudadanos y ciudadanas tener presente permanentemente esta relación, porque muchas veces sólo asumimos la necesidad del cumplimiento de las normas y leyes, pero sin fijarnos en su sentido último, es decir, en la necesidad de que conduzcan al Bien Co-mún. De este modo, la reflexión ética nos permite entender que las normas y leyes no son inmuta-bles (que no cambian), ayudándonos además a orientar sus cambios, descubriendo y proponiendo el nuevo rumbo que deben ir tomando nuestras instituciones, normas y ordenamiento social y político en general.

A partir de esta relación podemos ahora evidenciar algunas diferencias entre un comportamiento ético y uno moral.

Comportamiento Etico Comportamiento Moral

Acto intelectual de reflexión y discernimiento. Acto de voluntad.

El tema principal es el Bien, lo Bueno. El tema principal es el deber y el cumplimiento de las normas.

Consiste en discernir sobre lo que es bueno para ser mejores personas o mejores comunidades.

Consiste en hacer lo que es nuestro deber ha-cer.

Se inspira en sistemas de valores que pueden cambiar.

Se inspira en grandes principios o normas que cambian poco en el tiempo.

Genera la creación de nuevos sistemas jurídicos, normativos o políticos (cambios radicales).

Asume que las normas creadas son correctas en sí mismas, sin un nivel de cuestionamiento.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación54

Sobre la ética pública: ética pública en la función pública y en el ejercicio ciudadano

Hasta aquí hemos partido de la persona para entender que la ética nos orienta a la búsqueda del Bien desde nuestra individualidad. Pero además las personas, como seres que vivimos en sociedad, no sólo tenemos que buscar el cumplimiento de nuestros intereses y necesidades (nuestra idea de bien), sino también los intereses y necesidades de la sociedad a la que pertenecemos (idea colectiva del Bien Co-mún). Es así como asumimos un rol de ciudadanos, donde el valor más importante a tener en cuenta para juzgar y tomar decisiones sobre nuestras acciones será el del bien colectivo, que determinará que nuestra conducta se considere ética cuando nos acerque a su logro. Este sentido social del Bien Común le da a la ética una dimensión pública que supera a la privada del individuo y que demanda que los ciudadanos nos organicemos y participemos para que el conjunto de nuestras acciones como sociedad se orienten hacia ese fin colectivo, configurando así una ética pública ciudadana.

En este contexto, la forma superior de organización de los ciudadanos particulares se concreta en el Estado, que basa su funcionamiento en un conjunto de normas y principios (orientados también a la búsqueda del Bien Común y que en el caso peruano se fundan sobre valores democráticos), a partir de los que se establecerán las leyes y normas que regulen la vida en sociedad y que la administra-ción estatal (la burocracia) concretarán en acciones específicas. De esta forma juzgaremos la acción del Estado como ética cuando se orienta a la consecución del Bien Común de una vida en sociedad organizada, ordenada, armónica y donde todos y todas tengamos las mismas oportunidades de de-sarrollarnos plenamente como seres humanos.

Pero la acción del Estado finalmente la juzgaremos a partir de la actuación de sus funcionarios, por lo que la ética aplicada a la función pública tiene que ver con su desempeño, ya que son ellos quie-nes tienen la responsabilidad de ejecutar las normas, leyes y procedimientos en su relación con los ciudadanos para cumplir con su fin fundamental, “servir a la Nación”, que no es otra cosa que buscar siempre el Bien Común. Es por ello que en nuestra sociedad se juzgará como ético el comportamiento de los funcionarios cuando esté regido por los valores democráticos que dan sustento a todo nuestro proyecto colectivo y que en la práctica nos acercan al logro de ese fin social último del Bien Común.

55Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

A modo de conclusión, podemos hablar de un concepto general, el de ética pública, y dos dimensio-nes que asume al concretarse en las dinámicas de funcionamiento de la sociedad: ética pública de la función pública y ética pública del ejercicio ciudadano.

La administración estatal concretada

por los funcionarios

La Ética Pública enla Función Pública

Un Estado democrático

La SociedadCivil

La participación ciudadana organizada

La Ética Pública Ciudadana

desde

concretada en

desde

concretada en

ÉTICA PÚBLICA

Búsqueda del Bien Común

desde

orientada a

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación56

5.4 La ética pública en la función pública

Cuando hablamos de función pública nos estamos refiriendo de forma general a aquella actividad que se caracteriza por estar consagrada al servicio de la Nación y al mismo tiempo ser realizada

por un funcionario público en nombre o al servicio de una entidad pública. Veamos qué suponen cada una de estas dimensiones.

Función Pública consagrada al servicio de la Nación

La función pública se refiere a aquella actividad que el Estado desarrolla como manifestación de su soberanía y que se inspira y dirige a atender o satisfacer un interés o una necesidad pública, es decir, de la colectividad.

La función pública no debe ser confundida con el servicio público (que se presta, como los ser-vicios educativos, de salud, de seguridad ciudadana, etc.) ni con la obra pública (que se ejecu-ta, como la construcción de carreteras, alcantarillado, ornato público, etc.), ya que la función pública se ejerce como potestad del Estado. Esto qué significa, que la función pública es una acción del Estado que se manifiesta en el ámbito legislativo, jurisdiccional y administrativo, y que se encamina a lograr sus fines de atender al interés público y alcanzar el Bien Común.

Este sentido de servicio a la Nación se encuentra sustentado en la normatividad, tanto a nivel nacional como internacional, y así:

A nivel internacional

La Asamblea de Naciones Unidas, como consta en la Resolución 51/59 de 1996 con el tí-• tulo Medidas contra la Corrupción de la Asamblea, establece que el cargo público conlleva la obligación de sus titulares de actuar en pro del interés público y de lealtad en el logro de este propósito.

La Constitución Política del Estado Peruano reconoce esta definición cuando, en su artículo • 39°, precisa que la función pública, a través de la figura de los funcionarios y servidores públicos, está al servicio de la nación: “Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación…”

A nivel nacional

Otros instrumentos normativos de carácter nacional apuntan en la misma dirección: la Ley • N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece en su artículo 3° que la función pública está al servicio de la Nación y al logro de sus objetivos.

“Los fines de la función pública son el servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficien-cia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”.

Función Pública realizada por un funcionario público

En el contexto de la lucha contra la corrupción se hace necesario precisar el concepto de fun-cionario público, más allá de considerar que es aquella persona que ejerce una función pública, desde el momento que es el responsable directo de las posibles prácticas corruptas. Para pre-cisar mejor el concepto podemos recurrir a la normatividad, tanto a nivel internacional como nacional.

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57Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

A nivel internacional

La Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción y la Convención Iberoamerica-• na contra la Corrupción, describen ciertos componentes que caracterizan a un funcionario público:

- Es toda persona que ocupa un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial, de manera permanente o temporal, siendo elegido o designado, remunerado o por honora-rio, sin atender a su antigüedad o permanencia en el cargo.

- Es toda persona que desempeña una función pública para un organismo público o una empresa pública, o alguien que presta un servicio público.

- Es toda persona que sea reconocida por la legislación interna del país con un status de desempeño de una función pública o de prestación de un servicio público.

La Convención Iberoamericana Contra la Corrupción no hace distinción entre funcionario • y servidor público, sino que los equipara y en su artículo 1º precisa que es funcionario o servidor público aquel empleado del Estado o de sus entidades, designado o electo para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado en todos sus niveles y jerarquías.

A nivel nacional

La Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, importante instrumento de gestión de los • recursos humanos estatales, considera que el funcionario público es aquel que:

- Desarrolla funciones de prioridad política, reconocida por norma expresa.

- Representa al Estado o a un sector de la población.

- Desarrolla políticas de Estado o dirige organismos estatales.

- Puede ser seleccionado por elección popular, confianza política, nombramiento y remo-ción regulada o libre nombramiento y remoción16.

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repúbli-• ca17 también equipara los términos de Funcionario o Servidor Público, a partir del ejercicio de funciones dentro de una entidad estatal.

La Ley Nº 27815 que aprueba el Código de Ética de la Función Pública, establece en su ar-• tículo 4° que “se considera como servidor público a todo funcionario, servidor o empleado de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado”.

El Decreto Supremo Nº005-90-PCM, que regula la Ley de Carrera Administrativa, sí hace • una distinción entre funcionario y servidor público, basada en considerar que mientras el funcionario es aquel designado o elegido por la autoridad competente para desempeñar car-gos de alto nivel y que comprende los cargos de confianza o cargos políticos; por el contrario el servidor público sería aquel ciudadano que presta servicios en una entidad de la adminis-tración pública con nombramiento o contrato y sujeto a una remuneración permanente. El

16 Artículo Nº4 de la Ley Nº28175 del 19.02.2004 Ley Marco del Empleo Público.

17 Aprobada por Ley Nº27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación58

problema de esta definición es que excluye otras modalidades de función pública que son reconocidas en otras normas, por lo que para en esta guía se considerará la definición más amplia.

Función Pública como actividad realizada en nombre o al servicio de una entidad pú-blica

Se concibe la función pública como toda actividad temporal o permanente, remunerada u ho-noraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de las entidades de la administra-ción pública, en cualquiera de sus niveles jerárquicos y sin importar el tipo de relación laboral o contractual. Esta definición se recoge tanto en el artículo 2° del Código de Ética como en el artículo 1° de la Convención Iberoamericana Contra la Corrupción.

Principios rectores de la Ética Pública: Prácticas de Buen Gobierno

La ética en la función pública depende entonces directamente de un conjunto de principios, que con-cretan los valores democráticos fundamentales asumidos por nuestra sociedad, y que hacen posibles las prácticas que apuntan al Bien Común. Por esta razón es importante conocer cuáles son estos principios y cómo los entendemos.

Principio Concepción

Transparencia y acceso a la información pública

Un Estado democrático se caracteriza por la apertura a difundir infor-mación para dar a conocer sus actos y la transparencia de la admi-nistración estatal sobre la gestión de los asuntos públicos. Por ello, un comportamiento democrático supondrá:- La existencia en la administración estatal de procedimientos que

faciliten publicitar su actuación y transparencia.- La disposición por parte de sus funcionarios públicos para brindar

la información pública que está en su poder. Para promover y regular el grado de cumplimiento de este principio, desde el año 2001 contamos con la Ley Nº 27806, Transparencia y acceso a la información pública.

Neutralidad e imparcialidad Un Estado democrático se caracteriza por la neutralidad y la impar-cialidad de sus funcionarios al momento de ejercer sus funciones. Esto quiere decir que ningún funcionario público puede:- Prestar atención privilegiada a ningún ciudadano por ningún mo-

tivo, salvo aquellos que indica la propia ley (atención preferen-te).

- Utilizar los bienes del Estado para favorecer intereses privados.- Tomar parte a favor o en contra de ninguna persona natural o

jurídica en caso de disputas, procesos electorales, procesos de contratación de personal, adquisición de bienes o servicios, etc.

Con este principio se pretende garantizar que los servicios y recursos públicos que brinda el Estado cumplan su cometido principal: servir por igual a todos los ciudadanos y ciudadanas en la búsqueda de fi-nes colectivos y evitar por ello el favorecer intereses personales que limiten su logro.

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59Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Principio Concepción

Probidad en el uso de recur-sos

Un Estado democrático se caracteriza porque los Recursos Públicos son administrados en función de los fines de la función pública, los objetivos institucionales y, finalmente, el Bien Común. Para garantizar este buen uso los recursos se deben administrar con imparcialidad y neutralidad, evitando por ello un uso distinto al fin establecido, que siempre debe orientarse a responder a las necesida-des de la ciudadanía.

Eficiencia y eficacia Un Estado democrático se caracteriza porque procura que el servicio brindado por la Administración Pública (teniendo en cuenta que está consagrada al servicio de la Nación), se realice de manera:- Eficaz: un buen servicio y celeridad en el cumplimiento de los

grandes objetivos.- Efectivo: un mayor rendimiento sin malgastar los recursos del

Estado.Una combinación de rendimiento y uso correcto de los fondos del Estado para brindar un mejor servicio, no solamente permite conser-var los bienes del Estado, sino mejorar la relación entre ciudadanía y funcionarios públicos, renovando la confianza de los ciudadanos en estos últimos.

Trato preferente Un Estado democrático se caracteriza porque garantiza la igualdad de oportunidades de acceso a sus servicios a todos sus ciudadanos y ciudadanas, por lo que debe contar con leyes y normas que:- Permitan brindar un trato preferente a aquellos ciudadanos que

por condiciones de vida, estado de salud o estado físico se en-cuentren en una situación de desigualdad en relación al resto de ciudadanos. Es el caso de las personas con discapacidad, los adultos mayores, los niños menores o las madres gestantes.

- Eviten que determinados ciudadanos, por su situación personal estén (y puedan permanecer) limitados en el acceso a ciertos servicios que hacen posible sus derechos, como, por ejemplo a la educación, la salud, la seguridad o el trabajo.

Apertura a la participación y vigilancia ciudadanas

Un Estado democrático se caracteriza porque considera que los ciu-dadanos y ciudadanas son actores importantes y necesarios, por lo que promueve (normas y leyes) su participación organizada, pro-positiva y concertada en los espacios de toma de decisiones a nivel nacional, regional y local. En los últimos años en Perú se ha fortalecido enormemente este prin-cipio a partir de la iniciativa del Estado de producir normas que pro-mueven la participación ciudadana y el control ciudadano (vigilancia ciudadana) de la gestión pública. Con estas iniciativas se fortalece la democracia representativa desde una coordinación entre sociedad civil organizada y Estado, así como la posibilidad de que el Estado pueda ser más realista y efectivo en las decisiones que toma y las políticas que implementa, al incluir en sus políticas públicas la perspectiva de la sociedad civil.

Contextualización de la Ética en la Función Pública en Perú

Si el concepto de ética en la función pública lo confrontamos en la realidad presente del país, pode-mos concluir que la población en general percibe el tema como problema, al sentir una desconfianza generalizada hacia la administración pública y ver a las autoridades y funcionarios como ineficientes, ineficaces, derrochadores y como personajes poco éticos, es decir, que no buscan el Bien Común sino

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación60

que, por el contrario, disponen arbitrariamente de los bienes públicos y de los poderes que se les han conferido para beneficio propio o de otros particulares. La explicación del porqué de esta situación la encontramos:

En el legado histórico de un pasado lejano, de una república que, desde su nacimiento, ha estado marcada por la desigualdad económica y social concretada en la brecha entre las mino-rías adineradas que se han hecho cargo del Gobierno y la dirección del Estado, y las mayorías excluidas y pobres afectadas por la marginalidad, las restricciones en el acceso a servicios que hagan posible sus derechos, la discriminación racial y social y, finalmente, la exclusión del po-der y dirección del rumbo del país.

Consecuencia: Esta situación permanente de pobreza y exclusión ha provocado el reproche de los ciudadanos y ciudadanas hacia la administración pública, sus gobernantes y el funcionamiento del Estado en general por su poca capacidad de respuesta para revertir esta situación a lo largo de los años.

En el legado histórico de un pasado cercano, de una red de corrupción organizada esta-blecida en el país en la década de los 90 desde el Gobierno del presidente Alberto Fujimori. La gravedad de esta situación de corrupción institucionalizada es que tuvo lugar no en un gobierno autoritario, sino en uno democrático.

Consecuencia: Se debilita la confianza ya no sólo en los funcionarios, sino en el propio sistema democrático, al verse afectada su credibilidad y estabilidad, ya que a pesar de la adopción de nuevos principios democráticos que rigen las funciones del Estado y de los valores democráticos que orientan las decisiones y conductas de la población, estos patrones de conducta discriminatoria, desigual y exclu-yente no sólo no se revirtieron, sino que se agudizaron.

En la práctica cotidiana presente, cuando, al revisar la actuación de la Administración Pú-blica, detectamos casos de faltas graves que permanecen impunes, actos de corrupción que se repiten de manera sistemática sin que “nadie diga nada” o cuando somos testigos de la injusticia de la que son víctimas los más pobres al momento de intentar acceder a un servicio público.

Consecuencia: Se tiende a naturalizar la corrupción, es decir, a considerar que es algo no sólo normal sino también inevitable, que ya está tan enraizada en nuestra realidad que ni merece la pena hacer nada para contrarrestarla.

Ante la gravedad de la situación y al evidenciarse que la corrupción ya había llegado a las más altas esferas del poder y la Administración Pública, desde el año 2001 se han tomado iniciativas e imple-mentado acciones para fortalecer al Estado Peruano frente a la corrupción establecida en su burocra-cia, reformulando procedimientos administrativos, acelerando procesos judiciales para sancionar a los actores involucrados en los actos corruptos y formulando abundante normatividad para asegurar el correcto funcionamiento de la administración pública y el adecuado uso de los fondos públicos.

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61Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Proyección de futuro de la Ética en la Función Pública en Perú: los desafíos

En la coyuntura que hemos descrito es importante considerar que, después de tocar fondo, ahora estamos en esa etapa del proceso en la que ya está tomada la decisión de cambiar las cosas, y que este cambio sólo es posible desde la promoción de la ética pública, tanto en su dimensión de la fun-ción pública como de la participación ciudadana. En este contexto se puede hablar de tres grandes retos a enfrentar:

Que la administración pública cumpla con su finalidad, que es el servicio a la ciuda-danía

Implica un nivel de sensibilización para que cuando un funcionario se desempeñe profesional-mente tenga en cuenta que todo lo que realiza dentro de la administración estatal tiene sentido cuando se orienta a servir más y mejor a la población.

Supone la necesidad de incorporar el enfoque de derechos dentro de la administración estatal, que permitirá asumir que todo lo que se realiza en el aparato público tiene sentido cuando se promueve la valoración de la dignidad humana, con lo que el Estado se orientará cada vez más y con mayor energía al servicio de la población.

Que se erradiquen las prácticas de corrupción aún existentes en la administración pública

Requiere fortalecer la ética pública no sólo en la función pública, esto es, con autoridades esta-tales, sino también en el ejercicio de la ciudadanía, para asumir que mientras persistan no sólo se debilita la propia administración estatal, sino también y sobre todo, se vulneran los derechos de los ciudadanos y ciudadanas de nuestro país.

Promoción de la vigilancia ciudadana

Demanda que se asuma que, estando ya reglamentado este mecanismo por diversas normas, se asuma tanto por parte de los funcionarios públicos como por parte de la propia ciudadanía que implica el ejercicio del derecho a la participación ciudadana y es un elemento clave para el fortalecimiento de la democracia y el control que la sociedad civil puede y debe ejercer sobre las actividades del Estado.

Casos prácticos: delitos de corrupción en el ejercicio de la función pública

El Código Penal Peruano, en el Titulo XVIII del Libro II, presenta los hechos merecedores de sanción bajo la denominación de “Delitos contra la Administración Pública”, donde se incluyen tanto los actos ilícitos que generan riesgos de corrupción como las acciones de los funcionarios públicos consideradas como corruptas. La mejor forma de conocer qué es la concusión, colusión o peculado es trasladar estas nociones legales a situaciones prácticas que ejemplifiquen estos y otros actos de corrupción sancionados por la ley.

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Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación62

Caso Delito Sanción

Juan, regidor de una municipa-lidad, ha dispuesto que se ex-cluya del Programa del Vaso de Leche a las gestantes que no vistan un polo con el rostro del alcalde distrital, que postulará a la reelección en los comicios de noviembre. Partidarios del alcalde regalan los polos a las gestantes.

Abuso de autoridad condicionan-do ilegalmente a la entrega de bienes y servicios (artículo 376-A). El que, valiéndose de su condi-ción de funcionario o servidor público, condiciona la distribución de bienes o la prestación de servicios correspon-dientes a programas públicos de apo-yo o desarrollo social, con la finalidad de obtener ventaja política y/o elec-toral de cualquier tipo en favor propio o de terceros.

Pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilita-ción -de acuerdo con los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal-.

El ministro de justicia nombra como asesor en asuntos peni-tenciarios a una persona que tiene antecedentes policiales y penales. Esta persona acepta el nombramiento.

Nombramiento o Aceptación ile-gal de cargo (artículo 381). El fun-cionario público que hace un nombra-miento para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales.

Sesenta a ciento veinte días-multa.

El gerente de servicios de una municipalidad está cobrando 100 nuevos soles mensuales a los ciudadanos de un barrio residencial por el servicio de limpieza, pese a que es íntegra-mente solventado por los tribu-tos que percibe la comuna. El gerente indicó a los vecinos que en su barrio los servidores pú-blicos deben duplicar esfuerzos, por lo que no le prestarán la atención necesaria de no recibir el pago adicional.

Concusión (artículo 382).El funcio-nario o servidor público que, abusan-do de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebida-mente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial.

Pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.

La imprenta «LA IDÉNTICA E.I.R.L», de propiedad del señor Fernando Fernández, provee de manera casi exclusiva los ser-vicios de impresión al Hospital Regional Miguel Grau, pese a que los costos de sus servicios son altos y de mala calidad. El señor Fernández tiene un acuer-do con el Director Regional de Salud, quien siempre preside el Comité de Selección, que le permite resultar favorecido en los concursos pese a que otros postores ofrecen mejores con-diciones de servicio.

Colusión (artículo 384). El funcio-nario o servidor público que, en los contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o cual-quier otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o comisión especial defrauda al Esta-do o entidad u organismo del Estado, según ley, concertándose con los in-teresados en los convenios, ajustes, liquidaciones o suministros.

Pena privativa de libertad no menor de tres ni ma-yor de quince años.

63Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Caso Delito Sanción

Gonzalo, miembro del direc-torio del organismo regulador de la inversión en telefonía en el país, mantiene una relación de asesoría con la empresa Asia Mobile Corporation y reiterada-mente conversa con los otros miembros del directorio respec-to de las bondades de los ser-vicios de dicha compañía y de la conveniencia de aprobar su solicitud de ingreso al mercado nacional, aunque no reúna los requisitos preestablecidos por las normas.

Patrocinio ilegal (artículo 385). El que, valiéndose de su calidad de fun-cionario o servidor público, patrocina intereses de particulares ante la ad-ministración pública.

Pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas.

La señora María Martínez, quien se desempeña como tesorera de la Empresa de Saneamiento de Agua de Manzanilla, sema-nalmente presenta la rendición de cuentas de la Caja Chica. Se ha verificado que realiza con-sumos en restaurantes y com-pras en establecimientos co-merciales con los fondos de la Municipalidad. En algunos de los casos ha empleado cauda-les destinados al Programa del Vaso de Leche.

Peculado (artículo 387). El funcio-nario o servidor público que se apro-pia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo.

Pena privativa de la liber-tad no menor de dos ni mayor de ocho años.

Constituye circunstancia agravante si los caudales o efectos estuvieran des-tinados a fines asistenciales o a pro-gramas de apoyo social.

Pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de diez.

Como parte del cobro de una deuda, un juez dispuso el se-cuestro de los bienes muebles de un empresario, entre los cuales se encontró un horno industrial. Dicho magistrado decide usar el horno industrial secuestrado, y empieza a hor-near y comercializar panes y pasteles.

Peculado por uso (artículo 388). El funcionario o servidor público que, para fines ajenos al servicio usa o permite que otro use vehículos, má-quinas o cualquier otro instrumento de trabajo pertenecientes a la admi-nistración pública o que se hallan bajo su guarda. Esta disposición es aplicable al con-tratista de una obra pública o a sus empleados cuando los efectos indi-cados pertenecen al Estado o a cual-quier dependencia pública.No están comprendidos en este artí-culo los vehículos motorizados desti-nados al servicio personal por razón del cargo.

Pena privativa de libertad no mayor de cuatro años.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación64

Caso Delito Sanción

Eustaquio fue detenido en la Garita de Pucusana por un ins-pector de Transporte, quien le exigió la presentación del Per-miso de Transporte de carga. De acuerdo con la norma, quien no cuenta con dicho permiso debe ser sancionado con una multa de 350 nuevos soles. Eustaquio no tenía el documento solicita-do, pero tras una «persuasiva plática», el inspector decidió aceptar su ofrecimiento de 50 nuevos soles para no imponerle la multa.

Cohecho pasivo propio (artículo 393). El funcionario o servidor públi-co que acepte o reciba donativo, pro-mesa o cualquier otra ventaja o bene-ficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones o el que las acepta a consecuencia de haber faltado a ellas.

Pena privativa de libertad no menor de cinco ni ma-yor de ocho años.

El funcionario o servidor público que solicita, directa o indirectamente, do-nativo, promesa o cualquier otra ven-taja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligacio-nes o a consecuencia de haber faltado a ellas.

Pena privativa de libertad no menor de seis años ni mayor de ocho.

El funcionario o servidor público que condiciona su conducta funcional de-rivada del cargo o empleo a la entre-ga o promesa de donativo o ventaja.

Pena privativa de libertad no menor de ocho ni ma-yor de diez años.En todos los supuestos, el funcionario público podrá ser inhabilitado.

Cecilia recurre a la jefa de pro-gramación de la Sala de Ope-raciones del Hospital de San Fermín para conseguir, a la bre-vedad posible, el internamiento de un familiar que debe ser so-metido a una intervención qui-rúrgica urgente. Al obtener una respuesta nega-tiva, Cecilia decide enviarle un costoso regalo a la funciona-ria pública, quien, en señal de agradecimiento, decide brindar-le una pronta atención al fami-liar de la amable ciudadana.

Cohecho pasivo impropio (artí-culo 394). El funcionario o servidor público que acepte o reciba donati-vo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a su obligación, o como conse-cuencia del ya realizado.

Pena privativa de liber-tad no menor de cuatro ni mayor de seis años.

El funcionario o servidor público que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja indebida para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a su obligación, o como consecuencia del ya realizado.

La pena será no menor de cinco años ni mayor de ocho.

En ambos supuestos, el funcionario o servidor pú-blico podrá ser inhabilita-do.

65Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Caso Delito Sanción

Juan se desempeña como juez especializado en lo penal y tie-ne a su cargo el proceso judicial seguido contra Mario por el de-lito de homicidio.Antes de concluir el juicio, Juan se comunica con la familia de Mario y le ofrece emitir una sentencia absolutoria a cambio de 1,000 nuevos soles.

Cohecho Pasivo específico (ar-tículo 395). El Magistrado, Árbitro, Fiscal, Perito, Miembro de Tribunal Administrativo o cualquier otro análo-go a los anteriores que bajo cualquier modalidad acepte o reciba donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, a sabiendas que es hecho con el fin de influir o decidir en asunto sometido a su conocimiento o com-petencia.

Pena privativa de libertad no menor de seis ni ma-yor de quince años, inha-bilitación así como días-multa (180 a 365).

El Magistrado, Árbitro, Fiscal, Perito, Miembro de Tribunal Administrativo o cualquier otro análogo a los ante-riores que bajo cualquier modalidad solicite, directa o indirectamente, do-nativo, promesa o cualquier otra ven-taja o beneficio, con el fin de influir en la decisión de un asunto que esté sometido a su conocimiento.

Pena privativa de liber-tad no menor de ocho ni mayor de quince años, in-habilitación y días-multa (365 a 700).

En ambos supuestos, el funcionario o servidor pú-blico podrá ser inhabilita-do.

Pedro, secretario judicial, acep-ta el pago de 500 nuevos soles para demorar la tramitación de un expediente.

Corrupción pasiva de auxiliares jurisdiccionales (artículo 396). Si en el caso del artículo 395, el agente es secretario judicial, relator, especia-lista, auxiliar jurisdiccional o cualquier otro análogo a los anteriores.

Pena privativa de libertad no menor de cinco ni ma-yor de ocho años e inha-bilitación.

Las conductas de Eustaquio, detenido en la Garita de Pucu-sana por no contar con el Per-miso de Transporte de carga, y de Cecilia, que envió un regalo a la jefa de programación de la Sala de Operaciones del Hospi-tal de San Fermín, son ejemplos de cohecho activo genérico.

Cohecho activo genérico (artículo 397). El que, bajo cualquier modali-dad, ofrece, da o promete a un fun-cionario o servidor público donativo, promesa, ventaja o beneficio para que realice u omita actos en violación de sus obligaciones.

Pena privativa de liber-tad no menor de cuatro ni mayor de seis años.

El que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete donativo, ven-taja o beneficio para que el funciona-rio realice u omita actos propios del cargo o empleo, sin faltar a su obli-gación.

Pena privativa de libertad no menor de tres ni ma-yor de cinco años.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación66

Caso Delito Sanción

El presidente de la empresa transnacional armenia Tavush Jungle Corporation decide am-pliar sus inversiones en activi-dades minero-extractivas en el Perú. Luego de un estudio de mercado, toma conciencia de que el costo de inversión es muy alto, especialmente en la fase de exploración. Por ello de-cide negociar con un alto fun-cionario de la entidad encar-gada de brindar permisos de exploración y explotación para que «flexibilice» las condiciones establecidas en la ley. En espe-cial, le solicita que no aplique a Tavush Jungle la norma que obliga a reforestar los bosques tras las actividades explorado-ra y extractiva. Para obtener la ventaja, el presidente de Tavush Jungle ofrece pagar los estudios universitarios del hijo mayor del funcionario en la universidad más prestigiosa de Inglaterra.

Cohecho activo transnacional (ar-tículo 397-A). El que, bajo cualquier modalidad, ofrezca, otorgue o pro-meta directa o indirectamente a un funcionario o servidor público de otro Estado o funcionario de organismo in-ternacional público donativo, prome-sa, ventaja o beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona, para que dicho fun-cionario público realice u omita actos propios de su cargo o empleo, en vio-lación de sus obligaciones o sin faltar a su obligación para obtener o retener un negocio u otra ventaja indebida en la realización de actividades económi-cas o comerciales internacionales.

Pena privativa de la liber-tad no menor de cinco ni mayor de ocho años.

José, abogado litigante que de-fiende a una persona que ha cometido el delito de malversa-ción de fondos, decide ofrecerle una suma de dinero al juez que conoce el proceso con el propó-sito de que emita una sentencia absolutoria.

Cohecho activo específico (artícu-lo 398). El que, bajo cualquier moda-lidad, ofrece, da o promete donativo, ventaja o beneficio a un Magistrado, Fiscal, Perito, Árbitro, Miembro de Tri-bunal Administrativo o análogo con el objeto de influir en la decisión de un asunto sometido a su conocimiento o competencia.

Pena privativa de libertad no menor de cinco ni ma-yor de ocho años e inhabi-litación accesoria.

Cuando el donativo, promesa, venta-ja o beneficio se ofrece o entrega a un secretario, relator, especialista, auxi-liar jurisdiccional, testigo, traductor o intérprete o análogo.

Pena privativa de liber-tad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e in-habilitación accesoria.

Si el que ofrece, da o corrompe es abogado o forma parte de un estudio de abogados.

Pena privativa de libertad será no menor de cinco ni mayor de ocho años e inhabilitación accesoria y días-multa (180 a 365).

67Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Caso Delito Sanción

Armando, jefe de la XX Región Policial, hace constantes llama-das telefónicas al suboficial en-cargado de la investigación al hijo del director general de un organismo público descentrali-zado, quien fue hallado condu-ciendo en estado etílico. Arman-do pregunta insistentemente por el caso, sin embargo, no ha sugerido directamente que la investigación se resuelva a fa-vor ni en contra del infractor.

Negociación incompatible o Apro-vechamiento indebido de cargo (artículo 399). El funcionario que indebidamente en forma directa o in-directa o por acto simulado se intere-sa, en provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo.

Pena privativa de liber-tad no menor de cuatro ni mayor de seis años e in-habilitación.

Marco está siendo procesado por causar lesiones graves a Rafaela en un accidente auto-movilístico. Marco se encontra-ba en estado etílico cuando se produjo el accidente. Getulio, que es fiscal y amigo cercano del juez del proceso, le ofrece a la familia de Marco in-terceder para que la sentencia sea benévola con el infractor de la legislación penal a cambio de una suma de dinero.

Tráfico de influencias (artículo 400). El que, invocando o teniendo influencias reales o simuladas recibe, hace dar o prometer para sí o para un tercero, donativo o promesa o cual-quier otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor público que ha de conocer, esté conociendo o haya conocido un caso judicial o adminis-trativo.

Pena privativa de liber-tad no menor de cuatro ni mayor de seis años.

Si el agente es un funcionario o servi-dor público, la pena será mayor.

Pena privativa de liber-tad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e inhabilitación.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación68

Caso Delito Sanción

Al acceder a la función pública, un viceministro no declaró par-te importante de su patrimonio. Ello generó que no se conociera la procedencia de sus bienes y resultara evidente un desbalan-ce importante en su patrimonio durante el ejercicio de su fun-ción. Es decir, lo que percibió como funcionario público no correspondía con lo declarado como patrimonio.

Enriquecimiento ilícito (artículo 401). Se considera que existe indicio de enriquecimiento ilícito cuando el aumento del patrimonio y/o del gas-to económico personal del funcionario o servidor público, en consideración a su declaración jurada de bienes y rentas, es notoriamente superior al que normalmente haya podido tener en virtud de sus sueldos o emolumen-tos percibidos, o de los incrementos de su capital, o de sus ingresos por cualquier otra causa lícita.

El funcionario o servidor público que ilícitamente incrementa su patrimo-nio, respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda justificar razonable-mente.

Pena privativa de libertad no menor de cinco ni ma-yor de diez años e inhabi-litación.

Si el agente es un funcionario públi-co que haya ocupado cargos de alta dirección en las entidades u organis-mos de la administración pública o empresas estatales, o esté sometido a la prerrogativa del antejuicio y la acusación constitucional.

Pena será no menor de ocho ni mayor de diecio-cho años e inhabilitación.

5.5 La ética pública en el ejercicio de la ciudadanía

Partiendo de una concepción de ciudadanía entendida como síntesis entre la justicia y la pertenencia, en el sentido de que será ciudadano “alguien que se sabe perteneciente a una comunidad política,

que sabe que está inscrito en su comunidad política, pero […] que quiere que esa comunidad sea justa18”, resulta necesario hablar de una ética pública en el ejercicio ciudadano o ética ciudadana como componente esencial, ya que será justa aquella sociedad que concrete el fin último del Bien Común.

Desde esta ciudadanía ética y, como plantea Adela Cortina19, es necesario que como ciudadanos asu-mamos un rol protagónico, participativo y comprometido con la realidad que nos rodea, desarrollando niveles de organización a través de redes que fortalezcan el tejido social, para enfrentar con un ca-rácter propositivo, desde el diálogo y de forma concertada con el Estado, ya no las problemáticas del entorno sino más bien sus alternativas de solución.

Desde esta ciudadanía ética la actitud ante la corrupción ya no se queda en la indiferencia, la descon-fianza, el rechazo o la aceptación resignada de un orden de cosas que es en esencia injusto porque niega derechos esenciales de las mayorías y, con ello, limita las posibilidades de consecución del Bien Común que nos orienta y alienta. Se torna más bien en la actitud siempre inconformista e incansable de quien asume la corrupción como un reto permanente de ser mejores como personas, como ciuda-danos y como sociedad, de quien ha aprendido la necesidad de soñar utopías porque sabe que esos

18 Planteamiento desarrollado por Adela Cortina en la conferencia “Ética, ciudadanía y modernidad”. http://www.usma.ac.pa

19 CORTINA, Adela. Obra citada.

69Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

sueños que parecen inalcanzables hoy son la garantía del avance de mañana.

El desarrollo moral según Lawrence Kolhberg

Si concebimos esa ética ciudadana como el camino a transitar para llegar a concretar los fines de la sociedad y también para enfrentar el problema de la corrupción que limita nuestras posibilidades de alcanzarlos, se hace especialmente importante que todos desarrollemos esa capacidad para reflexio-nar éticamente sobre la realidad, posicionarnos críticamente ante ella y tomar decisiones que ayuden a crecer al colectivo de la sociedad y, con ello, a nosotros mismos también. Se trata entonces de promover y facilitar un proceso de desarrollo moral en el que puede ayudarnos la teoría planteada por Lawrence Kolhberg, que se centra en el proceso lógico que se pone en marcha cuando los valores adquiridos entran en conflicto (dilema moral), porque es entonces cuando verdaderamente se ejercita el juicio moral, y que puede resumirse en dos etapas fundamentales:

Se produce un desequilibrio: entra en conflicto el sistema de valores personal.1.

Hay que restaurar el equilibrio: asimilando el problema, sus consecuencias... o acomodando su 2. pensamiento para abordar la crisis e idear cómo resolver los conflictos del sistema de valores.

Según Kolhberg, el ejercicio del juicio moral es un proceso cognitivo que nos permite reflexionar so-bre nuestros valores y ordenarlos en una jerarquía lógica. Esto no se limita a momentos puntuales o extraordinarios de nuestra vida, sino que es integrante del proceso de pensamiento que empleamos para dar sentido a los conflictos morales que surgen en la vida diaria. Partiendo de este planteamiento general propone, sobre la base del concepto de desarrollo en estadíos desarrollada por Piaget (su teoría de la evolución del juicio moral), un proceso formativo que supone pasar por tres estadíos cen-trales: nivel preconvencional, convencional y postconvencional. Veámoslo con un ejemplo.

Lee el siguiente texto y responde a las preguntas que te plantea a continuación20.

Dilema de Heinz

En Europa hay una mujer que padece un tipo especial de cáncer y va a morir pronto. Hay un medicamento que los médicos piensan que la puede salvar. Es una forma de radio que un farmacéutico de la misma ciudad aca-ba de descubrir. La droga es cara, pero el farmacéutico está cobrando diez veces lo que le ha costado a él hacerla. Él pagó 200 dólares por radio y está cobrando 2000 dólares por una pequeña dosis del medicamento.

El esposo de la mujer enferma, Heinz, acude a todo el mundo que conoce para pedir prestado el dinero, pero sólo puede reunir unos 1,000 dólares, que es la mitad de lo que cuesta. Le dice al farmacéutico que su esposa se está muriendo y le pide que le venda el medicamento más barato o le deje pagar más tarde. El farmacéutico dice: “No, yo lo descubrí y voy a sacar dinero de él. Heinz está desesperado y piensa en atracar el establecimiento para robar la medicina para su mujer.

1. ¿Debe Heinz robar la medicina? Sí No

¿Por qué? _______________________________________________________________________________________________________

20 Fuente: http://www.acfilosofia.org

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación70

2. Si Heinz no quiere a su esposa, ¿debe robar la droga para ella?

Sí No

¿Por qué? _______________________________________________________________________________________________________

3. Suponiendo que la persona que se muere no es su mujer, sino un ex-traño, ¿debe Heinz robar la medicina para un extraño?

Sí No

¿Por qué? _______________________________________________________________________________________________________

4. Supongamos que en lugar de tratarse de su esposa, es su mascota a la que quiere mucho la que está enferma, ¿debe robar para salvar al animal?

Sí No

¿Por qué? _______________________________________________________________________________________________________

5. ¿Está en contra de la ley el que Heinz robe? ¿Lo hace esto moralmente malo?

¿Por qué? _______________________________________________________________________________________________________

6. ¿Qué valores entran en conflicto en este dilema moral?

_______________________________________________________________________________________________________________

7. ¿Por qué crees que se Kholberg llama a este tipo de casos dilemas mo-rales?

_______________________________________________________________________________________________________________

A partir de los dilemas morales y más concretamente de las respuestas que se dan al conflicto que se plantea, Kolhberg considera que se puede identificar la etapa del desarrollo moral en el que se encuentra la persona. Así, tomando como referencia el caso de Heinz se puede hablar de…

Nivel Preconvencional: caracterizado por tomar como referente fundamental para la toma de decisiones la relación directa de las conductas con la existencia de un premio o un castigo, que se asocian de esta forma a lo bueno y lo malo de acuerdo a las consecuencias que generan las propias acciones.

a.

71Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Las personas que adoptan esta perspectiva se centrarían en cuestiones como:

¿Se castigará a Heinz por robar la medicina?•

¿Puede Heinz vivir sin su esposa?•

¿No robaría cualquier hombre por salvar la vida de su esposa si la necesita-• ra?

Nivel Convencional: caracterizado por tomar como referente fundamental para la toma de decisiones las normas legales y morales establecidas por la sociedad para organizar la convi-vencia y que establecen las expectativas colectivas en cuanto a las conductas de los ciudada-nos, a lo que se espera que hagan y no hagan, y que de esta forma se asocian a lo bueno y lo malo.

Las personas que adoptan esta perspectiva se centrarían en cuestiones como:

¿No se esperaría de un buen marido que hiciera todo lo que pudiera por salvar • a su esposa?

¿No ayudarían las autoridades a Heinz a solucionar su problema sin tener que • robar?

¿Puede una sociedad sobrevivir si le permite a sus miembros que rompan la • ley en tales situaciones?

Nivel Postconvencional: caracterizado por tomar como referente fundamental para la toma de decisiones los principios morales y valores éticos asumidos como propios, que para estas personas se convierten en lo bueno, en un nivel superior y, por tanto, que genera un mayor compromiso que las normas y leyes.

Las personas que adoptan esta perspectiva se centrarían en cuestiones como:

¿Es este un ejemplo de cómo romper la ley que se pudiera justificar moral-• mente por la necesidad de salvar la vida de una víctima inocente?

¿Pueden las leyes de esta sociedad modelarse de manera que se prevenga la • pérdida de vidas inocentes al tiempo que se mantenga el derecho del farma-céutico a su propiedad?

La propuesta de Kohlberg supone la distinción no sólo de tres estadíos centrales, sino también de las etapas más específicas que los constituyen y cuyas características principales se pueden sintetizar en el siguiente cuadro21:

21 Cuadro elaborado por Carlos Portillo Fernández. Fuente: http://ficus.pntic.mec.es

b.

c.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación72

Nivel Etapa Perspectiva Concepto de justicia Motivación para hacer lo justo

Nivel I: Moral Preconvencio-nalLas decisiones morales en este nivel responden a una visión egocéntrica y están determi-nadas por las consecuencias directas de las acciones, bus-cando satisfacer los intereses personales y evitar los casti-gos.

Etapa 1: el castigo y la obediencia (heterono-mía)

Es propio el egocéntri-co, no se reconocen los intereses de los otros como diferentes a los propios. Las acciones se consideran sólo físi-camente, no se consi-deran las intenciones, y se confunde la perspec-tiva de la autoridad con la propia.

Lo justo es la obedien-cia ciega a la norma, evitar los castigos y no causar daños mate-riales a personas o cosas.

Las razones para hacer lo justo son evitar el castigo y el poder superior de las autoridades.

Etapa 2: el propósito y el intercam-bio (indivi-dualismo)

La característica es el individualismo con-creto. Se desligan los intereses de la auto-ridad y los propios, y se reconoce que todos los individuos tienen intereses que pueden no coincidir. De esto se deduce que lo justo es relativo, ya que está ligado a los intereses personales, y que es necesario un inter-cambio con los otros para conseguir que los propios intereses se satisfagan.

Lo justo en esta etapa es seguir la norma sólo cuando beneficia a alguien, actuar a favor de los intereses propios y dejar que los demás lo hagan también.

La razón para hacer lo justo es satisfacer las propias necesida-des en un mundo en el que se tiene que reconocer que los demás también tienen sus necesi-dades e intereses.

73Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Nivel Etapa Perspectiva Concepto de justicia Motivación para hacer lo justo

Nivel II: Moral ConvencionalLas decisiones morales en este nivel tienen que ver con el proce-so de socializa-ción del indivi-duo, partiendo del espacio más cercano de las relaciones interpersonales para llegar a la abstracción que representa la so-ciedad y las nor-mas que regulan su convivencia.

Etapa 3: expectativas, relaciones y conformidad interpersonal (mutualidad)

La perspectiva de esta etapa consiste en ponerse en el lugar del otro: es el punto de vista del individuo en relación con otros individuos. Se desta-can los sentimientos, acuerdos y expectati-vas compartidas, pero no se llega aún a una generalización de estos sentimientos y relacio-nes al conjunto de la sociedad.

Lo justo es vivir de acuerdo con lo que las personas cercanas a uno esperan. Significa aceptar el papel de buen hijo, amigo, her-mano, etc. Ser bueno significa tener buenos motivos y preocu-parse por los demás, también mantener relaciones mutuas de confianza, lealtad, respeto y gratitud.

La razón para hacer lo justo es la necesidad que se siente de ser una buena perso-na ante sí mismo y ante los demás, preocuparse por los demás y la con-sideración de que, si uno se pone en el lugar del otro, quisiera que los demás hicieran lo mismo.

Etapa 4: sis-tema social y conciencia (ley y orden)

El punto de vista desde el cual el individuo ejer-ce su moral se identi-fica con el del sistema social que define los papeles individuales y las reglas de comporta-miento. Las relaciones individuales se consi-deran en función de su lugar en el sistema social y se es capaz de diferenciar los acuerdos y motivos interper-sonales del punto de vista de la sociedad o del grupo social que se toma como referencia.

Lo justo es cumplir los deberes que previa-mente se han acepta-do ante el grupo. Las leyes deben cumplirse salvo cuando entran en conflicto con otros deberes sociales esta-blecidos. También se considera como parte de lo justo la contri-bución a la sociedad, grupo o instituciones.

Las razones para hacer lo que está bien son mantener el funcionamiento de las institucio-nes, evitar la diso-lución del sistema, cumplir los impera-tivos de conciencia (obligaciones acep-tadas) y mantener el autorrespeto.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación74

Nivel Etapa Perspectiva Concepto de justicia Motivación para hacer lo justo

Nivel III: Moral Postcon-vencional o basada en principios.Las decisiones morales en este nivel tienen su origen en el con-junto de princi-pios, derechos y valores que pueden ser ad-mitidos por to-das las personas que componen la sociedad, en-tendiéndose ésta como una aso-ciación destinada a organizarse de un modo justo y beneficioso para todos sin excepción.

Etapa 5: derechos previos y contrato so-cial (utilidad)

Se parte de una pers-pectiva previa a la de la sociedad: la de una persona racional con valores y derechos anteriores a cualquier pacto o vínculo social. Se integran las dife-rentes perspectivas individuales mediante mecanismos formales de acuerdo, contrato, imparcialidad y pro-cedimiento legal. Se toman en consideración la perspectiva moral y la jurídica, destacán-dose sus diferencias y encontrándose difícil conciliarlas.

Lo justo consiste en ser consciente de la diversidad de valores y opiniones y de su origen relativo a las características propias de cada grupo y cada individuo. Consiste también en respetar las reglas para ase-gurar la imparcialidad y el mantenimiento del contrato social. Se suele considerar una excepción por encima del contrato social el caso de valores y derechos como la vida y la libertad, que se ven como absolutos y deben, por tanto, respetarse en cual-quier sociedad, incluso a pesar de la opinión mayoritaria.

La motivación para hacer lo justo es la obligación de respetar el pacto social para cumplir y hacer cumplir las leyes en beneficio propio y de los demás, prote-giendo los dere-chos propios y los ajenos. La familia, la amistad, la con-fianza y las obliga-ciones laborales se sienten como una parte más de este contrato aceptado libremente. Existe interés en que las leyes y deberes se basen en el cálculo racional de la utilidad general, proporcionando el mayor bien para el mayor número de personas.

Etapa 6: princi-pios éticos universales (autonomía)

En esta etapa se alcan-za por fin una perspec-tiva propiamente moral de la que se derivan los acuerdos sociales. Es el punto de vista de la racionalidad, según el cual todo individuo racional reconocerá el imperativo categórico de tratar a las personas como lo que son, fines en sí mismas, y no como medios para con-seguir ninguna ventaja individual o social.

Lo que está bien, lo justo, es seguir los principios éticos uni-versales que se descu-bren por el uso de la razón. Las leyes par-ticulares y acuerdos sociales son válidos porque se basan en esos principios y, si los violaran o fueran en contra de ellos, deberá seguirse lo indicado por los principios. Los principios son los prin-cipios universales de la justicia: la igualdad de derechos de los seres humanos y el respeto a su dignidad de individuos. Éstos no son únicamente valores que se recono-cen, sino que además pueden usarse eficien-temente para generar decisiones concretas.

La razón para ha-cer lo justo es que, racionalmente, se ve la validez de los principios y se llega a un com-promiso con ellos. Este es el motivo de que se hable de autonomía moral en esta etapa.

75Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

La importancia de la propuesta del desarrollo moral de Kolhberg es que nos plantea un camino a seguir en un proceso de formación para pasar de una moral heterónoma a una autónoma, lo que supone22:

Moral heterónoma Moral autónoma

Relaciones interpersonales de coerción Relaciones interpersonales basadas en la igual-dad.

Percepción egocéntrica del mundo y de las rela-ciones sociales.

Superación del egocentrismo y aparición de con-ductas autónomas.

Prioridad del deber y la obligación por encima del bien y la autonomía.

Prioridad de la cooperación y el bien por encima de la imposición y el deber.

La promoción de la ética ciudadana puede centrarse entonces en el desarrollo de un proceso for-mativo orientado a promover que la mayoría de ciudadanos llegue a ese nivel postconvencional del desarrollo moral en el que el criterio fundamental para juzgar un hecho moral y tomar decisiones que orienten las conductas son los principios y valores éticos.

Casos prácticos: los dilemas morales

La dinámica de trabajo para promover este proceso de desarrollo moral se puede planificar entonces promoviendo la reflexión ética a partir de conflictos planteados bajo la modalidad de dilemas morales. Pero, qué es entonces un dilema moral.

Un dilema moral es una narración breve redactada como una historia en la que se cuenta un hecho real o bien una situación imaginaria pero que puede darse en la realidad, y que encierra un conflicto moral, es decir, una decisión ante la que sólo se tienen dos opciones entre las que se debe elegir, ambas posibles y con argumentos para ser defendidas y que confrontan valores morales.

22 PUIG, JOSEP M. I MARTÍN ,XUS. L’educació moral a l’escola. Teoria i pràctica. Ed. Cat.: Edebé, 2000. http://www.xtec.ca

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación76

El desarrollo de estos dilemas permite de forma general a los ciudadanos y ciudadanas:

Ejercitarse en el proceso de toma de decisiones en situaciones de conflicto moral.•

Anticiparse a situaciones de conflicto moral, poniendo en práctica e interiorizando unas pautas • generales para enfrentarlos que faciliten el desarrollo del proceso en situaciones reales.

Evaluar qué valores están determinando las respuestas individuales en situaciones de conflicto • moral.

Veamos la aplicación de estos dilemas morales a una situación de conflicto relacionada con un acto de corrupción, desde dos perspectivas distintas pero complementarias.

EL DILEMA DEL CIUDADANO

En una oficina de Migraciones se presenta una ciudadana, María, para realizar un trámite que le dice al funcionario de turno que es superurgente porque ha sido becada para estudiar su posgrado en una de las mejores universidades de Estados Unidos, su viaje está programado para ese mismo día en la noche, pero se acaba de dar cuenta que su pasaporte está vencido y necesita renovarlo. Ramírez, el empleado, le dice que siendo ya las 11 de la mañana le estarían entregando el pasaporte al día siguiente, que tendría que haber ido a primera hora de la mañana y a las 2 de la tarde se lo hubiesen entregado sin mayor problema. La ciudadana le pide que le apoye, mostrándole todos los documentos que acreditan lo que le ha dicho e incluso su pasaje. El funcionario le insiste en que, sintiéndolo mucho, las normas son las normas y al día siguiente podrán entregarle el pasaporte. La ciudadana le insiste, suplicán-dole que no sea malito, que es la oportunidad de su vida, que ha luchado mucho para poder tener esa oportunidad. El funcionario le dice que para entregarle el documento ese día además tendría que quedarse un tiempo extra que nadie le va a reconocer, pero que como tiene su corazoncito, si le colabora con unos 10 soles para su almuerzo puede tenerlo para la primera hora de la tarde.

Ahora respondamos a las siguientes preguntas:

¿Qué consecuencias positivas y negativas le puede generar a la ciudadana pagar los 10 soles? • ___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué consecuencias positivas y negativas le puede generar a la ciudadana no pagar los 10 so-• les?

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

77Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

¿• Debe la ciudadana aceptar el ofrecimiento del funcionario público para recibir el pasaporte en

la tarde y poder viajar? Sí No

¿Por qué? ____________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Est• á contra la ley el que un funcionario solicite dinero a un ciudadano para agilizar un trámi-

te? Sí No

¿Por qué? ____________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué harías tú si fueras la ciudadana?•

___________________________________________________________________________

¿Por qué? ____________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Cómo se podría haber evitado el llegar a esta situación?•

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué valores entran en conflicto en este dilema? •

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

Y ahora veamos el mismo caso, pero desde una mirada distinta.

EL DILEMA DEL FUNCIONARIO PÚBLICO

En una oficina de Migraciones se presenta una ciudadana, María, para realizar un trámite que le dice al funcionario de turno que es superurgente porque ha sido becada para estudiar su posgrado en una de las mejores universidades de Estados Unidos, su viaje está programado para ese mis-mo día en la noche, pero se acaba de dar cuenta que su pasaporte está vencido y necesita renovarlo. Ramírez, el empleado, le dice que siendo ya las 11 de la mañana le estarían entregando el pasaporte al día siguiente, que tendría que haber ido a primera hora de la mañana y a las 2 de la tarde se lo hubiesen entregado sin mayor problema. La ciudadana le pide que le apoye, mostrándole todos los documentos que acreditan lo que le ha dicho e incluso su pasaje. El funcionario le insiste en que, sintiéndolo mucho, las normas son las normas y al día siguiente podrán entregarle el pasaporte. La ciudadana le insiste, suplicándole que no sea malito, que es la oportunidad de su vida, que ha luchado mucho para poder tener

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación78

esa oportunidad. El funcionario le dice que para entregarle el documento ese día además tendría que quedarse un tiempo extra que nadie le va a reconocer. La ciudadana, desesperada, le ofrece una colaboración de 100 soles por el servicio si le hace el favor de entregarle la partida a primera hora de la tarde.

Reflexionemos también sobre el dilema del funcionario público:

¿Qué consecuencias positivas y negativas le puede generar al funcionario público recibir los 100 • soles por agilizar el trámite de la renovación del pasaporte?

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué consecuencias positivas y negativas le puede generar al funcionario público no aceptar el • recibir los 100 soles por agilizar el trámite de la renovación del pasaporte?

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Debe el funcionario aceptar el ofrecimiento de la ciudadana para realizar la renovación del •

pasaporte en un plazo menor al habitual? Sí No

¿Por qué? ____________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Está con• tra la ley el que un funcionario reciba dinero a un ciudadano para agilizar un trámite?

Sí No

¿Por qué? ____________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué harías tú si fueras el funcionario?• ___________________________________________________________________________

¿Por qué? ____________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Cómo se podría haber evitado el llegar a esta situación? • ___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

¿Qué valores entran en conflicto en este dilema?• ___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

79Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

De esta forma, enfrentando dilemas morales, reales o supuestos pero representando hechos que pueden darse en la realidad, estamos promoviendo en las personas una suerte de metodología para enfrentar situaciones complejas como son siempre los conflictos de carácter moral, que podríamos resumir en los siguientes pasos:

Identificar las dos opciones que se tienen a la hora de tomar una decisión para enfrentar el con-1. flicto.

Identificar los valores que entran en conflicto en el dilema moral, evaluando la importancia que 2. tienen para nosotros.

Anticipar las consecuencias posibles y previsibles, de cualquiera de las opciones que se tienen, 3. tanto a nivel individual como colectivo.

Tomar una decisión, estando dispuestos a asumir la responsabilidad de las consecuencias que 4. pueda generar para nosotros.

Finalmente, se pueden plantear unas breves sugerencias metodológicas para la utilización de los di-lemas morales como estrategia metodológica que promueva una reflexión ética en las personas en el contexto de acciones de capacitación.

Reflexionar con los participantes, a partir de situaciones de la vida cotidiana, qué es un dilema y 1. qué será entonces un dilema moral.

Leer la historia del dilema moral, ya sea una persona en voz alta para todo el grupo o en lectura 2. silenciosa de forma individual.

Identificar el dilema moral que se plantea en la historia.3.

Promover la reflexión ética a partir de una serie de preguntas en las que se anticipen las conse-4. cuencias de las decisiones posibles y se identifiquen los valores que entran en conflicto.

Promover el posicionamiento y argumentación, ya sea de forma individual o grupal.5.

Promover el análisis de los argumentos planteados a nivel de consistencia.6.

Promover una actitud empática, es decir, de ser capaces de ponernos en el lugar del o los prota-7. gonistas del dilema. Por ejemplo, se puede dividir a todos los participantes en dos grupos, asu-miendo uno la posición a favor de una decisión y el otro en contra, para posteriormente cambiar los roles.

Extraer conclusiones sobre el caso analizado en particular y en la proyección de lo que se puede 8. aprender para su aplicación práctica en situaciones de la vida cotidiana.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación80

conclusiones de la capacitaciónVIDe forma general, se pueden plantear las siguientes conclusiones, a modo de decálogo, de todo el proceso de capacitación propuesto y desarrollado a partir de la presente guía.

La corrupción limita las posibilidades de un desarrollo humano y sostenible de la sociedad pe-1. ruana al debilitar el sistema democrático, incrementar la pobreza y los niveles de desigualdad, así como los niveles de conflictividad social.

La corrupción es un problema cuyas consecuencias nos afectan a todos, en la medida en que 2. limitan las posibilidades de alcanzar el Bien Común, por lo que la búsqueda de soluciones es y debe de ser también asunto de todos.

La lucha contra la corrupción debe orientarse tanto a la prevención (promoviendo la sensibiliza-3. ción, información y formación ética) como a la sanción (promoviendo una cultura de la denuncia y evitando la impunidad).

La lucha contra la corrupción demanda en el plano preventivo de promover el desarrollo mo-4. ral de autoridades, funcionarios y ciudadanía en general, para llegar a un nivel de madurez y autonomía que permita que nuestra actuación esté determinada por principios democráticos y valores éticos.

La lucha contra la corrupción cuenta con un marco normativo tanto a nivel internacional como 5. nacional que otorga tanto facultades como responsabilidades a las autoridades y funcionarios competentes.

La Defensoría del Pueblo está comprometida en la lucha contra la corrupción desde una labor 6. tanto preventiva desde procesos de sensibilización, información y formación, como de denuncia de aquellos actos de corrupción que merezcan ser sancionados.

La ética pública promueve que autoridades, funcionarios, ciudadanos y ciudadanas pensemos, 7. tomemos decisiones y actuemos pensando como proyecto colectivo, y basándonos en los valo-res éticos que lo sustentan.

El Estado tiene que plantear e implementar medidas para enfrentar de forma decidida la corrup-8. ción que limita la eficacia y efectividad de la administración pública.

La ciudadanía tiene la necesidad de fortalecer el tejido social desde la conformación de redes 9. de vigilancia ciudadana que permitan luchar contra la corrupción a partir de acciones de control y fiscalización.

Todos y cada uno de nosotros podemos y debemos sentir el compromiso de enfrentar la corrup-10. ción en las situaciones cotidianas del día a día, tanto las que nos afectan directamente como de las que somos testigos.

81Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación82

autovaluación de la capacitaciónVII

En todo proceso formativo siempre es bueno realizar una evaluación en relación a los aprendizajes desarrollados, que ahora tú mismo puedes realizar (autoevaluación) a partir de las siguientes

preguntas, para las que después encontrarás las claves de las respuestas.

1. ¿Cuándo podemos decir que un acto es corrupto?

a. Cuando se da un mal uso del poder y de los bienes públicos por parte de los funcionarios y au-toridades.

b. Cuando se da un mal uso del poder por parte de los políticos del poder ejecutivo y legislativo.

c. Cuando se da un mal uso del poder y de los bienes públicos con intención de obtener una ven-taja indebida.

d. Cuando se da un mal uso del poder y de los bienes públicos por parte de los ciudadanos y ciu-dadanas.

2. ¿Quién comete un acto de corrupción?

a. El político.

b. El funcionario público.

c. El ciudadano.

d. Las instituciones públicas.

3. ¿Qué diferencia hay entre un comportamiento ético y un comportamiento moral?

a. El comportamiento ético se basa en la búsqueda del Bien y el comportamiento moral en el cum-plimiento de las normas establecidas.

b. El comportamiento ético se basa en el cumplimiento de las normas establecidas y el comporta-miento moral en la búsqueda del Bien.

c. El comportamiento ético se basa en el código de ética y el comportamiento moral en los valo-res.

d. El comportamiento ético se basa en lo que está bien visto en la sociedad y el comportamiento moral en códigos de ética.

83Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

4. ¿Qué es la ética pública?

a. La actuación de los funcionarios públicos y ciudadanos concertando los intereses particulares con los colectivos.

b. La actuación de los gobernantes respetando las normas y leyes.

c. La actuación de las autoridades y funcionarios respetando los valores fundamentales de la so-ciedad.

d. La actuación de los funcionarios públicos y ciudadanos orientada a la búsqueda del Bien Co-mún.

5. ¿Cuál de las siguientes opciones recoge las principales alternativas de solución a la corrupción?

a. Sanciones más drásticas para los corruptos.

b. Comportamiento ético y denuncia de los actos corruptos.

c. Más leyes para combatir la corrupción.

d. Más información para la población.

6. ¿Qué factores debemos tener en cuenta para juzgar éticamente una acción?

a. Circunstancias, intención y consecuencias.

b. Circunstancias, valores y consecuencias.

c. Leyes, intención y consecuencias.

d. Valores, intención y leyes.

7. ¿Cómo podemos enfrentar un dilema moral?

a. Considerando qué decisión me beneficia más.

b. Considerando las posibles consecuencias de las decisiones.

c. Considerando cómo juzgarán los demás mi decisión.

d. Considerando las normas existentes.

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación84

8. Relaciona las siguientes acciones con los delitos a los que corresponden.

a. Delito de colusiónd. Cuando el funcionario público acepte o

reciba cualquier beneficio para realizar u omitir un acto.

b. Delito de cohecho pasivo

e. Cuando el funcionario público se apropia o utiliza, para sí o para otro, caudales o efectos que le han sido confiados a razón de su cargo.

c. Delito de peculado f. Cuando el funcionario público defrauda al Estado en los contratos, suministros, lici-taciones o concursos.

A continuación se presentan las soluciones a la ficha de autoevaluación, para que puedas comprobar el nivel de logro de los aprendizajes básicos propuestos:

1. C 2. B 3. A 4. D

5. B 6. A 7. B 8. a-f; b-d; c-e

85Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

aclarando conceptos

Ciudadanía: Hoy existen, al menos, cuatro corrientes filosófico-políticas claramente identificables que presentan visiones distintas de ciudadanía, las cuales enfatizan en uno u otro as-pecto de la semántica hasta ahora construida e incorporan nuevos elementos de análi-sis. Ellas son el liberalismo, el comunitarismo, el republicanismo y el multiculturalismo, esta última reconocida como corriente mixta.

Para el liberalismo, cuyo principal representante es John Rawls (1996), la categoría ciudadanía se configura a partir de la institucionalización de los derechos en las cartas de los Estados. Si bien esta doctrina reconoce la existencia de los deberes, privilegia los derechos y específicamente los derechos individuales; promueve en la formación de ciudadanía la capacidad de cuestionar la autoridad, involucrando la discusión públi-ca, y expresa confianza en una educación que reconozca el pluralismo y desarrolle el pensamiento crítico. Esta propuesta es cuestionada por delegar el cumplimiento de los derechos al Estado liberando a las personas de obligaciones y responsabilidades […]

La propuesta del nuevo comunitarismo de científicos sociales como Amitai Etzioni, Charles Taylor y Michael Walzer (Rojas, 2005), inspirada en postulados aristotélicos, parte de criticar al liberalismo por concebir al individuo como ser abstracto, sin raíces, descontextualizado y homogéneo. En oposición, reconoce en el ser humano además de las dimensiones económica y política, sus identidades, intereses, ideales, principios y valores; reivindica lo comunitario como el ambiente de lo humano, donde el sujeto se construye como ser social y a su vez construye lo social. Las comunidades definen lo correcto y establecen regulaciones; el conocimiento del bien humano se alcanza en los marcos de los fines comunitarios. Así, la ciudadanía presupone pertenencia a una comunidad e implica primacía del bien comunitario, lo cual supone civilidad y autocon-trol, virtudes que se aprenden y ejercitan en organizaciones voluntarias de la sociedad civil, tales como iglesias, familias y organizaciones cívicas. Los teóricos de la sociedad civil, desconocen la participación política como escenario de aprendizaje de virtudes, reduciendo la ciudadanía al aprendizaje de las mismas en el ámbito privado al cual se pertenece […]

El republicanismo cívico, como opción intermedia, busca integrar elementos del libe-ralismo y del comunitarismo. Tiene su origen en los postulados de Maquiavelo y Rous-seau, y sus principales representantes contemporáneos son Oldfield, Pockock, Skinner y Beiner (Ibid.). Enfatiza en la dimensión de la participación política en el ejercicio de la ciudadanía, reconoce la autonomía, el pluralismo, la libertad ligada al orden normativo, la ley como garantía de derechos, las instituciones colectivas, la propiedad indepen-diente, y los derechos como producto de la decisión colectiva de los ciudadanos. Uno de sus supuestos fundamentales es que la política es un medio de protección de la vida privada y por ello promueven el ejercicio de la ciudadanía activa que se expresa en participación y virtud pública. Zapata-Barrero puntualiza que para esta corriente, a diferencia de la liberal, la actividad ciudadana es transformadora […]

Finalmente, en la década de los 90 del siglo XX surgen propuestas alternativas que introducen cambios en la semántica del término ciudadanía enfatizando en el recono-cimiento de las diferencias. Frente a un supuesto de igualdad se plantea la realidad de la heterogeneidad de lo social, que se expresa en el marco de los procesos de

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación86

internacionalización y globalización (García Canclini, 1995). Los pluralistas culturales reconocen las diferencias reivindicadas por movimientos sociales feministas, étnicos y ecologistas, entre otros, y contemplan fenómenos contemporáneos, como el de las migraciones, que pone en cuestión la semántica tradicional que liga ciudadanía a nacio-nalidad. Se destacan como los principales representantes de la propuesta multicultural teóricos como Néstor García Canclini (1995), Will Kymlicka (1996) e Iris Young (1989). Esta última autora sostiene que una noción actualizada de ciudadanía debe considerar las diferencias, dando respuesta a las necesidades de grupos minoritarios que sólo pueden ser integrados a la cultura común si se adopta la concepción de “ciudadanía diferenciada”.

En el texto “Ciudadanía multicultural” Kymlicka (1996:13) señala que para mediados de los 90 la mayoría de los países son culturalmente diversos: los 184 Estados inde-pendientes contienen más de 600 grupos étnicos. El reto para las democracias actua-les, afirma el autor, es encontrar respuestas “moralmente defendibles y políticamente viables” a enfrentamientos entre minorías y mayorías.

Si bien no existe una concepción unívoca de ciudadanía, se puede afirmar en consonan-cia con H.R. Van Gunsteren (citado por Zapata, 2001a) que ciudadanía es equivalente a la identidad política de los sujetos, algo así como su yo en el espacio público. También puede ser entendida de forma genérica como modo de inserción en la sociedad polí-tica. La semántica actual recoge los elementos básicos propuestos por las principales tradiciones filosóficas: derechos, deberes, virtudes, pertenencia y participación. El libe-ralismo resalta los derechos y la justicia; el comunitarismo promueve la pertenencia; y el republicanismo exalta la participación en ejercicio de derechos y deberes (Rojas, 2005). Finalmente, la corriente pluralista enfatiza en el reconocimiento de la intercul-turalidad y la identidad diferenciada.

Cultura ciudadana, ciudadanía y trabajo socialMaría Teresa Rincón

Revista Prospectiva. Universidad del Valle. 2006. N° 11

Corrupción: La corrupción puede ser entendida como “el mal uso del poder encomendado [dado en confianza, entrusted] para obtener beneficios privados”, e incluye tres elementos: (i) el mal uso del poder; (ii) un poder encomendado (es decir, puede estar en el sector pri-vado tanto como en el público); y (iii) un beneficio privado (que no necesariamente se limita a beneficios personales para aquel que hace mal uso del poder, sino que también puede incluir a miembros de su familia inmediata y a sus amigos)”.

Transparency International (2000), Libro de consulta 2000, Londres: Transparencia Internacional, capítulo 1, p. 1, nota 2.

Citado en la Guía temática Reformas clave para un Estado en buen estado, de la Asociación Civil Transparencia (2007).

Código de ética privada: El código de conducta es un sistema de valores generales que la organi-zación desea aplicar a las actividades de sus miembros a través de:

1. Comunicación de los propósitos y creencias de la organización.

2. Establecimiento de pautas éticas uniformes para sus miembros.

3. Complementación de aspectos no cubiertos por leyes y reglamentos específicos:

a. Comunicando valores aceptables a los miembros de la comunidad, incluyendo proveedores y clientes.

87Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

b. Estableciendo procedimientos de vigilancia, evaluación y disciplina.

c. Estableciendo estándares.

d. Comunicando a terceros relacionados con la organización el sistema de valores al cual los miembros de la misma se encuentran obligados.

Normaria. Boletín del Instituto de Auditores Internos de Argentina.http://www.iaia.org.ar

Código de ética pública: Representa “los principios, deberes y prohibiciones que rigen la conducta ética de los empleados públicos” y que por tanto están obligados a observar. Estos principios, deberes y prohibiciones son entendidos como “el conjunto de preceptos que sirven para generar la confianza y credibilidad de la comunidad en la función pública y en quienes la ejercen”.

Ley 27815 del Código de Ética de la Función Pública.

Derechos Humanos: A partir de la propuesta realizada por el Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África (IEPALA) y tomando como referente a Pérez Luño, se pueden plantear cuatro tipos principales de definiciones de Derechos Humanos:

a. Tautológicas. No aportan ningún elemento nuevo que permita caracterizar tales derechos. Una definición tautológica muy repetida en la doctrina es la que afirma que “los derechos del hombre son los que le corresponden al hombre por el hecho de ser hombre”.

b. Formales. No especifican el contenido de los derechos, limitándose a alguna in-dicación sobre su estatuto deseado o propuesto. Una definición formal es la que afirma que “los derechos del hombre son aquellos que pertenecen o deben perte-necer a todos los hombres, y de los que ningún hombre puede ser privado”.

c. Teleológicas. En ellas se apela a ciertos valores últimos, susceptibles de diversas interpretaciones. Una definición teleológica es la que dice que “los derechos del hombre son aquellos que son imprescindibles para el perfeccionamiento de la per-sona humana, para el progreso social, o para el desarrollo de la civilización”.

d. Descriptivas o explicativas. Pretenden compendiar los elementos estructurales de los Derechos Humanos. Una definición que pretende ser descriptiva, aunque tiene una fuerte carga teleológica, y que ha sido generalmente aceptada por la doctrina, es la que propone Pérez Luño, quien entiende que los Derechos Humanos son “un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”. Este carácter descriptivo tiene también la definición propuesta por IEPALA, para quien los “derechos humanos son aquellas exigencias de poder so-cial cuya toma de conciencia en cada momento histórico por los individuos y gru-pos sociales, en cuanto que manifestación de los valores sociales fundamentales, supone la pretensión de garantizarlos bien por la vía institucional, bien a través de medios extraordinarios”.

Curso sistemático de Derechos Humanos http://www.iepala.es

Ética: La palabra ética viene del griego, de ethos, y quiere decir carácter. La palabra moral también viene del latín, de moralis, que quiere decir carácter. Creo que es muy impor-tante que la gente recoja la idea de la ética, como la forja del carácter: del carácter de las personas, del carácter de las profesiones, del carácter de las empresas, del carácter

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación88

de la política... Es decir, la ética trata, sobre todo, de ver cómo nos vamos forjando poco a poco con nuestras elecciones y nuestras decisiones un carácter u otro, que nos predispone a ser más justos, más prudentes, más felices.

Revista Trabajadora.Adela Cortina

Número 7, IV época, marzo de 2003.

Función pública: Actualmente “se viene aceptando por función pública la diversa forma de manifes-tación de la actividad del Estado, o por mejor decir, la manifestación del poder público desde un punto de vista teleológico, finalista. Esto es: la función pública se caracteriza, en cualquiera de sus manifestaciones, por su contenido final, al modo que expusiera ZANOBINI, de que “el Estado procede a la consecución de sus fines por medio de una serie de actividades que constituyen sus funciones”, que se proyecta en la triple dimen-sión legislativa, judicial y administrativa”(Manuel Cobo, 1962).

Para la Corte el moderno concepto de administración pública lleva implícito el ejercicio de aquellas actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos estatales tra-zados en las políticas, planes, programas y tareas a desarrollar, para cuya realización requiere de la utilización de recursos físicos, técnicos, financieros y humanos sobre la base de un soporte normativo que la regule y oriente; por ello se considera que “ad-ministrar es gobernar, controlar, custodiar, manejar, recaudar, distribuir, pagar, percibir, negociar, disponer, etc., es decir, todo un conjunto de actividades que dan al término un sentido amplio, que es como el legislador lo quiso emplear (Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Auto de 14 de junio de 1996).

Desde la jurisprudencia constitucional se afirma que el moderno concepto de Estado Social de Derecho apareja un insoslayable aumento del intervencionismo estatal, como mecanismo necesario para la realización efectiva de los derechos. Esta circunstancia supone que el concepto clásico de la función administrativa se vea reemplazado por otro más acorde con la nueva realidad jurídica y que, así mismo, la organización del Estado moderno responda a nuevos criterios. Las formas de organización actuales no son en manera alguna aquellas propias del llamado Estado gendarme, sino que corres-ponden más bien al concepto de Estado social servidor, e implican un movimiento ten-diente hacia la descentralización administrativa y hacia nuevas formas de delegación y desconcentración en la administración centralizada. La eficacia de la función adminis-trativa se logra entonces mediante el mecanismo de la desconcentración, entre otros que permiten una distribución racional de funciones (Corte Constitucional, sentencia C-722/99).

Relatoría Sala de Casación Penal - Corte Suprema de Justicia.Administración y función pública. Bogotá D.C., Colombia. 2008.

http://www.manuelsanchezabogados.com

Funcionario público: Por “funcionario público” se entenderá: i) toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal, remunerado u honorario, sea cual sea la antigüedad de esa persona en el cargo; ii) toda otra persona que desempeñe una función pública, incluso para un organismo público o una empresa pública, o que preste un servicio pú-blico, según se defina en el derecho interno del Estado Parte y se aplique en la esfera pertinente del ordenamiento jurídico de ese Estado Parte; iii) toda otra persona defini-da como “funcionario público” en el derecho interno de un Estado Parte.

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

89Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

Moral: Los actos morales son actos humanos, voluntarios, que podemos elegir realizar o no, y que podemos valorar según las normas y criterios morales que hayamos asumido previamente. Ante la posibilidad de elegir, el primer elemento de estos actos que se nos muestra es la existencia de un motivo para los mismos. El motivo es la causa directa de la realización del acto, la respuesta a la pregunta ‘¿por qué?’. Además, este tipo de actos tiene un fin, esto es, la representación o anticipación mental del resultado que se pretende alcanzar con la acción. El fin se hallaría respondiendo a la pregunta ‘¿para qué?’ Pero la finalidad que se pretende conseguir con cualquiera de estos actos ha de conseguirse de algún modo. Cuando hablamos de los pasos que hay que seguir necesariamente para completar el acto moral, para conseguir el fin propuesto, estamos hablando de los medios. Estos se hallan respondiendo a la pregunta ‘¿cómo?’ El ele-mento que completa la estructura de los actos morales es el resultado efectivo de los mismos, sus consecuencias.

Podemos distinguir entre motivos conscientes y motivos inconscientes. Los primeros los pensamos antes de que nos hagan actuar. De los segundos no tenemos esta repre-sentación previa a la actuación: pueden ser derivados del hábito, del capricho o de la misma biología del ser humano, pero también pueden ser aquellos que no nos atreve-mos a reconocer ni ante nosotros mismos, y que ocultamos tras de otros más dignos que los justifican -a veces, por envidia o celos, atacamos a otras personas, y lo hace-mos convencidos de que éstas actúan mal y deben ser reprendidas-. Contrariamente a lo que pudiera parecer, la inconsciencia de los motivos no anula totalmente el carácter moral de un acto humano.

Aunque a veces puedan confundirse, los motivos y los fines no son lo mismo. El fin de una acción es la representación anticipada de sus consecuencias, lo que se pretende conseguir con dicha acción. En este sentido, es un elemento fundamental para la valo-ración moral de la misma. Dependiendo de que la finalidad de nuestros actos, nuestra intención, sea buena o mala, así serán también los mismos.

El acto moral.Carlos Portillo Fernández. http://ficus.pntic.mec.es

Valor: Este psicólogo (Rokeach, 1973) define el valor como una creencia duradera de que un modo específico de conducta o estado final de existencia es personal o socialmente preferible a su opuesto o inverso. La organización e interconexión de valores darían lugar a lo que él ha llamado sistemas de valores, es decir, la estructura jerárquica del conjunto de valores que una persona posee.

Una característica central del concepto de valor es su carácter de ‘preferencia’. Los va-lores como ‘preferencias’ implican, en primer lugar, una dimensión evaluativa, porque la preferencia supone un juicio evaluativo sobre lo que es mejor. En segundo lugar este carácter de preferible supone que los valores tienen, por lo menos en parte, una fun-ción reguladora de la conducta.

Además dentro de la definición del valor ROKEACH señala una distinción entre valores instrumentales y valores finales. Los primeros se refieren a modos de conducta y los segundos a estados finales de existencia. Así los valores instrumentales se relacionan con modos preferibles de conducta, es decir, son medios para conseguir otros valores (finales) que se refieren a modos deseables de existencia.

Desarrollo del juicio moral y valores humanos. Cuadernos de Trabajo Social.

E. Pérez-Delgado y V. Mestre Escrivá.http://revistas.ucm.es

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación90

91Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación

bibliograFía

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O’PHELAN, Scarlet en El Pacto Infame: PORTACARRERO, Felipe. •

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QUIROZ, Alfonso. Historia de la corrupción en el Perú. ¿Es factible su estudio? En: Homenaje a • Félix Denegri Luna. Lima: PUCP. Fondo Editorial, 2000.

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ZEGARRA, Luis Felipe. Causas y consecuencias económicas de la corrupción: un análisis teórico • y empírico. Lima: CIUP. 1999.

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GELLNER, Ernest (Ed.). Patronos y clientes. Barcelona: Júcar. 1977.•

Corrupción y Ética Pública - Guía de capacitación92

BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA

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