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CONGRESO DE LA REPÚBLICA ÁREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO
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ak NELLY LADY CUADROS CANDIA
"Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional"
MOCION DE ORDEN DEL DIA N° 5-12 P"^-
La congresista que suscriben, en uso de sus facultades conferidas en el artículo 68° del Reglamento del Congreso de la República, a iniciativa de la Srta. Congresista NELLY LADY CUADROS CANDIA, proponen a la representación nacional la siguiente moción:
CONSIDERANDO:
Que, el marco jurídico nacional e internacional instituyen como uno de los derechos fundamentales de la persona humana el de vivir en un ambiente adecuado y conveniente para su integridad física y mental, lo que supone preservar y conservar su salud y bienestar. En este marco todos los estados, y dentro de ellos el estado peruano, están obligados a adoptar y ejecutar políticas y medidas concretas y progresivas, para establecer, mantener y cautelar un ambiente saludable y sostenible, lo cual supone la regulación y control efectivo de las operaciones que realizan tanto las empresas nacionales, privadas o estatales.
Que, en el marco antes referido nuestra Constitución Política del Estado en el numeral 22° de su art. 2°, consagra que la paz, la tranquilidad, el disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, constituyen derechos fundamentales, que por mandato de la propia carta magna debe ser preservado por el estado.
Que, el art. 68° de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado Peruano, está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas y conforme al artículo siguiente "El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia
Que, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) "es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de la fiscalización ambiental y de asegurar el adecuado equilibrio entre la inversión privada en actividades económicas y la protección ambiental. El OEFA es, además, el ente Rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Sinefa)'. Que, entre sus funciones nuestra normativa le asigna: "La función evaluadora: comprende la vigilancia y monitoreo de la calidad del ambiente y sus componentes (v. gr. agua, aire, suelo, flora y fauna). Además, implica la identificación de pasivos ambientales del Subsector Hidrocarburos. La función de supervisión directa: contempla la verificación del cumplimiento de obligaciones ambientales fiscalizables.
www.congreso.gob.pe Central Teléfono: 311-7777
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CONSEJO DIRECTIVO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Lima, 21 de agosto de 2018
Con acuerdo de¡ Consejo Directivo, pasó a la Comisión
de Energía y Minas -------------------- -----------------------------
CÉSAR DLLGADO GI.JEMBES DicWr Ger Par rarj:flario (e)
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