Francisco Antonio Castro y del Valle - cinif.org.mx · Francisco Antonio Castro y del Valle...
Transcript of Francisco Antonio Castro y del Valle - cinif.org.mx · Francisco Antonio Castro y del Valle...
Francisco Antonio Castro y del Valle Contador Público
26 de noviembre de 2013.
Sr. C. P. C. Felipe Pérez Cervantes
Presidente del Consejo Emisor del CINIF
Consejo Mexicano de
Normas de Información Financiera (CINIF)
Bosque de Ciruelos No. 186 – Piso 11
Col. Bosques de las Lomas
11700 México, D. F.
Referencia M-01-13
Estimables señores:
Normas de Información Financiera
Mejoras a las NIF 2014
En relación con el Proyecto para auscultación de referencia (en adelante, el Proyecto), a
continuación presento mis observaciones.
Sección I del Proyecto
NIF B-2 – Estado de Flujos de Efectivo
Partidas no ordinarias
El párrafo 52.14.1 de la NIF B-3, que entró en vigor en 2013, establece: “La entidad debe
segregar partidas con base en la importancia relativa de los ingresos y gastos. No obstante,
no deben presentarse partidas en forma segregada bajo la denominación de
extraordinarias o no ordinarias, ya sea en el cuerpo del estado de resultado integral o en
las notas a los estados financieros”.
Los párrafos 41 y 42 de la NIF B-2 contravienen esta disposición, ya que establecen: “Las
partidas no ordinarias deben clasificarse… el caso de la ganancia no ordinaria derivada
de una adquisición…” y “En los casos en que dichas partidas no ordinarias no puedan
identificarse…”, respectivamente.
Francisco Antonio Castro y del Valle Contador Público
26 de noviembre de 2013
Sr. C.P.C. Felipe Pérez Cervantes
Mejoras a las NIF 2014
Hoja 2
Por lo anterior, es indispensable eliminar los párrafos mencionados.
Boletín C-15 – Deterioro en el Valor de los Activos de Larga Duración y su
Disposición; NIF C-5 – Pagos Anticipados; NIF C-6 – Propiedades, Planta y Equipo;
y NIF C-8 – Activos Intangibles
Presentación de las pérdidas por deterioro
El párrafo 112 del Boletín C-15 establece: “La pérdida por deterioro en el valor de los
activos de larga duración en uso, así como la reversión de la misma… deben presentarse en
el estado de resultados, en los renglones de costos y gastos en los que se reconoce la
depreciación o amortización asociada con dichos activos, salvo que se trate de una
pérdida o reversión derivada de una inversión permanente en asociadas, en cuyo caso,
dicha pérdida debe presentarse en el rubro llamado participación en los resultados de
subsidiarias no consolidadas y asociadas”.
El argumento presentado en el segundo párrafo de esta Mejora dice: “se estaría dando lugar
a capitalizar las pérdidas por deterioro en el valor de otro activo…”. Considero que este
argumento no es válido, ya que, como resalto en el párrafo anterior, claramente se dice que
deben presentarse en el estado de resultados.
En mi opinión, la eliminación de la guía sobre los renglones en que deben mostrarse, tanto
el deterioro de los activos de la entidad como su reversión, así como los relativos a
inversiones en asociadas, negocios conjuntos u otras inversiones permanentes, es un
retroceso, pues permite una falta de comparabilidad entre los estados financieros de
diferentes entidades, dependiendo del criterio de la administración sobre los renglones en
que muestra estos efectos.
Por tanto, no estoy de acuerdo con estos cambios.
Adicionalmente, como puede observarse, en el citado párrafo 112 no se establece la
presentación del deterioro del crédito mercantil originado por la inversión permanente en
subsidiarias que sí se consolidan. Debe tomarse en cuenta que el crédito mercantil, por ser
el exceso pagado sobre los activos netos de la adquirida, no forma parte de sus activos y,
por tanto, el deterioro de dicho crédito mercantil no puede ser parte de la participación en
los resultados de la subsidiaria.
Francisco Antonio Castro y del Valle Contador Público
26 de noviembre de 2013
Sr. C.P.C. Felipe Pérez Cervantes
Mejoras a las NIF 2014
Hoja 3
En concordancia con mi argumento anterior, para lograr comparabilidad entre los estados
financieros de diferentes entidades, considero conveniente proporcionar una guía para la
presentación del deterioro del crédito mercantil originado por adquisiciones de negocios.
Adicionalmente, se requiere actualizar la terminología, para que esté de acuerdo con la
nueva NIF B-3: referencia al estado de resultado integral y a la participación en la utilidad o
pérdida neta de otras entidades.
En relación con las otras normas mencionadas en el encabezado, también considero que se
deben proporcionar guías para la presentación del deterioro en el estado de resultado
integral, para lograr comparabilidad entre los estados financieros de diferentes entidades.
Mejoras al Boletín C-9 – Pasivos, Provisiones, Activos y Pasivos Contingentes y
Compromisos
Párrafo 42 b)
“En caso de que la diferencia entre los flujos de efectivo futuros…”.
Párrafo 77 “Se debe revelar… debe considerarse a al menos…”.
Mejoras a la NIF D-3 – Beneficios a los Empleados
Párrafo 123
“Los efectos de reducción y liquidación anticipada de este tipo de obligaciones,… de una
operación,… En caso de formar parte de una reestructuración, deben…”.
Párrafos transitorios
En relación con los párrafos transitorios, relativos a la fecha de entrada en vigor de las
Mejoras contenidas en esta Sección, para mayor claridad recomiendo agregar comas, como
sigue: “Las disposiciones relacionadas con la modificación a los párrafos __, __ y __,
derivadas de las Mejoras a las NIF 2014, entran en vigor para los ejercicios que se inicien a
partir del 1º de enero de 2014. Los cambios en presentación, que, en su caso, surjan, deben
reconocerse…”.
Francisco Antonio Castro y del Valle Contador Público
26 de noviembre de 2013
Sr. C.P.C. Felipe Pérez Cervantes
Mejoras a las NIF 2014
Hoja 4
Sección II del Proyecto
NIF B-10 – Efectos de la Inflación
Presentación del reciclaje
El párrafo 92 de la NIF B-10 establece que, al realizarse el activo que dio origen al
RETANM (Resultado por Tenencia de Activos No Monetarios), este último debe reciclarse
al estado de resultados del período de dicha realización.
Además de actualizar la terminología, es conveniente indicar el rubro del estado de
resultado integral en que debe presentarse el reciclaje, para lograr una uniformidad en la
presentación de dicho estado entre diferentes entidades
Boletín C-15, Deterioro en el Valor de los Activos de Larga Duración y su Disposición
La última oración del párrafo 99 dice: “Cuando ocurra el abandono debe seguirse lo
indicado en al párrafo 38 del Boletín C-6, Inmuebles, maquinaria y equipo”.
Debe eliminarse esta oración, ya que la NIF C-6, que dejó sin efecto al Boletín C-6, no
menciona el caso de abandono.
Estoy a sus órdenes para proporcionar cualquier información adicional o aclaraciones que
se requieran en relación con el contenido de la presente.
Atentamente,
C.P.C. Francisco A. Castro y del Valle
Socio número 2828 del CCPM