Cadena de Custodia
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CADENA DE CUSTODIAMARIA ANGELICA VERALINA MARIA SEPULVEDA
DIANA CAROLINA ROMERO
Es la aplicación de una serie de normas tendientes a asegurar,
embalar y proteger cada elemento material probatorio para evitar su
destrucción, suplantación y contaminación lo que podría implicar serios tropiezos en la investigación
de una conducta punible.
¿QUE ES CADENA DE CUSTODIA?
LEY 906 DE 2004 Código
de Procedimient
o Penal.
Artículo 218. Quien en hospital, puesto de
salud, clínica, consultorio médico u otro establecimiento
similar, público o particular, reciba o dé entrada a persona a la cual se le hubiese ocasionado daño en
el cuerpo o en la salud, dará aviso
inmediatamente a la dependencia de
policía judicial que le sea más próxima o, en su defecto, a la
primera autoridad del lugar.
Artículo 254 Para conservar la autenticidad de los EMP y EF se tendrán en cuenta los
siguientes factores:
- Identidad
-Estado original
-Condiciones de recolección
-Preservación, embalaje y
envío
-Lugares y fechas de
permanencia
-Cambios que cada custodio
haya realizado.
-Registrar nombre y la
identificación de todas las
personas que hayan estado
en contacto con esos elementos.
¿CUANDO COMIENZA?.
• Se iniciará en el lugar donde se descubran, recauden o encuentren los elementos materiales probatorios y evidencia física, y finaliza por orden de autoridad competente
A. Huellas, rastros, manchas, residuos,
vestigios y similares, dejados por la ejecución de la actividad delictiva
B. Armas, instrumentos, objetos y cualquier otro medio utilizado para la
ejecución de la actividad delictiva
C. Dinero, bienes y otros efectos provenientes de la ejecución de la actividad
delictiva;
D. elementos materiales descubiertos, recogidos y asegurados en desarrollo de diligencia investigativa
de registro y allanamiento, inspección
corporal y registro personal
Artículo 275. Elementos materiales probatorios y evidencia física.
La aplicación de la cadena de custodia es responsabilidad de
los servidores públicos que entren en contacto con los
elementos materiales probatorios y evidencia física.
Los particulares que por razón de su trabajo o por el
cumplimento de las funciones propias de su cargo, en
especial el personal de los servicios de salud que entren en contacto con EMP y EF, son
responsables por su recolección, preservación y
entrega a la autoridad correspondiente
Artículo 255. Responsabilidad
Los EMP y la EF son auténticos cuando han sido detectados, fijados, recogidos
y embalados técnicamente, y sometidos a las reglas de cadena de
custodia.
Artículo 277 AUTENTICIDAD
SECTOR SALUD• actividades que las IPS realizan para aportar los EMP o EF
hallados en los procedimientos médicos y quirúrgicos practicados a personas a las cuales se les ha ocasionado daño en el cuerpo o en la salud como consecuencia de un posible delito
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA
Resolución 06394 del 22 de Diciembre de 2004.
Resolución 2770 de junio 30 de 2005
Fis
calía G
en
era
l d
e la
Nació
nse adopta el manual de
procedimientos del Sistema de Cadena de Custodia para el
Sistema Penal Acusatorio.
se modifica el manual de procedimientos del sistema de cadena de
custodia para el sistema penal acusatorio,
adoptado mediante Resolución 0-6394 de diciembre 22 de 2004.
instituciones y servidores de la salud
Inicia con la atención médica o paramédica
inicial, hasta la entrega de los EMP o EF a la
Policía Judicial o en su defecto a la primera autoridad del lugar.
¿A QUIENES APLICA?
Dar aviso inmediatamente a la dependencia depolicía judicial que le sea más próxima o en su defecto, a la primera autoridaddel lugar; e iniciar cadena de custodia a los EMP -EF
Antes de hacer la entrega de los EMP o EF a la policía judicial, o Nacional, la IPS hará la custodia deéstos, garantizando las condiciones de seguridad y preservación necesarias. (embalado – rotulado –registro de la cadena de custodia)
Al recibir un elemento material probatorio o EF, antes de hacerlo: revisar el recipiente que lo contiene y dejar constancia del estado en que se encuentre, registrando en el formato de registro de cadena de custodia.
El embalaje sólo se podrá abrir por el perito designado para su estudio o análisis.
Ningún servidor público recepcionará EMP o EF que no este embalado, sellado, rotulado y con registro de cadena de custodia.
Generalidades
Al embalar se
tiene en
cuenta:
• Siempre utilizar guantes desechables.• Nunca utilizar papel preimpreso (revistas, periódicos, etc).• Tratándose de prendas húmedas o fragmentos de tela que contengan
manchas húmedas, deben secarse a temperatura ambiente, antes de embalarlas. Si ello no es posible, se recubren con papel no impreso, nuevo y limpio, por separado; introduciéndose en bolsa plástica con un rótulo que diga EMP MOJADO, FAVOR PONER A SECAR INMEDIATAMENTE. Nunca se hace directamente en bolsa plástica.
• Cuando se trate de documentos, no debe utilizarse sobre los mismos ganchos de cosedora, cinta adhesiva u otra sustancia que los altere ni escribir sobre ellos.
• Para los elementos materia de prueba o evidencia de origen biológico nunca se reutilizan los recipientes para su recolección y embalaje.
• Sella el contenedor o embalaje con la cinta establecida o con los medios adecuados que brinden seguridad y preservación
• Previamente imprime su firma y número de documento de identificación sobre el contenedor en la parte de su cierre y sobre esta adhiere la cinta de sello.
Manejo de Proyectiles
Manejo de armas cortantes,
punzantes y contundentes
Manejo de armas de fuego Manejo
de prendas
Manejo de muestras biológicas
Manejo de objetos personales del
paciente
PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS CONTENIDOS EN EL MANUAL
EMBALADO
e) Entregar las proyectiles a la policía judicial que conozca del caso o a la primera autoridad del lugar junto con el registro de cadena de custodia.
d) Registrar en la historia clínica o epicrisis la recuperación del EMP o EF.
c) Rotular y marcar con la identidad del paciente, número de “historia clínica”, fecha y hora, características del elemento recuperado, lugar del cuerpo o
prenda donde se recuperó, el nombre e identificación de quien lo recupera y quien lo embala.
b) Si son varios, embalarlos por separado e introducirlos en bolsa plástica o frasco plástico, evitando alteraciones en el micro rayado
Manejo de ProyectilesRecuperar individualmente cada proyectil.
e) Entregar las armas a la policía judicial que conozca del caso o a la primera autoridad del lugar junto con el registro de cadena de custodia.
d) Registrar en la historia clínica o epicrisis la recuperación del EMP o EF.
c) Rotular y marcar con la identidad del herido, número de historia clínica, fecha y hora, características del elemento recuperado, su lugar de recuperación y el nombre, apellido, cédula de ciudadanía y registro médico de quien recupera y de quien embala
el EMP o EF.
b) Embalar los objetos recuperados en cajas de cartón o icopor, asegurándolos con un cordón o fibra resistente, que permita la fijación del elemento. Sellar la caja.
Recuperar del herido o de sus prendas, los elementos cortantes, punzantes, contundentes o cualquier otro objeto con el que se haya agredido o lesionado.
Manejo de armas
cortantes, punzantes y contundente
s
b) Entregar las armas de fuego a la policía judicial, Nacional o a la primera autoridad del
lugar que conoció el caso, dejando constancia en el registro de cadena de custodia sobre:
el tipo de arma número de ésta
el nombre de quien recibe y quien entrega con
nombre completo y cédula de ciudadanía
Evitar la manipulación de las armas y prevenir su contaminación.
Manejo de armas de
fuego
g) En caso de traslado del paciente a otra institución de salud se debe dar continuidad al registro de cadena de custodia de todos los EMP o EF.
f) Entregar las prendas a la policía judicial o nacional junto con el registro de cadena de custodia. Este registro se podrá diligenciar en un sólo formato, siempre y cuando las prendas correspondan a una misma persona.
e) Registrar en la historia clínica o epicrisis la descripción de cada una de las prendas que se embalaron.
d) Rotular y marcar con la identidad del paciente, número de “historia clínica”, fecha hora, el nombre completo y cédula de ciudadanía de quien embala.
c) Embalar las prendas preferiblemente secas en bolsas de papel o cajas de cartón
b) Preservar las prendas de vestir retiradas del paciente con el fin de evitar contaminarlas
Cortar las prendas de vestir del herido evitando realizar cortes en las áreas que presenten orificios o desgarros dejados por el paso de proyectiles de armas de fuego, armas cortantes, punzantes, contundentes u otros elementos. Evitar contaminarlas con soluciones propias de los procedimientos de atención a
heridos.
Manejo de prendas
Manejo de muestras biológicas
d) Entregar las muestras biológicas a la policía judicial o a la primera autoridad del lugar que haya conocido del caso junto con el registro de
cadena de custodia
c) Registrar en la historia clínica o epicrisis la recuperación de las muestras biológicas.
b) Rotular y marcar las muestras con la identidad del paciente, número de “historia clínica”, fecha hora, el nombre completo y cédula de
ciudadanía de quien embala.
a) Tomar muestras de sangre, lavado gástrico, orina, frotis anal y frotis vaginal, entre otras, de acuerdo a las características del caso.
d) Registrar la entrega en el “libro de pertenencias” o en el medio establecido por cada establecimiento hospitalario.
c) Dejar constancia (inventario) por parte del auxiliar de enfermería asignado, asegurándose de la entrega de las pertenencias y objetos de valor a los familiares haciendo firmar con nombre
completo y cédula de ciudadanía.
b) Verificar y registrar la identidad y parentesco, dirección, teléfono de la persona que reclama los elementos.
a) Describir y registrar los elementos de valor, en documento escrito que se anexa a la “historia clínica” y en el “libro de pertenencias” de cada institución con la información de prendas y
objetos de valor
Manejo de objetos personales del paciente
Al rotular se tiene en cuenta:
Cuando se utilizan recipientes como tubos de ensayo o frascos pequeños se marcan sobre el cuerpo de éstos y se embalan en bolsas plásticas teniendo las precauciones de rotulación del numeral anterior.
Cuando se utilizan recipientes como tubos de ensayo o frascos pequeños se marcan sobre el cuerpo de éstos y se embalan en bolsas plásticas teniendo las precauciones de rotulación del numeral anterior.
El registro de fecha y hora debe registrase en números arábigos. La fecha se escribe
El rótulo se diligencia con esfero de tinta indeleble, de manera concisa, precisa y exacta, con letra clara, legible y comprensible; su contenido debe ajustarse a la información verdadera y no debe tener
enmendaduras ni tachaduras.
Los funcionarios encargados de realizar este procedimiento utilizan el rótulo establecido en el presente manual.
Artículo 250. Procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones
sexuales. Cuando se trate de investigaciones relacionadas con la libertad sexual, la
integridad corporal o cualquier otro delito en donde resulte necesaria la práctica de
reconocimiento y exámenes físicos de las víctimas, tales como extracciones de sangre,
toma de muestras de fluidos corporales, semen u otros análogos, y no hubiera peligro
de menoscabo para su salud, la policía judicial requerirá el auxilio del perito forense a fin de
realizar el reconocimiento o examen respectivos.
En todo caso, deberá obtenerse el consentimiento escrito de la víctima o de su representante legal cuando fuere menor o incapaz y si estos no lo prestaren, se les
explicará la importancia que tiene para la investigación y las consecuencias probables
que se derivarían de la imposibilidad de practicarlos. De perseverar en su negativa se acudirá al juez de control de garantías para que fije los condicionamientos dentro de los
cuales debe efectuarse la inspección
PRUEBAS FORENSES Y CADENA DE CUSTODIA Delitos Sexuales Lesiones Personales
El reconocimiento o examen se realizará en un
lugar adecuado, preferiblemente en el
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses o, en
su defecto, en un establecimiento de salud.
¿DONDE REALIZAR EL EXAMEN?
Bolsas de papel de diferentes tamaños (prendas) Bolsas plásticas
Tubos Tapa roja Tubos Tapa Lila Tubos Tapa Gris Escobillones estériles
Frascos plásticos
Marcador indeleble Gráficos del cuerpo Cámara digital
Gasas estériles Guantes Lámpara cuello cisne Lupa Jeringas
¿QUE SE REQUIERE?
EVIDENCIAS EN
DELITOS SEXUALES EVIDENCIA
S BIOLOGICA
S
Semen
Pelos
Células E.T.S
Saliva FLUIDOS
Biopsia
Sangre (serologí
a)
Embarazo
Orina
EVIDENCIAS
MATERIALES
Formatos Manejo de muestras
biológicas Manejo de prendas
Fotografías y Diagramas Registro de cadena de custodia
Gráficos Fotografía
(Colposcopia - Fotografía digital o
convencional) Vídeo Imágenes
Diagnósticas (Ecografía.......)
Documentos (H.C.)
Avise a la autoridad competente
No bañar a la víctima ni destruir las prendas (evidencia)
Conservar los elementos utilizados para la agresión
Conservar el lugar de los hechos Acudir a Medicina legal
con la orden del examen y copia de la denuncia
Valoración por sector Salud (Médica y sicológica)
Tratamiento profiláctico de embarazo e ITS Seguimiento
del caso en los Comités Locales. SI ES MAYOR DE 72 HORAS Avise a la autoridad
competente Hágale saber que no está sola Evaluación
sicológica Seguimiento del caso
EN CASO DE CONOCER UN CASO SI ES RECIENTE MENOR 72 HORAS
Ser tratada con dignidad, privacidad y
respeto durante cualquier entrevista o actuación con fines
médicos, legales o de asistencia social.
Ser informada acerca de los procedimientos legales que se derivan
del hecho punible
Ser informada de los servicios disponibles
para atender las necesidades que le haya generado el
delito.
Tener acceso a un servicio de orientación y consejería gratuito para ella y su familia atendido por personal
calificado
LEY 360 DE 1997 Art. 15 Derechos de las víctimas de los delitos contra la libertad sexual y la dignidad humana
. Examen y tratamiento para la
prevención de enfermedades
venéreas, incluido el VIH/SIDA.
Examen y tratamiento por trauma físico y
emocional.
Recopilación de evidencia médico-
legal.
Ser informada sobre la posibilidad de
acceder a la indemnización de
los perjuicios ocasionados con el
delito
DERECHOS DE VICTIMAS
Narración de un caso ejemplo completo Los pasos a seguir. Formatos( imprimir)
Principales errores que puede cometer un profesional de enfermeria al enfretarse a una situacion de estas