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Las Teorías del intercambio telegráfico. Antes de pasar a ilustrar los diferentes modelos que, usualmente, necesitaremos orara nuestra practica profesional, no quiero dejar de hacer una breve mención a las diferentes teorías que elaboro la doctrina al respecto del envío y recepción de las misivas telegráficas. a) La Teoría de la recepción. Esta teoría se aplica en los casos de que, el mero hecho de recibir la misiva telegráfica en la empresa, sin lograr un acabado conocimiento del contenido de la misma por parte del órganos administrativo o responsable de la firma, tiene sus efectos legales. Mismo sentido en los casos de postales enviadas por la empresa al domicilio del trabajador y las mismas sean recibidas por una persona que no sea este último. Estamos en presencia, con esta teoría, en un posible conocimiento en la esfera del destinatario. Digo posible, porque el conocimiento del contenido de la postal no es completo por parte de quien la recibe. Aca pregonamos el concepto de buena fe para ambas partes y la jurisprudencia estuvo al estilo de lo señalado. Si bien es cierto que quien utiliza un medio de comunicación es responsable del riesgo propio de dicho medio, tal principio no resulta aplicable cuando se utilizó un medio común para este tipo de comunicaciones(telegrama), y la noticia no llegó a cumplir su cometido por culpa del destinatario. En este sentido debe interpretarse el fracaso de la notificación pos informarse en el domicilio en cuestión que el destinatario se mudó de domicilio. Pero dado que el domicilio al cual se dirigió la comunicación era el correo, la comunicación debe entenderse valida y eficaz (“Inca Sergio pascual c/ Coto cic SA s/ despido” sentencia cámara nacional de apelaciones del trabajo 28/6/07)

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Las Teorías del intercambio telegráfico.

Antes de pasar a ilustrar los diferentes modelos que, usualmente, necesitaremos

orara nuestra practica profesional, no quiero dejar de hacer una breve mención a

las diferentes teorías que elaboro la doctrina al respecto del envío y recepción de

las misivas telegráficas.

a) La Teoría de la recepción.

Esta teoría se aplica en los casos de que, el mero hecho de recibir la misiva

telegráfica en la empresa, sin lograr un acabado conocimiento del contenido de la

misma por parte del órganos administrativo o responsable de la firma, tiene sus

efectos legales. Mismo sentido en los casos de postales enviadas por la empresa

al domicilio del trabajador y las mismas sean recibidas por una persona que no

sea este último.

Estamos en presencia, con esta teoría, en un posible conocimiento en la

esfera del destinatario. Digo posible, porque el conocimiento del contenido de la

postal no es completo por parte de quien la recibe. Aca pregonamos el concepto

de buena fe para ambas partes y la jurisprudencia estuvo al estilo de lo señalado.

Si bien es cierto que quien utiliza un medio de comunicación es responsable del

riesgo propio de dicho medio, tal principio no resulta aplicable cuando se utilizó un

medio común para este tipo de comunicaciones(telegrama), y la noticia no llegó a

cumplir su cometido por culpa del destinatario. En este sentido debe interpretarse

el fracaso de la notificación pos informarse en el domicilio en cuestión que el

destinatario se mudó de domicilio. Pero dado que el domicilio al cual se dirigió la

comunicación era el correo, la comunicación debe entenderse valida y eficaz

(“Inca Sergio pascual c/ Coto cic SA s/ despido” sentencia cámara nacional

de apelaciones del trabajo 28/6/07)

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b) La teoría del envió.,

Esta teoría predica en los casos de que, el mero hecho de enviar la misiva

telegráfica por el correo respectivo “método fehaciente”, el mero envió implica la

notificación del contendió de la misma, haya o no llegado a orbita del destinatario.

c) La Teoría del envió, recepticia y de conocimiento.

Esta teoría es un conjunto de las otra dos, en el cual, se requiere para que el

contendió de la misiva surta efectos que, llega a la empresa, sea recibida y tenga

plano conocimiento el órgano administrativo o responsable de ella.

En los casos de notificaciones por parte de la empresa al dependiente,

implicaría que, llegue al domicilio del trabajador y sea recibido pro este último en

persona.

La práctica laboral y procesal, dieron un hincapié en las misivas enviadas por

el trabajador (remitentes), lleguen a recepción a la empresa. (teoría de la

recepció). Son pocos los casos donde requieren de la empresa la teoría de la

recepción y el conocimiento del contenido de la misma.

Por el contrario, el caso de misivas enviadas por la empresa (remitente),

implica que, la mera recepción en el último domicilio denunciado por el trabajador

es sufriente notificación del contendió de la postal de la empresa.

La etapa en la que se efectúa el intercambio telegráfico es la más importantes

en el nacimiento de los deberes y derechos entre el empleador y el trabajador,

atento a que de dicha etapa depende, en gran medida, el éxito o fracaso de

futuras acciones judiciales. Las misivas enviadas contienen el origen de las futuras

acciones legales.

Remisión de las notificaciones postales

En la practica profesional, siempre es conveniente contestar la misiva de la

contraria, aun en la postura de defensa de los intereses del trabajador, puesto

que, si bien el silencio de este no importa renuncia de derechos alguna, también

tiene el deber de explicarse, conforme lo establece el principio de la buena fe y

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criterio de colaboración y solidaridad (arts. 62 y 63 LCT), si tal explicación fuera

material y psicológicamente posible. Luego y atento a ello es importante explicarle

al cliente las implicancias jurídicas que pudiera tener en su ausencia de respuesta,

para el caso de insistencia en tal postura, asi como también el contenido de la

respuesta, si se decidiera dar curso a la misma.

Recepción de las notificaciones postales

Primeramente, corresponde advertir la conveniencia de aconsejar al cliente

que reciba cualquier despacho postal recibido por la contraria, alejándose de toda

conducta renuente al respecto, por las consecuencias que ulteriormente ello

podría acarrear a sus intereses. No resulta favorable, las más de las veces,

incumplir en el deber de buena fe. Por el contrario, su estricta observancia torna

mas probable el éxito en un eventual decisorio judicial e incluso genera mayores

herramientas para conciliar con éxito cualquier caso que llegue a manos del

profesional.

Aconsejar que “no la recibas” “patéala” “decile al cartero que no hay nadie”,

el único efecto que produce es una dilatación innecesaria de un pleito que ya

existe. Porque dilatemos o estiremos el reclamo, este no va a desaparecer, por el

contrario, ensancha la manguera de la desconfiada, arruina la buena fe y pierde

calidad de la negociación, herramienta esta, indispensable de todo proceso o

reclamo laboral.

Las Incidencia mas comunes de la Recepción de las

notificaciones postales

Las incidencias más comunes en materia de recepción de notificación,

particularmente de despachos postales, se encuentran relacionadas con la

efectivizarían de la entrega, pudiendo el servicio postal aludir distintas causales

para justificar la devolución al remitente.

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Tengamos en cuenta que, quien elige un medio para notificar determinada

situación, corre con el riesgo del medio que eligió.

De todas formas, las diferentes teorías doctrinales y las interpretaciones

jurisdicciones le dan el acabado perfecto a estas incidencias en materia de

intercambio telegráfico.

Tengan en cuenta que, en materia o sede judicial, la prueba informativa es

vital para estas cuestiones.

No hace mucho tiempo, envié una carta documento con efectos disolutivos

de una relación de dependencia a la luz del articulo 92 bis de la LCT. El envió lo

realice por cuenta y orden de mi poderdante (cliente) bajo mi debido

asesoramiento.

El envió fue perfeccionado, en el correo oficial, a las 0916hs donde el

correo recepto mi misiva donde disolvía el vinculo laboral por periodo de prueba.

La trabajadora, en cuestión, envió un telegrama laboral a las 1405hs del

mismo dia notificando a la empresa de su estado de embarazo.

La justicia laboral determino que, la empresa no tenia acabado

conocimiento del estado de la empleada y el despido se produjo, legítimamente,

horas antes de que la misma avise su estado de embarazo, no siendo un acto

discriminatorio configurándose el despido por periodo de prueba.

De aca se desprende la importancia de realizar el adecuado y correcto

intercambio, en el momento justo y con la debida lógica jurídica para el adecuado

asesoramiento

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Las Diferentes posturas jurisprudenciales en materia de

notificaciones epistolares vigentes.

INCIDENCIA JURISPRUDENCIA

Inactividad-

Negligencia del

destinatario:

“aviso de visita”

La declaración de voluntad se emite para llegar al destinatario

para terminar el vinculo laboral, al ser Recepticia y para que sea

eficaz no basta con que se emita, sino que debe llegar a su

conocimiento; por ello cobra virtualidad la que llegue en primer

término. Asi siendo que en dicha misiva –carta documento- la

empleadora comunico en forma fehaciente el despido directo sin

causa del actor, que la misma fue remitida al domicilio

denunciado por el propio actor en su demanda y que no fue

retirada del correo a pesar de los avisos de visita, tengo que el

distracto llego a la esfera del conocimiento del actor del dia 28

de abril de 2015, atento a, como dije, su carácter recepticio

siendo esta la fecha que debo considerar para analizar los

rubros pretendidos.

Expte 35.475/2013- Acuerdo :71/15- “Graselli Carlos Albero c

/Cooperativa Telefónica y Otros Servicios Públicos y

Turísticos de san Martin de los andes s/ cobro de haberes

“Cámara única provincial de apelaciones en lo civil,

comercial laboral, minería y familia.

“En el caso de la suprema corte de la Pcia. De Bs As. Señala

precisamente que la devolución de la carta documento enviada

por la empleadora al trabajador con domicilio real de este último-

contratado- para que se presentara a prestar tareas, con la

observación de dos “avisos de visitas” sin que el accionante

concurriese oportunamente a tomar conocimiento del despacho,

configura mala fe o negligencia del receptor, por frustrar el

perfeccionamiento de la notificación y las consecuencias afines.

“El carácter recepticio que revisten las comunicaciones por

motivos atinentes al contrato de trabajo implica la

responsabilidad de quien las remite en la elección del medio

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empleado y de su ulterior prueba. Sin embargo esa regla cede

cuando la comunicación no es recibida por causas imputables a

la mala fe o culpa del destinatario.

L101.133-Gomez Juan Carlos / Luma Priducros ASRL

s/despido”16/5/12 Hitters Kpgan Negri Soria

“Destinatario

desconocido “ o

se mudó”

“Si los telegramas enviados por el empleador fueron devueltos

por “destinatario desconocido” o por haberse mudado, y luego el

trabajador denuncia el mismo domicilio a demandar, debe

considerarse realizada la intimación. Ello así porque es distinto

el caso en que los despachos hubieran sido devueltos por

circunstancias en que la falta de entrega pueda imputarse a

quien eligió el medio. En este caso los telegramas llegaron a

destino , y cabe admitir que pudo haber negativa a recibirlos

cuando estos ya habían entrado en la órbita de conocimiento,

domicilio real, y, por ende, habían cumplido su finalidad.

Sala IV, 30 de Octubre de 1978, “Quintana Blas c/ D´Addona,

Alfredo y otros)” (“Fleyta, Estanislao Ramon c/ Frigorífico y

matadero Argentino s/ /despido”. CNAT ,(24/07/1980)

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“Rehusado a

recibir”

“Si bien quien elige el medio de comunicación resulta

responsable por su resultado, lo cierto es que se encuentra fuera

del debate de las misivas que obran a fs. 151/53 y 148/50, amén

a haber sido desconocidas por el actor, fueran dirigidas al

correcto domicilio del mismo siendo devueltas por ser

“rechazadas” (ver informe de fs.338/39). En tal contexto, la

demandada cumplió con su deber de intimar al trabajador no

pudiendo serle imputable la falta de recepción de dicha misiva”

29/08/13 CNAT , Sala V “Domínguez Javier Marcelo c/ Correo

Oficial de la República Argentina SA s/ despido”

“Si la oficina de correos informo que los despachos enviados por

el actor fueron “rehusados” por su destinatario, cobra virtualidad

jurídica la omisión de toda respuesta al requerimiento de trabajo,

lo que legitima la ruptura del vínculo decidida por la injuria

atribuible a la empleadora (arts. 78 y 242, Ley Contrato de

Trabajp; Art. 32 Ley 12.713; arts. 512,902,903,904,931 y 1198,

Codigo Civil; y arts 62,63,79 y concs. Ley de contrato de

trabajo)”

CNTA , Sala VII, 1997/08/07, “Diaz, Luis E. c /IDOSA y otros”

“Cerrado con

aviso”- “Cerrado

sin aviso”

“Si el telegrama de despido fue devuelto por el distribuidos con

la observación “cerrado/ausente se dejó aviso de visita”, dicha

comunicación debe tenerse por válida y surtir plenos efectos, ya

que si bien quien elige un medio de notificación corre con los

riesgos que dicho medio conlleva , ello no es así cuando la

notificación no ha sido entregada por circunstancias ajenas al

empleador (en el caso, el empleador cursó la notificación al

correcto domicilio de la trabajadora)”

CNTRAB, Sala VII, SD 40.264, 13/07/2007, Expte 9250/2006

“Benitez, Veronica Marcela c Avanzada en Odontología SRL

y otros/ Despido”

“Cabe señalar que en la contestación de demanda la accionada

acompañó no solo dicho instrumento sino también los “avisos de

retorno” de los que surge – conforme lo tuve por probado en el

punto II.4- que tanto el dia 2 como el 3 de ese mes, dicha misiva

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no pudo ser entregada por el servicio de distribución de Correo

al destinatario por encontrarse el domicilio cerrado, sin haber

respondido persona alguna a los llamados (Cerrado7Ausente.

Se dejó aviso de visita) (…) Conforme al criterio pacifico

señalado, cabe tener por válida la notificación de intimación a

trabajar bajo apercibimiento de abandono, cursada por la carta

documento de fecha 1° de noviembre de 2011. Por lo que

resulta irrelevante lo sostenido por la actora en la demanda al

respecto, toda ves que la imposibilidad de efectiva entrega de

dicho instrumento postal obedeció a su propia responsabilidad”

Aravena Ines Laureana c/ Hermet Clara s/Reclamo. Sala I,

CAT Rio Negro)

“Destino sin

reparto

domiciliario de

correspondencia”

“Si bien quien elige un medio para comunicar (el remitente) es

responsable por la entrega tardía de dicha comunicación,

cuando no existe reparto de correspondencia en el domicilio del

trabajador, y sabiendo este que debía esperar respuesta a sus

intimaciones, se entendido que la conducta que debe adoptar en

virtud del principio de buena fe (Art. 63 LCT) es concurrir

diariamente a retirar la correspondencia que le hubiese sido

destinada”

“Zona de

Riesgo”

“Resulta incausado el despido dispuesto por la empleadora, si las

misivas por las que se comunicó al trabajador la desvinculación y

sus motivos fueron devueltas al remitente ante la imposibilidad de

ser entregadas por “no accesible con riesgo”, toda vez que la

regla que rige en materia de comunicaciones establece que quien

elige un medio en quien asume el riesgo del fracaso”.

Mansilla, Víctor Hugo c Consultora Videco SA s/Despdo.

CNAT. 15/4/2015

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Las Estrategias para una adecuada notificación o para un

conflicto jurídico.

En el campo del derecho del trabajo, en lo que respecta al abordaje de un

conflicto de orden jurídico o conflicto de intereses, nos encontramos con entuertos

cada vez mas complejos que requieren de un adecuado y eficaz análisis y

asesoramiento profesional desde el inicio del intercambio epistolar como hasta

una eventual sentencia definitiva en un proceso judicial

El momento decisional de la pericia técnica del caso es cuando debemos

diseñar una estrategia que será, desde intentar conciliar el enfrentamiento o

llevarlo a juicio a fin de producir un desgaste o presión no aconsejable.

La trascendencia de la practica forense ha sido en numerosas ocasiones

desatendida por la enorme cantidad de contenidos teóricos.

No obstante a ello, advierto con mayor frecuencia la tentativa de valorizar la

formación en el conocimiento de la dimensión artística de los jurídico, en especial

y particular en lo relativo al ámbito de la practica tribunalicia.

A su vez, la practica fue elaborando determinadas técnicas para el

adecuado intercambio telegráfico.

En referencia a las técnicas de fondo, les puedo mencionar tres de ellas:

1- La carga de la prueba: la carga de la prueba, como dije al principio,

debemos depurar el mito de que el trabajador no hace nada y tiene todo

probado. Esto es falso. El trabajador debe aportar todo medio probatorio

para hacer valer su pretensión y el derecho que invoca. No caigamos en

bajezas de ilusionar o esperanzar ante la tentativa de un reclamo

“ostentoso” con la mera idea de que la otra parte es quien debe hacer todo

el esfuerzo. Tengamos el debido aprecio por la segunda técnica, la prueba.

2- La dificultad de la prueba: la prueba no es poca cosa, en muchos años de

experiencia, la prueba testimonial y la prueba documenta fueron

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terminantes a la hora de inclinar la balanza a favor de nuestro cliente.

Siempre debemos instar a nuestro cliente a que es el, quien tiene la

obligación de aportarnos todos los medios probatorios para una adecuada

defensa y no hacer en el imaginario de que el letrado es quien debe hacer

“magia” para probar el derecho que se invoca. Este aporte de la prueba

material y testimonial, entre otras, le lleva al letrado actuante al siguiente

paso que es la conveniente investigación del caso, desde el enfoque

doctrinal y jurisprudencial.

3- La investigación legal, doctrinal y jurisprudencial: por cuestiones de

tiempo o de herramientas, no se cita, ni se menciona en las demandas de

inicio sumarios, jurisprudencia, ni mucho menos doctrina aplicable.

Considero esto un rotuno error que puede llevar a una grieta importante en

el giro de nuestro reclamo. Darse el tiempo de investigar que corriente

doctrinal o que establece la jurisprudencia, a través de sus fallos, lo

considero, y es mi opinión basada en años de litigios, en el éxito de nuestro

reclamo. Le otorga riqueza y profesionalismo a una demanda de inicio o a

una contestación de demanda el citado de jurisprudencia aplicable al caso o

la mención de la doctrina mayoritaria al respecto, no solo enriquece nuestro

trabajo, máxime, da sustento factico a la adecuada interpretación de

nuestro caso.

Y en lo referente a las técnicas que hacen a la forma de las misivas

telegráficas, menciono:

4 La forma precisa de redacción

5 La prudencia

6 Los plazos

7 La congruencia

En lo que respecta a los requisitos que denomino “de forma”, es

contundente la redacción profesional, desde el punto de vista gramatical y

precisa, sin hacer en vaguedades ni engaños dactilares, siendo que, la

debida prudencia y simpleza hacen la diferencia de un buen intercambio

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epistolar. Los plazos siempre deben valerse como requisito de nulidad de la

misiva telegráfica siendo congruentes con la normativa laboral vigente y por

sobre todo, la congruencia, coherencia y sana lógica jurídica de las misivas

telegráficas al caso practico son la perfecta herramienta a la antesala del

inicio de todo reclamo laboral.

Demos un recorrido, a mi discreción, de los principales telegramas laborales y

cartas documentos.

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Modelos de Cartas Documentos del Empleador.

Carta Documento intimando reintegro a sus tareas

normales y habituales o justifique ausencias. Art. 244

LCT.

Ausente sin aviso ni justificación desde los días xx del mes de

Marzo de 2019 a la fecha, intimamos plazo de ley justifique

inasistencias y/o retome tareas, bajo apercibimiento de

colocárselo incurso en abandono de trabajo, conforme el

articulo 244 LCT. Queda Dd. debida y legalmente notificado.

Carta Documento haciendo efectivo el apercibimiento de

la intimación por el articulo 244 LCT.

No habiendo justificado los días de ausencia según carta

documento enviada el dia xx de marzo de 2019, y vencido el

plazo otorgado por ley 20744 art. 244 para su justificación, a

mas, ausente sin aviso dias xx, xx, xx y xx del corrientes mes

y año, hago efectivo el apercibimiento alli consignado y se lo

despide con justa causa, abandono de trabajo, conforme

articulo 244 LCT. Liquidación final por despido con justa causa

y certificado de servicios en la empresa en plazo de ley.

Queda Ud. debida y legalmente notificado y emplazado.

Carta documento intimando a realizar examen médico de

la empresa (art. 210LCT). Controles médicos

Por medio de la presente, se lo cita y emplaza el dia lunes xx

del mes de Marzo de 2019 en el domicilio de la calle

xxxxxxxxxxxxx CABA los efectos de prestarse a una

revisación medica que constate su estado de salud con el Dr.

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Xxx xxx, en las oficinas de XXXXXX prestador medico laboral.

Todo ello en virtud del art 210 LCT.

Anunciarse al mentado turno munido de dni y todo estudio y/o

certificado referente a su caso.

Saluda Cordialmente

Carta documento por ausentarse a los controles médicos.

Intimo en plazo 24hs se reintegre inmediatamente al trabajo

por no hallarse en el domicilio denunciado durante la visita

médica de la empresa, siendo atendido por el Sr. Xxxxxxx y

haber informado que Usted no se encontraba en el domicilio.

Caso contrario, considerare las ausencias sin justificación y lo

incursase en abandono de trabajo.

Carta documento dando formal inicio al plazo de reserva

de puesto (Art. 211 LCT)

Notificamos a Ud que el dia xx del mes de Marzo de 2019

opera de pleno derecho el vencimiento del plazo legal de

licencia por enfermedad con goce de haberes. Es por ello que,

le comunico que reservamos su puesto de trabajo por el plazo

de un año , sin goce de haberes, a partir del dia de la fecha,

ello acorde art. 211 LCT. Haberes a su disposición en la

empresa.

Carta documento notificando cambios de tareas de fijo a

rotativo.

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Notifícanosle a Ud que antes cuestión funcional a la empresa

deberá prestar sus tareas bajo el sistema de turnos rotativos

desde el dia xx de marzo de 2019 en los siguientes horarios

xx a xx u xx a xx, siendo su remuneración mensual normal y

habitual de $xxxx, sin perjuicio de mantener indemne su

categoría laboral. Queda Ud notificado

Carta documento notificando cambios de lugar de tareas.

Notifícanosle a Ud que antes cuestión funcional a la empresa

deberá cumplir sus tareas normales mensuales y habituales

en el establecimiento fabril de la calle xxxxxxxxx. CABA desde

el dia xx de marzo de 2019. Dicho traslado de tareas, se debe

a una reorganización de la firma por razones logias y

funcionales para mejores condiciones de trabajo. La empresa

pone a su entera disposición de una suma no remunerativa de

$xxxx en concepto de viajes (viáticos) que pudiera existir en

trasporte públicos. Queda Ud notificado.

Carta documento notificando la extinción del vínculo

laboral por vencimiento del plazo de reserva de puestos.

Por medio de la presente notificamos a Ud que esta empresa

manifiesta que, desde el dia xx de marzo de 2019, damos por

terminado la reserva de puesto acorde lo establecido en el

artículo 211 LCT, no habiendo por parte de la empresa

posibilidad de retomar tareas en virtud de la incapacidad que

padece, conforme informe medico de la empresa practicado el

dia xx de enero de 2019.

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Certificado de servicios art. 80 LCT y modif. a su disposición

en plazo de ley. Queda UD notificad o y emplazado

Carta documento intimando a realizar los tramites jubilatorios.

Considerando que reúne usted los requisitos establecidos por la normativa vigente

a los efectos de acceder a una de las prestaciones derivadas de la aplicación de la

ley 24.241 y Ley 27.426 se lo intima por este medio a que inicie los tramites

pertinentes de jubilación, notificándole que se lo mantendrá en relación laboral

hasta que obtenga el beneficio y por el plazo maximo de un (1) año a partir de la

fecha (art. 252 l.c.t.), cualquier documentación que requiera a su disposición en la

empresa. Saludo cordialmente.

Carta documento de despido sin causa

Notificamos a usted que desde el dia xx de marzo de 2019. Prescindimos de sus

servicios laborales normales y habituales quedando despedido sin invocación de

causa. Queda usted debidamente notificado. Liquidación Final a su disposición en

la empresa en plazo de ley.

Carta documento de despido con causa

Su conducta es abiertamente violatoria de los deberes de fidelidad y no

concurrencia establecidos en los artículos 87 y 88 LCT habiendo incumplido con

su obligación de trabajador de no ejecutar acto alguno que pueda redundar

en perjuicio de los intereses de la empresa. Le hacemos saber a usted que los

deberes que imponen los artículos 62 y 63 de la LCT y, en especial, el deber de

fidelidad y no concurrencia cuyo cumplimiento exigen el artículo 85 y el 88 del

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mismo cuerpo normativo, tienen un contenido ético y patrimonial. Su conducta

configura una injuria laboral que no admitía el mantenimiento del vínculo (art. 242

LCT), es por ello que, Para la firma, tal acto reviste un alto grado de deslealtad,

por lo que se decide romper el vínculo laboral desde la fecha del envió de la

presente misiva, por pérdida de confianza por su exclusiva culpa y

responsabilidad. Su conducta ya no es confiable, pues cabe esperar la reiteración

de conductas similares. Reservo derechos legales por daños y perjuicios que su

accionar bellaco pudiera ocasionar a la empresa. Liquidación final por despido con

causa y certificado de servicios a su disposición en la empresa en plazo de ley.

Queda Ud Debida y legalmente notificado y emplazado

Carta documento de despido con causa (Riña o pelea)

Concluida la investigación objeto del sumario interno en la empresa donde

mediante acta de constatación notarial (125) de xx/xx/2019, se encontraron, y

constataron, en el sector vestuario del primer piso de la planta de la empresa,

dentro de los lokers de los empleados, donde usted ostenta sus peculios, se pudo

observar botellas de licor, botellas de vino y una lata de cerveza, exactamente, el

mismo dia donde sucedieron los hechos de agresión en riña, física y verbal,

derivada en lesiones que protagonizara contra el gerente de su empleadora en

dependencias de la empresa y de sus compañeros por su conducta inicua

exclusiva. Asi mismo, según fue notificado y detallado de su accionar, por CD

935522887 de fecha xx/xx/2018, ante su incomprensible conducta, sumado a su

estado de ebriedad y mala fe, la misma constituye, irremediablemente, una falta

inadmisible a su deber esencial de todo trabajador que necesariamente conlleva el

de guardar buena conducta y cumplimiento diligente con dedicación adecuada al

trabajo (arts. 61,63 y 84 LCT). Su proceder perjudica tanto el normal

funcionamiento de la empresa como el clima de respeto y armonía que debe

imperar en el lugar de trabajo. Todo lo cual, se resuelve a consecuencia que: las

cuestiones expuestas constituyen una grave falta de su parte, constitutiva de

grave injuria laboral que no consiente la prosecución del vinculo de trabajo, el que

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denunciamos por su exclusiva culpa notificándole el despido fundado en la justa

causa descripta a partir del día de la fecha. Su conducta ya no es confiable,

pues cabe esperar la reiteración de conductas similares. Reservo derechos

legales por daños y perjuicios que su accionar bellaco pudiera ocasionar a la

empresa. Liquidación final y certificado de servicios art. 80 LCT a su disposición

en la empresa en plazo de ley.Queda usted debida y legalmente notificado y

emplazado.

Carta documento del empleador por despido art 242 LCT “Perdida de

confianza”

Por la presente, y en razón de que en el día de la fecha, ___/___/___, Ud. se ha

negado a someterse a control de salida, omitiendo exhibir su bolso ante

requerimiento de personal de vigilancia de la firma, control que se realizó como

consecuencia de ausencia en el predio de la empresa de mercadería consistente

en (detalle) y con la cual Ud. estuviera en contacto por ser la encargada del sector

de stock, y siendo además reiterado el faltante de dicha mercadería, como es de

vuestro conocimiento toda vez que se le requirió informes al respecto en fechas

___/___/___, le comunicamos que en virtud de la pérdida de confianza qeu

conducta configura una injuria laboral que no admitía el mantenimiento del

vínculo (art. 242 LCT), es por ello que, Para la firma, tal acto reviste un alto grado

de deslealtad, por lo que se decide romper el vínculo laboral desde la fecha del

envió de la presente misiva, por pérdida de confianza por su exclusiva culpa y

responsabilidad. Su conducta ya no es confiable, pues cabe esperar la reiteración

de conductas similares. Reservo derechos legales por daños y perjuicios que su

accionar bellaco pudiera ocasionar a la empresa. Liquidación final por despido con

causa y certificado de servicios a su disposición en la empresa en plazo de ley.

Queda usted debida y legalmente notificado y emplazado

Carta documento de despido por periodo de prueba. Art 92 Bis LCT

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Notificamos a Ud, que a partir del dia xx de mayo de 2018, inclusive, rescindimos

el contrato de trabajo a prueba suscripto por Ud, conforme el articulo 92 bis LCT y

modificatorias. Liquidación final, indemnización sustitutiva de preaviso y

certificación de servicios art. 80 LCT a su disposición en la empresa en plazo de

ley. Queda ud debidamente notificada y emplazada.

Carta documento notificando el inicio de la licencia por embarazo. Art. 177

LCT

Notificamos a Ud que faltando 45 dias para la fecha del parto estimado según

consta en certificado médicos presentados, comunicamos que desde el dia xx de

marzo de 2019 comienza su licencia por maternidad acorde articulo 177 LCT. Asi

mismo, se le comunica que la misma finaliza el dia xx de marzo de 2019 siempre y

cuando el parto se produzca en la fecha estimada. De producirse con anterioridad

a la fecha estimada debe acumular los días restantes hasta los 90 días en total y

reintegrándose el siguiente día hábil operado el vencimiento, sin perjuicio a los

beneficios y derechos de extensión de plazo que la ley (art. 183 LCT) o el CCT

aplicable le otorguen. Queda usted notificada.

Carta documento ante el silencio de la trabajadora finalizada la licencia por

maternidad.

Finalizada la licencia por maternidad el dia xx de marzo de 2019 y no habiendo

notificado expresamente que se arropa al benéfico de excedencia, esta empresa

entiende y considera, ipso iure, que gozara del uso de opción del art 183 inciso b)

LCT conforme art 185 mismo cuerpo legal. Compensación por tiempo de servicios

a su disposición.

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Carta documento que rechaza o desconoce la deficiencia registral impuesta

por la ley de empleo en sus tres supuestos.

Rechazo su TCL N°xxxxxxx por improcedente, falaz, maliciosa y falto a la verdad.

Niego categóricamente el vínculo laboral invocado (o la alegada registración

defectuosa) o (la antojadiza fecha de ingreso denunciada).

Si tenemos un articulo 8 ley 24.013, negamos categóricamente el vinculo laboral.

por aventurero y carente de toda realidad, factica y jurídica. niego todos y cada

uno de los puntos que Ud alega en su misiva, no solo que se niega su reclamo,

máxime, intima a una razón social inexistente jurídicamente. usted carece de

basamento legal y factico de su inventado telegráfico. a consecuencia, su reclamo

carece de legitimidad. sin perjuicio a ello, desconozco, por ser ajeno a toda

relación laboral que describe en su libelo. niego, categóricamente, ser titular de

relacion alguna que lo pueda unir a su persona. niego tener que registrar relación

laboral alguna, como asi también la fabula que ello conlleva, a la postre,

desconozco la persona que me intima reclamando derechos. rechazo su

advertencia y deberes que Ud pretende colocarme cuando soy ajeno a su

artificioso reclamo hacia mi persona. lo intimo en plazo perentorio de 48hs

absténgase de reclamo alguno hacia mi persona y enderece su reclamo a su real

empleador, todo ello, bajo apercibimiento formal de iniciar acciones por daños y

perjuicios y formal querella penal y criminal por el delito de injurias y calumnias

consagrada en el Codigo Penal. Queda ud notificado y emplazado.

Cierro intercambio telegráfico sin que el silencio implique reconocimiento alguno

de mi parte. Colacionase.

Si tenemos una intimación por los arts. 9 y 10 de la ley 24.013. la contestación es

la misma pero el vinculo laboral no se desconoce, sino que, se desconoce la

antojadizima fecha de ingreso siendo que Ud firmo el alta temprana AFIP y la

debía ficha técnica en la empresa con la real fecha de ingreso y no la pretendida

en su misiva telegráfica.

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En cambio si desconoces la parcialidad de la registración, en este caso, negamos

los pagos parciales, siendo el pago de su remuneración normal mensual y habitual

acorde s los recibos que se le entrega en debida forma y eln doble ejemplar como

marca el articulo 140 LCT.

Carta documento rechazando la candidatura a electo del delegado de

empresa por omisión de requisitos a su sindicato.

Rechazo su CD 812398143 de fecha xx de julio de 2017 por improcedente, falaz,

maliciosa y desajustada a derecho.

Las elecciones del pasado 10 de marzo de 2017 no fueron llevadas a cabo no por

cuestiones operativas, sino porque usted como Federación Representativa de los

derechos sindicales de los trabajadores no cumplió con los recaudos legales de la

ley de asociaciones sindicales y por su Dto reglamentario 00/000 (art. 29) no

cumpliendo la postulación de un trabajador de la empresa y no realizo las

notificaciones respectivas para cumplimentar el acto eleccionario. No solo no

ofrecio, en tiempo y forma acorde ley 23.551 y Dto. 467/88, un candidato, maxime,

no ofreció las listas de candidatos como la ley ordena y no alisto al Ministerio de

Trabajo de tales elecciones, siendo asi, consintió, tácitamente, el paso del tiempo

para llevar a cabo las elecciones como los estatutos ordenan. Su, inadmisible,

nueva fecha y prorroga de mandato de delegado deviene en arbitraria y

desajustada a derecho estando la cuestión, por dicho trabajador, en plena Litis en

la Justicia Laboral Argentina. Por todo ello y, con pleno conocimiento de lo

dispuesto por la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales, su D.R. Nº 467/88, y la

Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, su D.R. Nº 1.759/72

(T.O. 1883/91), impugno las Elecciones de Delegados Gremiales efectuadas por la

asociación sindical xxxxxx para el dia 21/09/17. Lo emplazo a una retractación por

escrito por su mal proceder bajo apercibimiento de iniciar acciones administrativas

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en La Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo y

Seguridad Social de La Nación. Queda usted debida y legalmente notificado y

emplazado. Reservo acciones penales contra la Federación xxxxxxxxxxxxx

Carta documento en los casos de que el trabajador no firme los

apercibimientos o suspensiones en la empresa. (se aplica en ambos casos)

Atento la negativa de Ud de firmar una medida disciplinaria acorde el artículo 67

LCT y dentro de las facultades que reza el articulo 64 y 65 del mismo

ordenamiento y cumpliendo el estricto derecho de defensa, transcribo el llamado

de Atención en su contra: a saber.

Le notificamos a UD., que se ha resuelto aplicarle un apercibimiento disciplinario a

causa de reiteradas faltas injustificadas sin perjuicio de haberse notificado por

carta documento colaccionada, CD697064793AR, el dia 07/01/2016 en su

domicilio denunciado. Su conducta conlleva a este apercibimiento y a prestar mas

atención en el futuro de esta prestigiosa firma puesto que su accionar daña no

solo la imagen comercial sino la cadena de producción de la misma. Se lo

apercibe y se lo llama a la reflexión por su actuar malicioso. Se le descontara

acorde al articulo 244 LCT los días de sus ausencias, según CD mencionada, en

su próxima liquidación de haberes salvo que Ud justifique de manera instrumental

dichas ausencias. Ante la reiteración de hechos similares, se le aplicaran medidas

disciplinarias mas severas conforme las normas laborales en vigencia. queda ud.

debida y legalmente notificado.

Carta documento notificando la justificación del retraso del pago de salarios.

Notifícanosle que, habiendo inconvenientes en la empresa ocasionados por

xxxxxxxxxx siendo que, los mismos son ajenos a la misma, nos hemos retrasado

el pago de las remuneraciones mensuales y normales del mes de xxxxxxx.

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Notificamos que, el día xx de abril de 2019 será abonadas las remuneraciones del

periodo mencionadas mediante el correspondiente depósito bancario.

Colasionese.

Carta documento por inicio de temporada

Por medio de la presente comunicamos a Ud. en tiempo y forma debidos que en

fecha ___/___/___ dará comienzo la nueva temporada relativa a la relación laboral

que nos vincula, debiendo Ud. presentarse a laborar dentro del plazo de 5 (cinco)

días de recibida la presente. Queda usted notificada y emplazada.

Carta Documento comunicando despido por razones de

ordenamiento

Por Razones ordenamiento laboral, prescindimos de sus

servicios a partir del xxxxxxx, quedando preavisado, licencia

diaria 2 horas e indemnizaciones legales a su disposición

juntamente con salarios, S.A.C. y vacaciones proporcionales.

Queda usted notificada y emplazada.

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Carta documento de suspensión

Por medio de la presente, y ante la grave falta cometida por Ud. el día

___/___/___, consistente en insultar a un compañero de trabajo y amenazarlo,

produciendo un severo malestar en el ambiente laboral, se le notifica la decisión

de suspenderlo por 10 días, sin goce de haberes, debiendo reintegrarse a sus

tareas normales y habituales el día ___/___/___ en el horario de trabajo habitual.

Queda usted notificado.

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Modelos de Telegramas laborales del trabajador.

Telegrama ley 23.298 respondiendo la justificación de ausencias.

Ante la intimación cursado por usted de reintegro a mis tareas normales y

habituales del dia xx/xx/2019, rechazo la misma por improcedente. Pongo a su

disposición el certificado médico justificando mi dolencia y enfermedad que

padezco y el periodo de recuperación respectivo.

Telegrama ley 23.298 notificando ausencias a su puesto de trabajo.

Notifico ausencia a mi puesto de trabajo por causa de enfermedad desde el dia xx

de marzo de 2019 hasta el dia xx de abril de 2019, conforme diagnóstico del Dr.

Xxxxxx a su disposición. Constatación de mi dolencia en mi domicilio denunciado

en la empresa. Saludo Cordial.

Telegrama ley 23.298 notificando enfermedad inculpable

Notifico que me hallo imposibilitado de prestar servicios por enfermedad inculpable

según articulo 208 LCT. Certificado médico a su disposición.

Telegrama ley 23.298 intimando que se aclare situación laboral

Ante negativas de tareas, intímele plazo de 48hs, aclare situación laboral bajo

apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su

exclusiva culpa conforme art. 246 LCT

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Telegrama ley 23.298 rechazando modificación de lugar de trabajo.

Rechazo su CD N° xxxxxx por arbitraria, falaz e improcedente. El cambio de lugar

de trabajo me produce perjuicios irreparables que alteran gravemente el

desenvolvimiento de mi vida personal y económica. El nuevo destino de trabajo,

localidad de xxxxx, dista de mi domicilio sito en calle xxxxx aproximadamente,

xxx Km. Esto implica, utilizando los medios normales de locomoción, un tiempo

promedio aproximado de viaje de ida y regreso de xx cantidad de horas. Dicho

lapso sumado a mi jornada laboral de 8/9 horas normales me impediría gozar del

descanso correspondiente. Por todo ello los intimo en plazo de 48 hs. rectifiquen la

medida tomada, por condierarla un ejercicio abusivo del ius variandi bajo

apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su

exclusiva culpa. Hago reserva de retener tareas para el supuesto de que Ud.

insista en la perjudicial modificación. Queda usted debida y legalmente notificado

Telegrama ley 23.298 reclamando el pago de la remuneración en plazo de ley

Encontrándose vencido el plazo de exceso del pago de mi remuneración mensual

normal (quincenal), intímele plazo de dos días hábiles efectué el pago, todo ello

bajo formal apercibimiento de considerarme injuriado y considerarme despedido.

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Telegrama ley 23.298 solicitando certificación de servicios art. 80 LCT

Habiendo disuelto el contrato de trabajo que nos uniera con fecha 05 de mayo de

2010 por la presente intimo plazo dos dias habiles para que entregue certificado de

servicios y acreditación de aportes previsionales y sociales acorde art. 80 lct y dto

reglamentario, bajo apercibimiento de los dispuesto en el mentado articulo. Queda

ud debida y legalmente notificado.

Telegrama ley 23.298 de despido indirecto y el pago de las indemnizaciones

por despido indirecto.

Atento su manifiesto y nefasto silencio a mis reclamos laborales, entiendo su

actitud como una pretensión de desvirtuar su responsabilidad e incumplimiento

provocando un fraude laboral. me considero gravemente injuriada y despedida por

su exclusiva culpa. intimole para el pazo de dos dias habiles abone indemnización

por antigüedad, art. 245 lct, preaviso, vacaciones, aguinaldo y diferencias de

salarios y demas rubros inherentes al despido sin causa, ajustados a la verdadera

y real remuneración, todo ello bajo apercibimiento formal de accionar

judicialmente. en virtud de la ley 19.550 y 20.744 hago solidariamente responsable

al órgano directivo por el fraude laboral consentido. Queda ud debida y legalmente

notificado y emplazado de pago.

Telegrama ley 23.298 intimando por la ley de empleo 24.013 at. 8

Ante la negativa de tareas, íntimo plazo dos días hábiles aclare situación laboral,

recibo de salarios en doble ejemplar -en el que conste la fecha de ingreso y

remuneración-, acredite depósitos de aportes previsionales y de obra social,

abone sac y vacaciones adeudadas, todo ello bajo apercibimiento de

considerarme gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa. asi

también, atento irregularidades laborales, falta de pago de horas extraordinarias,

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gratificaciones no remunerativas según cct aplicable, 389/04 y salarios fuera de lo

convencional, intimo plazo 24hs aclare situación laboral, todo ello, en rigor del

articulo 73 lct y con el animo de mantener la cordialidad y la relación que nos une,

cumpla en plazo de ley, bajo apercibimiento de injuriarme y considerarme

gravemente despedido por su exclusiva culpa. asimismo, íntimo plazo treinta días

proceda a regularizar la relación laboral haciéndome entrega de recibos de sueldo

en doble ejemplar en los que conste mi fecha de ingreso: 01/02/2013 en la

categoría laboral de encargado o capataz y con un salario mensual de $9461

básico convencional mas plus, asistencia y complemento, caso contrario iniciaré

denuncias administrativas y por la ley penal tributaria que correspondan, me

consideraré despedido y accionaré por el cobro de las indemnizaciones por

despido arbitrario y de las multas contempladas en los arts. 8º y 15 de la ley

24013, ley 25.323 y leyes laborales. Queda ud debida y legalmente notificado y

emplazado.

Telegrama ley 23.298 intimando por la ley de empleo 24.013 art. 9 y 10

Atento irregularidades y falta de pago de salarios en tiempo y forma, intimo plazo

24hs aclare situación laboral, maxime, según cct aplicable, lo emplazo a reconocer

mi real categoría laboral, atento el principio de primacía de la realidad, el mismo es

de empleado como responsable de postventa en la empresa, y no la irrisoria y

peyorativa categoría que ostenta en mis recibos de haberes, actualice básicos

convencionales, acuerdos no pagados por sindicato, aportes previsionales y

vacaciones adeudadas, todo ello bajo apercibimiento de considerarme gravemente

injuriada y despedido por su exclusiva culpa. asi mismo, intimo plazo perentorio 30

dias regularice la relacion laboral haciéndome entrega de recibos de sueldos en

doble ejemplar en los que conste mi real categoría y remuneración, en la categoría

de responsable de postventa en la empresa, con un canon mensual de lo fijado en

el cct 130/75 según mi puesto de encargado de sector, mas viaticos, fecha de

ingreso 09-06-2008 y abone la totalidad de mi salario de manera registrada, y no,

con una parte de manera defectuosa, caso contrario iniciare denuncias

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administrativas y por la ley penal tributaria que correspondan, me considerare

despedido y accionare por el cobro de las indemnizaciones por despido arbitrario y

de las multas contempladas en los arts. 9, 10 y 15 de la ley 24.013. asi también,

denuncio el fraude laboral que ud incurría ocultando la verdadera relación de

dependencia, circunstancia penada por la ley penal 24.769, articulo 14 y

resoluciones afip. dejo expresa constancia del envio de los mentados tcl a AFIP y

MTSS. Queda Ud. debida y legalmente notificada y emplazada.

//

Intimo término 48 horas, acredite aportes previsionales y de obra social, actualice

salarios, abone diferencias adeudados y vacaciones debidas y devengadas, todo

ello bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida por su

exclusiva culpa. en rigor del articulo 73 lct y 63 lct y con el animo de mantener la

cordialidad y la relación que nos une, cumpla en plazo de ley, bajo apercibimiento

de injuriarme y considerarme gravemente despedida por su exclusiva culpa.

asimismo, íntimo plazo treinta días proceda a regularizar la relación laboral

haciéndome entrega de recibos de sueldo en doble ejemplar en los que conste mi

verdadera remuneración en la categoría laboral de aux. operativa clase 1 e

incremento de paritarias y aportes previsionales adeudados, caso contrario iniciaré

denuncias administrativas y por la ley penal tributaria que correspondan, me

consideraré despedido y accionaré por el cobro de las indemnizaciones por

despido arbitrario y de las multas contempladas en los arts. 10º y 15 de la ley

24013, ley 25.323 y leyes laborales. a la luz del fraude laboral cometido por usted

hago extensivo la responsabilidad solidaria a los socios gerentes en virtud de la

ley 19.550 y 20.744. Queda ud debida y legalmente notificado y emplazado.

Telegrama ley 23.298 notificando AFIP de la ley de empleo

En los términos de la ley 25.345 art. 47, 23.789 art. 2 inc. d) y 24.013 art. 11 inc. b)

comunico a a.f.i.p. del reclamo cursado xxxxxxxx CUIT xx-xxxxx-xx Actividad:

xxxxxxxx, con domicilio en la calle xxxxxxxxx, a tenor del siguiente texto:

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Intimo término 48 horas, acredite aportes previsionales y de obra social, actualice

salarios, abone diferencias adeudados y vacaciones debidas y devengadas, todo

ello bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida por su

exclusiva culpa. en rigor del articulo 73 lct y 63 lct y con el animo de mantener la

cordialidad y la relación que nos une, cumpla en plazo de ley, bajo apercibimiento

de injuriarme y considerarme gravemente despedida por su exclusiva culpa.

asimismo, íntimo plazo treinta días proceda a regularizar la relación laboral

haciéndome entrega de recibos de sueldo en doble ejemplar en los que conste mi

verdadera remuneración en la categoría laboral de aux. operativa clase 1 e

incremento de paritarias y aportes previsionales adeudados, caso contrario iniciaré

denuncias administrativas y por la ley penal tributaria que correspondan, me

consideraré despedido y accionaré por el cobro de las indemnizaciones por

despido arbitrario y de las multas contempladas en los arts. 10º y 15 de la ley

24013, ley 25.323 y leyes laborales. a la luz del fraude laboral cometido por usted

hago extensivo la responsabilidad soliaria a los socios gerentes en virtud de la ley

19.550 y 20.744. Queda ud debida y legalmente notificado y emplazado.

Telegrama ley 23.298 notificando la opción de periodo de excedencia

Notifico a Ud. que opto por el estado de excedencia por un tiempo máximo de seis

(6) meses contados a partir del ___/___/___, según lo indica el articulo. 183 LCT.

Queda usted Notificado.

Telegrama Ley 23.298 Notificando embarazo riesgoso e impedimento de

cumplir tareas

Notifico a Ud. Que conforme mi estado de gravidez (embarazo de tres meses), y

según certificado médico obrante en su poder –fecha de parto probable para el

___/___/___–, me encuentro cursando gestación de riesgo, con indicacion médica

suscripta por el Dr. xxxxxxxxxxxxxxxx conforme certificado de fecha ___/___/___,

por lo que me encuentro impedida de prestar servicios hasta la fecha de parto.

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Queda Ud. notificado, debiendo tomar las precauciones de liquidar los salarios que

me corresponden en su devengamiento durante todo el período pertinente.

Telegrama ley 23.298 notificando que se cumpla con el deber de ocupación

Ante negativa de tareas, intímele plazo de dos días hábiles cumple con el deber

de ocupación y otorgue tareas acordes mi categoría laboral convencional de xxxx,

bajo formal apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva

culpa.

Telegrama ley 23.298 rechazando el cambio de tareas, mal uso del ius

variandi

Rechazo su carta documento de fecha xx/xx/2019 por improcedente y arbitrario. El

cambio de tareas me ocasiona grave perjuicio familiar con brutal alteración del

normal funcionamiento y desenvolvimiento de mi forma de vida económica y

personal. El nuevo destino, /fijar lugar) se encuentra a más de xx kilómetros de mi

residencia. Todo ello, me implica un perjuicio económico y trastorno social familiar

, no solo desde lo económico, sino en la calidad de tiempo de recreación personal.

Por todo ello, intimo plazo de 72 horas revea medidas tomadas o eleve propuesta

reparadora a los efectos bajo formal apercibimiento de considerarme gravemente

injuriado y despedido por u exclusiva culpa.

Telegrama ley 23.298 rechazando suspensión

Rechazo su Carta documento de fecha xx/xx/2019 por improcedente y arbitraria

en lo referente a la suspensión aplicada. Impugno la misma en la media de que la

inasistencias o hechos que usted alega para aplicar la medida, son insuficientes y

aventureras, intimo en plazo 24hs deje sin efecto dicha medida, caso contrario me

considerare gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa.

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Telegrama ley 23.298 rechazando suspensión por insultos

Rechazo su carta documento N° xxxxxxxx por improcedente, falaz y maliciosa en

todos sus términos. NIEGO haber insultado y amenazado a un compañero de

labor. Antes bien fui la víctima de insultos y amenazas por parte de xxxxxxxxxxx,

habiendo soportado ello sin reacción alguna, circunstancia que fue comunicada al

Jefe de personal en fecha ___/___/___ En ese orden, solicito reconsideración de

la sanción injustamente impuesta, la cual no encuentra sustento en la realidad de

los hechos. Ello bajo apercibimiento, en caso contrario, de accionar judicialmente

por los salarios caídos que corresponden al tiempo de la suspensión. Queda

Usted Notificado

Telegrama ley 23.298 exigiendo el pago de los salarios por días de

suspensión

Intimo plazo 24hs abone horas/ días correspondientes a la suspensión rechazada

por ser la misma improcedente y arbitraria. Por todo ello, si en el plazo perentorio

mencionado no hace efectivo los dias/horas caídos iniciare acciones

administrativas y/o judiciales para hacerlas efectivas. Queda Ud notificado y

emplazado de pago.

Telegrama ley 23.298 notificando situación de embarazo

Comunícale, en los términos del art. 177 LCT, que me encuentro en situación de

embarazo. El certificado médico donde consta la fecha probable de parto se

encuentra a disposición siendo la misma el dia xx de octubre de 2019.

Colacionase

Telegrama ley 23.298 notificando inicio de licencia del art 177 LCT

maternidad.

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Estando próximo a los 45 días para la fecha del parto estimado según certificado

médico presentado en tiempo y forma, notifícale que inicio mi licencia según art.

177 LCT desde el dia xx de marzo de 2019.

Telegrama ley 23.298 intimando el cumplimiento de obligaciones laborales

(genérico)

Intimo plazo 2 dias hábiles abone salarios adeudados de los meses de xxxxxxxxx,

horas extras realizadas, y aumentos de convenio según escala salarial vigente

acorde CCT aplicable xx/xx, todo ello bajo formal apercibimiento e considerarme

gravemente injuriado y despido por su exclusiva culpa conforme art. 246 LCT.

Reservo derechos de extensión de responsabilidad solidaria a los componentes

administrativos de la sociedad empleadora a la luz de articulo 54 de la ley 19.550.

Telegrama ley 23.298 comunicando candidatura para delegado de empresa.

Notifico a Ud. que me he postulado como candidato al cargo de delegado de

empresa en las elecciones del Sindicato de xxxxxxxxxa llevarse a cabo el

___/___/___, en la empresa, ello conforme certificado expedido por dicha entidad

sindical que pongo a vuestra disposición conf. art. 29 del Decreto Reglamentario

467/1988. Queda Usted notificado

Telegrama ley 23.298 Notificando de haber sido electo a cargo gremial

Notifico a Ud. que he sido electo al cargo de delegado de la empresa según

resultado de elecciones sindicales previamente a Ud. notificadas.

Ello a todos los efectos conf. arts. 48/49 y ccts. de la ley 23.551. Queda Usted

notificado

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Telegrama ley 23.298 notificando el goce de las vacaciones por omisión de

otorgamiento dentó del plazo de ley

Ante la omisión del otorgamiento del periodo de descanso anual le notifico a Ud

que gozare del mismo desde el dia xx de marzo de 2019 hasta el dia xx de abril de

2019 inclusive, retomando a mis tareas normales y habituales el dia xx de abril de

2019.

Asi mismo solicito se me abone la remuneración correspondiente a dicho periodo

por adelantado conforme arts. 155 y 157 de la ley de contrato de trabajo. Queda

Ud notificado

Telegrama ley 23.298 intimando por la ley 25.323 art. 2

Ante la ruptura de la relación laboral que nos uniera sucedida el dia 30/06/2009 y

no habiendo Usted a la fecha abonado las indemnizaciones correspondientes a la

antigüedad, sueldo anual complementario, vacaciones proporcionales no gozadas

y demás rubros inherentes, intimole en plazo perentorio de dos dias hábiles haga

efectivo el pago de las mismas, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el 2 Ley

25323.

Toda vez que la relación laboral no se encontraba debidamente registrada

denuncio mi remuneración mensual normal y habitual de $ ....., la correcta y real

fecha de ingreso de data xx/xx/1990 y categoría labora convencional de xxxxx ,

por las tareas realizadas bajo su dependencia en el horario de Lunes a Viernes de

xx a xx. , todo ello a los efectos de que realice los aportes y contribuciones a los

organismos de seguridad social y abone indemnización prevista en el artículo 1

Ley 25323. Queda usted debida y legalmente notificado y emplazado de pago

Telegrama ley 23.298 intimando al socio gerente/presidente por

responsabilidad solidaria

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A la luz del artículo 54 de la ley 19.550 y artículos 14 y 29 ley 20.744 y demás

jurisprudencia aplicable y el rigor del principio de primacía de la realidad, principio

rector del derecho del trabajo, se le transcribe su responsabilidad solidaria en el

fraude laboral cometido en mi perjuicio.

Atento irregularidades laborales, falta de pago de horas extraordinarias,

gratificaciones no remunerativa según cct aplicable, 231/75, pagos irregulares,

falta de liquidación de horas extraordinarias y salarios fuera de lo convencional,

intimo plazo 24hs aclare situación laboral, máxime, denuncio mobing o acoso

laboral hacia mi persona de parte de sus dependientes jerárquicos, amparado en

arts. 19 y 14 c.n.; convenio o.i.t. nº 111; ley 23.592 y jurisprudencia aplicable,

atento el principio de primacía de la realidad, intimo el cese del mismo y su

eventual resarcimiento económico, todo ello bajo apercibimiento de considerarme

gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa. así mismo, intimo plazo

perentorio 30 días regularice la relación laboral haciéndome entrega de recibos de

sueldos en doble ejemplar en los que conste mi real remuneración, $12.000 y

gratificaciones no remunerativas del cct aplicable según mi puesto de trabajo, caso

contrario iniciare denuncias administrativas y por la ley penal tributaria que

correspondan, me considerare despedido y accionare por el cobro de las

indemnizaciones por despido arbitrario y de las multas contempladas en los arts. 9

y 15 de la ley 24.013. dejo manifiesto que, atento la inmensidad de injurias y el

evidente fraude laboral que ostentan a mi persona, hago expresa reserva del

derecho de retención de mi puesto de trabajo reserva así también, denuncio el

fraude laboral que ud incurría ocultando la verdadera relación de dependencia,

circunstancia penada por la ley penal 24.769, articulo 14 y resoluciones afip. dejo

expresa constancia del envió de los mentados tcl a afip y mtss. a la luz de sus

irregularidades a la ley laboral y al orden publico laboral, lo hago solidariamente

responsable de lo normado en el articulo 54 de la lsc. Queda ud. debida y

legalmente notificado y emplazado de pago.

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Telegrama ley 23.298 solicitando licencia sin goce de sueldo

Por la presente, me dirijo a usted a efectos de solicitar se me conceda licencia sin

goce de sueldo desde el día xx/xx/xxxx hasta el día xx/xx/xxxx inclusive. Ello con

motivo de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.

Pongo a su disposición, para el caso de ser requeridos, los justificativos

pertinentes. Sin otro particular, saludo a usted atte.

Telegrama ley 23.298 comunicando ausencia por citación como testigo

Por el presente notifico a Ud. que he sido citado como testigo en la causa

caratulada: xxx c/ xxxx s/ xxxx en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia

xxxxxxxxxxxxx, conforme cédula judicial que pongo a disposición vuestra. A tal

efecto, notifico que me ausentaré de mi puesto de labor la fecha señalada y hasta

la hora de finalización de dicha audiencia. Queda usted notificado

Telegrama ley 23.298 notificando distribución de días de licencia por

maternidad.

Notifico a Ud. que opto por la distribución de los días de mi licencia por maternidad

del siguiente modo: 30 días antes de dicha fecha certificada y 60 días ulteriores a

la fecha de parto conforme certificado de embarazo de fecha ___/___/___, con

fecha aproximada de parto para el día___/___/___, lo cual obra en su poder según

nota de entrega de fecha ___/___/___. Queda usted emplazado y notificado.

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Telegrama ley 23.298 solicitando el cese de hostigamiento y denuncia

enfermedad profesional.

Por el presente comunico a Ud. que padezco una enfermedad profesional de

carácter psíquico derivada del hostigamiento laboral del que soy víctima por parte

de empleado jerárquico de Uds., Sr. xxxxxxxxxxxx, y que me impide reanudar mis

tareas habituales. Certificados médicos que acreditan lo antedicho a disposición

para ser entregados donde Ud. me indique. Por ello, INTIMOLE a Ud. en plazo

perentorio de 48 hs, denuncie por ante ART pertinente el accidente/enfermedad

señalado, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de la totalidad de las

indemnizaciones a que hubiere lugar conforme LRT 24.557 y modif. Además,

INTIMO a Ud. en plazo de 48 hs. arbitre los medios que correspondan a fin del

cese del hostigamiento y hostilidades de los que soy víctima por parte del

mentado, sin perjuicio de hacerlo responsable, hasta el límite que corresponda, de

los daños y perjuicios ya irrogados a la fecha, atento al deber de resguardo de la

integridad psicofísica de la suscripta, en calidad de dependiente vuestra (arts.

75/77 LCT) y que no fuera observado por Uds. En el interín, y hasta tanto se

garantice dicha integridad psicofísica, y me encuentre en condiciones óptimas y

plenas de reintegrarme a mis labores, hago uso de mi derecho de retención de

tareas (art. 1031 CCCN) y enervo cualquiera intimación vuestra en tal sentido.

Queda usted debida y legalmente notificado y emplazado.

Telegrama ley 23.298 intimando a integrar retenciones conforme artículo 132

bis LCT

Por medio de la presente lo intimo ingrese los importes adeudados y retenidos de

mi salario, más los intereses y multas que pudieren corresponder a la AFIP-DGI,

Sindicato de Empleados de Comercio, INSSJP, Obra Social, durante el período de

labor denunciado en misivas previas y lo sea en un plazo de 30 días de

recepcionada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 132 bis

LCT (modif. art. 43 Ley 25.345). Queda usted debida y legalmente notificado

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Telegrama ley 23.298 de respuesta del trabajador ante despido por pérdida

de confianza

Que por este medio respondo vuestra CD N° xxxxxxxxxxxx y rechazo su misiva

telegráfica por improcedente, falto a la verdad y aventurera, en todos sus términos.

NIEGO haberme negado a exhibir mi bolso ante el personal de la empresa;

asimismo NIEGO que haya existido faltante de mercadería, o a todo evento, que la

misma me sea imputable o menoscabe la confianza de vuestra parte.

MANIFIESTO que he contestado cada uno de los informes requeridos, dando

razones valederas del faltante que Ud. arguye. NIEGO que Ud. tenga derecho a

esgrimir la causal de pérdida de confianza o ninguna otra para despedirme y

considero incausado vuestro despido, que además resulta confuso, pues no se

aclara si Ud. me imputa concretamente la comisión del delito de hurto u otro ilícito

o acto desleal que efectivamente me tenga por responsable. Por todo ello INTIMO

a usted. en plazo de 48hs proceda a abonar indemnizaciones por antigüedad,

preaviso omitido, integración mes despido, SAC y VAC proporcionales, y demás

rubros indemnizatorios que corresponda en atención a vuestra incausada decisión

rupturista. Todo ello bajo formal apercibimiento de iniciar acciones legales. Queda

Ud debida y legalmente notificado y emplazado.

Telegrama ley 23.298 de Renuncia.

Notifico que a partir del día de la fecha renuncio a mi puesto de trabajo de manera

indeclinable. Queda emplazado.

Telegrama Ley 23.298 para intimar por pago de horas extras

Ante reiterados e infructuosos reclamos verbales, intimo plazo

dos días hábiles pague horas extraordinarias trabajadas para Ud.

xxxxxxxxxxxxx en los últimos seis meses, de lunes a viernes a

razón de media hora por día., caso contrario me consideraré

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despedido y disolveré el contrato de trabajo por su exclusiva

culpa. Queda usted debida y legalmente notificado

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Conclusión final de la etapa de intercambio epistolar

Dando un cierre al capitulo de intercambio epistolar, tengamos muy en cuenta que:

Los hechos relatados guarden estrecha relación con el objeto de la

notificación (intimación bajo apercibimiento, negativa de trabajo, pedido de

explicaciones, negación de la relación laboral, rechazo de la injuria). Cuanto

más corto quede el texto final, mejor.

Algunos errores menores (ambigüedad, redundancia o imprecisión) del

texto, pueden ser enmendados hasta la finalización del intercambio

epistolar, pero otros más graves, no (por ejemplo, la fecha en que se dio

por despedido/a, la fecha de notificación del preaviso; etc.).

Las oraciones deben redactarse en modo imperativo: “Intímale por 48

horas…”; “…proceda a…”, “absténgase de….”.

Las comunicaciones laborales deben poseer los datos básicos de toda

notificación (destinatario, remitente y texto), más: a) Plazo intimatorio

(nunca inferior a dos días hábiles—conforme art. 57, LCT), b) Contenido de

la intimación y c) Apercibimiento.

Por todo ello, debemos saber que redacción de un telegrama, o carta

documento, requiere un acabado estudio de la situación fáctica, el análisis de la

normativa aplicable y, fundamentalmente, de la estrategia.

Ahora es muy común que, después de tener una idea de la posición

estratégica del adversario a través del circuito del intercambio telegráfico, se nos

presente el siguiente interrogante ¿Es mejor demandar o negociar

extrajudicialmente?

Para ello, tenemos, en CABA, la instancia previa obligatoria, recinto

adecuado para la perfecta y conveniente negociación extrajudicial para arribar a

una justa composición de intereses que veremos mas adelante.