DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003 ... · DE ANA ALICIA TUSELL DE GAITAN, DOLORES...

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Pág. 69 69 69 70 70 70 70 71-98 99-120 121-136 Pág. 2-7 8 9 9 9 10-37 38 39-68 69 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, LUNES 3 DE MARZO DE 2003 NUMERO 41 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION Escritura pública, estatutos de la Fundación la Niñez Primero y Decreto Ejecutivo No. 97, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 859.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 644, de fecha 23 de agosto de 2000. .......................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0274.- Se autoriza nominación de Centro Educativo, con el nombre de Instituto Nacional John F. Kennedy. Acuerdo No. 15-1395.- Creación, nominación y funcionamiento del Colegio Jardín del Conocimiento. ............. Acuerdo No. 15-0039.- Ampliación de servicios en el Colegio Salarrúe, ubicado en el municipio de Sonsonate. ........ MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO Decreto No. 23.- Reglamento de Transporte Terrestre de Carga. ........................................................................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 260-D, 570-D y 768-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Cantón San Lorenzo”; “Mata de Piña”, Cantón San Marcos Lempa; “Paz y Esperanza”, Caseríos El Tule y La Vega; “Colonia Las Campanitas Zona Sur”; “Pesquero del Estero de Jaltepeque”; y “Caserío El Tizate”, Acuerdos Nos. I, 1, 3, 5, 6 y 16, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Ildefonso, Jiquilisco, Sesori, San Marcos, San Luis La Herradura, y Joateca, respectivamente, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos. 226 y 227.- DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE WILBERTH ALEXANDER CRUZ CORTEZ, SALVADOR FRANCISCO ESCOBAR ABREGO Y RAFAEL ESCOBAR (1V.) ................................. Cartel No. 228.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE ROSARIO DE JESUS GOMEZ RAMOS. (3V. Alt.) ............... Cartel No. 229.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR DE ANTONIO MISAEL DIAZ VASQUEZ. (3V. Alt.) ........... Cartel No. 230.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE DESIDERIO MEDRANO. (3V. Alt.) ....................................... DE TERCERA PUBLICACION Cartel No. 208.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE ANA ALICIA TUSELL DE GAITAN, DOLORES MORENA GAITAN Y MENORES (3V. Alt.) ......................... Carteles Nos. 209, 210.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE MARTA TOLOZA DE FAUSTINO, VICENTE MOLINA CHAVEZ. (3V. Alt.) ................................................ Cartel No. 211.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR DE MARIA CANDELARIA VDA. DE DERAS. (3V. Alt.) .... Cartel No. 212.- EDICTO DE EMPLAZAMIENTO DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA AL SR. NOE RIVERA TORRES. (3V. Alt.) ................................................. SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos.- 4245-1v, 4344-1v, 4337-1v, 4334-1v, 4308- 1v, 4198-1v, 4204-1v, 4183-1v, 4182-1v, 4184-1v, 4185-1v, 4186-1v, 4219-1v, 4220-1v, 4227-1v, 4226-1v, 4256-1v, 4260- 1v, 4216-1v, 4301-1v, 4328-1v, 4348-1v, 4347-1v, 4280-1v, 4306-1v, 4272-1v, 4205-1v, 4292-1v, 4346, 4339, 4177, 4191, 4189, 4195, 4196, 4213, 4228, 4234, 4235, 4253, 4257, 4273, 4278, 4274, 4276, 4190, 4243, 4285, 4249, 4252, 4265, 4300, 4336, , 4299, 4200, 4178, 4215, 4202, 4261, 4201, 4262, 4267, 4284, 4286, 4297, 4315, 4314, 4353, 4345, 4352, 4218, 4251, 4224, 4225, 4309, 4322, 4318, 4277, 4193, 4208, 4528, 4685, 4678, 4932, 5257, 5264, 5262, 5261, 5260, 5259, 5201, 5306, 5376, 5406, 5269. ...................................................................... DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos.- 3949, 3855, 3852, 3848, 3845, 3853, 3859, 3862, 3896, 3944, 3910, 3913, 3834, 3798, 3797, 3792, 3937, 3988, 3983, 3982, 3960, 3890, 3926, 3844, 3833, 3811, 3810, 3930, 3930-Bis, 3971, 3964, 3965, 3966, 3966-Bis, 3879, 3894, 3793, 3897, 3822, 3820, 3936, 3933, 3934, 3935, 3929, 3928, 3920, 3837, 3838, 3836, 3857, 3990, 3991, 3989, 3942, 3946, 3939, 3939-Bis, 3815, 3956, 3904, 3846, 4444, 4093-C. ........ DE TERCERA PUBLICACION Carteles Nos.- 3587, 3589, 3570, 3561, 3560, 3560-Bis, 3548, 3546, 3542, 3530, 3527, 3516, 3488, 3445, 3574/3575, 3572, 3504, 3505, 3537, 3545, 3438, 3510, 3483, 3602, 3525, 3520, 3456, 3563, 3469, 3442, 3459, 3553, 3566, 3568, 3538, 3535, 3541, 3491, 3493, 3496, 3485, 3489, 3497, 3499, 3581, 3536, 3523, 3501, 3502, 3449, 4133, 4424, 5277, 3927-C, 3868- C, 3800-C. ................................................................................. DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, LUNES 3 DE MARZO DE 2003 NUMERO 41

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACION

Escritura pública, estatutos de la Fundación la Niñez Primeroy Decreto Ejecutivo No. 97, declarándola legalmente establecida,aprobándole sus estatutos y confiriéndoles el carácter de personajurídica. ......................................................................................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 859.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No.644, de fecha 23 de agosto de 2000. ..........................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0274.- Se autoriza nominación de CentroEducativo, con el nombre de Instituto Nacional John F. Kennedy.

Acuerdo No. 15-1395.- Creación, nominación yfuncionamiento del Colegio Jardín del Conocimiento. .............

Acuerdo No. 15-0039.- Ampliación de servicios en elColegio Salarrúe, ubicado en el municipio de Sonsonate. ........

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS,TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y

DESARROLLO URBANODecreto No. 23.- Reglamento de Transporte Terrestre de

Carga. ........................................................................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 260-D, 570-D y 768-D.- Autorizacionespara el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDIAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal“Cantón San Lorenzo”; “Mata de Piña”, Cantón San MarcosLempa; “Paz y Esperanza”, Caseríos El Tule y La Vega; “ColoniaLas Campanitas Zona Sur”; “Pesquero del Estero de Jaltepeque”;y “Caserío El Tizate”, Acuerdos Nos. I, 1, 3, 5, 6 y 16, emitidospor las Alcaldías Municipales de San Ildefonso, Jiquilisco, Sesori,San Marcos, San Luis La Herradura, y Joateca, respectivamente,aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. 226 y 227.- DECLARATORIADEFINITIVA A FAVOR DE WILBERTH ALEXANDERCRUZ CORTEZ, SALVADOR FRANCISCO ESCOBARABREGO Y RAFAEL ESCOBAR (1V.) .................................

Cartel No. 228.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEROSARIO DE JESUS GOMEZ RAMOS. (3V. Alt.) ...............

Cartel No. 229.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVORDE ANTONIO MISAEL DIAZ VASQUEZ. (3V. Alt.) ...........

Cartel No. 230.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEDESIDERIO MEDRANO. (3V. Alt.) .......................................

DE TERCERA PUBLICACIONCartel No. 208.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR

DE ANA ALICIA TUSELL DE GAITAN, DOLORESMORENA GAITAN Y MENORES (3V. Alt.) .........................

Carteles Nos. 209, 210.- TITULO SUPLETORIO AFAVOR DE MARTA TOLOZA DE FAUSTINO, VICENTEMOLINA CHAVEZ. (3V. Alt.) ................................................

Cartel No. 211.- TITULO DE PROPIEDAD A FAVORDE MARIA CANDELARIA VDA. DE DERAS. (3V. Alt.) ....

Cartel No. 212.- EDICTO DE EMPLAZAMIENTO DELA CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA AL SR. NOERIVERA TORRES. (3V. Alt.) .................................................

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 4245-1v, 4344-1v, 4337-1v, 4334-1v, 4308-1v, 4198-1v, 4204-1v, 4183-1v, 4182-1v, 4184-1v, 4185-1v,4186-1v, 4219-1v, 4220-1v, 4227-1v, 4226-1v, 4256-1v, 4260-1v, 4216-1v, 4301-1v, 4328-1v, 4348-1v, 4347-1v, 4280-1v,4306-1v, 4272-1v, 4205-1v, 4292-1v, 4346, 4339, 4177, 4191,4189, 4195, 4196, 4213, 4228, 4234, 4235, 4253, 4257, 4273,4278, 4274, 4276, 4190, 4243, 4285, 4249, 4252, 4265, 4300,4336, , 4299, 4200, 4178, 4215, 4202, 4261, 4201, 4262, 4267,4284, 4286, 4297, 4315, 4314, 4353, 4345, 4352, 4218, 4251,4224, 4225, 4309, 4322, 4318, 4277, 4193, 4208, 4528, 4685,4678, 4932, 5257, 5264, 5262, 5261, 5260, 5259, 5201, 5306,5376, 5406, 5269. ......................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIONCarteles Nos.- 3949, 3855, 3852, 3848, 3845, 3853, 3859,

3862, 3896, 3944, 3910, 3913, 3834, 3798, 3797, 3792, 3937,3988, 3983, 3982, 3960, 3890, 3926, 3844, 3833, 3811, 3810,3930, 3930-Bis, 3971, 3964, 3965, 3966, 3966-Bis, 3879, 3894,3793, 3897, 3822, 3820, 3936, 3933, 3934, 3935, 3929, 3928,3920, 3837, 3838, 3836, 3857, 3990, 3991, 3989, 3942, 3946,3939, 3939-Bis, 3815, 3956, 3904, 3846, 4444, 4093-C. ........

DE TERCERA PUBLICACIONCarteles Nos.- 3587, 3589, 3570, 3561, 3560, 3560-Bis,

3548, 3546, 3542, 3530, 3527, 3516, 3488, 3445, 3574/3575,3572, 3504, 3505, 3537, 3545, 3438, 3510, 3483, 3602, 3525,3520, 3456, 3563, 3469, 3442, 3459, 3553, 3566, 3568, 3538,3535, 3541, 3491, 3493, 3496, 3485, 3489, 3497, 3499, 3581,3536, 3523, 3501, 3502, 3449, 4133, 4424, 5277, 3927-C, 3868-C, 3800-C. .................................................................................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

NUMERO CINCO.- En la ciudad de San Salvador, a las quince horas contreinta minutos del día diez de septiembre del año dos mil dos, Ante Mí.-MARINELA LOPEZ DE ORTIZ, Notario de este domicilio comparecenlos señores: LOURDES MARIA RODRIGUEZ DE FLORES, Licencia-

da en Educación Especial, de cuarenta y cuatro años de edad, denacionalidad salvadoreña, del domicilio de San Salvador, a quien conoz-co e identifico por medio de su Cédula de Identidad Personal Númerocero uno- cero uno- ciento noventa mil ochocientos siete; ANA LORE-NA KOBERG DE SANDOVAL, Licenciada en Ciencias Políticas, detreinta y siete años de edad, del domicilio de Nueva San Salvador,

Departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña, con Docu-mento Unico de Identidad Número cero cero quinientos treinta y ochomil quinientos veintiséis-nueve; WILLIAM JACOBO HANDALHANDAL, economista, de cincuenta y un años de edad, de este domici-lio, de nacionalidad salvadoreña, a quien hoy conozco e identifico pormedio de su Documento Unico de Identidad Número cero un millón

trescientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta- cuatro; quienactúa en nombre y representación de la Sociedad "TACA INTERNA-CIONAL AIRLINES, SOCIEDAD ANONIMA", de este domicilio,personería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a lavista: I) Testimonio de Escritura Pública Número Cinco del Libro Sextodel Protocolo de la Notario PATRICIA CAROLINA GOMEZ SALA-

ZAR, de fecha veintinueve de agosto del presente año, en la que elLicenciado ROBERTO JOSE KRIETE AVILA, Economista, de cuaren-ta y nueve años de edad, de este domicilio, actuando en su calidad deDirector Presidente y Representante Legal de la Sociedad tal como lomanifiesta en el Poder Especial, faculta a la señora MARIA CELINATERESA SOL DE KRIETE para que comparezca al otorgamiento de la

escritura pública de fundación y suscripción de los Estatutos de laFundación que se denominará "La Niñez Primero", y II) Acta desustitución del anterior Poder Especial otorgada por la señora MARIACELINA TERESA SOL DE KRIETE, de cuarenta y cuatro años de edad,de este domicilio, a favor del Licenciado WILLIAM JACOBO HANDALHANDAL, mediante el cual lo faculta para que haga uso de él con arreglo

a derecho y especialmente para que comparezca al otorgamiento de laescritura pública de fundación y suscripción de los Estatutos de laFundación La Niñez Primero, otorgada ante los oficios de la NotarioANA CRISTINA HERNANDEZ OLAZABAL, con fecha nueve deseptiembre de dos mil dos. Dicho poder formará parte del legajo deanexos de mi protocolo por no tener la Apoderada otras facultades que

cumplir; JUAN JOSE DOMENECH SESA, de cincuenta y un años deedad, Comerciante, del domicilio de esta ciudad, de nacionalidad salva-doreña, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Cédula deIdentidad Personal Número uno- uno- cero ciento ochenta y siete milochocientos treinta y cinco; SILVIA JAHANA CONCEPCIONMONTALVO DE TORRES, de treinta y nueve años de edad, Adminis-

tradora, del domicilio de esta ciudad, de nacionalidad salvadoreña, aquien hoy conozco e identifico por medio de su Cédula de IdentidadPersonal Número cero cuatro- cero siete- cero cero once mil seiscientoscuarenta y cuatro; RODOLFO AUGUSTO OBANDO GALDAMEZ,Contador Público, de treinta y nueve años de edad, de nacionalidadguatemalteca, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Carnet

de Residente Definitivo Número cero cero cero once mil setecientosdieciséis, extendido por el Ministerio del Interior hoy Ministerio deGobernación con fecha veinticinco de septiembre de dos mil uno y

Pasaporte Número cero cero cero cero cero cero cero cero cero doscien-tos ochenta tres mil cuatrocientos setenta y cuatro, quien actúa en nombrey representación de la Sociedad Mc CANN ERICKSON CENTROAMERICANA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANONIMA, persone-

ría que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la visa; I)Testimonio de Escritura Pública número diez de fecha catorce de marzode mil novecientos sesenta y tres, otorgada ante los oficios del NotarioRICARDO ARMANDO NOVOA ARCINIEGAS, inscrita en el Regis-tro de Comercio el día veinticinco de mayo de mil novecientos sesentay tres, bajo el Número Seis, folios del cuarenta y tres al cincuenta y nueve,

del Libro Cuarto del Registro de Comercio que llevó el Juzgado Quintode lo Civil y de Comercio en el año de mil novecientos sesenta y tres, enla que consta que su denominación y domicilio son los ya expresados;que su naturaleza es mercantil anónima; su nacionalidad salvadoreña,que su plazo es noventa y nueve años; que la administración de laSociedad corresponde a la Junta Directiva y la representación judicial y

extrajudicial le corresponde al Primer Director de dicha Junta y que dichacalidad la acreditará mediante el Acta correspondiente a su nombramien-to en Junta General; II) Testimonio de Escritura Pública Número cin-cuenta y ocho de fecha quince mayo de mil novecientos setenta y tres,otorgada ante los oficios del Notario ENRIQUE BORGOBUSTAMANTE, de modificación del pacto social, adecuando el conte-

nido de la Escritura original con el Código de Comercio vigente,suprimiendo para ello las cláusulas innecesarias y las de carácter transi-torio por carecer de aplicación, así como modificaron aquellas que noestuvieren acordes con las disposiciones contenidas en dicho Código, lacual se encuentra inscrita bajo el Número treinta y cuatro, folios cientoochenta y uno al ciento noventa y tres del Libro Trigésimo Quinto de

Comercio que llevó el Juzgado Quinto de lo Civil y de Comercio en el añode mil novecientos setenta y tres, en la cual consta en su cláusulatrigésima que la representación legal de la Sociedad corresponderá alPresidente de la Junta Directiva, pudiendo celebrar actos como elpresente. Asimismo en la cláusula vigésima sexta consta que los miem-bros de la Junta Directiva durarán en sus funciones un período de cinco

años a partir de su elección; y III) Certificación de Punto de Acta,extendida el día diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve,por el Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad Doctor FRANCIS-CO ARMANDO ARIAS RIVERA, la cual se encuentra inscrita bajo elnúmero cero cero cero cuarenta y ocho del Libro un mil cuatrocientosnoventa y cinco de fecha veinte de enero de dos mil, de la que consta que

en Libro de Actas de Junta General Ordinaria de Accionistas se encuentrael Acta Número Seis/noventa y nueve, en la cual decidieron estructurarla Junta Directiva para terminar el período vigente hasta el primero dediciembre de dos mil tres, en la cual resultó electo con el cargo dePresidente Licenciado RODOLFO AUGUSTO OBANDOGALDAMEZ; CARLOS MARCELO OLANO ROMERO, de treinta y

dos años de edad, Administrador de Empresas, de este domicilio, denacionalidad salvadoreña, a quien hoy conozco e identifico por medio desu Cédula de Identidad Personal Número uno-uno- trescientos veinte miltrescientos veinticuatro; PATRICIA DAUBER DE ORTIZ HERRERA,de cincuenta y cuatro años de edad, de nacionalidad de los EstadosUnidos, del domicilio de esta ciudad, a quien hoy conozco e identifico

mediante de su Carnet de Residente Definitivo Número cero cero cerocero ocho mil quinientos setenta y cinco, expedido con fecha veintiuno

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

de noviembre de dos mil uno por el Ministerio del Interior hoy Ministeriode Gobernación y Número de Pasaporte cero cero cero cero cero cerocero z siete ocho tres ocho cinco tres nueve; DAVID ALFREDOVELASQUEZ AGUILAR, de cuarenta y cuatro años de edad, EjecutivoEmpresarial, del domicilio de Nueva San Salvador, Departamento de La

Libertad, de nacionalidad salvadoreña, a quien hoy conozco e identificopor medio de su Documento Unico de Identidad Número cero un millónsetecientos cincuenta y dos mil novecientos ochenta y uno- uno, quienactúa en nombre y representación de la Sociedad "DBFS INTERNA-CIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", per-sonería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista:

I) Escritura Pública Número Catorce, otorgada en San Salvador el díatreinta y uno de octubre de dos mil, ante los oficios del Notario OSCARANTONIO CANALES CISCO, inscrita en el Registro de Comercio, alNúmero cero cero cero treinta y ocho del Libro mil quinientos ochentay ocho de fecha veintiséis de enero de dos mil uno, en la que consta quesu denominación y domicilio son los ya expresados, que su naturaleza es

anónima, de nacionalidad salvadoreña, que su plazo es por tiempoindefinido, que la administración de la Sociedad le corresponde a unadministrador único que será electo por la Junta General de Accionistasy que la representación judicial y extrajudicial le corresponde al adminis-trador único; II) Certificación de Punto de Acta Número Uno, extendidopor el Secretario de la Sociedad señor ALFREDO VELASQUEZ ABRE-

GO, con fecha siete de junio de dos mil uno, inscrito al número cero cerocero veintinueve del Libro mil seiscientos treinta del Registro de Socie-dades con fecha trece de julio de dos mil uno, en la que consta que enSesión de Junta General Ordinaria de Accionistas de fecha siete de juniode dos mil uno, se acordó modificar el Gobierno de la Sociedad nombran-do como Administrador Unico al señor DAVID ALFREDO

VELASQUEZ, por un período de cinco años y lo facultan para que actúeen actos como el presente; y SANDRA LORENA GOMEZ VALLE, decuarenta y dos años de edad, Administradora de Empresas, de estedomicilio, de nacionalidad salvadoreña, a quien hoy conozco e identificopor medio de su Cédula de Identidad Personal Número cero uno- cerouno- cero cero noventa y nueve mil ciento treinta y seis y en el carácter

en que actúan ME DICEN: que por este instrumento crean, constituyeny organizan en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salva-dor, la FUNDACION DE UTILIDAD PUBLICA como entidad apolíti-ca, no lucrativa, que se regirá por las siguientes cláusulas: NATURALE-ZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO: Artículo uno:Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la

Fundación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará “FUNDA-CION LA NIÑEZ PRIMERO”, y que podrá abreviarse “FUNIPRI”,como una entidad pública, apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que enlos presentes Estatutos se denominará “La Fundación”. DOMICILIO:Artículo dos: El domicilio de la Fundación será la ciudad de SanSalvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en

todo el territorio de la República y fuera de él. PLAZO: Artículo tres: Elplazo de la Fundación es indefinido. OBJETO O FINALIDAD: Artí-culo cuatro: La Fundación tendrá por objeto: a) Promover la responsabi-lidad social de la empresa privada para identificar y apoyar espacios yservicios por medio de los cuales los niños, niñas y adolescentes del paísy sus familias puedan accesar a programas lúdicos-recreativos que

potencien el desarrollo de sus competencias, físicas, sociales, psico-afectivas, y cognoscitivas, mediados por procesos sociales orientados aldesarrollo social y humano, enmarcados dentro de la Política Nacionalpara el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, y particular-mente, en la promoción, protección y goce de sus derechos y responsa-bilidades; b) Implementar programas lúdicos y recreativos con el fin de

promover el cumplimiento de los derechos fundamentales de la niñez yadolescencia; c) Promover y organizar actividades y campañas queintegren los esfuerzos de las diferentes instancias públicas y privadaspara estimular las capacidades de aprendizaje de la niñez a través deljuego; d) Crear instituciones, programas, actividades y toda motivación

que conlleve a la niñez y adolescencia a una vida digna y honrada, conresponsabilidad y amplio sentido de servicio a la comunidad; e) Fomen-tar la comunicación entre padres e hijos, como el principio fundamentalde la familia, base de la sociedad; f) Promover la convivencia social,evitando la violencia para vivir en armonía y paz social; y j) Realizarcualquier tipo de actividad lícita, con el fin de obtener fondos destinados

al cumplimiento de los objetivos de la Fundación. DEL PATRIMO-NIO: Artículo cinco: El Patrimonio de la Fundación estará constituidopor: a) Un aporte inicial de un mil dólares, que los miembros fundadoreshan pagado a razón de cien dólares cada uno en efectivo. La aportaciónen dinero relacionado queda en poder y bajo la responsabilidad de laJunta Directiva que adelante se establece; b) Donaciones, herencias,

legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales oextranjeras, respectivamente, y c) Todos los bienes muebles e inmueblesque adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad conla ley. Artículo seis: El Patrimonio será administrado por la JuntaDirectiva conforme a las directrices que le manifieste la AsambleaGeneral. GOBIERNO DE LA FUNDACION: Artículo siete: El Go-

bierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b)La Junta Directiva. DE LA ASAMBLEA GENERAL: Artículo ocho:La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máximade la Fundación y estará integrada por la totalidad de los miembrosfundadores. Artículo nueve: La Asamblea General se reunirá ordinaria-mente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por

la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con laasistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembrosen primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente conlos miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que serequiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará laAsamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo diez: Todomiembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de AsambleaGeneral por motivos justificados podrá hacerse representar por escritopor otro miembro. El límite de representaciones es de un miembrollevando la voz y el voto de su representado. Artículo once: Sonatribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total

o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar,reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Funda-ción; c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anualde la Fundación; d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de laboresde la Fundación, presentada por la Junta Directiva; e) Decidir sobre lacompra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la

Fundación; y f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para laFundación y lo que no esté contemplado en los presentes Estatutos. DELA JUNTA DIRECTIVA: Artículo doce: La dirección y administra-ción de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estaráintegrada de la siguiente forma: un Presidente, un Secretario, un Tesore-ro, y seis Vocales. La Junta Directiva administrará y dispondrá del

Patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estosEstatutos. Artículo trece: Los miembros de la Junta Directiva seránelectos para un período de dos años pudiendo ser reelectos. Artículocatorce: La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes yextraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo quince: Elquórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados porla mayoría de los asistentes. Artículo dieciséis: La Junta Directiva tendráespecialmente las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividadesnecesarias para el logro de los fines de la Fundación; b) Velar por laadministración eficiente y eficaz del Patrimonio de la Fundación; c)

Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación; d) Promover laelaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fun-dación e informar a la Asamblea General; e) Velar por el cumplimientode los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de laAsamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Convocar a sesionesordinarias y extraordinarias de Asamblea General; y g) Resolver todos

los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Artículodiecisiete: Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesionesordinarias y extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por elcumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de laAsamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de laFundación; c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; d)Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea Generaly de la Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero laserogaciones que tenga que hacer la Fundación; y f) Presentar la Memoriade Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado porla misma. Artículo dieciocho: Son atribuciones del Secretario: a) Llevar

los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de JuntaDirectiva; b) Llevar el archivo de documento y registros de los miembrosde la Fundación; c) Extender todas las certificaciones que fueran solici-tadas a la Fundación; d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembrospara las sesiones; e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.Artículo diecinueve: Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y deposi-

tar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco que la JuntaDirectiva seleccione. b) Llevar o tener control directo de los libros decontabilidad de la Fundación; y c) Autorizar juntamente con el Presiden-te las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Artículo veinte:Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos losmiembros de la Junta Directiva; y b) Sustituir a cualquier Miembro de la

Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad alartículo catorce literal a) de estos Estatutos. DE LOS MIEMBROSFUNDADORES: Artículo veintiuno: Son MIEMBROS FUNDADO-RES todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con elcual se constituye la Fundación. Los Fundadores podrán designar distin-ciones honorarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos a

favor de la causa de la Fundación sean así nombrados por la AsambleaGeneral, así como también a todas aquellas personas naturales o jurídi-cas, Instituciones, Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, asícomo Empresas que mediante invitación de la Junta Directiva aportencontribuciones significativas a la Fundación en efectivo o en especies deacuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.

Artículo veintidós: Son derechos de los miembros Fundadores: a) Gozarde los beneficios derivados de la Fundación; b) Tener voz y voto en lasdeliberaciones de la Asamblea General; c) Optar a cargos Directivosllenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación; y d)Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de laFundación. Artículo veintitrés: Son deberes de los miembros Fundado-

res: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de AsambleaGeneral; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Fundación; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos,Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; yd) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de laFundación. Artículo veinticuatro: La calidad de miembro fundador se

perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos,Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; b)Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea Generalmerezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito. DE LADISOLUCION: Artículo veinticinco: No podrá disolverse la Fundación

sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en AsambleaGeneral Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votosque represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros funda-dores. Artículo veintiséis: En caso de acordarse la disolución de laFundación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cincopersonas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la

disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos suscompromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que laAsamblea General señale. DISPOSICIONES GENERALES: Artículoveintisiete: Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesa-rio el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembrosen Asamblea General convocada para tal efecto. Artículo veintiocho: La

Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asocia-ciones y Fundaciones sin fines de Lucro del Ministerio de Gobernación,la Junta Directiva dentro de los cinco días después de electa, y en todocaso proporcionar al expresado Registro cualquier dato que se le pidiere,de conformidad con la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro. Artículo veintinueve: Todo lo relativo al orden interno de la

Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en elReglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la JuntaDirectiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo treinta: LaFundación “La Niñez Primero” se regirá por los presentes Estatutos ydemás disposiciones legales aplicables. Artículo treinta y uno: Lospresentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación

en el Diario Oficial. DOY FE: que advertí a los comparecientes de laobligación que tienen de inscribir el presente instrumento; así comotambién los efectos del registro y las sanciones impuestas por la falta delmismo como lo establece el Artículo noventa y uno, de la Ley deAsociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, quienes entendieron ycomprendieron, y es por ello que quedaron obligados a cumplir. Así se

expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales deeste instrumento y leído que les hube lo escrito íntegramente en un soloacto manifiestan que está redactado conforme a sus voluntades, ratificansu contenido y firmamos.- DOY FE.- ENMENDADOS-Licenciada-Nacionalidad Salvadoreña-Seis-VALE.- ENTRELINEAS- en CienciasPolíticas-VALE.

MARINELA LOPEZ DE ORTIZ,

NOTARIO

PASO: Ante Mí de Folios CINCO VUELTO a Folios ONCE VUELTO,del Libro Catorce de Mi Protocolo que vence el día trece de mayo del año

dos mil tres y para ser entregado a la FUNDACION LA NIÑEZPRIMERO que se abrevia “FUNIPRI”, extiendo, firmo y sello elpresente testimonio en la ciudad de San Salvador, a los diez días del mesde septiembre del dos mil dos.

MARINELA LOPEZ DE ORTIZ,

NOTARIO.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA FUNDACION LA NIÑEZ PRIMERO

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Artículo uno: Créase en la ciudad de San Salvador, Departamentode San Salvador, la Fundación de nacionalidad salvadoreña, que sedenominará “FUNDACION LA NIÑEZ PRIMERO”, y que podráabreviarse “FUNIPRI”, como una entidad pública, apolítica, no lucrati-va, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “LaFundación”.

DOMICILIO

Artículo dos: El domicilio de la Fundación será la ciudad de SanSalvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales entodo el territorio de la República y fuera de él.

PLAZO

Artículo tres: El plazo de la Fundación es indefinido.

CAPITULO II

OBJETO O FINALIDAD

Artículo cuatro: La Fundación tendrá por objeto:

a) Promover la responsabilidad social de la empresa privadapara identificar y apoyar espacios y servicios por medio de loscuales los niños, niñas y adolescentes del país y sus familiaspuedan accesar a programas lúdicos-recreativos que poten-cien el desarrollo de sus competencias, físicas, sociales,psico-afectivas, y cognoscitivas, mediados por procesos so-ciales orientados al desarrollo social y humano, enmarcadosdentro de la Política Nacional para el Desarrollo Integral dela Niñez y la Adolescencia, y particularmente, en la promo-ción, protección y goce de sus derechos y responsabilidades;

b) Implementar programas lúdicos y recreativos con el fin depromover el cumplimiento de los derechos fundamentales dela niñez y adolescencia;

c) Promover y organizar actividades y campañas que integrenlos esfuerzos de las diferentes instancias públicas y privadaspara estimular las capacidades de aprendizaje de la niñez através del juego;

d) Crear instituciones, programas, actividades y toda motiva-ción que conlleve a la niñez y adolescencia a una vida dignay honrada, con responsabilidad y amplio sentido de servicioa la comunidad;

e) Fomentar la comunicación entre padres e hijos, como elprincipio fundamental de la familia, base de la sociedad;

f) Promover la convivencia social, evitando la violencia paravivir en armonía y paz social; y

g) Realizar cualquier tipo de actividad lícita, con el fin deobtener fondos destinados al cumplimiento de los objetivosde la Fundación.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO.

Artículo cinco: El Patrimonio de la Fundación estará constituidopor:

a) Un aporte inicial de un mil dólares, que los miembros funda-dores han pagado a razón de cien dólares cada uno enefectivo. La aportación en dinero relacionado queda en podery bajo la responsabilidad de la Junta Directiva que adelante seestablece;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personasnaturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente, y

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y lasrentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Artículo seis: El Patrimonio será administrado por la Junta Direc-tiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

CAPITULO IV

GOBIERNO DE LA FUNDACION

Artículo siete: El Gobierno de la Fundación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo ocho: La Asamblea General, debidamente convocada, esla autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidadde los miembros fundadores.

Artículo nueve: La Asamblea General se reunirá ordinariamenteuna vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por laJunta Directiva.

La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia delcincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros en primeraconvocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miem-bros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayornúmero de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea Generalpor mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que serequiera una mayoría diferente.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Artículo diez: Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera delas sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerserepresentar por escrito por otro miembro. El límite de representacioneses de un miembro llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo once: Son atribuciones de la Asamblea General.

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-bros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Fundación;

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestoanual de la Fundación;

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de laFundación, presentada por la Junta Directiva;

e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienesinmuebles pertenecientes a la Fundación; y

f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundacióny lo que no esté contemplado en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo doce: La dirección y administración de la Fundaciónestará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de lasiguiente forma: un Presidente, un Secretario, un Tesorero, y seisVocales.

La Junta Directiva administrará y dispondrá del Patrimonio de lamisma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos.

Artículo trece: Los miembros de la Junta Directiva serán electospara un período de dos años pudiendo ser reelectos.

Artículo catorce: La Junta Directiva sesionará ordinariamente unavez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo quince: El quórum necesario para que la Junta Directivapueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdosdeberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo dieciséis: La Junta Directiva tendrá especialmente lassiguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Fundación;

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del Patrimoniode la Fundación;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la Fundación e informar a la AsambleaGeneral;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva.

f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General; y

g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General.

Artículo diecisiete: Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de laJunta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la Fundación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la JuntaDirectiva;

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que hacer la Fundación; y

f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquierinforme que le sea solicitado por la misma.

Artículo dieciocho: Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea Generaly de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documento y registros de los miembrosde la Fundación;

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a laFundación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para lassesiones;

e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.

Artículo diecinueve: Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, enel Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad dela Fundación; y

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laFundación tenga que realizar.

Artículo veinte: Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la JuntaDirectiva; y

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso deausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorcede estos Estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS FUNDADORES

Artículo veintiuno: Son MIEMBROS FUNDADORES todas aque-llas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual se consti-tuye la Fundación. Los Fundadores podrán designar distinciones hono-rarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos a favor de lacausa de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, asícomo también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Institucio-nes, Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empre-sas que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribucionessignificativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo alcriterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Artículo veintidós: Son derechos de los miembros Fundadores:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Fundación;

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral;

c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la Fundación; y

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Fundación.

Artículo veintitrés: Son deberes de los miembros Fundadores:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Fundación;

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; y

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Fundación.

Artículo veinticuatro: La calidad de miembro fundador se perderápor las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción; y

c) Por renuncia presentada por escrito.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Artículo veinticinco: No podrá disolverse la Fundación sino pordisposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea GeneralExtraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos querepresente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros fundadores.

Artículo veintiséis: En caso de acordarse la disolución de laFundación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cincopersonas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó ladisolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos suscompromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que laAsamblea General señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo veintisiete: Para reformar o derogar los presentes Estatu-tos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por cientode los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo veintiocho: La Junta Directiva tiene la obligación deinscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fines de Lucrodel Ministerio de Gobernación, la Junta Directiva dentro de los cinco díasdespués de electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registrocualquier dato que se le pidiere, de conformidad con la Ley de Asocia-ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Artículo veintinueve: Todo lo relativo al orden interno de la

Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta

Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo treinta: La Fundación “La Niñez Primero” se regirá por los

presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo treinta y uno: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia

desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DECRETO No. 97.-

EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SAL-

VADOR en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad de Utilidad

Pública FUNDACION LA NIÑEZ PRIMERO, constituida en la ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las quince horas con

treinta minutos del día 10 de septiembre del 2002, por Escritura Pública

otorgada ante los oficios de la Notario MARINELA LOPEZ DE ORTIZ.

Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada

institución, los cuales constan de TREINTA y UN Artículos, por no

contener nada contrario al orden público, a las leyes del país, ni a las

buenas costumbres y confiéresele el carácter de Persona Jurídica de

conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro.

Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Oficial e

inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro la FUNDACION LA NIÑEZ PRIMERO.

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su

publicación en el Diario Oficial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecio-

cho días del mes de noviembre del dos mil dos.

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

CONRADO LOPEZ ANDREU,

MINISTRO DE GOBERNACION.

(Registro No. 5067)

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO Nº 859

San Salvador, 20 de septiembre de 2002

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Visto el escrito presentado a este Ministerio el 5 de septiembre de 2002, por el señor Víctor Manuel Zamora Babich, actuando en carácter de Representante

Legal de la Sociedad INDUSTRIAS DURAFLEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INDUSTRIAS DURAFLEX,

S.A. DE C.V., Sociedad registrada con Número de Identificación Tributaria 0614-200988-104-3, relativo a que se les autorice desmembrar del área de

6,294.23 M2, de las instalaciones industriales ubicadas en Autopista Sur, Edificio Duraflex, San Salvador, 280 M2, para arrendárselos a la Sociedad

Politex, S.A. de C.V.; así mismo adicionar como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones que miden 1,328 M2, ubicadas en el Edificio

Matex, bodega #1, Calle Nueva y Palmira, Colonia Santa Lucía, Ilopango;

CONSIDERANDO:

I. Que la solicitud de mérito fue admitida en este Ministerio el 5 de septiembre 2002;

II. La Sociedad Industrias Duraflex, S.A. de C.V., goza de los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, según

Acuerdo N° 644, de fecha 23 de agosto de 2000, publicado en Diario Oficial N° 168, Tomo N° 348, del 8 de septiembre del mismo año, para

aplicarlos a la fabricación de telas en tejido de punto de algodón 100%, algodón/poliéster y poliéster 100%;

III. Que en razón del crecimiento de sus operaciones, Industrias Duraflex, S.A. de C.V. arrendará un inmueble de 1,328 M2, ubicado en Edificio

Matex, bodega #1, Calle Nueva y Palmira, Colonia Santa Lucia, Ilopango, San Salvador, el cual será utilizado como bodega de materia prima;

IV. Que está comprobado en autos la existencia legal de la Sociedad interesada y la personería jurídica con que actúa el solicitante;

V. Que el Ministerio de Economía ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable;

POR TANTO,

De conformidad a las razones expuestas y artículos 1, 18 y 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio,

ACUERDA:

1. Modificar el numeral 2O de la parte dispositiva del Acuerdo Nº 644, de fecha 23 de agosto de 2000, publicado en el Diario Oficial Nº 168,

Tomo 348, de fecha 8 de septiembre de 2000, de la Sociedad INDUSTRIAS DURAFLEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que puede abreviarse INDUSTRIAS DURAFLEX, S.A. DE C.V., en el sentido de modificar el área de 6,294.23 M2 a 6,014.23

M2 de las instalaciones declaradas como Depósito para Perfeccionamiento Activo, ubicadas en Autopista Sur, Edificio Duraflex, San

Salvador;

2. Autorizar la ampliación de sus operaciones y declarar como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones que miden 1,328 M2,

ubicadas en Edificio Matex, Bodega #1, Calle Nueva y Palmira, Colonia Santa Lucía, Ilopango, San Salvador, debiéndose sujetar la Sociedad

a las disposiciones que dicten los Ministerios de Economía y Hacienda;

3. La beneficiaria deberá dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 28 literales a), b), c), d) y e) en proporcionar información relacionada

con su operación y cualquier otra que requieran los Ministerios de Economía y Hacienda;

4. En lo demás queda sin ninguna modificación el Acuerdo No. 644 antes mencionado;

5. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.-

BLANCA IMELDA DE MAGAÑA,

VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro Nº 5233)

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ACUERDO Nº 15-0274.

San Salvador, 13 de marzo de 2002

El Organo, Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: 1) Que se ha tenido a la vista Certificacióndel Acta Nº 140 de fecha 18 de enero de 2002, de la Comisión Nominadora de Centros Educativos, en la que Consta que ésta nominó al Centro EducativoOficial INSTITUTO NACIONAL; DE SAN RAFAEL ORIENTE, con el nombre de INSTITUTO NACIONAL "JOHN F. KENNEDY", ubicado enFinal Avenida Gerardo Barrios Sur, Municipio de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, que estará funcionando con el nivel ya autorizado,por el Ministerio de Educación. POR TANTO ACUERDA:1) Autorizar la nominación del Centro Educativo Oficial INSTITUTO NACIONAL DE SANRAFAEL ORIENTE, con el nombre de INSTITUTO NACIONAL "JOHN F. KENNEDY". El presente Acuerdo surtirá efecto a partir del presente año.COMUNIQUESE". (Rubricado por el señor Presidente de la República). La Ministra de Educación, A E JACIR S.

ACUERDO N° 15-1395.-

San Salvador, 9 de diciembre del 2002.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Resolución N° 546 de fecha9 de diciembre del 2002, emitida por la Dirección de Acreditación, se aprobó la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO"JARDIN DEL CONOCIMIENTO", ubicado en Colonia La Floresta, Calle Los Bambúes, Nº 86, de la ciudad de San Salvador, Departamento de SanSalvador, para que funcione en el Nivel de Educación Parvularia, jornada diurna; II) Que en la misma Resolución relacionada en el numeral anteriorse reconoce como Directora a la Profesora Cristina Isabel Cruz Henríquez de Ventura, PDN2, NIP N° 0307340; III) Que según Certificación de ActaN° 161, Punto II, de fecha 15 de noviembre de 2002, la Comisión Nominadora de Centros Educativos aprobó la nominación del Centro Educativo referidoen el considerando anterior como COLEGIO "JARDIN DEL CONOCIMIENTO"; IV) Que con fecha 14 de noviembre de 2002, se practicó inspecciónen las instalaciones del citado centro educativo; V) Que del resultado de esa inspección se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados.Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación; POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la ley le concede,ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 1 de noviembre de 2002, la Creación, Nominación y Funcionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO"JARDIN DEL CONOCIMIENTO", en el Nivel de Educación Parvularia, jornada diurna; 2) Reconocer como Directora a la Profesora Cristina IsabelCruz Henríquez de Ventura, PDN2, NIP N° 0307340; 3) Su infraestructura será identificada con el Código N° 21278. COMUNIQUESE". (Rubricadopor el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN.

(Registro Nº. 5139)

ACUERDO N° 15-0039.-

San Salvador, 10 de enero de 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Resolución N° 022 de fecha9 de enero de 2003, emitida por la Dirección de Acreditación, se aprobó la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel deEducación Media en las modalidades del Bachillerato General y Técnico Vocacional Comercial opción Secretariado y Contaduría, jornada diurna, enel Centro Educativo Privado COLEGIO "SALARRUE", ubicado en Avenida Morazán, N° 6-12, Barrio Mejicanos, de la ciudad de Sonsonate,Departamento de Sonsonate; II) Que con fecha 11 de noviembre de 2002, se practicó inspección en las instalaciones del citado Centro Educativo; III)Que del resultado de esa inspección se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo de conformidad con la Ley General deEducación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 6 de enerode 2003, la Ampliación de los Servicios Educativos del Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato General y Técnico VocacionalComercial opción Secretariado y Contaduría, jornada diurna, en el Centro Educativo Privado COLEGIO "SALARRUE"; 2) Nombrar como Directordel 3er. Ciclo y Ratificar como Director de Educación Media al Profesor Luis Hernán Conde, PDN2, NIP N° 00300879. COMUNIQUESE". (Rubricadopor el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN.

( Registro Nº. 5193)

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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ACUERDO Nº. 260-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de mayo de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA: Autorizar

a la Licenciada VILMA ANGELICA MEJIA ALVARADO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido

con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G. CALDERON.--

- R. HERNANDEZ VALIENTE.--- J. ENRIQUE ACOSTA.-- VELASCO.-- DE BUITRAGO.-- M. CLARA.--- E. CIERRA.--- GUSTAVE T.

Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.--E. Dinorah Bonilla de Avelar.--

( Registro Nº. 5179)

ACUERDO Nº. 570-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de octubre de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA: Autorizar

al Licenciado CARLOS ANTONIO HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con

todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G. CALDERON.--- R.

HERNANDEZ VALIENTE.--- J. E. TENORIO-- MARIO SOLANO---VELASCO.-- J. ENRIQUE ACOSTA-- E. CIERRA-- GUSTAVE T.

Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

( Registro Nº. 5148)

ACUERDO Nº. 768-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos. El Tribunal ACUERDA:

Autorizar a la Licenciada ANA RUTH REYNOSA ESCOBAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber

cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. MARIO

SOLANO -- J. ENRIQUE ACOSTA-- VELASCO-- DE BUITRAGO-- BERNAL SILVA--- E. CIERRA-- M. CLARA --- GUSTAVE T.-- Pronunciado

por los señores Magistrados que lo suscriben.--E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº. 5095)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE

DESARROLLO COMUNAL CANTON SAN LORENZO

JURISDICCION DE SAN ILDEFONSO,

DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE

CAPITULO UNO

DENOMINACION, DURACION,

DOMICILIO, FINES Y METAS

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legalesaplicables estará al servicio de la comunidad de su domicilio para eldesarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, culturaly económico y se denominará ASOCIACION DE DESARROLLOCOMUNAL DE EL CANTON SAN LORENZO, Municipio de SanIldefonso, Departamento de San Vicente, la cual podrá abreviarseADESCOCSL, que en los presentes Estatutos se llamará la Asociación;la cual adopta como símbolo dos círculos concéntricos que significa laintegración de la comunidad, bordeado internamente con el nombre ydomicilio de la Asociación. En la parte superior se encuentran dos cerroslos cuales rodean la parte alta de la comunidad. Entre los dos cerros, unsol que significa un nuevo amanecer y nuevas esperanzas de desarrollopara los habitantes de la comunidad. A la izquierda, una iglesia quesignifica la fe en Dios de la comunidad; en la parte media una calle quecruza internamente la comunidad y unas viviendas que simboliza launidad familiar; y un árbol de guanacaste y el Río Lempa la cualsimboliza la convivencia de los habitantes de la comunidad con lanaturaleza y el medio ambiente.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casosprevistos en Ordenanzas y Reglamentos Municipales, Ley del DesarrolloComunal y estos Estatutos.-

Art. 3.- El domicilio de La Asociación será el CASERIO ELPUENTE, CANTON SAN LORENZO, JURISDICCION DE SANILDEFONSO, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

Art. 4.- Los fines de La Asociación son de carácter General sin finesde lucro.

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación,salud y economía; la obra física será considerada como unmedio y proyección que la Asociación aprovechará para ellogro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de susmiembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación promo-cional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el finde contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-mente con el Concejo Municipal, otros organismos guberna-mentales e instituciones autónomas, privadas y/o personasjurídicas que participen en programas y proyectos de benefi-cio comunal.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo alplan de trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Ildefonso; eldesarrollo del hombre es el primero, procurando su formación integralespontánea por medio de la educación, la cultura, la economía, la saludy el deporte; incentivando la democratización, factor indispensable parala buena armonía de la ciudadanía. La obra física será producto delesfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las institucionesEstatales; Empresa Privada e instituciones internacionales. La Asocia-ción se propone desarrollar en distintas etapas, es decir, a largo, medianoy corto plazo lo siguiente:

1) Construcción de Escuela desde Parvularia hasta NovenoGrado,

2) Construcción de una Clínica,

3) Construcción de una casa comunal,

4) Empedrado, fraguado de calles internas de la comunidad,

5) Ampliación de alumbrado público,

6) Ampliación y mejoramiento del servicio de agua potable,

7) Mejoramiento de viviendas en la comunidad,

8) Construcción de un parque en la comunidad,

9) Programa de capacitación para los asociados a la ADESCO,

10) Legalización del Cementerio General de la comunidad SanLorenzo.

11) Apertura del camino vecinal en Caserío El Quebracho aparcelas agrícolas, 2 kms.

12) Proyectos productivos en la comunidad.

CAPITULO DOS

DE LOS SOCIOS

Art. 6.- La calidad de los socios será:

ACTIVOS y HONORARIOS

Todos deben ser mayores de dieciocho años.

a) Son Socios Activos: todas las personas que reunen los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de loslímites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindadesinmediatas que hayan residido en este lugar por un período nomenor de un año.

b) Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la Asam-blea General, por su iniciativa o a propuesta de la JuntaDirectiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritospersonales y relevantes servicios prestados a la Asociación ocomunidad.

Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que laAsamblea General les otorgue.

CAPITULO TRES

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de laAsociación y se integrará con todos o con mayoría de Socios Activos,pudiendo haber representación de socios; pero cada socio no podrá llevarmás de una representación. Las resoluciones se tomarán por mayoría devotos de los presentes o representados.-

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos vecesal año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando seaconvocada por la Junta Directiva a iniciativa propia o a solicitud de diezmiembros a La Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios; en lasAsambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos com-prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos nocomprendidos en la agenda será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria oExtraordinaria se hará por medio de circular dirigida a los socios conquince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horasde anticipación para la segunda; indicando lugar, día y hora en que secelebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrar-se la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente conlos socios que concurran. En este último caso, las resoluciones que setomen serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocadosno asistieren.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos; así mismo retirar la calidadde miembros a los que hubieran renunciado o pierdan sucalidad de socios.

c) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-tes.

d) Otorgar la calidad de Socio Honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de laJunta Directiva.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los quesean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-tos que se dictaren.

CAPITULO CUATRO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembroselectos en la Asamblea General por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: unPresidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario deActas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.-

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cada quincedías y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presiden-te; para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos seis desus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. Encaso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto decalidad.

CAPITULO CINCO

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 17.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asociación.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas yrealizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquiertítulo y las rentas que se obtengan por el alquiler de losmismos.-

Art. 18.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, éstaaportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin deincrementar el capital bancario a nombre de la Asociación; la que llevaráun libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todoincremento o disminución del mismo.

CAPITULO SEIS

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 19. La Asociación podrá disolverse cuando las tres cuartaspartes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y, en tal caso,los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el ConcejoMunicipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferente-mente en la localidad del domicilio de la Asociación mientras no serealice su inversión, el remanente estará bajo el control del ConcejoMunicipal.

CAPITULO SIETE

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 20.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados deella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos yprevia audiencia del interesado; por infracciones a las Ordenanzas,Reglamentos Municipales y estos Estatutos.

Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientesanomalías.

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuiciograve para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos deelección o comisiones que le sean delegados por la AsambleaGeneral o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas oantidemocráticas y de otra naturaleza que perjudique a laAsociación.

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

d) Por obtener beneficios por medio del fraude para sí o para

terceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la

misma.

Art. 21.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la

Asamblea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamente

según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la

Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por

la Asamblea General.

Art. 22.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva

nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los

hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor

exponga en su defensa, resolverá.

En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el

procedimiento a que se refiere el inciso anterior, acordada que fuere ésta,

se nombrará a los sustitutos.

Art. 23.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-

midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida

la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir

al Concejo Municipal para que éste resuelva los siguientes:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión investi-

gadora.

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la

suspensión en base a los informes de la Comisión Investiga-

dora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo

a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión tempo-

ral o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse

de un número considerable de miembros cuando los restantes

no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el

inciso anterior; en todos los casos de este artículo, será la

Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión

temporal o definitiva de los miembros y en la misma sesión

elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la

suspensión o por el resto del período de los Directivos

suspendidos.

Art. 24.- De la resolución establecida por la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el

recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la

notificación de los resultados de las resoluciones de la Asamblea Gene-

ral, no se admitirá ningún recurso.

CAPITULO OCHO

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 25.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la

elección, la nómina de la nueva Junta Directiva; en todo caso proporcio-

nará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le

pidiere relativo a la Asociación.-

Art. 26.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en

forma definitiva.

Art. 27.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de nueva

Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio, el

plan de trabajo correspondiente y la nómina de la nueva Junta Directiva.

Art. 28.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea

General podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas al

mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu

de servicio en favor de la Asociación y de la comunidad.

Art. 29.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será

sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su aproba-

ción.

Art. 30.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO I.-

EL CONCEJO MUNICIPAL CONSIDERANDO: que vistos los

Estatutos de la Asociación de Desarrollo comunal Cantón San Lorenzo

la cual se abrevia ADESCOCSL la cual consta de treinta Artículos y no

habiendo encontrado en ello ninguna disposición contraria a las leyes de

la república, el orden público, ni a las buenas costumbres, por lo que de

conformidad con el Artículo treinta numeral veintitrés y ciento diecinue-

ve del Código Municipal este Concejo Municipal ACUERDA: aprobar

y conferirles a la Asociación de Desarrollo Comunal Cantón San Loren-

zo ADESCOCSL quien tendrá la sede en el Caserío El Puente del Cantón

San Lorenzo de esta jurisdicción el Carácter de PERSONA JURIDICA.

Alcaldía Municipal de San Ildefonso, a los dieciséis días del mes de

febrero del año dos mil tres.

MARIA JULIA CONSTANZA DE CRUZ,

ALCALDESA MUNICIPAL.

MARIA ZOILA RIVAS,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. 5172)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL MATA DE PIÑA.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION Y DOMICILIO

Art. Uno.- La Asociación que se constituye, la cual en el curso de

estos estatutos será llamada la "Asociación" estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza reguladora de la Asociaciones, si la hay

en el municipio, por estos Estatutos y demás disposiciones aplicables. La

Asociación se denominará "ASOCIACION DE DESARROLLO CO-

MUNAL MATA DE PIÑA" y podrá abreviarse "ADESCOMP", tendrá

por domicilio el Cantón San Marcos Lempa, tendrá un sello triangular

que en su alrededor dirá Asociación de Desarrollo Comunal "MATA DE

PIÑA" y al centro tendrá un arado y una mata de maíz, más abajo será

abreviado ADESCOMP.-

Art. Dos.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,

de carácter democrático y no religiosa.

CAPITULO II

FINES

Art. Tres.- La Asociación tendrá como fines: a) Promover el

Progreso de la respectiva localidad conjuntamente con los organismos

públicos y privados, nacionales e internacionales que participan en los

correspondientes programas de desarrollo comunal. b) Fomentar el

espíritu de comunidad, Solidaridad y cooperación mutua entre los

vecinos, sus grupos y entidades representativas. c) Coordinar y cooperar

con otros grupos comunitarios organizados en la misma jurisdicción,

buscando la integración de sus miembros en la organización de activida-

des. d) Impulsar y participar en los programas de capacitación a los

dirigentes y los grupos comunales, con el fin de contribuir a mejorar la

organización y administración de proyectos sociales y económicos. e)

Promover las organizaciones juveniles, para hacerlos partícipes en las

responsabilidades en los programas de desarrollo local f) Incrementar las

actividades comunitarias a fin de obtener recursos propios para impulsar

el mejoramiento. g) Participar organizadamente en el estudio y análisis

de realidad, social, de los problemas y necesidades de la comunidad, así

como cualquier actividad en el campo social, económico, cultural,

religioso, cívico, educativo y otros que sean legales y de provecho para

la comunidad.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS DERECHOS Y DEBERES .-

Art. Cuatro.- Los asociados podrán ser a) fundadores b) Activos

c) Honorarios. Son asociados fundadores. Todas las personas que firma-

ron el acta de constitución de la Asociación. Son socios activos. Todas

las personas que aporten sus ingresos conforme lo establecido en estos

Estatutos. Son socios honorarios, Aquellas personas naturales o jurídicas

que realizan una destacada labor dentro de la comunidad o dando ayuda

significativa a la Asociación y que la Asamblea General les conceda tal

calidad a propuesta de la Junta Directiva. Para ser asociados son

requisitos ser mayor de dieciocho años, con residencia en la localidad, ser

de buena conducta y admitido por el acuerdo de la Junta Directiva previa

solicitud del interesado.

Art. Cinco .- Son derechos de los Asociados: a) Participar con voz

y voto en las Asambleas Generales. b) Presentar mociones y sugerencias

a la Asamblea General. c) Retirarse voluntariamente de la Asociación. d)

Elegir y ser electo para un cargo de la Junta Directiva. e) Gozar de los

servicios y privilegios que realiza u otorga la Asociación.

Art. Seis.- Son deberes de los asociados: a) Cooperar por todos los

medios promocionales posibles al incremento del número de miembros

de la Asociación. b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea

General previa convocatoria formal o escrita. c) Desempeñarse con

responsabilidad en todas las comisiones o cargos que se le encomienden.

d) Cumplir los estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea

General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fines

de la Asociación.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. Siete.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por una

Asamblea General y una Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. Ocho.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la

Asociación y estará integrada por la totalidad de los Asociados.

Art. Nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una

vez al año y extraordinariamente cuando se considere necesario. (Será

por medios públicos o colectivos).

Art. Diez.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria se hará

con ocho días de anticipación a la fecha de su realización.-

Art. Once.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria se

hará por los menos con tres días de anticipación a la fecha de su

realización.

Art. Doce.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de

los miembros de la Asociación y las disposiciones se tomarán por el voto

de la mayoría de los asistente. Si no hubiese quórum se hará una nueva

convocatoria y las instalará la Asamblea General con el número de

asistentes, siempre que no sea inferior a un tercio de los integrantes de la

misma.

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Art.Trece.- Son atribuciones de la Asamblea General. a) Aprobar

reformas o derogar los Estatutos y reglamentos de la Asociación. b)

Elegir los miembros de la Junta Directiva y distribuirlos por causas

justificadas. c) Aprobar el presupuesto anual de la Asociación. d)

Aprobar la memoria de labores de la Asociación, los informes del

Tesorero y los demás que le presente la Junta Directiva. e) Fijar la cuantía

de las cuotas ordinarias y extraordinarias de los Asociados según las

necesidades de la Asociación. f) Acordar la disolución de la Asociación.

g) Resolver todo lo previsto en los presentes Estatutos Reglamentos y

otras disposiciones que emita la Asociación.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art.Catorce.- La Junta Directiva de La Asociación estará formada

por. un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un

Tesorero, un Protesorero, un Síndico, dos Vocales.

Art.Quince.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en

sesión ordinaria de Asamblea General, para un período de dos años a

contratar de la fecha de su nombramiento, pudiendo ser reelectos en sus

cargos, por un periodo más.

Art.Dieciséis.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una

vez cada quince días y extraordinariamente cuando se considere conve-

niente, las convocatorias a las sesiones ordinarias de la Junta Directiva

se harán con tres días de anticipación y para las sesiones extraordinarias

con dos días por lo menos.

Art.Diecisiete.- El quórum para celebrar las sesiones de la Junta

Directiva será la asistencia de por lo menos seis de sus miembros y para

tomar resoluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros

directivos presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto

Art.Dieciocho.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-

nes. a) Administrar el patrimonio de la Asociación. b) Velar por el

cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de la Asamblea General y los

reglamentos de la Asociación. c) Elaborar la memoria anual de labores y

someterlas a consideración de la Asamblea General. d) Elaborar el

presupuesto anual de labores y someterlos a consideración de la Asamblea

General. e) Velar por que todos los socios cumplan con sus obligaciones

para con la Asociación. f) Señalar las fechas de celebración de las sesiones

ordinarias y extraordinaria de la Asamblea General, convocar a los socios

y elaborar la agenda de las mismas. g) Conocer las solicitudes de ingresos

de los asociados y presentarlas a consideración a la Asamblea General. h)

Conocer de las solicitudes y reclamos de los asociados y presentarla a

consideración a la Asamblea General. i) Autorizar al Presidente para que

celebre toda clase de contratos y proyectos de la Asociación, especialmente

los aprobados por la Asamblea General. j) Elaborar proyectos de regla-

mentos de la Asociación, así como los proyectos de reforma a los

Estatutos y reglamentos. k) Aprobar los programas de trabajo a desarro-

llar por la Asociación. l ) Organizar seminarios, cursillos u otros eventos

relacionados con los fines de la Asociación. m) Resolver todos los

asuntos que no sean de competencia de la Asamblea General.

Art.Diecinueve.- Para ser miembro de la Junta Directiva de la

Asociación se requiere: a) Ser mayor de dieciocho años. b) Competencia

notoria para el desarrollo del cargo. c) Observar buena conducta. d) Estar

solventes con la Asociación.

Art.Veinte.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser desti-

tuidos de sus cargos por las siguientes causas. a) Informalidad comproba-

da. b) Incumplimiento de los estatutos, reglamentos y otras disposiciones

importantes de la Asociación. c) Por apartarse de los fines de la

Asociación. d) Cuando a juicio de la Asamblea General sea necesario.

CAPITULO VII

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art.Veintiuno.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las

reuniones de la Directiva y de la Asamblea General. b) Convocar a los

Asociados a las sesiones de la Asamblea General y a los miembros de la

Junta Directiva. c) Representar Judicial y extrajudicialmente a la Asocia-

ción. d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva,

de la Asamblea General y los Estatutos de la Asociación. e) Firmar con el

Tesorero los cheques y documentos de gastos de la Asociación debidamen-

te comprobados. f) Los demás que encomienden la Junta Directiva.

Art.Veintidós.- Son atribuciones del Vicepresidente. a) Colaborar

con el Presidente en el desempeño de sus funciones. b) Sustituir al

Presidente en caso de ausencia o impedimento de éste. c) Las demás que

le asignen estos Estatutos y otras disposiciones que emita la Asociación.

Art.Veintirés.- Son atribuciones del Secretario. a) Llevar el libro

de actas de las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva. b)

Extender las credenciales y certificaciones de la Asociación que sean

necesarias. c) Llevar el archivo de la Asociación. d) Enviar a los

Asociados las convocatorias a sesiones de Asamblea General y Junta

Directiva. e) Llevar el registro de los Asociados. f) Recibir y despachar

la correspondencia de la Asociación. g) Las demás que por el cargo le

competen.

Art.Veinticuatro.- Son atribuciones del Prosecretario. a) Colabo-

rar con el secretario en el desempeño de sus funciones. b) Sustituir al

Secretario en caso de ausencia o impedimento de este. c) Las demás que

le asignen estos Estatutos y otras disposiciones que emita la Asociación.

Art.Veinticinco.- Son atribuciones del Tesorero. a) Recibir y guardar

los fondos de la Asociación en la Asociación bancaria que la Junta

Directiva señale. b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

gastos de la Asociación debidamente aprobados. c) Elaborar el ante

proyecto de presupuesto anual de la Asociación y presentarla a la Junta

Directiva. d) Llevar los libros de contabilidad que sean necesarios. e)

Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de los ingresos y

egresos de la Asociación. f) Presentar el balance de la situación económica

de la Asociación. g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por

la Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que esta los

requiera las demás que por razones de su cargo le correspondan.

Art.Veintiséis.- Son atribuciones del Protesorero. a) Sustituir al

Tesorero en caso de su ausencia o impedimento de este. b) Colaborar con

el Secretario en el desempeño de sus funciones. c) Desempeñar las

comisiones que se asignen. d) Las demás que por su cargo le correspon-

dan.

Art. Veintisiete.- Son atribuciones del Síndico. a) Velar especial-

mente por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta Directiva y de

la Asamblea General por los Estatutos y reglamentos de la Asociación.

b) De las demás que le señale la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. Veintiocho.- Son atribuciones de los Vocales. a) Sustituir y

colaborar con los demás miembros de la Asamblea General y la Junta

Directiva. c) Las demás que le señalen los Estatutos y los Reglamentos

de la Asociación.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION .

Art. Veintinueve.- El patrimonio de la Asociación estará constitui-

do por. a) Las contribuciones que aporten los Asociados, la cual será de

cinco colones mensuales pagaderos en forma mensual o en plazos que el

reglamento interno lo determine. b) Las subvenciones y los aportes

extraordinarios que provengan de diversas fuentes. c) Los ingresos

provenientes de cualquier actividad realizada por la Asociación. d) Los

bienes muebles e inmuebles que se adquieran. e) Donaciones o

financiamientos que se obtengan. f) Cualquier otro ingreso que perciba

la Asociación de las actividades que realice.

Art. Treinta.- Los fondos de la Asociación serán depositados en

una institución financiera, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de

la Asociación que será manejada con las firmas del Tesorero y el

Presidente de la Asociación o quienes la Junta Directiva lo designe.-

CAPITULO IX

DURACION Y DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. Treinta y uno.- El tiempo de duración de la Asociación es

ilimitado. La Asociación se disolverá por disposiciones de la ley, cuando

los socios sean menor a veinticinco, por no poder cumplir con los

objetivos para la cual a sido creado y finalmente cuando así lo acuerde

la Asamblea General, convocada al efecto y con el voto favorable de las

tres cuartas partes de los Asociados.

Art. Treinta y dos.- Acordar la disolución de la Asociación y

verificada la disolución por la Junta Directiva el remanente de los bienes,

si los hubiese se donarán a una entidad legalmente constituida en el país

y que tengan fines similares y éstos deberán asignarse por la Asamblea

General que acordaré la disolución.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES .

Art. Treinta y tres.- La Asociación llevará sus libros de registro de

afiliados, actas financieras, todos foliados y sellados, con una razón de

apertura que contenga el objeto del libro y al terminar la razón de cierre

la cual deberá estar firmada y sellada por el Secretario y Presidente.

Art. Treinta y cuatro.- La Junta Directiva tiene la obligación de

enviar al Concejo Municipal, en los primeros quince días posteriores a la

elección de la Junta Directiva la nómina de quienes la integran también

informarán en la forma anteriormente de las sustituciones de los miem-

bros de la Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.

Art. Treinta y cinco.- Los casos que no estén completados en estos

Estatutos serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su

caso.

Art. Treinta y seis.- Los presentes Estatutos estarán en vigencia

desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO UNO.

Vistos los Estatutos que regirán el funcionamiento de la " Asocia-

ción de Desarrollo Comunal Mata de Piña que se abreviará ADESCOMP

por lo que tendrá como domicilio en el Cantón San Marcos Lempa

Jiquilisco, Depto. de Usulután, consta de treinta y cinco artículos y no

encontrándose disposición alguna que contraríe las Leyes de la Repúbli-

ca, ACUERDA: aprobarlos y darle Personería Jurídica a dicha

Asociación.

Alcaldía Municipal de Jiquilisco, a catorce días del mes de noviem-

bre del año dos mil dos. Prof. DAVID BARAHONA MARROQUIN,

ALCALDE MUNICIPAL. Br. JOSE ARMANDO CACERES M.

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº. 5099)

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLOCOMUNAL “PAZ Y ESPERANZA” (ADESCOPAES), CASE-

RIOS EL TULE Y LA VEGA, CANTON LAS MESAS, SESORIDEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION Y DOMICILIO

ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos ydemás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la Comuni-dad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas yproyectos de interés social, cultural y económico y será una entidadapolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático. La Asocia-ción se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal “Paz y Esperan-za”, de la jurisdicción de Sesori, departamento de San Miguel, la quepodrá abreviarse ADESCOPAES y que en estos Estatutos se denominaráLA ASOCIACION y que adoptará el símbolo: un Arbol de Naranjo.

ART. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por lasleyes de la materia.

ART. 3.- El domicilio de la Asociación será en los Caseríos El Tuley La Vega, Cantón Las Mesas, jurisdicción de Sesori, departamento deSan Miguel.

FINES

ART. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano yla obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:

a) Promover el progreso de la Comunidad de los Caseríos ElTule y La Vega, del Cantón las Mesas juntamente con losorganismos públicos y privados que participen en los corres-pondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los Asociados, los veci-nos, sus grupos y sus comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas enla mayor integración de sus Miembros y la mejor organiza-ción de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación ypromoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de laorganización de la Comunidad, la administración de proyec-tos sociales y económicos y la elevación de niveles educati-vos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Comuni-dad con el equipamiento y medios indispensables para solu-cionar los distintos problemas que existen en la Comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de laComunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y elesfuerzo propio, a fin de complementar las obras que seconsideren en el respectivo Plan de Trabajo y obras que deemergencia surjan.

g) Incrementar las actividades de nivel comunal, a fin de obtenerrecursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento dela Comunidad.

h) Promover las organizaciones Juveniles de ambos sexos,haciéndoles participar responsablemente en el desarrollolocal.

i) Promover la incorporación de la Mujer al proceso integral dela Comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingre-sos económicos y servicios sociales a la Comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacio-nal en cuanto a la determinación de proyectos y la obtenciónde recursos comunales, gubernamentales, etc.

METAS

ART. 5.- La Asociación tendrá como metas las especificadas en elPlan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de Sesori,de acuerdo a las siguientes áreas: organización y Capacitación Comunal,Salud, Mejoramiento de Infraestructura Básica, Agropecuaria, Vivien-da, Industria, Trabajo, Recreación y Educación y serán desarrolladas pormedio de ejecución de proyectos y actividades de interés de los Asocia-dos de la Comunidad.

ART. 6.- Los socios podrán ser:

SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

a) Activos

b) Honorarios

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo,cuando provengan de Asociaciones Juveniles, el requisito de edad antesmencionado será de trece años.

Son Socios Activos, todas las personas que reúnan los requisitosseñalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la unidadvecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes inmediatas,y afiliarse mediante procedimiento determinado por la Asamblea Gene-ral.

Son Socios Honorarios, aquellas personas a quienes la AsambleaGeneral, por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva, lesconceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantesservicios prestados a la Asociación.

ART. 7.- Son Derechos y Deberes de los Socios Activos:

DERECHOS

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar nociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación.

d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de Miembros de la Asociación.

f) La participación en la administración y fiscalización de laAsociación.

DEBERES

a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en forma legal.

b) Desempeñar acabalidad todas las comisiones y cargos que sele encomienden.

c) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de JuntaGeneral y Junta Directiva, siempre que estén relacionadoscon los fines de la Asociación.

d) Cumplir los acuerdos de la Asociación siempre que se tomende acuerdo a las Leyes, Reglamentos y Estatutos.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

e) Mencionar que solo corresponden un solo voto a cada Aso-ciado sin que pudiera haber representación de un Asociadopor otro, salvo con la autorización de la Junta Directiva.

ART. 8.- Los Socios Honorarios, gozarán de los derechos que laAsamblea General les otorgue.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por laAsamblea General y la Junta Directiva.

A) LA ASAMBLEA GENERAL

ART. 10.- La Asamblea General la componen los Socios y seinstalará por mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representa-ción de los Socios, pero cada Socio no podrá llevar más de una represen-tación.

Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en loreferente a la disolución de la Asociación.

ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente doceveces al año, con intervalos de un mes y Extraordinariamente, cuando seaconvocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud dediez Socios.

ART. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Socios. Enlas Asambleas Generales Extraordinarias, solo se tratarán los asuntoscomprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otrosaspectos no comprendidos en la agenda, será nula.

ART. 13.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria oExtraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con cinco días deanticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipaciónpara las segundas, indicandose en las mismas el lugar, día y hora en quehan de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la secciónpor falta de quórum, esta se llevará a cabo dos horas para las primeras ycuarenta y ocho horas para las segundas; en este último caso, lasdecisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos quelegalmente convocados no asistieron.

ART. 14.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los Miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar elestado financiero de la Asociación.

c) Destituir por causa justificada a los Miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán lacalidad de Miembros de la misma a los que hubieran renun-ciado, fallecido o perdido su calidad de Socio.

d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-tes.

e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.

f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobaciónde Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio deRepresentante Legal de la Asociación.

g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

h) Aprobar la suspensión definitiva de los Socios.

i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-to.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-tos que se dicten.

B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DEASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

ART. 15.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados deella por la Junta Directiva, tomando por mayoría de votos y previaaudiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal, Orde-nanza Municipal y estos Estatutos.

Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a lassiguientes:

a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio gravea la Asociación.

b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos deelección o comisiones que le encomiende la Asamblea Gene-ral o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturale-za que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento beneficio de la Asociaciónpara sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Direc-tiva nombrará una comisión de siete de sus Miembros, para que investi-guen los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que elsupuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá elproceso a que se refiere el inciso anterior, pero en este caso, la AsambleaGeneral resolverá por tal suspensión acordada, que se nombrara a lossustitutos.

ART. 17.- Sobre el retiro de Asociados y sobre la suspensióntemporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamen-te el retiro de revisión para la misma, dentro del tercer día de lanotificación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningúnrecurso, y solo resolverá sin mayor tramite dentro del tercer día posteriora la admisión del recurso de revisión.

ART. 18.- Los Miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defini-tiva, según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por laAsamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

ART. 19.- En caso de que la Junta Directiva dentro del plazo de diezdías de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a losArtículos anteriores, un número de veinticinco Asociados por lo menos,podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente que se les autorice:

a) Para nombrar de entre los mismos la comisión investigadora; y

b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que conside-rará la suspensión en base a los informes de la comisióninvestigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirácuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva ocuando por tratarse de un número considerable de Miembros,los que queden no pueden o no inicien el procedimientodentro del plazo que establece en el inciso anterior.

En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General la queresolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los Miembros y enla misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo desuspensión o por el resto del período de los Directivos suspendidos.

C) LA JUNTA DIRECTIVA

ART. 20.- La Junta Directiva estará integrada por once Miembroselectos en Asamblea General, por votación nominal y pública, ya sea porcargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargosserá la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario de Actas, Teso-rero, Síndico y cinco Vocales.

Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem, sin embargocuando el Socio o Directivo trabaje en actividades particulares y even-tuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional ocuando por el volumen del trabajo o las circunstancias lo ameriten.

ART. 21.- La Junta Directiva, se reunirá Ordinariamente cuantasveces sea necesario o por lo menos una vez al mes, y Extraordinariamentecuando sea convocado por el Presidente.

Para que la sesión sea valida, deberá concurrir por lo menos elcincuenta por ciento más uno de los Miembros y las resoluciones setomaran por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente o el quehaga sus veces tendrá voto de calidad.

ART. 22.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación yproponerlos en la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conformea la ley.

c) Determinar Juntamente con las instituciones que colaborancon el Desarrollo Comunal, el Plan de Trabajo y el presupues-to correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzarsu mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias oExtraordinarias.

f) Vincularse con las organizaciones de Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajaren la Región del proyecto de Desarrollo Comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,ejecución y evaluación de los programas y proyectos deMejoramiento de la Comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrolla y presentarle el Plan Anual de Trabajoy el presupuesto respectivo e informar igualmente a losorganismos que cooperaron con el desarrollo de sus progra-mas de trabajo.

i) Velar que el Patrimonio de la Asociación sea aplicado a laconsecución de sus fines.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losafiliados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposicionesemanadas de la Asamblea General y las que crea convenientedictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionalesno previstas en los Estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la AsambleaGeneral en la sesión anual, sus actividades de trabajo.

o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyescorrespondientes y estos Estatutos.

ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirálas sesiones de Asambleas Generales y de Junta Directiva, autorizandocon su firma los acuerdos que emanen de la misma y coordinará lasactividades a la Asociación.

ART. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente, losustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de este y todo lodemás que fuere concerniente a actividades comunales.

ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicación de laAsociación y llevará el inventario de los bienes de la misma.

ART. 26.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros deactas de Sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directivay todo lo demás que fuere pertinente.

ART. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes dela Asociación y llevará los libros de contabilidad o de las cuentas de lamisma.

Se encargará así mismo, que se hagan efectivo los créditos a favorde la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión delestado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociacióny de los emolumentos si los hubieren.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria ocrediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación,debiendo registrar sus firmas con la del Presidente y Síndico comorefrendarios.

ART. 28.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudi-cial de la Asociación y el uso de la Personalidad Jurídica, quien paracomparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otrosdeberán ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimarámediante la certificación del Punto de Acta que lo autoriza.

A falta de Síndico, fungirán los Vocales en su orden, autorizadosen sesión de Junta Directiva; además, velará por el estricto cumplimientodel Código Municipal, la Ordenanza respectiva, así como los presentesEstatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por laAsamblea General y la Junta Directiva.

ART. 29.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva a lamedida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a losMiembros de la Junta Directiva que faltaren.

ART. 30.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directivallamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure lasuspensión.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ART. 31.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos por unperíodo de dos años y solo podrán ser reelectos en forma consecutivapara un período más, siete de sus Miembros que podrán ser cualesquierade ellos.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ART. 32.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aportenlos Socios Activos y será de cinco colones mensuales o suequivalente en dólares ($0.57).

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, dona-ciones, legados, etc. Que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizadapara allegar fondos a la Asociación.

d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgadosa los Asociados. El valor de estos intereses serán fijados porla Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, peroen todo caso, este interés será menor que el estipulado por elSistema Bancario Nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienesmuebles e inmuebles de propiedad de la Asociación. El valorde estos alquileres están aprobados por la Asamblea General,a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximiráde estos pagos el hecho de ser Asociado.

f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquierTítulo.

g) Los bienes muebles e inmuebles que forman el Patrimonio nopodrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados oprestados sin la autorización previa de la Asamblea General.

ART. 33.- La Asociación cuenta hoy con un capital liquido enefectivo, provenientes de diversas actividades realizadas en la Comuni-dad.

ART. 34.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicioadministrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por lomenos, para formar un fondo de reserva para incrementar el CapitalBancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en elque deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y las obrasfísicas, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través derecursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la AsambleaGeneral y autorizado por la Junta Directiva, específicamente para el actoen que comparezca el Representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles contables necesariospara el efectivo control de fondos propios procedentes de fuentesexternas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

ART. 35.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (eneroa diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a laAsamblea General los proyectos en que pueden ser aplicadas dichasganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo dereserva.

ART. 36.- En caso de disolución de la Asociación, si después depagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lodestinara a programas de Desarrollo Comunal a realizarse en los Caseríos

El Tule y La Vega, Cantón las Mesas del domicilio de la Asociación ymientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control delConcejo Municipal.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

ART. 37.- La disolución de la Asociación será acordada en sesiónExtraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceraspartes de Socios de la misma. Por motivos que el Código y OrdenanzaMunicipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia establecen.

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registros de afiliados,Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, RegistroFinanciero y Registro de Inventario, todos foliados y sellados con unarazón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas yluego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberáestar firmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.

ART. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar alConcejo Municipal, durante los primeros quince días posteriores a laelección la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primerosquince días del año, la nómina de los Asociados, informe de las sustitu-ciones de los Miembros de la Junta Directiva cuando sean en formadefinitiva o cualquier otro dato relativo a la Asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva JuntaDirectiva, deberá enviar al Concejo Municipal su Plan de actividades(Trabajo).

ART. 40.- Para la modificación del Acta de constitución y lospresentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para laConstitución e Inscripción de la Asociación.

ART. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos,serán resueltos en la Asamblea General de Socios.

ART. 42.- Los presentes Estatutos, entrarán en vigencia ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO MUNICIPAL No. 3.

Vistos los Estatutos de la ASOCIACION DE DESARROLLO COMU-NAL “PAZ Y ESPERANZA” (ADESCOPAES) de los Caseríos ELTULE Y LA VEGA, CANTON LAS MESAS, jurisdicción de SESORI,departamento de SAN MIGUEL, compuesto de CUARENTA Y DOS(42) y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyesde la República, al orden público, ni a las buenas costumbres, deconformidad al numeral 23 del Artículo 30, en relación con los Artículos118 y 119 del Código Municipal Vigente, ACUERDA: aprobarlos entodas sus partes y conferirles el carácter de persona jurídica. PUBLI-QUESE.-

DADO: en la Alcaldía Municipal de Sesori, departamento de SanMiguel, diecisiete de febrero de dos mil tres. RENE ALEXANDERPORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL.- HERNAN RODRIGUEZCHICAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 5190)

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

DE COLONIA LAS CAMPANITAS ZONA SUR

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION, EL NOMBRE Y EL DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal, la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales del Municipio de San Marcos, del Departamento de SanSalvador, por estos Estatutos y demás leyes aplicables; y se denomina-rá: ASOCIACION COMUNAL COLONIA LAS CAMPANITASZONA SUR, que podrá abreviarse “ACAMSUR” que en lo sucesivo deestos Estatutos se llamará “la Asociación”, tendrá su domicilio legal enla jurisdicción del Municipio de San Marcos, Departamento de SanSalvador, domicilio en el cual ejercerá sus actividades.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA Y OBJETIVOS

Art. 2.- La Asociación que se constituye es de naturaleza comunal,apartidista, no lucrativa, de carácter democrática, no religiosa. Estará alservicio de la comunidad de su territorio; para el desarrollo de los planes,programas y proyectos de interés social, cultural, económico y todosaquellos que vayan en beneficio de la comunidad y tendrá por objetivos:

a) Motivar y participar en el estudio o análisis de los problemasy necesidades de la Asociación.

b) Impulsar la formulación de proyectos y programas que con-tribuyan al desarrollo humano y de la Asociación como tal.

c) Fomentar el espiritu de colaboración y solidaridad principal-mente entre los miembros de la Asociación.

d) Velar y garantizar porque los proyectos y programas aproba-dos se cumplan en los términos establecidos en su oportuni-dad.

e) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo localy municipal, así como colaborar con la ejecución de losmismos, especialmente cuando conlleven el beneficio direc-to a los habitantes de la Asociación.

f) Promover el progreso de la respectiva localidad conjunta-mente con los organismos públicos y privados que participenen el desarrollo de los correspondientes programas.

g) Fomentar el espíritu de comunidad solidaria y cooperaciónmutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representati-vas.

h) Cooperar y coordinar con otros grupos comunitarios organi-zados en la comunidad, en la mayor integración de susmiembros y mejor organización de sus actividades.

i) Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-mocional de los dirigentes de los grupos comunales, con el finde contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-nidad, de la administración de proyectos sociales y económi-cos y la elaboración de programas que aumenten los niveleseducativos de su comunidad.

j) Trabajar en el establecimiento y mejoras de los servicios dela comunidad con el equipamiento y los demás mediosindispensables para solventar los distintos problemas queexisten en la misma.

k) Promover las organizaciones juveniles, de mujeres y adultosmayores, haciéndoles partícipes de la responsabilidad de losproblemas de desarrollo local.

1) Incrementar las actividades comunitarias a fin de obtenerrecursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento dela comunidad.

m) Velar y vigilar porque se respeten los derechos Constitucio-nales de todos los miembros de la Asociación.

Art. 3.- La Asociación tendrá como metas de acuerdo al plan detrabajo las siguientes:

a) Velar por el mejoramiento de la estructura vial.

b) Promover el sano esparcimiento y entretenimiento.

c) Velar por la higiene y la salud de los habitantes de lacomunidad.

f) Y todas aquellas que de acuerdo a la Asamblea General seconsideren de gran importancia realizar para el desarrollo dela comunidad.

g) Las metas anteriores se proponen desarrollar en varias etapascubriendo en primer lugar, la de mayor necesidad de serviciosbásicos de la comunidad.

CAPITULO III

DE LA SIMBOLOGIA Y EL PLAZO

Art. 4.- Esta Asociación adoptará como simbología o distintivo,(descripción del sello) un círculo con la leyenda Asociación ComunalColonia Las Campanitas Sur, San Marcos S.S.; en el centro tres flechasuna tras otra formando un círculo, con las palabras: Unidad, Progreso,Bienestar en cada una de las flechas respectivamente, y en el centro lapalabra ACAMSUR.

Art. 5.- El plazo de la Asociación es por tiempo indefinido, sinembargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causalesprevistas en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunalesdel Municipio, estos Estatutos y Reglamento Interno.

CAPITULO IV

DE LOS SOCIOS

Art. 6.- La Asociación está integrada por 3 clases de socios, losSocios Activos, Fundadores y los Socios Honorarios.

Entendiéndose por Socios Activos aquellas personas naturales queposteriormente a la constitución de la Asociación soliciten, y obtengansu ingreso a la Asociación en la forma que lo establecen los presentesEstatutos.

Los Socios Fundadores serán todas aquellas personas naturales dela comunidad que hicieron posible el nacimiento de la Asociación y queasistan y firmen el acta de constitución de la misma.

Serán Socios Honorarios, todas aquellas personas naturales ojurídicas que por haber realizado una destacada labor en el nacimiento dela Asociación o por el desarrollo de la comunidad, brindando una ayudasignificativa ya sea económica, material o técnica la Asamblea Generalde Asociados le otorgue tal calidad.

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 7.- Los requisitos para ser Socio Activo o Fundador son lossiguientes:

a) Ser mayor de 16 años.

b) Residir dentro del territorio de la Asociación.

c) Tener aprobada la solicitud de ingreso por la Junta Directiva.

d) Poseer moralidad notoria y observar buena conducta en susrelaciones de trabajo, vecinales y vida privada.

e) Cualquier otro requisito que la Junta Directiva estima conve-niente exigir.

Art. 8.- No podrán ser socios de la Asociación:

a) Los que estén siendo procesados por hurto, robo o estafa uotro delito contemplado en las leyes de la república.

b) Los que tengan suspendidos o hallan perdido sus derechos deciudadanos.

c) Los que de acuerdo a las leyes son incapaces.

Art. 9.- La Asociación deberá contar con un registro de asociados,mediante una afiliación, en la cual habrá una sección para cada clase desocio (Fundadores, Activos y Honorarios), en los que se indicará elnombre, dirección, y las generales del suscrito y otros datos o documen-tos de identificación, así como la fecha de ingreso a la Asociación. Dedicho registro deberá de presentarse una copia a la Alcaldía Municipal.

Art. 10.- Son derechos o facultades de los socios las siguientes:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lodesee previo informe a la Junta Directiva.

d) Elegir y ser electo para desempeñar cargos de la JuntaDirectiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, paraincrementar el número de miembros de la Asociación.

f) Aceptar o rechazar cualquier cargo o comisión ya sea paragestionar, realizar trabajos, o actividades en nombre de laAsociación.

g) No ser suspendidos o privados de su calidad de socio sinprevia comprobación de los hechos que se le imputen y porcausas expresamente señaladas en los presentes Estatutos.

h) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información delfuncionamiento y de los proyectos aprobados o rechazadosde la Asociación.

i) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno y Reglamentos Especiales.

Art. 11.- Serán deberes u obligaciones de los Asociados Fundado-res o Activos:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en legal forma.

b) Fomentar el espíritu de servicio y solidaridad, entre losAsociados.

c) Desempeñar con responsabilidad, eficiencia y honradez loscargos o comisión que se le hubiesen designado siempre quehayan sido aceptados por éste.

d) Abstenerse de realizar o promover acciones u omisiones quepongan en perjuicio la armonía, las actividades, y en generallos objetivos de la Asociación.

e) Velar porque se respeten y se cumplan las disposiciones de laAsamblea General, y la Junta Directiva, siempre que esténrelacionadas con los fines y objetivos de la Asociación.

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento Internoy todos aquellos Reglamentos Especiales.

g) Pagar con puntualidad la cuota social mensual que le ha sidoasignada, según el reglamento.

h) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno y Reglamentos Especiales.

SUSPENSION, PERDIDA Y EXPULSION DE UN SOCIO

Art. 12.- La calidad de socio se suspenderá por:

a) Realizar actos que dañen el prestigio de la Junta Directiva ode los socios, esta suspensión será el tiempo establecido en elReglamento Interno de la Asociación, dicha suspensión serátomada en sesión Extraordinaria de Asamblea General con la(mitad más uno) de los votos presentes.

b) Incumplimiento injustificado de los deberes que le impone lacalidad de socio. Esta suspensión durará el tiempo estableci-do en el Reglamento Interno de la Asociación, dicha suspen-sión será tomada por la Junta Directiva; con el voto de lamayoría.

c) La suspensión de un socio puede ser de forma temporal odefinitiva, la determinación de tal forma será acordada por laAsamblea General, en cualquiera de los casos contempladosen este artículo, por lo que se deberá seguir el procedimientoestablecido en el Reglamento Interno. En los casos de suspen-sión definitiva el órgano competente para imponerla será laAsamblea General.

Art. 13.- La Calidad de Asociado se perderá por las causalessiguientes:

a) Retiro voluntario expreso o tácito, en caso de ser expresopuede ser verbal o escrito; en el segundo caso bastara con laausencia de por lo menos tres meses en la comunidad sinexpresión de motivo o causa; y por la inasistencia de tressesiones consecutivas.

b) Por la suspensión definitiva de la calidad de socio.

c) Expulsión de la Asociación de acuerdo a las causas estable-cidas en los presentes Estatutos.

d) Por muerte.

e) Cambio de residencia a otro lugar que no pertenezca a laComunidad.

f) Por presentar denuncias que no sean comprobadas contracualquier socio con el fin de perjudicar su calidad como tal.

g) La calidad de socio honorario se perderá cuando a criterio dela Asamblea General faltare uno o más requisitos por loscuales fue otorgada tal calidad.

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Art. 14.- Los miembros asociados podrán ser expulsados de laAsociación por las causales siguientes:

a) Por mala conducta que se traduzca en perjuicio a la Asocia-ción o comunidad en general.

b) Por negarse o abandonar sin motivo justificado el desempeñode los cargos de elección o comisiones que se le hubiesenencomendado ya sea por la Asamblea General o Junta Direc-tiva, siempre que éstos hubieran sido aceptados.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios para sí o paraterceros en perjuicio de la Asociación o a través de ella.

d) Por incumplimiento de las Leyes, Ordenanza Reguladora delas Asociaciones Comunales, estos Estatutos, ReglamentoInterno y demás disposiciones que la Asamblea General o laJunta Directiva hayan dictado; siempre que se encuentreníntimamente relacionadas con los fines de la Asociación.

e) Promover actividades políticas partidistas o de otra naturale-za que vayan en perjuicio de los fines y beneficio de laAsociación.

f) Por el manejo ilegal o fraudulento de los bienes y fondos dela Asociación, es decir por el cometimiento de cualquierdelito o falta en perjuicio de la misma.

g) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno y las que a juicio de la Asamblea General considerecausas de expulsión.

El asociado podrá demostrar todo lo contrario recurriendo ante lamisma Asamblea General, quien deberá dar su fallo definitivo en unperíodo no mayor de noventa días después de haber recurrido el Asocia-do, de todo esto se hará un informe que se enviará a la Alcaldía Municipalal departamento encargado de llevar el Registro de las AsociacionesComunales.

CAPITULO V

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 15.- El Gobierno de la Asociación emana de la totalidad de sussocios y será ejercido en su representación por la Junta Directiva, quienfuncionará como órgano Ejecutivo.

Art. 16.- El Gobierno o dirección de la Asociación estará a cargo dela Asamblea General y de la Junta Directiva, y todas aquellas comisionesque los órganos acuerden integrar, la administración General correspon-derá al Presidente o a quien la Asamblea General de Socios designe. Susfunciones estarán reguladas por los presentes Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación.

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 17.- La Asamblea General estará constituida por todos losAsociados Fundadores y Activos, legalmente inscritos en el registro deasociados que llevará la Asociación, siendo ésta, el órgano máximo de laAsociación. Todos los socios pueden hacerse representar por otro enforma escrita; pero sólo se puede representar a un socio en cada sesión.

Art. 18.- La Asamblea General sesionará en forma Ordinaria yExtraordinaria, serán Ordinarias las sesiones que se realicen dos veces alaño, y Extraordinarias todas aquellas que sean necesarias para tratarpuntos importantes para la Asociación; la cual deberá ser convocada porla Junta Directiva a iniciativa propia, o a petición de por lo menos la mitadmás uno de los miembros de la Asociación.

Art. 19.- El quórum necesario para poder sesionar en las sesionesOrdinarias y Extraordinarias de la Asamblea General es de la mitad másuno de los miembros de la Asociación en primera convocatoria; y ensegunda convocatoria bastará con el 30% de los miembros de la Asocia-ción.

Art. 20.- Las convocatorias para sesiones Ordinarias de AsambleaGeneral se harán por medio de dos avisos siendo el primero con diez díasde anticipación y el segundo con cinco días de anticipación a la fechaindicada, si la sesión no se celebrara en el día y la hora señalada en laconvocatoria por falta de quórum, fuerza mayor, o caso fortuito, se haránueva convocatoria dentro de los siete días siguientes y las resolucionesse tomarán con los votos de las dos terceras partes del quórum presente.

En este último caso las decisiones y acuerdos que se adopten seránobligatorios para todos los miembros de la Asociación aun para aquellosque legalmente convocados no asistieron.

Art. 21.- Las convocatorias para cualquiera de las sesiones deAsamblea General de la Asociación las hará el Secretario o la Secretaríade Comunicaciones de la Junta Directiva, las que deberán indicar; el día,lugar, y hora en la que habrá de celebrarse la sesión, en el caso deAsamblea General Extraordinaria ésta deberá incluir la agenda a desarro-llarse.

Art. 22.- Cuando un Asociado no pudiera asistir a la sesiónOrdinaria o Extraordinaria de Asamblea General podrá delegar surepresentación a otro asociado para que éste lo represente, cada asociadosolamente podrá aceptar una representación. Pero no podrá delegar suvoto en ningún caso.

Art. 23.- Las resoluciones en reuniones Ordinarias o Extraordina-rias de Asamblea General, para que sean válidas deberán tomarse con lamitad más uno de los votos a favor, excepto en aquellos casos que serequiera de los votos calificados que será las dos terceras ( 2/3) partes delos votos a favor.

Art. 24.- Serán atribuciones de la Asamblea General de socios lassiguientes:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo de la Junta Directiva.

c) Aprobar o modificar el plan de trabajo anual del desarrollo deproyectos y acciones en beneficio de la comunidad, presen-tado por la Junta Directiva.

d) Aprobar o denegar el estado financiero de la Asociación.

e) Destituir o suspender por causa justificada y legalmentecomprobada a los miembros de la Junta Directiva en formaparcial o total.

f) Solicitar y obtener de la Junta Directiva los informes que creaconveniente conocer.

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

g) Aprobar los Estatutos, Plan de Trabajo, Reglamentos Inter-nos, y el Presupuesto Anual de la Asociación,

h) Otorgar la calidad de Socio Honorario a iniciativa propia asolicitud de la Junta Directiva.

i) Aprobar la expulsión definitiva de los Asociados previoinforme de la Junta Directiva.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-to Interno de la Asociación.

k) Delegar a Junta Directiva para que presente ante el ConcejoMunicipal, el Plan de Trabajo anual del desarrollo de proyec-tos y acciones en beneficio de la comunidad.

1) Solicitar al Gobierno Municipal en funciones informe semes-tral de proyectos ejecutados y aprobados en beneficio de lacomunidad que la Asociación representa.

m) Solicitar a las instituciones gubernamentales o no guberna-mentales un informe de actividades desarrolladas o proyecta-das en beneficio de la comunidad que la Asociación represen-ta.

n) Todas las demás que le señalen los presentes Estatutos,Reglamento Interno y la Ordenanza Reguladora de las Aso-ciaciones Comunales.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 25.- La Junta Directiva será el órgano permanente de direcciónde trabajo de la Asociación, con atribuciones deliberativas, administra-tivas, consultivas, planificadoras y gestoras de la Asociación y estaráintegrada de la siguiente manera:

a) Un(a) Presidente(a)

b) Un(a) Vicepresidente(a)

c) Un(a) Secretario de Actas(a)

d) Un(a) Pro Secretario(a)

e) Un(a) Tesorero(a)

f) Un (a) Pro Tesorero(a)

g) Un (a) Síndico(a)

h) Cuatro Vocales(a).

Art. 26 - En los casos que dentro de una Asociación se encuentrenafiliados más de 50 miembros deberá servir de apoyo a la Junta Directivalas siguientes Secretarías, que estarán compuestas por tres miembroscomo mínimo:

a) Una Secretaría de Finanzas.

b) Una Secretaría de Comunicaciones.

c) Una Secretaría de Asuntos Legales.

d) Una Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

e) Una Secretaría de Proyectos.

f) Una Secretaría de Bienestar Social.

Art. 27. De las elecciones. Los miembros de Junta Directiva, asícomo los miembros de secretarías, serán electos en Asamblea GeneralExtraordinaria la cual podrá elegirse por votación nominal y público; porvotación secreta para cada cargo individual. Los procedimientos y

mecanismos respectivos serán regulados por el Reglamento Interno delas Asociaciones Comunales. En caso de vacantes en Junta Directiva serála Asamblea General, quien definirá procedimientos de sustitución

Art. 28 Los cargos de las Secretarías serán los siguientes:

a) Un Coordinador de Secretaría.

b) Un Secretario.

c) Uno o dos Vocales según el criterio de la Asamblea General.

Los cargos de Secretarías, incluyendo coordinadores, serán deter-minados por la Junta Directiva sobre la base de idoneidad y disposiciónal cargo.

Art. 29.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno y la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales.

b) Elaborar y presentar ante Asamblea General el Plan deTrabajo anual del desarrollo de proyectos y acciones enbeneficio de la comunidad, integrando al mismo los planesespecíficos de las Secretarías o Comisiones Especiales.

c) Ejecutar el plan de trabajo anual aprobado por Asambleageneral.

d) Presentar a nombre de la Asamblea el Plan de Trabajo alConcejo Municipal y solicitar a éste los informes de proyec-tos ejecutados y aprobados en beneficio de la comunidad querepresentan.

e) Recibir, aprobar y dar seguimiento a planes específicos detrabajo de las Secretarías o Comisiones.

f) Cumplir y velar por que se respeten los acuerdos y disposicio-nes de la Asamblea General.

g) Hacer la calificación previa en los casos de retiro Voluntarioo expulsión de los asociados.

h) Administrar con honradez y honestidad el Patrimonio de laAsociación.

i) Proteger y velar porque se conserven en buen estado losbienes de la Asociación.

j) Velar por que se empleen en forma óptima y se incrementenlos fondos económicos de la Asociación.

k) Presentar la memoria anual de labores, el informe de laejecución presupuestaria, el plan de Trabajo con su respecti-vo presupuesto.

l) Mantener informada en forma sistemática y oportuna a losasociados de todas las acciones y medidas impulsadas por laasociación, incluyendo rendimiento de cuentas de sus laboresy manejo de recursos.

m) Coordinar e impulsar actividades de beneficio para la Asocia-ción.

n) Velar por que se cumpla el presupuesto anual que la Asam-blea General haya aprobado.

ñ) Convocar a las sesiones Ordinarias o Extraordinarias deAsamblea General.

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

o) Constituir los comités de apoyo que sean necesarios para elimpulso de las actividades en beneficio de la Asociación.

p) Coordinar sus esfuerzos con organismos del estado munici-pal, no gubernamentales, entidades privadas, con el objetivode buscar el apoyo para beneficio de la Asociación.

q) Velar por el estricto cumplimiento de los deberes y obligacio-nes de cada uno de los socios, así como el de garantizar eldebido respeto a los derechos y beneficios de los Asociados.

r) Todas las demás que le señale los Estatutos, ReglamentoInterno, y Ordenanzas Reguladora de las Asociaciones Co-munales.

Art. 30.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente (mensual) yExtraordinariamente cuando sea necesario, a solicitud del Presidente o apetición de por lo menos tres o más de sus miembros.

Las Secretarías sesionarán Ordinariamente cada mes y Extraordi-nariamente cuando sea necesario, de toda sesión se levantará un acta y sepresentará a la Junta Directiva Central para que ésta autorice los acuerdostomados. Las resoluciones serán válidas por la mayoría simple de losvotos favorables; en caso de empate se remitirá dicho acuerdo a la JuntaDirectiva haciendo constar tal situación para que sea ésta quien autoriceo deniegue el acuerdo en discusión.

Art. 31.- Las resoluciones de la Junta Directiva serán aprobadas yválidas por los votos favorables de por lo menos la mitad más uno de susmiembros; garantizando el pleno ejercicio democrático en la toma deacuerdos y decisiones.

Art. 32.- El período de funcionamiento de los cargos de la JuntaDirectiva será de dos años a partir de la fecha que tomen posesión de suscargos, pudiendo ser reelectos para otro período igual por la mayoría desus miembros que podrán ser cualquiera de ellos.

El período de funcionamiento en los cargos de las Secretarías es deseis meses que correrá a partir de la fecha en que tomen posesión de suscargos, pudiendo ser reelectos para otro período igual. La autoridadcompetente para hacer entrega de la posesión de los cargos es la JuntaDirectiva.

Art. 33.- Ningún miembro de la Junta Directiva o de las Secretaríaspodrá ser reelecto por más de dos períodos consecutivos.

Art. 34.- Los cargos de la Junta Directiva y de las respectivasSecretarías serán desempeñados adhonoren; sin embargo cuando elsocio trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociacióno cuando el volumen del trabajo y las circunstancias así los ameritenpodrá cobrarse una retribución convencional, la cual será convenida porla Junta Directiva y ésta deberá rendir informe a la Asamblea General.

Art. 35.- La elección de nuevas Juntas Directivas deberá realizarsetreinta días antes de que concluya el período de la Junta Directivasaliente. De tal elección se deberá presentar al departamento de controly legalización de las Asociaciones Comunales de la Municipalidad deSan Marcos la Certificación del Acta de la Sesión de Asamblea Generaldonde se tomó dicho acuerdo, ésto con el objetivo que se les señale díay hora en que las Autoridades Municipales harán entrega de la posesiónde sus cargos.

Art. 36.- En el caso, de Juntas Directivas que se encuentrenactualmente en funciones habiendo concluido el período para el quefueron electas, se aplicará el criterio de nueva elección en un período de30 días, salvo que a petición de la Asamblea General se tome el acuerdode modificarla o reestructurarla de tal decisión se deberá levantar acta einformar de sus resultados y conformación de nueva junta al departamen-to de control y legalización de la Asociaciones Comunales de la Muni-cipalidad de San Marcos, anexando la Certificación del Acta de la Sesiónde Asamblea General donde se tomó dicho acuerdo, esto con el objetivoque se les señale día y hora en que las Autoridades Municipales haránentrega de la posesión de sus cargos.

Art. 37.- Para poder ser electo miembro de la Junta Directiva seránecesario cumplir con los siguientes requisitos:

a) Saber leer y escribir.

b) Ser mayor de 18 años excepto el Presidente, Tesorero ySíndico que deberán ser mayores de 25 años de edad.

c) Tener como mínimo dos meses de haberse asociado.

d) Haber demostrado buena conducta

e) Ser propuesto por un asociado y ser ratificado por la mayoríasimple en Asamblea General Extraordinaria.

f) No haber sido amonestado por la Junta Directiva o AsambleaGeneral por lo menos un año antes de la elección.

Lo contemplado en los literales c y f no tendrá aplicación cuandose esté conformando por primera vez la Junta Directiva de la Asociación.

Art. 38.- No podrán ser miembros de la Junta Directiva:

a) Los que se encuentren participando como directivos de algúninstituto político.

b) Los funcionarios públicos electos por voto popular.

Art. 39.- La calidad de miembro de la Junta Directiva se pierde por:

a) Por incumplimiento a las disposiciones de los presentesEstatutos, Reglamento Interno y la Ordenanza que regula lasAsociaciones Comunales.

b) Por incumplimiento injustificado de las funciones que leimpone su cargo.

c) Por inmoralidad comprobada.

d) Por el cometimiento de faltas graves. Se consideran faltasgraves cuando se compruebe fehacientemente que la afilia-ción de un directivo es perjudicial a los intereses de laAsociación.

e) Por suspensión definitiva de su cargo de acuerdo a lo estable-cido en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE SUSPENSION, PERDIDA

Y EXPULSION DE UN MIEMBRO DE LA

JUNTA DIRECTIVA.

Art. 40.- La Junta Directiva podrá ser destituida individualmente oen pleno, por faltas leves o graves de cualquier naturaleza en que incurranen el ejercicio de sus funciones, la destitución individual procederá

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

después de tres amonestaciones por faltas leves, y la destitución en plenoprocederá únicamente cuando se trate de faltas Graves legalmentecomprobadas.

Art. 41.- Los miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General podrán ser suspendidos de su cargo individualmenteo colectivamente dicha suspensión podrá ser temporal o definitiva, segúnlo establecido en el Art. 12 de estos Estatutos; y deberá de tomarse encuenta la gravedad de cada caso. La suspensión definitiva únicamentepodrá ser acordada por la Asamblea General en sesión Extraordinaria; yla suspensión temporal podrá ser acordada por la Junta Directiva o laAsamblea General según el caso.

Art. 42.- En el caso de suspensión definitiva individual de uno delos miembros de la Junta Directiva, ésta deberá presentar informe a laAsamblea General de las causas por las cuales un miembro de la directivadeba ser suspendido definitivamente, para lo cual la Asamblea Generalenviará dicho informe a la Secretaria de asuntos legales o nombrará unacomisión especial para realizar las investigaciones del caso, luego seconvocará a Asamblea General Extraordinaria donde se tratará específi-camente el acuerdo de suspender definitivamente o no al miembroacusado, en la cual se le dará la oportunidad de defenderse de los hechosque se le atribuyen; luego de escuchar el informe de la secretaria deasuntos legales o la comisión especial y los alegatos del miembroacusado, se emitirá la decisión la cual deberá ser acordada con las dosterceras partes de los votos presentes, debiendo en la misma sesión darposesión al sustituto de dicho miembro. De la resolución de suspensióndefinitiva de un miembro de la Junta Directiva se podrá interponer elrecurso de revisión ante la misma Asamblea General, quien deberáresolver dentro de los noventa días siguientes a partir de la fecha deinterpuesto el recurso.

Art. 43.- En caso de suspensión temporal de uno de los miembrosde la Junta Directiva, ésta deberá remitir informe a la Secretaria deasuntos legales o formará una comisión especial para que realice lasinvestigaciones pertinentes, dentro de los 30 días siguientes a la remisióndel informe la Secretaria de asuntos legales o la comisión deberá enviarel resultado de las investigaciones a la Junta Directiva quien tomará elacuerdo de la suspensión temporal del miembro directivo investigadoprevia audiencia del mismo, luego la Junta Directiva convocará aasamblea General Extraordinaria para presentar el informe y el acuerdotomado por la misma en cuanto a la suspensión temporal del miembrodirectivo y dará posesión del cargo al miembro suplente; el cual fungirápor el tiempo que dure la suspensión. Dicho acuerdo deberá ser tomadopor las dos terceras partes de votos de los miembros de la Junta Directiva.

Art. 44.- En caso de que la suspensión temporal o definitiva sea detoda la Junta Directiva, o que hayan transcurrido quince días de conocidala infracción de los miembros de la Junta Directiva y no se proceda deconformidad a los artículos anteriores por ser un número considerable demiembros los que hayan incurrido en la infracción, los socios podránsolicitar al Concejo Municipal les autorice para formar una ComisiónInvestigadora y realizar el procedimiento establecido en los artículosprecedentes. Dicha comisión estará constituida por cinco miembros de laAsociación.

En todo caso será la Asamblea General la que resolverá sobre lasuspensión temporal o definitiva de la Junta Directiva y en la mismasesión elegirá y dará posesión a los miembros sustitutos de la JuntaDirectiva, quienes funcionarán durante el tiempo que falte para lafinalización de las funciones de la Junta Directiva sustituida.

Art. 45.- De la resolución que establezca la suspensión temporal odefinitiva que establece el artículo anterior podrá interponerse única-mente el recurso de Revisión dentro del tercer día ante la mismaAsamblea General, quien deberá resolver dentro de un período no mayorde noventa días de recibido el recurso.

Art. 46.- Todos los miembros de la Junta Directiva responderánjudicial y extrajudicialmente de las acciones arbitrarias que realicen ennombre de la Asociación.

Art. 47.- En caso que la suspensión sea de un miembro de lasSecretarías se aplicarán las disposiciones anteriores en lo que fuereaplicables; así mismo en el caso de pérdida de tal calidad o la expulsiónde éste.

CAPITULO VII

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA

JUNTA DIRECTIVA

Art. 48.- Serán Atribuciones del Presidente:

a) Representar legalmente a la Asociación, en forma conjunta oseparadamente del Síndico.

b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea GeneralOrdinarias o Extraordinarias, asegurando el pleno ejerciciodemocrático en la toma de acuerdos y decisiones.

c) Coordinar las actividades que realicen las diferentes Secreta-rias y Comités de Apoyo.

d) Formar las propuestas de los reglamentos especiales quefuncionarán para garantizar una mejor organización en laAsociación.

e) Firmar los documentos de pagos de tesorería y autorizar consu firma los gastos de la Asociación.

f) Conjuntamente con el Secretario de Actas elaborar la agendaen las diferentes sesiones de Junta Directiva y AsambleasGenerales.

g) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los asocia-dos en las Asambleas Generales.

h) Ejecutar, hacer cumplir e informar del cumplimiento de losacuerdos y disposiciones tomados por la Asamblea Generaly la Junta Directiva.

i) Autorizar los libros que se requieran y sean necesarios parauna mejor administración y registro del quehacer de laAsociación.

j) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno, Reglamentos especiales y la Ordenanzas Reguladorade las Asociaciones Comunales.

Art. 49.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento.

c) Desempeñar las comisiones que la Junta Directiva le asigne.

d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposicio-nes que emita la Asamblea General o La Junta Directiva, quedeben constar en un previo acuerdo.

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Art. 50.- Serán Atribuciones del Secretario de Actas/Comunicacio-nes:

a) Mantener actualizado y en orden el Libro de Actas de lassesiones de Junta Directiva y Asambleas Generales.

b) Guardar los libros, correspondencias, y demás documentosconfiados a su cuido.

c) Llevar en orden y actualizado el registro de los Asociados.

d) Darle lectura a las actas correspondientes a las sesiones deJunta Directiva o Asambleas Generales,

e) Certificar Actas, Punto de Actas, Acuerdos y demás docu-mentos que se le sean solicitados previo acuerdo de la JuntaDirectiva; salvo en el caso contemplado en el Art. 43 de lospresentes Estatutos en el cual será la Asamblea General quienemitirá dicho acuerdo.

f) Remitir la nómina de la Junta Directiva, el Plan de Trabajo,y actualización del registro de los asociados a la municipali-dad.

g) Proponer ante Junta Directiva, el contenido de informessemestrales hacia Asamblea General y una vez el mismo seaaprobado, asegurar su elaboración y garantizar su envio acada asociado.

h) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno, Reglamentos especiales y la Ordenanza Reguladorade las Asociaciones Comunales.

Art. 51.- Son atribuciones del Prosecretario de Actas:

a) Colaborar con el Secretario y Secretaria de Actas en eldesempeño de sus funciones.

b) Sustituir al Secretario en caso de ausencia o impedimento.

c) Las demás que le señale estos Estatutos, el ReglamentoInterno, Reglamentos especiales y otras disposiciones queemita la Asamblea General o la Junta Directiva.

Art. 52.- Son atribuciones del Tesorero y la Secretaria de Finanzas:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la instituciónbancaria que la Asamblea General o la Junta Directiva enúltimo caso señale, lo que se hará del conocimiento de losmiembros de la Asociación en la próxima Asamblea GeneralOrdinaria o mediante comunicación escrita directa a cadaAsociado.

b) Firmar con el Presidente y el Secretario de la Junta Directivalos cheques y documentos de gastos de la Asociación debida-mente aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de la Asocia-ción y presentarlo a Junta Directiva.

d) Llevar los Libros de Contabilidad que fueran necesarios.

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva y semestralmen-te a la Asamblea General un informe de los ingresos y egresosde la Asociación; adjuntando en el informe ante ambasinstancias, libretas bancarias actualizadas.

f) Presentar balance de la situación financiera de la Asociación.

g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por laAsociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces queésta los requiera.

h) Coordinar el trabajo con la Secretaria de Finanzas.

i) Autorizar con su firma, junto con la del Presidente el movi-miento de las Cuentas Bancarias que tenga la Asociación.

j) Recibir o cobrar las cuotas Ordinarias o Extraordinarias delos Asociados, aprobadas por la Asamblea General, en casode que no exista la Secretaría de Finanzas.

k) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienesmuebles e inmuebles de la Asociación, cuando no existiereSecretaría de Finanzas y verificar el mismo, presentado por lasecretaría respectiva.

Art. 53 Los pagos de las obligaciones de la Asociación seránautorizados por el Secretario, Tesorero y el Presidente de la Asociación.

Art. 54 Todos los fondos de la Asociación serán depositados en unainstitución bancaria crediticia para lo cual se abrirá una cuenta a nombrede la Asociación y se registrarán las firmas del Tesorero, Presidente ySecretario.

Art. 55 Serán Atribuciones de la Secretaria de Finanzas, quientrabajará conjuntamente con el Tesorero y el Protesorero las siguientes:

a) Llevar y Mantener actualizado el inventario de los bienesmuebles e inmuebles propiedad de la Asociación.

b) Custodiar, verificar y resguardar los registros de control delos ingresos, egresos, y saldos de la Asociación.

c) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-ción adecuada de los recursos materiales y financieros.

d) Gestionar que se hagan efectivos los créditos concedidos a laAsociación.

e) Desarrollar y supervisar las actividades de recaudación defondos que la Junta Directiva y Asamblea General autoricen.Presentando informe respectivo.

f) Rendir Informe Mensual a la Junta Directiva, o cuando éstalo solicite en forma conjunta con el Tesorero.

g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informesemestral y anual del estado financiero de la Asociación.

h) Recibir o cobrar las cuotas ordinarias o extraordinarias de losAsociados, aprobadas por la Asamblea General.

i) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno y la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales.

Art. 56.- Son atribuciones del Protesorero:

a) Sustituir al Tesorero en caso de impedimento o ausencia.

b) Colaborar con el Tesorero y la Secretaria de Finanzas en eldesempeño de sus funciones.

c) Desempeñar con eficiencia las comisiones que se le asignen.

d) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.

Art. 57.- Serán Atribuciones del Síndico

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación, enforma conjunta o separadamente con el Presidente.

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

b) Velar por el estricto cumplimiento de las resoluciones de laJunta Directiva, Asamblea General, estos Estatutos, Regla-mento Interno de la Asociación y Reglamentos Especiales.

c) Investigar e informar a la Junta Directiva o la AsambleaGeneral en su caso de cualquier anomalía o problemas quepresenten los Asociados o miembros de la Junta Directiva.

d) Formar parte de las comisiones especiales para los casos desuspensión, pérdida de los derechos de los asociados; asícomo de la expulsión definitiva de los mismos.

e) Trabajar en forma conjunta con la Secretaria de AsuntosLegales en los casos de suspensión y pérdida de la calidad demiembro de la Junta Directiva ya sea en forma individual ycolectiva.

f) Colaborar en la elaboración de reforma a los presentesEstatutos y Reglamento de la Asociación.

g) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales, ReglamentosEspeciales y Reglamento Interno de la Asociación.

A falta de Síndico fungirán los Vocales según el orden deelección previa autorización de la Asamblea General.

Art. 58.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar con los demás miembros de Junta Directiva en lamedida de que ésta lo considere necesario.

b) Desempeñar las comisiones que le asignen la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.

c) Las demás que señalen, los presentes Estatutos, la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales, ReglamentoInterno y Reglamentos Especiales de la Asociación.

d) Sustituir a los miembros de la Junta Directiva en los cargos ylas comisiones que le sean asignadas.

Art. 59.- Serán Atribuciones de la Secretaria de Comunicaciones oen su defecto del Secretario de Actas.

a) Convocar a sesiones de Asamblea General Ordinaria o Ex-traordinaria previo acuerdo de la Junta Directiva o a peticiónde (10) socios, tal como lo establece los presentes Estatutos.

b) Establecer y mantener vínculos previo acuerdo de la JuntaDirectiva, con entidades del estado, municipalidad, no guber-namentales, privadas o públicas a nombre de la Asociación,las cuales posibiliten la realización de programas o proyectosde desarrollo comunal.

c) Recibir y despachar las correspondencias de la Asociación.

d) Mantener una divulgación permanente al Interior de la Aso-ciación y fuera de ésta, del quehacer de la Asociación.

e) Elaborar el Plan de Trabajo semestral o anual de la Secretaría.

f) Todas las demás que le señale estos Estatutos, ReglamentoInterno, Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comu-nales y otras disposiciones que establezca la Junta Directivao la Asamblea General.

Art. 60.- Serán atribuciones de la Secretaria de Asuntos Legales:

a) Representar Judicial y Extrajudicial a la Asociación, cuandoasí lo requiriere la Junta Directiva o la Asamblea General.

b) Velar por el estricto cumplimiento de estos Estatutos, Regla-mento Interno y la Ordenanza Reguladora de las Asociacio-nes Comunales; así mismo velar por que se respeten losReglamentos especiales.

c) Investigar e informar a la Junta Directiva o Asamblea Gene-ral, de cualquier anomalía o problemas que presenten losAsociados o miembros de la Junta Directiva.

d) Elaborar el Plan de Trabajo anual de la Secretaria y presen-tarlo a Junta Directiva.

e) Todas las demás que le señale estos Estatutos, el Reglamentointerno, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Co-munales y Reglamentos especiales.

Art. 61.- Serán Atribuciones de la Secretaria de Cultura, Recrea-ción y Deporte:

a) En materia de recreación fomentar visitas a diversos centrosde recreación tales como Museos, Ruinas, Piscinas, Zoológi-co, Playas, Caminatas etc. ya sean con fines Culturales,Recreativos, o por obtener fondos en beneficio de la Asocia-ción.

b) En materia cultural incentivar las actividades artísticas encualquiera de sus ramas, tales como; Música, Teatro, Pintura,Danza etc. fomentando a su vez la creación de grupos artís-ticos representativos de la Asociación. Propiciar la recupera-ción de juegos tradicionales así como de costumbres locales.

c) En materia Deportiva propiciar la realización de torneos oeventos en cualquiera de las ramas del deporte, tales comoFútbol, Natación, Karate, Gimnasia, Ciclismo etc. Incenti-vando a los habitantes a un sano esparcimiento aumentandoasí, las relaciones sociales entre sus miembros, motivándolosademás a participar en eventos Inter-comunales y Municipa-les.

d) Elaborar el Plan de Trabajo Anual de la Secretaría y presen-tarlo a Junta Directiva.

Art. 62.- Serán Atribuciones de la Secretaria de Proyectos:

a) Ser parte integrante de la Comisión de proyectos de lamunicipalidad, para la evaluación, adjudicación y contraloríade proyectos, que beneficien a la comunidad que representan.

b) Garantizar la aprobación y ejecución de proyectos que con-trarresten las condiciones comunitarias de vulnerabilidadante desastres.

c) Elaborar el Plan de Trabajo anual de la Secretaría y presen-tarlo a Junta Directiva.

d) Supervisar la ejecución de los diferentes Proyectos de desa-rrollo comunal en materia de Vivienda, Salud, Educación,etc.

e) Velar porque los recursos humanos y materiales de cadaproyecto sean aprovechados y utilizados en la mejor forma.

f) Informar ante Junta Directiva y Asamblea General del segui-miento y contraloría social efectuada hacia proyectos comu-nitarios.

g) Elaborar y presentar a la Junta Directiva propuestas deproyectos de gestión Financiera, Proyectos o Programas debeneficio para la Asociación.

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

h) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Co-munales y los Reglamentos especiales.

Art. 63.- Serán Atribuciones de la Secretaria de Bienestar Social:

a) Trabajar en el establecimiento y mejoras de los serviciosbásicos de la Asociación, con el equipamiento y los mediosnecesarios.

b) Elaborar el Plan de Trabajo anual y presentarlo ante JuntaDirectiva.

c) Garantizar la organización y capacitación de comités deemergencia y prevención de desastres en la comunidad.

d) Elaborar informes semestrales o anuales a la Junta Directivay la Asamblea General.

e) Impulsar programas o proyectos de Alfabetización para adul-tos o refuerzo escolar para los niños de primaria y secundaria.

f) Impulsar programas o proyectos de Salud, tales como esta-blecimiento de Botiquín, Campañas de limpieza, CharlasPreventivas y de primeros auxilios.

g) Impulsar Programas o Proyectos de formación Vocacional,tales como Carpintería, Obra de Banco, Albañilería así comode formación organizacional encaminadas al logro del desa-rrollo integral de la Asociación.

h) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Co-munales y los Reglamentos Especiales.

CAPITULO VIIIDEL COMITE O JUNTA DE VIGILANCIA

Art. 64.- La Asociación contará con un comité de Vigilancia el cualestará integrado por 5 miembros propietarios, y sus respectivos suplen-tes, los miembros de este comité serán electos de entre los miembros queasistan a la Asamblea General Extraordinaria para un período de años;y deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 37 de estosEstatutos, a su interior contará con un Presidente, un Secretario y tresVocales.

Art. 65.- Serán Atribuciones del Comité o Junta de Vigilancia:

a) Verificar todas las Gestiones, operaciones, Libros y Docu-mentos que la Junta Directiva lleve para la buena administra-ción y funcionamiento de la Asociación y podrá inquirir sobreel trabajo que realicen los comités de Apoyo.

b) Supervisar todas las actividades que realice la Junta Directivaa través de sus Secretarias.

c) Dar seguimiento a la ejecución del plan de trabajo anual deJunta Directiva así como de las atribuciones que le confierenlos Estatutos o le delega Asamblea General.

d) Revisar el Libro de Actas y garantizar el cumplimiento de losacuerdos tomados por la Asamblea General y Junta Directiva.

e) Supervisar la inversión de los fondos de la Asociación yformular a los responsables las sugerencias y las recomenda-ciones que fueren necesarios.

f) Vigilar porque la contabilidad se lleve con la debida puntua-lidad y corrección y que los balances inventarios, informes ymemoria, se elaboren y se presenten a su debido tiempo.

g) Revisar y dar su visto bueno a la memoria anual, informe delestado de cuenta de la Asociación, plan de trabajo, presupues-to anual, previo hacer presentados a la Asamblea General.

h) Informar a la Junta Directiva o Asamblea General, las irregu-laridades o anomalías observadas y verificar que éstas seancorregidas.

i) Proponer o realizar arqueos de caja chica o caja general enforma periódica, con el objetivo de garantizar una sanaadministración de la Asociación.

j) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, ReglamentoInterno y la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales.

CAPITULO IX

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 66.- El Patrimonio de la Asociación, estará constituido por:

a) Las Cuotas de Inscripción de los Asociados a la Asociaciónque será de ¢26.25 colones o $3.00 dólares.

b) Las cuotas sociales de los Asociados, mensual que será de¢8.75 colones o $1.00 dólares

c) Las cuotas extraordinarias aprobadas por la Asamblea Gene-ral de Asociados.

d) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada pararecaudar fondos para la Asociación.

e) Los ingresos provenientes de la renta que obtenga de laadministración de sus bienes muebles e inmuebles.

f) Los ingresos que prevengan de Donaciones, Herencias ylegados hechos a la Asociación.

Art. 67.- Los bienes que forman parte del patrimonio de la Asocia-ción no podrán ser enajenados o dados en garantía sin previa autorizaciónde la Asamblea General con la aprobación de las dos terceras partes delos votos de los asociados.

Art. 68.- El Presidente, el Tesorero, el Secretario y los miembros dela Secretaría de Finanzas tendrán que responder personal y solidariamen-te por los movimientos de las cuentas Bancarias que tuviera la Asocia-ción, cuando se excedan de los límites de su cargo.

Art. 69.- Si al final de cada ejercicio administrativo se obtuvieranganancias la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General losproyectos en que pueden ser aplicadas tales ganancias como también eltiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO X

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Art. 70.- La Organización de la Asociación será fiscalizada de dosformas:

a) A través del Comité de Vigilancia, el cual está integrado porlos socios; y

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

b) A través del Departamento de control y legalización de lasAsociaciones Comunales de la Municipalidad de San Mar-cos.

Art. 71.- Las Secretarias integrantes de la Junta Directiva, tendránla obligación de rendir informes de sus actividades cada seis meses a laAsamblea General de Asociados.

Art. 72.- La Municipalidad de San Marcos debe auditar las opera-ciones de esta Asociación, por lo menos cada seis meses, para ejercercontrol por el uso indebido de cualquiera de los privilegios y exencionesde que goce por parte de la Municipalidad, y de los recursos económicosy materiales de la Asociación, tomando las medidas correctivas que seannecesarias. Así como cuando a petición de la Asamblea General lorequieran.

CAPITULO XI

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Art. 73.- La modificación de los presentes Estatutos, podrá acordar-se únicamente en Asamblea General Extraordinaria convocada para talefecto, con los votos de las dos terceras partes de todos los Asociadosinscritos legalmente a la Asociación

Art. 74.- Tendrán iniciativa para solicitar la modificación de lospresentes Estatutos, la Asamblea General, y la Junta Directiva, en elprimer caso los Asociados presentarán la solicitud por escrito a la JuntaDirectiva, en el segundo caso la Junta Directiva presentará la solicitudpor escrito donde se expongan las razones por las cuales sea necesaria lamodificación de los mismos, dicho escrito deberá ser presentado enpleno de la Asamblea General, respetando el procedimiento establecidoen el artículo anterior de estos Estatutos, y en el Reglamento Interno dela Asociación.

Art. 75.- La convocatoria para la sesión de Asamblea Generaldonde se conocerá las modificaciones de los Estatutos, serán enviadasa todos los socios por escrito con (treinta) días de anticipación, contadosa partir de la fecha razonable del posible recibo de la convocatoria.

Art. 76.- La Junta Directiva deberá de presentar una copia de lasmodificaciones de los Estatutos a la Municipalidad dentro de los quincedías de tomado el acuerdo.

CAPITULO XII

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 77.- La Asociación Comunal podrá disolverse y liquidarsemediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, convo-cada para tal efecto, con los votos favorables de las dos terceras partes desus Asociados legalmente inscritos a la Asociación. Para ello se regirápor la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones comunales del Muni-cipio de San Marcos, Artículos 26 al 31 y referentes a disolución y del32 al 38 de la misma ordenanza referentes a liquidación.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 78.- La Asociación utilizará sus propios recursos provenientesde los aportes de los Asociados, donaciones, préstamos, etc. para llevara cabo sus programas o proyectos, estando obligados a informar a laMunicipalidad el origen de los recursos si fuere necesario o solicitado porésta.

Art. 79.- Esta Asociación llevará los libros que fueren necesariospara hacer constar sus actuaciones, con una razón de apertura quecontendrán el objeto del Libro, Número de Folios, Firmado y Selladospor el Presidente de la Asociación, terminado el Libro o Libros se pondráuna razón de cierre que firmará y Sellará el Secretario de Actas yPresidente.

Art. 80.- La Junta Directiva Saliente podrá formar parte de unConsejo Asesor de la nueva Junta Directiva, no pudiéndolo Integraraquellos miembros de la Junta Directiva saliente a quienes se les hayacomprobado una conducta viciada o por haber administradoinadecuadamente los fondos y donaciones hechas a la Asociación.

Art. 81.- Toda Junta Directiva estará en la Obligación de rendircuenta circunstancial, documentada por escrito, a la Junta Directivaentrante, sobre las actividades realizadas y pendientes de realizar durantesu gestión administrativa de la Asociación; esta documentación debe irfirmada por todos los miembros de la Junta Directiva saliente y deberáser entregada en el primer mes de funcionamiento de la nueva JuntaDirectiva.

Art. 82.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO CINCO.

En este Concejo Municipal se da lectura a nota enviada por la Lic.Ana Delmy Mendoza, Jefa del Departamento Jurídico de esta Municipa-lidad en la que remite los documentos para la legalización de la Asocia-ción Comunal Colonia Las Campanitas Zona Sur, los cuales manifiestaque ya han sido revisados y corregidos, a tono con la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales de este municipio, por lo quesolicita que sean aprobados por este pleno. Luego de discutida y anali-zada esta solicitud, este Concejo Municipal por unanimidad ACUER-DA: aprobar los Estatutos y conceder Personería Jurídica a la AsociaciónComunal Colonias Las Campanitas Zona Sur, en base a los establecidoen los Artículos 118, 119, 120, 121, 122 y 123 del Código Municipal, yla Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales de este munici-pio.

Dado en la Alcaldía Municipal de San Marcos, a cinco días del mesde septiembre de dos mil dos.

Dr. FIDEL ERNESTO FUENTES CALDERON,

ALCALDE MUNICIPAL.

JORGE ALBERTO JIMENEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL INTERINO.

(Registro No. 5170)

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL Y PESQUERO DEL ESTERO DE JALTEPEQUE,

JURISDICCION DE VILLA SAN LUIS LA HERRADURA,

DEPARTAMENTO DE LA PAZ

CAPITULO UNO

DE LA ASOCIACION, CONSTITUCION, INTEGRACION,

DENOMINACION Y NATURALEZA

Art. 1- La Asociación que se constituye de duración indefinida,estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora, laLey General de Actividades Pesqueras y su Reglamento, estos Estatutosy demás disposiciones legales aplicables a sus fines, estará al servicio delas comunidades que la integren para el desarrollo de los planes, progra-mas y proyectos de interés social, económico y educativo. La Asocia-ción es Apolítica, no lucrativa, ni religiosa.

Art. 2.- La Asociación se denominará Asociación de DesarrolloComunal Pesquera Estero de Jaltepeque, Jurisdicción de Villa de SanLuis La Herradura, la cual podrá abreviarse "ADESCOPEJAL", que enlos presentes Estatutos se llamará la Asociación.

Art. 3.- La Asociación se integra con un número de veinticincomiembros que se dedican a la pesca, la agricultura y el comercio de losmismos, proveniente de los Caseríos: El Escobal, El Llano y El Zapotepertenecientes a San Luis La Herradura, en la Villa de San Luis LaHerradura.

Art. 4.- Adoptará como símbolo, enmarcado de un círculo divididoun CAMARON, que representa a las comunidades que conforman elcanon que representa a la actividad pesquera pues son estos sectores losque buscan desarrollarse en beneficio de la Población residente alrededorde la de las figuras aparece el nombre de la Asociación y del Estero oLago.

Art. 5.- La Asociación tendrá su domicilio legal en Villa San LuisLa Herradura y será de naturaleza Apolítica, democrática y perseguiráel bienestar de sus asociados y de la comunidad a que pertenece.

CAPITULO DOS

DE SUS FINES Y OBJETIVOS

Art. 6.- La Asociación tendrá como fines:

a) El desarrollo Humano.

b) La Protección y fomento de rubro pesquero.

c) La Prevención de la Ecología de la Zona.

d) El mejoramiento de la infraestructura comunal.

Art. 7.- Para el cumplimiento de los fines se proponen los siguientes

objetivos:

a) Promover el desarrollo de la comunidad conjuntamente conlos organismos privados e internacionales que participan enlos correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de la comunidad, solidaridad y coopera-ción mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades repre-sentativas.

c) Proteger, conservar y restaurar los recursos naturales renova-bles.

d) Impulsar y participar en programas de capacitación de diri-gentes con el fin de contribuir al mejoramiento de la organi-zación, la administración de proyectos sociales, económicosy la elevación de los niveles educativos.

e) Realizar repoblaciones periódicas en el cuerpo del agua.

f) Explotar técnicamente el recurso pesquero existente.

g) Promover la tecnificación y comercialización de los produc-tos en el rubro pesquero y otros proyectos que desarrollen ala Asociación.

h) Ejecutar proyectos económicos relativos a la actividadpesquera, agrícola o comunal.

i) Utilizar al máximo los recursos humanos, materiales y natu-rales para impulsar proyectos productivos y de infraestructu-ra.

j) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partíci-pes en los programas de desarrollo local.

k) Integrar a la mujer para su propio desarrollo.

CAPITULO TRES

DE LOS ASOCIADOS

Art. 8.- Para ser miembros de la Asociación se requiere:

a) Ser mayor de dieciocho años.

b) Residir en el lugar donde se realizarán las actividades.

c) Ser de buena conducta y no tener intereses opuestos a los dela Asociación.

d) Dedicarse a la Actividad pesquera, agricultura o comercio.

e) Solicitar por escrito su interés de pertenecer a la Asociacióny ser recomendado por los Asociados.

Art. 9.- Son derechos de los Asociados Activos los siguientes:

a) Participar en la dirección, gestión, administración de laAsociación, desempeñando cargos o desarrollando funcionesdentro de la misma.

b) Participar con voz y voto en la Asamblea General.

c) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

d) Solicitar y obtener de la Junta Directiva o de las comisionesla información pertinente respecto a las actividades y opera-ciones de la Asociación.

e) Representar en actividades especiales a la Asociación poracuerdo de la Junta Directiva o Asamblea General.

f) Gozar de los beneficios logrados por la Asociación.

g) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así losolicite por escrito a la Junta Directiva o Asamblea General.

h) Los demás que establezcan estos Estatutos o a la AsambleaGeneral.

Art. 10.- Son deberes de los Asociados Activos:

a) Cumplir con los presentes Estatutos y demás disposicioneslegales respectivos.

b) Desempeñar los cargos directivos o comisiones que lesencomienden.

c) Asistir puntual y responsablemente a las Sesiones de Asam-blea General.

d) Cumplir con las normas y disposiciones dictadas para laconservación, protección y restauración de los recursos natu-rales y pesqueros.

e) Participar en la ejecución de los proyectos sociales, económi-cos y educativos.

f) Observar buena conducta en sus relaciones con la Asociacióny los demás asociados.

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

g) Abstenerse de acciones u comisiones que puedan afectar laarmonía, la estabilidad económica o financiera, los intereseso el prestigio de la Asociación.

h) Aportar su trabajo personal en forma responsable y directa.

i) Velar por la conservación e incremento de los bienes y demásActivos de la Asociación.

Pérdida de calidad de Asociado.

Art. 11.- La calidad de Asociados se pierde por muerte, renuncia oexclusión.

La renuncia se presentará a la Junta Directiva por escrito, quien lafinalizará y resolverá en un plazo que no excederá de treinta díascontados a partir de la fecha de presentación.

Art. 12.- Los asociados podrán ser excluidos por la AsambleaGeneral a petición de la Junta Directiva por las causas siguientes:

a) Por dejar de cumplir las obligaciones como asociados.

b) Por causar en cualquier concepto grave perjuicio a la Asocia-ción.

c) Por utilizar métodos de pesca que vayan en detrimento delrecurso pesquero o de otros que dañen la ecología de la zona.

d) Por desarrollar dentro de la Asociación actividades de carác-ter político, partidarista o religiosa.

e) Por el incumplimiento reiterado y manifiesto de las obliga-ciones como asociado.

f) Por negarse sin justo motivo a desempeñar cargos o comisio-nes que los encomienden la Asamblea General, Junta Direc-tiva o comités.

g) Por notoria mala conducta comprobada.

h) Por obtener por medio fraudulento beneficios de la Asocia-ción para sí o para terceros.

Art. 13.- La Junta Directiva investigará las infracciones a estosEstatutos por parte de los Asociados y antes de someter a conocimientode la Asamblea General, realizará una investigación de la infracción,comprobando los hechos en forma detallada y amplia, debiendo quedarconstancia por escrito.

Art. 14.- Los asociados excluidos o que se retiren de la Asociaciónresponderán por las obligaciones y normas establecidas en la mismaantes y después de su retiro o expulsión por el término de un ejercicio.

CAPITULO CUATRO

REGIMEN ORGANICO

Art. 15.- El gobierno y administración de la Asociación estará acargo de:

a) La Asamblea General.

b) Junta Directiva.

c) Los comités o comisiones.

Art. 16.- La Asamblea General es la máxima autoridad de laAsociación, estará formada por todos los asociados y a ella corresponde:

a) Aprobar los Estatutos, el Reglamento Interno y los que seannecesarios.

b) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

c) Aprobar el plan de trabajo y su respectivo presupuesto.

d) Destituir por causa justificada a los miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la calidadde miembro de la misma a los que hubieren renunciado,fallecido o perdido su calidad de asociado.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea conveniente.

f) Acordar la liquidación o disolución de la Asociación.

g) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de laJunta Directiva.

h) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado financierode la Asociación.

i) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-tos que se dicten.

Art. 17.- La Asamblea General se integrará con todos los SociosActivos de la Asociación y cuando el número de miembros fuere elevadoa tal punto que dificulte la participación de mayor número de asociados,se procederá a la celebración de Asambleas parciales en las cuales seelegirán delegados por cada cinco asociados.

En los casos de Asambleas de Delegados, éstos deberán acreditarsu calidad por medio de autorización escrita otorgada por la Asambleaparcial.

Art. 18.- Las Asambleas Generales ordinarias se celebrarán dosveces al año dentro de la ultima semana de los meses de y y laextraordinaria cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativapropia o a solicitud por lo menos de un tercio de los asociados.

Art. 19.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria seránefectuadas por la Junta Directiva a través de avisos escritos, con quincedías de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas deanticipación para la segunda, indicando el lugar, el día y hora en que seha de celebrar.

Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta dequorúm, ésta se llevará a cabo el mismo día y una hora después con losasociados que concurran en este último caso las decisiones que seadopten serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocadosno asistieren.

Art. 20.- El voto en las sesiones de Asambleas Generales serápúblico salvo en los casos de elecciones, aprobación de memorias ycuentas que deba de rendir la Junta Directiva, disolución, liquidación ymodificación de Estatutos en las cuales el voto será secreto si así lodecidiere la Asamblea.

Art. 21.- Las Actas de las Asambleas Generales, enumeradas enorden correlativo se asentarán en un libro especialmente destinado alefecto; autorizado por el Registro respectivo, serán firmados por todoslos miembros de la Junta Directiva y ella expresará además de la agendael lugar, día y hora de la reunión el número y nombre de los asistentes ylo demás que conduzca al exacto conocimiento de los acuerdos tomados.

Art. 22.- Los miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General podrán ser suspendidos en forma temporal o defini-tiva según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por laAsamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva.

Art. 23.- De las resoluciones que establezca la suspensión temporaldecretada por la Junta Directiva podrá interponerse únicamente elrecurso de revisión para ante la misma, del tercer día de la notificación.

De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningúnrecurso de amparo.

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Art. 24.- La Junta Directiva es el órgano responsable de la direccióny marcha administrativa de la Asociación y constituye el AcuerdoEjecutivo de la Asamblea General, estará integrada por once MiembrosPropietarios y once Suplentes, la nominación de los cargos será lasiguiente:

a) Un Presidente

b) Un Vicepresidente

c) Un Secretario

d) Un Secretario de Actas

e) Un Tesorero

f) Un Síndico

9) Primer Vocal

h) Segundo Vocal

i) Tercer Vocal

j) Cuarto Vocal

k) Quinto Vocal

Los cargos de la Directiva serán ad-honoren, sin embargo cuandoel socio trabaje en actividades particulares y eventuales para la asocia-ción podrá cobrar una retribución convencional o cuando por el volumende trabajo y las circunstancias lo ameritan, previa autorización deAsamblea General.

Art. 25.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:

a) Llevar los libros de actas y acuerdos de la Asamblea Generaly de la Junta Directiva.

b) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación ysometerlos a aprobación a la Asamblea General.

c) Constituir comisiones especiales de la Asociación para elcumplimiento de los objetivos y encauzarles a su mayororganización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea a reuniones ordinarias y extraordi-narias.

e) Vincularse con los organismos del Estado, la Municipalidady las entidades privadas que puedan apoyar sus planes yproyectos.

f) Vigilar las votaciones en las sesiones de Asamblea General,especialmente en la forma de expresión del voto.

g) Participar en su caso en las investigaciones, planteamiento,ejecución y evaluación de los programas y proyectos demejoramiento de las comunidades.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrolla. Presentar plan anual de trabajo y elpresupuesto respectivo.

i) Velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado enla consecución de sus fines.

j) Ejercer las demás actividades que determinen las disposicio-nes legales aplicables, su Reglamento Interno y estos Estatu-tos.

k) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación.

l) Depositar los fondos y valores de la Asociación en Institucio-nes Bancarias, sin perjuicio de mantener un fondo paraatender gastos de menor cuantía.

ll) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losafiliados.

m) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar lasdisposiciones emanadas de la Asamblea General.

n) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionalesno previstas en estos Estatutos.

ñ) Elaborar el Reglamento Interno y someterlo a aprobación dela Asamblea General.

o) Tramitar las solicitudes de los asociados en beneficio propioo para su comunidad y darle una respuesta satisfactoria.

p) Llamar al miembros correspondiente de la Junta Directivacuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesionesconsecutivas, por lo menos sin causa justificada.

q) Realizar todo tipo de actividades tendientes a la buena mar-cha de la superación constante de la Asociación, así como laarmonía de las comisiones y de sus miembros.

Art. 26.- Las sesiones de la Junta Directiva en forma ordinaria serealizarán cada quince días y en forma extraordinaria en cualquier tiempoque sea necesario, en ambos casos convocará al Presidente.

Art. 27.- Las resoluciones y acuerdos de la Junta Directiva, para elbuen manejo de la Asociación, serán tomadas con la mayoría de votos delos que formarán el quórum; en caso de empate el Presidente tendrá doblevoto.

Art. 28.- Cuando la Junta Directiva se rehuse o se negare a convocaroportunamente a sesión de Asamblea General ordinaria o extraordinaria,podría hacerlo la comisión interesada o en su defecto quince asociadosa través de la comisión respectiva.

Art. 29.- Los acuerdos de la Junta Directiva se asentarán en el librode actas que le haya autorizado el registro respectivo.

Art.30.- En caso de renuncia, ausencia u otro impedimento tempo-ral o definitivo de cualquiera de los miembros propietarios de la JuntaDirectiva, éstos llamarán a un suplente para incorporarlo como propie-tario por el tiempo que falte el miembro sustituto.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser removidosen cualquier tiempo por la Asamblea General por las causas siguientes:

a) Por no garantizar el buen manejo del patrimonio de laAsamblea.

b) Por no convocar oportunamente a Asamblea General.

c) Por no rendir cuentas en los términos y plazos establecidos enestos Estatutos o por haber sido desaprobadas las cuentas quehubieren rendido.

d) Por tomar decisiones dolosas que ocasionen algún perjuicioa la Asociación.

e) Por violaciones a las disposiciones legales, Reglamento In-terno y estos Estatutos ya sea mediante actos o comisiones.

Art. 32.- Son Atribuciones de los Miembros de la Junta Directiva:

SON ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE:

. a) Participar en la elaboración del plan de trabajo de la Asocia-ción.

b) Representar legalmente a la Asociación, conjuntamente conel Síndico.

c) Coordinar con otras Asociaciones e instituciones públicas yprivadas para el logro de los objetivos de la Asociación.

d) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias a losmiembros de la Junta Directiva y la Asamblea.

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

e) Presidir las reuniones de la Junta Directiva y las de AsambleaGeneral de Asociados.

f) Dar a conocer a la Asamblea General los acuerdos y disposi-ciones de la Junta Directiva.

g) Autorizar juntamente con el Síndico y el Tesorero los gastosde la Asociación.

h) Responsabilizarse de las funciones de la Asociación.

i) Elaborar la memoria anual de labores.

j) Conocer e informar a la Junta Directiva de la correspondenciarecibida.

k) Establecer la coordinación de la Asociación.

SON ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE:

a) Representar al Presidente en su ausencia y asumir sus respon-sabilidades y funciones.

b) Participar en la planificación y orientación del trabajo de laAsociación.

c) Auxiliar a las comisiones en la coordinación de sus activida-des.

d) Cumplir con otras actividades que se le asignen.

SON ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO:

a) Dar lectura a la correspondencia recibida y despachada.

b) Contestar la correspondencia que le encomendare el Presi-dente.

c) Mantener un registro de la correspondencia recibida y despa-chada.

d) Elaborar los informes que le fueron solicitados por el Presi-dente de la Asociación.

e) Colaborar con las comisiones en la elaboración de informes.

f) Llevar el inventario de los bienes de la Asociación.

g) Elaborar juntamente con el Presidente las agendas de lasreuniones programadas.

h) Extender juntamente con el Presidente y Síndico certificacio-nes de aprobación de puntos de actas previamente solicitadospara propósitos legales que convengan a la Asociación.

SON ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO DE ACTAS:

a) Levantar actas en el libro correspondiente de las reunionescelebradas y de casos extraordinarios que se presten.

b) Dar lectura a las actas y a la correspondencia recibida ydespachada.

c) Auxiliar al Secretario en el manejo de registro de másdemandas rutinarias.

d) Cumplir con otras funciones y responsabilidades que leasignen por acuerdo de la Asociación.

SON ATRIBUCIONES DEL TESORERO:

a) Velar por la administración adecuada de los fondos de laAsociación.

b) Llevar un control del movimiento económico.

c) Rendir informe del estado económico cuando le sea solicita-do por el Presidente, el Síndico o la Junta Directiva.

d) Participar en la elaboración del plan de trabajo de la Asocia-ción.

e) Recibir los fondos provenientes de colaboraciones de gruposo Instituciones, así como de otras entidades que provengan deotras fuentes.

f) Extender los recibos correspondientes de egresos e ingresosde los fondos.

g) Hacer los desembolsos con autorización del Presidente ySíndico.

h) Proponer planes racionales de gastos cuando los recursosfinancieros de la Asociación sean limitados o se vean encrisis.

SON ATRIBUCIONES DEL SINDICO:

a) Ser el representante legal conjuntamente con el Presidenteante las Instituciones públicas, privadas y otras asociaciones.

b) Autorizar juntamente con el Presidente y el Tesorero losgastos de la Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente y el Secretario certi-ficaciones de puntos de acta, previamente solicitados parapropósitos legales que convengan a la Asociación.

d) Realizar toda gestión jurídica que requiera lasimplementaciones de proyectos incluidos en la planificaciónde la Asociación.

e) Cumplir con otras funciones y responsabilidades que se leasignen por acuerdo de la Asociación.

SON ATRIBUCIONES DE LOS VOCALES:

a) Conocer con claridad las atribuciones de la Asamblea Gene-ral y de la Junta Directiva.

b) Participar en la planificación de las actividades de la Asocia-ción.

c) Participar en comisiones especiales.

d) Sustituir a miembros de la Junta Directiva que faltaren orenuncien.

e) Cumplir con otras funciones y responsabilidades específicasque se le asignen por acuerdos de la Asociación.

DE LAS COMISIONES.

Art. 33.- Las comisiones que nombre la Junta Directiva de laAsociación serán las siguientes:

a) Comisión de desarrollo pesquero.

b) Comisión de desarrollo comunal.

c) Comisión de afiliación.

d) Comisión de Finanzas.

e) Comisión de Educación.

f) Aquellas que fueren necesarias.

Art. 34.- La inconformidad con las resoluciones de las comisionesdeberá ser revisada por la Junta Directiva de la Asociación a peticiónescrita del interesado.

Art. 35.- Las comisiones se integrarán, por un coordinador, unSecretario y Vocales, el número de miembros dependerá de las obliga-ciones que hayan que realizar en cada comisión.

Art. 36.- Ninguna comisión podrá ser integrada con más de sietemiembros ni menos de tres, en los casos que las comisiones sean grandes,se nombrará un subcoordinador.

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Art. 37.- Son atribuciones de las Comisiones:

a) Contribuir con la Junta Directiva en el cumplimiento de susatribuciones.

b) Planificar las diferentes actividades específicas de cada co-misión.

c) Coordinar y determinar con las demás comisiones, la formade participación en las distintas actividades de la Asociación.

d) Orientar las acciones de las comunidades.

e) Mantener una constante comunicación con las comisiones encuanto a la disponibilidad del recurso humano.

f) Elaborar fichas de inscripción y llevar registro de asociados.

g) Promover y realizar siembra de especies en el Estero deJaltepeque.

h) Divulgar a través de carteles, hojas u otros medios de comu-nicación, la información requerida para preservación delmedio ambiente y la Ecología.

i) Otras actividades que vayan en beneficio de la Asociación.

Art. 38.- ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LAS CO-MISIONES:

a) Coordinar la planificación de las diferentes actividades de lacomisión.

b) Promover actividades de investigación de la problemática dela comunidad.

c) Participar en la elaboración del plan de trabajo de la comisión.

d) Mantener actualizadas las actividades realizadas por la comi-sión.

e) Promover la organización de grupos comunitarios que parti-cipen en el mejoramiento de sus comunidades.

f) Promover y hacer uso adecuado de los recursos existentes enla comunidad y fuera de ella.

g) Conocer las solicitudes de ayuda.

h) Convocar a reuniones a la comisión.

i) Presidir las reuniones de la comisión.

j) Otras tareas que se le asignen.

DE LOS VOCALES DE LA COMISION:

a) Participar en la planificación de las diferentes actividades dela comisión.

b) Participar en la orientación, dirección y realización de lasactividades de la comisión.

c) Sustituir a solicitud del coordinador a cualquier miembro dela comisión cuando fuere necesario.

d) Sugerir actividades al coordinador.

e) Colaborar en el desarrollo de las actividades en otras comisio-nes.

f) Promover el ingreso de nuevos socios.

g) Participar en las reuniones de las comisiones.

Art. 39.- El subcoordinador realizará las mismas actividades que elcoordinador en su ausencia o cuando la comisión lo necesite como unapoyo para desarrollar las actividades.

CAPITULO CINCO

REGIMEN ECONOMICO

Art. 40.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por todolo que la Asociación pueda obtener a título personal o de donaciones, yel activo se destinará a lograr objetivos de la Asociación y al pago de susobligaciones.

Art. 41.- La Asociación contará con los recursos financierossiguientes:

a) Por las contribuciones que aporten los Socios Activos.

b) Por los proyectos productivos que desarrollen y su adminis-tración.

c) Las subdivisiones y los aportes extraordinarios que preven-gan de diversas fuentes.

d) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos y las rentas quese obtengan de la administración de los mismos.

Los bienes muebles que formen el patrimonio de la Asociación nopodrán ser enajenados o dados en garantía, sin la autorización previa dela Asamblea General.

Art. 42.- Si al final de cada ejercicio se obtuvieren ganancias, laJunta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que sepuedan aplicar dichas ganancias, como también el tiempo y forma deinvertir el fondo de reserva.

Art. 43.- Si por culpa o dolo se fijará un valúo mayor que elverdadero; quienes lo hayan hecho responderán personalmente frente aterceros o ante la Asociación que el exceso de valor que se le hubiereasignado por daños y perjuicios que resultaren, quedando obligado aresponder por el faltante.

Art. 44.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, seaportará el 10% para formar un fondo de reserva e incrementar el capitalbancario a nombre de la misma.

Con respecto a las utilidades obtenidas de los proyectos producti-vos se distribuirán de la siguiente manera: un 10% al fondo de reservalegal el cual se adicionará al Capital Bancario de la Asociación con elobjeto de utilizarlo posteriormente para el desarrollo social de toda lacomunidad y el 90% restante será distribuido proporcionalmente altrabajo realizado a todos aquellos que hayan participado en la ejecuciónde dichos proyectos.

Art. 45.- El Ejercicio económico de la Asociación se hará anual yestará comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre decada año. Preparándose para ese efecto el Balance General y estadofinanciero que deberá conocer la Asamblea General.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 46.- La reserva legal de los fondos destinados pare el desarrollosocial, capacitación, los obtenidos de carnet, así como el producto dedonaciones, legados y cualquier otro recurso que reciba la Asamblea, sonfondos que no podrán ser distribuidos, por lo tanto no tendrán losasociados ni sus beneficiarios o herederos a recibir parte alguna de estosfondos.

CAPITULO SEIS

DISOLUCION Y LIQUIDACION

Art. 47.- La Asociación podrá ser disuelta mediante acuerdotomado en Asamblea General convocada especialmente para este fin, ensesión extraordinaria y con el voto de las terceras partes de los asociadoscon base en las causas siguientes:

a) Por la disolución del número de miembros en un cincuentapor ciento del número establecido en el Código Municipalpara su constitución.

b) Por la imposibilidad de realizar los para los cuales fueconstituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los presectoslegales.

d) Cuando desarrolle actividades de proselitismo político, reli-gioso, anárquico o contrarios a la democracia y otros quevayan en detrimento de su patrimonio.

Art. 48.- En caso de liquidación la Asamblea designará unacomisión liquidadora en la cual tendrá la representación el ConcejoMunicipal, la comisión procederá a ejecutar la liquidación de acuerdo alo dispuesto en la ley y régimen respectivo.

Art. 49.- Concluida la liquidación, el remanente se distribuirá en elsiguiente orden:

a) Cubrir los gastos de liquidación.

b) Reintegrar los aportes de acuerdo a la proporción que cadaasociado a sus herederos corresponda; siempre y cuandohayan participado activamente en los proyectos productivosy que el patrimonio de la Asociación lo permita.

c) Si después de pagadas las obligaciones que tenga la Asocia-ción, hubiera un remanente, se destinará a programas dedesarrollo comunal en cualquiera de las comunidades que laintegran o en cualquier otra actividad que vaya en beneficiodel rubro Pesquero.

d) Cuando la Asociación cuente con bienes muebles e inmue-bles, la comisión liquidadora velará en su período de funcio-namiento que dichos bienes queden al servicio de toda lacomunidad y en el caso de preveer que esto no fuere posible;podrá rematarlos en subasta pública al mejor postor, debien-do invertir los fondos obtenidos en programas de desarrollocomunal en cualquiera de los caseríos que integraban laAsociación.

CAPITULO SIETE

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 50.- La Junta Directiva tiene la facultad de elegir las comisio-nes que consideren necesarias para el cumplimiento de los objetivos dela Asociación.

Art. 51.- Para tomar soluciones en Asamblea General, se necesitaráun quórum de por lo menos la mitad más uno de los Asociados Activos,si no existiere esta cantidad, se convocará para posterior y se celebrarála sesión con los que estuvieren presentes. En ambos casos se tomará enresolución con el voto de la mitad más uno de los presentes.

Art. 52.- El voto será nominal y público o directo a mano alzada, siasí lo decide la Asamblea General, quien votará primero sobre el sistemade votación a seguir.

Art. 53.- Toda sesión que se celebre tanto de Asamblea General,como de la Junta Directiva, deberá de constar en acta que será levantadapor todos los asistentes en los casos específicos de constitución yreformas a los Estatutos.

Todo asociado disidente deberá razonar su voto.

Art. 54.- Todos los miembros de la Junta Directiva responderánsolidariamente por los actos que autoricen, salvo que razonen su voto encontra de lo tratado.

Art. 55.- La Asamblea General está en plena facultad de contratarde los servicios de un auditor particular o gestionar el apoyo de lasInstituciones involucradas para realizar una auditoría contable quegarantice el buen trabajo administrativo durante el período del ejercicioeconómico.

Art. 56.- Los casos no previstos en estos Estatutos serán resueltospor la Junta Directiva a la Asamblea Extraordinaria, convocada para talefecto.

Art. 57.- El Reglamento Interno de la Asociación, será elaboradopor la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Art. 58.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO SEIS.-

El Concejo Municipal en uso de sus facultades que le confiere elArtículo 120 y 121 del Código Municipal, ACUERDA: vista la solicitudpresentada por el señor: ALFREDO CAMPOS DIAZ, quien actúa encalidad de Presidente de la Asociación de Desarrollo Comunal y Pesquerodel Estero de Jaltepeque, de Villa San Luis La Herradura; donde solicitasu inscripción en esta Alcaldía y otorgar personería a la Asociación querepresenta; luego de hacer un estudio y análisis de los Estatutos y habersecumplido con los requisitos establecidos en el artículo 120 y 121 delCódigo Municipal, SE ACUERDA: inscribir dicha Asociación en estaAlcaldía Municipal como: "Asociación de Desarrollo Comunal y Pesquerodel Estero Jaltepeque" cuyas siglas son: "ADESCOPEJAL" y otorgarlesPersonalidad Jurídica.

Alcaldía Municipal de San Luis La Herradura, quince de octubredel año dos mil dos.

Tte. MILTON GALILEO GONZALEZ LOPEZ,ALCALDE MUNICIPAL.

EZEQUIEL CORDOVA MEJIA,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 5159)

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL CASERIO EL TIZATE, CANTON PATURLA

MUNICIPIO DE JOATECA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN

CAPITULO I

De La Naturaleza, Denominación, Domicilio, Simbología y Duración

Naturaleza

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comuna-les y estos Estatutos. Será una entidad apolítica no lucrativa, no religiosay de carácter democrático.

Denominación

Art. 2.- Se denominará “Asociación de Desarrollo Comunal ElTizate” y podrá abreviarse ADESCOT.

Domicilio

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Caserío El Tizate, delCantón Paturla, de la jurisdicción de Joateca, departamento de Morazán.

Simbología

Art. 4.- Esta Asociación tendrá como distintivo un sello de formatriangular, y a su alrededor se leerá “Asociación de Desarrollo ComunalEl Tizate, Joateca, Morazán.” El centro tendrá un árbol de pino con un solalrededor.

Duración

Art. 5.- La duración de la Asociación es por tiempo indefinido; sinembargo podrá disolverse por los motivos siguientes:

a) Disminución de Socios (según Código Municipal).

b) Por no realizar los fines para los cuales fue creada.

c) Por realizar actos ilegales.

d) Por acuerdo de la Asamblea General.

CAPITULO II

De los fines

Art. 6. Los fines de la Asociación serán el desarrollo humano y laobra física que proyecte la Asociación. Para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad conjunta-mente con organismos públicos y privados que participen enlos correspondientes programas y proyectos.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutuaentre los vecinos, sus grupos y entidades respectivas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-zados en la localidad, o el municipio, y que sean afines.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-mocional de dirigentes y grupos comunales, con el fin decontribuir al mejoramiento organizacional de la comunidad,la administración de proyectos sociales y económicos.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de lacomunidad, como la construcción de una escuela, la repara-ción de la calle principal, el agua potable, la energía eléctrica,la salud, la educación y la agricultura.

f) Promover las organizaciones juveniles, haciéndolas partíci-pes de la responsabilidad del desarrollo local.

g) Incrementar las actividades comunitarias, a fin de obtenerrecursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento dela comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local.

CAPITULO III

De los Socios, Requisitos, Derechos y Deberes

Socios

Art. 7.- Los afiliados podrán ser:

a) Fundadores

b) Activos

c) Honorarios

Socios Fundadores

Art. 8.- Son Socios Fundadores todas las personas que firman elActa de Constitución de la “Asociación de Desarrollo Comunal ElTizate.”

Socios Activos

Art. 9.- Son Socios Activos todas las personas que reúnan losrequisitos que señala el artículo anterior.

Socios Honorarios

Art. 10.- Son Socios Honorarios todas aquellas personas a quienesla Asamblea General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva,le concede tal calidad por sus méritos personales y relevantes serviciosprestados a la Asociación.

Requisitos

Art. 11.- Deben ser vecinos de la comunidad, mayores de dieciochoaños.

Derechos y Deberes

Art. 12. Son derechos de los socios:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así losolicitare.

Art. 13. Son deberes de los socios:

a) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

b) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de miembros de la Asociación.

c) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Generalprevia convocatoria escrita.

d) Cumplir con estos Estatutos y obedecer los acuerdos ydisposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva,siempre que estén relacionados con los fines de la Asocia-ción.

CAPITULO IV

Del Gobierno de la Asociación

Art. 14.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-blea General y la Junta Directiva.

Art. 15. La Asamblea General la constituyen todos los asociados,y las resoluciones se acordarán con el voto de la mitad más uno de lospresentes.

Art. 16. En las sesiones de Asamblea General, cada asociado nopodrá representar a ninguna persona, menos en casos de enfermedad ootra emergencia reconocida por la Asamblea General.

Art. 17. La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatroveces al año con intervalo de tres meses. También podrá reunirseextraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva o a lasolicitud de diez o más miembros de la Asociación, el Quórum necesariopara celebrar Asamblea General será por lo menos la mitad más uno delos Socios Activos.

Art. 18. En la Asamblea General Ordinaria se tratarán los puntoscomprendidos en la Agenda respectiva y otros que propongan losasociados; y en la extraordinaria solo los puntos comprendidos en laconvocatoria.

Art. 19.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria oextraordinaria, se hará mediante aviso escrito, con ocho días de anticipa-ción la primera, y con cuarenta y ocho horas la segunda, indicándose enella la hora, día y lugar en que se ha de celebrar.

Art. 20.- Si a la hora señalada, no pudiere celebrarse la sesión porfalta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después dela señalada con los asociados que concurran, siempre y cuando no seainferior a un tercio de los asociados. En este último caso, las decisionesque se tomen serán obligatorias aún para aquellos que no asistieren.

Art. 21.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado financierode la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justificadas a losmiembros de la Junta Directiva y elegir los sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembro de la Asociación, a los quehubieren renunciado, fallecido o perdido la calidad comoasociado.

e) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-niente.

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y reglamentos que sedicten.

g) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.

h) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

CAPITULO V

De la Junta Directiva

Art. 22.- La Junta Directiva estará integrada por nueve miembrospropietarios y tres suplentes electos en Asamblea General. La nomina-ción de los cargos serán los siguientes:

a) Presidente

b) Vicepresidente

c) Secretario

d) Tesorero

e) Síndico

f) Primer Vocal

g) Segundo Vocal

h) Tercer Vocal

i) Cuarto Vocal

Los cargos de la Junta Directiva serán ad-honoren.

Art. 23.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menosuna vez al mes y extraordinariamente cuando sea necesario, previaconvocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válidadeberán concurrir por los menos cinco de los miembros y las resolucionesse tomarán por mayoría de votos.

Art. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-nerlo ante la Asamblea.

b) Coordinar juntamente con las instituciones que colaborancon el desarrollo comunal, el Plan Anual de Trabajo y elpresupuesto correspondiente.

c) Organizar comisiones de trabajo orientando sus accionespara su mejor desenvolvimiento.

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias yextraordinarias.

e) Coordinar con organismos del Estado, la Municipalidad yentidades privadas, nacionales e internacionales, en la reali-zación de proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en la investigación, planificación, ejecución yevaluación de programas y proyectos de mejoramiento co-munal.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a losorganismos que cooperan en el desarrollo local de las activi-dades que se desarrollan.

h) Tomar todas las medidas a fin de cumplir y aplicar lasdisposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos que efectúe la Asociación.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losmiembros de la Asociación.

k) Resolver a su prudente arbitraje aquellas situaciones noprevistas en estos Estatutos, y que demanden inmediatasolución.

l) Presentar ante la Asamblea General la memoria anual deactividades.

m) Fomentar el espíritu de servicio, solidaridad y cooperaciónmutua entre los vecinos, grupos y entidades representativasde la comunidad.

n) Llamar al miembro suplente cuando el titular esté ausente, ono concurra a tres sesiones consecutivas sin causa justificada.

o) Presentar ante la Asamblea General con quince días deanticipación de cada ejercicio administrativo, el Plan Anualde Trabajo y el presupuesto de gastos de la Asociación.

CAPITULO VI

Funciones de los Miembros de la Junta Directiva

Art. 25.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral.

b) Convocar a los asociados a sesiones de la Asamblea Generaly a los miembros de la Junta Directiva.

c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la JuntaDirectiva de la Asamblea General y de los Estatutos de laAsociación debidamente aprobados.

d) Firmar con el Tesorero los cheques y documentos de losgastos de la Asociación debidamente aprobados.

e) Las demás que le encomiende la Junta Directiva.

Art. 26.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento aéste.

c) Debe desempeñar las comisiones que el Presidente le desig-ne.

d) Las demás que le asignen la Junta Directiva o la AsambleaGeneral.

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario:

a) Tener a su cargo los libros de actas de la Asociación.

b) Ser el encargado de extender las certificaciones que le solici-ten de la Asociación.

c) Desempeñar las demás labores que le encomiende la JuntaDirectiva.

Art. 28.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Ser el encargado de administrar los fondos y demás bienes dela Asociación.

b) Llevar las cuentas de la misma, para lo cual llevará los librosde contabilidad necesarios.

c) Ser el encargado de que se hagan efectivos los créditos a favorde la Asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cadasesión del estado económico.

d) Efectuar los pagos de las obligaciones de la Asociación. Losdocumentos de egresos serán autorizados por el Tesorero ycon visto bueno del Presidente.

e) Los fondos de la Asociación serán depositados en una Insti-tución Bancaria para lo cual se abrirá una cuenta a nombre dela Asociación, y para el retiro de fondos se requerirá las firmasdel Tesorero, Presidente y Síndico, previo acuerdo de la JuntaDirectiva.

Art. 29.- Son atribuciones del Síndico:

a) Tener la representación judicial y extrajudicial de la Asocia-ción y el uso de la personalidad jurídica.

b) Otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos, entodo caso con la previa autorización de la Junta Directiva.

c) Ser el encargado de velar por el estricto cumplimiento delCódigo Municipal, las Ordenanzas respectivas, estos Estatu-tos y demás acuerdos emitidos por la Asamblea General o laJunta Directiva.

d) A falta del Síndico, fungirán los vocales en su orden, autori-zados en sesión de Junta Directiva.

Art. 30.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en loscasos que ésta considere necesario. En todo caso podrán sustituir acualquier miembro de la Junta Directiva que faltare con justificada razón.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de dos años, pudiendo ser reelectos para otro periodo sí laAsamblea General así los acordare.

CAPITULO VII

Del Patrimonio y De la Disolución

Del Patrimonio

Art. 32.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las contribuciones que aporten los asociados que será de uncolón mensual.

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b) Las subvenciones y aportes extraordinarios que provengan dediferentes fuentes.

c) Los ingresos que se obtengan de cualquier actividad que serealice para allegar fondos a la Asociación.

d) Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquiertítulo y las rentas que se obtengan de la administración de losmismos. Los bienes inmuebles que forman el patrimonio dela Asociación, no podrán ser enajenados o dados en garantíasin la autorización previa de la Asamblea General.

De la Disolución

Art. 33. La disolución de la Asociación será acordada en sesiónextraordinaria de Asamblea General por no llenar los requisitos queexige el Código Municipal y demás disposiciones aplicables.

CAPITULO VIII

Disposiciones Generales

Procedimiento para Remover Directivos y Socios

Art. 34. Los miembros de la Asociación podrán ser retirados porAcuerdo de la Asamblea General, previa audiencia del interesado, porinfracciones a estos Estatutos. Además, se consideran causales de retiroo expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del Asociado.

b) Faltar a tres reuniones seguidas de la Asamblea General.

c) No pagar la cuota mensual.

d) Promover actividades ajenas a las de la Asociación.

e) Beneficiarse por medios fraudulentos para sí o para terceros.

f) Cometer algún delito o falta.

Art. 35. Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, enAsamblea General podrán ser suspendidos temporalmente o destituidossi el caso lo amerita.

Art. 36.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directivanombrará una comisión de dos o más de sus miembros para queinvestiguen los hechos y oyendo el informe de la comisión y las razonesque exponga en su defensa el supuesto infractor, se resolverá lo conve-niente. En el caso del literal c) del Art. 12, será la Asamblea quienacordará lo conveniente. Si la Junta Directiva no procede dentro de losdiez días de conocida la infracción, conforme ordena el inciso anterior,un número de cinco miembros podrá convocar a Asamblea General paraque ésta nombre la comisión investigadora y resuelva lo procedente. Elmismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infraccionesdebe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda laJunta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros, losrestantes no inician el procedimiento dentro del plazo señalado en elinciso anterior. En todos los casos, será la Asamblea General la queresolverá, y en la misma sesión se elegirán y dará posesión a lossustitutos.

Art. 37.- De la resolución de la Junta Directiva podrá interponerseúnicamente recurso de revisión ante la misma dentro del tercer día de lanotificación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitiráningún recurso.

Art. 38.- Las ganancias que se obtuvieren al final de cada ejercicioadministrativo podrán ser invertidas en proyectos que apruebe la Asam-blea General a propuesta de la Junta Directiva.

Art. 39.- En caso de disolución y pagadas que fueren todas lasobligaciones si hubiere un remanente, éste lo pasará a una ComisiónLiquidadora, formada por tres representantes de la antigua Asociación ydos miembros del Concejo Municipal, entrante respectivo para obras dedesarrollo comunal.

Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al ConsejoMunicipal en los primeros quince días posteriores a la elección, lanómina de la nueva Junta Directiva. Así mismo informará cuandoocurrieren sustituciones, o cualquier otra información que la Municipa-lidad le solicitare.

Art. 41.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho díasdespués de la publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO DIECISEIS.

En vista de los Estatutos de la Asociación de desarrollo Comunalde El Tizate, que consta de Cuarenta y Un Artículos y no encontrando enellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al ordenpúblico ni a las buenas costumbres, de conformidad con el ArtículoTreinta Numeral Veintitrés y Artículo Ciento Diecinueve del CódigoMunicipal, este Concejo Municipal Acuerda aprobarlos y conferirle adicha Asociación el Carácter de Persona Jurídica. Publíquese.

Alcaldía Municipal de Joateca, a los siete días del mes de enero delaño dos mil tres.

JOSE OSMIN RAMOS,

ALCALDE MUNICIPAL.

BLANCA MIRIAN ARGUETA JOYA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(REGISTRO No. 5068)

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley;

HACE SABER: que hoy ha declarado al menor WILBERALEXANDER CRUZ CORTEZ, heredero beneficiario e intestado en lasucesión del causante ERIC JEOVANY CRUZ FUENTES, que fallecióel día siete de febrero del dos mil dos, en Rosario de La Paz, su últimodomicilio; en concepto de hijo del causante, representado dicho menorpor su madre CLEOTILDE CORTEZ OSTORGA. El heredero declara-do tiene juntamente con los herederos declarados anteriormente señoraLaura Virginia Osorio Recinos y menor Marlon Giovanni Cruz Osario,la representación y administración definitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 29 de enero del 2003.-Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBER-TO RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

Of. 1 v. Nº. 226

EL INFRASCRITO JUEZ. Al público para los efectos de ley,HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada a

las nueve horas del presente día y del corriente año, han sido DeclaradosHerederos Definitivos con beneficio de inventario de la sucesión intes-tada que a su defunción dejara la señora CRUZ MARIA ABREGOESCOBAR, quien falleció el día veintiocho de octubre de mil novecien-tos setenta y nueve en el Cantón El Salitre, jurisdicción de San JoséGuayabal siendo este su último domicilio; a los señores SALVADORFRANCISCO ESCOBAR ABREGO y RAFAEL ANGEL ESCOBAR,éstos en su calidad de sobrinos de dicha causante.

Se les ha conferido a los herederos declarados la administración yrepresentación definitiva de la expresada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las nuevehoras y veinte minutos del día veintinueve de octubre de dos mil dos.-Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA.- Lic. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,SECRETARIA.-

Of. 1v. Nº. 227

LA SUSCRITA JUEZHACE SABER : que con fecha seis de diciembre de dos mil dos,

se presentó la Licenciada AURORA CAROLINA JOYA LAZO detreinta y seis años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de SanMiguel, portadora de su Tarjeta de Identificación número cinco mildoscientos noventa y tres, en su concepto de Procuradora Auxiliar delSeñor Procurador General de la República y en Representación de laseñora ROSARIO DE JESUS GOMEZ RAMOS, de cuarenta y un añosde edad, de oficios domésticos, con domicilio en el Cantón Amaya de laJurisdicción de Lolotique, Departamento de San Miguel, Portadora delDocumento Unico de Identidad número cero un millón setecientos ochomil quinientos setenta y siete-ocho y con número de IdentificaciónTributaria un mil doscientos ocho-cero cincuenta mil ochocientos sesen-ta y uno ciento dos-cero, solicitando a su favor Título Supletorio de unsolar de naturaleza rústica ubicada en el Caserío El Jobo del CantónAmaya de la Jurisdicción de Lolotique Departamento de San Miguel, deuna capacidad superficial de UN MIL QUINIENTOS NUEVE ME-TROS SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS de lamedida y lindero siguiente: AL ORIENTE, de cuarenta y un metros conCandelario Batres cerco de alambre y postes propios del solicitante ALNORTE, treinta y seis metros con Gregorio Batres, cerco de postes devarios árboles de por medio propios de la solicitante, AL PONIENTE,veinticinco metros Miguel Batres quebrada de por medio y cerco dealambre y varios árboles propios de la solicitante; AL SUR, cincuenta ycinco metros cincuenta centímetros con ELOY TORRES y SALOMONMEJIA cerco de alambre y piña propio de la solicitante; en dichoinmueble existe una casa de bloques sin techo que mide nueve metroscuarenta y cuatro centímetros de ancho por nueve metros cincuenta y trescentímetros de largo que es dueña y actual poseedora por auto deocupación desde el mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos,adquiriendo el inmueble por una compraventa verbal que le efectúo elseñor Jose Elias Batres Sandoval. La posesión que mi representada haejercido y ejerce en dicho inmueble durante el tiempo antes, mencionado,ha consistido en mejorarlo, habitarlo, todo esto sin pedirle consentimien-to a nadie o sea que durante todo ese tiempo ha ejercido actos deverdadera dueña y estima; el terreno en mención en la suma de DIEZ MILCOLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las diezhoras del día catorce de diciembre de dos mil dos.- Lic. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº. 228-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,HACE SABER: que a estas oficinas se ha presentado la Licenciada

ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Abogado yNotario, del domicilio de San Miguel con su Documento Unico deIdentidad número cero cero cuatrocientos noventa y siete mil doscientosdieciséis guión cero quien ha sido comisionada por el señor ProcuradorGeneral de la República, para que en representación del señor ANTO-NIO MISAEL DIAZ VASQUEZ, de cuarenta y seis años de edad,casado, agricultor en pequeño, de este origen y domicilio, con suDocumento Unico de Identidad número cero cero quinientos cuarenta yocho mil doscientos sesenta y cuatro guión siete, solicite se extiendaTítulo de Propiedad a favor del señor ANTONIO MISAEL DIAZVASQUEZ, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio SanIsidro de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento de SanMiguel, de una capacidad superficial de SEISCIENTOS SIETE ME-TROS CUADRADOS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS,.Que linda al ORIENTE, cuarenta y cinco metros con Amadeo Guevara;cerco de alambre de por medio, al NORTE, trece metros con cincuentacentímetros con ATILIO MORALES, cerco de alambre de por medio, alPONIENTE; cuarenta y cinco metros con ATILIO MORALES, cerco dealambre de por medio y ANTONIO DIAZ VASQUEZ y al SUR; trecemetros con cincuenta centímetros, con servidumbre privada de pormedio con ANTONIO RAMIREZ. No es predio dominante, ni sirviente,ni está en proindivisión con nadie, ni tiene carga o derecho real quepertenezca a otra persona. Lo hubo por compra que le hizo a la señoraMARIA ELISA GOMEZ, residente en Barrio San Isidro. El inmueble lovalora en DIEZ MIL COLONES. Todos los colindantes son de estedomicilio.

Alcaldía Municipal, ciudad de Lolotique, veintisiete de enero dedos mil tres.- JUAN ANGEL HERNANDEZ, ALCALDE MUNICI-PAL.- Br. EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CASTRO, SECRETA-RIO.

Of. 3 v. alt. Nº. 229-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,HACE SABER: que a esta oficina se presentó el Licenciado

MARVIN ANTONIO GONZALEZ HENRIQUEZ, procurador auxi-liar de la Procuraduría General de la República, de San Miguel, quienactúa en calidad de representante legal del señor DESIDERIO MEDRA-NO, solicitando a favor de su representada Título de dominio de un solarde narutaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, pasajeDua, de esta ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de lacapacidad superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ME-TROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: ALNORTE, dieciséis metros, colinda con propiedad de la señora FIDELINAMARQUEZ; AL SUR, mide dieciséis metros colinda con propiedad delos señores ALFREDO HERNANDEZ y JESUS MACHUCA; ALORIENTE, mide dieciséis metros, colinda con ANDRES BENAVIDES;Y AL PONIENTE, mide dieciséis metros con propiedad de las señorasTERESA FUNES, y ANA FUNES. En el inmueble antes descritoexisten construcciones de sistema mixto, no es dominante ni sirviente,no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está enproindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa de posesiónmaterial que le hicieron los señores CARMEN SARAVIA y EVERTFERNANDO ALVARENGA, posesión que unida a la de sus anterioresdueños ha durado por más de diez años, la cual ha sido quieta, pública,pacífica e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de DIEZ MILCOLONES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los cinco días del mesde julio del año dos mil.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA,ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. DAVID OMAR GOMEZ, SECRETA-RIO MUNICIPAL INTERINO.-

Of. 3 v. alt. Nº. 230-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasquince horas diez minutos del día catorce de enero del presente año, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada dejada a su defunción por el causante, señorALEXANDER ANTONIO GAITAN, ocurrida el día quince de enero dedos mil uno en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de lasseñoras ANA ALICIA TUSELL DE GAITAN, ahora VIUDA DEGAITAN, DOLORES MORENA GAITAN y de los menoresALEXANDER ANTONIO y GABRIELA ALEXANDRA, de apellidosGAITAN TUSELL, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente, lasegunda en calidad de madre y los restantes, en calidad de hijos delcausante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y represen-tación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente, los menores antes mencionados debe-rán ejercerlas por medio de su representante legal, señora ANA ALICIATUSELL DE GAITAN, ahora VIUDA DE GAITAN.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las docehoras y veinte minutos del día veintidós de enero de dos mil tres. Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 208-3

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juezde lo Civil Interino de este distrito judicial, al público para los efectos deley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaLOYDA MARGARITA AREVALO PORTILLO, Agente Auxiliar de laProcuraduría General de la República y representante de la señoraMARTA TOLOZA DE FAUSTINO; manifestando que su representadapretende titular supletoriamente a su favor, un terreno rústico situado enel Cantón San Antonio Arriba de la jurisdicción de Santiago Nonualco;de una superficie aproximada de SEISCIENTOS CUARENTA Y NUE-VE METROS CINCUENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS,y que linda: NORTE, con propiedad de MIGUEL ANGEL MACHADOESCOBAR; ORIENTE, con propiedad de FRANCISCA CISNEROS;camino vecinal de por medio; SUR, con propiedad de PEDROCOLINDRES; y PONIENTE, con PEDRO COLINDRES. Dice la soli-citante que su representada adquirió dicho terreno, por compra que de élhizo al señor JOSE BLAS COLINDRES, ya fallecido.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 6 de febrero de 2003.Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 209-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. Para los efectos de ley,HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado

MISAEL ALCIDES HERNANDEZ ROMERO, mayor de edad, Licen-ciado en Ciencias Jurídicas, del domicilio de Zacatecoluca y de SanSalvador, en su concepto de Procurador Auxiliar de la ProcuraduríaGeneral de la República y en representación del señor VICENTEMOLINA CHAVEZ, mayor de edad y de este domicilio, solicitando parasu representado, Título de Propiedad de un inmueble de naturalezaurbana situado en el Barrio Concepción de esta ciudad, de CIENTOSETENTA Y TRES metros cuadrados, que mide y linda: al NORTE oncemetros, con predio de SALVADOR ORLANDO FLORES ALFARO; alORIENTE once metros cincuenta centímetros, con terreno deRAYMUNDO REYES BORJA; al SUR trece metros noventa y cuatrocentímetros, con terreno de VICENTE MOLINA PONCE; y al PO-NIENTE dieciséis metros veintisiete centímetros, con solares de MA-RIA JUANA CORTEZ y JOSE ANDRES MARTINEZ PADILLA. Noes predio dominante ni sirviente; no tiene cargas ni derechos reales deajena pertenencia con quien hubiere proindivisión; está valorado enDIEZ MIL COLONES, equivalente a mil ciento cuarenta y dos dólaresochenta y seis centavos; lo hubo el señor VICENTE MOLINA CHAVEZpor compra a VICENTE MOLINA PONCE y los colindantes son de estedomicilio.

DE TERCERA PUBLICACIÓNALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: San

Pedro Nonualco, diecisiete de febrero del año dos mil tres. PABLOPEREZ RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL POR MINISTERIO DELEY. GUILLERMO PEREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 210-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,AVISA: que a esta oficina se ha presentado el Lic. MISAEL

ALCIDES HERNANDEZ ROMERO, mayor de edad, Abogado, Comi-sionado por el señor Procurador General de la República, para que ennombre y representación de la señora MARIA CANDELARIA VIUDADE DERAS, de setenta años de edad, de oficios domésticos, del domi-cilio de esta ciudad, promueva diligencias de Título de Propiedad de unsolar urbano situado en el Barrio San José de esta ciudad propiedad desu representada, que mide y linda: AL NORTE, mide 47:25 metros, lindacon solar del Ministerio de Educación; AL ORIENTE, mide 21:00metros, lindando con solares de MARCIAL ABEL OBANDO y ANGELADERAS; AL SUR, mide 57:20 metros, linda con solares de SOFIADERAS y MARTA MENDEZ LOPEZ y AL PONIENTE, mide 39:00metros, linda con solar de ISMAEL RAMIREZ SANCHEZ, su capaci-dad es de MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUA-DRADOS DE EXTENSION SUPERFICIAL, no es predio dominante nisirviente, ni se encuentra en proindivisión con tercera persona quereclame mejor derecho, no tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia, lo hubo por compra que hizo a JESUS DERAS, en EscrituraPública que no fue inscribible por no estarlo su antecedente, que sumadala posesión de su representada con el vendedor suma más de diez añoscontinuos, de buena fe, quieta, pacífica e ininterrumpida, lo estima en lasuma de DlEZ MIL COLONES, todos los colindantes son de estedomicilio.

En la Alcaldía Municipal de Olocuilta, a los diecisiete días defebrero de dos mil tres. MARCO ANTONIO FUNES DURAN, AL-CALDE MUNICIPAL. DAVID SALVADOR MANCIA ORREGO,SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 211-3

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Primera de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Leyde la Corte de Cuentas, EMPLAZAN: al señor NOE RIVERA TORRES,o a su representante, para que dentro de los cinco días posteriores a latercera y última publicación de este edicto comparezcan a manifestar sudefensa en el Juicio de Cuentas que se sigue en su contra por su actuacióncomo Primer Regidor con funciones de Alcalde Interino, en la AlcaldíaMunicipal de Santo Domingo, Departamento de Sonsonate, durante elperíodo del uno de enero de mil novecientos noventa y ocho al treinta deseptiembre de mil novecientos noventa y nueve. Dicho Juicio tiene porbase la demanda. No. 01-2002, por la cantidad de CIENTO DIECISEISMIL SEISCIENTOS DIECISEIS COLONES CON SESENTA CEN-TAVOS (¢116,616.60), equivalente a TRECE MIL TRESCIENTOSVEINTISIETE DOLARES CON SESENTA Y UN CENTAVOS DEDOLAR NORTE AMERICANOS ($13,327.61).

Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República, San Salvador a las catorce horas del díadiecisiete de febrero del dos mil tres.

Lic. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,JUEZ.

Lic. TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,JUEZ.

Lic. SONIA EMPERATRIZ CORNEJO CISNEROS,SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 212-3

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

AVISO

El Infrascrito Superintendente Interino del Sistema Financiero,

CERTIFICA: que en el proceso administrativo promovido contrael Banco de Comercio de El Salvador, S.A., señora Francia González deFuentes y señorita Leydi Portillo, Referencia 10/2002, se ha pronuncia-do la resolución siguiente: “Superintendencia del Sistema Financiero,San Salvador a las nueve horas del día cuatro de febrero del dos mil tres.Agréguense las fotocopias certificadas notarialmente del ejemplar frac-cionado del Diario Oficial Número doscientos nueve, de fecha siete denoviembre del año dos mil dos, así como el ejemplar fraccionado delperiódico La Prensa Gráfica, de fecha treinta y uno de octubre de ese año,por el que se acredita el emplazamiento de la señorita LEYDI PORTI-LLO, en las fechas y medios de comunicación apuntados. Habiendotranscurrido el término que señala el Art. 47 de la Ley Orgánica de laSuperintendencia del Sistema Financiero, sin que el BANCO DE CO-MERCIO DE EL SALVADOR, S.A., la señora FRANCIA GONZA-LEZ DE FUENTES y la señorita LEYDI PORTILLO se hayan pronun-ciado sobre los hechos que se les atribuyen, declárense rebeldes a lareferida entidad y personas naturales y tiénese de su parte por contestadorespectivamente el auto de inicio del proceso en sentido negativo. Sígaseel presente proceso en rebeldía. Notifíquesele a la señorita LEYDIPORTILLO, la presente resolución para los efectos legales consiguien-tes; al efecto, líbrense, con las inserciones legales pertinentes, los Edictoscorrespondientes, los cuales deberán publicarse por una sola vez en elDiario Oficial y en LA PRENSA GRAFICA. Notifíquese. J. Hernández.Intendente Jurídico”.

Y para que le sirva de legal notificación a la señorita LEYDIPORTILLO, extiendo, firmo y sello la presente en San Salvador, a losdiecinueve días del mes de febrero del año dos mil tres.

LUIS ARMANDO MONTENEGRO,

SUPERINTENDENTE INTERINO.

1 v. Nº 4245

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución pronunciada en este Tribunal a las oncehoras veinte minutos del día doce de febrero de dos mil tres, se hadeclarado heredera definitiva con beneficio de inventario a la señoraVICTORIA MIRA ANGEL, de la herencia intestada que a su defuncióndejó el causante señor EULOGIO MIRA CEA, quien falleció el díadieciocho de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, en esta ciudad,su último domicilio; en concepto de hija del de cujus. Confiérese a laheredera declarada la administración y representación definitiva de losbienes de la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nuevehoras del día dieciocho de febrero de dos mil tres. Dr. DARIO VILLAL-TA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. Nº 4344

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER : que por resolución pronunciada en este Juzgadoa las catorce horas del día veinte de febrero de dos mil tres, fue declaradaHEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO,a la Heredera ROSA MARIA HERNANDEZ CRUZ, de la HerenciaIntestada dejada a su defunción por el causante EDUARDO CRUZESCOBAR, quien falleció el día doce de Julio de dos mil dos, a la edad

de cuarenta y nueve años, soltero, siendo esta ciudad su último domicilio;dicha Heredera en calidad de hija del Causante. Confiriéndose a laHeredera mencionada la administración y representación definitiva de lasucesión referida.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las quince horas y cuarenta minutos del día veinte de febrero de dosmil tres. Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ,JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDUARDO ALFONSOGALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

1 v. Nº 4337

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este MunicipioJudicial,

AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado a las diezhoras del día tres de febrero de dos mil tres. Se ha declarado herederodefinitivo con beneficio de inventario, en la herencia intestada que a sudefunción ocurrida en San Francisco Chinameca, Departamento de LaPaz, su último domicilio, el día doce de enero de mil novecientosochenta, dejó el señor CARLOS HERNANDEZ, a su hijo ELIASHERNANDEZ CARDONA. Se ha tenido de parte de los señoresDELFINA CARDONA VIUDA DE HERNANDEZ, CARLOS HER-NANDEZ, MIGUEL ANGEL HERNANDEZ CARDONA, LORENAHERNANDEZ DE PEREZ o ANA LORENA HERNANDEZ CAR-DONA, JUAN ANDRES HERNANDEZ CARDONA y MARIAMAGDALENA HERNANDEZ CARDONA, por repudiado expresa-mente el derecho hereditario que en la presente sucesión les correspon-dían a la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante ylos restantes en sus calidades de hijos del causante, CARLOS HERNAN-DEZ. Se ha conferido al heredero declarado la administración y repre-sentación definitiva de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,Departamento de San Salvador, a las nueve horas y diez minutos del díaonce de Febrero del año dos mil tres. Dr. GUILLERMO ALFAROSANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. IRMA ELENA DOÑANBELLOSO, SECRETARIA.

1 v. Nº 4334

ANA FELÍCITA ESTRADA, Juez de lo Civil del distrito judicial de SanVicente, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las catorce horas treinta minutos deldía veintiocho de enero de este año, se ha declarado heredera abintestatocon beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defuncióndejó el señor Guadalupe Antonio Marinero, de sesenta y uno años deedad, casado, jornalero e hijo de la señora Paula Marinero, fallecido a lastrece horas del día cuatro de julio del año dos mil dos en el Barrio SanAgustín de la Villa de Nuevo Tepetitán, en este distrito judicial, lugar desu último domicilio, a la señora María Isidra Carbajal de Marinero ahoraviuda de Marinero, por sí como cónyuge sobreviviente del causante ycomo cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponderían alos señores: Tránsito Irene, Isidra Elena, Simón Antonio, Godofredo,Santos Arnulfo, todos de apellido Marinero Carbajal, éstos en su calidadde hijos del causante; y se le ha conferido a la heredera declarada, laadministración y representación definitiva de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas diez minutos deldía veintinueve de enero del año dos mil tres. Doctora ANA FELICITAESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DESALINAS, SECRETARIA.

1 v. Nº 4308

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN.

AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado, a lasnueve horas y treinta minutos de este día; se ha declarado HEREDERADEFINITIVA, y con beneficio de inventario, a la señora ANA GLADISGRANILLO; de la herencia que en forma intestada dejó el señor FREDYARNOLDO GRANILLO GONZALEZ, conocido por FREDYARNOLDO GRANILLO GONZALEZ, quien fue de cuarenta y cuatroaños de edad, soltero, agricultor en pequeño, hijo de Inés Granilloconocida por María Inés Granillo y de Padre ignorado, originario delCantón San José de esta Jurisdicción, quien falleció a las veintitrés horascon treinta y cinco minutos del día siete de julio del dos mil, en Arizona,Maricopa, Phoenix, Estados Unidos de Norte América, siendo su últimodomicilio el Cantón San José de esta Jurisdicción; en concepto dehermana del referido causante. Se ha conferido a la mencionada herederaen la calidad antes expresada la administración y representación DEFI-NITIVA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lascatorce horas del día veintitrés de septiembre del dos mil dos. Lic. JUANCARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE PRIMERA INSTANCIA.Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORIO DE ZUNIGA, SECRETA-RIA.

1 v. Nº 4198

FREDY ANTONIO RAMOS, Notario, de este domicilio, con despachonotarial ubicado en Diecisiete Calle Oriente, Número Doscientos treintay cuatro, Colonia Santa Eugenia, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las dieciséis horas del día treinta de enero de dos mil tres, se hadeclarado al señor FRANCISCO JAVIER PREZA, heredero definitivocon beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en estaciudad, su último domicilio, el día veintinueve de marzo de dos mil dos,dejara el señor VICTORIANO SORIANO BERNABE, en su conceptode hijo sobreviviente del causante; habiéndole concedido la representa-ción y administración definitiva de la referida sucesión; el señor FRAN-CISCO JAVIER PREZA, es representado en las presentes diligenciaspor el señor JOHNNY HENRY ORELLANA HERNANDEZ, segúnPoder General Judicial con Cláusula Especial otorgado a su favor. Por loque se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día tres de febrero de dos mil tres.

Lic. FREDY ANTONIO RAMOS,

NOTARIO.

1 v. Nº 4204

JORGE ALBERTO GOMEZ, mayor de edad, Abogado y Notario, deldomicilio de San Salvador, con bufete en Calle Francisco Gavidia,Número Nueve-A, Barrio el Centro, Ciudad Arce, Departamento de LaLibertad, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día veintede febrero del año dos mil tres, ha sido DECLARADO HEREDERODEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HEREN-CIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor CarlosHerrera Navarro, quien fue de treinta y ocho años de edad, jornalero,soltero, y quien falleció a las veintiuna horas y treinta minutos, en elBarrio El Centro, Jurisdicción de Ciudad Arce, Departamento de LaLibertad, y del domicilio de Ciudad Arce, lugar de su último domicilio,quien falleció el día catorce de diciembre del año dos mil uno, a losseñores JULIO CESAR HERRERA NAVARRO Y ADALBERTOAQUILES HERRERA NAVARRO, en su concepto de hermanos delcausante señor Carlos Herrera Navarro; confiriéndoles a los HerederosDeclarados señores JULIO CESAR HERRERA NAVARRO yADALBERTO AQUILES HERRERA NAVARRO, LA ADMINIS-TRACION y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.

Ciudad Arce, veinte de febrero del año dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 4183

JORGE ALBERTO GOMEZ, mayor de edad, Abogado y Notario, deldomicilio de San Salvador, con bufete en Calle Francisco Gavidia,Número Nueve-A, Barrio El Centro, Ciudad Arce, Departamento de LaLibertad, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del díaveinte de febrero del año dos mil tres, ha sido DECLARADO HEREDE-RO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LAHERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señorJosé Cruz Villafranco Alas, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad,Agricultor, y quien falleció en el Caserío el Zanate, Zapotitán, Jurisdic-ción Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, lugar de su últimodomicilio, quien falleció el día siete de diciembre del año dos mil dos, alseñor CRUZ ERASMO HERNANDEZ VILLAFRANCO en su calidadde Cesionario de los Derechos Hereditarios que en dicha sucesión lescorrespondían a los señores Milton Amílcar Villafranco Hernández yAlma Yanira Hernández de Medina, en su concepto de Hijos delcausante señor José Cruz Villafranco Alas; confiriéndole al HerederoDeclarado señor CRUZ ERASMO HERNANDEZ VILLAFRANCO,LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de laSucesión.

Ciudad Arce, veinte de febrero del año dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 4182

JORGE ALBERTO GOMEZ, mayor de edad, Abogado y Notario, deldomicilio de San Salvador, con bufete en Calle Francisco Gavidia,Número Nueve-A, Barrio El Centro, Ciudad Arce, Departamento de LaLibertad, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: que por resolución de las diez horas diez minutosdel día veinte de febrero del año dos mil tres, ha sido DECLARADOHEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO,DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causanteseñor Juan Pablo Hernández conocido también por Juan Pablo HernádezOrtiz, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, Jornalero, y quienfalleció en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana,Departamento de Santa Ana, y del domicilio de Ciudad Arce, lugar de suúltimo domicilio, quien falleció el día cinco de noviembre del año milnovecientos noventa y dos, al señor JOSE LIBERATO SERRANONAVARRO, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditariosque en dicha Sucesión le correspondían a los señores Joel MartínezHernández y Pablo Martínez Hernández en su concepto de hijos delcausante señor Juan Pablo Hernández conocido también por Juan PabloHernández Ortiz; confiriéndole al Heredero Declarado señor JOSELIBERATO SERRANO NAVARRO, LA ADMINISTRACION y RE-PRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.

Ciudad Arce, veinte de febrero del año dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 4184

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

JORGE ALBERTO GOMEZ, mayor de edad, Abogado y Notario, del

domicilio de San Salvador, con bufete en Calle Francisco Gavidia,

Número Nueve-A, Barrio El Centro, Ciudad Arce, Departamento de La

Libertad, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de nueve horas quince minutos

del día veinte de febrero del año dos mil tres, ha sido DECLARADO

HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE

LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor

JOSE ALEJANDRO SOLORZANO AMAYA conocido por JOSE

ALEJANDRO SOLORZANO, ALEJANDRO SOLORZANO y ALE-

JANDRO SOLORZANO PEREZ, quien fue de cuarenta y tres años de

edad, Jornalero, Casado, y quien falleció en el Caserío Paso Hondo,

Cantón Tres Ceibas, jurisdicción de Armenia, Departamento de Sonso-

nate, y del domicilio de Armenia, lugar de su último domicilio, quien

falleció el día diez de noviembre del año dos mil, al señor JOSE DIMAS

PORTILLO RAMOS en su calidad de Cesionario de los Derechos

Hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a la señora ROSA

HERMELINDA PORTILLO DE SOLORZANO en su concepto de

cónyuge sobreviviente del causante señor JOSE ALEJANDRO SO-

LORZANO AMAYA conocido por JOSE ALEJANDRO SOLORZA-

NO, ALEJANDRO SOLORZANO y ALEJANDRO SOLORZANO

PEREZ; confiriéndole al Heredero Declarado señor JOSE DIMAS

PORTILLO RAMOS, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTA-

CION DEFINITIVA de la Sucesión.

Ciudad Arce, veinte de febrero del año dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 4185

JORGE ALBERTO GOMEZ, mayor de edad, Abogado y Notario, del

domicilio de San Salvador, con bufete en Calle Francisco Gavidia,

Número Nueve-A, Barrio El Centro, Ciudad Arce, Departamento de La

Libertad, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del día dos de

enero del año dos mil tres, ha sido DECLARADA HEREDERA DEFI-

NITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA

INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor José María

Rodríguez, conocido por José María Hernández Rodríguez, y José María

Hernández, quien fue de cincuenta y siete años de edad, Soltero,

Agricultor en pequeño, del domicilio de San Juan Opico, lugar de su

último domicilio, quien falleció el día diez de enero del año de mil

novecientos noventa y nueve, a la señora FRANCISCA MERCEDES

MORAN AGUIRRE en su calidad de Cesionaria de los Derechos

Hereditarios que en dicha sucesión les correspondían a EVELIN DINORA

MORAN HERNANDEZ y GLORIA YESENIA MORAN HERNAN-

DEZ, en su concepto de Hijas Naturales del causante señor José María

Rodríguez conocido por José María Hernández Rodríguez, y José María

Hernández; confiriéndole a la Heredera Declarada señora FRANCISCA

MERCEDES MORAN AGUIRRE, LA ADMINISTRACION Y RE-

PRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.-

Ciudad Arce, tres de enero del año dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 4186

RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER, Notario, de este do-

micilio, con oficinas ubicadas en Calle Toluca, número tres mil veinti-

nueve, Colonia Miramonte, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída

en esta ciudad a las nueve horas del día diez de febrero de dos mil tres se

ha declarado a la señora VILMA AUGUSTA BURGOS DE ALBANEZ,

conocida por VILMA AUGUSTA BURGOS PRADO, por VILMA

BURGOS DE ALBANEZ y por VILMA DE ALBANEZ, y al Doctor

ARMANDO NAPOLEON ALBANEZ, herederos definitivos con bene-

ficio de inventario de la herencia testamentaria que a su defunción

acaecida en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el día diez de mayo

de dos mil uno, dejó la señora LIDIA JOSEFA BURGOS PRADO,

conocida por LIDIA JOSEFA BURGOS y por LIDIA BURGOS, en sus

calidades de herederos testamentarios, y en consecuencia se les ha

conferido la administración y representación definitiva de la sucesión

dejada por la expresada causante, lo que se avisa al público para los

efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario Ricardo Rodrigo Suárez Fischnaler,

San Salvador, a los diez días del mes de febrero de dos mil dos.

RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER,

NOTARIO.

1 v. No. 4219

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

AVISA: que por resolución de las nueve horas y quince minutos del

día doce de febrero de dos mil tres. Se ha declarado heredera intestada con

beneficio de inventario de la herencia yacente que a su defunción dejó el

señor OSCAR ANTONIO ROMERO ALVARADO, conocido por

OSCAR ANTONIO ROMERO y por OSCAR ROMERO ALVARA-

DO, fallecido a las ocho horas y ocho minutos del día diez de abril de mil

novecientos noventa y tres, en esta ciudad, siendo éste el lugar de su

último domicilio; a la señora BLANCA LIDIA CRUZ DE ROMERO,

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

conocida por BLANCA LIDIA CRUZ y por BLANCA LYDIA CRUZ

DE ROMERO, como cónyuge sobreviviente del causante y además

como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían en la

sucesión a los señores BLANCA IRMA ROMERO, conocida por

BLANCA IRMA ROMERO CRUZ; PAULINO ARQUIMIDES RO-

MERO CRUZ y JULIA ABIGAIL ROMERO CRUZ hoy DE TUR-

CIOS, como hijos del causante. Confiérese a la aceptante en el carácter

indicado, la administración y representación definitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las nueve horas y treinta minutos del día doce de febrero de dos mil tres.

- Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. - Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

1 v. No. 4220

GUSTAVO ADOLFO SALGUERO MAGAÑA, Notario, de este domi-

cilio, con Oficina ubicada en Primera Calle Poniente, Barrio San Este-

ban, Texistepeque, Santa Ana,

HACE SABER: que por resolución proveída a las quince horas del

día diecisiete de febrero del corriente año, se ha declarado a los señores

JOE HENRY, MARIO EDWIN, y GISELA LUCIQUET todos de

apellidos VASQUEZ SANDOVAL, Herederos Definitivos con Benefi-

cio de Inventario, de la Herencia Testamentaria que a su defunción en la

ciudad de Texistepeque, el día veinticuatro de septiembre del año dos

mil, siendo éste su ultimo domicilio, dejó el causante JOSE MARIANO

VASQUEZ MAGAÑA; y se les ha conferido la Administración y

Representación DEFINITIVA de la Sucesión.

Librado en Texistepeque, Santa Ana a diecinueve de febrero de dos

mil tres.

Lic. GUSTAVO ADOLFO SALGUERO MAGAÑA,

NOTARIO.

1 v. No. 4227

GUSTAVO ADOLFO SALGUERO MAGAÑA, Notario, de este domi-

cilio, con Oficina ubicada en Primera Calle Poniente, Barrio San Este-

ban, Texistepeque, Santa Ana,

HACE SABER: que por resolución proveída a las quince horas del

día dieciocho de febrero del corriente año, se ha declarado a la señora

NATIVIDAD TOBAR VIUDA DE PORTILLO, Heredera Definitiva

con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada que a su defunción

en la ciudad de Texistepeque, el día veintitrés de mayo de mil novecien-

tos noventa y nueve, siendo éste su ultimo domicilio, dejó el causante

FRANCISCO ANTONIO PORTILLO CALDERON; y se le ha confe-

rido la Administración y Representación DEFINITIVA de a Sucesión.-

Librado en Texistepeque, Santa Ana a diecinueve de febrero de dos

mil tres.-

Lic. GUSTAVO ADOLFO SALGUERO MAGAÑA,

NOTARIO.

1 v. No. 4226

JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas y

quince minutos de este día, se ha declarado heredero definitivo y con

beneficio de inventario al señor FRANCISCO SANTIAGO PAYES

ALVARADO conocido por SANTIAGO PAYES de la herencia intes-

tada dejada a su defunción por la señora EVA AYALA GUILLEN DE

PAYES, fallecida a las diecinueve horas y treinta minutos del día ocho

de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en el Hospital Rosales con

sede en la ciudad de San Salvador, siendo Ciudad Arce su último

domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante, confi-

riéndosele al declarado heredero en el concepto indicado la administra-

ción y representación definitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley,

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

doce horas y diez minutos del día catorce de enero de dos mil tres. - Licdo.

JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA. - Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

1 v. No. 4256

JOSE MATEO CABRERA ESCALON, Notario, del domicilio de San

Salvador, con despacho notarial ubicado en Centro Comercial Argoz,

Local 18 y 19, primera planta, Nueva San Salvador, departamento de La

Libertad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día trece de enero del dos mil tres, se ha declarado

a IRMA ROSARIO CAMPOS DE MARMOL Heredera Definitiva

Intestada con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en el Barrio San José de la ciudad de Olocuilta, el día quince de

septiembre del dos mil, siendo su último domicilio la ciudad de Olocuilta,

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

departamento de La Paz, que dejara JOSE ARNOLDO MARMOL

ZABALETA conocido por JOSE ARNOLDO MARMOL ZAVALE-

TA; habiéndosele concedido la Representación y Administración Defi-

nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Nueva San Salvador, el día quince de febrero del dos mil

tres.

Lic. JOSE MATEO CABRERA ESCALON,

NOTARIO.

1 v. No. 4260

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: que a este Juzgado, se ha presentado la Licenciada

MARIA MAGDALENA AYALA DE ALVARENGA, como Apodera-

da General Judicial del señor WALTER FEDERICO ZELAYA HER-

NANDEZ, mayor de edad, estudiante, de este domicilio; MANIFES-

TANDO: que mi mandante es hijo ilegítimo del señor FEDERICO

ZELAYA HERNANDEZ, mayor de edad, agricultor en pequeño y de

este domicilio antes, hoy de domicilio ignorado, teniendo como última

residencia la Colonia San Carlos, Pasaje Las Flores No. 2 de esta ciudad

de San Miguel. Que el padre de mi mandante de común acuerdo con su

compañera de vida partió con rumbo a Estados Unidos de Norte América,

en el año de mil novecientos setenta y ocho, y hasta la fecha jamás

tuvieron comunicación, ni escrita ni de ninguna otra índole ignorando si

llegó a su destino. Que desde la fecha antes mencionada no se ha vuelto

a saber del señor FEDERICO ZELAYA HERNANDEZ, ignorando su

paradero, pues no ha aparecido ni vivo ni muerto, no obstante su

compañera de vida y sus padres trataron de comunicarse con él; a su

destino que nunca llegó. Que el día quince de junio de mil novecientos

setenta y ocho, fue el último día que tuvieron conocimiento del señor

FEDERICO ZELAYA HERNANDEZ, por lo que han trascurrido más

de veinte años. Que el desaparecido señor FEDERICO ZELAYA HER-

NANDEZ, ha ocasionado serios perjuicios morales y materiales a su

compañera de vida y a su hijo o sea a mi poderdante y dentro de esta

certidumbre con relación a los bienes de su propiedad, por lo que basado

en los hechos expuestos y el contenido de los Arts. 79 CC y siguientes

relacionados con los Arts. 800, 801, 802 y 803 Inc. Lo. Pr.C., relaciona-

dos este último con el numeral 7o. del Art. 80 C., vengo en el concepto

en que actúo, a promover Diligencias de Muerte Presunta del señor

FEDERICO ZELAYA HERNANDEZ, fijando como día presuntivo de

su muerte el día quince de junio de mil novecientos setenta y ocho, en que

desapareció el señor FEDERICO ZELAYA HERNANDEZ, cuando se

fue ilegal rumbo a Estados Unidos de Norte América y de conformidad

al numeral 7o. del Art. 80 del CC. y como consecuencia, conceda a mis

mandantes la posesión definitiva de los bienes del desaparecido.

En consecuencia se previene a las personas que sepan de su

paradero y en su caso al presunto desaparecido FEDERICO ZELAYA

HERNANDEZ, se presenten a este Juzgado a comprobar tal circunstan-

cia dentro del término de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,a las catorce horas y treinta minutos del día trece de noviembre de dos mildos. - Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL. - Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

1 v. No. 4216

VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO, Notario de este domicilio,con oficina establecida en Colonia Vista Hermosa Avenida Los Cafetosnúmero quinientos veintiocho de esta ciudad, al público, para los efectosde ley,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las catorce horas del día diecisiete de enero del corriente año, se hadeclarado heredera interina intestada, con beneficio de inventario de laseñora TERESA DE JESÚS RAUDA, quien falleció en la ciudad deNahuizalco, Departamento de Sonsonate su último domicilio, el díadieciocho de julio de dos mil uno, a la señora AZUCENA DEL ROSA-RIO RAUDA HERRERA MAGAÑA, y se le confirió a la herederadeclarada, la administración y representación interina de la sucesión.

Librado en las oficinas del Notario VICTOR MANUEL RAMOSPACHECO; San Salvador, a las catorce horas del día veintiuno de enerode dos mil tres.

VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO,

NOTARIO.

1 v. No. 4301

JOSE LUIS GUARDADO CHAVEZ, Notario, de este domicilio conoficina situada en Calle Alberto Masferrer Oriente número cuatro guióndiez del Barrio El Angel, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por el suscritoNotario, a las ocho horas con treinta minutos del día diecisiete de febrerodel año dos mil tres, se ha tenido por Aceptada expresamente y conbeneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción,ocurrida a las diez horas con treinta minutos del día tres de enero delcorriente año, en el Cantón El Matazano, Caserío Los Mendoza de lajurisdicción de la Población de Santa Catalina Masahuat del Departa-mento de Sonsonate, dejó doña ALICIA ANTONIA LARIN SAGGETHde parte de los señores DORA GUADALUPE LARIN AHORA DEMARTINEZ, OSCAR AUGUSTO LARIN y RONI MELVIN LARINZALDAÑA, en el concepto de hijos ilegítimos sobrevivientes de lacausante, habiéndose conferido a ellos la Administración y representa-ción de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela Herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se hace del conocimiento delpúblico en general y se cita a todos los que se crean con derechos a lareferida Herencia para que se presenten a esta Oficina en el término dequince días, contados desde el siguiente a la última publicación delpresente edicto.

Librado en la Oficina del Notario JOSE LUIS GUARDADOCHAVEZ, en la ciudad de Sonsonate, a las nueve horas con cuarentaminutos del día dieciocho de febrero del año dos mil tres.

JOSE LUIS GUARDADO CHAVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 4328

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JUAN NORBERTO PLATERO RENDEROS, Notario, de este domici-

lio, con Oficina Profesional en Boulevard Doctor Héctor Silva Romero

y Diagonal Doctor Arturo Romero, Número ciento noventa y nueve,

Colonia Médica, de esta ciudad; al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución que he pronunciado a las once

horas del día veintisiete de noviembre del año dos mil dos, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor OSCAR RENE RIVERA

GONZALEZ, quien falleció el día treinta de septiembre de mil novecien-

tos noventa y siete, en el Hospital Nacional San Bartolo, Jurisdicción de

Ilopango, de este Departamento, siendo su último domicilio el de

Ilopango, de parte del señor OSCAR RENE RIVERA BARILLAS, en su

concepto de hijo del causante. Confiéresele al aceptante indicado y en el

concepto expresado la administración y representación interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en esta Oficina Notarial: San Salvador, a las diez horas del

día veintiocho de noviembre del año dos mil dos.-

JUAN NORBERTO PLATERO RENDEROS,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4348

MIGUEL VIDES AESCHBACHER Mayor de edad, Notario, de este

domicilio de Usulután con oficina ubicada en la SEGUNDA CALLE

ORIENTE NUMERO CUARENTA DE ESTA CIUDAD DE USULU-

TAN,

HACE SABER AL PUBLICO: que por resolución del suscrito

Notario proveída a las ONCE HORAS DEL DIA UNO DE FEBRERO

DEL AÑO DOS MIL TRES, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de Inventario, en forma Interina la herencia Intestada que

a su defunción ocurrida en esta ciudad, a las cuatro horas del día diez de

mayo del año de mil novecientos noventa y siete, dejó la señora IRENE

GUZMAN conocida por MARIA IRENE GUZMAN, IRENE GUZ-

MAN ARGUETA, siendo la ciudad de Chirilagua su último domicilio de

parte de las señoras AMPARO DEL CARMEN GUZMAN o AMPARO

DEL CARMEN GUZMAN BONILLA y ROSA MIRIAM GUZMAN o

ROSA MIRIAN GUZMAN BONILLA, en su concepto de HIJAS

ILEGITIMAS del causante, habiéndose conferido las facultades y res-

tricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por

este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida

herencia, para que se presenten a la referida Oficina en el término de

quince días contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario DOCTOR MIGUEL VIDES

AESCHBACHER. En la ciudad de Usulután, a las nueve horas del día

tres de febrero del año dos mil tres.

Dr. MIGUEL VIDES AESCHBACHER,

ABOGADO Y NOTARIO

1 v. Nº. 4347

EL JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: que en este Tribunal el Licenciado CARLOS

ARTURO JOVEL MURCIA, como Apoderado del BANCO DE FO-

MENTO AGROPECUARIO, sigue Juicio Ejecutivo Mercantil contra

los demandados Sociedades TRANSFORMACIONES SALVADORE-

ÑAS, S.A. DE C.V., y FRANKINVERSIONES, S.A. y el señor FRAN-

CISCO RODRIGO GUIROLA BEECHE; siendo éstos en la actualidad

de domicilio ignorado sin saber si han dejado Procurador o Apoderado

que los represente; por lo que de conformidad con el Artículo 141 Pr.C.

dentro del mismo Juicio se han promovido las Diligencias de Ausencia

a fin de que se les nombre un Curador Especial que los Represente

exclusivamente en el proceso relacionado.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderada

o Representante Legal de los demandados Sociedades TRANSFORMA-

CIONES SALVADOREÑAS, S.A. DE C.V., y FRANKINVERSIONES,

S.A. y el señor FRANCISCO RODRIGO GUIROLA BEECHE, se

presente a este Juzgado a comprobar tal circunstancia dentro de los

quince días subsiguientes a la publicación del presente aviso.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL, San

Salvador, a las doce horas del día veinte de septiembre de dos mil dos.-

Lic. JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO

MERCANTIL INTERINO.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,

SECRETARIO.-

1 v. Nº. 4280

NELSON EDGARDO LOPEZ GUARDADO, NOTARIO, DE ESTE

DOMICILIO Y DE SAN SALVADOR,

HAGO CONSTAR: que a mi oficina Notarial se ha presentado el

señor ALBINO ESCALANTE, solicitando DILIGENCIAS DE TITU-

LO SUPLETORIO, de un inmueble que adquirió por compra que le hizo

al señor Manuel de Jesús Coreas Reyes, el día quince de febrero de dos

mil dos, y que su posesión unida a la del tradente data desde hace más

de diez años consecutivos, la cual ha sido de manera quieta, pacífica e

ininterrumpida, inmueble que se describe así: terreno de naturaleza

rústica, innominado, sin cultivo permanente ni construcciones, situado

en el Cantón san Pedro, jurisdicción de Victoria, Departamento de

Cabañas, de la extensión superficial de SIETE HECTAREAS, de los

linderos y colindancias siguientes: al ORIENTE, en línea recta, cerco

de alambre y brotones de división propio del que se describe, linda con

Elvira Fuentes Vda. de Leiva; carretera nacional que de Victoria

conduce al Cantón San Pedro, de por medio; al NORTE, en línea recta,

cerco de alambre y brotones de división, propio del que se describe, linda

con Saúl Pineda; al PONIENTE, en línea curva, cerco de alambre y

brotones, Quebrada Las Higueras de por medio, linda en parte con Elvira

Fuentes Vda. de Leiva, Florentino Escobar y Carmen Reyes; y al SUR,

en línea semi curva, cerco de alambre y brotones de división propio del

que se describe, linda con Narciso Alvarenga. El inmueble antes descrito

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas

o derechos que pertenezcan a terceras personas. Lo valúa el solicitante en

CIENTO CINCUENTA MIL COLONES o su equivalente en dólar de

los Estados Unidos de América.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos corres-

pondientes.

Librado en mi Oficina Notarial, situada en Quinta Avenida Norte,

Barrio San Antonio, Sensuntepeque, a los treinta días del mes de enero

de dos mil tres.

Lic. NELSON EDGARDO LOPEZ GUARDADO,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4306

NUMERO DOCE LIBRO CUATRO REVOCACION DE PODER.- En

la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas de día veinte de febrero

del año dos mil tres. Ante mí, RENE ARNOLDO CASTELLON MEJIA,

Notario, de este domicilio, comparece la señora MICHELE RENEE

GERVAIS, también conocida como MICHELE RENEE TWETEN

SOUERS DE GERVAIS y anteriormente conocida como MICHELE

RENEE DE ANGULO, de cincuenta años de edad, Empresaria, de

nacionalidad estadounidense, persona de mi conocimiento, con Pasapor-

te Estadounidense número SIETE CERO UNO CINCO OCHO CINCO

NUEVE NUEVE TRES, vigente, emitido el veinticuatro de octubre de

dos mil; y ME DICE: que por este medio REVOCA cualquier poder

emitido en cualquier momento y ante cualquier notario, que haya sido

otorgado a favor del señor SERGIO ALONSO ANGULO, sin importar

la fecha en que el mismo hubiere sido conferido, dejando sin efecto dicho

Mandato a partir de este momento, según lo establece el artículo número

UN MIL NOVECIENTOS VEINTITRES NUMERAL TERCERO

DEL CODIGO CIVIL.- Así se expresó la compareciente a quien expli-

qué los efectos legales del presente instrumento y leído que le fue por mí,

íntegramente en un solo acto sin interrupción, ratifica su contenido y

firmamos. DOY FE. "M.R.G" "R.A.C.M" RUBRICADAS. PASO ANTE

Mí, en el folio diez vuelto, del LIBRO CUARTO DE MI PROTOCOLO,

que vence el día veintiuno de diciembre de dos mil tres. Extiendo, firmo

y sello el presente Testimonio, en la Ciudad de San Salvador a los veinte

días del mes de febrero de dos mil tres para ser entregado a la señora

MICHELE RENEE GERVAIS también conocida como MICHELE

RENEE TWETEN SOUERS DE GERVAIS y anteriormente conocida

como MICHELE RENEE DE ANGULO.

ARNOLDO CASTELLON MEJIA,

NOTARIO.

1 v. Nº. 4272

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16

de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero de su

Reglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto Salvado-

reño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA DE PRO-

DUCCION AGROINDUSTRIAL, AHORRO, CREDITO, CONSU-

MO, APROVISIONAMIENTO Y COMERCIALIZACION ESCUCO,

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "COOPERATI-

VA ESCUCO, de R. L.", con domicilio legal en Santo Domingo de

Guzmán, Departamento de Sonsonate, ha sido INSCRITA en el Registro

Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número SEIS, folios

noventa y dos frente a folios ciento diez vuelto del Libro SEGUNDO de

Registro e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de PRODUC-

CION INDUSTRIAL Y AGROINDUSTRIAL, que lleva el Registro

Nacional de Asociaciones Cooperativas del Instituto Salvadoreño de

Fomento Cooperativo, el día seis de febrero de dos mil tres.

San Salvador, 6 de febrero de 2003.

Lic. GUILLERMO ANTONIO MORAN,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES.

COOPERATIVAS.

1 v. Nº. 4205

EL INFRASCRITO VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADA-

NA,

CERTIFICA: la sentencia de nacionalidad salvadoreña por NA-

TURALIZACION, Auto que la declara ejecutoriada y acta de renuncia

de la Nacionalidad de origen, Juramentación y Protesta de Ley que

literalmente dice: MINISTERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a

las nueve horas con treinta minutos del día veintiuno de diciembre de dos

mil dos. Las presentes diligencias han sido promovidas por la señora

SIXTA LUISA VOLTA ALCARAZ DE ESCALANTE, de cincuenta y

tres años de edad, de sexo femenino, viuda, de Oficios, del Hogar, del

domicilio de San Luis, Departamento de Santa Ana, originaria de

Asunción, República de Paraguay, y de nacionalidad PARAGUAYA, y

nació el día veintiocho de marzo de mil novecientos cuarenta y nueve,

portadora de su Carnet de Identificación de Extranjero Residente número

10030, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la

Dirección General de Migración, el día veintisiete de septiembre de mil

novecientos setenta y ocho.- LEIDOS LOS AUTOS Y CONSIDERAN-

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DO: I.- que la peticionaria en la solicitud de fs. 1 y 2 en lo pertinente

manifiesta que por ser de origen y de nacionalidad PARAGUAYA y

tener domicilio fijo en El Salvador, desde el doce de agosto de mil

novecientos setenta, año en el cual ingresó al país por la Delegación de

el Aeropuerto Internacional de Ilopango, es su deseo y voluntad optar a

la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACION, por lo que de

conformidad con el Art. 92 Ordinales 1°, 2° y 3° de la Constitución de

la República y Art. 38 y siguientes de la Ley de Extranjería, pide se le

reconozca dicha calidad para lo cual presenta para que se agregue la

documentación siguiente: a) Fotocopia confrontada con su original de la

Certificación de la Partida de Nacimiento autenticada, a fs. 3 y 4; b)

Fotocopia confrontada con su original de su Carnet de Identificación de

Extranjero Residente a fs. 5; c) Constancia de buena conducta expedida

por el Jefe del Departamento de Solvencias de la Policía Nacional Civil,

a fs. 6; d) Certificación de no tener antecedentes penales extendida

por el Infrascrito Subdirector de la Dirección General de Centros Penales

y Readaptación, a fs. 7 y 8; e) Certificado de salud expedido el Dr. RAUL

ARGUELLO ESCOLAN, en el, que consta que la peticionaria no padece

de enfermedades infectocontagiosas a fs. 9; f) Examen clínico en donde

consta que la peticionaria no adolece del Sindrome de Inmuno Deficien-

cia Adquirida (SIDA), a fs. 10; g) Fotocopia confrontada con su original

de su pasaporte vigente, a fs. 11.II.- Que recibida la solicitud por auto de

fs 12, se dio por admitida, se tuvo por parte a la peticionaria, se mandó

a oír a la Fiscalía General de la República y a publicar los edictos de

conformidad con la Ley. III.- Que en Oficio de fecha tres de diciembre

de dos mil dos, de fs. 60, el señor Fiscal General de la República informa

que no se opone a que se acceda a la petición de la señora SIXTA LUISA

VOLTA ALCARAZ DE ESCALANTE, siempre que se cumplan todos

los trámites legales necesarios y asimismo informa que no existe expe-

diente. IV.- Que con escrito de fs. 17 la solicitante presentó para que se

agregue la página veintidós del Diario "Co Latino", de fecha nueve de

agosto de dos mil dos, en la cual aparece publicado por tercera y última

vez el edicto a que se refiere el auto de fs 12, y el Diario Oficial número

146, Tomo 356 de fecha doce de agosto de dos mil dos con el cual

comprueba la tercera y última publicación. Así como las publicaciones

efectuadas en los tableros públicos de este Ministerio y de la Alcaldía

Municipal de San Luis, Departamento de Santa Ana, habiendo transcu-

rrido el término de Ley sin que persona alguna se haya presentado

denunciando impedimentos legales que pudieran invalidar el otorga-

miento de la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACION, que se

ha solicitado. V.- Que por auto de fs. 61 se mandó agregar los documentos

antes relacionados y estimándose que procede acceder a lo solicitado por

haberse cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de la materia,

de mandó a pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: en

base a los considerandos anteriores y de conformidad con el Art.92

Ordinales 1°, 2° y 3° de la Constitución de la República, 421,422 y 427

Pr.C., 38, 39, 41 y 46 de la Ley de Extranjería, a nombre de la República

de El Salvador, esta Secretaria de Estado FALLA: concédasele a la

señora SIXTA LUISA VOLTA ALCARAZ DE ESCALANTE, de las

generales expresadas la calidad de salvadoreña por NATURALIZA-

CION, por ser de origen y nacionalidad PARAGUAYA y tener domicilio

fijo en El Salvador . Dese cumplimiento al Art. 48 de la Ley de

Extranjería, y expídase las certificaciones de conformidad con lo que

establece el Art. 51 de la referida Ley.- NOTIFIQUESE. LIC. RENE

EDUARDO DOMINGUEZ CALDERON VICEMINISTRO DE SE-

GURIDAD CIUDADANA:" RUBRICADA" MINISTERIO DE GO-

BERNACION: San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del

día treinta y uno de enero de dos mil tres. A sus antecedentes el escrito

presentado por la señora SIXTA VOLTA ALCARAZ DE ESCALAN-

TE, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se

haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce la calidad de

Salvadoreña por Naturalización: DECLARASE EJECUTORIADA.

Señálense las diez horas y treinta minutos del día seis del mes de febrero

del año dos mil tres, para la Juramentación y Protesta de Ley. Art. 48 de

la Ley de Extranjería. DOMINGUEZ CALDERON "RUBRICADA

""NUMERO CUARENTA Y NUEVE.- En el Ministerio de Goberna-

ción, San Salvador a las diez horas con treinta minutos del día seis de

febrero de dos mil tres. Siendo éstos el lugar, día y hora señalados en el

auto de fs 67 de las diligencias de nacionalidad salvadoreña por Natura-

lización promovidas por la señora SIXTA LUISA VOLTA ALCARAZ

DE ESCALANTE, de origen y nacionalidad PARAGUAYA, para la

renuncia de su nacionalidad de origen, Juramentación y Protesta de Ley,

de conformidad con el Art. 48 de la Ley de Extranjería Vigente. Estando

Presente la aceptante el suscrito Viceministro de Seguridad Ciudadana

la interrogó conforme lo indica el Art. 50 de la misma Ley en los

siguientes términos: señora SIXTA LUISA VOLTA ALCARAZ DE

ESCALANTE, ¿ RENUNCIAIS A TODA OTRA NACIONALIDAD

QUE OS VINCULA CON CUALQUIER ESTADO EXTRANJERO Y

A LA OBEDIENCIA Y FIDELIDAD, QUE EN RAZON DE ELLA,

HUBIESEIS PROFESADO? Y contestó " SI RENUNCIO". Asimismo

¿PROTESTAIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR

Y SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR Y

OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER

LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AUN A COSTA DE TODO

SACRIFICIO? Y la interrogada contestó: "SI PROTESTO". Inconti-

nenti el suscrito Viceministro de Seguridad Ciudadana pronunció la

siguiente expresión "SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS PREMIE,

SI NO, ELLA OS DEMANDE". Con lo cual concluyó el acto y en fe de

lo antes escrito firmamos la presente acta. Lic. RENE EDUARDO

DOMINGUEZ CALDERON. VICEMINISTRO DE SEGURIDAD

CIUDADANA. SIXTA LUISA VOLTA ALCARAZ DE ESCALAN-

TE "RUBRICADAS" ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CON

LOS CUALES SE CONFRONTO. y para que sea PUBLICADO EN EL

DIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en el MINIS-

TERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a las catorce horas del día

seis de febrero de dos mil tres.

Lic. RENE EDUARDO DOMINGUEZ CALDERON,

VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

1 v. Nº. 4292

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, Notario del

domicilio de San Salvador, con oficina en 2a. Calle Oriente No. 12

Sensuntepeque, Cabañas al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las diligencias promovidas ante el suscrito

Notario por el Licenciado EDWIN VELASQUEZ JOYA como Apode-

rado Judicial Especial de la señora ANA LETICIA PACHECO quien

actúa como cesionaria de los derechos de sus hermanos SOFIA ABIGAIL,

JUAN HECTOR, y JUAN MARIA todos PACHECO, a las nueve horas

con treinta minutos del día dieciocho de diciembre del año dos mil dos,

se ha proveído resolución por medio de la cual se tuvo por aceptada la

herencia intestada que a su defunción ocurrida el día doce de diciembre

del año de mil novecientos noventa y siete, en la ciudad de San Salvador,

dejó su hermano JORGE LEONIDAS PACHECO MANZANO, quien

fue de setenta y cuatro años de edad, jubilado del domicilio de Mejicanos,

San Salvador, confiriéndosele a la aceptante la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en esta Oficina Notarial en la ciudad de Sensuntepeque a

los dos días del mes de febrero del año dos mil tres.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 4346-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diez

horas y cuarenta minutos del día cuatro de febrero del año dos mil tres,

se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la,

herencia intestada que a su defunción ocurrida, en esta Ciudad, su último

domicilio, el día treinta de septiembre del dos mil uno, dejó el señor

ADOLFO, GIRON PERAZA, conocido por ADOLFO GIRON, de

parte de la: señora GLORIA ELSY GIRON DE TREJO, en calidad de

hija del causante. Confiérese a la aceptante la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

once horas y cuarenta minutos del día cinco de febrero del año dos mil

tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. Nº. 4339-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, AL PUBLICO para los

efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y cuarenta y

siete minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora ANA

JULIA VELASQUEZ, conocida por ANA JULIA VELASQUEZ DE

ORANTESZ, al fallecer el día diecisiete de febrero del año dos mil dos,

en la Colonia Soriano de esta ciudad de Usulután, lugar que tuvo como

último domicilio, de parte del señor NAPOLEON LOVATO, conocido

por NAPOLEON ORANTEZS, en calidad de cónyuge sobreviviente de

la causante. Confiriéndosele al aceptante dicho la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, a deducirlo en el término de quince días

después de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE USULUTAN, a

los diez días del mes de febrero del año dos mil tres. Lic. JOSE

ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4177-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución de las once horas y cinco

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con

beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor MIGUEL

ANGEL RIVERA, quien falleció el día dieciocho de noviembre de dos

mil, en el Cantón Agua Escondida de esta jurisdicción, siendo esta ciudad

su último domicilio, de parte de los señores LUCIO ALEXANDER

RIVERA, conocido por LUCIO ALEXANDER RIVERA RIVAS,

LILIAN HAYDEE RIVERA, ROSA ALBA RIVERA, conocida por

ROSA ALBA RIVERA DE RIVERA, MARTA LUZ RIVERA, cono-

cida por MARTA LUZ RIVERA RIVAS, y por MARTA LUZ RIVERA

DE CANO, en calidad de hijos del causante. Confiriéndole a dichos

aceptantes en el carácter indicado la administración y representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-

res de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diez días del mes

de febrero de dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,

JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SRIO.

3 v. alt. Nº. 4191-1

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las

quince horas del cuatro de febrero del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intes-

tada que a su defunción dejó el causante CARLOS ERNESTO TREJO,

quien fue de treinta y tres años de edad, empleado, casado, quien falleció

el día quince de octubre de dos mil dos, siendo su último domicilio

Soyapango; de parte de las señoras MARTA TREJO conocida por

MARTA ALICIA TREJO y por MARTHA TREJO DE ALVAREZ, de

setenta y un años de edad, de oficios domésticos y de los domicilios de

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

esta ciudad y Los Angeles, California, Estados Unidos de América, en su

calidad de madre sobreviviente del causante; y CORINA LICETH

MONTERROZA DE TREJO, de veintidós años de edad, estudiante y

del domicilio de esta ciudad, en su calidad de cónyuge sobreviviente.

Confiriéndose a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia intestada para

que se presenten a este Tribunal, dentro de los quince días subsiguientes

al de la última publicación del edicto respectivo.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del

día seis de febrero de dos mil tres. Licda. ELSA IRMA GONZALEZ DE

HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIA-

NO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4189-1

MARIA ESTER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas treinta

minutos del día diez de los corrientes, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada quea su defunción dejó el señor JOSE DE JESUS GIL BARILLAS conocidopor JOSE JESUS GIL BARILLAS, también como JOSE JESUS GILBARILLA y como JOSE DE JESUS GIL, quien falleció a las veintitréshoras del día once de julio del dos mil dos, en el Cantón Algodón de laJurisdicción de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión; siendoesta ciudad de San Miguel su último domicilio; de parte de la señoraMARIA MAGDALENA CONTRERAS VIUDA DE GIL, por sí comocónyuge sobreviviente del causante y además como Cesionaria de losDerechos Hereditarios que le correspondían a MARIA DE LA PAZ GILDE ROSALES, EVELIN MARIA GIL CONTRERAS y JESSYROSMERY GIL CONTRERAS, como hijas del mismo causante. Y sele ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado, la adminis-tración y representación interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago de conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ochohoras treinta y ocho minutos del día diez de febrero del dos mil tres. Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4195-1

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA. JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarentaminutos del día veintiocho de enero del dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor RICARDO GAVIDIA,conocido por RICARDO GAVIDIA ZUNIGA, quien falleció el díadieciocho de mayo del año dos mil dos, en el Hospital Nacional de SantaRosa de Lima, departamento de La Unión, siendo su último domicilio enel Cantón Hato Nuevo de la Jurisdicción de San Miguel, de parte de laseñora ANA RAQUEL CEDILLO DE GAVIDIA, de treinta años deedad, de oficios domésticos, del domicilio de esta ciudad, y del menorJOSE RICARDO GAVIDIA CEDILLO, la primera en calidad de cón-yuge sobreviviente y el segundo en calidad de hijo del causante represen-

tado legalmente por su madre ANA RAQUEL CEDILLO DE GAVIDIA.Y se les ha conferido a los aceptante en el carácter antes indicadoconjuntamente la administración y representación interina de la suce-sión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectoslegales.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ochohoras cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de enero del dos miltres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4196-1

LA INFRASCRITA JUEZ DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-PANGO,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas del díadieciocho de febrero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria que a sudefunción dejó el causante CARLOS ANTONIO RAMOS MEDINA,quien fue de setenta y un años de edad, Empleado, casado, originario deSan Miguel, salvadoreño, hijo de JOSE RAMOS y MARIA DE LA PAZMEDINA, quien falleció el día veinticuatro de enero de dos mil dos,siendo su último domicilio Soyapango; de parte de la señora SILVIAYANIRA RAMOS HERNANDEZ conocida por SILVIA YANIRAALVARENGA, en calidad de heredera testamentaria universal delcausante.

Confiérese a la aceptante la administración y representación INTE-RINA de la herencia TESTAMENTARIA con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horasdel día diecinueve de febrero de dos mil tres. Licda. ELSA IRMAGONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIAESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4213-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFCTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ochohoras y treinta minutos del día veintitrés de septiembre del año dos mildos, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inven-tario la Herencia Testamentaria, que a su defunción ocurrida en estaciudad, su último domicilio, el día dos de diciembre de mil novecientosnoventa y siete, dejara la señora CARLOTA OSORIO, conocida porCARLOTA OSORIO VIUDA DE ARTIGA, de parte de lo señoresJULIA ARTIGA, conocida por JULIA ARTIGA OSORIO y por MA-RIA JULIA PAREDES ARTIGA y FELIPE ALBERTO DE JESUSARTIGA OSORIO, en su concepto de Herederos Testamentarios. Con-fiérese a los aceptantes la administración y Representación Interina de laSucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de laHerencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a lascatorce horas y veinte minutos del día siete de octubre del año dos mildos. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 4228-1

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas del díaveintinueve de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor FELIX SANTOS, quien falleció el día uno de junio de milnovecientos cincuenta y tres, en los suburbios del Barrio El Calvario dela ciudad de Guazapa, siendo esa ciudad su último domicilio, de parte delos señores TOMAS MAYORGA SANTOS y JOSE ABEL LOPEZQUIJANO, por derecho de transmisión de la señora Dominga Santosviuda de Mayorga, ésta como hija del causante; el primero como hijo dela causante en un cincuenta por ciento del derecho que le corresponde, yel segundo como cesionario del otro cincuenta por ciento de los derechoshereditarios que le correspondían al primero, Art. 958 C.; habiéndoselesconferido la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edictoen el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a losdieciocho días del mes de febrero del año dos mil tres. Lic. MARGARI-TA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA.- Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRE-TARIO.-

3 v. alt. Nº. 4234-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas del día veintitrés de octubre del corriente año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herenciaintestada dejada a su defunción por el causante, señor ENRIQUEDUBLAS MOJICA, conocido por ENRIQUE DOUGLAS MOJICA,y por DOUGLAS MOJICA MANCIA, ocurrida el día cinco de noviem-bre de dos mil, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de laciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su últimodomicilio, de parte de la señora EVA DEL CARMEN AGUILARVIUDA DE MOJICA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante;y se ha conferido a la aceptante, la administración y representacióninterinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-res de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las diezhoras y treinta minutos del día uno de noviembre de dos mil dos.- Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 4235-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasquince horas quince minutos del día tres de febrero del corriente año, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada dejada a su defunción por la causante, señora PAZARIAS, ocurrida el día diecisiete de septiembre de mil novecientos

noventa y siete, en el Cantón Alvarez, de esta jurisdicción, siendo estaciudad, su último domicilio, de parte de la señora RAIMUNDA ARIAS,en calidad de hija de la causante; y se ha conferido a la aceptante, laadministración y representación interinas de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las ochohoras y treinta minutos del día doce de febrero de dos mil tres.- Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 4253-1

ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN, Notario, de losdomicilios de Zacatecoluca y San Salvador, con oficina jurídica estable-cida en la casa número cinco de la Avenida Juan Vicente Villacorta dela ciudad de Zacatecoluca, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito, a lasonce horas del día veinte de los corrientes, en las diligencias de acepta-ción de herencia promovidas ante mis oficios notariales, por la señoraMARIA ANGELICA PEREZ DE DINARTE, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejadaa su defunción por el causante IRAEL ANTONIO DINARTE ORTE-GA, conocido por ISRAEL ANTONIO DINARTE ORTEGA y porISRAEL ANTONIO DINARTE, que falleció a las veintidós horas ytreinta y dos minutos, del día dos de julio de dos mil dos, en el Barrio ElCentro de la Villa de San Carlos, Departamento de Morazán, a conse-cuencia de muerte natural producida por Neumonía Nosocomial DiabetisMellitus Tipo Dos Trastorno afectivo orgánico, casado, originario de SanCarlos, Departamento de Morazán y de ese domicilio, de nacionalidadsalvadoreña, siendo al momento de su fallecimiento de cincuenta y tresaños de edad, casado, Agricultor en Pequeño y del domicilio de la Villade San Carlos, Departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña,hijo de SIMON ANTONIO DINARTE y MARIA ANTONIAORTEGA, ambos ya fallecidos; habiendo sido el último domicilio delcausante, la mencionada Villa de San Carlos, Departamento de Mora-zán, por parte de la señora MARIA ANGELICA PEREZ DE DINARTE,en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y se le haconferido a la aceptante, la administración y representación interinas dela sucesión, con las facultades y restricciones de los curados de laherencia yacente.

Zacatecoluca, a los veinte días del mes de febrero del año dos miltres.

Lic. ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 4257-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado conel número 318-E-99, promovido por el Licenciado CARLOS ARTUROJOVEL MURCIA como Apoderado del BANCO DE FOMENTOAGROPECUARIO contra los señores FELIPE ARAGON e ILIANALOURDES ARAGON MARQUEZ; se venderá en pública subasta eneste Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble quea continuación se localiza y describe así: "Un terreno de naturalezarústica, situado en el Caserío "Las Peñitas", Cantón Papalón de laJurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel cuya extensiónsuperficial es de SEIS MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS,y sus medidas y linderos son los siguientes: AL ORIENTE: cincuentametros, con resto de terreno de la vendedora María del Rosario Ayala

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

viuda de Ayala; AL NORTE: ciento veintiséis metros, carretera aUluazapa de por medio, con terreno de Ana Irma Ayala Bonilla de Ayala;AL PONIENTE: cien metros, callejón de por medio con terreno deGregoria Ayala Bonilla de Campos; y AL SUR: línea quebrada y deforma irregular cuyo último tiro localizado de Poniente a Oriente es decuarenta y cinco metros con el mismo resto de terreno de la vendedora,María del Rosario Ayala viuda de Ayala. El inmueble rústico descritoanteriormente pertenece al ejecutado, señor FELIPE ARAGON, deacuerdo con la Inscripción número SETENTA Y CINCO del LibroNOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, de Propiedad del Registro delDepartamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTILSan Salvador, a las nueve horas y quince minutos del día veintiuno denoviembre de dos mil dos.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR,JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUE-ROA DE BARAHONA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 4273-1

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENE-RAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el licenciado EDGARDO GUERRA HINDS hijo y actualmente porel Licenciado CARLOS ALBERTO MEZA GONZALEZ, ambos ac-tuando como Apoderados Generales Judiciales del BANCO DE FO-MENTO AGROPECUARIO; contra los señores ROSA ELIS ORTEZconocida por ROSA DELIS ORTEZ y SALVADOR GOMEZ, sevenderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que será señaladaposteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN TERRE-NO de naturaleza rústica, situado en el Sector San Antonio del Barrio SanCarlos de la ciudad de La Unión, distrito y Departamento del mismonombre de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS NOVENTAY SEIS METROS CUADRADOS o sean CUATRO AREAS NOVEN-TA Y SEIS CENTIAREAS, de las medidas y linderos siguientes: ALNORTE, treinta y dos metros, cerco de piedra de por medio, conpropiedad de la señora Olivia del Carmen García; AL ORIENTE, quincemetros, cincuenta centímetros, linda con propiedades de José LeónHerrera, cerco de alambre de por medio; AL SUR, treinta y dos metros,cerco de piedra de por medio, linda con propiedades de la relacionadaseñora OLIVIA DEL CARMEN GARCIA; y AL PONIENTE, quincemetros, cincuenta centímetros, linda con resto de la porción de la que sedesmembró este inmueble. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favorde la demandada señora ROSA ELIS ORTEZ conocida por ROSADELIS ORTEZ, al número CUARENTA Y CUATRO del libro QUI-NIENTOS VEINTITRES de propiedad del Departamento de La Unión.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las once horas y cuarenta minutos del día diecisiete dediciembre del dos mil dos. - Licda. ROSA ESTELA DE PORTILLO,JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Br. ROSADORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.-

3 v. alt. Nº. 4278-1

ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZA SEXTO DE PAZ DELA CIUDAD DE SAN SALVADOR; AL PUBLICO,

HACE SABER: que por ejecución promovida por la LicenciadaGLORIA NOEMI CHAVARRIA ZAVALETA, en su calidad de Apo-derada General Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,

en contra de la Señora ANA LUISA MEZA, se venderá en PúblicaSubasta en este mismo Juzgado el bien inmueble embargado siguiente:terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Ventas, de laJurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca, Departamento de SanMiguel, de la capacidad superficial de SESENTA Y UNA AREASVEINTICINCO CENTIAREAS, equivalentes a CATORCE TAREAS,de los linderos siguientes: AL ORIENTE: con terreno Argelia Esperan-za, callejón de por medio; AL NORTE: con resto de terreno que le quedaa la vendedora Mercedes Ascencio de Henríquez, dividido ya porcallejón de por medio; AL PONIENTE: con propiedad de Pedro ArcidesHenríquez, que fue del inmueble general, dividido por cerco de alambrepropio de la porción que se vendió; AL SUR: con resto del inmuebledonde se desmembró, cerco de alambre propio. Inscrito en el Registro dela Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajonúmero SETENTA Y SIETE, del Libro UN MIL CUATROCIENTOSSESENTA Y CINCO, de propiedad del Departamento de San Miguel.Dicho Inmueble le pertenece a la Señora ANA LUISA MEZA, por lainscripción antes relacionada, e hipotecado a favor del BANCO DEFOMENTO AGROPECUARIO, con Primera Hipoteca Abierta, segúninscripción número CINCUENTA Y CUATRO del libro NOVECIEN-TOS SESENTA Y CINCO, del Registro de Hipotecas del Departamentode San Miguel.

Se admitirán posturas que se hagan, siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Sexto de Paz de la ciudad de San Salvador,a las once horas treintaminutos del día once de septiembre del año dosmil dos.- Licda. ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZASEXTO DE PAZ, SAN SALVADOR. Br. JOSE ELENILSON NUILADELGADO, SECRETARIO JUZGADO SEXTO DE PAZ.-

3 v. alt. Nº. 4274-1

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada GLORIA NOEMI CHAVARRIA ZAVALETA, Apo-derada General Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,contra SANTOS AGUILAR, conocida por SANTOS AGUILAR AGUI-LAR y FILIBERTA GALDAMEZ, se venderá en Pública Subasta eneste Tribunal, un terreno rústico, situado en el Cantón Llano de LasMajadas, jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, del Departamento deSanta Ana, de la superficie de DOSCIENTOS VEINTITRES METROSCUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRA-DOS, que linda AL PONIENTE, con Rufino Umaña Calderón; AL SUR,con Perfecto Orellana; AL ORIENTE, con terreno de donde se desmembrade Alejandro Campos, y AL NORTE, con Rufino Umaña Calderón,cercos de piña y zaite propios, inscrito al número SESENTA Y SIETEdel Libro NOVECIENTOS ONCE del Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de Santa Ana. Dicho inmueble le pertenece al señor SANTOSAGUILAR, conocido por SANTOS AGUILAR AGUILAR.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas nueve horas del día veintisiete de septiembre de dos mil dos. Lic.JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALAORELLANA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 4276-1

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en esteTribunal promueve inicialmente por el Licenciado OSCAR JAVIERPORTILLO y actualmente continuado por la Licenciada SILVIA EMILlAGONZALEZ ESCAMILLA. en calidad de Apoderados Generales Judi-ciales del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANO-NIMA, en liquidación, contra la señora PATRICIA VICTORIA ESCO-BAR RAMIREZ. se venderá en Pública Subasta, en este Tribunal, enfecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuaciónse localiza y describe. ASI:““ Un inmueble de naturaleza Urbana yconstrucciones que contiene, propiedad de la deudora, que forma partedel Condominio Lomas de La “Campiña, el cual ha sido sometido alrégimen de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos, y estásituado en esta Jurisdicción del Barrio El Rosario. Jurisdicción deCuscatancingo, pero que en la actualidad corresponde a la Jurisdicciónde esta Ciudad y Departamento, cuya descripción es la siguiente:APARTAMIENTO NUMERO CUARENTA Y SEIS, Polígono “D”,Condominio Lomas de La Campiña. San Salvador.- Este apartamentoestá ubicado en la segunda planta o piso del edificio y consta de unaporción construida de veinticinco punto veinte metros cuadrados, equi-valentes a treinta y seis punto cero seis varas cuadradas, la cual tiene unamedida de sesenta y dos metros cúbicos.- Posee un jardín interior en laprimera planta, situado en el vértice Sur-Oeste de la construcción el cualtiene una superficie de siete punto ochenta metros cuadrados. equivalen-tes a once punto dieciséis varas cuadradas.- La construcción se encuentraubicada en la elevación de seiscientos treinta y ocho punto sesenta ycinco metros y el jardín interior, en la elevación de seiscientos treinta yseis punto cincuenta metros, ambas medidas sobre el nivel medio delmar, razón por la cual se hará una descripción individual por cada porciónde la siguiente manera comenzando por la construida: partiendo de laintersección de los ejes del Pasaje “D” y del Pasaje DOS, se mide sobreel eje del último con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Este una distancia de veintiséis punto setentametros.- En este punto se hace una deflexión derecha de noventa gradosy se mide una distancia de dos metros, localizándose el nivel del piso dela primera planta del Edificio.- Desde este punto se mide verticalmentehacia arriba una altura de dos punto sesenta y cinco metros, localizándoseel nivel del piso y esquinero Nor-Oeste del inmueble cuyos linderos sonlos siguientes: LADO NORTE: Tramo recto de rumbo Sur ochenta yocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este y distancia decinco punto cero veinticinco metro, llegando al esquinero Nor-Este ylindando con el Apartamento Ocho del Polígono “E”, estando de pormedio el espacio aéreo del Pasaje DOS de cuatro metros de ancho;LADO ESTE: Tramo recto de rumbo Sur un grado dos punto un minutosOeste y distancia de cuatro punto diez metros, llegando al esquinero Sur-Este y lindando con el apartamento cuarenta y cuatro de este polígono.-LADO SUR: Línea quebrada compuesta de cinco tramos UNO)- RumboNorte ochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Oestey distancia de uno punto cero setenta y cinco metros; DOS)- Rumbo Surun grado dos punto un minutos Oeste y distancia de uno punto sesentametros; TRES)- Rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Oeste y distancia de uno punto cuarenta metros;CUATRO)- Rumbo Norte un grado dos punto un minutos Este ydistancia de cero punto sesenta y cinco metros; CINCO)- Rumbo Norteochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Oeste ydistancia de dos punto cincuenta y cinco metros; llegando al esquineroSur-Oeste y lindando con los espacios aéreos de los jardines interiores delos apartamentos cuarenta y cinco y cuarenta y seis del polígono “D”.-LADO OESTE: Tramo recto de rumbo Norte un grados dos punto unminutos Este y distancia de cinco metros, llegando al esquinero Nor-Oeste y lindando con el apartamento número cuarenta y ocho estando depor medio el espacio aéreo de un acceso de uno punto ochenta metros deancho el cual es común a los apartamento cuarenta y cinco, cuarenta yseis, cuarenta y siete, y cuarenta y ocho del polígono “D”.- Este inmueblelinda por lado inferior o piso con el apartamento cuarenta y cinco delpolígono “D”, loza de concreto reforzado de por medio y por el ladosuperior o cielo a dos punto cuarenta y seis metros de altura promedio dela construcción, linda con el espacio aéreo del Condominio.- Losapartamentos y pasajes colindantes forman parte de este condominio.- Ladescripción del jardín interior se inicia en el esquinero Sur- Oeste de laporción que se acaba de describir en donde se mide verticalmente hacia

abajo una altura de dos punto quince metros, localizando el nivel del pisodel inmueble a describir.- Desde este punto se mide con rumbo Norteochenta y ocho grados cincuenta y ocho punto nueve minutos Oeste unadistancia de cero punto noventa metros localizando el esquinero Nor-Oeste del inmueble cuyos linderos son: LADO NORTE: Tramo recto conrumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutosEste y distancia de dos punto sesenta metros lindando con el apartamentocuarenta y cinco y con el acceso común a los apartamentos cuarenta ycinco, cuarenta y seis, cuarenta y siete y cuarenta y ocho de estePolígono.- LADO ESTE: Tramo recto de rumbo Sur un grado dos puntoun minutos Oeste y distancia de tres metros, lindando con el jardíninterior del apartamento cuarenta y cinco de este polígono.- LADO SUR:Tramo recto de rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Oeste y distancia de dos punto sesenta metros,lindando con el jardín interior del apartamento ochenta y tres y ochentay cinco de este polígono.- LADO OESTE: Tramo recto de rumbo Norteun grados dos punto un minutos Este y distancia de tres metros lindandocon el jardín interior del apartamento cuarenta y ocho de este polígono.-Este inmueble linda también por el lado inferior o piso con el bien raízdel condominio y por el lado superior o cielo con el espacio aéreo delcondominio.- Los apartamentos colindantes forman parte de este condo-minio, propiedad de CONCEPTOS ARQUITECTONICOS S.A. deC.V.- Todos los accesorios, partes componentes, así como la distribuciónde ambientes, están detallados con claridad en la escritura de constitu-ción del Condominio y en los planos debidamente aprobados por laautoridad competente y que forman parte del expediente de la Escriturade Constitución del referido condominio.- El apartamento antes descritose encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas deeste Departamento a la Matrícula de Folio Real número CERO UNO -CERO SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA YUNO - CERO CERO CERO, Inscripción DOS."

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL.San Salvador, a las doce horas del día veintidós de Enero del año dos miltres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DELO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHO-NA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4190-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas treinta minutos del día veinte de enero del presente año, enel Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada XIOMARAGUADALUPE LOPEZ MARTINEZ, en calidad de apoderada de laseñora FRANCISCA ARGELIA RIVERA CRUZ, contra el señor JOSEANTONIO RUANO CASTANEDA, SE VENDERA EN PUBLICASUBASTA EN ESTE JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNA-MENTE SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE:““Una por-ción de terreno de naturaleza rústica, ubicada en el Cantón San Andrés,jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que sedescribe así: LOTE NUMERO SEIS, POLIGONO VEINTITRES DELA LOTIFICACION SAN ANDRES, HACIENDA SAN ANDRES,con una extensión de SETENTA Y TRES AREAS OCHENTA Y SIETEPUNTO CUARENTA CENTIAREAS, equivalentes a: UNA MANZA-NA QUINIENTAS SESENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA YNUEVE VARAS CUADRADAS. Que mide y linda: AL NORTE,partiendo del mojón esquinero Norponiente, línea recta de ciento cin-cuenta y cinco punto sesenta y tres metros, rumbo Norte sesenta y sietegrados veintitrés minutos dieciséis segundos Este, colindando con lotesiete del Polígono veintitrés de la misma Lotificación; AL ORIENTE,línea recta de treinta y cinco metros, rumbo Sur quince grados un minutodieciséis segundos Este, colindando con calle de por medio con asenta-miento comunitario número uno, El Casco; AL SUR, línea recta de

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

doscientos veinticuatro punto setenta y ocho metros, rumbo Sur, sesentay siete grados veintiséis minutos treinta segundos Oeste, colindando conlote número cinco, polígono veintitrés de la misma Lotificación; y ALPONIENTE, línea quebrada de dos tramos, el primero de veintiuno puntosetenta, y siete metros, rumbo Norte veintidós grados cincuenta y nueveminutos cuatro segundos Oeste, colindando con calle de por medio conlote número nueve, polígono veinte de la misma Lotificación, el, segun-do: de setenta y cuatro punto noventa y nueve metros, rumbo Nortecincuenta y siete grados treinta y siete minutos cuarenta y nuevesegundos Este, con lo que se llega al mojón esquinero Nor-Poniente,colindando con calle de por medio con lote número diecisiete, polígonoveinte de la misma Lotificación. Todos los lotes colindantes pertenecena la misma Hacienda San Andrés y fueron o son Propiedad del ISTA.““El inmueble antes relacionado se encuentra inscrito a favor del señorJOSE ANTONIO RUANO CASTANEDA, al número DIECINUEVEdel Libro DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO de Propie-dad de este departamento.- Servirán para el remate las dos terceras partesde su valúo.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las oncehoras y treinta minutos, del día veintisiete de enero de dos mil tres. Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4243-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA,

HACE CONSTAR: que el juicio Ejecutivo Mercantil No. 678-EM4-00, promovido por el señor ALFREDO GALEANO RODRI-GUEZ en calidad personal en contra del señor SALVADOR ORLANDOSANTOS MERINO de este domicilio, reclamándole cantidad de dinero,SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA el inmueble que a continua-ción se detalla. Inmueble Urbano, ubicado Colonia San Antonio Númerodos, Pasaje Miralempa lote número seis Cantón Planes de Renderos,Ciudad de Panchimalco de este Departamento descripción técnica es lasiguiente: LOTE NUMERO SEIS Extensión superficial de CUATRO-CIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CUARENTADECIMETROS CUADRADOS que linda AL ORIENTE quince metrosrumbo Sur cero nueve grados cincuenta y tres minutos Oeste linda conterreno que fue de GERONIMO CORTEZ y hoy de FAMILIA SAGRERAcamino servidumbre en medio AL SUR veintisiete metros noventa y seiscentímetros rumbo Norte ochenta y seis grados cuarenta y siete minutosOeste; AL PONIENTE quince metros rumbo Norte cero nueve gradoscincuenta y tres minutos Este; NORTE veintisiete metros noventa y seiscentímetros, rumbo Sur ochenta y seis grados cuarenta y siete minutosEste, lindando en estos tres últimos rumbos con resto del inmueblegeneral de donde se segregó el que se describe inmueble antes descritose encuentra inscrito a favor del señor SALVADOR ORLANDO SAN-TOS MERINO Según antecedente de número SESENTA Y CUATROdel Libro CUATRO MIL CUATROCIENTOS TRES del Registro de LaPropiedad Raíz e Hipotecas de La Primera Sección del Centro.

SE ADMITIRAN POSTURAS LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUAN-TIA. San Salvador, once de diciembre del año dos mil dos. Lic. JULIABUENDIA MENDEZ, JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA. Lic.MAGDALENA BOLAÑOS DE AGUILAR, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. 4285-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de Lo Civil, de este DistritoJudicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que se ha presentado el Doctor LUIS SIGIFREDONATIVI FUENTES, como Apoderado General Judicial de la señoraFRANCISCA SERVELLON ALVARADO, de sesenta años de edad,Ama de casa, de este domicilio con residencia en el Cantón La Chorrera,solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situadoen el Cantón La Chorrera de la jurisdicción y Distrito de Santa Rosa deLima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de QUI-NIENTOS SETENTA Y UN METROS VEINTlTRES DECIMETROSTREINTA Y SIETE CENTIMETROS CINCUENTA MILIMETROSCUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,diecinueve metros, quince centímetros, camino de por medio con ISAIASLOPEZ; AL NORTE, treinta y un metros treinta y seis centímetros callede por medio con ROSA ELVIRA DIAZ, AL PONIENTE, veinticincometros sesenta centímetros así: once metros cuarenta y dos centímetroscon terreno de ROSALI CRUZ y catorce metros dieciocho centímetroscon terreno de DIMAS MEJIA, cerco de piña de los colindantes, y ALSUR, diecinueve metros setenta centímetros, con terreno de DIMASMEJIA, cerco de alambre del colindante; Contiene construida una casade habitación que mide quince varas de largo por diez varas de ancho,techo de tejas y paredes de ladrillo. Valúa el referido inmueble en lacantidad de VEINTICINCO MIL COLONES, y lo adquirió por compraque le hizo a la señora ROSA ELVIRA DIAZ DE ROSALES, quien esmayor de edad, ama de casa, de este domicilio, el veintiuno de Noviem-bre de dos mil dos. Ante los oficios Notariales del Doctor antes mencio-nado.

Librado en el Juzgado de Lo Civil; Santa Rosa de Lima, a losveintisiete días del mes Enero de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEP-CION MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4249-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señoraMARIA LUISA PEREZ VIUDA DE CRUZ, mayor de edad, de oficiosdomésticos de este domicilio, solicitando a su favor título de propiedadde un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Rosario deSan Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, de la capacidadsuperficial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, de las colin-dancias siguientes: al NORTE, linda con inmueble de ROSA ORBELINAGARCIA; al ORIENTE con inmueble de LUIS CORTEZ MARTIR yNOE ROMEO FLORES REALES; al SUR linda con inmueble deMIGUEL ANGEL ORTIZ; y al PONIENTE linda con inmuebles deNICOLAS MARTIR HERNANDEZ y FRANCISCO APARICIO, Ca-lle Gerardo Barrios de por medio. El inmueble antes descrito no essirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia y lo adquirió por compra que hizo al señor LUIS CORTEZMARTIR; lo valúa en la cantidad de QUINCE MIL COLONES.

Los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Miguel Tepezontes, Departamento deLa Paz, a los veinte días del mes de febrero de dos mil tres. LUISALONSO LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARTA ARGELIAMARTIR DE LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 4252-1

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que la señora JUANA GARRIDO VIUDA DE

MARTINEZ, mayor de edad, con Cédula de Identidad Personal número

once- cero seis- cero cero mil setecientos setenta y seis, solicita Título de

Propiedad de un terreno de naturaleza rústico, inculto, situado en el lugar

conocido El Nance, de esta jurisdicción, compuesto de CINCUENTA Y

UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PUNTO CINCO METROS

cuadrados y linda AL NORTE: linda con JOSE FAUSTINO

CALDERON, hoy con SANTOS LOPEZ, en trescientos metros; AL

SUR: linda con PEDRO GARCIA en trescientos metros, callejón de por

medio; AL ORIENTE: linda con BARTOLOME GUARDADO, hoy

con desmovilizados, río San José El Naranjo de por medio, y AL

PONIENTE: linda con JOSE FAUSTINO CALDERON hoy SANTOS

LOPEZ, en ciento sesenta y uno punto veinticinco metros, carezco de

Título de propiedad inscrito, circunstancia que me obliga a presentar esta

solicitud. No es dominante ni sirviente no tiene cargas , ni derechos

reales, ni se encuentra en proindivisión, lo posee por más de diez años

consecutivos, lo estima en la cantidad de SESENTA MIL COLONES y

sus colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Jujutla a nueve de enero del dos mil tres.

ROBERTO VALLEJO, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS HUM-

BERTO HERRERA PORTILLO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4265-1

El infrascrito Alcalde Municipal,

HACE CONSTAR: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por

escrito ERMES PASCUAL HERNANDEZ, mayor de edad, casado,

jornalero, de este domicilio, solicitando a su favor, Título de Propiedad

de un solar urbano, situado en el Barrio El Calvario de esta ciudad, que

linda ORIENTE: MARGARITA MORATAYA, que fue de ANTONIO

COREAS, y solar de EMILIA COREAS, que fue del mismo ANTONIO

COREAS; AL NORTE, ROBERTO MORATAYA, que fue de LUCIO

COREAS; AL PONIENTE; resto con terreno del vendedor; AL SUR;

EDUARDO ROMERO y JUAN RAMOS, que fue ANTONIO CO-

REAS. calle de el cementerio de por medio, este terreno es parte de otro

de mayor extensión y de la misma naturaleza. Tiene la capacidad de MIL

OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CIENTO SESENTA

Y NUEVE CENTIMETROS. No es dominante ni sirviente ni esta en

proindivisión con nadie. Lo estima el interesado en CUATROCIENTOS

COLONES. Lo hubo por compra a ALEJANDRO RAMOS, ya difunto

quien fue mayor de edad, jornalero, del domicilio de Jiquilisco y la

posesión que ejerce sobre él unida a la de su antecesor data más de diez

años consecutivos de manera quieta, pacífica o interrumpidamente. Los

colindantes son todos de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Mercedes Umaña, catorce de febrero del dos

mil tres.- CONCEPCION DE JESUS AGUILAR HERNANDEZ, AL-

CALDE MUNICIPAL. ELBA OLIMPIA RODRIGUEZ, SECRETA-

RIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4300-1

El Infrascrito Alcalde Municipal,

AVISA: que se ha presentado a esta Oficina el Abogado y Notario

MIGUEL ANGEL CRUZ LOPEZ, mayor de edad, de este domicilio,

con Carnet de Abogado Número dos mil trescientos cincuenta y ocho,

en calidad de Apoderado General Judicial de la señora NATIVIDAD

PAZ HERNANDEZ de sesenta y ocho años de edad, ama de casa, con

Documento Unico de Identidad Número cero dos siete uno cuatro cero

nueve nueve, cuatro, y en su carácter, solicita Título de Propiedad de un

inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Carmen de esta

villa, de una extensión Superficial de TRESCIENTOS OCHENTA Y

TRES METROS TREINTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRA-

DOS, de las medidas y colindancias siguientes: Norte; treinta y cuatro

metros noventa y cinco centímetros, en tres tiros: PRIMERO quince

metros cincuenta y cinco centímetros, parte de un mojón de carao,

viendo al Oriente, línea recta a llegar a un brotón de madrecacao.

SEGUNDO: cuatro metros cinco centímetros del brotón de madrecacao.

TERCERO Cinco metros treinta y cinco centímetros, del brotón de

madrecacao, viendo al Oriente, recto hasta llegar a otro brotón de

madrecacao, con MARIA UBALDA GUTIERREZ; AL ORIENTE

quince metros ochenta y cinco centímetros, del brotón de madrecacao,

viendo al Sur línea recta a llegar a otro mojón de piedra, calle pública de

por medio, con MAURICIO RODRIGUEZ, AL SUR veintinueve me-

tros treinta y cinco centímetros, del mojón de piedra, viendo al Poniente

recto hasta llegar a un árbol de carao que sirve de mojón, con OSCAR

ESTRADA; y AL PONIENTE; ocho metros, del carao viendo al Norte,

hasta llegar a otro árbol de carao, donde se comenzó la demarcación, con

MARIA CONTRERAS. No tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia que deban respetarse, ni se encuentra en proindivisión con

nadie. Lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES ( $ 8.000.00

). Compra a DANIEL AGUILAR MALDONADO, en Escritura de fecha

ocho de diciembre dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal Villa Agua Caliente, Departamento de Chala-

tenango, doce de febrero dos mil dos. JOSE ARTURO GUILLEN

MALDONADO, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS HUMBERTO

RIVAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4336-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

AVISA: que a esta oficina se presentaron los señores: ARMANDO

MARIN MACHADO PORTILLO, de cuarenta años de edad, agricultor

en pequeño de este domicilio con pasaporte número A-cinco-uno-dos-cinco-uno-uno y MERLIN ISETH VILLACORTA DE MACHADO deveintiséis años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio con

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Documento Unico de Identidad Personal número Cero-uno-tres-cero-cuatro-tres-uno-ocho-cero- Solicitando a su favor TITULO DE PRO-PIEDAD de un solar urbano, situado en el Barrio El Centro de estaciudad, Distrito de Sesori Departamento de San Miguel, de las medidasy linderos siguientes: NORTE :mide treinta y seis metros dieciséiscentímetros y colinda con propiedad de PEDRO MEDRANO calle depor medio SUR: mide treinta y nueve metros cuarenta y seis centímetros,de estos dieciocho metros se colindan con propiedad de LUIS AGUI-LAR, cerco de alambre de por medio propio y veintiuno punto cuarentay seis metros se colinda con propiedad de MERCEDES ARGUETACASTILLO, CERCO de alambre de por medio propio PONIENTE:mide veinticinco metros y se colinda con propiedad de ABDON CRUZcalle de por medio ORIENTE: mide diecisiete metros y se colinda conpropiedad de MARIA RIVAS, CALLE de por medio en donde no hayconstrucciones de ninguna naturaleza y carece de antecedentes escritosen la oficina del Registro de la propiedad Raíz e hipotecas de la PrimeraSección de Oriente. El inmueble descrito lo hube por compra a losseñores ISIDORO MACHADO LEMUS y MARIA VENTURA POR-TILLO de MACHADO y lo evaluó en CINCUENTA MIL COLONESEXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Sesori doce de febrero de dos mil tres. RENEALEXANDER PORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL. HERNANRODRIGUEZ CHICAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4299-1

NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES, Notario, con OficinaJurídica en la Sexta Avenida Norte, Número Cuatrocientos Uno, de estaciudad,

HACE SABER: que a mi Oficina de Notario, se ha presentado ellicenciado LUIS ALBERTO RIVAS, mayor de edad, Abogado, de estedomicilio, quien es apoderado especial de la señora DEYSI YAMILEHTCUEVA DE MOLINA, mayor de edad, empleada, del domicilio deIntipucá, Departamento de La Unión, solicitando a favor de su poderdante,TITULO DE DOMINIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado enel Cantón Loma Larga, Caserío El Berrinche, del Municipio y Departa-mento de La Unión, de la capacidad superficial de QUINIENTOSCINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de los linderossiguientes: AL NORTE: linda con el señor REINERIO PACHECOCENTENO; AL ORIENTE: linda con la señora PAULA CHEVEZDIAZ AL SUR: linda con los señores JOSE RAMON CHICASSERRANO y JUANA CUEVA DE CHICAS, y AL PONIENTE: lindacon la señora BLANCA OLIMPIA GOMEZ HERNANDEZ, caminovecinal de por medio. Adquirió el inmueble por compra que le hizo alseñor FERMIN CUEVA, en el mes de diciembre del año dos mil dos,quien lo adquirió por compra que le hiciera al señor ATILIO MACHA-DO, y su poderdante, lo estima en la suma de SESENTA MIL COLO-NES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

San Miguel, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

Lic. NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES,NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 4200-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se presentó la señora RHINAELVA BENITEZ DE MORAN, solicitando a su favor título de dominiode un solar de naturaleza urbano, situado en los suburbios del Barrio LaCruz, municipio de Corinto, departamento de Morazán, de la capacidadsuperficial de TRES HECTAREAS NOVENTA AREAS CINCUENTACENTIAREAS, que tiene los linderos siguientes: AL NORTE: FRAN-CISCO ZAMORA y MARCELINA ORELLANA, AL ORIENTE:VICTORIA VILLATORO, DELIA MEDRANO y EUSTACIO BLAN-CO; AL SUR. JOSE SANTOS HERNANDEZ y JUAN EUSTACIOBLANCO; AL PONIENTE: JUAN ANTONIO UMAÑA y JOSEGREGORIO CARCAMO. Todos los colindantes son de este domicilio,no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni derechos reales de ajenapertenencia ni esta en proindivisión con nadie y lo adquirió por compra-venta en foma verbal que le hizo el señor JOSE GUILLERMO MAR-QUEZ CRUZ, y lo estima en la cantidad de CIEN MIL COLONES,dicha posesión ha sido quieta, pacífica, pública e ininterrumpida;

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Corinto a los diecisiete días del mes febrerodel año dos mil tres.- EDGAR ALFONSO MONTOYA MARTINEZ,ALCALDE MUNICIPAL. BLANCA AZUCENA REYES, SECRE-TARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 4178-1

AVISO

LA SUSCRITA ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE LASOCIEDAD ASESORIA EMPRESARIAL Y TURISTICA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. que podrá abreviarse"ASEPTUR. S.A. DE C. V."

HACE SABER: que en sesión de Asamblea General Ordinaria deAccionistas celebrada el día cuatro de enero del presente año, en el localde la Sociedad ubicada en Ciudad Merliot, Nueva San Salvador, Depar-tamento de La Libertad, estando reunidos el cien por ciento de losaccionistas de la misma, en donde por unanimidad se acordó lo siguiente:ACTA NUMERO CINCO, PUNTO UNICO DE CARACTER EX-TRAORDINARIO, que literalmente DICE: """ Se acuerda por unanimi-dad aumentar el capital social de la Sociedad en OCHENTA MILCOLONES, es decir, que el nuevo Capital Social, tomando en cuenta elaumento acordado será de CIEN MIL COLONES Y SE MODIFICA LACLAUSULA SEXTA DEL CAPITAL SOCIAL DE LA ESCRITURADE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD, referente a aumentar elcapital social mínimo en OCHENTA MIL COLONES, cantidad quesumada al original el capital mínimo de la sociedad girará con la cantidadde CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y SIETE CENTAVOSDE DOLAR, de los Estados Unidos de América, y que del aumento delcapital de OCHENTA MIL COLONES, los accionistas han cancelado elseis punto veinticinco por ciento de las acciones, por medio de chequecertificado número CERO TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA-SIETE, del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA y los SE-TENTA Y CINCO MIL COLONES RESTANTES, serán pagaderos enun plazo de cinco años, contados a partir de la publicación de este

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.acuerdo, las acciones correspondientes serán siempre de un valor nomi-nal de CIEN COLONES cada una, por lo tanto la nueva emisión deacciones será de OCHOCIENTOS ACCIONES, lo que hace un valor deOCHENTA MIL COLONES. Se autorizan al Administrador UnicoPropietario para que concurra ante Notario a otorgar la Escritura Públicadel aumento de capital de la Sociedad. Asimismo, a efectuar todas lasdiligencias concernientes al mismo, y hacer las publicaciones que dictala ley.

No habiendo más que hacer constar, se extiende la presente en laciudad de Nueva San Salvador, el día cinco de enero del año dos mil tres.

JANET ROXANA CABRERA DE MARTINEZ,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº. 4215-1

AVISO

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LASOCIEDAD COOPERATIVA DE CAFETALEROS LA LIBERTADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que en San Salvador a las doce horas del díaveinticuatro de agosto del año dos mil dos, se llevó a cabo Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria, en la cual se acordó aumentar el capital socialen su parte fija en la suma de CIENTO VEINTE MIL COLONES,mediante la disminución del capital variable y la transferencia del mismoa la parte fija del capital, y que unido al capital social de fundación, sumaCIENTO SETENTA MIL COLONES, y para los efectos legales, seextiende la presente en la Ciudad de San Salvador, los diecinueve días delmes de febrero del año dos mil tres.

GIUSEPPE ANGELUCCI SILVA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 4202-1

AVISO

EL INFRASCRITO DIRECTOR SECRETARIO DE LA JUNTA DI-RECTIVA DEL "BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR,S.A."

CERTIFICA: que en el Libro de actas de Junta General deAccionistas que al efecto lleva la sociedad, aparece el punto númeroUNO, que forma parte de los puntos de carácter extraordinario, conteni-do en acta número CIENTO TRECE de fecha dieciocho de febrero deldos mil tres, que corresponde a la Junta General de Accionistas quetratará puntos de carácter Ordinario y Extraordinario, celebrada a lasdiecisiete horas del día dieciocho de febrero del año dos mil tres, ensegunda convocatoria en las instalaciones del Hotel San Salvador Marriot,situado en Avenida la Revolución, Colonia San Benito, de la ciudad deSan Salvador, y que textualmente se lee:

I- AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

La Junta General Extraordinaria de Accionistas, unánimemente acuer-da: aumentar el capital social, que actualmente es de SESENTA Y UNMILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOLARES delos Estados Unidos de América, equivalente a QUINIENTOS CUA-RENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL COLONES, ASETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MILDOSCIENTOS DOLARES de los Estados Unidos de América, equiva-lente a SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEIS-CIENTOS CUARENTA MIL COLONES, por medio de capitalizaciónde reservas voluntarias de capital por valor de DOCE MILLONESTRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DO-LARES de los Estados Unidos de América equivalente a CIENTOOCHO MILLONES CIENTO OCHO MIL COLONES, emitiendo unmillón ochenta y un mil ochenta nuevas acciones con un valor nominalde cien colones cada una, equivalentes a once punto cuatro dos ocho

cinco siete uno dólares de los Estados Unidos de América; con lo cual elnúmero de acciones aumentaría de cinco millones cuatrocientas cincomil cuatrocientas acciones a seis millones cuatrocientos ochenta y seismil cuatrocientos ochenta acciones. Con la capitalización le correspon-derá a los accionistas una acción por cada cinco de las que sean titulares.Las utilidades que capitalizará la sociedad provienen de las reservas decapital del año dos mil uno, todo de conformidad a los registros contablesque lleva el Banco.

El Vicepresidente de la Junta Directiva, Ingeniero SERGIOCATANI PAPINI, informó claramente a los accionistas presentes, lasrazones que justifican el aumento del Capital Social, haciéndoles saberlas ventajas de suscribir nuevas acciones desde el punto de vista econó-mico y de consecución; asimismo les hizo saber las desventajas de nosuscribir las nuevas acciones. Y para los efectos consiguientes seextiende la presente, en la ciudad de San Salvador a los veinte días delmes de febrero del año dos mil tres.

LUIS ERNESTO GUANDIQUE MEJIA,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 4261-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

De acuerdo al Art. 178 del Código de Comercio, se hace del conocimien-to público que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de SANANGEL, S.A. DE C.V., celebrada a las nueve horas del día diecinuevede febrero de dos mil tres, se acordó con el voto favorable, que el actualcapital social fijo de TREINTA Y DOS MIL COLONES, se aumente enSESENTA Y OCHO MIL COLONES, cuyo monto será tomado delcapital variable; para que en lo sucesivo el capital social mínimo sea deCIEN MIL COLONES, y así darle cumplimiento al art. 1566 del Códigode Comercio.

San Salvador, veinte de febrero de dos mil tres.

JOSE NAPOLEON GUARDADO PENUT,REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 4201-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del díadieciséis del mes y año en curso, se tuvo por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a sudefunción dejó la causante ANA HIBETH MARQUEZ MACHADO,quien falleció a las dos horas del día veintiséis de agosto de milnovecientos noventa y ocho, en el Hospital de Especialidades del SeguroSocial, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señoresMIGUEL ERNESTO IRIAS MARQUEZ, MARCOS MAURICIOORTIZ MARQUEZ y del menor MAURICIO ALEXANDER ORTIZMARQUEZ, este último representado legalmente por su padre SALVA-DOR MAURICIO ORTIZ PLATERO, en sus conceptos los tres prime-ros de hijos de la causante.

Confiérese a los aceptantes en el carácter antes indicado la admi-nistración y representación interinas de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlael menor MAURICIO ALEXANDER ORTIZ MARQUEZ, a través desu representante legal ya dicho señor SALVADOR MAURICIO ORTIZPLATERO. Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herenciaa que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contadosa partir de la última publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo civil de Mejicanos, a las once horas ycincuenta minutos del día dieciséis de enero de dos mil tres. Lic. JOSEHUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. YANIRAMAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 5269-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO DE MODIFICACION DE PACTO SOCIAL.

El suscrito Secretario de la Sociedad “EMPRESARIOS PROFESIONA-LES , SOCIEDAD ANONIMA”, que se abrevia EMPROFE, S.A.,

HACE SABER: que en Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas, celebrada en el Hotel Holiday Inn, Boulevard SantaElena, Urbanización del mismo nombre, Jurisdicción de Antiguo Cusca-tlán, Departamento de La Libertad, a las catorce horas con cuarentaminutos del día dieciocho de mayo de dos mil dos, se ConocieronAsuntos de Carácter Ordinarios y Extraordinarios. En los Asuntos deCarácter Extraordinarios, en su Punto Primero o Unico, se acordó porunanimidad de votos: a) Aumentar el Capital Social de la Sociedad porCapitalización de utilidades pendientes de distribuir de los años de milnovecientos noventa y siete; de mil novecientos noventa y ocho; de milnovecientos noventa y nueve; dos mil y dos mil uno, utilidades queascienden a SETECIENTOS DOS MIL CIENTO OCHO COLONESCON NOVENTA Y DOS CENTAVOS, equivalentes OCHENTA MILDOSCIENTOS CUARENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA CON DOS CENTAVOS DE DOLAR; b)Transformar el régimen de Capital Social de la Sociedad, de SociedadAnónima a Sociedad Anónima de Capital Variable y se estableció comoCapital mínimo CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MILCUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOSDE DOLAR; c) Se designó a los respectivos Ejecutores Especiales de losacuerdos tomados por la Junta General de Accionistas y a la vez seautorizaron para que concurran ante Notario a otorgar la correspondienteEscritura de Modificación de Pacto Social.

San Salvador diecinueve de febrero de dos mil tres.

Doctor MAURICIO VALLADARES AREVALO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4262-1

AVISO

La infrascrita Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad “FERRE-TERIA LLAVE DE ORO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE”, de este domicilio y de Nacionalidad Salvadoreña,

CERTIFICA: que en el Libro de Juntas Generales de Accionistasque lleva la sociedad, se encuentra el ACTA NUMERO CUATRO, quecontiene la sesión de Junta General Extraordinaria de accionistas, cele-brada en esta ciudad, a las ocho horas del día dos de enero del dos mil tres,en la cual estuvieron reunidos todos los socios y representadas todas lasacciones, conforme al Art. 233 del Código de Comercio, quienes porunanimidad llegaron al acuerdo siguiente: aumentar en Capital mínimoy de fundación actual de veintiún mil colones a la cantidad de cien milcolones, mediante la capitalización de utilidades no repartidas de ejerci-cios anteriores, así: del ejercicio de mil novecientos noventa y doscompletamente la cantidad de diez mil ochenta y seis colones sesenta yun centavos: del ejercicio de mil novecientos noventa y tres, completa-mente la cantidad de ocho mil quinientos diez colones treinta y ochocentavos; del ejercicio del año de mil novecientos noventa y cuatrocompletamente la cantidad de doce mil ciento sesenta y cinco colonesochenta y tres centavos; del ejercicio del año de mil novecientos noventay cinco completamente la cantidad de veintiocho mil ciento ocho colones

sesenta y nueve centavos, y del ejercicio de mil novecientos noventa yseis parcialmente la cantidad de veinte mil ciento dieciocho colonestreinta y nueve centavos. La capitalización de las utilidades hacen el totalde sesenta y nueve mil colones en que se aumentará el capital socialmínimo actual, y queda suscrito totalmente pagado por los accionistas enun cincuenta por ciento para cada uno, y por consiguiente hacen un totalpara cada quien de trescientas noventa y cinco acciones; en consecuen-cia, sumadas las actuales suscritas de ciento cinco acciones más lassuscritas y pagadas por la capitalización de utilidades, cada accionistatendrá el capital mínimo de cien colones, quinientas acciones que hacenpara cada quien cincuenta mil colones. Se autoriza al RepresentanteLegal de la sociedad para otorgar la Escritura de Modificación del PactoSocial.

ELBA MARINA MURCIA DE CISNEROS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4267-1

AVISO

El infrascriro Director Secretario de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad BELCO, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General de Accio-nistas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el acta número treintaque corresponde a la Junta General Extraordinaria de Accionistas cele-brada el veinticinco de febrero de dos mil dos, en la cual se tomó elacuerdo que literalmente dice: “ACUERDO UNICO DE CARACTEREXTRAORDINARIO: se acuerda aumentar el Capital Social mínimo dela sociedad, que actualmente es de VEINTE MIL COLONES, a la sumade CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS COLONES, representa-do y dividido en Ciento Veintidós punto cinco acciones comunes ynominativas de mil colones cada una. Dicho aumento se realizará a partirdel capital social que actualmente es de DOS MILLONES TRESCIEN-TOS SETENTA Y SIETE MIL COLONES. Se nombra como ejecutorespecial de dicho acuerdo a la señora ANA CORALIA EUGENIAALVAREZ DE ZABLAH.”

San Salvador, a los doce días del mes de febrero de dos mil tres.

RAUL ALVAREZ BELISMELIS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4284-1

AVISO

El infrascrito Director Secretario de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad TRAPICHE S.A. DE C.V.;

CERTIFICA: que en el libro de actas de la Junta General deAccionistas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el acta númeroDiecisiete que corresponde a la Junta General Extraordinaria de Accio-nistas celebrada el seis de febrero de dos mil tres, en la cual se tomó elacuerdo que literalmente dice: “ACUERDO UNICO DE CARACTER

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

EXTRAORDINARIO: se acuerda aumentar el capital social mínimo dela sociedad, que actualmente es de VEINTE MIL COLONES, a la sumade CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS COLONES, representa-do y divido en Ciento Veintidós Mil Quinientas Acciones comunes ynominativas de cien colones cada una. Dicho aumento se realizará apartir de capital social que actualmente es de CUATROCIENTOSSESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS COLONES. Se nombracomo ejecutor especial de dicho acuerdo al Ingeniero JOSE GUSTAVOBELISMELIS VIDES.”

San Salvador, a los doce días del mes de febrero de dos mil tres.

RAUL ALVAREZ BELISMELIS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4286-1

AVISO

Por este medio se hace constar que en el libro de Actas de Junta Generalde la Sociedad Molina Bianchi y Asociados S.A. de C.V. se encuentra asentada la número trece de fecha 4 de febrero de dos mil tres en sunumeral 2, la cual dice textualmente“se acordó incrementar el capitalfijo, que actualmente es de 20,000 colones, equivalentes a US$2,285.71,a la cantidad de 100,000 colones equivalentes a US$11,428.57 tomandola cantidad de 80,000 colones, que equivalen a US$, 9,142.86, de la partevariable del capital de la sociedad que actualmente es de 2,780,000colones, equivalentes a US$ 317,714.29.”

Se extiende la presente en San Salvador a los 19 días del mes defebrero de dos mil tres.

JAIME ERNESTO MOLINA LOPEZ.

PRESIDENTE.

Molina Bianchi & Asociados, S.A. de C.V.

3 v. alt.No. 4297-1

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta General de Accionistas de laSOCIEDAD R.A.V., S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de AccionistasActa Número ONCE de la Sociedad R.A.V., S.A. DE C.V., que secelebró en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintinue-ve de enero de dos mil tres, consta que en su PUNTO TERCERO, seacordó aumentar el CAPITAL SOCIAL MINIMO a la suma de cien milcolones exactos (¢ 100,000.00). Asimismo se nombró como ejecutorespecial al señor RAFAEL ANTONIO AGUILAR SANTOS, para quese presenta ante Notario a formalizar la Escritura Pública respectiva.

Se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a losveintinueve días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. RAFAEL ANTONIO VASQUEZ,

SECRETARIO.

R.A.V., S.A DE C.V.

3 v. alt. No. 4315-1

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD FADENIS,S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de AccionistasNúmero SIETE de la Sociedad FADENIS, S.A. DE C.V. que se celebróen la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del día treinta de enerode dos mil tres, consta que en su PUNTO SEGUNDO se acordóaumentar el Capital Social Mínimo a la suma de cien mil colones exactos(¢100,000.00). Asimismo se nombró como Ejecutor Especial al señorFAUSTO ARTURO VERGARA SUAREZ, para que se presente anteNotario a formalizar la Escritura Pública respectiva.

Se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a los docedías del mes febrero de dos mil tres.

ICLEA DENISE MELGAR DE VERGARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4314-1

AVISO

Los suscritos Presidente y Secretario Interino de la Junta Directiva de“MANUFACTURA DEL RIO, S.A. DE C.V., en cumplimiento delartículo 30 del Código de Comercio, por este medio avisa que en la JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de la mencionada Sociedad,celebrada el día diecisiete del presente mes, por unanimidad de cien porciento de los accionistas, se ACORDO aumentar el capital mínimo encuatrocientos mil colones, por lo que en adelante girará con la cantidadde CUATROCIENTOS VEINTE MIL COLONES.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos legalesconsiguientes.

San Salvador, dieciocho de febrero del 2003.

JOSE ALFONSO HERNANDEZ ARCE,

PRESIDENTE.

ROBERTO BENJAMIN BEQUILLARD,

SECRETARIO INTERINO,

3 v. alt. No. 4353-1

CONVOCATORIA

El Representante Legal de “FABRIBLOCK DOS MIL DIEZ, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, convoca a los accionis-tas de la Sociedad a celebrar JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIADE ACCIONISTAS, que se realizará en las oficinas de la Sociedad

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ubicadas en Carretera El Litoral, Kilómetro Ciento Ochenta y Uno, unCuarto Hacienda El Melonal, Conchagua, La Unión, a partir de las nuevehoras del día treinta de marzo de dos mil tres, en la que se conocerá yresolverá la siguiente agenda:

AGENDA

1.- Verificación de Quórum.

2.- Lectura del Acta Anterior.

3.- Modificación al Pacto Social.

4.- Nombramiento del Ejecutor Especial.

Para que haya quórum y poder conocer de los asuntos contenidosen la Agenda en Primera Convocatoria, será necesario que estén presen-tes o representadas por lo menos las tres cuartas partes de todas lasAcciones de la Sociedad y tomar resolución se necesitará igual propor-ción.-

En caso de no haber quórum en primera Convocatoria se convocapor segunda vez para el día treinta y uno de marzo de dos mil tres a lasdiez horas, en el mismo lugar, ésta se instalará con la mitad más una delas acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomaráncon el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes orepresentadas.

San Salvador, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil tres.

AGUSTIN MELENDEZ SANCHEZ,

REPRESENTANTE LEGAL

FABRIBLOK DOS MIL DIEZ, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 4352-1

AVISO

La Sociedad “ASOCIACION DE PROFESIONALES EN TECNOLO-GIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que seabrevia como APTESA, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64del Código de Comercio,

AVISA: que en el Punto Número Cinco de la Sesión de JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada a lasdieciséis horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil dos, seACORDO la DISOLUCION Y LIQUIDACION de la sociedad, encumplimiento a lo dispuesto en el numeral II del artículo 187 del Códigode Comercio.

Este acuerdo se publicará para los efectos de ley.

San Salvador a los veintiún días del mes de febrero del dos mil tres.

Ing. MANUEL ANTONIO CAÑAS LAZO,

DIRECTOR - SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA

ASOCIACION DE PROFESIONALES EN TECNOLOGIA,

S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 4345-1

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetalerosde San José de La Majada de Responsabilidad Limitada, convoca a susasociados para que asistan personalmente a la Asamblea General Ordi-naria que se celebrará en el Salón de Sesiones de su sede, a las ocho horasdel domingo treinta de marzo de dos mil tres. El quórum para la AsambleaGeneral Ordinaria se formará con la concurrencia de doscientos ochentay un asociados de un total de quinientos sesenta y uno inscritos a la fecha.

Establecido el quórum, la Asamblea General Ordinaria resolverá losiguiente:

1. Designación de tres Asambleístas que firmarán el Acta deAsamblea General, juntamente con el Presidente y Secretariodel Consejo de Administración.

2. Reconocimiento a los socios que cumplan 25 años de perte-necer a la Cooperativa.

3. Presentación de la Memoria de Labores e Informes de losOrganismos Directivos correspondientes al Ejercicio com-prendido de 01 de enero a 31 de diciembre de 2002; EstadosFinancieros correspondientes al mismo período y del informede Auditores Externos, a fin de aprobar o desaprobar los dosprimeros, y adoptar las medidas que considere oportunas.

4. Presentación del proyecto para la aplicación de los resultadosdel ejercicio, según lo establecido en la Escritura Social.

5. Elección de los miembros propietarios y suplentes para elConsejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comitéde Crédito, que sustituirán a los socios que finalizan superíodo.

6. Nombramiento del Auditor Externo, el suplente y la asigna-ción de sus Honorarios para el ejercicio económico 2003.

7. Autorizar al Consejo de Administración para obtener Crédi-tos de Instituciones Financieras y/o Comerciales, Nacionalesy Extranjeras para los destinos siguientes:

a) Crédito para financiar a los cooperados las labores agrícolas,fertilización y recolección de la cosecha 2004/2005 y elproceso industrial de la misma.

b) Créditos prendarios para refinanciar el capital más los intere-ses de los créditos 2003/2004 a la fecha de vencimiento deéstos.

c) Créditos con garantía personal y/o hipotecaria para refinanciarcualquier otra actividad industrial, agrícola, comercial, osocial.

8. Analizar la responsabilidad e incumplimiento de Asociadosy autorizar la exclusión de los que el consejo de administra-ción haya suspendido temporalmente en sus derechos, porhaber infringido las Cláusulas del Pacto Social.

9. Acordar la tasa de interés de los Certificados de Inversión aemitirse en el ejercicio 2003.

10. Varios. Cualquier otro asunto de carácter informativo que norequiera de la resolución de la Asamblea General compren-dido en la Escritura Social.

En caso de que por falta de quórum no pudiese celebrarse laAsamblea General, a la fecha señalada, se convoca por segunda vez a losasociados para que asistan a las ocho de la mañana del 31 de marzo deldos mil tres, la cual se constituirá válidamente siempre que el número delos que concurran no sea inferior de diez.

Las resoluciones y acuerdos serán de obligatorio cumplimientocuando sean adoptados por la mayoría de votos requeridos por laescritura social.

San José de La Majada, 19 de febrero de 2003.

CARLOS ERNESTO GUERRERO LARA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4218-1

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

El infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la SociedadBLANQUEADORES Y DESINFECTANTES, S.A. DE. C.V., de con-formidad con su pacto social, por este medio CONVOCA, a sus accio-nistas para que concurran a Celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIAY EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, el día veintiocho de abrildel año dos mis tres, a las nueve horas, en sus oficinas en Colonia SanAntonio y Avenida Las Delicias, número 4-B, de la Ciudad de Soyapan-go, con el objeto de conocer y resolver la siguiente Agenda:

1) Verificación del Quórum.

2) Aprobación de la Agenda.

3) Lectura del Acta anterior

4) Presentación y Resolución sobre la Memoria de Labores dela Junta Directiva y de los Estados Financieros del Ejercicio2002.

5) Dictamen e informe del Auditor Externo.

6) Nombramiento del Auditor Externo y sus emolumentos.

7) Varios.

El Quórum necesario para celebrar esta Junta es de catorce mil cientonoventa acciones que representan la mitad más de una de las veintiochomil trescientos setenta y ocho acciones que forman el cien por ciento delCapital Social.

En caso de no haber Quórum es la fecha y hora señalada se convoca porsegunda vez para las nueve horas del día veintinueve de abril del dos miltres, en el mismo lugar y se celebrará la Junta con cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas y se tomarán resolucionespor mayoría.

Soyapango, 17 de febrero del 2003

MARIA ESTELA MORENO DE VELASQUEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4251-1

La Suscrita Administradora Unica de la Sociedad “YOLANDADESIREE, S.A. DE C.V.”,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Juntas Generales queal efecto lleva la Sociedad se encuentra Asentada el Acta, Número132 de la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebra a lasdiecisiete horas del día dieciocho de noviembre del año en cursocuyo punto único literalmente DICE: PUNTO UNICO: Fusión de laSociedad “YOLANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”, con la Sociedad“A 'MAR, S.A. DE C.V.”. La Junta General después de conocer lasgestiones que el representante de “A 'MAR, S.A. DE C.V.” hace,promoviendo la fusión de las dos Sociedades, tomando en cuenta losvínculos que existen entre ambas, por unanimidad acuerda: a) Lafusión por absorción con la Sociedad “A 'MAR, S.A. DE C.V.”, enla que “YOLANDA, DESIREE, S.A. DE C.V.”, será la incorporanteo absorbente; b) Que como consecuencia de esta fusión “YOLANDADESIREE, S.A DE C.V.”, asumirá todos los activos y pasivos, asícomo los derechos y obligaciones de “A 'MAR, S.A. DE C.V.”. Y senombra como Auditor Fiscal a la Compañía AREVALO ALLEN YASOCIADOS, con Registro Profesional Número Dos Mil CuatrocientosCuatro.-

Y, para los usos legales correspondientes extiendo la presente en laCiudad de Mejicanos el día veinte de noviembre del año dos mil dos.

MARIA MARGOTH SACA DE SACA,

ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIA.

3 v. alt. No. 4224-1

La Suscrita Administradora Unica de la Sociedad “A 'MAR, S.A. DEC.V.”,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Juntas Generales que enefecto lleva la Sociedad se encuentra, Asentada el Acta Número 29 dela Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada a las diecisietehoras del día quince de noviembre del año en curso cuyo punto únicoliteralmente DICE: PUNTO UNICO: Fusión de la Sociedad “A 'MAR,S.A DE C.V.”, con la Sociedad “YO LANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”.La Junta General después de las consideraciones del caso acuerda porunanimidad: que se hagan las gestiones pertinentes ante la Sociedad “YOLANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”, al respecto, y en caso positivo quese completen los tramites de la Ley para llevar a cabo la fusión de las dosSociedades; fusión en la que “YOLANDA DESIREE, S.A. DE C.V.”,asumirá todos los activos y pasivos y los derechos y obligaciones de laSociedad “A 'MAR, S. A DE C. V.”.

Y, para los usos legales correspondientes extiendo la presente el díaveinte de noviembre del año dos mil dos.

MARIA MARGOTH SACA DE SACA,

ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIA.

3 v. alt. No. 4225-1

ASIENTO DE EMPRESAS- 2002037322

ESTABLECIMIENTO 2002037322- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER.: que a esta oficina se ha presentado CHOUSSYRUSCONI MAURICE en su calidad de Representante Legal de laSociedad FITCH CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA quepuede abreviarse FITCH CENTROAMERICA, S.A. de nacionalidadSALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escriturasocial está inscrita bajo el número 49 del libro 1674 del Registro deSociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 9642-180701-101-5, ha presentado solicitud a las quincehoras y cuarenta y ocho minutos del día siete de mayo de dos mil dos. Conla cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002037322 y Estable-cimiento No. 2002037322-001; a favor de la Empresa denominadaFITCH CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, la cual se dedi-ca a CALIFICADORA DE RIESGOS, con dirección en EDIFICIOPLAZA CRISTAL LOCAL 2-4, 79 AVENIDA SUR Y CALLE CUS-CATLAN COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR,cuyo activo asciende a CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUA-RENTA Y DOS DOLARES CON 86/100 $ 57,142.86 y que tiene el(los)establecimiento(s) siguiente(s): 001-) FITCH CENTROAMERICA,S.A., ubicado en EDIFICIO PLAZA CRISTAL LOCAL 2-4, 79 AVE-NIDA SUR Y CALLE CUSCATLAN COLONIA ESCALON, deldomicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diez de febrero de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA

REGISTRADOR.

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ASIENTO DE EMPRESA 2002012348

ESTABLECIMIENTO 2002012348- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE MAU-RICIO SANTAMARIA ROJAS, en su calidad de Representante Legalde la sociedad MACLALO, SOCIEDAD ANONIMA que puede abre-viarse MACLO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domiciliode SAN SALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número4 del libro 498 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-050386-001-5, ha presentadosolicitud a las trece horas y cincuenta y un minutos del día cuatro de abrilde dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No.2002012348 y Establecimiento No. 2002012348- 001; a favor de laEmpresa denominada MACLALO, SOCIEDAD ANONIMA, la cual sededica a DESARROLLO DE BIENES INMUEBLES, con dirección enBOULEVARD ORDEN DE MALTA CALLE EL BOQUERON EDI-FICIO EUROSALVADOREÑA, URBANIZACION SANTA ELENAANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a UN MILLON TRES-CIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTAY DOS COLONES CON 35/100 ¢ 1,342,462.35 y que tiene el (los)establecimiento (s) siguiente(s): 001-) MACLALO, S.A. ubicado enBOULEVARD ORDEN DE MALTA CALLE EL BOQUERON EDI-FICIO EUROSALVADOREÑA, URBANIZACION SANTA ELENA,del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, trece de febrero de dos mil tres,

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 4322-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002037176

ESTABLECIMIENTO 2002037176- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado TOBARHENRIQUEZ PABLO ARNULFO en su calidad de RepresentanteLegal de la sociedad TRANSPORTES SANTA MARTA, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse T S M,S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 21 dellibro 1691 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-270102-101-1, ha presenta-do solicitud a las diez horas y treinta y un minutos del día quince de abrilde dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No2002037176 y Establecimiento No. 2002037176- 001; a favor de laEmpresa denominada TRANSPORTES SANTA MARTA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica aTRANSPORTE DE PASAJEROS, con dirección en AVENIDA YCOLONIA SANTA MARTA POLIGONO 1#8, del domicilio de SANSALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN MIL COLONES ( ¢100.000.00) y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-)T.S.M. S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA Y COL. SANTA MARTAPOLIGONO 1 # 8, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, quince de abril de dos mil dos.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR*MEM.

3 v. alt. No. 4318-1

No. de Expediente: 2002023757

No. de Presentación: 20020023757

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ELMERMAURICIO CARRANZA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en sucalidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: la palabra SECURI separada por un guión repre-sentado por un rayo de la sílaba CAR, la letra R mayúscula de mayortamaño dimensión y de diferente tipo, yendo a 58 grados de inclinaciónmontada sobre esta el vértice derecho inferior de la letra A, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A LA COMPRA Y VENTA DE ACCESORIOS PARAVEHICULOS AUTOMOTORES Y TELEFONOS CELULARES, UBI-CADA EN CALLE SAN ANTONIO ABAD Y BOULEVARD CONS-TITUCION, EDIFICIO SANTA ROSA, LOCAL 2-A, SAN SALVA-DOR.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4277-1

Distintivo: AMOXIN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 012000006127

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELANTONIO BELLOSO HIJO, en su calidad de APODERADO de

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

DROGUERIA PENTA MED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DEFABRICA,

AMOXIN

Consistente en: la palabra AMOXIN.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiocho días del mes de agosto de dos mil.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4193-1

No. de Exp.: 2002022646

No. de Pres.: 20020022646

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PEDROEDGARDO GOMEZ COLINDRES, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GOMEZCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: GOMEZCO, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro del NOMBRECOMERCIAL,

Consistente en: las palabras “Decoraciones Paraíso” y diseño, queservirá para: UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA PRESTA-CION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE INSTALACION DEFUENTES Y CASCADAS, UBICADO EN JARDINES DEMIRAMONTE, CALLE SISIMILES, AVENIDA A CASA NUMERO19, ENTRE BOULEVARD CONSTITUCION Y AVENIDA BERNAL,SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 4208-1

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION SALVADOREÑADE INDUSTRIALES (ASI)

De conformidad a lo establecido en los Artículos l8, 21, 22 y 23 de susEstatutos, CONVOCA a sus Asociados a la SEXAGESIMA PRIMERAJUNTA GENERAL ORDINARIA, que se verificará a las diecisietehoras del Jueves veintisiete de marzo del año dos mil tres, en elAuditórium de su edificio situado en la Calle Roma y Liverpool, ColoniaRoma, de esta ciudad para conocer y resolver la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento del quórum y apertura de la sesión.

2. Lectura, aprobación o improbación del Acta de la Sexagési-ma Junta General Ordinaria de Asociadas celebrada el 21 demarzo del año 2002.

3. Informe del Presidente y Memoria de Labores, correspon-diente al año 2002-2003.

4. Informe del Tesorero sobre el estado económico de la Asocia-ción.

5. Estados Financieros de la Asociación, correspondientes alaño 2002 e Informe del Auditor.

6. Elección del Auditor Externo y fijación de sus honorarios.

7. Entrega de reconocimientos a Familia Jokisch y FuentesCastellanos.

8. Elección de la Junta Directiva para el período 2003-2004.

9. Entrega de Premio ASI 2003.

En caso de no haber quórum a la hora señalada, dicha Junta GeneralOrdinaria se efectuará en el mismo lugar, a las dieciocho horas de esemismo día, con el número de Asociados que concurran.

San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

NAPOLEON GUERRERO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 4685-1

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIALa Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Ignacio, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-plimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente deacuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los Representantesde Acciones y demás socios de la misma para celebrar Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las diez de lamañana en adelante del día domingo veintitrés de marzo del año dos miltres, en el Auditórium de la misma, en tercera convocatoria.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer yresolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA1- Integración de Quórum.2- Reclasificación del saldo de la Cuenta de Reserva para la

Educación Cooperativa.3- Modificación del Pacto Social, específicamente, en el incre-

mento del Capital Social Mínimo.

FRANCISCO GUILLERMO ERAZO,PRESIDENTE.

Prof. MARIA ELENA OCHOA DE VASQUEZ,SECRETARIA.

Ing. PABLO POSADA POSADA,TESORERO.

3 v. alt. No. 4528-1

CARLOS ANTONIO TORRES, Notario, de este domicilio, con Oficinaen Segunda Calle Oriente, Barrio San Antonio Chalatenango, al públicopara los efectos legales,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señor:GONZALO LEMUS CRUZ, de sesenta años de edad, Agricultor, deldomicilio de La Reina en este departamento, solicitando se le extiendaTITULO SUPLETORIO de dos inmuebles de naturaleza rústica, situa-dos en Caserío Chancabrito Cantón El Tigre, La Reina en este departa-mento, EL PRIMERO de una extensión superficial de QUINCE MILOCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y SIETEMETROS CUADRADOS, mide y linda: AL ORIENTE: veintiún me-tros, colinda con BENITO VALLE, calle de por medio; AL NORTE:doscientos noventa y ocho metros, colinda con NOE ERAZO OCHOA,callejón de por medio; AL PONIENTE: sesenta y nueve metros cincuen-ta centímetros, colinda con DANIEL POSADA REYES, Río Telquezalapade por medio; y AL SUR: en línea quebrada mide trescientos treinta y tresmetros ochenta centímetros, linda con terrenos de MIGUEL ANTONIORODRIGUEZ y RICARPO CRUZ.- EL SEGUNDO de una extensiónsuperficial de OCHO MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS,mide y linda: AL, ORIENTE: con GONZALO LEMUS, cerco dealambre propio de los colindantes ARMANDO PLEITEZ, ADANVALLE y ROBERTO MANCIA, calle de por medio; AL NORTE: endos tiros colinda con JOSE EMETERIO CRUZ, PAULA DE PORTI-LLO, dividido por cerco de piña y alambre propio del inmueble que sedescribe; AL PONIENTE: con PAULA DE PORTILLO, cerco de piñapropio de la colindante; y AL SUR: en dos tiros colinda con GONZALOLEMUS y PAULA DE CASTILLO, con calle real de por medio propiodel inmueble que se describe, hasta llegar a donde se comenzo. Losinmuebles descritos los valúa en DIEZ MIL COLONES, no sonsirvientes ni dominantes, no tienen carga o derecho real, y los posee enforma quieta, pacífica, ininterrumpida y de buena fe, por compra hechael primero al señor JOSE ABELINO CRUZ LANDAVERDE y elsegundo a GILBERTO HENRIQUEZ.

Lo que se avisa al público para efectos de ley.Chalatenango, once de febrero del dos mil tres.

Lic. CARLOS ANTONIO TORRES,NOTARIO.

3 v. alt. No. 4678-1

Certificación de Acta de Junta General Extraordinaria.

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad “Alpha Ingenieros, S.A. de C.V.”,

CERTIFICA: que en Acta Nº 2 de 12 horas del día 31 de diciembrede 2002, por unanimidad de votos se acordó: aumentar el Capital Fijo dela Sociedad por emisión de nuevas acciones en $9,257.14, con lo cual elnuevo capital fijo de la Sociedad será de: $11,542.86.

San Salvador, tres de enero de dos mil tres.

YANETT DEL CARMEN POSADA DE CONTRERAS,

SECRETARIA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

3 v. alt. No. 5376-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad “PARQUE JARDIN LAS ROSAS DESAN SALVADOR, S.A. DE C.V.”, del domicilio de la ciudad deAntiguo Cuscatlán, convoca a sus Accionistas para que concurran a laJUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, en primeraconvocatoria, que se celebrará a las OCHO HORAS del día 24 de marzodel año dos mil tres, en nuestras instalaciones ubicadas en Final Boule-vard Orden de Malta Sur, Urbanización Santa Elena, Antiguo Cuscatlán,La Libertad según lo acordado por la Junta Directiva de la Sociedad, ensesión celebrada el día 03 del presente mes y año.

AGENDA A TRATAR.

1. Establecimiento y Verificación del Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3. Presentación y Aprobación de la memoria de labores de laJunta Directiva.

4. Presentación y Aprobación de los Estados Financieros delEjercicio 2002.

5. Informes del Auditor Externo del ejercicio del 1º de enero al31 de diciembre de 2002.

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio 2002.

7. Nombramiento del Auditor Externo, propietario y Suplente;y Fijación de sus Emolumentos.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal, Propietario y Suplente; yFijación de sus Emolumentos.

9. Elección de Junta Directiva.

10. Autorización a la Administración de la Sociedad, referente alArt. 275 Ord. IV del Código de Comercio.

El quórum necesario para que la Junta General Ordinaria seconsidere legalmente constituida, en la primera fecha de la convocatoria,será de la mitad más una de las acciones y las resoluciones serán válidascuando se tomen por la mayoría de los votos presentes.

En caso de no haber quórum, se convoca por segunda vez, para eldía 25 de marzo del presente año, a la misma hora y el mismo lugar.

La Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituidaen la segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de Accionespresentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por la mayoríade los votos presentes.

San Salvador, 03 de marzo de 2003.

MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 5406-1

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad “SERVIDEL, S.A. DE C.V.”,convoca a los Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINA-RIA DE ACCIONISTAS, a las nueve horas con treinta minutos del díaveinticuatro de marzo de dos mil tres, en las oficinas de la Sociedad,situadas en 4a. Calle Oriente entre 9a. Y 11a. Avenida Norte No 25, SantaAna, para conocer y resolver sobre los asuntos siguientes:

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

1ro.) Confirmación de Quórum y Lista de Accionistas.

2do.) Lectura del Acta Anterior.

3ro.) Lectura y Aprobación de memoria de Junta Directiva.

4to.) Informe del Auditor.

5to.) Aprobación de los Estados Financieros del Ejercicio 2002.

6to.) Nombramiento del Auditor y sus emolumentos.

7mo.) Aplicación de Resultados.

8vo.) Cualquier asunto que de acuerdo a la ley se pueda conocer yresolver en esta Junta General Ordinaria de Accionistas.

Para celebrar esta Junta General Ordinaria debe estar presente orepresentada, por lo menos la mitad más una de las Acciones quecomponen el Capital Social, o sea, ochocientas treinta y tres (833)Acciones. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresados,se cita por segunda vez, para las diez horas del día veinticinco de marzodel mismo año, siempre en las oficinas de la Sociedad. En este caso secelebrará la Junta General Ordinaria de Accionistas con cualquiera quesea el número de Acciones presentes o representadas.

Santa Ana, 26 de febrero de 2003

ALFREDO DE JESUS MARTEL,

Director Secretario.

3 v. alt. No. 4932-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de ARGUETA, S.A. DE C.V. convoca a losseñores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistasque se llevará a cabo a las doce y treinta horas del día veinticinco marzodel corriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetrocuatro de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda;

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Nombramiento y Emolumentos del Auditor.

VI. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 26 de febrero del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4964-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de ARRENDAMIENTO Y SERVICIOS, S. A.convoca a los señores accionistas para celebrar Junta General Ordinariade Accionistas que se llevará a cabo a las nueve y treinta horas del díaveinticinco de marzo del corriente año, en las oficinas de la sociedad,situadas en el Kilómetro cuatro de la Alameda Dr. Manuel EnriqueAraujo, de esta ciudad conforme la siguiente agenda:

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delcódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 14 de febrero del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4970-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de CANAL DOS, S.A. DE C.V. convoca a losseñores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistasque se llevará a cabo a las once horas del día veinticinco de marzo delcorriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetrocuatro de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda:

Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002 y Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor Externo y Audi-tor Fiscal.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delCódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

San Salvador, 26 de febrero del 2003

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4968-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de CIRCUITO Y.S.R., S.A. convoca a losseñores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistasque se llevará a cabo a las diez horas del día veinticinco de marzo delcorriente año, en las oficinas de la sociedad, situadas en el Kilómetrocuatro de la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, de esta ciudadconforme la siguiente agenda:

Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002 y Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delcódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 26 de febrero del 2003

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4967-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

La Junta directiva de ALQUILERES E INVERSIONES, S.A. deC.V. convoca a los señores accionistas para celebrar Junta GeneralOrdinaria de Accionistas que se llevará a cabo a las doce horas del díaveinticinco de marzo del corriente año, en las oficinas de la sociedad,situadas en el kilómetro cuatro de la Alameda Dr. Manuel EnriqueAraujo, de esta ciudad conforme la siguiente agenda:

I. Lectura y discusión del Acta de la sesión anterior.

II. Memoria del ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciem-bre del 2002.

III. Balance al 31 de diciembre del 2002, Estado de Pérdidas yGanancias a la misma fecha y el informe del Auditor.

IV. Aplicación de Utilidades.

V. Elección de Directores.

VI. Nombramiento y Emolumentos del Auditor Externo y Audi-tor Fiscal.

VII. Autorización requerida por el artículo 275 numeral IV, delcódigo de Comercio.

VIII. Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a laLey o al Pacto Social.

Para que la Junta pueda instalarse y conocer de los asuntosexpresados deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitadmás una de las acciones. Caso de que no hubiere quórum en la hora yfecha expresada, se convoca por segunda vez a la misma hora del díasiguiente en el mismo lugar y se celebrará la Junta cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 26 de febrero del 2003.

Lic. CARLOS FRANCISCO AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4965-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de Chalatenango,Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,en cumplimiento a los Artículos 224, 228, 229 Y 230 del Código deComercio vigente, y de acuerdo a la atribución que le confiere el Artículo15 y 17 de su Escritura de Constitución, CONVOCA a los Representan-tes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas a partir de las diez horas del día veintitrésde marzo del año 2003, en el Auditorium de la Caja, en PRIMERACONVOCATORIA; en caso de no integrarse el quórum legal correspon-diente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día treintadel mismo mes y año, a la hora y en el local antes anotados.

Dicha Junta General Extraordinaria se constituirá con las formali-dades que establece la Escritura de Constitución ya citada y el Código deComercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene laAgenda.

AGENDA

1. Integración del quórum.

2. Modificación del Pacto Social, específicamente en el incre-mento del Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integraráconforme a los artículos 242 y 243 del Código de Comercio vigente.

Chalatenango a veintisiete días del mes de febrero del año dos miltres.

PEDRO SALES LANDAVERDE,PRESIDENTE.

JOSE FAUSTINO MENJIVAR,SECRETARIO.

JOSE FRANCISCO LOPEZ Z.,TESORERO.

3 v. alt. No. 4995-1

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 192 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del domicilio de esta ciudad, que gira bajo ladenominación INVERSIONES MONTELIMAR, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia "MONTELIMAR,S.A. DE C.V.",

HACE SABER: que según escritura pública de Protocolización deJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedadmencionada, celebrada por la Junta General ordinaria y extraordinariade Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad, de las ocho horastreinta minutos del día diecisiete del presente mes y año, por unanimidadde votos, de acciones que comprenden el Capital Social, en puntos decarácter Extraordinario, se acordó en el ordinal segundo: Aumentar elCapital Social Mínimo de VEINTE MIL COLONES a CIEN MILCOLONES, de acuerdo a lo que establece el Artículo ciento noventa ydos Romano I del Código de Comercio, por compensación de créditosque se tiene a cargo de la Sociedad y a favor de los Accionistas, se lesdesignarán las acciones correspondientes, todo previa publicaciones deLey.

San Salvador, 17 de febrero de 2003.

MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE.

PRESIDENTE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

INVERSIONES MONTELIMAR, SA. DE C.V.

3 v. alt. Nº. 5264-1

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo la denominaciónMARITERE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,que se abrevia MARITERE, S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudadde las diez horas del día treinta de septiembre del dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en un cien porciento, se tomo la siguiente resolución: PUNTO UNO. Se acuerda porunanimidad de los presentes, aumentar el Capital Social Fijo, para darlecumplimiento a lo establecido al artículo 192 Romano I del Código deComercio, toda previa publicación de Ley, el aumento se hará enOCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTOCUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES ESTADOUNIDENCES, au-mento que se hará trasladando del Capital Variable dicha cantidad, paraque con el aumento quede un Capital Social Mínimo de CIEN MILCOLONES o su equivalente de ONCE MIL CUATROCIENTOSVEINTIOCHO 57/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES.

Usulután, 28 de febrero de 2003.

SANDRA MARICELA ALVAREZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5262-1

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo ladenominación CORPORACION PRIMAVERA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CORVERA , S.A. DEC.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad,de las diecinueve horas del día treinta de septiembre del año dos mil dos,por unanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden elCapital Social, las cuales estuvieron presentes y representadas en dichasesión en un cien por ciento, se tomó la siguiente resolución entre otros:PUNTO TRES. Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentarel Capital Social Fijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo1566 Romano I del Código de Comercio, toda previa publicación de Ley,el aumento se hará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes aNUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ES-TADOUNIDENSES, aumento que se hará en un 100% por aportes delos Accionistas, para que con el aumento quede un Capital SocialMínimo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares Estado-unidenses.

San Miguel, 24 de febrero de 2003.

RAUL M. RODRIGUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5257-1

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo la denominaciónVASQUEZ PORTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, que se abrevia VASPORT, S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudadde las catorce horas del día treinta y uno de julio del dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesiónen un cien por ciento, se tomo la siguiente resolución: PUNTO UNO. Seacuerda por unanimidad de los presentes, aumentar el Capital Social Fijo,para darle cumplimiento a lo establecido al artículo 192 Romano I delCódigo de Comercio, toda previa publicación de Ley, el aumento se haráen OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTOCUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES, au-mento que se hará por la capitalización de utilidades acumuladas,equivalentes a ¢80,000.00 para que con el aumento quede un CapitalSocial Mínimo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en ONCEMIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ESTA-DOUNIDENSES.

San Miguel, 28 de febrero de 2003.

NELSON BALMORY VASQUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5261-1

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 Romano I del Código de

Comercio, la Sociedad del Domicilo de esta ciudad, que gira bajo la

denominación HERMANOS RODRIGUEZ ANGULO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia RODANH,

S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la Junta

General extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad,

de las dieciocho horas del día diez de junio del año dos mil dos, por

unanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el Capital

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Social, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesión enun cien por ciento, se tomó la siguiente resolución entre otros: PUNTOTRES. Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentar el CapitalSocial Fijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo 1566Romano I del Código de Comercio, toda previa publicación de Ley, elaumento se hará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUE-VE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ESTADO-UNIDENSES, aumento que se hará en un 100% por aportes de losAccionistas, para que con el aumento quede un Capital Social Mínimo deCIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares Estadounidenses.

San Miguel, 24 de febrero de 2003.

RAUL M. RODRIGUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5260-1

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 Romano I del Código deComercio, la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo ladenominación DON BETO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que se abrevia DON BETO , S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudad,de las diecisiete horas del día diez de junio del año dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesiónen un cien por ciento, se tomó la siguiente resolución entre otros:PUNTO TRES. Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentarel Capital Social Fijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo1566 Romano I del Código de Comercio, toda previa publicación de Ley,el aumento se hará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes aNUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ES-TADOUNIDENSES, aumento que se hará en un 100% por aportes delos Accionistas, para que con el aumento quede un Capital SocialMínimo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares Estado-unidenses.

San Miguel, 24 de febrero de 2003.

RAUL M. RODRIGUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5259-1

AVISO

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,la Sociedad del Domicilio de esta ciudad, que gira bajo la denominaciónCOMPUTADORAS Y SUPPLIES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE, que se abrevia COMPUTADORAS Y SUPPLIES,S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que en sesión legalmente celebrada por la JuntaGeneral extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad, en esta ciudadde las ocho horas del día treinta y uno de octubre del dos mil dos, porunanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden el CapitalSocial, las cuales estuvieron presentes y representadas en dicha sesiónen un ciento por ciento, se tomo la siguiente resolución: PUNTO TRES.Se acuerda por unanimidad de los presentes, aumentar el Capital SocialFijo, para darle cumplimiento a lo establecido al artículo 192 Romano Idel Código de Comercio, toda previa publicación de Ley, el aumento sehará en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL

CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES,aumento que se hará a través de nuevas aportaciones de los Accionistas,para que el aumento quede un Capital Social Mínimo de CIEN MILCOLONES o su equivalente en ONCE MIL CUATROCIENTOSVEINTIOCHO 57/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES.

San Salvador, 28 de febrero de 2003.

Lic. JOSE ANTONIO PARADA BARRERA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 5306-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Cooperativa de Joyeros y Relojeros de ElSalvador, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capi-tal Variable, en cumplimiento a los artículos 223,224 y 228 del Códigode Comercio vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución,convoca a los representantes de Acciones y demás socios de la misma,para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará apartir de las nueve horas del día veintitrés de marzo de dos mil tres, en ellocal de la Cooperativa de Joyeros, en primera convocatoria. En caso deno integrarse el quórum legal correspondiente, se hace segunda convo-catoria para el día treinta de marzo de dos mil tres, a la hora y local antesseñalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece elPacto Social de la Cooperativa y el Código de Comercio vigente, paraconocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente.

AGENDA

1- Reposición de los representantes de acciones que faltaren porlas causas que expresa el Art. 20,21 Y 22 de la Escritura deConstitución de la Cooperativa

2- Integración del quórum

3- Elección de Junta Directiva

4- Reposición de los representantes de acciones que resultarenelectos como miembros de Junta Directiva

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de confor-midad al artículo 16 del Pacto Social de la Cooperativa.

San Salvador, veintisiete de febrero de dos mil tres.

CARLOS ALIRIO CORTEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

RAMOS SALGADO ZAVALA,

DIRECTOR TESORERO.

GUILLERMO ERNESTO AYALA,

DIRECTOR SECRETARIO SUPLENTE.

3 v. alt. Nº. 5201-1

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CARLOS EDGARDO SALGADO HERRARTE, Notario, de este do-micilio, con oficina ubicada en Ochenta y Siete Avenida Norte, númerotrescientos veinticinco, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas del día cinco de febrero de dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestadaque a su defunción ocurrida el día uno de agosto de dos mil dos, dejó elseñor LUIS ALONSO MONTOYA CONTRERAS, de parte de la señoraROSA ISABEL MONTOYA DE RODRIGUEZ, en su calidad personal,habiéndosele conferido la administración y representación de la suce-sión, con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente.En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, especialmente a los hermanos de lasolicitante e hijos del causante señores ERNESTO ALFREDO, ANALUCIA, LUIS ANTONIO, ARMANDO HERMOGENES y FRANCIS-CO MANUEL, todos de apellidos MONTOYA CASTILLO, no obstantede que se les citará personalmente, para que se presenten a la referidaoficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a laúltima publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario CARLOS EDGARDO SALGADOHERRARTE. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del díacinco de febrero de dos mil tres.

CARLOS EDGARDO SALGADO HERRARTE,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº 3949-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las quincehoras con veinte minutos del día diecisiete de enero del corriente año; setuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada que al fallecer a las once horas y cuarenta y cinco minutos deldía seis de mayo de dos mil, en el Cantón Huertas Viejas, de lajurisdicción de Anamorós, siendo dicho lugar su último domicilio, dejarael causante ESTEBAN FLORES, a la heredera CARMEN BENITEZVIUDA DE FLORES, en concepto de cónyuge sobreviviente del expre-sado causante, de conformidad al Art. 988 Nº 1º del Código Civil. Se leconfirió a la aceptante en el concepto dicho la administración y represen-tación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a losveintitrés días del mes de enero de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCIONMARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3855-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las doce horasy siete minutos del día trece de enero del corriente año, se tuvo poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada

que al fallecer a las veintidós horas del día cinco de abril de milnovecientos noventa y tres, siendo su último domicilio la Población deEl Sauce, dejara la señora LEANDRA CANALES, al heredero ANGELMARIA CANALES, en concepto de hijo de la causante, de conformidada lo establecido en el Art. 988 Nº 1º del Código Civil. Se le confirió alaceptante en tal carácter la administración y representación interina delos bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones delos curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las oncehoras del día veintisiete de enero del dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEP-CION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 3852-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las once horasy treinta minutos del día catorce de enero del corriente año, se tuvo poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestadaque al fallecer a las diecinueve horas y cincuenta y cinco minutos del díanueve de septiembre del año dos mil dos; en la Colonia Nueva de laJurisdicción de Anamorós, siendo su último domicilio la Población deAnamorós, dejara el señor ALFONSO MELENDEZ MEDRANO, co-nocido por ALFONSO MELENDEZ, a la heredera MAURICIA ALVA-REZ DE MELENDEZ, conocida por MAURICIA ALVAREZ, enconcepto de cónyuge del causante, de conformidad a lo establecido en elArt. 988 Nº 1º del Código Civil. Se le confirió a la aceptante en tal carácterla administración y representación interina de los bienes de la indicadasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las nuevehoras y cuarenta minutos del día veintisiete de enero del dos mil tres.- Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 3848-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las oncehoras y cuarenta y cinco minutos del día catorce de enero del corrienteaño, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que al fallecer a las veintidós horas y treinta minutosdel día cinco de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en laClínica San Francisco, de la ciudad de San Miguel, siendo el Cantón LasCañas de esta jurisdicción, su último domicilio, dejara el señor FRAN-CISCO MELENDEZ, a la heredera FELIX MARIA REYES VIUDADE MELENDEZ, en concepto de cónyuge del causante, de conformidadcon lo establecido en el Art. 988 Nº 1º del Código Civil. Se le confirió ala aceptante en tal carácter la administración y representación interina delos bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones delos curadores de la herencia yacente.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las diezhoras del día veintisiete de enero del dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEP-CION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 3845-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las once horasy diez minutos del día veinte de enero de dos mil tres, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que alfallecer a las diecinueve horas del día diecinueve de enero de dos mil dos,siendo el Cantón Agua Blanca, jurisdicción de Anamorós, su últimodomicilio dejó el causante JOSE TIBURCIO FUENTES, de parte delseñor MATIAS FUENTES FUENTES, conocido por MATIAS FUEN-TES, en calidad de hijo del causante antes referido, de conformidad conel Artículo 988 Numeral 1º del Código Civil. Se le confiere al aceptanteen el carácter dicho la administración y representación INTERINA de losbienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones losedictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a losveintisiete días del mes de enero de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINOALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEP-CION MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3853-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las catorcehoras con veinte minutos del día veinte de diciembre del año reciénpasado, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventariode la herencia intestada que al fallecer a las dos horas del día veintiunode septiembre de dos mil dos, en el Hospital San Juan de Dios, de laciudad de San Miguel, siendo el lugar de su último domicilio, el de estaciudad, dejara la causante LEANDRA CLAROS SANCHEZ, conocidapor LEANDRA CLAROS y por MARIA LEANDRA CLAROS, a losherederos NOE ROGER CLAROS JOYA y WILL GERBER CLAROSJOYA, en concepto de hijos de la expresada causante, de conformidadcon el Art. 988 Nº 1º del Código Civil; Se les confirió a los aceptantes enel carácter dicho la administración y representación interina de los bienesde la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-res de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las quincehoras con diez minutos del día quince de enero de dos mil tres.- Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARI-NA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 3859-2

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día sietede febrero del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elmenor JOSE ERNESTO GARCIA CRUZ, quien falleció a las doce horasaproximadamente, del día veinte de marzo del año dos mil, en laCarretera Panamericana, Kilómetro ciento cincuenta y nueve de SanAntonio Silva, siendo dicho Cantón su último domicilio; de parte delseñor JOSE CALIXTO GARCIA, de sesenta y un años de edad, Agricul-tor en Pequeño, del domicilio de San Antonio Silva, en concepto de padredel causante. Y se le ha conferido al heredero declarado en el carácterantes, la administración y representación interina de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diezhoras con catorce minutos del día siete de febrero del dos mil tres.- Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-RIA.

3 v. alt. Nº 3862-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasdiez horas del día treinta y uno de enero de dos mil tres; se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestadaque dejó el señor JUAN DIEGO FIGUEROA, conocido por JUANVASQUEZ FIGUEROA y por JUAN VASQUEZ, quien fue de setentay cuatro años de edad, casado, Comerciante, fallecido el día veintiséis denoviembre del dos mil dos, en el Hospital de esta ciudad, siendo Metapánsu último domicilio; por parte de la señora ANA MARGARITAFIGUEROA DELGADO, conocida por ANA MARGARITA CORO-NADO FIGUEROA y por ANA DELGADO CORONADO, en calidadde hija del referido causante y en consecuencia se le confiereINTERINAMENTE la administración y representación de la sucesióncon las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas concuarenta minutos del día diez de febrero del dos mil tres.- Lic. JOSEHERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. EDGARGUILLERMO MOLINA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. Nº 3896-2

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, Juez de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución dictada por este Tribunal a lascatorce horas veinte minutos del día de ayer diez de febrero del corrienteaño, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario de la herencia intestada que al fallecer dejó el señor VIRGILIORIVERA, ocurrida a las siete horas del día dieciocho de noviembre de milnovecientos setenta y ocho, en el Hospital Militar de la ciudad de SanSalvador, siendo su último domicilio la población de San Rafael,Departamento de Chalatenango, a la señora MARIA TERESA ORE-LLANA VIUDA DE NUÑEZ, conocida por MARIA TERESA ORE-LLANA DE NUÑEZ y por MARIA TERESA ORELLANA, en concep-to de cesionaria de los derechos hereditarios que en la misma sucesióncorrespondían a los señores MIGUEL ANTONIO RIVERA, conocidopor MIGUEL ANTONIO RIVERA NAVAS y por MIGUEL ANGELRIVERA, JOSE ELIAS RIVERA NAVAS y JULIA DEL CARMENRIVERA, conocida por JULIA DEL CARMEN RIVERA, como hijosdel causante en mención; también se les confirió a la heredera declaraday en el concepto antes dicho la administración y representación interinade la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Dulce Nombre deMaría, a los once días del mes de febrero del año dos mil tres. - Lic.ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA. - OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3944-2

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas del día seisde los corrientes, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventariola herencia intestada que a su defunción dejó el señor Nicolás Fernández,quien falleció el día veintiocho de abril de mil novecientos diecinueve,en el Barrio Mercedes de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, departe del señor Juan Benjamín Polanco Fernández, por derecho detransmisión de su madre señora Concepción Fernández de Polanco, éstacomo hija del causante, Art. 958 inc. 2o. C.; habiéndosele conferido laadministración y representación interina de la sucesión, con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edictoen el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a loscatorce días del mes de febrero del año dos mil tres. - Lic. MARGARITADE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. - Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3910-2

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado estemismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudadde San Salvador, siendo Coatepeque de este Departamento, el lugar desu último domicilio, el día doce de julio de dos mil uno, dejó EUGENIO

VASQUEZ, de parte de los menores MERCEDES GUADALUPE,JOSE FRANCISCO y MARCOS TULIO, los tres de apellidos VAS-QUEZ ALVARADO, CONFIRIENDOSELES INTERINAMENTE laadministración y representación de la sucesión expresada con las facul-tades y restricciones de ley, la cual deberán ejercer por medio de su madrey representante legal señora DORA ALICIA ALVARADO GALDA-MEZ.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las doce horas del día siete de enero de dos mil tres. - Lic.SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL. - BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 3913-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que por resolución pronunciada de las diez horasdel día siete de enero de dos mil tres. Se ha tenido por aceptada y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción defirióla causante SARA LOPEZ RAMIREZ, quien fue conocida por SARALOPEZ, quien falleció en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a lastrece horas con treinta minutos del trece de junio de mil novecientosochenta y seis; de parte de los señores ISRAEL SANCHEZ LOPEZ yMARIA MARTA LOPEZ, en calidad de hijos de la causante.

Confiérase a los aceptantes la administración y representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales. YCITA: a los que se creen con mejor derecho en la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras del día quince de enero de dos mil tres. - Dr. DARIO VILLALTABALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. - Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3834-2

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las nuevehoras y cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada,expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, quedejó al fallecer la señora MARINA DEL CARMEN MORALES, el díacinco de agosto del dos mil, en el Cantón El Nisperal, Jurisdicción deSanta Elena, habiendo sido ese su último domicilio de parte de JOSEFRANCISCO MEDRANO MORALES, en calidad de hijo de la causan-te; confiriéndosele la administración y representación interina de lasucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince díasdespués de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los sietedías del mes de febrero del dos mil tres. - Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,JUEZ DE LO CIVIL. - Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNAN-DEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3798-2

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia delDistrito Judicial de San Sebastián, AL PUBLICO, para los efectos deLey,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las nuevehoras del día veintitrés de enero del corriente año se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó la señora ALBELINA CASTILLO, fallecida el díaprimero de agosto de mil novecientos cuarenta y tres, en San EstebanCatarina, Departamento de San Vicente, su último domicilió de parte delos señores MARIA GUILLERMINA ROSALES y FREDISABELARDO ROSALES PALACIOS en calidad de cesionarios delderecho hereditario que le corresponde a CIPRIANA GERTRUDIS DEDOLORES SANCHEZ en calidad de hija de la causante. Confiriéndo-sele a la aceptante la administración y representación interina de lasucesión.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,a las nueve horas y quince minutos del día veintitrés de enero del dos miltres. - Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. - Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. 3797-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasquince horas del día veinte de enero del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada dejada a su defunción por el causante CARLOS FUENTES cono-cido por CARLOS FUENTES PINEDA, ocurrida en el Hospital MédicoQuirúrgico del Seguro Social, en San Salvador, el día nueve de octubrede dos mil, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, de partede las señoras Rosa Amelia Viera de Fuentes y Elsy Elizabeth FuentesViera, en calidad de cónyuge sobreviviente y de hija del causante; y seha conferido a las aceptantes, la administración y representación interi-nas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las diezhoras treinta minutos del día cuatro de febrero de dos mil tres. - Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3792-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasnueve horas del día diecisiete de enero del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada dejada a su defunción por la causante, señora MARTA NAVARROANGEL DE CALDERON, ocurrida el quince de enero de dos mil uno,en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la señorita KatyaRocío Calderón Navarro y de los menores Fausto Alejandro CalderónNavarro y Annabella Calderón Navarro, en calidad de hijos de lacausante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y represen-tación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente, los menores antes referidos deberánejercerlas por medio de su tutora Francy Tatiana Navarro Angel.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a lasquince horas del día veinticuatro de enero de dos mil tres. Lic. YOALMOANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZA-BETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3937-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ , JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley que en Juicio CivilEjecutivo, acumulado el primero, clasificado bajo el Número 09-EC-02,proveniente del Juzgado Tercero de lo Civil, promovido por el LICEN-CIADO RICARDO ERNESTO RODRIGUEZ SIGUENZA como Apo-derado de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESARRO-LLO ECONOMICO Y SOCIAL, que se abrevia FUSADES, contra losseñores MARIO EDUARDO MOISA MONTANO y MARGARITAELIZABETH MONTANO DE MOISA conocida por MARGOTH DEMOISA, queda acumulado en el Juicio Ejecutivo, clasificado con elnúmero de referencia 462-EC-01, promovido por el LICENCIADORICARDO ERNESTO RODRIGUEZ SIGUENZA, Apoderado de laFUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESARROLLO ECO-NOMICO Y SOCIAL contra la señora MARGARITA ELIZABETHMONTANO DE MOISA conocida por MARGOTH DE MOISA, que seabrevia FUSADES, se venderá en pública subasta en este mismo Juzga-do, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bieninmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano y construc-ciones que contiene marcado en el plano respectivo con el Número Uno,de la Parcelación Residencial Jardines de San Francisco, situado enJurisdicción de la Ciudad de San Salvador, desmembrado que fue del lotenúmero doce del Block L, de la Urbanización Lomas de San Francisco,lote que se localiza así: “Partiendo de la intercepción de los ejes de laCalle Circunvalación y Pasaje Número uno y que tiene un estaciona-miento de cero más novecientos setenta y seis punto noventa y cinco, semide con rumbo Sur cincuenta y tres grados treinta minutos con cerodécimos de minuto Oeste una distancia de setenta y ocho metros cerocentímetros, se llega a un punto sobre el eje del pasaje número uno y quetiene un estacionamiento de cero más cero setenta y ocho punto cero,desde aquí con deflexión derecha de noventa grados se mide con rumboNorte, treinta y seis grados treinta minutos cero décimas de minutosOeste una distancia de ocho metros cero centímetros. Se llega al mojónSur-este, del lote que se describe, el cual tiene las siguientes medidas ylinderos: AL SUR: línea recta de veintiún metros cero centímetros yrumbo Norte, treinta y seis grados treinta minutos cero décimas deminuto Este, linda por este rumbo con lote número trece de la misma sub-parcelación, AL PONIENTE: línea recta de diez metros cincuentacentímetros y rumbo Norte cincuenta y tres grados treinta minutos cerodécimas de minuto Este, linda por este rumbo con lote número doce dela misma sup-parcelación, AL NORTE: línea recta de veintiún metroscero centímetros y rumbo Sur, treinta y seis grados treinta minutos cerodécimas de minuto Este, linda por este rumbo con lote número dos de lamisma sub-parcelación y AL ORIENTE: línea recta de diez metroscincuenta centímetros y rumbo Sur, cincuenta y tres grados treintaminutos cero décimas de minutos Oeste, linda por este rumbo con lotenúmero tres del block M, de la Urbanización Lomas de San Francisco,propiedad de Sol Millet e Hijos S.A. de C.V., pasaje número uno de pormedio. El lote así descrito tiene un área de DOSCIENTOS VEINTEMETROS CUADRADOS CINCUENTA DECIMETROS CUADRA-DOS, equivalentes a TRESCIENTAS QUINCE VARAS CUADRA-DAS CON CUARENTA Y NUEVE CENTESIMOS DE VARA CUA-DRADA. Inmueble inscrito a favor de la demandada bajo el Sistema deFolio Real Matrícula Número CERO UNO- UNO UNO TRES CEROSIETE CERO- CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad de esteDepartamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a quince horas con diez minutos del día diecisiete de enerodel dos mil tres. - Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDESCACERES DE ALAS, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. 3988-2

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada ANA MARIA CACERES SEOANE, Apoderada delBANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA; contra el señorREYNALDO CRUZ conocido por REINALDO CRUZ, se venderá enPública Subasta en fecha y hora que será señalada posteriormente, elInmueble que a continuación se describe: ““UN TERRENO de natura-leza rústica, situado en el lugar denominado Las Barrancas, CaseríoSalalagua, Cantón El Piche, en jurisdicción de la Villa de El Carmen,Distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad de DiecisieteHectáreas Sesenta y Una Areas Cuarenta y Cuatro Decímetros Cuarentay Cuatro Centímetros Noventa Milímetros Cuadrados, con los linderosespeciales siguientes: AL NORTE: con terreno de JOSEFINA COLIN-DRES antes, hoy de CONCEPCION FLORES, cerco de alambre de pormedio del colindante; AL SUR: con la misma JOSEFINA COLINDRES,cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE: con terreno de EUGENIOFUENTES AYALA, cerco de alambre de por medio, del colindante; yAL PONIENTE: con terreno de ROBERTO AYALA y con porciónvendida a la Iglesia Evangélica Nueva Jerusalén, cerco de alambre de pormedio del terreno. Inscrito a favor del señor REYNALDO CRUZconocido por REINALDO CRUZ bajo el Número OCHENTA Y SEISdel Libro QUINIENTOS TREINTA de Propiedad del Registro de laPropiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departa-mento de La Unión.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las catorce horas del día veintiocho de enero del añodos mil tres. Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO,JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Lic. TERESADE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3983-2

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada ANA MARIA CACERES SEOANE, ApoderadaGeneral Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA,contra la señora DINA ELIZABETH BERRIOS DE RIVAS y el señorREYES ALONSO RIVAS, conocido por REYES ALONSO RIVASPORTILLO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmue-ble de naturaleza urbana antes en proceso de construcción, ahora cons-truido, situado según antecedente en el Cantón Chupaderos hoy Lotifi-cación El Trébol, de la jurisdicción de la ciudad y Departamento de SantaAna, que se identifica en el plano respectivo como LOTE NUMEROVEINTIDOS, POLIGONO “B” DE LA URBANIZACION COMPLE-JO HABITACIONAL CAMPO BELLO I ETAPA, cuya descripción es

la siguiente: partiendo de la intersección formada por la Sexta AvenidaSur y Pasaje Los Olmos y midiendo sobre el eje de este último, con rumboNorte cincuenta y cuatro grados treinta y seis punto cuatro minutos Oesteuna distancia de setenta y un metros, y luego haciendo una deflexiónnegativa de noventa grados y distancia de dos metros, se llega alesquinero Nororiente, punto en el cual inicia la presente descripción:LINDERO ORIENTE, un tramo recto con rumbo Sur de treinta y cincogrados doce minutos Oeste y distancia de quince punto treinta y cincometros; LINDERO SUR, un tramo recto con rumbo Norte de cincuentay cuatro grados treinta y seis punto cuatro minutos Oeste y distancia decinco punto cincuenta metros; LINDERO PONIENTE, un tramo rectocon rumbo Norte de treinta y cinco grados doce minutos Este y distanciade quince punto treinta y cinco metros; LINDERO NORTE, un tramorecto con rumbo Sur de cincuenta y cuatro grados treinta y seis puntocuatro minutos Este y distancia de cinco punto cincuenta metros; elterreno antes descrito tiene un área de OCHENTA Y CUATRO PUNTOCUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes a CIEN-TO VEINTE PUNTO SETENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS,inscrito a favor de los señores REYES ALONSO RIVAS conocido porREYES ALONSO RIVAS PORTILLO y DINA ELIZABETH BE-RRIOS DE RIVAS, en proindivisión y por partes iguales correspondien-te al cincuenta por ciento a cada uno, bajo el Sistema de Folio RealComputarizado número M CERO TRES CERO CERO SEIS CINCOSEIS CUATRO. Asiento Número CERO CERO DOS, del RegistroSocial de Inmuebles del Departamento de Santa Ana.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas once horas del día diez de febrero de dos mil tres. Lic. JOSEGUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO MER-CANTIL SUPLENTE. Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORE-LLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3982-2

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO AMERICANO SOCIE-DAD ANONIMA que se abrevia BANCO AMERICANO, S.A. antesUNIBANCO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contralos señores LUIS MANUEL BARRIENTOS UMANZOR, GERARDOERNESTO BARRIENTOS UMANZOR y RICARDO ANTONIOHERNANDEZ, reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley,se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que oportuna-mente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: ““Lote deterreno rústico hoy urbanizado, el cual forma parte de la UrbanizaciónIsla del Arco, situado en jurisdicción de Jucuarán, departamento deUsulután, marcado como lote número NUEVE del block “B” de lasmedidas y linderos siguientes: AL NORTE, treinta y dos punto cero seismetros; AL ORIENTE, once metros; AL SUR, treinta y dos punto ceroseis metros, y AL PONIENTE, once metros. Tiene un área de TRES-CIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y DOS ME-TROS CUADRADOS equivalentes a QUINIENTOS CUATRO PUN-

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

TO SESENTA Y TRES VARAS CUADRADAS. El inmueble anterior-mente descrito es propiedad del señor LUIS MANUEL BARRIENTOSUMANZOR por estar inscrita a su favor al número de matricula MCERO CUATRO CERO CINCO CERO CUATRO OCHO SEIS ins-cripción DOS del Registro Social de Inmuebles del departamento de SanMiguel.

Librado en el JUZGADO PRlMERO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las catorce horas con veinte minutos del día trece de enero deldos mil tres. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETI-NO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3960-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovidopor el Abogado JOSE EDGARDO SALINAS como Apoderado delFONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en contra de la señora ENAROXANA GOMEZ DE ALVARADO, reclamándole cumplimiento deobligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta eneste Tribunal el inmueble siguiente: ““Un lote de terreno urbano yconstrucciones que contiene, marcado en el plano respectivo con elnúmero dos-veinticinco del Edificio Tres, de una extensión superficial deTREINTA Y DOS PUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRA-DOS, área cúbica de ochenta y ocho punto cero siete metros cúbicos,dicho apartamento forma parte del Condominio Flor de María, situado enAvenida Principal de la Colonia de Miraflores, de esta Jurisdicción,cuyas medidas y linderos son los siguientes: partiendo de la intersecciónde los ejes que forman la calle principal y avenida principal, se mide sobreel eje de este último con rumbo Norte cero cero grados treinta minutoscero cero segundos Oeste y una distancia de treinta y uno punto cincuentametros de longitud llegando al punto en el que con una deflexiónizquierda de noventa grados y midiendo una distancia de treinta y cincopunto quince metros de longitud se llega al punto en el que con unadeflexión derecha de noventa grados y una distancia de trece puntoseiscientos veinticinco metros de longitud, se llega al punto en el que conuna elevación vertical positiva de dos punto ochenta metros de longitudse localiza el vértice Sureste del apartamiento que mide y linda AL SUR:línea recta con rumbo Sur ochenta y cuatro grados cincuenta y seisminutos cero dos segundos Oeste y una distancia de ocho punto cuarentametros, lindando en este tramo como el apartamiento número veinticua-tro pared medianera de por medio. AL PONIENTE: tres tramos rectos:el primero con rumbo Norte cero cinco grados cero tres minutos cincuen-ta y ocho segundos Oeste y una distancia de dos punto cero cinco metros.El segundo con rumbo Sur ochenta y cuatro grados cincuenta y seisminutos cero dos segundos Oeste y una distancia de uno punto treinta ycinco metros y el tercero con rumbo Norte cero cinco grados cero tresminutos cincuenta y ocho segundos Oeste y distancia de dos punto cientoveinticinco metros lindando los dos últimos con vano de ventilación y elprimero con el espacio aéreo del terreno de NOE RODRIGUEZ, ALNORTE: línea recta con rumbo Norte ochenta y cuatro grados cincuentay seis minutos cero dos segundos Este y una distancia de siete punto cerocinco metros, lindando en este tramo con el apartamiento número dos-veintiséis pared medianera de por medio, AL ORIENTE: línea recta conrumbo Sur cero cinco grados cero tres minutos cincuenta y ochosegundos Este y una distancia de cuatro punto ciento setenta y cincometros, lindando en este tramo con el espacio aéreo de la zona verde. El

conjunto volumétrico del apartamiento tiene una altura de DOS PUNTOSETENTA METROS, siendo su volumen de OCHENTA Y OCHOPUNTO CERO SIETE METROS CUBICOS lindando en su parteinferior con apartamiento UNO-DOCE, obra gruesa de CERO PUNTOVEINTICINCO METROS de por medio, y en la parte superior con elespacio aéreo. El área del apartamiento antes descrito es de TREINTA YDOS PUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalen-tes a CUARENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y SIETE VARASCUADRADAS; con un área de construcción de TREINTA Y DOSPUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS.

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de la señoraENA ROXANA GOMEZ DE ALVARADO al Asiento Número CEROCERO DOS de la Matrícula M CERO UNO CERO CINCO OCHOTRES TRES NUEVE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas delRegistro Social de Inmuebles.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras con treinta minutos del día trece de enero del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. 3890-2

MARIA LUZ REGALADO ORELLANA, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO ENGENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada ROSALIA VICTORIA MOLINA PAREDES, Apode-rada General Judicial del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVA-DOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor GUILLERMO ANTO-NIO MARTINEZ ARIAS y MARIA DEL CARMEN OSSA JORDANHOY DE MARTINEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal,un apartamento urbano situado en esta ciudad, en CONDOMINIORESIDENCIAL TEQUENDAMA, EDIFICIO NUMERO DOS, APAR-TAMENTO NUMERO DOS GUION UNO. Este Apartamento tiene unárea de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CUARENTAY SIETE DECIMETROS CUADRADOS, su medida cúbica es dedoscientos veintitrés metros cúbicos sesenta y ocho decímetros cúbicos;la elevación del piso es de seiscientos noventa y tres metros noventa ycinco centímetros, se localiza por las coordenadas geodésicas de suvértice Suroeste latitud Norte doscientos ochenta y ocho mil catorcemetros nueve centímetros y longitud Oeste cuatrocientos setenta y ochomil ciento cincuenta metros veintiséis centímetros, que mide y linda: ALSUR, distancia de once metros ochenta y cinco, centímetros, con rumboSur ochenta y cuatro grados tres punto ocho minutos Este, lindando conedificio número tres, pasillo de entrada y zona verde de por medio y conpropiedad de GUSTAVO PINEDA MORALES zona verde de pormedio. AL ORIENTE, distancia de siete metros cincuenta y cincocentímetros, con rumbo Norte cinco grados cincuenta y seis punto dosminutos Este, lindando con propiedad de la sucesión de LUIS VALLEMANCILLA. AL NORTE, distancia de once metros ochenta y cincocentímetros, con rumbo Norte ochenta y tres grados tres punto ochominutos Oeste, lindando con Edificio número, uno, zona verde de pormedio. Y AL PONIENTE, distancia de siete metros cincuenta y cincocentímetros, con rumbo Sur cinco grados cincuenta y seis punto dosminutos Oeste, lindando con edificio número cinco, pasillo de entrada yzona verde de por medio y con escalera peatonal. Por la parte baja o pisocon el bien raíz del inmueble obra gruesa de por medio y por la parte altao cielo linda con el apartamiento número dos, obra gruesa de por medio.

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

El inmueble anteriormente descrito es propiedad del señor GUILLERMOANTONIO MARTINEZ ARIAS, inscrito a su favor bajo la Matrículanúmero M CERO CINCO CERO CINCO CERO OCHO CINCO CIN-CO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas once horas y diez minutos del día veinticinco de junio de dos mil dos.Licda. MARIA LUZ REGALADO ORELLANA, JUEZ CUARTO DELO MERCANTIL. Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLA-NA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3926-2

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA,Apoderada del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDADANONIMA EN LIQUIDACION; contra MARTA ALICIA LARAAQUINO y JESUS FRANCISCO LARA AQUINO, se venderá enPública Subasta en este Tribunal en fecha y hora que será señaladaposteriormente, el inmueble que a continuación se describe:““ UN LOTEde terreno Urbano ubicado en la Tercera Calle Oriente de la Villa deCuscatancingo, y que forma parte del Condominio Jardines de Cuscatan-cingo, del Bloque “B” Apartamento Número VEINTINUEVE, delPasaje TRES, el cual se describe así: partiendo del punto de intersecciónde los ejes del Pasaje existente al costado Poniente del inmueble generaly de la Tercera Calle Oriente de la población de Cuscatancingo, se midesobre el eje de esta última una distancia de dos puntos treinta metros conrumbo Sur, diecinueve grados quince punto cinco minutos Este, llegandoa un punto en donde se hace una deflexión derecha de cuarenta y nuevegrados y con distancia de treinta y uno punto cero ocho metros y rumboSur veintinueve grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos Oeste, selocaliza un punto al cual llamaremos punto Número UNO de aquí enadelante. El punto Número UNO coincide con el esquinero Norponientedel Apartamento Número SETENTA Y UNO del Condominio. Partien-do del punto Número UNO descrito anteriormente, se miden dos distan-cia así: la primera de treinta y tres punto cincuenta metros y rumbo Surcincuenta y ocho grados cero cuatro punto seis minutos Este y la segundade tres punto cero cero metros y rumbo Sur treinta y un grados cincuentay seis punto cuatro minutos Oeste, localizando así el esquinero Surponientedel terreno del Apartamento. El cual mide y linda: AL PONIENTE: línearecta de rumbo Norte treinta y un grados cincuenta y seis punto cuatrominutos Este y distancia de tres punto cero cero metros, lindando con elapartamento Número CUARENTA Y TRES del mismo Condominio,Pasaje Número DOS de cuatro punto cero cero metros de por medio; ALNORTE: línea recta de rumbo Sur cincuenta y ocho grados cero cuatropunto seis minutos Este, y distancia de ocho punto cincuenta metros,lindando con área de zona verde del mismo Condominio, Pasaje “A” deuno punto veinte metros de por medio; AL ORIENTE: línea recta derumbo Sur treinta y un grados cincuenta y seis punto cuatro minutosOeste y distancia de tres punto cero cero metros, lindando con elapartamento Número QUINCE del mismo Condominio; y AL SUR:línea recta de rumbo Norte cincuenta y ocho grados cero cuatro punto seisminutos Oeste y distancia de ocho punto cincuenta metros, lindando conel apartamento Número TREINTA del mismo Condominio. Llegandoasí al esquinero Surponiente del terreno del apartamento que fue donde

se inició la presente descripción. El terreno tiene una extensión superfi-cial de VEINTICINCO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRA-DOS equivalentes a treinta y seis punto cuarenta y nueve varas cuadra-das. En el terreno así descrito está construido un apartamento de dosplantas, de sistema mixto, con un área construida total de veinticuatropunto setenta y cinco metros cuadrados, una altura promedio de dospunto veinticinco metros y un volumen total de CINCUENTA Y CINCOPUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUBICOS. Todos los aparta-mentos son o han sido propiedad de la Sociedad Obras de Ingeniería yArquitectura, S.A. de C.V. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favorde los ejecutados MARTA ALICIA LARA AQUINO y JESUS FRAN-CISCO LARA AQUINO en proindivisión y por partes iguales, corres-pondiéndoles el cincuenta por ciento del inmueble a cada uno de ellos,inscrito a la matrícula de Folio Real Número CERO UNO-CEROOCHENTA MIL QUINIENTOS DOS-CERO CERO CERO Inscrip-ción DOS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las nueve horas del día cuatro de febrero del año dosmil tres. Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO, JUEZASEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Lic. TERESA DEJESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3844-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en esteTribunal promueve el Licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLO-RES, en calidad de Apoderado General Judicial del BANCO DE CO-MERCIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, contra losseñores SANTIAGO HERMOGENES SOLITO BLANCO conocidopor SANTIAGO HERMOGENES SOLITO y MAGDA GLORIA FLO-RES DE SOLITO conocida por MAGDALENA GLORIA FLORESFAJARDO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha quemás adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localizay describe, ASI:““ Un inmueble de naturaleza rústica situado en el lugarllamado Santa Rita, de la Jurisdicción de Atiquizaya, Departamento deAhuachapán, de una extensión superficial de ciento setenta y cinco milmetros cuadrados, que especialmente mide y linda: AL ORIENTE: en unmil metros con resto de terreno que se reservan las señoras CECILIAMARIA PINEL GALLEGOS y REGINA MELANY PINEL GALLE-GOS DE BOREMAN y parcela adjudicada a FINATA, y servidumbre detránsito de por medio que más adelante se describirá.- AL PONIENTE:en un mil metros con terreno de Don CARLOS ERNESTO AVELAR:AL NORTE: en cien metros con finca de Don ONOFRE DURAN hoysucesión, cerco de alambre y camino en medio y AL SUR: en doscientoscincuenta metros con terreno de Don JOSE ANGEL VELASCO, cercode alambre ajeno y zanja de por medio en el rumbo Poniente, se haceconstar que se constituyó servidumbre de tránsito por todo el rumboOriente que conduce al Cantón Tortuguero hacia el interior de la porcióndescrita.- Inscrita a favor del señor SANTIAGO HERMOGENES SOLI-TO BLANCO conocido por SANTIAGO HERMOGENES SOLITO alnúmero SESENTA Y UNO del Libro OCHOCIENTOS SETENTA YTRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamentode Ahuachapán y trasladado al sistema de Inscripción de Folio RealAutomatizado según Matrícula QUINCE MILLONES CUARENTA YCUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS.

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Se admitirán posturas siento legales. LIBRADO EN EL JUZGA-DO TERCERO DE LO MERCANTIL, San Salvador a las ocho horas ydos minutos del día veintidós de enero del año dos mil tres. Lic. ANAMARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCAN-TIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 3833-2

ACUERDO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE

BANCO AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA.

Para los efectos establecidos en los Artículos Ciento Setenta y Seis yCiento Setenta y Siete del Código de Comercio y el Artículo DoscientosVeintinueve de la Ley de Bancos, se hace del conocimiento Público queen JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS,celebrada en esta ciudad el día veintiséis de febrero del año dos mil tres,se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL en CIENTO CUA-RENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL COLONESequivalentes a DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTAY UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CONCINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA, mediante la emisión de Un Millón Cuatro-cientos Setenta y Ocho Mil nuevas Acciones de un valor nominal deCIEN COLONES cada una, equivalentes a Once punto Cuatro Dos OchoCinco Siete Uno de Dólar de los Estados Unidos de América, para quesumado a su Capital actual de UN MIL SESENTA Y DOS MILLONESDOSCIENTOS MIL COLONES equivalentes a CIENTO VEINTIUNMILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOS-CIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLAR CON SETENTA Y UNCENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA, la Sociedad gire con un Capital Social de UN MIL DOSCIENTOSDIEZ MILLONES DE COLONES equivalentes a CIENTO TREINTAY OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILSETECIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTINUEVE CEN-TAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,representado por DOCE MILLONES CIEN MIL ACCIONES, de unvalor nominal de CIEN COLONES equivalentes a ONCE PUNTOCUATRO DOS OCHO CINCO SIETE UNO DE DOLAR DE LOSESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada acción, teniendo cada accio-nista el derecho preferente a suscribir de las nuevas acciones un númeroen proporción a las que ya posee, dentro de los quince días siguientes alde la última publicación de este Acuerdo, pagando en efectivo el cientopor ciento del valor de cada una de ellas. Si alguno de los accionistas nosuscribe las Acciones que le corresponden, se le ofrecerán a los restantesaccionistas que expresaron por escrito su interés de adquirir estasacciones, a prorrata de su participación social, durante el plazo de ochodías posteriores al vencimiento del plazo para ejercer el derecho prefe-rente, debiendo suscribirlas y pagarlas en efectivo en ese mismo período;si hubiere algún remanente de Acciones aún no suscritas, posterior a losocho días antes citados, estas acciones serán asignadas por orden dellegada y deberán ser suscritas y pagadas en efectivo dentro de ese mismoplazo.

VENTAJAS Y DESVENTAJAS PARA LOS ACCIONISTAS DESUSCRIBIR LAS NUEVAS ACCIONES.

VENTAJAS.

El suscribir las Acciones que proporcionalmente le correspondan en elAumento de Capital, permitirá a los actuales accionistas mantenerinvariablemente el porcentaje de participación que actualmente poseenen el Capital Social de la Sociedad.

DESVENTAJAS.

El no suscribir las Acciones implicaría para el Accionista, reducir suparticipación porcentual en el Capital Social de la Sociedad.

Lo anterior se hace del conocimiento público a todos los Accionistas paraque ejerzan su derecho y para que surta los efectos legales correspondien-tes.

San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil tres.

ARCHIE BALDOCCHI D.,

PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL.

BANCO AGRICOLA, S.A.

3 v. alt. No. 5073-2

ACUERDO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

DE INVERSIONES FINANCIERAS

BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA.

Para los efectos establecidos en los Artículos Ciento Setenta y Seis y

Ciento Setenta y Siete del Código de Comercio y el Artículo Doscientos

Veintinueve de la Ley de Bancos, se hace del conocimiento Público que

en JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS,

celebrada en esta ciudad el día veintiséis de febrero del año dos mil tres,

se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL en CIENTO VEINTE

MILLONES DE COLONES equivalente a TRECE MILLONES SETE-

CIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO

DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, mediante la emisión de Un Millón

Doscientas Mil nuevas Acciones de un valor nominal de CIEN COLO-

NES cada una, equivalentes a Once punto Cuatro Dos Ocho Cinco Siete

Uno de Dólar de los Estados Unidos de América, para que sumado a su

Capital actual de UN MIL OCHENTA MILLONES DE COLONES

equivalentes a CIENTO VEINTITRES MILLONES CUATROCIEN-

TOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, la Sociedad gire con un Capital Social

de UN MIL DOSCIENTOS MILLONES DE COLONES equivalentes a

CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y

DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON

CATORCE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, representado por Doce Millones de ACCIONES, de un

valor nominal de CIEN COLONES, equivalentes a ONCE PUNTO

CUATRO DOS OCHO CINCO SIETE UNO DE DOLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada acción, teniendo cada accio-

nista el derecho preferente a suscribir de las nuevas acciones un número

en proporción a las que ya posee, dentro de los quince días siguientes al

de la última publicación de este Acuerdo, pagando en efectivo el ciento

por ciento del valor de cada una de ellas. Si alguno de los accionistas no

suscribe las Acciones que le corresponden, se le ofrecerán a los restantes

accionistas que expresaron por escrito su interés de adquirir estas

acciones, a prorrata de su participación social, durante el plazo de ocho

días posteriores al vencimiento del plazo para ejercer el derecho pre-

ferente, debiendo suscribirlas y pagarlas en efectivo en ese mismoperíodo; si hubiere algún remanente de Acciones aún no suscritas,posterior a los ocho días antes citados, estas acciones serán asignadas pororden de llegada y deberán ser suscritas y pagadas en efectivo dentro deese mismo plazo.

VENTAJAS Y DESVENTAJAS PARA LOS ACCIONISTAS DESUSCRIBIR LAS NUEVAS ACCIONES.

VENTAJAS.

El suscribir las Acciones que proporcionalmente le correspondan en elAumento de Capital, permitirá a los actuales accionistas mantenerinvariablemente el porcentaje de participación que actualmente poseenen el Capital Social de la Sociedad.

DESVENTAJAS.

El no suscribir las Acciones implicaría para el Accionista, reducir suparticipación porcentual en el Capital Social de la Sociedad.

Lo anterior se hace del conocimiento público a todos los Accionistas paraque ejerzan su derecho y para que surta los efectos legales correspondien-tes.

San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil tres.

ARCHIE BALDOCCHI D.,

PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL.

INVERSIONES FINANCIERAS BANCO AGRICOLA, S.A.

3 v. alt. No. 5071-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovidopor el Abogado VICTOR MANUEL PEREZ ANGEL como Apoderadodel FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en contra de la señoraANA VILMA RODRIGUEZ VALLADARES conocida por ANAVILMA VALLADARES RODRIGUEZ, reclamándole cumplimientode obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subastaen este Tribunal el inmueble siguiente:““ Un inmueble urbano, segrega-do de los Tablones llamados El Aguacate y La Estación situado al Nortede la calle que conduce a La Fuente, Cantón El Tránsito, jurisdicción deSoyapango, de este departamento, compuesto de dos porciones deterreno, las cuales se identifican como porción número dos y númerocinco siendo la porción número dos de una extensión superficial de unahectárea, dos áreas, treinta y una centiáreas, setenta y cinco centésimosde centiária equivalentes a una manzana cuatro mil setecientos treinta ynueve varas cuadradas y la porción número cinco de una superficie decuatro hectáreas; sesenta y siete áreas, noventa y ocho centiáreas cin-cuenta centésimos de centiárea equivalentes a seis manzanas seis milnovecientos cincuenta y nueve varas cuadradas veintinueve centésimosde vara cuadrada; porciones antes relacionadas en las cuales la Sociedad“EDIFICACIONES TAZUMAL, S.A. DE C. V.”, ha desarrollado laUrbanización denominada “MONTES DE SAN BARTOLO”, que de laporción quinta segrega el lote NUMERO TREINTA Y CUATRO DELPOLIGONO TREINTA Y DOS, DE LA URBANIZACION MONTESDE SAN BARTOLO. Partiendo de la intersección de los ejes del pasajenúmero veintinueve y el pasaje número veinticuatro abierto en laUrbanización Montes de San Bartolo III con rumbo Norte dos gradostrece punto un minuto Este se mide sobre el eje de este último unadistancia de ochenta y siete punto cincuenta metros en este puntohaciendo una deflexión izquierda de noventa grados y distancia de dospunto cincuenta metros se llega al mojón número uno, esquina Norestedel lote que se describe así: NORTE: partiendo del mojón número uno,tramo recto con rumbo Norte ochenta y siete grados cuarenta y seis puntonueve minutos Oeste y distancia de doce metros se llega al mojón númerodos lindando por este lado con lote número treinta y ocho del mismopolígono. PONIENTE: del mojón número dos tramo recto con rumboSur cero dos grados trece punto un minuto Oeste y distancia de cincometros se llega al mojón número tres lindando por este lado con lotenúmero treinta y tres del mismo polígono. SUR: del mojón número trestramo recto con rumbo Sur ochenta y siete grados cuarenta y seis puntonueve minutos Este y distancia de doce metros se llega al mojón númerocuatro lindando por este lado con lote número treinta y dos del mismopolígono. ORIENTE: del mojón número cuatro tramo recto con rumboNorte cero dos grados trece punto un minutos Este y distancia de cincometros se llega al mojón número uno, donde se inició la presentedescripción, lindando por este lado con lote número treinta y cinco delpolígono número treinta y cuatro, pasaje número veinticuatro de cincometros de ancho de por medio.- El lote así descrito tiene un área desesenta metros cuadrados equivalentes a ochenta y cinco punto ochentay cinco varas cuadradas.

El Inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de la señoraANA VILMA RODRIGUEZ VALLADARES conocida por ANAVILMA VALLADARES RODRIGUEZ al Asiento número CUAREN-TA Y CUATRO del Libro CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEIN-TICUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la PrimeraSección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras cincuenta y cinco minutos del día catorce de enero del año dos miltres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERI-NO.

3 v. alt. No. 3811-2

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo iniciado por el Licenciado JOSE EDGARDO SALINAS comoApoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra elseñor RAFAEL ALMEDARES conocido por RAFAEL MARTINEZALMENDARES, reclamándole cantidad de colones, se venderá enpública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Un lote deterreno urbano construido por la Sociedad "A. Q. S. A., DE C.V.",marcado con el número CUATRO, del Block "D", de la UrbanizaciónREPARTO SAN RAMON, ubicado en el Cantón El Limón, Jurisdic-ción, de Soyapango, Departamento de San Salvador, contiene una casade sistema mixto con todos sus servicios, de un área de TREINTAPUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de una exten-sión superficial de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS,equivalentes a SESENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y OCHO YVARAS CUADRADAS. Inmueble cuya descripción se inicia: Partiendode la intersección de los ejes de la Calle a Tonacatepeque y la Calle ElLimón del Reparto San Ramón, hacia el Oriente y sobre el eje de la CalleEl Limón con un rumbo Sur ochenta y siete grados doce punto cerominutos Este se mide una distancia de ciento veinticuatro punto cincuen-ta metros, de aquí con una deflexión derecha de noventa grados partimossobre el eje del pasaje número nueve con un rumbo Sur cero dos gradospunto cuarenta y ocho punto cero minutos Oeste y medimos una distanciade veinticinco metros, de aquí con una deflexión izquierda de noventagrados se mide una distancia de dos punto cincuenta metros, llegando alesquinero Noroeste del lote número cuatro del Block "D" a describirseasí: AL NORTE: línea recta con rumbo Sur ochenta y siete grados docepunto cero minutos Este se mide una distancia de ocho metros lindandocon el lote número tres del Block "D" del mismo Reparto; AL ESTE:línea recta con rumbo Sur cero dos grados cuarenta y ocho punto cerominutos Oeste, se mide una distancia de seis metros lindando con el lotenúmero diecinueve del Block "D" del mismo Reparto; AL SUR: línearecta con rumbo Norte ochenta y siete grados doce punto cero minutosOeste se mide una distancia de ocho metros lindando con el lote númerocinco del Block "D" del mismo Reparto; AL OESTE: línea recta conrumbo Norte cero dos grados cuarenta y ocho punto cero minutos Este,se mide una distancia de seis metros, lindando con el pasaje númeronueve de por medio, con un derecho de vía de cinco metros con lotenúmero dieciocho del Block "CH", del mismo Reparto, llegando así alpunto de partida. Dicho inmueble se encuentra inscrito al Sistema deFolio Real con Matrícula número CERO UNO- CERO SETENTA YCUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO- CERO CERO CERO,inscripción DOS, e hipotecado a favor de la institución ejecutante conMatrícula número CERO UNO- CERO SETENTA Y CUATRO MILCIENTO CINCUENTA Y OCHO- CERO CERO CERO, inscripciónTRES, ambas inscripciones corresponden al Registro de la PropiedadRaíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro con asiento en SanSalvador.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras del día veinte de enero de dos mil tres. Dr. DARIO VILLALTABALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 3810-2

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida GeneralLarios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de LaUnión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por JUANA MIRANDA VIUDA DE SANCHEZ, de sesenta yocho años de edad, de oficios domesticas, del domicilio de Jocoro,Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, en relacióna un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Majanitos,

Cantón Guadalupe, de la Jurisdicción de Bolívar, Distrito y Departamen-to de La Unión, de la capacidad superficial de CINCUENTA Y CINCOMIL METROS, OCHENTA Y UN DECIMETROS, OCHENTA CEN-TIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, doscien-tos sesenta y nueve metros, con terreno de JAVIER POZO, cerco dealambre del colindante; AL NORTE, doscientos ocho metros, conFELIPE MAJANO, cerco de alambre del colindante; AL PONIENTE,doscientos treinta y cinco metros, con BERNARDINO MARTINEZ,FRANCISCO MAJANO, callejón de por medio a El Aguadero, de dosmetros de ancho de FELIPE MAJANO; y AL SUR, doscientos treintay cinco metros, con NAPOLEON MAJANO, cerco de alambre de pormedio propio; inmueble que carece de cultivos y construcciones.

Dicho Inmueble lo adquirió, desde el año de mil novecientossetenta, por compra informal hecha al señor ROBERTO SANCHEZ,mayor de edad, agricultor, del domicilio de Bolívar. Que lo posee quieta,pacífica e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más dediez años consecutivos.

Santa Rosa de Lima, doce de febrero del año dos mil tres.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 3964-2

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida GeneralLarios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de LaUnión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por PAULINA VELASQUEZ VIUDA DE GARCIA, de cin-cuenta y cinco años de edad, de oficios domésticas, del domicilio dePolorós, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, enrelación a un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío ElSombrerito, Cantón Carpintero, jurisdicción Polorós, de este distrito,Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOS MILCUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: ALORIENTE, cuarenta metros, con SATURNINO VELASQUEZ, cercode alambre propio, AL NORTE, sesenta metros, con SATURNINOVELASQUEZ, cerco de alambre propio, AL PONIENTE, cuarentametros, de ARTURO REYES, CALLE de por medio y cerco de alambrepropio, y AL SUR, sesenta metros, con de EUSEBIO VELASQUEZ,cerco de alambre propio inmueble que carece de cultivos y contieneconstruida una casa techo de tejas, paredes de ladrillo de catorce varas delargo por seis de ancho, con sus instalaciones eléctricas, agua potable, yservicio sanitario lavable. Dicho Inmueble lo adquirió, por comprainformal hecha al señor JOSE LEON VELASQUEZ, ya difunto, en elaño de mil novecientos setenta y dos, teniendo su posesión por más dediez años consecutivos.

Santa Rosa de Lima, doce de febrero del año dos mil tres.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 3965-2

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida GeneralLarios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de LaUnión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por ERLINDA GUTIERREZ DE NATIVI, de treinta y sieteaños de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Pasaquina, de este

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

distrito, Departamento de La Unión: en relación a un terreno de natura-leza rústica, situado en el Cantón San Felipe, jurisdicción de Pasaquina,de este distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superficialde MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS, SESENTAY NUEVE DECIMETROS, CUARENTA Y CINCO CENTIMETROSCUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, cincuenta y ochometros, cincuenta y dos centímetros, con JULIA CASTRO, quebrada depor medio; AL NORTE, treinta y tres metros, cuarenta y cuatro centíme-tros, con MARIO GUTIERREZ, cerco de maya ciclón de por medio delcolindante; AL PONIENTE, cuarenta y tres metros, cuarenta y sietecentímetros, en línea semi curva, con MARTHA VIERA y FRANCIS-CA VIERA, con la segunda cerco de alambre de por medio de lacolindante; y AL SUR, veintiséis metros, setenta y cinco centímetros,con ODILIA MORENO, cerco de alambre medianero de por medio; hayconstruida una casa techo de tejas, paredes de ladrillo, de trece por seisvaras, y sus instalaciones eléctricas, y servicio de fosa común, tiene unpozo con broquel; que carece de cultivos; inmueble que goza de salidaa la calle principal que conduce al centro del Valle por un callejón de tresmetros de ancho.

Dicho Inmueble lo adquirió, por compra hecha al señorCONSTANTINO GUEVARA, según Escritura Pública de compraven-ta, otorgada en esta ciudad, a las once horas y treinta minutos del díaveintidós de enero del corriente año, ante mis Oficios Notariales. Y quiena su vez lo poseyó por más de TREINTA AÑOS consecutivos.

Santa Rosa de Lima, doce de febrero del año dos mil tres.

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 3966-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, de este DistritoJudicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que se ha presentado el Doctor LUIS SIGIFREDONATIVI FUENTES, como Apoderado General Judicial de la señoraAUXIBIA ESCOBAR MARTINEZ, de sesenta y nueve años de edad, deoficios domésticos, del domicilio de Soyapango, con residencia enUrbanización Los Conacastes pasaje tres Oriente, número veintiochocasa número uno, solicitando título supletorio de un terreno de natura-leza rústica, situado en el Cantón Santa Rosita de la jurisdicción de ElSauce, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, dela capacidad de NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA METROSCUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, ciento veinticuatrometros, con terreno de MERCEDES ORTEZ, camino vecinal de pormedio, AL ORIENTE, mide ciento cinco metros, linda con terreno deEUGENIO ALCANTARA, AL SUR, sesenta metros, y linda con terrenode INES RIOS; y AL PONIENTE, mide ciento diez metros, y colinda conterreno de FAUSTO HUMBERTO ARIAS. Contiene una casa dehabitación que mide cincuenta metros cuadrados, techo de tejas conmadera aserrada y piso encementado, además tiene un pozo broquel dedoce varas de profundidad. Valúa el referido inmueble en la cantidad deDIEZ MIL COLONES, y lo adquirió por compra informal que le hizoal señor EDUARDO ESCOBAR REYES, quien fue mayor de edad,agricultor, lugar de su último domicilio El Sauce.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los tresdías del mes de febrero de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO ALVA-RENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIONMARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 3966-Bis-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoRAUL CALDERON MANZANO, mayor de edad, Abogado, de estedomicilio, en calidad de apoderado general judicial de la señora MARIASILVIA PORTILLO ACOSTA, de treinta y un años de edad, de oficiosdomésticos, de este domicilio, solicitando se le extienda a su poderdanteTITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado enel Caserío Playitas, Cantón Agua Escondida, Jurisdicción de La Unión,Distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de UNMIL OCHOCIENTOS PUNTO OCHENTA METROS CUADRA-DOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, en línea recta secompone de dos tiros, el primero de Poniente a Oriente, mide veintiséismetros, ochenta y cinco centímetros segundo tiro de Sur a Norte midetreinta y un metros, lindando en ambos tiros con propiedad de los señoresFELIX CRUZ y AGUSTIN CONTRERAS respectivamente, caminovecinal de por medio; AL ORIENTE, en línea semicurva mide cuarentay siete metros, cincuenta centímetros, linda con propiedad de los señoresJOSE GUILLERMO HERNANDEZ y CAMILO AMAYA; AL SUR,sesenta y un metros ochenta centímetros, linda con propiedad del señorADAN ALVAREZ; y AL PONIENTE, en línea quebrada mide veintio-cho metros treinta centímetros, linda con propiedad de AGUSTINMOLINA. Dicho terreno lo valúa en la suma de TREINTA MILCOLONES, lo adquirió por compra informal que hizo al señor MIGUELANGEL AMAYA, en el año de mil novecientos noventa. Lic. EVELIODE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBER-TO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 3879-2

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ SUPLENTE CUAR-TO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PU-BLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Licenciado GUILLERMO GUIDOS ALARCON, ApoderadoGeneral Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIE-DAD ANONIMA EN LIQUIDACION contra el señor CESAR AU-GUSTO CARDENAS PINEDA, se venderá en Pública Subasta en esteTribunal, un Solar urbano, actualmente sin ninguna clase de construc-ciones, situado en la Tercera Avenida Norte, número Mil CuatrocientosVeintiocho, Barrio San Miguelito, antes Barrio San José, de esta ciudady departamento, cuyas medidas y linderos son los siguientes: ALORIENTE: en diez varas o sea ocho metros trescientos sesenta milíme-tros, con terreno de la señora MARTA AREVALO DE RICO, antes delDoctor RAFAEL GONZALEZ y antes de ANDRES BERMUDEZ,pared de ladrillo de por medio, propia del colindante; AL NORTE: treintavaras o sea veinticinco metros ochenta milímetros con terreno del DoctorRAUL MONTALVO, antes de la señora FARCILIA ZEPEDA, que fuetambién del señor BERMUDEZ, pared de ladrillo de por medio propiadel terreno que se describe; AL PONIENTE: es la misma medida delrumbo Oriente, con terreno del señor CARMEN RODRIGUEZ, antesdel referido señor BERMUDEZ, calle de por medio; y AL SUR:midiendo lo mismo que al Norte, con terreno de la señora OFELIAVIUDA DE CARPINTERO antes del señor FEDERICO HERNAN-

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

DEZ, siendo rectas las líneas de demarcación. Se aclara que aunque elantecedentes no lo menciona el inmueble antes descrito, de acuerdo conlas medidas lineales de los diferentes rumbos tiene una extensiónsuperficial aproximada de DOSCIENTOS QUINCE PUNTO SESEN-TA Y NUEVE METROS CUADRADOS equivalentes a TRESCIEN-TOS OCHO PUNTO SESENTA Y UN VARAS CUADRADAS. Dichoinmueble se encuentra inscrito a favor del demandado señor CESARAUGUSTO CARDENAS PINEDA al número VEINTITRES del LibroCUATRO MIL VEINTISEIS del Registro de la Propiedad del departa-mento de San Salvador,

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de septiem-bre de dos mil dos. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZCUARTO DE LO MERCANTIL. Lic. ELENA ELIZABETH AYALAORELLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 3930-2

ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZA SEXTO DE PAZ DELA CIUDAD DE SAN SALVADOR; AL PUBLICO,

HACE SABER: que por ejecución promovida por el LicenciadoBENJAMIN BALTAZAR BLANCO HERNANDEZ, en su calidad deApoderado General Judicial del BANCO DE COMERCIO DE ELSALVADOR, Sociedad Anónima, Sociedad Absorbente del BancoAtlacatl, Sociedad Anónima, según fusión por absorción, en contra delSeñor NELSON ALCIDES ALVARADO RIVAS, se venderá en Públi-ca Subasta en este mismo Juzgado el bien inmueble embargado siguien-te: rústico en proceso de urbanización, ubicado en Ciudad Atlacatl,Kilométro diecisiete y medio, Carretera a Tonacatepeque, marcado conel número SEIS del Block OCHENTA Y NUEVE, el cual se localiza así:DESCRIPCION TECNICA DEL LOTE NUMERO SEIS DEL BLOCKOCHENTA Y NUEVE. Partiendo de la intersección de los ejes de CalleGranada y Pasaje Treinta y Cinco- A, se mide sobre el eje de este último,con rumbo Sur tres grados cuatro punto seis minutos Oeste, una distanciade veinte metros. Se hace una deflexión derecha de noventa grados y unadistancia de dos punto cincuenta metros. Para llegar al Mojón NOR-ESTE del lote que se describe así: AL ORIENTE, una distancia de seismetros con rumbo Sur de tres grados cuatro punto seis minutos Oeste,lindando con lote uno y diecinueve del Block noventa, Pasaje Treinta yCinco- A de cinco metros de ancho de por medio; AL SUR, una distanciade quince punto ochenta metros con rumbo Norte de ochenta y sietegrados cuarenta minutos Oeste, lindando con lote siete del mismo Block;AL PONIENTE, una distancia de seis metros con rumbo Norte de tresgrados cuatro punto seis minutos Este, lindando con lote diecinueve delmismo Block; AL NORTE, una distancia de quince punto ochentametros con rumbo Sur de ochenta y siete grados cuarenta minutos Este,lindando con lotes tres, cuatro y cinco del mismo Block. El lote asídescrito tiene un área de NOVENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTAMETROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO TREINTA Y CIN-CO PUNTO SESENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Inscritoen el Registro Social de Inmueble de este Departamento con MatrículaM CERO UNO CERO CUATRO TRES DOS OCHO NUEVE. DichoInmueble le pertenece al señor NELSON ALCIDES ALVARADORIVAS, por la inscripción antes relacionada e hipotecada a favor de la

Asociación de Ahorro y Prestamo ATLACATL, SOCIEDAD ANONI-MA, con primera Hipoteca Abierta según Asiento número cero cero dosde la matrícula número M cero uno cero cuatro tres dos ocho nueve delRegistro Social de Inmuebles del Registro de la Propiedad, Raíz eHipotecas del Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas que se hagan, siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Sexto de Paz de la Ciudad de San Salvador,a las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de enero del año dosmil tres. Licda. ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZA SEX-TO DE PAZ, SAN SALVADOR. Lic. JOSE ELENILSON NUILADELGADO, SECRETARIO JUZGADO SEXTO DE PAZ.

3 v. alt. Nº. 3930-Bis-2

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, para los demás efectos de ley, alpúblico;

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el LicenciadoLUIS ALONSO GALLEGOS PEÑA, actuando como Apoderado Gene-ral Judicial del señor ADOLFO CALLEJAS QUINTEROS, de veinticin-co años de edad, agricultor, del domicilio de Ciudad Dolores, de esteDepartamento, con cédula de identidad personal número catorce- siete-cero cero cuatro mil quinientos noventa; solicitando se extienda TítuloSupletorio a favor del expresado señor CALLEJAS QUINTEROS, quienes poseedor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el CantónTepemechin en el punto que se denomina Caserío Los Mangos, jurisdic-ción de Ciudad Dolores de este mismo Departamento, de la extensiónsuperficial de SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN ME-TROS CUADRADOS Y TREINTA Y NUEVE CENTIMETROSCUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL SUR: en cuatro tiros,en todos colinda con el señor DAVID AMAYA, divididos por el caminoreal viejo y cerco de alambre y brotones de tempate propio del terrenoque se describe; AL NORTE: en dos tiros, por este rumbo colinda conDIONICIA CALLEJAS ROMERO divididos por la quebrada de invier-no y verano llamada El Tular, a la orilla de este rumbo pasa la calle queconduce al Caserío El Mango; AL ORIENTE: en ocho tiros y colinda entodo este rumbo con el señor JUAN JOSE AMAYA, y AL PONIENTE: en tres tiros, por este rumbo colinda en parte con el señor DAVIDAMAYA en otra parte con la señora VICENTA IRAHETA, divididospor cerco de alambre y broton de tempate, propio del que se describe. Elque obtuvo por compra que hizo a la señora MARIA BENIGNAQUINTEROS AMAYA conocida por MARIA BENIGNA QUINTEROSDE CALLEJAS. Lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL COLONES. Elcual lo ha poseído el señor ADOLFO CALLEJAS QUINTEROS, enforma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin proindivisión con otraspersonas; y que unida su posesión con la de su antecesora resulta por másde diez años.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lasquince horas con treinta minutos del día once de febrero de dos mil tres.Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SRIO.

3 v. alt. Nº. 3971-2

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

PUNTO DOS: por unanimidad se acuerda aumentar el capital socialmínimo que actualmente es de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTAY CINCO DOLARES Y SETENTA Y UN CENTAVOS y que seencuentra totalmente pagado, en NUEVE MIL CIENTO CUARENTAY DOS DOLARES Y OCHENTA Y SEIS CENTAVOS más, mediantela emisión de OCHOCIENTAS ACCIONES comunes y nominativas deONCE DOLARES Y CUARENTA Y TRES CENTAVOS cada una, elcual queda suscrito y pagado de la siguiente forma: el señor OSCARORLANDO CARDONA con el cincuenta por ciento representado encuatrocientas acciones, equivalente a CUATRO MIL QUINIENTOSSETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTA-VOS DE DOLAR, la señora GLADIS ESTER SERPAS DE CARDONAcon el cincuenta por ciento, representado en cuatrocientas acciones,equivalente a CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLA-RES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR. Dichoaumento proviene del traslado del capital variable al capital socialmínimo. Se autoriza como Ejecutor Especial al señor OSCAR ORLANDOCARDONA, quien es el Administrador Unico Propietario de la Socie-dad, para que se presente ante Notario a otorgar la Escritura Públicacorrespondiente en los términos indicados.

Dipemaca, S.A de C.V.

GLADIS ESTER SERPAS DE CARDONA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3934-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “COLEGIOS DE EL SALVADOR, S.A. DEC.V.”, convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, para lo cualserá necesario que estén presentes por lo menos la mitad más una de lasacciones que tengan derecho a voto.

Esta Junta General se celebrará en el Maya Country Club, situadoen Kilómetro 10 Carretera a Santa Tecla, Nueva San Salvador, a lasdieciocho horas del día veintiocho de marzo de dos mil tres.

Si no hubiere Quórum en esta sesión se celebrará en segundaconvocatoria, el día veintinueve del mismo mes y año, a las dieciochohoras y en el mismo lugar con el número de acciones presentes yrepresentadas que concurran.

AGENDA

I. Establecimiento del quórum.

II. Aprobación de la Agenda.

III. Lectura del acta de la Junta General anterior.

IV. Memoria de Labores de la Junta Directiva.

V. Aprobación del Balance General y Estado de Resultado delEjercicio de 2002.

VI. Informe del Auditor Externo.

VII. Aplicación de Utilidades.

VIII. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal, asícomo la fijación de sus honorarios.

IX. Elección de Junta Directiva.

Antiguo Cuscatlán, 03 de marzo de 2003.

Ing. CARLOS ALEJANDRO VARAONA RENGIFO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 5645-2

AVISO

La infrascrito Secretaria de la Sociedad PLASTICOS LAS AMERICAS,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que en sesión número nueve legalmente celebradapor la Junta General Extraordinaria número dos de Accionistas de dichaSociedad, en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,a las diez horas del treinta y uno de enero de dos mil tres, por unanimidadde todos los accionistas propietarios de la totalidad de acciones queconforman el cien por ciento del capital social, se tomó la siguienteresolución entre otras:

PUNTO DOS: por unanimidad se acuerda aumentar el capital socialmínimo que actualmente es de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA YCINCO DOLARES Y SETENTA Y UN CENTAVOS y que se encuen-tra totalmente pagado, en NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOSDOLARES Y OCHENTA Y SEIS CENTAVOS más, mediante laemisión de OCHOCIENTAS ACCIONES comunes y nominativas deONCE DOLARES Y CUARENTA Y TRES CENTAVOS cada una, elcual queda suscrito y pagado de la siguiente forma: el señor DANIELORLANDO MORALES HERNANDEZ con el treinta y cinco por cientorepresentado en doscientas ochenta acciones, equivalente a TRES MILDOSCIENTOS DOLARES, la señora MERCEDES DEL CARMENHERNANDEZ DE MORALES con el treinta y cinco por ciento, repre-sentado en doscientas ochenta acciones, equivalente a TRES MILDOSCIENTOS DOLARES, el señor JONATAN ORLANDO MORA-LES HERNANDEZ con el diez por ciento representado en ochentaacciones, equivalentes a NOVECIENTOS CATORCE DOLARES YVEINTINUEVE CENTAVOS, el señor BENKIS DANIEL MORALESHERNANDEZ con el diez por ciento representado en ochenta acciones,equivalentes a NOVECIENTOS CATORCE DOLARES Y VEINTI-NUEVE CENTAVOS, la señorita KATIA PRISCILA MORALESHERNANDEZ con el diez por ciento representado en ochenta acciones,equivalentes a NOVECIENTOS CATORCE DOLARES Y VEINTI-NUEVE CENTAVOS. Dicho aumento provine del traslado del capitalvariable al capital social mínimo. Se autoriza como Ejecutor Especial alseñor DANIEL ORLANDO MORALES HERNANDEZ, quien es elAdministrador Unico Propietario de la Sociedad, para que se presenteante Notario a otorgar la Escritura Pública correspondiente en lostérminos indicados.

PLASTlCOS LAS AMERICAS,

S. A. de C. V.

MERCEDES DEL CARMEN HERNANDEZ DE MORALES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3935-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que la señora María Trinidad Montano Osorio, desesenta y tres años de edad, de Oficios Domésticos y del domicilio deTepetitán, de este departamento, solicita título supletorio de un terrenorústico sin nombre conocido situado en el Cantón La Virgen, jurisdic-ción de Tepetitán de este departamento, de la extensión superficial segúnCertificación de la Denominación Catastral de NUEVE MIL TRES-CIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y UN METROSCUADRADOS, de las medidas y linderos especiales siguientes: ALNORTE, mide veinte metros, y linda con terreno de María MagdalenaOsorio de Acevedo, carretera de por medio; AL ORIENTE, en trestramos así: el primero de Norte a Sur mide ochenta y tres metros, quiebrael segundo tramo de Poniente a Oriente mide dieciséis metros, y linda enestos dos tramos con terreno de Manuel Rivas, y quiebra el tercer tramode Norte a Sur y mide ciento catorce metros y linda con terreno deMiguel Tomás Corvera; AL SUR, mide ciento dos metros, y linda con lasucesión de Adolfo Olivar; y AL PONIENTE, en tres tramos así elprimero de Sur a Norte mide ciento doce metros y linda con terreno deFlorentino Cárcamo, quiebra el segundo tramo de Poniente a Orientemide sesenta y seis metros cincuenta centímetros y linda con terreno deFelipa Vinicia Corvera, y quiebra el tercer tramo de Sur a Norte mideochenta y tres metros linda con terreno de Elba Fuentes. En la porciónantes descrita existió una casa, paredes de adobe, techo de tejas la cualse destruyó con el terremoto del trece de febrero del año dos mil uno, yactualmente tiene construida dos Champas paredes y techo de laminas,y lo valúa en la suma de DOCE MIL COLONES. Asegura poseerlo porposesión material desde el mes de octubre de mil novecientos setenta yocho.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiocho días delmes de octubre del año dos mil dos. Dra. ANA FELICITA ESTRADA,JUEZ DE LO CIVIL. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. 3894-2

EVELYN DEL CARMEN JIMENEZ DE SOLIS, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SEN-SUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMASEFECTOS DE LA LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor JOSEISIDRO DEL CID ALFARO conocido por JOSE ISIDRO DEL CID, desetenta años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de SoyapangoDepartamento de San Salvador, portador de su Cédula de Identidad dePersonal número cero uno cero cuatro cero cincuenta y un mil trescientosochenta y tres; solicitando se le extienda Título Supletorio por serposeedor de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón LasMarías de esta jurisdicción, de la extensión superficial de CUATROMANZANAS o DOS HECTAREAS OCHENTA AREAS, de los colin-dantes siguientes: AL NORTE, con terreno de Gonzalo Quinteros, yterreno de Juan Castro, hoy con don Alberto Sosa y don César CruzMendoza; divididos con el primero por cerco de alambre y piña y con elsegundo por vestigios de cerco de piedra y piña; AL PONIENTE, conterreno de Felipe Orellana, divididos por el borde de un barranco grande,AL SUR, con terreno de Sebastián Amaya y de Juan Ramírez, hoy dedon César Cruz Mendoza, divididos por la Quebrada de El Salto, hastaencontrarse con el Río Las Piletas; dicho terreno no es dominante nisirviente, ni está en proindivisión con otra persona, y es valorado en milcolones. Que se obtuvo por compra que le hizo al señor José Rosa del Ciden el año de mil novecientos setenta y tres, fecha desde la cual lo poseeen forma quieta, pacífica e ininterrumpida posesión, haciendo en él lasreparaciones que han sido necesarias para tener en buen estado deconservación, realizando todos los actos de legítimo propietario.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lossiete días del mes de enero de dos mil dos. Lic. EVELYN DEL CARMENJIMENEZ DE SOLIS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, SUPLEN-TE. Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3793-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado laseñora MARIA VIRGINIA AMAYA GUEVARA, mayor de edad, deoficios domésticos, de este domicilio, solicitando por sí y por escritotítulo de propiedad de un solar urbano situado en el Barrio Concepciónde esta población, de la extensión superficial de CUATROCIENTOSSETENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y linderossiguientes: al ORIENTE: mide treinta y nueve metros veinticinco centí-metros, lindando en parte con solar del señor Blas Antonio CerritosCornejo, y otra parte con solar del señor Cesar Francisco Hernández,cerco de por medio, al NORTE: mide doce metros lindando con solar delseñor Blas Antonio Cerritos Cornejo, trascorral de ladrillo en línea mediocurva, al SUR: mide doce metros, lindado en este rumbo con solar delseñor Carlos Antonio Reyes, Quinta Calle Oriente de por medio, y alPONIENTE: mide treinta y nueve metros veinticinco centímetros, lindapor este rumbo, con solar de la señora Ofelia Panameño, en línea recta,mojones esquineros árboles de jiote. En el Inmueble descrito hayconstruida una champa de lámina de ocho metros de frente por siete defondo con todo y corredor, siendo su área construida de cuarenta y ochometros cuadrados, no es sirviente ni dominante no tiene cargas niderechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.Lo estima en la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES EXAC-TOS. Lo adquirió por compra que hizo a la señora Juana María Alvarado,mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Soyapango.Todos los colindantes son de este domicilio, y se avisa al público paralos efectos de ley.-

Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina, a dieciséis de enero dedos mil tres. JESUS OTONIEL CARRILLO, ALCALDE MUNICI-PAL. FRANCISCA EMPERATRIZ CUBIAS, SECRETARIA MUNI-CIPAL.

3 v. alt. No. 3897-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado por sí y porescrito la señora María Isabel Saravia, mayor de edad, oficios domésticosde este domicilio, solicitando Título de Propiedad y Dominio de un solarurbano, situado en el Barrio El Coco de esta Ciudad de ochenta y trespunto catorce metros cuadrados de extensión, lindante al Norte y Oriente,con propiedad de Lucía Alberto viuda de Alvarez, al Sur, con propiedadde la Alcaldía Municipal y al Poniente con terreno de Lilian GuillerminaBlanco de Flores, divididos por calle de por medio; valorado en la sumade QUINCE MIL COLONES.- No es predio sirviente ni dominante, notiene carga ni derecho real.- No está en proindivisión.- Los Colindantesson de este domicilio.-

Se avisa al público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal de la ciudad de Sociedad, Departamento deMorazán, a las once horas del día trece de febrero de dos mil tres. MARIALIDIA MENDOZA DE HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPALDEPOSITARIO. JOSE VICENTE RAMIREZ ARANDA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 3822-2

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado por sí y porescrito la señora María Cesárea Molina, mayor de edad, oficios domés-ticos de este domicilio, solicitando Título de Propiedad y Dominio de unsolar urbano, situado en el Barrio El Calvario de esta Ciudad detrescientos ochenta metros cuadrados de extensión, lindante al Norte,con propiedad de Beatriz Flores; al Oriente y Sur, con propiedad de RosaAmelia Perla Iraheta y al Poniente con Inés Perla; valorado en la sumade QUINCE MIL COLONES.- No es predio sirviente ni dominante, notiene carga ni derecho real.- No está en proindivisión.- Los colindantesson de este domicilio.-

Se avisa al público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal de la ciudad de Sociedad, Departamento deMorazán, a las once horas del día trece de febrero de dos mil tres. MARIALIDIA MENDOZA DE HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPALDEPOSITARIO. JOSE VICENTE RAMIREZ ARANDA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 3820-2

AVISO

La infrascrito Secretaria de la Sociedad DISTRIBUIDORA CARDONASERPAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que en sesión número veinte legalmente celebradapor la Junta General Extraordinaria numero tres de Accionistas de dichaSociedad, en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador,a las nueve horas del tres de febrero de dos mil tres, por unanimidad detodos los accionistas propietarios de la totalidad de acciones que confor-man el cien por ciento del capital social, se tomó la siguiente resoluciónentre otras:

PUNTO DOS: por unanimidad se acuerda aumentar el capital socialmínimo que actualmente es de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA YCINCO DOLARES YSETENTA Y UN CENTAVOS y que se encuentratotalmente pagado, en NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOSDOLARES Y OCHENTA Y SEIS CENTAVOS más, mediante laemisión de OCHOCIENTAS ACCIONES comunes y nominativas deONCE DOLARES Y CUARENTA Y TRES CENTAVOS cada una, elcual queda suscrito y pagado de la siguiente forma: el señor OSCARORLANDO CARDONA con el cincuenta por ciento representado encuatrocientas acciones, equivalente a CUATRO MIL QUINIENTOSSETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTA-VOS DE DOLAR, la señora GLADIS ESTER SERPAS DE CARDONAcon el cincuenta por ciento, representado en cuatrocientas acciones,equivalente a CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLA-RES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR. Dichoaumento proviene del traslado del capital variable al capital socialmínimo. Se autoriza como Ejecutor Especial al señor OSCAR ORLANDOCARDONA, quien es el Administrador Único Propietario de la Socie-dad, para que se presente ante Notario a otorgar la Escritura Públicacorrespondiente en los términos indicados.

Discarse S.A. de C.V.

GLADIS ESTER SERPAS DE CARDONA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3936-2

AVISO

La infrascrito Secretaria de la Sociedad REVESTIMIENTO Y DECO-RACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que en sesión número nueve legalmente celebradapor la Junta General Extraordinaria numero dos de Accionistas de dichaSociedad, en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador,a las diez horas del treinta y uno de enero de dos mil tres, por unanimidadde todos los accionistas propietarios de la totalidad de acciones queconforman el cien por ciento del capital social, se tomó la siguienteresolución entre otras:

PUNTO DOS: por unanimidad se acuerda aumentar el capital socialmínimo que actualmente es de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA YCINCO DOLARES Y SETENTA Y UN CENTAVOS y que se encuen-tra totalmente pagado, en NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOSDOLARES Y OCHENTA Y SEIS CENTAVOS más, mediante laemisión de CUATROCIENTAS ACCIONES comunes y nominativasde VEINTIDOS DOLARES Y OCHENTA Y SEIS CENTAVOS cadauna, el cual queda suscrito y pagado de la siguiente forma: el señorMARIO CAÑAS CALDERON con el cuarenta por ciento representadoen ciento sesenta acciones, equivalente a TRES MIL SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE DOLARES Y CATORCE CENTAVOS DEDOLAR, la señora MILAGRO DEL ROSARIO VILLACORTA DECAÑAS con el quince por ciento, representado en sesenta acciones,equivalente a UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLARESY CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR, el señor JOSEISMAEL VILLACORTA GONZALEZ con el treinta por ciento repre-sentado en ciento veinte acciones, equivalentes a DOS MIL SETECIEN-TOS CUARENTA Y DOS DOLARES Y OCHENTA Y SEIS CENTA-VOS DE DOLAR, la señora LUZ DEL CARMEN RODRIGUEZ DEVILLACORTA con el quince por ciento representado en sesenta accio-nes, equivalentes a UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLA-RES Y CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR. Dicho aumen-to proviene del traslado del capital variable al capital social mínimo. Seautoriza como Ejecutor Especial al señor MARIO CAÑAS CALDE-RON, quien es el Representante Legal de la Sociedad, para que sepresente ante Notario a otorgar la Escritura Pública correspondiente enlos términos indicados.

REV Y DECOR, S.A. DE C.V.

MILAGRO DEL ROSARIO VILLACORTA DE CAÑAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3933-2

AVISO

La infrascrito Secretaria de la Sociedad DISTRIBUIDORAPETROMATERIALES CARDONA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: que en sesión número dieciocho legalmente cele-brada por la Junta General Extraordinaria número dos de Accionistas dedicha Sociedad, en la ciudad de San Salvador, departamento de SanSalvador, a las diez horas del tres de febrero de dos mil tres, porunanimidad de todos los accionistas propietarios de la totalidad deacciones que conforman el cien por ciento del capital social, se tomó lasiguiente resolución entre otras:

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE

ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD DISTRIBUIDORA PRINCIPAL,

S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

Número QUINCE de la Sociedad DISTRIBUIDORA PRINCIPAL S.A.

DE C.V., que se celebró en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas

del día catorce de enero de dos mil tres, consta que en su PUNTO

SEGUNDO se acordó aumentar el Capital Social Mínimo a la suma de

cien mil colones exactos (¢100,000.00). Asimismo se nombró como

Ejecutor Especial al señor RAFAEL ANTONIO AGUILAR SANTOS,

para que se presente ante Notario a formalizar la Escritura Pública

respectiva.

Se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador a los

veintinueve días del mes de enero de dos mil tres.

ERICK JOSUE AGUILAR VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3929-2

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-

TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD DE LA-

BORATORIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, S. A. DE C. V.,

CERTIFICA: que en la Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas Número CUARENTA Y TRES de la Sociedad LABORATORIOS

TERAPEUTICOS MEDICINALES, S.A. DE C.V., que se celebró en la

ciudad de San Salvador, a las once horas del día treinta de enero de dos

mil tres, consta que en su PUNTO SEGUNDO se acordó aumentar el

Capital Social Mínimo a la suma de quinientos mil colones exactos

(¢500,000.00). Asimismo se nombró como ejecutor especial al señor

FAUSTO ARTURO VERGARA SUAREZ, para que se presente ante

Notario a formalizar la Escritura Pública respectiva.

Se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a los doce

días del mes de febrero de dos mil tres.

RAFAEL ANTONIO AGUILAR SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3928-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de "CONFECCIONES DE EL SALVADOR, S.A.

DE C.V.", convoca a los socios, para celebrar Junta General Ordinaria de

Accionistas, que se llevará a cabo, a las 15 horas del día 20 de marzo del

año 2003, en las oficinas situadas en Paseo General Escalón No. 3737,

de esta ciudad, Edificio GALERIAS SIMAN, 2do. Piso, Oficinas Cor-

porativas.-

TEMAS DE CARACTER ORDINARIA

I. Verificación y establecimiento del quórum

II. Memoria de la Junta Directiva

III. Presentación del Balance General, Estado de Pérdidas y

Ganancias y el Informe del Auditor, al 31 de diciembre del

2002, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las

medidas que se juzguen oportunas.

IV. Elección del Auditor Propietario y Suplente, y fijación de sus

honorarios.

V. Distribución de utilidades.

VI. Varios.

QUORUM NECESARIO PARA CELEBRAR LA ASAMBLEA

En primera convocatoria, mínimo 37,501 (TREINTA Y SIETE

MIL QUINIENTAS UNA ACCIONES) y para tomar resoluciones se

necesitará: la mayoría de votos presentes.

En segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de acciones

representadas y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos

presentes.

En caso de que no hubiere quórum en la hora y fecha expresada,

para celebrar Junta General Ordinaria, en primera convocatoria, se cita

por segunda vez, a las 16 horas del día 21 de marzo del año 2003, en el

mismo local, situado en Paseo General Escalón No. 3737 de esta ciudad,

Edificio GALERIAS SIMAN, 2º. Piso Oficinas Corporativas.

San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil tres.

JAIME FRANCISCO ROMERO VENTURA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3920-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de CLUB DE PLAYAS SALINITAS, S.A. CONVO-

CA a sus accionistas, para celebrar Junta General Ordinaria, a las diez

horas del día treinta de mayo del año dos mil tres, en las instalaciones del

Club Salinitas situadas en el Cantón Punta Remedios, desvío a los

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Cóbanos Km. 79 de la carretera a Acajutla, Departamento de Sonsonate,

conforme a la siguiente agenda:

1- Comprobación de Quórum

2- Lectura y discusión del Acta de la Junta anterior

3- Memoria correspondiente al Ejercicio del año dos mil dos

4- Balance y Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio que

terminó el treinta y uno de diciembre del año dos mil dos

5- Informe del Auditor

6- Nombramiento del Auditor y fijamiento de sus emolumento

7- Elección de Junta Directiva

8- Cualquier otro asunto que sea de interés para los destinos de

la Sociedad y de conformidad con la ley pueda tratarse.

La Junta se considerará legalmente constituida y podrá tomar

resoluciones con la mitad más una del total de acciones que representen

el Capital Social de la Empresa, es decir 2,501. En caso de no reunirse el

Quórum legal necesario se convoca por segunda vez para el día treinta y

uno de mayo del año dos mil tres, a las diez horas, en el mismo local antes

mencionado, para tratar sobre la misma agenda, pudiendo celebrarse la

Junta cualquiera que sea el número de acciones que estén presentes y/o

representadas.

Deseamos recordarle que de acuerdo a las disposiciones del Código

de Comercio, los Directores de la Institución y el Auditor no podrán

representar acciones de otro accionista a menos que sean sus represen-

tantes legales.

Le agradecemos tener en cuenta lo anterior, si usted desea enviar-

nos su representación, la cual no podrá ser a nombre de ninguno de los

miembros de la Junta Directiva que citamos a continuación:

DIRECTOR PRESIDENTE: DR. JOSE MAURICIO

SANTAMARIA ROJAS.

DIRECTOR SECRETARIO: DON RENE ARMANDO ARCE

SUAREZ.

PRIMER DIRECTOR: DR. FEDERICO GUILLERMO

SALAVERRIA R.

SEGUNDO DIRECTOR: DR. JOSE MAURICIO MAESTRE

DIRECTORES SUPLENTES: DON RUBEN HUEZO SELVA.

DON SILVIO GIAMMATTEI.

DON JOSE RAMIRO CHAVEZ.

San Salvador, 10 de febrero 2003.

CLUB DE PLAYAS SALINITAS, S.A.

Dr. JOSE MAURICIO SANTAMARIA ROJAS,PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3837-2

AVISO

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE

LA SOCIEDAD CARGLOMAR S.A. DE C. V., AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por acuerdo de la Junta General Extraordina-

ria de Accionistas, celebrada en la ciudad de Soyapango, a las ocho horas

del día cinco de febrero de dos mil tres, se acordó el AUMENTO DEL

CAPITAL SOCIAL en su parte fija, de la cantidad actual que es de

VEINTE MIL COLONES a CIEN MIL COLONES, por medio del

Aumento del valor de las participaciones sociales, el motivo del aumento

es con el fin de darle cumplimiento a lo establecido en los Artículos

Ciento Tres y Mil Quinientos Sesenta y Seis del Código de Comercio,

Designándose para otorgar la Escritura Pública de Aumento de Capital

Social así como para los demás trámites legales pertinentes al Adminis-

trador Unico Propietario, señor CARLOS EDGARDO ANGULO FLO-

RES,

Soyapango, a los seis días del mes de febrero de dos mil tres.

CARGLOMAR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE

CARLOS EDGARDO ANGULO FLORES,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. 3838-2

MARTHA ALICIA GOMEZ DE SACA, Notario del domicilio de San

Salvador,

HACE SABER: al público que el día veintitrés de enero de dos mil

tres, se otorgó en mis oficios notariales la escritura publica de Constitu-

ción de Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual se encuentra

inscrita en el Registro de Comercio con el número CINCO del Libro UN

MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE de Registro de Sociedades,

y cuyas cláusulas en extracto son las siguientes:

I. Nombre, edad, ocupación, nacionalidad y domicilio de los

accionistas:

PATRICIO FERNANDO GUZMAN SAN MARTIN, de cincuen-

ta años, empresario, chileno, del domicilio de San Javier de Loncomilla,

República de Chile, portador de su pasaporte chileno, número: seis siete

cero seis cero seis ocho -siete. JUAN EDUARDO GUZMAN SAN

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MARTIN, empresario del domicilio de Bobadilla Norte, San Javier, deLoncomilla, República de Chile, portador de su pasaporte Chileno,número: siete seis seis tres cuatro seis tres-siete. EDUARDO HAROLDOHUIDOBRO MACAYA, de cincuenta y nueve años, ingeniero agróno-mo, Chileno, del domicilio de San Salvador, Departamento de SanSalvador, Portador de su Carné de Extranjero Residente definitivo,número cero cero cero dos seis siete ocho cuatro. ROBERTO RAMIREZCROUCHETT, de treinta y cinco años, Ingeniero Industrial, Salvadore-ño, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador,portador de su Documento Unico de Identidad número cero uno tres cerouno seis tres cinco - tres. PAMELA ALEXANDRA ATALA SELMANDE RAMIREZ, de veintiocho años, Ingeniero Industrial, chilena, deldomicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, portadora desu Carné de Extranjero Residente definitivo número cero cero cero trescinco nueve cero tres.

II.- Domicilio de la sociedad: Tepecoyo, Departamento de Son-sonate.

III.- Naturaleza: de Responsabilidad Limitada

IV.- Finalidad: Importación, exportación, comercialización, pro-ducción, elaboración, y compraventa de todo tipo de alimen-tos.

V.- Denominación: IMPORTADORA Y EXPORTADORARAPIFRESH LIMITADA.

VI.- Plazo: tiempo indeterminado.

VII.- Capital Social: ¢100.000.00 (cien mil colones).

VIII.- Régimen de administración: Administración Unica.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

San Salvador, dieciocho de febrero de dos mil tres.

Lic. MARTHA ALICIA GOMEZ DE SACA,

NOTARIO

3 v. alt. No. 3836-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad "Centro de Maquinaria y Repuestos,S. A. de C. V.", que puede abreviarse "Cemar, S. A. de C. V." de estedomicilio, convoca a los señores accionistas a Junta General Ordinaria,a celebrarse el día veintidós de mayo a partir de las dieciocho horas, enlas instalaciones de la empresa situadas en Boulevard Venezuela 1132 enSan Salvador, para conocer los asuntos incluidos en la siguiente agenda:

1- Lectura del Acta anterior

2- Lectura de la memoria de labores que presenta la JuntaDirectiva

3- Presentación del Balance General y Estado de Pérdidas yGanancias para el ejercicio que Finalizo el 31 de diciembredel año 2002.

4- Conocimiento del informe del Auditor externo para el ejerci-cio que finalizó el 31 de diciembre del año 2002.

5- Aplicación de resultados

6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

7- Varios.

Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en laprimera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lomenos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y lasresoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de votospresentes. Si no hubiere quórum en la fecha y hora expresada, se convocapor segunda vez, a las dieciocho horas del día veintitrés de mayo del dosmil tres, en el mismo lugar destinado para la primera convocatoria.

Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de laconvocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera,se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número deacciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de losvotos presentes.

San Salvador, diecisiete de febrero de 2003

JOHN BUCHNER,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3857-2

CONVOCATORIA

"INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE", que puede abreviarse "INVERSIONES ROBLE, S.A. DEC.V.", de este domicilio, convoca a sus accionistas a Junta GeneralOrdinaria que se llevará a cabo a las nueve horas del día veintiséis demarzo del dos mil tres, en el Hotel Real Inter-Continental, en esta ciudad.

La Agenda de la sesión para la Junta General Ordinaria es lasiguiente:

I. Memoria anual de la Junta Directiva

II. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias delejercicio comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre del2002

III. Informe del Auditor

IV. Destino de las utilidades percibidas en el ejercicio social quefinalizó el 31 de diciembre del 2002 y utilidades retenidas.

V. Elección de Junta Directiva y asignación de sus emolumentos

VI. Nombramiento del Auditor y designación de sus honorarios

VII. Nombramiento del Auditor Fiscal y designación de sushonorarios

VIII. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quesea de competencia de esta Junta, conforme a la ley o al PactoSocial.

El quórum necesario para celebrar esta Junta es la mitad más unade las acciones con derecho a voto, o sea que deben estar representadasTRESCIENTAS TREINTA Y SEIS MIL UNA acciones y para adoptarresoluciones es necesaria la mayoría de los votos presentes.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha de la convocatoria,se convoca a los accionistas a celebrar en segunda fecha de convocatoriala referida Junta General en el mismo lugar a las nueve horas del díaveintisiete de marzo del dos mil tres, y la Junta se celebrará cualquieraque sea el número de acciones representadas con derecho a voto y susresoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes.

San Salvador, a los doce días del mes de febrero del dos mil tres.

MARIO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. 3990-2

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Laboratorios ARSAL, S.A. de C.V., conforme a laCláusula Décimo Cuarta y Décimo Sexta de la Escritura Social convocaa los señores Accionistas de esta Sociedad a Junta General Ordinaria deAccionistas, la cual se celebrará a las nueve horas del día MiércolesVeintiséis de Marzo del año Dos Mil Tres, en la oficina de la empresasituada en Calle Modelo Número quinientos doce, San Salvador, en lacual se tratará la siguiente Agenda:

AGENDA

1- Establecimiento de Quórum

2- Lectura y aprobación de Memoria Anual de Labores, corres-pondiente al Ejercicio Dos Mil Dos, el Balance General al 31de Diciembre de 2002, el Estado de Resultados del 1o deEnero al 31 de Diciembre de 2002.

3- Conocer el Informe del Auditor Externo.

4- Aplicación sobre las Utilidades.

5- Nombramiento del Auditor Externo Ejercicio 2003 y fijaciónde sus Honorarios.

6- Nombramiento del Auditor Fiscal Ejercicio 2003 y fijaciónde sus Honorarios.

7- Autorizaciones del Art. 275 del Código de Comercio.

8- Fijación de Dietas a Directores.

Para que exista Quórum legal en Primera Convocatoria deberán deestar presentes o representadas por lo menos, la mitad más uno de lasacciones de la Sociedad, o sea, SESENTA Y OCHO MIL NOVECIEN-TOS TREINTA Y OCHO ACCIONES (68,938 Acciones) y las Resolu-ciones serán válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes orepresentados.

En caso de no haber Quórum en la fecha y hora anteriormenteindicada, por este medio se convoca para celebrar dicha Junta en el lugary hora señalada (09:00) horas, el día Viernes Veintiocho de Marzo delaño 2003, y habrá quórum con el número de acciones que estén presenteso representadas y las Resoluciones en esta Segunda Convocatoria, setomarán por mayoría de los votos presentes o representados.

San Salvador, 18 de Febrero de 2003.

Lic. CARLOS ALBERTO GONZALEZ ARGUELLO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4444-2

CONVOCATORIA

"METROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE", que puede abreviarse "METROCENTRO, S.A. DE C.V.", de este

domicilio, convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria y Extraor-

dinaria que se llevará a cabo a las diez horas del día veintiséis de marzo

del dos mil tres, en el Hotel Real Inter-Continental, en esta ciudad.

La Agenda de la sesión para la Junta General Ordinaria es la

siguiente:

I. Memoria anual de la Junta Directiva

II. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias delejercicio comprendido del 1°. de enero al 31 de diciembre del2002

III. Informe del Auditor

IV. Destino de las utilidades percibidas en el ejercicio social quefinalizó el 31 de diciembre del 2002 y utilidades retenidas

V. Elección de Junta Directiva y asignación de sus emolumentos

VI. Nombramiento del Auditor y designación de sus honorarios

VII. Nombramiento del Auditor Fiscal y designación de sushonorarios

VIII. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quesea de competencia de esta Junta, conforme a la ley o al PactoSocial.

El quórum necesario para celebrar esta Junta es la mitad más unade las acciones con derecho a voto, o sea que deben estar representadasDOS MILLONES CUARENTA MIL UNA acciones y para adoptarresoluciones es necesaria la mayoría de los votos presentes.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha de la convocatoria,se convoca a los accionistas a celebrar en segunda fecha de convocatoriala referida Junta General en el mismo lugar a las diez horas del díaveintisiete de marzo del dos mil tres, y la Junta se celebrará cualquieraque sea el número de acciones representadas con derecho a voto y susresoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes.

La agenda de la sesión para la Junta General Extraordinaria es lasiguiente:

I. Autorización para la emisión de Títulos Valores en el Merca-do de Valores de El Salvador, S.A. de C.V. (Bolsa de Valores)

El quórum necesario para celebrar esta Junta es de las tres cuartaspartes de todas las acciones con derecho a voto, o sea que deben estarrepresentadas TRES MILLONES SESENTA MIL acciones y paraadoptar resoluciones es necesaria igual proporción.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha de la convocatoria,se convoca a los accionistas a celebrar en segunda fecha de convocatoriala referida Junta General Extraordinaria, en el mismo lugar a las diezhoras del día veintisiete de marzo del dos mil tres, y la Junta se celebrarácon la mitad más una de las acciones que componen el Capital social ysus resoluciones se tomarán con las tres cuartas partes de las accionespresentes.

San Salvador, a los doce días del mes de febrero del dos mil tres.

MARIO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL,

DIRECTOR PROPIETARIO.

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA

“HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “HOTELES, S.A. DEC.V.”, de este domicilio, convoca a sus accionistas a Junta GeneralOrdinaria que se llevará a cabo a las once horas del día veintiséis de marzodel dos mil tres, en el Hotel Real Inter-Continental, en esta ciudad. LaAgenda de la sesión para la Junta General Ordinaria es la siguiente:

I. Memoria anual de la Junta Directiva

II. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias delejercicio comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre del2002

III. Informe del Auditor

IV. Destino de las utilidades percibidas en el ejercicio social quefinalizó el 31 de diciembre del 2002 y utilidades retenidas.

V. Nombramiento del Auditor y designación de sus honorarios.

VI. Nombramiento del Auditor Fiscal y designación de sushonorarios.

VII. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quesea de competencia de esta Junta, conforme a la Ley o al PactoSocial.

El quórum necesario para celebrar esta Junta es la mitad más unade las acciones con derecho a voto, o sea que deben estar representadasNOVENTA y CINCO MIL UNA acciones, y para adoptar resolucioneses necesaria la mayoría de los votos presentes.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha de la Convocatoria,se convoca a los accionistas a celebrar en segunda fecha de Convocatoriala referida Junta General en el mismo lugar a las once horas del díaveintisiete de marzo del dos mil tres, y la Junta se celebrará cualquieraque sea el número de acciones representadas con derecho a voto y susresoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del dos miltres.

CARLOS PATRICIO ESCOBAR THOMPSON

DIRECTOR VICEPRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3989-2

CONVOCATORIA

El Representante Legal de “CONSTRUCCIONES Y RENTAS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, convoca a los Accionis-tas de la Sociedad a celebrar JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIADE ACCIONISTAS, que realizará en las Oficinas de la Sociedadubicadas en Carretera El Litoral, Kilómetro Ciento Ochenta y Uno uncuarto, Hacienda El Melonal, Conchagua, La Unión, a partir de lasdiecisiete horas del día treinta y uno de marzo del dos mil tres, en las quese conocerá y resolverá la siguiente Agenda:

AGENDA

1.- Verificación del Quórum

2.- Lectura del Acta anterior

3.- Modificación al Pacto Social

4.- Nombramiento del Ejecutor Especial

Para que haya quórum y poder conocer de los asuntos contenidosen la Agenda en Primera Convocatoria, será necesario que estén presen-tes o representadas por lo menos las tres cuartas partes de todas lasAcciones de la Sociedad y tomar resolución se necesitará igual propor-ción.-

En caso de no haber quórum en la Primera Convocatoria se convocapor segunda vez para el día uno de abril del dos mil tres a las diecisietehoras, en el mismo lugar, ésta se instalará con la mitad más una de lasacciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán conel voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas.

San Salvador, a los diecinueve días del mes de febrero del dos miltres.-

RICARDO YOVANY MELENDEZ MOREIRA,

REPRESENTANTE LEGAL

CONSTRUCCIONES Y RENTAS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 3942-2

CONVOCATORIA

El Representante Legal de “SERVICIOS DE CONSTRUCCION YTERRACERIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”,convoca a los Accionistas de la Sociedad a celebrar JUNTA GENERALEXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que realizará en las Ofici-nas de la Sociedad ubicadas en Colonia y Pasaje Guadalcanal NúmeroCiento Dieciséis, Block C, Ciudad Delgado, San Salvador, a partir de lasdiecisiete horas del día treinta y uno de marzo del dos mil tres, en las quese conocerá y resolverá la siguiente Agenda:

AGENDA

1.- Verificación del Quórum

2.- Lectura del Acta anterior

3.- Modificación al Pacto Social

4.- Nombramiento del Ejecutor Especial

Para que haya quórum y poder conocer de los asuntos contenidosen la Agenda en Primera Convocatoria, será necesario que estén presen-tes o representadas por lo menos las tres cuartas partes de todas lasAcciones de la Sociedad y tomar resolución se necesitará igual propor-ción.-

En caso de no haber quórum en la Primera Convocatoria se convocapor segunda vez para el día uno de Abril del dos mil tres a las diecisietehoras, en el mismo lugar, ésta se instalará con la mitad más una de lasacciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán conel voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes o representa-das.- San Salvador, a los diecinueve días del mes de febrero del dos miltres.

Ing. SAUL ROBERTO AVELAR SANCHEZ,

REPRESENTANTE LEGAL

SERVICIOS DE CONSTRUCCION Y TERRACERIA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 3946-2

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de EDUCANDO. S.A. DE C.V., de acuerdo con lacláusula décima novena de la Escritura de Constitución convoca a laJunta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo a las 16horas 30 minutos del día 5 de mayo del año 2003, en sus oficinas situadasen Calle Los Abetos Número 1234, Colonia San Francisco, de estaciudad, para conocer la siguiente Agenda:

1. Establecimiento de quórum.

2. Lectura y Aprobación del acta de la sesión celebrada el día 3de mayo de 2002.

3. Lectura de Memoria de Labores del año 2002 y Proyeccionespara el año 2003.

4. Balance General y Estado de Resultados al 31 de diciembredel año 2002 e informe del Auditor Externo.

5. Aplicación de Utilidades.

6. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

7. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de su remunera-ción.

8. Cierre de la Sesión. Si no hubiere Quórum para celebrar Juntaen la hora y fecha indicadas, se cita en segunda convocatoria,para el mismo fin, a las 16 horas 30 minutos del día 6 de mayodel dos mil tres, en el lugar antes mencionado. Para tratar losasuntos ordinarios en primera convocatoria se requiere laasistencia de la mitad más una de las Acciones que componenel Capital Social; y en segunda convocatoria el Quórum seintegrará con cualquier número de Acciones.

San Salvador diecinueve de febrero del año dos mil tres.

ROSEMARIE MARTINEZ GUTIERREZ DE SAUERBREY,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3939-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Clínicas Médico Odontológicas Salvadoreñas,Sociedad Anónima de Capital Variable (CLIMOSAL, S.A. DE C.V.), ensesión de fecha 14 de febrero del 2003, convoca: a Junta GeneralOrdinaria de Accionistas, que celebrará en las instalaciones deCLIMOSAL, S.A. de . C. V. situado en la 6a. Calle poniente No. 4-4 entrela 6a. Y 8a. Avenida Sur, de la ciudad de Nueva San Salvador, el díaveintisiete de marzo del dos mil tres a las dieciocho horas y treintaminutos en primera convocatoria y de no haber quórum se convoca ensegunda convocatoria el día veintiocho de marzo a la misma hora, en elmismo lugar para tratar la siguiente agenda:

1. Confirmación de Quórum, y firma de acta de asistencia.

2. Lectura y aprobación de la agenda.

3. Lectura de Junta General Anterior.

4. Memoria de labores de Junta Directiva, conocimiento yaprobación del ejercicio económico de la Sociedad, al 31 dediciembre del dos mil dos, e informe de Auditor Externo.

5. Elección del auditor y fijación de sus honorarios.

6. Otros asuntos que conforme a la ley, que puedan tratarse enesta junta.

Para celebrar la sesión en primera convocatoria se necesita laasistencia de la mitad más uno del total de acciones de la Sociedad, queestén presentes o Representadas y las resoluciones se tomarán pormayoría de los votos que estén presentes o representadas y en segundaconvocatoria la reunión se celebrara cualquiera que sea el número deacciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomaran pormayoría de votos de la acciones presentes o representadas.

Nueva San Salvador, 17 de Febrero del 2003.

Dr. JUAN ANTONIO HASBUN HERNANDEZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 3939-Bis-2

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público engeneral, que se ha presentado la sra. María B. de Vásquez del domiciliode San Salvador, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida95080898 emitida el 14/08/1995. Si dentro de 30 días contados a partirde la última publicación de este aviso no se presentare oposición seprocederá a reponer la mencionada póliza.

28 de enero de 2003.

ALBA ARMIDA DE ANDREU

3 v. alt. No. 3815-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002011645

ESTABLECIMIENTO 2002011645- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GUILLEN,BALTAZAR ARCADIO en su calidad de Representante Legal de laSociedad CORPORACION G.M., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse CORPORACION G.M. S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 34 dellibro 484 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-291185-003-0, ha presenta-do solicitud a las quince horas y once minutos del día veintisiete deseptiembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos deEmpresa No 2002011645 y Establecimiento No 2002011645- 001; afavor de la Empresa denominada CORPORACION G.M., SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a TURISMO,con dirección en KILOMETRO 10 1/2 CARRETERA AL PUERTO DELA LIBERTAD, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN' cuyoactivo asciende a OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVE-CIENTOS CUATRO DOLARES CON 12 /100 $ ($ 842,904.12) y que

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) CORPORACIONG.M., S. A. DE C.V. ubicado en KILOMETRO 10 1/2 CARRETERAAL PUERTO DE LA LIBERTAD, del domicilio de ANTIGUO CUS-CATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. SanSalvador, veinte de diciembre de dos mil dos.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 3956-2

Clase: 05

No. de Exp.: 2002025366

No. de Pres.: 20020025647

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SARA ELIZA-BETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO deINDUSTRIA FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abre-via: INFASA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el regis-tro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NEUROFORTAN

Consistente en: la expresión NEUROFORTAN.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3904-2

Clase: 30

No. de Exp.: 2002028077

No. de Pres.: 20020029958

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAMERCEDES MEJIA AGUILAR, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de HERMANOS RODRIGUEZ ANGULO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abreviaRODANH. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Lorena y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3846-2

JOSE GERARDO HERNANDEZ RIVERA, Notario, de este domicilio,con Oficina Profesional situada en Edificio Pro de Pro, Local Uno- “A”,Primer Nivel, contiguo a Centro Judicial Isidro Menéndez, sobre Boule-vard Tutunichapa, Centro de Gobierno, San Salvador:

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, de lasnueve horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunciónocurrida en esta ciudad, el día diecinueve de Abril del año dos mil dos,dejó la señora ANA DOLORES FLORES MEDRANO conocida porANA DOLORES FLORES MEDRANO DE PEÑA, por parte del señorRENE ALFREDO PEÑA GIRON o RENE ALFREDO PEÑA JIRON,en su concepto de cónyuge sobreviviente de la de Cujus; por lo que se leha conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión,con las obligaciones de curador de la herencia yacente. En consecuencia,por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referidaherencia, para que se presenten a mi oficina en el término de quince días,contados desde el siguiente al de la última publicación del presenteedicto.

Librado en la Oficina Profesional del Notario JOSE GERARDOHERNANDEZ RIVERA, en la ciudad de San Salvador, a los diecisietedías del mes de Febrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE GERARDO HERNANDEZ RIVERA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 4093-2

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

OSCAR RENE REYES, Notario, del domicilio de Santa Ana, conoficina situada en Cuarta Calle Poniente, número ocho, Santa Ana, alpúblico,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente ycon beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunciónocurrida en el Hospital Nacional de San Bartolo, jurisdicción de Ilopan-go, el día catorce de mayo de mil novecientos noventa y ocho, dejó laseñora MARIA BONIFACIA CHEVEZ PORTILLO, de parte del señorNARCISO ELIAS CHEVEZ, en concepto de hijo de la causante nominada,habiéndosele conferido la administración y representación interina de lasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todas las personas que secrean con derecho a dicha herencia, para que se presenten a la referidaoficina en el término de ley.

Librado en la oficina del suscrito Notario, Santa Ana, a los cincodías del mes de febrero del año dos mil tres.

OSCAR RENE REYES,NOTARIO.

3 v. alt. No. 3587-3

OSCAR RENE REYES, Notario, del domicilio de Santa Ana, conoficina situada en Cuarta Calle Poniente, número ocho, Santa Ana, alpúblico,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente ycon beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunciónocurrida en el Barrio La Cruz, de San Juan Opico, el día once denoviembre de mil novecientos noventa y cinco, dejó el señor MARIANOANDRADE SALGUERO, de parte de la señora FELIPA ANDRADEDE PAZ, conocida por MARTA FELICIANA ANDRADE y MARTAANDRADE, en concepto de hija del causante nominado, habiéndoseleconferido la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todas las personas que secrean con derecho a dicha herencia, para que se presenten a la referidaoficina en el término de ley.

Librado en la oficina del suscrito Notario, Santa Ana, a los seis díasdel mes de febrero del año dos mil tres.

OSCAR RENE REYES,NOTARIO.

3 v. alt. No. 3589-3

EFRAIN ALONSO PEREZ, Notario, de este domicilio, con oficinasituada en Colonia Santa Lucía Pasaje "N", número ciento veinticuatro,Ilopango,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las doce horasdel día siete de febrero de dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de parte del señor LEONIDASLOPEZ PEREZ, conocido por LEONIDAS LOPEZ, en su calidad decónyuge sobreviviente y como cesionario de los derechos hereditariosque le correspondían a la señora FRANCISCA GAMEZ; la herenciaintestada que a su defunción dejó la señora ROSA MAGDALENAGAMEZ, conocida por ROSA MAGDALENA GAMEZ DE LOPEZ,MARIA MAGDALENA GAMEZ y por ROSA ELENA GAMEZ, quienfue de cincuenta y dos años de edad, de oficios domésticos y quienfalleció en la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, suúltimo domicilio, el catorce de septiembre del dos mil dos. Habiéndoseconferido al aceptante la administración y representación interina de lasucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.Librado en San Salvador, a las nueve horas del día quince de febrero

de dos mil tres.EFRAIN ALONSO PEREZ,

NOTARIO.3 v. alt. No. 3570-3

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, deldistrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos deley,

HACE SABER: que en las diligencias de aceptación de herencia,promovidas por el Licenciado JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA,como Apoderado General Judicial de la señora ISABEL CRISTINA DEMAJANO, en bienes del causante NORBERTO VIGIL, por resoluciónde las doce horas del día tres de febrero del corriente año, se ha tenido poraceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor NORBERTO VIGIL, quien fuede treinta y dos años de edad, casado, agricultor en pequeño, originariode Meanguera, de nacionalidad salvadoreña, hijo de CORNELIO VIGILy VICTORIA REYES y FALLECIO el día catorce de mayo de milnovecientos ochenta, en el Cantón Cerro Pando, Jurisdicción deMeanguera, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señoraISABEL CRISTINA VIGIL DE MAJANO, en su calidad de herederacomo hija y cesionaria del derecho de herencia de la señora ENMAARGUETA, ésta como esposa del causante.

Se le confirió a la aceptante mencionada, y en la forma establecida,la administración y representación interinas de la sucesión, con lasfacultades y restricciones para los curadores de la herencia yacente.

A publicarse los edictos respectivos, como lo estipula el Artículo1,163 del Código Civil.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que sepresenten a deducirlo en el término de quince días contados desde elsiguiente a la tercera publicación del edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las ocho horas y treinta minutos del día siete de febrero deldos mil tres.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a.INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3561-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y treintaminutos del día veintiocho del corriente mes y año, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-DA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor LUISALONSO CASTELLANOS, quien falleció en el Hospital Militar de laJurisdicción de San Salvador; a las diez horas con diez minutos del díados de octubre de dos mil uno, siendo su último domicilio esta ciudad; porparte de la señora MIRIAM YOLANDA LARROMANA DE CASTE-LLANOS o MIRIAM YOLANDA LARROMANA VIUDA DE CAS-TELLANOS, en su concepto de cónyuge sobreviviente del de cujus.Habiéndosele conferido a la aceptante en el concepto antes indicado, laADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LASUCESION con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a la presenteherencia, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quincedías contados a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las ocho horas ycuarenta minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil dos.- Lic.JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.YANIRA MAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3560-3

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diezhoras del día once de noviembre de este año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó el señor ANTONIO MARTINEZ GIRON, que falle-ció el día diez de agosto de mil novecientos noventa y siete, en el CantónEl Carmen de esta jurisdicción, su último domicilio, por parte del señorRAFAEL ANIBAL REYES MARTINEZ, en concepto de hijo delcausante; y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador yrepresentante de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los diecinueve días delmes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- Lic. REINALDOAMILCAR FUENTES, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTORODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3560-Bis-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasnueve horas quince minutos del día treinta de enero del dos mil tres, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario departe de la señora ANA MARGARITA FIGUEROA DELGADO, cono-cida por ANA MARGARITA CORONADO FIGUEROA y por ANADELGADO CORONADO, la herencia intestada dejada por FELICIANADELGADO DE FIGUEROA, quien fue de setenta y siete años de edad,casada, de oficios domésticos, fallecida el día doce de febrero del dos mildos, en el Hospital de Santa Ana, siendo Metapán, su último domicilio.La aceptante lo hace en calidad de hija de la referida causante; enconsecuencia se le confiere interinamente la administración y represen-tación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas del díasiete de febrero del dos mil tres.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOSLIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA,SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. 3548-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasnueve horas del día ocho de enero del dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de MARIAEMMA ESCOBAR, la herencia intestada dejada por JUAN ESCOBAR,quien fue de setenta años de edad, viudo, agricultor, fallecido a las quincehoras del día catorce de septiembre de mil novecientos setenta y siete, enel Cantón Ceibita de esta comprensión, siendo Metapán su últimodomicilio.- La expresada aceptante lo hace en calidad de hija sobrevi-viente del referido causante; en consecuencia se le confiereINTERINAMENTE la administración y representación de la sucesióncon las facultades y restricciones que le ley confiere a los curadores dela herencia yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del díadiez de enero del dos mil tres.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA,JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA FIGUEROAFIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3546-3

CONVOCATORIAEl Administrador Unico de la Sociedad CENTRO AGRICOLA GANA-DERO, S. A. DE C. V., CONVOCA: a los señores Accionistas a JUNTAGENERAL EXTRAORDINARIA, a celebrarse en las oficinas de laSociedad, ubicadas en Av. Juan Vicente Villacorta y Calle Litoral de laciudad de Zacatecoluca, el día miércoles 19 de marzo de 2003, de las diezhoras en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convocapara el día jueves 20 de marzo del mismo año, de las quince horas enadelante en el mismo lugar, para conocer los asuntos de carácter extraor-dinario.

AGENDA PUNTOS EXTRAORDINARIOS1- Aprobación de modificación al Pacto Social de Centro Agrí-

cola Ganadero, S. A. de C. V., en virtud de Aumento deCapital Social.

2- Nombramiento de Ejecutor Especial de los acuerdos.

El quórum legal necesario para conocer los asuntos de carácterextraordinario, en primera convocatoria, será de las tres cuartas partes detodas las acciones de la Sociedad y para formar resolución se necesitaráigual proporción. En caso de segunda convocatoria, el quórum legalnecesario para conocer será de la mitad más una de las acciones quecomponen el capital social; el número de votos necesarios para formarresolución, serán de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Zacatecoluca, veinticuatro de febrero de dos mil tres.

MANUEL RODAS LAZO,ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 5277-3

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL, SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas cuarentaminutos del día veinticuatro de enero del dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herenciaintestada que a su defunción dejó el señor LEONZO VAZQUEZ VAS-QUEZ, quien falleció a las catorce horas treinta minutos del día dieciséisde noviembre del dos mil uno; siendo su último domicilio esta ciudad, departe de la señora YUDITH LORENA MEJIA VIUDA DE VASQUEZy del menor WILLIAN ALEXANDER VASQUEZ MEJIA, la primeraen calidad de cónyuge sobreviviente y el segundo en calidad de hijo delcausante y representado legalmente por su madre señora YUDITHLORENA MEJIA VIUDA DE VASQUEZ y se les ha conferido a losaceptantes en el carácter antes indicado conjuntamente la administracióny representación interinas de la sucesión con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectoslegales.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diezhoras cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de enero del dos miltres.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3542-3

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las nuevehoras y treinta minutos del día veintidós de noviembre del corriente año,se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que al fallecer a las dieciocho horas del día veinticua-tro de septiembre del dos mil, en la ciudad de Bolívar, Departamento deLa Unión, siendo su último domicilio el de Nueva Esparta, dejara el señorSamuel Antonio Maldonado conocido por Samuel Caballero, SamuelCaballero Cabrera, Samuel Antonio Maldonado Caballero o SamuelCabrera Caballero, a los herederos Rosa Mirian Alfaro de Caballero,Evelyn Xiomara Caballero Alfaro y Mirian Marilú Caballero Alfaro, laprimera en concepto de cónyuge y las demás como hijas del causante ylas menores Glenda Roxana Caballero Alfaro y Wendy EsmeraldaCaballero Alfaro en calidad de hijas del referido causante representadaspor su madre Rosa Mirian Alfaro de Caballero, de conformidad a loestablecido en el Art. 988 No. 1° del Código Civil. Se le confirió a lasaceptantes en tal carácter la administración y representación interina delos bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones delos Curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las oncehoras del día veintiocho de noviembre del dos mil dos. Lic. ANGELALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. RAFAEL ANTO-NIO FRANCO, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. 3530-3

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día diezde enero del corriente año, se ha tenido por Aceptada con beneficio deInventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señorMARCOS UMANZOR, quien falleció a las diecisiete horas del díadiecinueve de septiembre de dos mil, en esta Ciudad, siendo en CantónLas Delicias de esta Jurisdicción el lugar de su último Domicilio; de partede la señora BLANCA NOHEMI ARIAS DE UMANZOR, conocida porBLANCA NOEMI ARIAS y por BLANCA NOHEMI ARIAS DE LAO DE UMANZOR, en calidad de esposa sobreviviente del causante.Confiérese a la Aceptante en el carácter indicado, la Administración yRepresentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-ciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SAN MI-GUEL, a las once horas y cinco minutos del día diez de enero de dos miltres. Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL. Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3527-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída a las quince horas deeste día, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio deInventario de parte del señor JOSE AMILCAR ARANA PARADA, laHerencia Intestada dejada a su defunción por la señora MARIA TERESAARANA PARADA, quien falleció el día treinta de noviembre del añodos mil dos, a la edad de setenta y dos años, en el Barrio Las Flores deesta ciudad, siendo éste su último domicilio, en su concepto de hermanode la causante. Confiriéndosele al aceptante en el concepto antes indica-do, la Administración y Representación Interina de la indicada Sucesión,con las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente.

Cítense a las personas que se crean con derecho a la sucesión paraque se presenten a este Juzgado a deducirla, dentro de los quince díassiguientes a la publicación del Edicto respectivo.

Lo que se pone a conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a lasquince horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de enero delaño dos mil tres. Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSAFLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3516-3

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas con treintaminutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor Carlos Cornejo Barrera conocido por Carlos Cornejo, quien fue desesenta y tres años de edad, jornalero, casado, originario de SantiagoNonualco, falleció accidentalmente en el Hospital Nacional de Cojute-peque, el día treinta de agosto del dos mil dos, siendo esta ciudad el lugarde su último domicilio, de parte de la señora Adela Carballo de Cornejo,en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Y se ha nombradoa la aceptante en el carácter y forma expresados administradora yrepresentante interina de la sucesión con las facultades y restricciones delos curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas del día cinco defebrero del dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LOCIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3488-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, al Público para los efectos de ley.

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ochohoras con treinta minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que asu defunción acaecida, a las dos horas del día tres de febrero de milnovecientos ochenta y cinco, en el Cantón El Caracol, Jurisdicción deVictoria, Cabañas lugar de su último domicilio dejó el señor SANTOSMONTES AREVALO, conocido por SANTOS MONTES, quien fue denoventa años de edad, jornalero, casado, originario de Victoria, Cabañas,de nacionalidad Salvadoreña, hijo de SANTIAGO MONTES y deMARTIR AREVALO, de parte de don JOSE ALEJANDRO MONTESORELLANA, en calidad de hijo del causante; y se le ha conferido laadministración y representación interinas de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de la herencia yacente.

SE CITA los que se crean con derecho en la referida sucesión paraque se presenten a deducir tal circunstancia dentro de los quince díassiguientes a la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lasnueve horas con treinta minutos del día diez de febrero de dos mil tres.Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 3445-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal por el Licenciado DONALDO SOSA PREZA,apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOSEMPLEADOS PUBLICOS, que se abrevia “EL INSTITUTO” o“INPEP”, Institución Oficial Autónoma de Derecho Público, del domi-cilio de esta ciudad, contra los señores JUAN JOSE ZELAYA GARAYy CENIA ENILDA LOPEZ DE ZELAYA, conocida por XENIA

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ENILDA LOPEZ, y por XENIA LOPEZ, ambos mayores de edad,Ingeniero Agrónomo y Empleada, del domicilio de esta ciudad elprimero, y de los de Mejicanos y Soyapango la segunda, representadospor su Curador Especial Doctor RENE AYALA MENDOZA reclamán-doles cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá enPública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente:un inmueble urbano situado en el Barrio San Jacinto de esta ciudad yDepartamento, en el Kilómetro cuatro de la carretera que de esta ciudadconduce a Los Planes de Renderos, en la que se ha desarrollado parte dela Urbanización Bello San Juan, que de la tercera porción se segregó ellote marcado como lote número DIECISIETE, Polígono nueve, en el cualexiste una casa de sistema mixto, lote que se describe así: partiendo dela intersección formada por los ejes del pasaje Gibraltar y Avenida Cádizabiertos en la Urbanización, con rumbo Sur ochenta grados cincuentapunto seis minutos Este se miden sobre el eje del pasaje Gibraltar unadistancia de cuarenta y tres metros, en este punto haciendo una deflexiónizquierda de noventa grados con rumbo Norte nueve grados nueve puntocuatro minutos Este y distancia de siete punto sesenta metros se llega almojón número uno, esquina Suroeste del lote que se describe así: ALPONIENTE, del mojón número uno con rumbo Norte nueve gradosnueve punto cuatro minutos Este y distancia de veintiuno punto noventametros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lotenúmero dieciocho del polígono nueve de la misma Urbanización. ALNORTE, del mojón número dos, con rumbo Sur ochenta grados cincuen-ta punto seis minutos Este y distancia de trece punto noventa y cincometros se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lotesnúmeros veintinueve, treinta y treinta y uno del polígono nueve de lamisma urbanización. AL ORIENTE, línea compuesta de tres tramosrectos así: el primero del mojón número tres, con rumbo Sur treinta ycuatro grados cuarenta y seis punto cero minutos Oeste y distancia denueve punto veinte metros se llega al mojón número cuatro, el segundodel mojón número cuatro con rumbo Sur cero cero grados cuarenta y dospunto seis minutos Oeste y distancia de trece punto ochenta metros sellega al mojón número cinco, el tercero del mojón número cinco conrumbo Sur veintinueve grados once punto nueve minutos Oeste ydistancia de uno punto cero siete metros se llega al mojón número seis,lindando en los tres tramos con terreno del señor Mario Guerrero. ALSUR, línea compuesta de dos tramos así: el primero del mojón númeroseis, con rumbo Norte ochenta grados cincuenta punto seis minutosOeste y distancia de cuatro punto cincuenta y ocho metros se llega almojón número siete, el segundo en línea curva derecha de dos puntosetenta y siete metros de longitud y cuatro punto cincuenta metros deradio se llega al mojón número uno donde se inició la presente descrip-ción, lindando con terreno del señor Mario Guerrero y con lote númeroquince del polígono nueve de la misma urbanización, pasaje Gibraltar deonce punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descritotiene un área de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PUNTO TREIN-TA Y DOS METROS CUADRADOS. Dicho inmueble se encuentrainscrito a favor de los señores JUAN JOSE ZELAYA GARAY y CENIAENILDA LOPEZ DE ZELAYA, conocida por XENIA ENILDA LO-PEZ y por XENIA LOPEZ, al número SESENTA Y OCHO del LibroDOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS, del Registro de laPropiedad de este Departamento; asimismo, se encuentra registrado alSistema de Folio Real con matrícula número CERO UNO - CEROCINCO UNO OCHO CERO SIETE - CERO CERO CERO, InscripciónUNO, de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a lasquince horas del día veintiocho de Enero de dos mil tres. Dr. JOSEMANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br.ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3574/3575-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de esteDistrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido eneste Tribunal por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTROGARAY, actuando como Apoderada General Judicial del BANCOAGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, antes BANCO AGRICOLACOMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de estedomicilio, contra los señores JOSE ROBERTO BURGOS TURCIOS,Técnico en Ingeniería, CARLOS FRANCISCO BURGOS TURCIOS,Técnico Industrial, actualmente del domicilio de Queens, Estado deNueva York, Estados Unidos de América, ANA DEL CARMENTURCIOS DE BURGOS, Enfermera, REGINALDO DE JESUS

BURGOS FIGUEROA, conocido por REGINALDO BURGOSFIGUEROA y por REGINALDO BURGOS, Motorista, y MARITZANOEMI RODRIGUEZ DE BURGOS, Secretaria, esta última comoDeudora y Garante Hipotecaria, todos mayores de edad y del domiciliode Mejicanos, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fechaque más adelante se señalará, en inmueble que a continuación sedescribe: un solar urbano, y casa marcados con el número veintitrés TipoT-Dos-A del Pasaje número Siete de la Colonia “El Jardín”, situado enjurisdicción de Mejicanos, de este Departamento, de CIENTO DIECI-SEIS METROS CUADRADOS SETENTA Y CINCO DECIMETROSCUADRADOS, equivalentes a CIENTO SESENTA Y SIETE VARASCUADRADAS CUATRO CENTESIMOS DE VARA CUADRADA,con un AREA CONSTRUIDA DE CUARENTA Y CINCO METROSCUADRADOS CINCO DECIMETROS CUADRADOS, que a partir desu vértice Sureste, mide y linda: AL SUR: nueve metros cinco centíme-tros, con casa número veinticuatro, Tipo T-Dos-A, Pasaje número Sietede cinco metros de ancho de por medio AL PONIENTE: doce metrosnoventa centímetros, con casa número veintiuno, tipo T-Dos-A, delpasaje número Siete; AL NORTE: nueve metros cinco centímetros, concasa número veinticuatro, Tipo T-Dos-A., del Pasaje número Ocho; y ALORIENTE: doce metros noventa centímetros, con casa número veinti-cinco tipo T-Dos-A del Pasaje número Siete. Todos los colindantespertenecen a la citada Colonia y son o han sido propiedad del Institutode Vivienda Urbana. Propiedad de los demandados señores JOSEROBERTO BURGOS TURCIOS, CARLOS FRANCISCO BURGOSTURCIOS, ANA DEL CARMEN TURCIOS DE BURGOS,REGINALDO DE JESUS BURGOS FIGUEROA conocido porREGINALDO BURGOS FIGUEROA y por REGINALDO BURGOS yMARITZA NOEMI RODRIGUEZ DE BURGOS; Inscrito a su favor alNúmero CUARENTA del Libro DOS MIL OCHOCIENTOS OCHEN-TA Y TRES en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la PrimeraSección del Centro, Departamento de San Salvador.

La base del remate será de: CIENTO TREINTA Y SlETE MILCOLONES.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, alas doce horas del día diez de enero del año dos mil tres. Dr. SALVADORCANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. Lic.DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3572-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-vido por la Abogada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN,actuando en calidad de Apoderada Especial Judicial del FONDO SO-CIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del señor CARLOS JACOBOVILLACORTA BENAVIDES, reclamándole cumplimiento de obliga-ciones, se venderá en pública , subasta en este Tribunal el inmueble quese describe a continuación: un lote de terrero urbano y construcciones quecontiene, marcado en el plano respectivo con el número VEINTICUA-TRO, Pasaje Quince, Block “R” , del Proyecto Habitacional llamadoLirios del Norte II, de una extensión superficial de SESENTA Y SEISPUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Dicho loteforma parte del Reparto denominado Lirios del Norte II, ubicado en ellugar llamado Barranca Honda, jurisdicción de Cuscatancingo, de esteDepartamento, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL NORTE:trece punto treinta metros, AL ORIENTE: cinco metros. AL SUR: trecepunto cincuenta y cinco metros, y AL PONIENTE: cinco metros”. Elinmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del demandadoseñor CARLOS JACOBO VILLACORTA BENAVIDES, bajo la matrí-cula número M CERO UNO CERO SIETE UNO OCHO OCHO OCHO,Asiento CERO CERO TRES del Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas del Registro Social de Inmuebles.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las oncehoras con veinte minutos del día siete de enero del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. 3504-3

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo promovido por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DEGUZMAN, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,contra la señora RUTH YANIRA LOPEZ BATRES, reclamándolecantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, elinmueble siguiente: “Un lote urbano construido por la SociedadTERRACERIAS Y PAVIMENTACIONES, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse T.P., S.A. DE C.V.,el cual forma parte de la Urbanización denominada "URBANIZACIONRESIDENCIAL VILLA HERMOSA", situada en jurisdicción de Cusca-tancingo, en los Cantones, San Luis Mariona, Barranca Honda y ElAngel, porción segregada situada únicamente en el Municipio de Cusca-tancingo, Departamento de San Salvador, marcado en el plano deLotificación respectivo con el NUMERO TRES DEL POLIGONO OSECTOR CUARENTA Y SEIS. Con un área de construcción de VEIN-TICINCO METROS CUADRADOS, cuyo valor es de VEINTINUEVEMIL TRESCIENTOS OCHO COLONES SESENTA Y CUATRO CEN-TAVOS, y en el lote relacionado se encuentra construida una casa desistema mixto completamente nueva y con todos sus servicios; cuyasmedidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE,diez punto cincuenta metros; AL SUR, cinco metros; y AL PONIENTE,diez punto cincuenta metros”. Inscrito dicho inmueble a favor de laseñora RUTH YANIRA LOPEZ BATRES en el Sistema de Folio RealMatrícula Número M CERO UN MILLON TREINTA Y TRES MILCIENTO OCHENTA Y UNO Asiento Número CERO CERO TRES delRegistro de la Propiedad de este Departamento.

LIBRADO en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a lasonce horas del día veinte de diciembre de dos mil dos. DR. DARIOVILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº 3505-3

JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO MER-CANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por SCOTIABANK EL SALVADOR,SOCIEDAD ANONIMA, antes AHORROMET SCOTIABANK SO-CIEDAD ANONIMA, contra el señor RAFAEL HERNANDEZ OLI-VA, reclamándole cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderáen Pública Subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente sedeterminará los bienes Inmuebles embargados siguientes: 1) Un inmue-ble urbano en la Sub-parcelación denominada Las Mercedes de laUrbanización San Francisco, lote ubicado en jurisdicción de esta ciudady marcado con el número DOS-A del Polígono veintidós de la Sub-parcelación Las Mercedes y de una superficie de ciento ochenta y sietemetros cuadrados setenta y dos decímetros cuadrados, equivalentes adoscientos sesenta y ocho varas cuadradas y cincuenta y nueve centési-mas de vara cuadrada, del inmueble fue desmembrada una porciónequivalente a treinta metros cuadrados por lo que el resto quedó delreferido inmueble se describe así: Partiendo de la intersección de los ejesde la calle Antiguo Cuscatlán y Autopista Sur, se mide sobre el eje de estaúltima con dirección hacia el Oriente, línea con rumbo Sur ochenta y sietegrados diecisiete minutos dos décimos de minutos Este, Sur ochenta ysiete grados diecisiete punto dos minutos Este y una distancia de ochentay seis metros con sesenta y seis centímetros doblando en este punto unadeflexión de noventa grados exactos hacia la izquierda y con unadistancia de quince metros exactos se llega al vértice Sur-Este del loteque se describe, que a partir de este punto mide y linda así: AL SUR, línearecta de tres metros con noventa y ocho centímetros y con rumbo Norteochenta y siete grados diecisiete minutos y dos décimas de minutos Oestey se llega al vértice Sur-Oeste, lindando por este rumbo con lote númerotres del Polígono Sur-Oeste, lindando por este rumbo con lote númerotres del Polígono "A" de la Urbanización Lomas de San Franciscoprimera etapa propiedad de Sol Millet e Hijos, S.A. de C.V., AutopistaSur de treinta y ocho metros de ancho de por medio, AL PONIENTE,partiendo del vértice Sur-Oeste con una distancia de veinticinco metroscon veintiséis centímetros y un rumbo de Norte seis grados treinta y dosminutos y seis décimas de minuto Oeste se llega al vértice Norte-Oeste,colindando con el lote número uno del Polígono veintidós propiedad delos señores Jesús Armando Alférez y Ana Marina de Alférez, que antesfue de Sol Millet e Hijos S.A. de C.V., AL NORTE, partiendo del vérticeNorte- Oeste con una distancia de ocho metros con treinta y ochocentímetros y rumbo Norte ochenta y tres grados veintisiete minutoscuatro décimas de minutos Este se llega al vértice Norte- Este, colindan-do con porción Poniente del lote dos del Polígono veintidós que pertene-ce al Licenciado José Ernesto Soto Gómez y que antes fue de Sol Millete Hijos S.A. de C.V., AL ORIENTE, partiendo del vértice Norte-Este conuna distancia de veintiséis metros con veinticinco centímetros y unrumbo Sur de tres grados trece minutos siete décimas de minutos Oeste

se llega al vértice Sur-Este donde se inició la presente descripción,colindando con porción desmembrada de este lote, propiedad del Licen-ciado José Ernesto Soto Gómez, antes del señor José Antonio Rodríguez.El lote así descrito tiene un área de ciento cincuenta y tres metroscuadrados con veintinueve decímetros cuadrados, equivalentes a dos-cientas diecinueve varas cuadradas con treinta y tres centésimas de varacuadrada. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de losvendedores en el Sistema Computarizado del Registro de la PropiedadRaíz e Hipotecas de este Departamento según Matrícula M CEROCINCO CERO UNO SIETE CUATRO UNO TRES Asiento CEROCERO CERO UNO, este inmueble según su antecedente tiene una áreade ciento cincuenta y siete punto setenta y dos metros cuadrados y lapresente relaciona un área de ciento cincuenta y tres punto veintinuevemetros cuadrados. 2) El segundo lote de terreno urbano marcado con elnúmero UNO DEL POLIGONO VEINTIDOS de la Sub- parcelaciónLas Mercedes en la intersección de Calles los Granados y Autopista Sur,de la Urbanización San Francisco de esta jurisdicción, el que se describeasí: una franja de terreno, cuya descripción es la siguiente: Partiendo deun punto sobre la calle Los Granados, que es la intersección de lasubtangentes de una curva de deflexión izquierda y que tiene un estacio-namiento de cero más ciento ochenta y nueve punto noventa y nueve,cuyo radio es de ciento cincuenta y cuatro metros, cincuenta y cincocentímetros, se mide con rumbo Norte, setenta y nueve grados tresminutos cinco decimos de minutos Este, una distancia de diez metroscincuenta y siete centímetros y se llega a otro punto sobre las subtangentesdel cual se mide con rumbo Sur, seis grados treinta y dos minutos seisdécimas de minutos Este, una distancia de catorce metros veintinuevecentímetros se llega al mojón Nor-Este del lote que se describe, el cualtiene las siguientes medidas y linderos: AL ORIENTE, línea recta decuarenta y siete punto treinta y nueve metros con rumbo Sur seis gradostreinta y dos minutos seis decímetros de minutos Este, linda con esterumbo con lote número dos propiedad del señor Capitán RodríguezMolina, que antes fue de Sol Millet e Hijos S.A. de C.V., AL SUR, línearecta de cuatro metros y rumbo Norte ochenta y siete grados diez minutoscuatro décimos de minuto, linda por este rumbo con Autopista Sur, apartir de este punto se hace una deflexión de noventa grados en línea rectade cuarenta y siete punto treinta y nueve metros paralela a la primeradescrita con rumbo Sur, seis grados treinta y dos minutos seis decimosde minuto Este, linda con este rumbo con resto del lote número unopropiedad de los señores Ingeniero Jesús Armando Alférez y Ana Marinade Alférez, AL NOR- ESTE: línea de cuatro metros con rumbo Nortecuarenta y tres grados cuarenta y cinco minutos cuatro décimos deminuto Este. Esta franja así descrita forma un rectángulo de cuarenta ysiete punto treinta y nueve metros de largo por cuatro metros de ancho.La franja así descrita tiene una extensión de ciento ochenta y nuevemetros cuadrados, equivalentes a doscientos setenta varas cuadradasaproximadamente. El inmueble antes descrito está inscrito a favor de losvendedores en el Sistema Computarizado del Registro de la PropiedadRaíz Hipotecas de este Departamento según Matrícula M CERO CINCOCERO UNO CUATRO SEIS UNO UNO Asiento CERO CERO CEROUNO, 3) El tercero es un solar urbano y construcciones que contiene sitosen calle Los Granados, lote número dos del Polígono número veintidósde la Sub- parcelación Las Mercedes de esta ciudad, de una extensiónsuperficial de ciento noventa metros cuadrados cincuenta y seis decíme-tros cuadrados, equivalentes a doscientas setenta y dos varas cuadradascincuenta centésimas de vara cuadrada de las medidas y linderos siguien-tes: AL NORTE, línea curva de radio ciento cuarenta y seis punto cerocinco metros y distancia de ocho metros sesenta y nueve centímetroslinda con terreno de la Universidad José Simeón Cañas, Calle LosGranados de por medio, de dieciséis metros de derecho de vía, ALORIENTE, Sur seis grados treinta y dos punto seis minutos Este en línearecta de veinticuatro metros noventa y cuatro centímetros linda conporción vendida a José Soto G., y otra, por el señor Jaime ArturoHernández Ortez, desmembrado del inmueble general, AL PONIENTE,Sur seis grados treinta y dos punto seis minutos Este línea recta dediecinueve metros setenta y cuatro centímetros linda con lote númerouno de Polígono veintidós de la Sub- parcelación Las Mercedes depropiedad de Sol Millet e Hijos, S.A. de C.V., AL SUR, ochenta y tresgrados veintisiete punto cuatro minutos oeste en línea recta de ochometros treinta y siete centímetros, linda con terrenos propiedad de SolMillet e Hijos. Se advierte que el inmueble así descrito al rumbo Orientelinda con resto del inmueble general de donde se desmembró dicho lote,de propiedad del señor Jaime Arturo Hernández Ortez. Dicho inmueblese encuentra inscrito a favor de los vendedores en el Sistema Computa-rizado del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamen-to según Matrícula M CERO CINCO CERO UNO SIETE CUATROCERO NUEVE Asiento CERO CERO CERO UNO.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador a lasonce horas del día once de octubre de dos mil dos. Lic. JOSE OSCARLACAYO MEYER, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERI-NO.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.-

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoMANUEL ARMANDO CASTRO LAGOS, en concepto de ApoderadoGeneral Judicial del señor SEBASTIAN BONILLA TURCIOS, desetenta y tres años de edad, Agricultor en Pequeño, y del domicilio de ElCarmen, solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETO-RIO, de una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el CantónAlto El Roble, jurisdicción de El Carmen Departamento de La Unión, elcual se describe así: siendo éste de una capacidad superficial de DOSMIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PUNTO VEINTICINCOMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: ALORIENTE, ochenta metros colinda con la señora Marta Bonilla; alNORTE, quince metros colinda con la sucesión de Efraín Zelaya Robles,sucesión de Luis Pineda Benítez, camino vecinal de por medio; alPONIENTE, compuesto en tres tramos, primer tramo de cincuentametros, segundo tramo con veinte metros y el tercero mide diecinuevemetros, colindando con la Iglesia Evangélica Misión Apóstoles y Profe-tas y con el señor Manuel Bonilla Turcio; y al SUR, cincuenta metros,colindando con la señora Simeona Reyes de Cruz. Dicho inmueble loadquirió por posesión material desde el año de mil novecientos sesentay seis, y lo valúa en la suma de SIETE MIL COLONES.

LIBRADO en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cuatro días delmes de febrero de dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOSALFARO, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº 3545-3

AVISO

El Infrascrito Representante Legal y Administrador Unico de la Socie-dad CARRANZA FLORES, S.A. DE C.V., hace constar que en JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas que se celebró el lunes 17 defebrero del corriente año se acordó por unanimidad en el punto único deagenda, el incremento de Capital Social a Ciento Cinco Mil Colones(¢105,000.00) mediante la opción de Capitalización de Utilidades paraadecuarlo a las nuevas disposiciones del Código de Comercio de confor-midad con los Artículos 192 y 1,566 del mismo código.

San Salvador, 24 de septiembre de 2003

Lic. JOSE MIGUEL CARRANZA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 4424-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que el señor JOSE MARCOS MERINO, decincuenta años de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Apas-tepeque, de este Departamento, solicita Titulo Supletorio de un terrenorústico, situado en el Caserío El Zapote del Cantón San Felipe de lajurisdicción de Apastepeque de este Departamento, que es de unaextensión superficial de UNA HECTAREA CUARENTA Y CUATROAREAS CINCUENTA Y NUEVE CENTIAREAS; cuyas medidas ylinderos son: al Oriente, mide setenta y nueve metros y linda con terrenode JOSE EPIFANIO MERINO, JORGE ESPERANZA ROMERO yCEFERINO ALCIDES ROMERO; al Norte, mide doscientos treinta ysiete metros y linda con MODESTO ROMERO NOVOA; al Sur, midedoscientos treinta y dos metros y linda con ERCIDIO ROMERO, JUANGILBERTO ROMERO AYALA, MANUEL EUGENIO ROMEROAYALA y TOMASA ROMERO DE AMAYA y al Poniente; midesetenta y ocho metros y linda con PEDRO ANTONIO ROMERONOVOA y TIBURCIO LUIS ALONSO ROMERO NOVOA. Aseguraposeerlo por donación pura y simple que de él le hizo el señor JUANMOISES ROMERO, en el mes de noviembre de mil novecientos noventay seis y lo valúa en la suma de quince mil colones.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días delmes de septiembre del año dos mil dos. Dra. ANA FELICITA ESTRA-DA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3438-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPALHACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el señor:

WALTER VLADIMIR AVALOS RIVAS, de veintisiete años de edad,empleado, de este domicilio. con Documento Unico de Identidad Perso-nal número cero dos millones veinte mil novecientos cuarenta y nueve-seis, expedido en Zacatecoluca, solicitando Título de propiedad de unterreno de naturaleza urbana y construcción que contiene, situado enPasaje El Coco del Barrio San Luis de esta población de una extensiónsuperficial de: CIEN PUNTO DIECISEIS METROS CUADRADOS,equivalentes a CIENTO CUARENTA Y TRES PUNTO CERO NUEVEVARAS CUADRADAS que mide y linda AL NORTE: partiendo delesquinero Poniente hacia el rumbo Oriente, compuesto de dos tramos, elprimero de siete punto diez metros lineales, el segundo de seis puntosesenta metros lineales: linda con la señora DORIS SOTELO DEMINERO. AL ORIENTE: partiendo del esquinero Norte hacia el rumboSur con un solo tramo de ocho punto cuarenta metros lineales, lindandocon el señor WILLIAM ELIAS ELIAS. AL SUR: partiendo del esquine-ro Oriente hacia el rumbo Poniente compuesto de dos tramos, el primerode cuatro punto ochenta metros lineales; el segundo de seis punto cerocinco metros lineales, lindando con LUIS ALBERTO REYES, conpasaje de por medio de uno punto doce metros lineales, y PONIENTE:partiendo del esquinero Sur hacia el rumbo compuesto de dos tramos, elprimero de cuatro punto veintidós metros lineales, el segundo de trespunto setenta metros lineales, lindando con los señores: JULIO ALBER-TO ZAMORA Y ANA GLORIA AVALOS, calle de por medio. No esdominante ni sirviente, no tiene cargos ni derechos reales de ajenapertenencia, ni esta en proindivisión.

Lo hubo por posesión material, quieta, pacífica, sin interrupciónalguna, por más de diez años consecutivos, lo valúa en DOS MILOCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100. DOLARES. Y suscolindantes son de este domicilio

Se avisa al público para los demás efectos de ley.Alcaldía Municipal: Villa San Luis La Herradura, trece de febrero

de dos mil tres. Tte. MILTON GALILEO GONZALEZ LOPEZ, AL-CALDE MUNICIPAL. - EZEQUIEL CORDOVA MEJIA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 3510-3

GABRIEL CASTRO LARIN, Notario, de este domicilio, con oficinasituada en el Departamento Jurídico del Palacio de los Deportes de ElSalvador, INDES, Centro de Gobierno, San Salvador, al público para losefectos de ley.

HACE SABER: que el Ingeniero ENRIQUE MOLINS RUBIO, desesenta y un años de edad, Ingeniero Industrial, de este domicilio,actuando en calidad de Presidente del INSTITUTO NACIONAL DELOS DEPORTES DE EL SALVADOR (INDES), ha solicitado ante elsuscrito Notario, seguir diligencias a efecto de Titular Supletoriamenteun inmueble de naturaleza urbana situado en el final de la AvenidaCrescencio Miranda, Colonia Durán en el Municipio de San Vicente,Departamento del mismo nombre, conocido como ESTADIO DE FUT-BOL DE SAN VICENTE, a favor del Instituto Nacional de los Deportesde El Salvador, el cual es de una extensión superficial de Diecinueve MilSetecientos Ochenta y Cuatro punto Sesenta y Tres Metros Cuadrados.el cual es de las medidas y colindancias siguientes: LINDERO NORTE,dos tramos , rumbo Suroriente ochenta y cinco grados dieciocho minutoscuatro décimos de minuto y una distancia de setenta y tres metros noventay tres centímetros, rumbo Suroriente ochenta y cinco grados treinta ycinco minutos nueve décimos de minuto y distancia de treinta y sietemetros un centímetro , colindando con terrenos de LAZARO CRUZ;LINDERO ORIENTE, un tramo rumbo Surponiente doce grados treintay tres minutos un décimo de minuto y distancia de ciento ochenta y ochometros cuarenta y ocho centímetros, colindando con terrenos de otraporción usurpada, LINDERO SUR, un tramo rumbo Norponiente ochen-ta y un grados cuarenta y tres minutos nueve décimos de minuto ydistancia de ciento cuatro metros treinta y siete centímetros, colindandocon terrenos de la Colonia Dos de Septiembre, LINDERO PONIENTE,un tramo rumbo Nororiente diez grados cuarenta y tres minutos cerodécimos de minuto y distancia de ciento ochenta y un metros doscentímetros, colindando con terrenos de Avenida Crescencio Miranda,llegando así al punto inicial de esta descripción.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los seis días del mes defebrero del año dos mil tres, de conformidad a lo contemplado en elArtículo cinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la JurisdicciónVoluntaria y de Otras Diligencias.

Lic. GABRIEL CASTRO LARIN,NOTARIO.

3 v. alt. No. 3483-3

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Pedro Nonualco,

Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,

en cumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio

Vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los

Representantes de Acciones y demás socios de la misma, par celebrar

Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas que se celebrará

a partir de las nueve horas del día Veintitrés de Marzo de año dos mil tres

en el local de Caja de Crédito en primera convocatoria. En caso de no

integrarse el quórum legal correspondiente, se hace segunda convocato-

ria para el día treinta de Marzo a la hora y local antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece

el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y

resolver los puntos que contiene la agenda siguiente.

AGENDAS A CONSIDERAR

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA GENERAL ORDINARIA

1. Integración del quórum.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren

concluido su periodo y los que faltaren por las causas que

expresa el Artículo 31 de la Escritura de Constitución de la

Caja de Crédito.

3. Presentación y discusión de la memoria anual de labores de

la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2002, del

Estado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al 31 de

diciembre de 2002, el Informe del Auditor Externo y Auditor

Fiscal a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar

las medidas que juzgue oportunas.

4. Aplicación de los resultados del ejercicio.

5. Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

6. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el

2003.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-

tivos suplentes y fijación de sus honorarios.

8. Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.

9. Elección de Junta Directiva.

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA

GENERAL EXTRAORDINARIA.

1. Integración del Quórum.

2. Modificación del Pacto Social, específicamente en el incre-

mento del Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los Artículos 240, 241, 242 y 243 de Código de ComercioVigente.

San Pedro Nonualco, 06 de febrero de 2003.

BERTILA CONCEPCION SAYES DE CARCAMO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

ANA GLADYS FERNANDEZ,

DIRECTOR TESORERO

SALOMON HUEZO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3602-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Juayúa Sociedad Cooperativade Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a losartículo 223 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo con laEscritura de Constitución, convoca a los Representantes de acciones ydemás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria yExtraordinaria de Accionistas que se celebrará a partir de las nueve horasdel día veintitrés de marzo del año dos mil tres, en el Local del Casino deJuayúa, en primera convocatoria; en caso de no integrarse el quórumlegal correspondiente, se hace segunda Convocatoria, para el día 30 demarzo a la hora y local antes señalados.

La junta General se Constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer yresolver los puntos que contiene las agenda siguientes.

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA

GENERAL ORDINARIA.

1.) Elección de los Representantes de Acciones que hubierenconcluido su período y de los que faltaren por las causas queexpresa el artículo 31 de la Escritura de Constitución de laCaja de Crédito.

2.) Integración del Quórum.

3.) Presentación y Discusión de la Memoria Anual de Labores dela Caja, del Balance General al 31 de diciembre del 2003;Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 dediciembre del 2002; Informes del Auditor Externo y AuditorFiscal, a fin de aprobar e improbar los tres primeros y tomarlas medidas que juzguen oportunas.

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

4.) Aplicación de los Resultados de Ejercicio 2002.

5.) Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

6.) Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplentes y fijación de sus honorarios.

7.) Fijación de retribuciones del Presidente y dietas a los miem-bros de la Junta Directiva.

8.) Elección de miembros de la Junta Directiva.

PUNTOS A TRATAR EN JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA.

1.) Integración del Quórum.

2.) Modificación del Pacto Social, específicamente en el incre-mento del Capital Social Mínimo.

El quórum para resolver los puntos de las agendas se integrará deconformidad a los artículo 242 y 243 de Código de Comercio Vigente.

Juayúa a los doce días del mes de febrero del dos mil tres.

MARIO ANTONIO MATA,

PRESIDENTE.

JORGE ANTONIO CASTANEDA,

SECRETARI.

JUAN FRANCISCO GRANADOS,

TESORERO.

3 v. alt. No. 3525-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Soyapango, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable en cum-plimiento al Artículo 228 del Código de Comercio y el Artículo 15 de suEscritura de Constitución convoca a los Representantes de Acciones ydemás socios de la misma, para celebrar Junta General Extraordinaria deAccionistas a partir de las diecisiete horas del día veintiuno de Marzo deldos mil tres en las Oficinas Centrales de esta Caja de Crédito, ubicadasen Avenida Buena Vista, Barrio El Centro número doce, en PRIMERACONVOCATORIA. En caso de no integrarse el quórum legal correspon-diente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día veinti-dós de marzo a la hora y local antes mencionado.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establece elCápitulo VII de la Escritura de Constitución ya citada y el artículo 223sección “C”, Capítulo VII, título II del libro Primero del Código deComercio Vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene laagenda.

LA AGENDA A CONSIDERARSE ES LA SIGUIENTE

1.- Integración del quórum.

2.- Modificación del Pacto Social para adecuar al capital socialmínimo de acuerdo a la ley.

El quórum se integrará con quince de los veintiocho Representan-tes de Accionistas que forman la Asamblea General.

Soyapango, a los quince díaz del mes de febrero del dos mil tres.

ROBERTO ANGEL ABARCA FLORES,

DIRECTOR, PRESIDENTE Y REPRESENTANTE

LEGAL DE CAJA.

3 v. alt. No. 3520-3

CONVOCATORIA DE MIEMBROS A ASAMBLEA GENERAL

ORDINARIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACION AGUILA, con-

forme a la cláusula vigésima novena, literal i) de sus Estatutos Vigentes,

atentamente CONVOCA a todos sus miembros para que asistan a la

Asamblea General Ordinaria, la cual se llevará a cabo en primera

Convocatoria, el día miércoles diecinueve de marzo del año dos mil tres,

a partir de las 7:00 PM en El Local de La Oficina Situada en Avenida Las

Camelias No. 13 Colonia San Francisco San Salvador, para conocer la

siguiente agenda:

AGENDA

1.- Establecimiento de Quórum.

2.- Lectura y Aprobación de la Agenda.

3.- Lectura del Acta Anterior.

4.- Lectura de La Memoria de Labores que presenta la Junta

Directiva, para el ejercicio que finalizó el 31 de diciembre del

año 2002.

5.- Presentación del Balance General y Estados de Ingresos y

Gastos para el Ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de

2002.

6.- Conocimiento del informe del Auditor para el ejercicio que

finalizó el 31 de diciembre del año 2002.

7.- Ratificación de los actos realizados por la Administración

ejercicio próximo pasado.

8.- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente y

fijación de su honorarios, para el ejercicio contable del año

2003.

9.- Nombramiento del Auditor Fiscal Propietario y suplente y

fijación de sus honorarios para el ejercicio contable del año

2003.

Para que exista quórum Legal en primera convocatoria , deberá,

estar presentes o representados más del cincuenta por ciento del total de

los Miembros y las Resoluciones serán validaz si se toman por la mayoría

de los votos presentes a representados.

En caso de no haber quórum en la fecha y hora anteriormente

indicada, por este medio se convoca para celebrar dicha Asamblea en el

lugar y hora señalada, para el día jueves veintisiete de marzo de año 2003,

a la misma hora (7:00 PM) , para la cual el quórum legal sera el número

de miembros que estén presentes o representados y las Resoluciones en

esta segunda convocatoria, se tomarán por mayoría de los votos presen-

tes o representados.

San Salvador, 13 de febrero del año 2003.

Ing. CARLOS FRANCISCO GARCIA - PRIETO HIRLEMANN

REPRESENTANTE LEGAL

3 v. alt. No. 3456-3

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., comunicaque a sus oficinas ubicadas en Calle San Antonio Abad y Av. IzalcoCentro Comercial San Luis Local # 1-A de este domicilio, se hapresentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLA-ZO FIJO a reportar el extravío del mismo según detalle:

NOMBRE : MARTA ELIZABETH REGALADOLOPEZ S.

NUMERO DEL

CERTIFICADO : 361697

FECHA DE EMISION : 21.02.2002

CUENTA NUMERO : 27-19-474953

PLAZO : 90 DIAS.

En consecuencia de lo anterior, se hace de conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díazdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición se procede a reponer el certificado en referencia.

Dado en San Salvador, a los diecisiete díaz del mes de febrero deldos mil tres.

MAYDA VICTORIA HERNANDEZ

JEFE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. 3563-3

AVISO

La Sociedad AGROPECUARIA LOS ANGELES, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá abreviarse“AGROPECUARIA LOS ANGELES S.A. DE C.V”. y “A.L.A S.A. DEC.V”, comunica que en Junta General Extraordinaria de accionistascelebrada en esta ciudad, a las dieciocho horas del día veintisiete dediciembre de dos mil dos, se acordó la Modificación del Pacto Social ensu Cláusula CUARTA, en el sentido de Aumentar el Capital Mínimo dela Sociedad, que actualmente es de Treinta mil Colones, aumentarlo enla suma de Cien Mil Colones más dicho incremento será tomado delCapital Variable de la Sociedad, con lo cual el nuevo Capital Mínimo dela Sociedad será de CIENTO TREINTA MIL COLONES, lo anterior secomunica al público en general y a los accionistas para que hagan uso desus derechos dentro de los quince días siguientes a la última publicaciónde este aviso. San Salvador a los catorce días del mes de febrero de dosmil tres.

SONIA RUTH SOSA DE AREVALO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 3469-3

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de QuezaItepeque, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, consti-tuida conforme lo establece la Ley de Cajas de Crédito y Banco de losTrabajadores en cumplimiento a la Atribución que le confiere el Artículo26 de su Escritura de Constitución; Convoca a los representantes deAcciones y demás socios de la misma, para celebrar la Asamblea GeneralExtra Ordinaria de Accionistas, a partir de las once horas del miércoles19 de Marzo del año dos mil tres, en el Auditórium “MOISES BAZAN”ubicado en el interior de dicha Caja, en primera convocatoria; en caso deno integrarse el Quórum Legal correspondiente, se convoca en segundaConvocatoria para el día 22 de Marzo del año dos mil Tres, a partir de lasonce horas en el local ya señalado.

Esta convocatoria deja sin efecto la Asamblea Ordinaria convoca-da para el día primero de marzo del presente año por haberse convocadoen forma incorrecta.

Esta Asamblea se constituirá con las Formalidades establecidas enel, Capítulo VI de la Escritura de Constitución de esta Caja y en elArtículo 224 Sección “C” Capítulo VII Título II del Libro Primero delCódigo de Comercio Vigente, para conocer y resolver los puntos quecontiene la Agenda.

PUNTOS EXTRAORDINARIOS

Agenda.

1- Integración del Quórum

2- Modificación del Pacto Social, específicamente, en el incre-mento del Capital Social mínimo.

El Quórum para resolver puntos de la Agenda se integrará deconformidad a los Artículos 242 y 243 del Código de Comercio Vigente.

Quezaltepeque, a los diecinueve días del mes de Febrero del dos miltres.

JOSE ESTEBAN ROMERO,

PRESIDENTE.

ALBERTO BALTAZAR CHAVEZ BUENDIA,

TESORERO.

ABELARDO GONZALEZ AVELAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 4133-3

AVISO

La Sociedad “DESPACHO LEGAL ITAMARATI, S.A. DE C.V.”,

HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinariade Accionistas, de fecha seis de febrero del año dos mil tres, acordóaumentar su capital en su parte fija a CIEN MIL 00/100 COLONES. SanSalvador, diez de febrero del dos mil tres.

GLORIA ANA MARIA HERNANDEZ DE PARADA,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. 3442-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

La infrascrita Secretaria, de la Junta ,General de Accionistas de DAIRYINTERNACIONAL DE EL SALVADOR, S.A. de C.V., Sociedadinscrita con fecha veintiocho de Junio de mil novecientos noventa y tresen el Registro de Comercio, bajo el número dos folios veintitrés ysiguientes del libro novecientos cincuenta y dos del Registro de Socie-dades,

CERTIFICA: que a folio número nueve del libro de Actas de JuntasGenerales de Accionistas que lleva esta Sociedad, se encuentra el Actanúmero quince de la sesión de Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, celebrada en esta ciudad el tres de enero del año dos mil tres, que enel punto uno literalmente dice “En cumplimiento de lo establecido en elArtículo ciento noventa y dos del Código de Comercio, el cual establecela obligatoriedad de un Capital Mínimo de ¢100,000.00 (cien milcolones), esta Junta General Extraordinaria, por unanimidad acuerda:Modificar el pacto Social de DAIRY INTERNACIONAL DE ELSALVADOR, S.A. de C.V” incrementando el Capital Social Mínimo enOCHENTA MIL COLONES (¢80,000.00), con la finalidad de fijar enCIEN MIL COLONES (¢100,000.00) el nuevo Capital Social Mínimo,utilizando como recurso la cantidad de OCHENTA MIL COLONES(¢80,000.00) del Capital Variable suscrito y pagado, a prorrata de lainversión de cada accionista y mediante la sustitución de OCHOCIEN-TAS (800) acciones del valor nominal de CIEN COLONES (¢100,00)cada una de Capital Variable al fijo, quedando el CAPITAL SOCIALMINIMO suscrito y pagado en CIEN MIL COLONES EXACTOS Y ELCapital Social Variable suscrito y pagado en CIENTO CINCUENTAMIL COLONES, haciendo un Capital Social Total de Capital Mínimomás Variable de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES. Ade-más se nombra como ejecutor especial del acuerdo tomado a la señoraYVETTE MARIA CASTILLO DE PINEDA, para que le de cumpli-miento a todo lo establecido en el Código de Comercio, en materia deaumento de Capital Social Mínimo.

“Es conforme con el original, con el cual se confrontó, y para serpublicado tres veces alternas en el Diario Oficial y en un Diario decirculación Nacional, Extiende la presente Certificación en AntiguoCuscatlán, a los quince días del mes de enero del año dos mil tres.

LIDIA MAGDALENA GONZALEZ DE QUINTEROS,

3 v. alt. No. 3459-3

La infrascrita Secretaria del Consejo de Administración del CONDOMI-NIO RESIDENCIAL LA REFORMA,

Certifica: que en Junta General Ordinaria de Propietarios delCondominio, celebrada en esta ciudad, a las diecinueve horas del díadiecisiete de diciembre del año dos mil dos, asentada a folio uno frentey vuelto del Libro de Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias dePropietarios que lleva dicho Condominio, se encuentra como punto 4) deagenda, el siguiente: “ELECCION DEL CONSEJO DE ADMINIS-TRACION: se acuerda elegir el Consejo de Administración del Condo-minio Residencial La Reforma, resultando electas las siguientes perso-nas: PRESIDENTE: Sr. ROBERT WILLIAMS; SECRETARIA: Srita.XENIA GONZALEZ; Vocal: Sr. ARNOLDO KREYSA.- Dicho conse-jo de Administración durará en sus funciones períodos de un año,contados a partir de la fecha de elección. El Presidente del Consejo deAdministración, desempeñará el cargo de Administrador del Condomi-nio, en consecuencia de conformidad a lo establecido en el Artículotreinta y tres de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamien-tos, tiene la representación legal del Condominio.

Y para los usos legales pertinentes, extiendo firmo y sello lapresente Certificación, en la ciudad de San Salvador, a los veintinuevedías del mes de enero del año dos mil tres.

XENIA GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3533-3

El infrascrito Administrador de la Junta General Extraordinaria de laSociedad RICARDO HERNANDEZ Y COMPAÑIA que se abreviaRICARDO HERNANDEZ Y CIA.,

CERTIFICA: que según consta en el Acta número dos de JUNTAGENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, celebrada el día dieci-séis de diciembre de dos mil dos, se acordó por unanimidad los puntosSEGUNDO Y TERCERO que literalmente dicen: “SEGUNDO: porunanimidad se aprobó la Transformación del Pacto Social de la SociedadRICARDO HERNANDEZ Y COMPAÑIA, de Sociedad de Personas aSociedad Anónima de Capital Variable. TERCERO: se designó comoEjecutor Especial a la señora MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZDE RODRIGUEZ para que lleve a cabo la Transformación, de laSociedad y otorgue ante notario la Escritura Pública de la Transforma-ción”.

Y para ser publicada en el Diario Oficial, se extiende la presentecertificación, en la Ciudad de San Salvador a los siete días del mes defebrero de dos mil tres.

MARTA JOSEFINA GOMEZ DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3566-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002042009

ESTABLECIMIENTO 2002042009- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado KIM, GILNYEON en su calidad de Representante legal de la sociedad TOTALFASHION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE quepuede abreviarse TOTAL FASHION, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escriturasocial esta inscrita bajo el Número 59 del libro 1618 del Registro deSociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 0614-010501-101-4, ha presentado solicitud a las doce horasy doce minutos del día ocho de noviembre de dos mil dos. Con la cual seotorgaron los Asientos de Empresa No 2002042009 y EstablecimientoNo 2002042009- 001; a favor de la Empresa denominada TOTALFASHION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, lacual se dedica a la COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS TEXTILES,con dirección en AVENIDA REVOLUCION, CALLE REPUBLICADE COLOMBIA, #325, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADORdel domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTOTREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUE-VE DOLARES CON 06/100 $ 134,469.06 y que tiene el(los) estableci-miento (s) siguiente(s): 001-) TOTAL FASHION, S.A. DE C.V.ubicado en AVENIDA REVOLUCION, CALLE REPUBLICA DECOLOMBIA, #325, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR, deldomicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de enero de dos mil tres.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 3568-3

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Distintivo: DORA.

Clase: 05 No. de Exp.: 012002021228

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de FUMAKILLALIMITED, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

DORA

Consistente en la palabra DORA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiséis días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3538-3

Distintivo: GENOTROPIN MAESTRO

Clase: 10. No. de Exp.: 20020025035

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIAAB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

GENOTROPIN MAESTRO

Consistente en: las palabras “GENOTROPIN MAESTRO”, enletras mayúsculas de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LAPROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las quincehoras y cinco minutos, del día diecisiete de mayo del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3535-3

Clase: 36. No. de Exp.: 012001017453

Distintivo: OdysseyRe y diseño.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADA de ODYSSEYREINSURANCE CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en la palabra OdysseyRe y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveinticuatro días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3541-3

Clase: 42. No. de Exp.: 2002028514

No. de Pres.: 20020030630

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de GRUPO Q EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIOS,

Consistente en: la palabra. GRUPO Q ASISTENCIA Y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3491-3

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 09 No. de Exp. 2002027588

No. de Pres. 20020029159

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

Consistente en: la palabra “Comodity y Diseño”.

La solicitud fue presentada el día diez de septiembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3496-3

Clase: 37 No. de Exp. 2002028515

No. de Pres.: 20020030631

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de GRUPO Q EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIOS,

Consistente en: la palabra GRUPO Q ASISTENCIA y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3493-3

Clase: 36 No. de Exp.: 2002026734

No. de Pres.: 20020027812

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de GRUPO Q EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIO,

Consistente en: la expresión “GRUPO Q Y DISEÑO”.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3485-3

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

Clase: 39 No. de Exp.: 2002028516

No. de Pres.: 20020030632

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de GRUPO Q EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIOS,

Consistente en: la palabra GRUPO Q ASISTENCIA y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3489-3

Clase: 09 No. de Exp.: 2002027476

No. de Pres.: 20020028965

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

Consistente en: la expresión “MASTERVISION y diseño”.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3497-3

No. de Exp.: 2002028267

No. de Pres.: 20020030251

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LILIAN RUTHZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deINVERSIONES SIMCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registrodel NOMBRE COMERCIAL,

GALERIAS TECLEÑAS

Consistente en: la frase GALERIAS TECLEÑAS, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE VENTA DEMERCANCIAS, PRODUCTOS Y SERVICIOS, UBICADO EN PA-SEO GENERAL ESCALON, NUMERO TRES MIL SETECIENTOS,COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3499-3

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

No. de Exp.: 2002027236

No. de Pres.: 20020028533

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ERNES-TO JIMENEZ AGUILERA, en su calidad de REPRESENTANTELEGAL de PULLMANTUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que se abrevia: PULLMANTUR, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

STAR BUS

Consistente en: la palabra STAR BUS, con letras mayúsculas decolor negro que traducido al castellano significa ESTRELLA BUS OBUS ESTRELLA, que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECI-MIENTO COMERCIAL UBICADO EN BOULEVARD LOS PROCE-RES A 200 METROS AL ORIENTE DE LA BASILICA DE GUADA-LUPE, HOTEL Y CASINO SIESTA, CONTIGUO A RECEPCION,DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTETERRESTRE NACIONAL E INTERNACIONAL; ADEMAS A LAEXPLOTACION EN GENERAL DE LA INDUSTRIA Y SERVICIODE TURISMO.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3581-3

Distintivo: POWERBALL finish y diseño.

Clase: 03 No. de Exp.: 012002024197

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOMARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO deRECKITT BENCKISER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras “POWERBALL finish y diseño”.

La solicitud fue presentada el día doce de abril de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treintadías del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3536-3

Clase: 29 No. de Exp.: 2002029489

No. de Pres.: 20020032261

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOGUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL JUDICIAL Y ESPECIAL de BON APPETIT, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Petit y diseño.

La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3523-3

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Marzo de 2003.

No. de Exp. 2002028266

No. de Pres. 20020030250

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LILIAN RUTHZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deINVERSIONES SIMCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registrodel NOMBRE COMERCIAL,

GALERIAS MIGUELEÑAS

Consistente en: la frase GALERIAS MIGUELEÑAS, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE VENTA DEMERCANCIAS, PRODUCTOS Y SERVICIOS, CON DOMICILIOEN PASEO GENERAL ESCALON, NUMERO TRES MIL SETE-CIENTOS, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3501-3

Clase: 36 No. de Exp.: 2001015063

No. de Pres.: 20010015063

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de FONDOS MULTIPLES (HONDURAS), S.A., de nacio-nalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIOS,

Consistente en: la palabra CrediQ escrita en letras de molde, de lacual la primera letra “C” es mayúscula y de color azul, en el lado superiorizquierdo de esta letra se observa un triángulo de color blanco, las

siguientes letras que forman la expresión “redi” están escritas en letrasminúsculas, comunes y de color rojo, ésta se encuentra dentro de uncuadrado azul lo que hace que resalte la misma.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 3502-3

Clase: 05 No. de Exp.: 2002029098

No. de Pres.: 20020031614

EL INFRASCRITO REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MILAGROELIZABETH MORALES CASTRO, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de SADAFRA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BRONQUIOSAN BALSAMICO

Consistente en: las palabras BRONQUIOSAN BALSAMICOescrita en letras de molde mayúsculas, de color negro.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 3449-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MORENA ANTONIA REVELO SALAZAR, Notario, de este domici-

lio, en oficina situada en Calle Gabriela Mistral, Número trescientos

cuarenta y siete, Local Número Seis, San Salvador, al público,

HACE SABER: que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída

a las diecisiete horas del día quince de julio de dos mil uno, en esta ciudad,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en el Barrio San José,

Departamento de Suchitoto, el día nueve de enero de dos mil uno, siendo

su último domicilio la referida ciudad, dejó el señor SANTOS LOPEZ ,

por parte de los señores EDGAR ALBERTO RAMIREZ, FRANCISCO

MARTIR RAMIREZ, FELIX MARGARITA LOPEZ y MARIA TERE-

SA LOPEZ, todos hijos del causante; habiéndose conferido la adminis-

tración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia

por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a esta herencia

para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días

contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina de la Suscrita Notario, en la ciudad de San

Salvador, a los treinta días del mes de enero del año dos mil tres.

Lic. MORENA ANTONIA REVELO SALAZAR,

NOTARIO.

3 v. c. No. 3927-3

VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO, Notario, de este domicilio,

con oficina situada en la Colonia Vista Hermosa Avenida los Cafetos

Número quinientos veintiocho de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día once de febrero del presente año, se ha tenido

por ACEPTADA expresamente y con Beneficio de Inventario de parte

de la señora MARIA MELIDA VENTURA O MARIA MELIDA

VENTURA FUNES, de cincuenta y dos años de edad, de las atenciones

del hogar y de este domicilio, la Herencia testamentaria, que a su

defunción dejó la señora MARIA LUISA VENTURA, ocurrida el día

nueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de

Ilopango su último domicilio, quien fuera de sesenta y nueve años de

edad de oficios domésticos del domicilio de San Marcos, originaria de

esta ciudad, . Habiéndosele conferido la Administración y Representa-

ción Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. Lo

que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, a los trece días del mes de febrero de dos mil tres.

VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 3868-3

MARINA ALICIA MONTOYA DE LIZAMA, Notario, de este domi-

cilio, con oficina ubicada en la segunda Calle Poniente Número seis,

Usulután, al público.

HACE SABER: que a mi oficina Notarial se ha presentado el

Licenciado CARLOS ALEXANDER HANDAL HASBUN, como Apo-

derado General Judicial, con Cláusula Especial, del señor JORGE

ALBERTO MAZARIEGO, de cincuenta; y dos años de edad, comer-

ciante del domicilio de Fullerton California, Estados Unidos de Nortea-

mérica, manifestando que su poderdante seguirá Juicio Ordinario sobre

si hay o no obligación de Rendir Cuentas y Juicio de Rendición de

Cuentas, en contra de los señores PEDRO MAZARIEGO FLORES Y

FRANCISCO MAZARIEGO FLORES, quienes son mayores de edad,

empleados, con ultimo domicilio conocido en El Cuco Jurisdicción de

Chirilagua Departamento de San Miguel, quienes se han ausentado de su

domicilio, ignorándose si se encuentran en el País o fuera de él, razón por

la cual en nombre de su poderdante, solicita que previos los tramites de

ley, se les nombre un Curador Especial que los represente en dichos

juicios. En consecuencia se previene que si los señores PEDRO MAZA-

RIEGO FLORES Y FRANCISCO MAZARIEGO FLORES, tienen

procurador o Representante , Legal, se presente a esta oficina dentro de

quince días después de la ultima publicación de este aviso y compruebe

dicha circunstancia.-

Librado en la Ciudad de Usulután, a los once días del mes de febrero

del dos mil tres.-

Lic. MARINA ALICIA MONTOYA DE LIZAMA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 3800-3

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

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