Decreto 1521 de 2015

44
PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinocial.gob.ar e-mail: dnro@boletinocial.gob .ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 5,00 Sumario Buenos Aires, martes 4 de agosto de 2015 Año CXXIII Número 33.185 DECRETOS FUERZAS ARMADAS Decreto 1521/2015 Títulos Universitarios. Habilitación. ............................................................... ............................... 1 CONTRATOS Decreto 1466/2015 Modelo de Contrato de Préstamo. Aprobación. ........................................................ .................... 2 CULTO Decreto 1436/2015 Reconóces e Ob ispo C oadjutor de la Diócesis de S anto Domingo de Nueve de J ulio. ................... 2 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1432/2015 Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortale- cimiento de la Democracia. ............................................................... .......................................... 2 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Decreto 1439/2015 Dase por designado el Director Nacional de Identicación y Formalización de los Agricultores Familiares. ........................................................ ................................................................. ......... 3 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Decreto 1440/2015 Designacione s en el S ervicio Nacional de Sanidad y C alidad Agroalimentaria. ............................. 3 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1437/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora de Políticas de Género. .................................... 4 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1438/2015 Dase por prorrogada designación. ................................................................. .............................. 5 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 1433/2015 Designación en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. ........................ 5 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 1435/2015 Dase por p rorrogada designación en la Dirección Nacional de P olíticas S ocioeducativas . ............ 5 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 1434/2015 Designación en la C omisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. ........................ 5 DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 589/2015 Dase por prorrogada designación en la D irección de Administración y C ontabilidad. ................... 6 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Decisión Administrativa 586/2015 Contratación en la S ubsecretaría de Coordinación Técn ica y Administrativa. ................................ 6 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Decisión Administrativa 583/2015 Contratación. ............................................................... ............................................................... 7 Primera Sección Continúa en página 2 Pág. DECRETOS #I4939642I# FUERZAS ARMADAS Decreto 1521/2015 Títulos Universitarios. Habilitación. Bs. As., 30/07/2015 VISTO la Ley para el Personal Milit ar N° 19.1 01 y sus modicatorias, lo propuesto por el Mi- nistro de Defensa, y CONSIDERANDO: Que el artículo 48, Inciso 1° b) de la Ley N° 19.101 y sus modicatorias, dispone que los grados máximos que el Personal Superior con funciones profesionales, po- drá alcanzar por ascenso en sus respec- tivas Fuerzas Armadas, será General (de los distintos servicios), Contraalmirante o Brigadier. Que, sin embargo, reglamentariamente se han establecido limitaciones a las carreras de ciertos Escalafones del Cuerpo Profesio- nal, en las TRES (3) FUERZ AS ARMADAS. Que en tanto, en otros servicios, como por ejemplo, los de Sanidad y Auditoría, no se aplica dicha limitación formal. Que en tal sentido existen normas reglamen- tarias que se oponen, no sólo a la disposición legal mencionada, sino también a las medi- das que se han adoptado para consagrar el principio de igualdad y eliminar toda forma de discriminación en el desarrollo de la ca- rrera del Personal Militar, en todos aquellos aspectos que no se vinculen estrictamente con las necesidades del servicio. Que las referidas limitaciones han sido par- ticularmente gravosas en el caso del perso- nal militar femenino, cuyas carreras, hasta tiempo reciente, solo podían desarrollarse en el Cuerpo Profesional, imponiéndose una restricción formal ajena a la evaluación de sus competencias e idoneidad. Que la carrera profesional militar debe privi- legiar el principio de la especialización pro- fesional como un aspecto medular para el desarrollo, consolidación y fortalecimiento institucional, asegurando procedimientos de selección, formación, promoción y asig- nación de destinos, directamente subordi- nados a las prioridades que la Política de Defensa Nacional establezca para el dise- ño del Instrumento Militar. Que careciendo de razonabilidad, resulta imperioso en consecuencia dejar sin efecto las referidas restricciones que vulneran dis- posiciones legales y el principio de igualdad, teniéndose en consideración la gran canti- dad de títulos universitarios existentes en la actualidad de importancia para la actividad militar, los cuales deben ser considerados habilitantes para alcanzar el grado máximo por ascenso en la Fuerza de que se trate. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DE- FENSA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, incisos 1, 2 y 12, de la CONSTITUCIÓN NA- CIONAL. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:  Artícu lo 1° — Establécese que la totalidad de los títulos universitarios habilitarán al Per- sonal Superior con funciones profesionales de las FUERZAS ARMADAS a alcanzar el grado máximo por ascenso, conforme lo establecido por el artículo 48, inciso 1° b) de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 y sus modicatorias.  Art.  — Deróganse las disposiciones re- glamentarias para las distintas FUERZAS AR- MADAS que se opongan a lo dispuesto en el artículo precedente.  Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. —  Aníbal D . Fernández . — A gustín O . Rossi . #F4939642F#

Transcript of Decreto 1521 de 2015

Page 1: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 1/44

PRESIDENCIA

DE LA NACION

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINISecretario

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓDirector Nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual

Nº 5.218.874

DOMICILIO LEGAL

Suipacha 767-C1008AAO

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 5,00

Sumario

Buenos Aires,

martes 4

de agosto de 2015

Año CXXIIINúmero 33.185

DECRETOS

FUERZAS ARMADASDecreto 1521/2015Títulos Universitarios. Habilitación. ............................................................... ............................... 1

CONTRATOSDecreto 1466/2015Modelo de Contrato de Préstamo. Aprobación. ........................................................ .................... 2

CULTODecreto 1436/2015Reconócese Obispo Coadjutor de la Diócesis de Santo Domingo de Nueve de Julio. ................... 2

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecreto 1432/2015Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortale-cimiento de la Democracia. ............................................................... .......................................... 2

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecreto 1439/2015Dase por designado el Director Nacional de Identificación y Formalización de los AgricultoresFamiliares. ........................................................ ................................................................. ......... 3

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecreto 1440/2015

Designaciones en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. ............................. 3

MINISTERIO DE DEFENSADecreto 1437/2015Dase por prorrogada designación de la Directora de Políticas de Género. .................................... 4

MINISTERIO DE DEFENSADecreto 1438/2015Dase por prorrogada designación. ................................................................. .............................. 5

MINISTERIO DE EDUCACIÓNDecreto 1433/2015Designación en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. ........................ 5

MINISTERIO DE EDUCACIÓNDecreto 1435/2015Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas. ............ 5

MINISTERIO DE EDUCACIÓNDecreto 1434/2015

Designación en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. ........................ 5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 589/2015Dase por prorrogada designación en la Dirección de Administración y Contabilidad. ................... 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 586/2015Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. ................................ 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 583/2015Contratación. ............................................................... ............................................................... 7

Primera Sección

Continúa en página 2

Pág.DECRETOS

#I4939642I#FUERZAS ARMADAS

Decreto 1521/2015

Títulos Universitarios. Habilitación.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Ley para el Personal Militar N° 19.101 ysus modificatorias, lo propuesto por el Mi-nistro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 48, Inciso 1° b) de la LeyN° 19.101 y sus modificatorias, disponeque los grados máximos que el PersonalSuperior con funciones profesionales, po-drá alcanzar por ascenso en sus respec-tivas Fuerzas Armadas, será General (delos distintos servicios), Contraalmirante oBrigadier.

Que, sin embargo, reglamentariamente sehan establecido limitaciones a las carrerasde ciertos Escalafones del Cuerpo Profesio-nal, en las TRES (3) FUERZAS ARMADAS.

Que en tanto, en otros servicios, como porejemplo, los de Sanidad y Auditoría, no seaplica dicha limitación formal.

Que en tal sentido existen normas reglamen-tarias que se oponen, no sólo a la disposiciónlegal mencionada, sino también a las medi-das que se han adoptado para consagrar elprincipio de igualdad y eliminar toda formade discriminación en el desarrollo de la ca-rrera del Personal Militar, en todos aquellosaspectos que no se vinculen estrictamentecon las necesidades del servicio.

Que las referidas limitaciones han sido par-ticularmente gravosas en el caso del perso-nal militar femenino, cuyas carreras, hastatiempo reciente, solo podían desarrollarseen el Cuerpo Profesional, imponiéndoseuna restricción formal ajena a la evaluaciónde sus competencias e idoneidad.

Que la carrera profesional militar debe privi-legiar el principio de la especialización pro-

fesional como un aspecto medular para desarrollo, consolidación y fortalecimieninstitucional, asegurando procedimientode selección, formación, promoción y asinación de destinos, directamente subord

nados a las prioridades que la Política dDefensa Nacional establezca para el disño del Instrumento Militar.

Que careciendo de razonabilidad, resulimperioso en consecuencia dejar sin efeclas referidas restricciones que vulneran diposiciones legales y el principio de igualdateniéndose en consideración la gran candad de títulos universitarios existentes en actualidad de importancia para la actividamilitar, los cuales deben ser consideradohabilitantes para alcanzar el grado máximpor ascenso en la Fuerza de que se trate.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que compete.

Que la presente medida se dicta en uso dlas facultades otorgadas por el artículo 9incisos 1, 2 y 12, de la CONSTITUCIÓN NA

CIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artícu lo 1°  — Establécese que la totalidade los títulos universitarios habilitarán al Pesonal Superior con funciones profesionales dlas FUERZAS ARMADAS a alcanzar el gradmáximo por ascenso, conforme lo establecidpor el artículo 48, inciso 1° b) de la Ley para Personal Militar N° 19.101 y sus modificatorias

 Art. 2°  — Deróganse las disposiciones rglamentarias para las distintas FUERZAS ARMADAS que se opongan a lo dispuesto en artículo precedente.

 Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAy archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.

 Aníbal D. Fernández. — Agustín O. Rossi.#F4939642F

Page 2: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 2/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 2

Pág.MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 584/2015Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías. ............................ 7

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 587/2015Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. ................................ 8

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 585/2015Contratación en la Secretaría de Agricultura Familiar. .......................................................... ........ 9

MINISTERIO DE CULTURADecisión Administrativa 439/2015Contratación. ............................................................... ............................................................... 9

MINISTERIO DE SALUDDecisión Administrativa 573/2015Contratación en el Instituto Nacional del Cáncer. ................................................................. ........ 10

MINISTERIO DE SEGURIDADDecisión Administrativa 588/2015Trasládase agente. ....................................................... ............................................................... 10

DISPOSICIONES

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOSPRENDARIOSDisposición 353/2015-SDNRNPACP

Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación. ................................................................ 11

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ............................................................ ................................................................. ......... 23

 Anteriores ........................................................ ................................................................. ......... 42

#I4938470I#CONTRATOS

Decreto 1466/2015

Modelo de Contrato de Préstamo. Apro-bación.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0112556/2015 delRegistro del MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Con-trato de Préstamo BID AR-L1179, propues-to para ser suscripto entre la REPÚBLICA

 ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICA-NO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato dePréstamo BID AR-L1179, el BANCO INTE-RAMERICANO DE DESARROLLO (BID) secompromete a asistir financieramente a laREPÚBLICA ARGENTINA a fin de coope-rar en la ejecución del “Programa de Me-

 joramiento de Barrios IV (PROMEBA IV)”por un monto de hasta DÓLARES ESTA-

DOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES(U$S 200.000.000).

Que el objetivo del Programa es mejorar lascondiciones de habitabilidad de los hogaresubicados en villas y asentamientos irregula-res del país a través de la legalización de latenencia de la tierra, la provisión de infraes-tructura básica y el desarrollo comunitario.

Que para la ejecución del referido Progra-ma se desarrollarán CUATRO (4) compo-nentes: (1) “Legalización de la tenencia dela tierra”; (2) “Provisión de infraestructura,saneamiento ambiental y equipamientosocial”; (3) “Desarrollo comunitario”; y (4)“Fortalecimiento de la capacidad de ges-tión” y “Gerencia y administración”.

Que la ejecución del “Programa de Mejo-ramiento de Barrios IV (PROMEBA IV)” y lautilización de los recursos del financiamiento

del BANCO INTERAMERICANO DE DESA-RROLLO (BID) serán llevados a cabo por laSUBSECRETARÍA DE DESARROLLO UR-BANO Y VIVIENDA de la SECRETARÍA DEOBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLA-NIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLI-

CA Y SERVICIOS, denominado en adelante“Organismo Ejecutor”, a través de la UnidadCoordinadora Nacional del Programa (UCN).

Que la formalización de esta operaciónrequiere que la REPÚBLICA ARGENTINA,en su carácter de Prestataria y por inter-medio del MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contra-to de Préstamo BID AR-L1179, así comotoda otra documentación relacionada conla operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultaral señor Ministro de Economía y FinanzasPúblicas para que, en nombre y repre-sentación de la REPÚBLICA ARGENTINA,suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1179 y acuerde las modificaciones quesean convenientes para la ejecución del“Programa de Mejoramiento de BarriosIV (PROMEBA IV)”, siempre y cuando noconstituyan cambios sustanciales al objetoy destino de los fondos, ni deriven en unincremento de su monto o una alteraciónen el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazosde amortización, las tasas de interés y de-más cláusulas contenidas en el Modelo deContrato de Préstamo propuesto para sersuscripto son los usuales que se pactan eneste tipo de contratos y resultan adecua-dos a los propósitos y objetivos a los queserá destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta de confor-midad con lo dispuesto por el Artículo 99,inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,

y el Artículo 53 de la Ley N° 11.672, Com-plementaria Permanente de Presupuesto(t.o. 2014).

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contra-to de Préstamo BID AR-L1179 a celebrarse entrela REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTE-RAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un

monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSESDOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000),destinado a financiar parcialmente el “Programade Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV)”,que consta de las Estipulaciones Especiales inte-gradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Ge-nerales integradas por DOCE (12) Capítulos y UN(1) Anexo Único, cuyas copias autenticadas for-man parte integrante del presente decreto como

 Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de lapresente medida, como Anexos II y III, las copiasautenticadas de las “Políticas para la Adquisiciónde Bienes y Obras Financiados por el Banco Inte-ramericano de Desarrollo” y las “Políticas para laSelección y Contratación de Consultores Finan-ciados por el Banco Interamericano de Desarro-llo”, respectivamente, ambas correspondientes ala edición del mes de marzo de 2011.

 Art. 2° — Facúltase al señor Ministro de Eco-nomía y Finanzas Públicas, o al funcionario ofuncionarios que el mismo designe, a suscribir,en nombre y representación de la REPÚBLICA

 ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID AR-L1179 y su documentación adicional, conformeal modelo que se aprueba por el Artículo 1° delpresente decreto.

 Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Econo-mía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcio-narios que el mismo designe, a convenir y suscri-bir, en nombre y representación de la REPÚBLICA

 ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Prés-tamo BID AR-L1179, cuyo modelo se aprueba porel Artículo 1° de la presente medida, siempre quelas mismas no constituyan cambios sustancialesen el objeto o destino de los fondos, ni deriven enun incremento de su monto o introduzcan modifi-caciones al procedimiento arbitral pactado.

 Art. 4° — Desígnase a la SUBSECRETARÍA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA de la SE-CRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTE-RIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS, como “Organismo Eje-

cutor” del “Programa de Mejoramiento de BarriosIV (PROMEBA IV)”, a través de la Unidad Coordi-nadora Nacional del Programa (UCN). Asimismo,la citada Unidad será responsable de coordinary ejecutar las acciones e intervenciones, actuarácomo interlocutor directo por parte del organismoejecutor ante el BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO (BID), será también responsablepor el manejo financiero y contable de la opera-ción; quedando facultada para realizar todas lasoperaciones y contrataciones necesarias para laejecución del mencionado Programa, conformelas normas y procedimientos contenidos en elModelo de Contrato de Préstamo que se aprue-ba por el Artículo 1° de la presente medida.

 Art. 5°  — Comuníquese, publíquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. —

 Aníbal D. Fernández. — Axel Kicill of.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a)

Decreto se publican en la edición web del BORA—www.boletinoficial.gov.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F4938470F#

#I4938439I#CULTO

Decreto 1436/2015

Reconócese Obispo Coadjutor de la Dió-cesis de Santo Domingo de Nueve de Julio.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 16.174/2015 del Regis-tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX-TERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por nota de la Nunciatura Apostólicse comunica que Su Santidad FRANCISCdesignó Obispo Coadjutor de la Diócesde SANTO DOMINGO DE NUEVE DE JULIO a Su Excelencia Reverendísima Moseñor Ariel Edgardo TORRADO MOSCON

Que conforme al Artículo 3° del Acuerdfirmado entre la SANTA SEDE y la REPÚBLICA ARGENTINA el 10 de octubre d1966, aprobado por Ley N° 17.032, el nombramiento de Obispos es competencia dla SANTA SEDE.

Que se han cumplido previamente los trámites previstos por la norma indicada y Obispo designado reúne los requisitos aestablecidos.

Que a los fines civiles y administrativos enecesario el reconocimiento de la designción efectuada.

Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNCA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARDE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓINTERNACIONAL y la SECRETARÍA DCULTO del MINISTERIO DE RELACIONEEXTERIORES Y CULTO han tomado la itervención que les compete.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artícu lo 1° — Reconócese a Su ExcelencReverendísima Monseñor Ariel Edgardo TORRADO MOSCONI (D.N.I. N° 14.315.475) comObispo Coadjutor de la Diócesis de SANTDOMINGO DE NUEVE DE JULIO desde la fechde la toma de posesión.

 Art. 2°  — Comuníquese, publíquese, désa la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. Héctor M. Timerman.

#F4938439F

#I4938435I#JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS

Decreto 1432/2015

Dase por prorrogada designación en Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM0015426/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la LeN° 27.008, los Decretos Nros. 491 de fech12 de marzo de 2002, 358 del 4 de abril d2013 y 1950 del 28 de octubre de 2014 y solicitado por la SUBSECRETARÍA PARLA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de SECRETARÍA DE GABINETE de l a JEFATRA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.008 aprobó el Presupueto General de la Administración Nacionpara el Ejercicio 2015.

Que mediante el Decreto N° 358 del 4 dabril de 2013 se dio por designada trasitoriamente por el término de CIENTOCHENTA (180) días hábiles a la Liceciada Da. Paula Cecilia MERCHAN comCoordinadora de Articulación Estratégicdependiente de la SUBSECRETARÍA PARLA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de SECRETARÍA DE GABINETE de l a JEFATRA DE GABINETE DE MINISTROS, y cuyúltima prórroga se efectuó mediante el Dcreto N° 1950 del 28 de octubre de 2014.

Que resulta necesario efectuar una nuva prórroga de la designación citada prcedentemente por el término de CIENTOCHENTA (180) días hábiles.

Page 3: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 3/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 3

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 demarzo de 2002 se estableció, entre otrosaspectos, que toda designación de per-sonal, en el ámbito de la AdministraciónPública, centralizada y descentralizada, encargos de Planta Permanente y no Perma-nente será efectuada por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-risdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de

2002 y su modificatorio, en su artículo 6°,establece que los proyectos de decre-to que propicien designaciones, contra-taciones que no impliquen renovación oprórroga y reincorporación de personalen el ámbito de la Administración PúblicaNacional deberán ser acompañados por ladocumentación detallada en la Circular dela SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de laPRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15de marzo de 2002.

Que la agente involucrada en la presentemedida, se encuentra exceptuada de loestablecido en el referido artículo 6° delDecreto N° 601/02 y su modificatorio regla-mentario del Decreto N° 491/02, por haberdado cumplimiento oportunamente a talesdisposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LE-GAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DELA NACIÓN ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtudde las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓNNACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artí culo 1° — Dase por prorrogada, a par-tir del 2 de abril de 2015 y por el término deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la de-signación transitoria efectuada en los términosdel Decreto N° 358 del 4 de abril de 2013 y

cuya última prórroga operó mediante el Decre-to N° 1950 del 28 de octubre de 2014, de laLicenciada Da. Paula Cecilia MERCHAN (D.N.I.N° 21.395.445) como Coordinadora de Articu-lación Estratégica dependiente de la SUBSE-CRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIO-NAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMO-CRACIA de la SECRETARÍA DE GABINETE dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, autorizán-dose el correspondiente pago de la FunciónEjecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DEEMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por elConvenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto N° 2098 del 3 de di-ciembre de 2008 y sus modificatorios, con au-torización excepcional por no cumplir con losrequisitos mínimos establecidos en el artículo14, Título II, Capítulo III del Convenio citadoprecedentemente.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá ser

cubierto conforme los requisitos y sistemas deselección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV yVIII; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP) homologado por el DecretoN° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modi-ficatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles contados a partir del 2 deabril de 2015.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente seimputará con cargo a los créditos de las parti-das específicas del Presupuesto vigente de laJURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS.

 Art. 4°  — Comuníquese, publíquese, désea la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DEKIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

#F4938435F#

#I4938442I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA 

Decreto 1439/2015

Dase por designado el Director Nacionalde Identificación y Formalización de los

 Agricultores Familiares.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0061997/2014 delRegistro del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERÍA Y PESCA, el PresupuestoGeneral de la Administración Nacional paralos Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por lasLeyes Nros. 26.895 y 27.008, respectiva-mente, los Decretos Nros. 1.840 de fecha10 de octubre de 1986, sus modificatorios ycomplementarios, 491 de fecha 12 de mar-zo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, 168 de fecha 3 de febrero de2012 y 1.030 de fecha 26 de junio de 2014,la Decisión Administrativa N° 175 de fecha9 de abril de 2010, la Resolución N° 43 defecha 7 de febrero de 2012 y, la ResoluciónN° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° del Presupuesto Ge-neral de la Administración Nacional paralos Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por

las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, respecti-vamente, se dispuso el congelamiento delos cargos vacantes financiados existentesa la fecha de la sanción de las referidasnormas, en las Jurisdicciones y Entidadesde la Administración Nacional y de los quequeden vacantes con posterioridad a dichafecha, salvo decisión fundada del señorJefe de Gabinete de Ministros o del PO-DER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud dela disposición del Artículo 10 de las citadasleyes.

Que el Decreto N° 491 de fecha 12 de mar-zo de 2002 dispuso, entre otros aspectos,que toda designación de personal en elámbito de la Administración Pública, cen-tralizada y descentralizada, en cargos deplanta permanente y no permanente, seráefectuada por el PODER EJECUTIVO NA-CIONAL, a propuesta de la Jurisdicción oEntidad correspondiente.

Que mediante la Decisión Administrati-va N° 175 de fecha 9 de abril de 2010, seaprobaron las estructuras organizativas delprimer nivel operativo de la SECRETARÍADE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PES-CA, de la ex - SECRETARÍA DE DESARRO-LLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR yde la ex - SECRETARÍA DE RELACIONESINSTITUCIONALES, todas pertenecientesal MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERÍA Y PESCA.

Que por el Artículo 1° de la ResoluciónN° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERÍA Y PESCA, se aprobaron las segun-das aperturas de la estructura organizativade la SUBSECRETARÍA DE COMUNICA-CIÓN INSTITUCIONAL, la SECRETARÍA DE

 AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, laex - SECRETARÍA DE DESARROLLO RU-

RAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y la SE-CRETARÍA DE COORDINACIÓN POLITICO- INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGRO-PECUARIA, todas pertenecientes al citadoMinisterio.

Que por el Decreto N° 1.030 de fecha 26 de junio de 2014 se modificó el organigramade aplicación del MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que en virtud de específicas razones deservicio de la SUBSECRETARÍA DE EJE-CUCIÓN DE PROGRAMAS PARA LA

 AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETA-RÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del cita-do Ministerio, se considera imprescindiblela cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel

 A, Función Ejecutiva I correspondiente altitular de la Dirección Nacional de Identifi-cación y Formalización de los AgricultoresFamiliares de la citada Subsecretaría.

Que para cubrir dicho cargo se propone alTécnico en Manejo de Cultivos Don Salva-dor Maria TORRES (M.I. N° 23.777.256).

Que si bien el agente que se propone po-see condiciones de experiencia e idonei-dad para cubrir dicho cargo, debe ser ex-ceptuado de los requisitos mínimos esta-blecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),aprobado por el Convenio Colectivo deTrabajo Sectorial homologado por el De-creto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de2008 y sus modificatorios.

Que el Decreto N° 1.840 de fecha 10 de oc-tubre de 1986, sus modificatorios y com-plementarios, establece, entre otras medi-das, un régimen especial de compensaciónde los mayores gastos en que incurran losfuncionarios convocados por el PODEREJECUTIVO NACIONAL para cumplir fun-ciones políticas, cuando su residencia seapermanente y se encuentre a una distanciasuperior a los CIEN KILÓMETROS (100 km)de la sede de los respectivos organismosque revistan.

Que el agente citado precedentemente tie-ne su residencia permanente en la Ciudadde El Soberbio, Provincia de MISIONES,conforme lo acreditado con la documenta-ción pertinente.

Que ello implica resolver la cobertura de

dicho cargo mediante una excepción a laslimitaciones establecidas por el Artículo 7°del Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para los Ejercicios 2014 y2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.895y 27.008, respectivamente.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno parael ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circu-lar N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 dela SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de laPRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA ha tomado la debi-da intervención.

Que la presente medida se dicta en virtudde las facultades conferidas por los Ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓNNACIONAL, 7° y 10 del Presupuesto Gene-ral de la Administración Nacional para losEjercicios 2014 y 2015 aprobado por las Le-yes Nros. 26.895 y 27.008 respectivamen-te, y 1° del citado Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1° — Dáse por designado transitorimente a partir del 1 de noviembre de 2014 y pel término de CIENTO OCHENTA (180) días hábles a partir de la firma de la presente medida, eUN (1) cargo vacante Nivel A, Función EjecutivI, correspondiente al Director Nacional de Identificación y Formalización de los Agricultores Fmiliares de la SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓ

DE PROGRAMAS PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARÍA DE AGRICULTURFAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURGANADERÍA Y PESCA, al Técnico en Manede Cultivos, Don Salvador Maria TORRES (MN° 23.777.256), autorizándose el cor respondiete pago del Suplemento por Función Ejecutivaprobado por el Convenio Colectivo de TrabaSectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEPÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008sus modificatorios, con autorización excepcinal por no reunir los requisitos establecidos eel Artículo 14 del Anexo del mencionado Decrto N° 2.098/08 y con carácter de excepción lo dispuesto por el Artículo 7° del PresupuesGeneral de la Administración Nacional para loEjercicios 2014 y 2015 aprobado por las LeyeNros. 26.895 y 27.008, respectivamente.

 Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cbierto conforme a los requisitos y sistemas dselección vigentes según lo establecido, re

pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IVVIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Setorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DEMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado pel citado Decreto N° 2.098/08, dentro del plazde CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.

 Art. 3°  — Inclúyese con carácter de exceción y mientras su residencia permanente sencuentre a una distancia superior a los CIEKILÓMETROS (100 km) de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, dentro de las prevsiones del Decreto N° 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complemetarios, al Técnico en Manejo de Cultivos, DoSalvador Maria TORRES (M.I. N° 23.777.256)partir del primer día hábil del mes siguiente de la fecha de dictado del presente decreto.

 Art. 4°  — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendid

con cargo a las partidas específicas de la Jrisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURAGANADERÍA Y PESCA.

 Art. 5°  — Comuníquese, publíquese, désa la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.

 Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquel#F4938442F

#I4938443I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

Decreto 1440/2015

Designaciones en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0570837/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURAGANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional parlos Ejercicios 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.546prorrogada en los términos del Decreto N° 2.053/10 y complementada por el Decreto N° 2.054/10, 26.728, 26.784, 26.895 y 27.008, los Decretos Nros. 1.585 del 19 ddiciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 825 del 10 de junio de 2010354 del 4 de abril de 2013, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 200y 1.140 del 28 de junio de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIAorganismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURAGANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado ela órbita de la mencionada ex-Secretaría y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓPÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, la Rsolución Conjunta N° 42 y N° 165 del 20 de mayo de 2011 de la SECRETARÍA DGABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DHACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectiva

Page 4: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 4/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 4

mente, la Resolución N° 805 del 9 de noviembre de 2010 del SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la ór-bita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 7° del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejer-cicios 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.546, prorrogadaen los términos del Decreto N° 2.053/10 y complementada por el Decreto N° 2.054/10,26.728, 26.784, 26.895 y 27.008 respectivamente, establecen que las Jurisdicciones yEntidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantesfinanciados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridada dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por los Artículos 10 de las citadas Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términosdel Decreto N° 2.053/10 y complementada por el Decreto N° 2.054/10, 26.728, 26.784,26.895 y 27.008 se estableció que las facultades otorgadas por las mismas al señor Jefede Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ensu carácter de responsable político de la administración general del país y en función delo dispuesto por el inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONALreasumió el control directo e inmediato de todas las designaciones de personal en elámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no per-manente.

Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similaresNros. 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructuraorganizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANA-DERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBR AS YSERVICIOS PÚBLICOS.

Que por la Resolución N° 805 del 9 de noviembre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DESANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprobaron las aperturas es-tructurales inferiores del referido Servicio Nacional.

Que por la Resolución Conjunta N° 42 y N° 165 del 20 de mayo de 2011 de la SECRETARÍADE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DEHACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente,se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas,las unidades organizativas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROA-LIMENTARIA.

Que resulta imperioso que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALI-MENTARIA cuente con la totalidad de su estructura organizativa en funcionamiento, a finde cumplir con sus cometidos.

Que constituye una necesidad de alta prioridad para el citado Servicio Nacional la desig-nación de los titulares de las Coordinaciones Regionales Temáticas (Tipo) de la Direcciónde Centro Regional Córdoba, detalladas en el Anexo del presente decreto, y con caráctertransitorio.

Que las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presentemedida, reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cubrir los cargos referidos.

Que mediante el Decreto N° 1.140 del 28 de junio de 2002 se faculta a los titulares de losorganismos descentralizados para solicitar la cobertura transitoria de cargos.

Que por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, se homologó el Convenio Colectivode Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD

 AGROALIMENTARIA, organismo descentra lizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECO-NOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que por Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NA-CIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en laórbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS delentonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LAGESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, seaprobó el Reglamento del Procedimiento de Selección para la cobertura de vacantes delcitado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno parael ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SE-CRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-

NADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 99,inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° y 10 de las referidas Leyes Nros. 26.546,prorrogada en los términos del Decreto N° 2.053/10 y complementada por el DecretoN° 2054/10, 26.728, 26.784, 26.895 y 27.008 y 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artícu lo 1°  — Dánse por designadas con carácter transitorio, y por el término de CIENTOOCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el SERVICIONACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbitadel MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a las personas que se detallan en el

 Anexo que forma par te integrante de l presente decreto, a partir de las fechas y en los cargos queen cada caso se indican, con carácter de excepción a los Artículos 7° del Presupuesto Generalde la Administración Nacional para los Ejercicios 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 aprobado por lasLeyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N° 2053/10 y complementada por el

Decreto N° 2.054/10, 26.728, 26.784, 26.895 y 27.008, respectivamente, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva, Nivel IV, prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 deConvenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismdescentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA

 ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007.

 Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de seleccióprevisto por la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbide la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MNISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTOCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

 Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con carga las partidas específicas de l SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARorganismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, para el ejercicio vigente a la fecha de la firma del presente decreto.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archvese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

 ANEXO

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA 

DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CÓRDOBA 

#F4938443F

#I4938440I#

MINISTERIO DE DEFENSA 

Decreto 1437/2015

Dase por prorrogada designación de la

Directora de Políticas de Género.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de2002, el Decreto N° 2098 del 3 de diciem-bre de 2008 y modificatorios, el DecretoN° 1073 del 10 de julio de 2014, lo propues-to por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 491/02 el PODEREJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones depersonal, en el ámbito de la AdministraciónPública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que mediante el dictado del Decreto

N° 1073/14 se designó con carácter tran-sitorio por el término de CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles a la Licenciada Ce-cilia Lorena MAZZOTTA en el cargo NivelB - Grado 0 - Función Ejecutiva Nivel IIIDirectora de Políticas de Género de la DI-RECCIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOSHUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIO-NAL HUMANITARIO dependiente de la SE-CRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOSMILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que dicha designación preveía que el car-go involucrado debía ser cubierto confor-me con los sistemas de selección vigentes.

Que el procedimiento de selección corres-pondiente no se ha instrumentado hasta elpresente y no resulta factible concretarloen lo inmediato, motivo por el cual, tenien-do en cuenta la naturaleza del cargo invo-lucrado y a efectos de contribuir al normal

cumplimiento de las acciones que tienasignadas la DIRECCIÓN DE POLÍTICADE GÉNERO de la DIRECCIÓN NACIONADE DERECHOS HUMANOS Y EL DERCHO INTERNACIONAL HUMANITAR

resulta necesario disponer la prórroga pigual período del plazo precedentemenseñalado.

Que la prórroga aludida no constituye asinación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que compete la DIRECCIÓN GENERAL D

 ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DDEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejecicio de las atribuciones conferidas por artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓNACIONAL y el artículo 1° del DecreN° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINA 

DECRETA: Artícu lo 1° — Dase por prorrogado, a par

del 12 de septiembre de 2014 y por el término dCIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contadoa partir de la presente medida, el plazo fijado eel artículo 1° del Decreto N° 1073/14, por el cuse designó con carácter transitorio Directode Políticas de Género de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EDERECHO INTERNACIONAL HUMANITARdependiente de la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIDE DEFENSA a la Licenciada Cecilia LorenMAZZOTTA (DNI. N° 28.370.884) Nivel B - Grdo 0, Función Ejecutiva Nivel III, del ConvenColectivo de Trabajo Sectorial del Personal dSistema Nacional de Empleo Público (SINEhomologado por el Decreto N° 2098/08.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá scubierto de conformidad con los requisitos

Page 5: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 5/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 5

sistemas de selección vigentes y según lo es-tablecido, respectivamente en los Títulos II,Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO CO-LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PER-SONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP) homologado por DecretoN° 2098/08 y modificatorios, en el término deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contadosa partir del dictado de la presente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento del presente Decreto será atendidocon cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DEDEFENSA.

 Art. 4°  — Comuníquese, publíquese, désea la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DEKIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — AgustínO. Rossi.

#F4938440F#

#I4938441I#MINISTERIO DE DEFENSA 

Decreto 1438/2015

Dase por prorrogada designación.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de2002, el Decreto N° 2098 del 3 de diciem-

bre de 2008 y modificatorios, el DecretoN° 2310 del 20 de diciembre de 2013, lopropuesto por el señor Ministro de Defen-sa, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 491/02 el PODEREJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones depersonal, en el ámbito de la AdministraciónPública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que mediante el dictado del DecretoN° 2310/13 se designó con carácter transi-torio por el término de CIENTO OCHENTA(180) días hábiles al señor Diego NahuelMIÑO en el cargo Nivel A - Grado 0 - Fun-ción Ejecutiva Nivel II Coordinador de Ce-remonial de la UNIDAD MINISTRO del MI-NISTERIO DE DEFENSA.

Que dicha designación preveía que el car-go involucrado debía ser cubierto confor-me con los sistemas de selección vigentes.

Que el procedimiento de selección corres-pondiente no se ha instrumentado hasta elpresente y no resulta factible concretarloen lo inmediato, motivo por el cual, tenien-do en cuenta la naturaleza del cargo invo-lucrado y a efectos de contribuir al normalcumplimiento de las acciones que tieneasignadas la COORDINACIÓN DE CERE-MONIAL de la UNIDAD MINISTRO resultanecesario disponer la prórroga por igualperíodo del plazo precedentemente seña-lado.

Que la prórroga aludida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le

compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEDEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las atribuciones conferidas por elartículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓNNACIONAL y el artículo 1° del DecretoN° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1°  — Dase por prorrogado, a par-tir del 4 de agosto de 2014 y por el término deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contadosa partir de la presente medida, el plazo fijado enel artículo 1° del Decreto N° 2310/13, por el cualse designó con carácter transitorio Coordina-

dor de Ceremonia l de la UNIDAD MINISTRO delMINISTERIO DE DEFENSA al señor Diego Na-huel MIÑO (DNI. N° 23.672.711) Nivel A - Grado0, Función Ejecutiva Nivel II, con autorizaciónexcepcional por no reunir los requisitos míni-mos establecidos en el artículo 14 del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)aprobado por el Convenio Colectivo de TrabajoSectorial homologado por Decreto N° 2098/08y modificatorios, autorizándose el correspon-diente pago de la Función Ejecutiva de Nivel IIdel mencionado Convenio Colectivo.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá sercubierto de conformidad con los requisitos ysistemas de selección vigentes y según lo es-tablecido, respectivamente en los Títulos II,Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO CO-LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PER-SONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP) homologado por DecretoN° 2098/08 y modificatorios, en el término deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contadosa partir del dictado de la presente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento del presente Decreto será atendidocon cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DEDEFENSA.

 Art. 4°  — Comuníquese, publíquese, désea la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DEKIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — AgustínO. Rossi.

#F4938441F#

#I4938436I#MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 1433/2015

Designación en la Comisión Nacional deEvaluación y Acreditación Universitaria.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 4.932/07 del Registrodel MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la LeyN° 24.521, los Decretos Nros. 173 del 21 defebrero de 1996, 705 del 30 de julio de 1997y 1.196 del 9 de agosto de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 47 de la citada ley estableceque los miembros de la COMISIÓN NACIO-NAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓNUNIVERSITARIA (CONEAU) durarán en susfunciones CUATRO (4) años y se renovaránen forma parcial.

Que por el Decreto N° 1.196/11, se designóal Doctor Luis María FERNANDEZ (D.N.I.N° 5.496.022) miembro integrante de la ci-tada Comisión en representación del CON-SEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL(CIN), habiendo concluido el período parael que fue designado.

Que el CONSEJO INTERUNIVERSITARIONACIONAL (CIN) ha propuesto para cubrirel cargo vacante al Doctor Guillermo Héc-tor CRAPISTE (D.N.I. N° 11.089.673) por unperíodo de CUATRO (4) años.

Que el Doctor Guillermo Héctor CRAPISTE

reúne las condiciones académicas, científi-cas y de gestión requeridas por el artículo47 de la Ley N° 24.521 para el desempeñodel cargo de miembro de la citada Comi-sión.

Que en consecuencia corresponde proce-der a la designación de la persona nomi-nada precedentemente como miembro dela COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓNY ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CO-NEAU).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por los artículos99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y 47 de la Ley N° 24.521.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1° — Desígnase miembro integran-te de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUA-CIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CO-NEAU), por un período de CUATRO (4) años,al Doctor Guillermo Héctor CRAPISTE (D.N.I.N° 11.089.673).

 Art. 2°  — Comuníquese, publíquese, dése

a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DEKIRCHNER. — Alberto E. Sileoni.

#F4938436F#

#I4938438I#

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 1435/2015

Dase por prorrogada designación en laDirección Nacional de Políticas Socioedu-cativas.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 17.894/14 del Registrodel MINISTERIO DE EDUCACIÓN, los De-cretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002,1.915 del 9 de octubre de 2012, 312 del 21de marzo de 2013, 108 del 29 de enero de2014 y 1.658 del 25 de septiembre de 2014y lo solicitado por el citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 491 del 12 de marzode 2002 dispuso que toda designación depersonal en el ámbito de la AdministraciónPública, centralizada y descentralizada, encargos de planta permanente y no perma-nente será efectuada por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-risdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 1.915 del 9 de octu-bre de 2012 se cubrió en el MINISTERIO DEEDUCACIÓN el cargo de Coordinador deProgramas Socioeducativos Intersectoria-les dependiente de la DIRECCIÓN NACIO-NAL DE POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVASde la SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD YCALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARÍADE EDUCACIÓN.

Que en el artículo 2° del mencionado de-creto se estableció que el cargo involucra-do debía ser cubierto conforme los requi-sitos y sistemas de selección según lo es-tablecido, respectivamente, en los TítulosII Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI-NEP), aprobado por el Convenio Colectivode Trabajo Sectorial homologado por elDecreto N° 2.098/08, dentro del plazo deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles con-tados a partir del 1° de abril de 2012.

Que por el Decreto N° 312 del 21 de marzode 2013 se prorrogó por CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles el plazo mencionadoprecedentemente y por los Decretos Nros.108 del 29 de enero de 2014 y 1.658 del 25

de septiembre de 2014 se hizo lo propio porotros CIENTO OCHENTA (180) días hábilesen cada caso.

Que por razones operativas no ha sido po-sible cumplimentar la cobertura del cargoen el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensableprorrogar en el MINISTERIO DE EDUCA-CIÓN el término fijado en el artículo 1° delmencionado Decreto N° 1.658 del 25 deseptiembre de 2014.

Que el cargo citado no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN ha tomado la intervención que lecompete.

Que la presente medida se dicta en uso dlas atribuciones conferidas por los artíclos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 del 12 dmarzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artícu lo 1° — Dáse por prorrogada a partir d26 de marzo de 2015, fecha de su vencimien

y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) díahábiles, la designación transitoria efectuada elos términos del Decreto N° 1.915/12 y prorrgada por sus similares Nros. 312/13, 108/141.658/14, del profesor Claudio Alberto CINCOTTA (DNI N° 16.037.968) en el cargo de Coordnador de Programas Socioeducativos Intersetoriales - Nivel B Grado 0 con Función EjecutivIV - dependiente de la DIRECCIÓN NACIONADE POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS de la SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN dMINISTERIO DE EDUCACIÓN, autorizándose correspondiente pago de la Función EjecutivIV y con autorización excepcional por no reunlos requisitos mínimos establecidos en el atículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEPÚBLICO (SINEP), aprobado por el ConvenColectivo de Trabajo Sectorial homologado pel Decreto N° 2.098/08.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá scubierto conforme los requisitos y sistemas dselección vigentes según lo establecido, repectivamente, en los Títulos II Capítulos III, y Vlll, y IV del Convenio Colectivo de TrabaSectorial del personal del SISTEMA NACIONADE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologadpor el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo dCIENTO OCHENTA (180) días hábiles contadoa partir del 26 de marzo de 2015.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendidcon cargo a las partidas específicas del prespuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

 Art. 4°  — Comuníquese, publíquese, désa la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DKIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — AlberE. Sileoni.

#F4938438F

#I4938437I#MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 1434/2015

Designación en la Comisión Nacional dEvaluación y Acreditación Universitaria.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 16.754/10 del Registdel MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la LeN° 24.521 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 173 del 21 de febrero de 199705 del 30 de julio de 1997 y 2.004 del 1de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 47 de la citada ley establecque los miembros de l a COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓUNIVERSITARIA (CONEAU) durarán en sufunciones CUATRO (4) años y se renovaráen forma parcial.

Que por el Decreto N° 2.004/10 se designal Doctor Mariano Alberto Tadeo CANDIOTI (D.N.I. N° 11.723.103) miembro integrate de la citada Comisión a propuesta dHONORABLE SENADO DE LA NACIÓhabiendo concluido el período para el qufue designado.

Que el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN ha propuesto la renovación del Dotor Mariano Alberto Tadeo CANDIOTI pun período de CUATRO (4) años.

Que el referido profesional reúne las codiciones académicas, científicas y de ge

Page 6: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 6/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 6

tión requeridas por el artículo 47 de la LeyN° 24.521 para el desempeño del cargo demiembro de la COMISIÓN NACIONAL DEEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVER-SITARIA (CONEAU).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por los artículos99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y 47 de la Ley N° 24.521 y sus modi-ficatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1°  — Dáse por designado, a partirdel 13 de diciembre de 2014, al Doctor Mariano

 Alberto Tadeo CANDIOTI (D.N.I. N° 11.723.103)miembro integrante de la COMISIÓN NACIO-NAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNI-VERSITARIA (CONEAU), por un período deCUATRO (4) años,

 Art. 2°  — Comuníquese, publíquese, désea la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DEKIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — AlbertoE. Sileoni.

#F4938437F#

DECISIONES

ADMINISTRATIVAS

#I4936315I#

JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS

Decisión Administrativa 589/2015

Dase por prorrogada designación en la Di-rección de Administración y Contabilidad.

Bs. As., 28/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0028595/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la LeyMarco de Regulación de Empleo PúblicoNacional N° 25.164, reglamentada por elDecreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 yla Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del7 de agosto de 2003 y sus modificatoriosy 2098 del 3 de diciembre de 2008 y susmodificatorios, la Decisión AdministrativaN° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modi-ficatorias y la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSN° 48 del 30 de diciembre de 2002 y susmodificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas enel Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto con fecha 30 de abril de 2015,ad referéndum del señor Jefe de Gabine-te de Ministros, celebrado entre el titularde la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

 ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRE-SUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y D. Federico JavierPEREZ (D.N.I. N° 31.208.912), de acuerdocon las previsiones del Decreto N° 1421 del8 de agosto de 2002.

Que el agente de que se trata ya se en-contraba vinculado con esta Jurisdicciónmediante contrato en el marco del artículo9° del Anexo a la Ley N° 25.164 aprobadopor la Resolución de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS N° 342 del 7 demayo de 2015.

Que a partir del 1° de mayo de 2015 se lehan asignado al agente mencionado, fun-ciones de mayor responsabilidad a las en-

tonces acordadas por lo que correspondedar por rescindido el contrato anterior ycelebrar un nuevo contrato con ajuste delnivel y grado conforme las obligacionesahora convenidas, con efectos a la fechaindicada precedentemente.

Que el agente involucrado en la presentemedida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades decarácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decre-to mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 ysus modificatorios, establece los requisitosmínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el NivelB diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple conlos requisitos a que se alude en el párrafoprecedente, no obstante y tal como surgede los antecedentes curriculares del mis-mo, estos resultan atinentes al objetivo delas funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria parasu realización, por lo que procede aprobarla contratación del mismo como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I del DecretoN° 1421/02.

Que el agente de que se trata ha efectuadouna real y efectiva prestación de servicios

con funciones de Coordinador Administra-tivo, a partir del 1° de mayo de 2015, porlo que procede aprobar la contratación conefectos a esa fecha.

Que el agente en cuestión ha dado cum-plimiento a lo establecido en el artículo 6°del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 ysu modificatorio, reglamentario del DecretoN° 491 del 12 de marzo de 2002, acompa-ñando la documentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que seaprueba por la presente medida será aten-dida con cargo a las partidas específicasde los créditos Presupuestarios vigentesde la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GA-

BINETE DE MINISTROS, de conformidadcon la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOSde la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA dela PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓNNACIONAL, del último párrafo del artículo9° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8de agosto de 2002, reglamentario de la LeyMarco de Regulación de Empleo PúblicoNacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 del

7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1°  — Dase por rescindida, a partirdel 1° de mayo de 2015, la contratación en elmarco de las disposiciones contenidas en elartículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regu-lación de Empleo Público Nacional N° 25.164,su reglamentación dispuesta por el DecretoN° 1421 del 8 de agosto de 2002, de D. FedericoJavier PEREZ (D.N.I. N° 31.208.912), que fueraaprobada por la Resolución de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS N° 342 del 7 demayo de 2015.

 Art . 2 ° — Dase por aprobado, con efectosal 1° de mayo de 2015 y hasta el 31 de diciem-

bre de 2015, el contrato suscripto ad referén-dum del señor Jefe de Gabinete de Ministros,celebrado entre el titular de la SECRETARÍADE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA YEVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D.Federico Javier PEREZ (D.N.I. N° 31.208.912),para desempeñar funciones de Coordinador

 Administ rativo en la DIRECCIÓN DE ADMI-NISTRACIÓN Y CONTABILIDAD de la DIREC-CIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVAde la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

 ADMINISTR ATIVA de la citada Secre taríaequiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTE-

MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI-NEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios,de acuerdo con las previsiones del artículo 9°del Anexo de la Ley Marco de Regulación deEmpleo Público Nacional N° 25.164, su regla-mentación dispuesta por el Decreto N° 1421del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución dela ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚ-

BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MNISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002sus modificatorias.

 Art. 3°  — Autorízase la contratación que saprueba en el artículo 2° de la presente medidcomo excepción a lo establecido en el incisc), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marcde Regulación de Empleo Público NacionN° 25.164.

 Art. 4°  — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendid

con cargo a las partidas específicas vigentedel Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

 Art. 5°  — Comuníquese, publíquese, desa la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.

 Aníbal F. Randazzo.

#F4936315F

#I4936311I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

Decisión Administrativa 586/2015

Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0012143/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decre to N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 20 02, Decisión Administra tiva N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.15de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 4de fecha 30 de dic iembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la prsente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco dRegulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIDE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar slabor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONA

DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 ddiciembre de 2008, y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el accesa los distintos niveles escalafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 dagosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizaexcepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos dfunciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma pate integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria pala realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en

 Anexo que forma parte in tegrante de la presente medida, de los requisitos establecidoen el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al sóefecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERY PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, parel Nivel B.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el DecretN° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSsus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación dempleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación dservicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados dla planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículo9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación drégimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas ela Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nro1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de lSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Page 7: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 7/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 7

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARÍADE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del

 Anexo I del Decreto N° 1.421/02.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Dáse por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parteintegrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del

 Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la LeyMarco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar su con-tratación, en el nivel y grado del Conven io Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 dediciembre de 2008, y sus modificatorios, y plazo consignados en el Anexo que forma parte de lapresente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, enel ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

 ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACION

TECNICA Y ADMISTRATIVA 

Código de Control: 000025584

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 GUAGLIARDO GASTON PABLO DNI 31298229 B0 01/04/2015 31/12/2015 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 8 1 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 52

#F4936311F#

#I4936308I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

Decisión Administrativa 583/2015

Contratación.

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0031411/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, laDecisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICAde la JEFATURA DEI GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra-tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presentemedida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regula-ción de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la ex - SUB-SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la ex - SECRETARÍA DE DESARROLLORURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo sueficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DEEMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a losdistintos niveles escalafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 deagosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizarexcepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y arequerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos defunciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parteintegrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para larealización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el

 Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidosen el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al sóloefecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍAY PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, parel Nivel B.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el DecretN° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSsus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación dempleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación dservicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados dla planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículo9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación drégimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas ela Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nro1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de lSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARÍDE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURGANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artícu100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° d

 Anexo I del Decreto N° 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Dáse por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parintegrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Atículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Maco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratacióen el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONADE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre d2008 y sus modificatorios, y plazo consignados en e l Anexo que forma parte de la presente decisióadministrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la exSUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la ex - SECRETARIA DE DESARROLLO RURAY AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archvese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

 ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001501 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIA

Código de Control: 0000024533

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic

1CAROBENE DELPOPOLO

PATRICIONICOLÁS

 AGUSTÍNDNI 32018876 B0 01/06/2014 31/12/2014 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 5#F4936308F

#I4936309I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

Decisión Administrativa 584/2015

Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías.

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0064338/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.1de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 4de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la prsente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco dRegulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a SUBSECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURGANADERÍA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurandde tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Page 8: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 8/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 8

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DEEMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a losdistintos niveles escalafonarios.

Que el último párra fo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 deagosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá au-torizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisiónfundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentraliza-do, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercadolaboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parteintegrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la

realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el

 Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidosen el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al sóloefecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍAY PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, parael Nivel C.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el DecretoN° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ysus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación deempleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación deservicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados dela planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artícu-los 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplica-ción del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada ResoluciónN° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de gradocontenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y susmodificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 20 06 y 52 de fecha 6 de marzode 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-to a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de laSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARÍADE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del

 Anexo I del Decreto N° 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Dáse por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parteintegrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del

 Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de laLey Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar sucontratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y plazo consignados en el Anexo que forma parte dela presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada,en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS dela SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-

vese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

 ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001378 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGREGADO DEVALOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

Código de Control: 0000024648

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 PARZANESEMAGALÍMAGDALENA 

DNI 35856710 C0 09/10/2014 31/12/2014 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4936309F#

#I4939770I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

Decisión Administrativa 587/2015

Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0052012/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decre to N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 20 02, Decisión Administra tiva N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.15de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 4de fecha 30 de dic iembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrtación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presentmedida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito dla SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIDE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar slabor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONADE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 ddiciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el accesa los distintos niveles escalafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 dagosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizaexcepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos dfunciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma pate integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria pala realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en

 Anexo que forma parte in tegrante de la presente medida, de los requisitos establecidoen el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al sóefecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERY PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, parel Nivel C.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el DecretN° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSsus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación dempleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación dservicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados d

la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículo9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación drégimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas ela Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nro1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de lSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARÍDE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURAGANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artícu100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° d

 Anexo I del Decreto N° 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Dáse por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma partintegrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) de

 Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la LeMarco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar su cotratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMNACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 ddiciembre de 2008 y sus modificatorios, y plazo consignados en el Anexo que forma parte de presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, eel ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archvese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

Page 9: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 9/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 9

 ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓNTÉCNICA Y ADMINISTRATIVA 

Código de Control: 0000024408

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 MARTELLIESTEFANIAGISELLE

DNI 34956352 C0 01/06/2014 31/12/2014 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4939770F#

#I4936310I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 

Decisión Administrativa 585/2015

Contratación en la Secretaría de Agricultura Familiar.

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0030020/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de2002, la Decisión Administra tiva N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modific atorias

Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, laResolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARÍA DELA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifi-catorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de lacontratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de lapresente medida, a celebra rse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marcode Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinadaa la ex - SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la ex - SECRETARÍA DEDESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERÍA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor,asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONALDE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para elacceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 deagosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizarexcepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada ya requerimiento del titula r de la jurisdicción u organismo descentra lizado, en los casosde funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que formaparte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad nece-saria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de lasfunciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detallaen el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos esta-blecidos en el punto II) del inciso c) del Ar tículo 9° del Anexo I del De creto N° 1.421/02,al sólo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERÍA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de losrequisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N° 2.098/08,para el Nivel C.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el DecretoN° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 200 2 de la ex - SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSy sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relaciónde empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la presta-ción de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles ygrados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artícu-los 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplica-ción del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada ResoluciónN° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de gradocontenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y susmodificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 20 06 y 52 de fecha 6 de marzode 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cum-plimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA N ACIÓN.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARÍADE COORDINACIÓN TÉCNICA Y AD MINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURAGANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que l e compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artícu100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° d

 Anexo I del Decreto N° 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Dáse por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma part

integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) de Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar scontratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fech3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y plazo consignados en el Anexo que forma parte dla presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitaden el ámbito la ex - SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la ex - SECRETARÍA DDESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archvese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

 ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001501 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURFAMILIAR

Código de Control: 0000024633

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 ALONSOCECILIAMARIELA

DNI 28703665 C0 01/05/2014 31/12/2014 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52#F4936310F

#I4936313I#

MINISTERIO DE CULTURA 

Decisión Administrativa 439/2015

Contratación.

Bs. As., 01/07/2015

VISTO el Expediente N° 1389/15 del Registrodel MINISTERIO DE CULTURA, el DecretoN° 1421/02, Reglamentario de la Ley Marcode Regulación de Empleo Público NacionalN° 25.164, el Decreto N° 2098 de fecha 3 dediciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto elMINISTERIO DE CULTURA solicita la ex-cepción para la contratación de la señoraVictoria Ayelen SOSA (DNI N° 28.129.660)en un Nivel C, Grado 0 del SINEP, bajo elrégimen del artículo 9° del Anexo de la LeyMarco de Regulación de Empleo PúblicoNacional N° 25.164 y su reglamentación.

Que sin perjuicio de que la señora Victoria Ayelen SOSA no cumple con el requisito denivel educativo establecido para el NivelC, en el Capítulo III, Título II del Anexo delDecreto N° 2098 de fecha 3 de diciembrede 2008, la citada reúne las condiciones deidoneidad y experiencia requeridas para elpuesto.

Que con el objeto de asegurar el normaldesenvolvimiento de las funciones del ac-tual MINISTERIO DE CULTURA, resultanecesario autorizar al mismo a contratara la señora Victoria Ayelen SOSA con ca-rácter de excepción al punto II del incisoc) del artículo 9° del Anexo I del DecretoN° 1421/02.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar median

decisión fundada y a requerimiento del ttular de la jurisdicción excepciones a lorequisitos mínimos previstos para la equparación escalafonaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CUTURA ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso dlas atribuciones conferidas por el artícu100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9del Anexo I del Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación dEmpleo Público Nacional N° 25.164.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

 Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DCULTURA, para contratar desde el 01/01/201y hasta el 31/12/2015 a la señora Victoria Ayelen SOSA (DNI N° 28.129.660), en una categorNivel C Grado 0, con carácter de excepción Punto II del inciso c) del artículo 9° del AnexI del Decreto N° 1421/02, reglamentario de Ley Marco de Regulación de Empleo PúblicNacional N° 25.164, por no reunir los requisitomínimos establecidos para el acceso al NivC del Sistema Nacional de Empleo Público (SNEP), aprobado por el Convenio Colectivo dTrabajo Sectorial homologado por el DecretN° 2098/08.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, désela Dirección Nacional del Registro Oficial y achívese. — Aníbal D. Fernández — Teresa ASellarés.

#F4936313F

Page 10: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 10/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 10#I4935365I#

MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 573/2015

Contratación en el Instituto Nacional del Cáncer.

Bs. As., 24/07/2015

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamen-tario N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Expediente N° 1-2002-7446/14-6 del registrodel MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de excepcióna las prescripciones del artículo 4° inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulaciónde Empleo Público Nacional N° 25.164, formulada por el MINISTERIO DE SALUD paracontratar, con carácter de prestación de servicios, a la Sra. Florencia MORENO (D.N.I.N° 15.065.883), por el período comprendido entre el 1° de marzo de 2015 y el 31 de di-ciembre del mismo año.

Que la contratación propiciada responde a imprescindibles necesidades de servicio, lascuales podrán ser debidamente cumplimentadas de acuerdo con los conocimientos yexperiencia de la nombrada, cuya idoneidad en el desarrollo e instrumentación de lasacciones emergentes del cumplimiento de los objetivos que son motivo de la presentecontratación se encuentra debidamente comprobada.

Que el personal comprendido en la presente medida ha dado cumplimiento a los requeri-mientos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIALEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DESALUD para atender el gasto que demanda la contratación del personal comprendido enel Anexo de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD hatomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y de lo dispuesto por el artículo ar tícu-lo 4° inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Publico NacionalN° 25.164.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Exceptúase a la Sra . Florencia MORENO (D.N.I. N° 15.065.883), de lo dispuestopor el artículo 4° inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público NacionalN° 25.164 al sólo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD,conforme al detalle indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-

vese. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

 ANEXO

 APELLIDO YNOMBRE

TIPO Y N° DEDOCUMENTO DE

IDENTIDADC.U.I.L.

REMUNERACIONMENSUAL EQUIVALENTE(NIVEL - GRADO SINEP)

DEDIC.

Dependencia de prestación de servicios: UNIDAD MINISTRO INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER

Período de contratación: 01/03/2015 AL 31/12/2015

MORENO,Florencia

D.N.I. 15.065.883 27-15065883-2 B-1 100%

#F4935365F#

#I4936314I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 588/2015

Trasládase agente.

Bs. As., 28/07/2015

VISTO el Expediente N° 24.679/13 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes Nros27.008 y 25.164, el Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita el traslado del agente Don Gustavo Lorenzo MARTINEZ (D.N.I. N° 20.879.194), quien revista en un cargo Nivel C - Grado 9, Tramo Intermedio, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial dPersonal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008, perteneciente a la planta permanente deMINISTERIO DE DEFENSA, a un cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario dla planta permanente de la jurisdicción requirente.

Que la solicitud indicada se fundamenta en que el referido agente posee una capacitación quresponde a las necesidades propias de los objetivos asignados a la jurisdicción de destino

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para el involucrado, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008 se dispuso el congelamiento de los cargovacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdiccioney Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridadsalvo decisión fundada del suscripto.

Que resulta necesario proceder al descongelamiento de UN (1) cargo vacante financiaddel MINISTERIO DE SEGURIDAD, a ocupar por el mencionado agente, a fin de posibilit

su cobertura.

Que han tomado intervención los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de loorganismos involucrados.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artíclo 100, inciso 1), de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, lo dispuesto por el artículo 7° de Ley N° 27.008 y lo previsto en el artículo 15, inciso b), Apartado II, del Anexo I al DecretN° 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Trasládase al agente Don Gustavo Lorenzo MARTINEZ (D.N.I. N° 20.879.194quien revista en un cargo Nivel C - Grado 9, Tramo Intermedio, Agrupamiento General del Convnio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLIC(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08, perteneciente a la planta permanente dMINISTERIO DE DEFENSA, a un cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario de la planpermanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con carácter de excepción al artículo 7° de la LeN° 27.008.

 Art. 2° — Que el agente trasladado por el artículo 1° del presente acto, mantendrá su actuNivel, Grado, Tramo y Agrupamiento de revista.

 Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputrá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 - MINISTERIDE SEGURIDAD.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archvese. — Aníbal D. Fernández. — Agustín O. Rossi. — María C. Rodriguez.

#F4936314F

Page 11: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 11/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 11

DISPOSICIONES

#I4939949I#Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor

 y de Créditos Prendar ios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDADDEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 353/2015

Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación.

Bs. As., 03/08/2015

VISTO la Actuación N° S04:0072036/2015 del registro de esta Dirección Nacional, la Ley N° 26.994y sus modificatorias, el Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley N° 6582/58—ratificado por Ley N° 14.467—, t.o. 1997, y sus modificatorias), los Decretos Nros. 335del 3 de marzo de 1988 y 1755 del 23 de octubre de 2008 y el Digesto de Normas TécnicoRegistrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.994 se aprobó el texto del nuevo CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DELA NACIÓN y posteriormente, por la Ley N° 27.077, estableció la entrada en vigencia parael día 1° de agosto de 2015.

Que, el artículo 7° del Régimen Jurídico del Automotor dispone que esta DIRECCIÓNNACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR

Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS será el Organismo de Aplicación del citado Régimen ytendrá a su cargo el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.

Que asimismo dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL reglará la organizacióny el funcionamiento del mencionado Registro conforme a los medios y procedimientostécnicos más adecuados para el mejor cumplimiento de sus fines.

Que en ese marco, el artículo 2°, inciso c, del Decreto N° 335/88 establece que estaDirección Nacional tendrá la facultad de dictar las normas administrativas y deprocedimiento relativas a los trámites registrales y a la organización y funcionamientode los Registros Seccionales, y fijar los requisitos de la documentación que expida elRegistro y de las placas y otros medios identificatorios del automotor.

Que el Mensaje N° 884/12 de la Presidenta de la Nación, Doctora Cristina FERNANDEZDE KIRCHNER, mediante el cual fue remitido el proyecto de ley para la aprobación delnuevo Código Civil y Comercial, describe: “La codificación es un fenómeno que respondea un sistema coherente de ideas políticas, económicas y filosóficas que lo vertebran,confiriéndole una unidad interna, considerándose como una ley natural de la evolución

 jurídica.

Por ello, un CÓDIGO, como cuerpo de leyes, debe estar de acuerdo con las tendencias ymodos de ser de la sociedad a la que está destinado a regir, encauzando las relaciones

 jurídicas ent re los individuos.El concepto predominante siempre ha sido el Estado de derecho, mientras que en laactualidad debe priorizarse al estado constitucional, social democrático y de derecho,dado que sin sociedad y sin democracia nunca puede haber derecho. Derecho que debereflejar los problemas cotidianos que tiene la sociedad.”

Que el proyecto del Código fue impulsado por el PODER EJECUTIVO NACIONALmediante el Decreto N° 191 del 23 de febrero de 2011, que creó la COMISIÓN PARALA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA, ACTUALIZACIÓN YUNIFICACIÓN DE LOS CÓDIGOS CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

Que la referida Comisión fue integrada por el Doctor Ricardo Luis LORENZETTI y lasDoctoras Elena HIGHTON DE NOLASCO y Aída KEMELMAJER DE CARLUCCI; quienescontaron con la colaboración de numerosos especialistas y también personas de lacomunidad, en cuyo marco fue elaborado el proyecto que fuera oportunamente enviadoal CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS colaboró con el trabajo deesa Comisión, destinando al efecto a un grupo de profesionales para la tarea de revisiónde los textos, incluyendo aportes que permitieron llegar a la versión remitida, luego de unarduo y detallado trabajo.

Que, consecuentemente con los cambios introducidos en la legislación civil y comercialpor el nuevo CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, se propone modificar losCapítulos I, IV, V, VI y VIII del Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales delRegistro Nacional de la Propiedad del Automotor, en relación con la denominación delas personas y la representación de las mismas, la capacidad de la persona humana, lasmodificaciones de las personas jurídicas, el asentimiento conyugal y demás referenciasnormativas.

Que, a su vez, se han propuesto modificaciones a los Capítulos I, II, III, V, VI, VII, XI,XIII, XIV, XV y XVII del Título II del mismo cuerpo normativo, en el mismo orden que lasmodificaciones del Título I, al tiempo que se introducen cambios en lo relativo al régimenpatrimonial del matrimonio y a los contratos de fideicomiso y leasing.

Que, en consecuencia, resulta menester introducir las modificaciones necesarias enel Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del

 Automotor para la incorporación de los institutos jurídicos que se han puesto en vigenciacon el nuevo CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN y las modificacionescorrespondientes a las referencias normativas.

Que el nuevo CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN “(...) se inscribe dentrodel compromiso político asumido por este Gobierno Nacional para consolidar la

institucionalización y la seguridad jurídica para la presente y futuras generaciones dargentinos.”(Mensaje N° 884/12 del PODER EJECUTIVO NACIONAL).

Que el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artícu7° del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley N° 6582/58 —ratificado por LeN° 14.467—, t.o. Decreto N° 1114/97, y sus modificatorias), y el artículo 2°, inciso c), deDecreto N° 335/88 y el Anexo II del Decreto N° 1755/08.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL

DE LOS REGISTROS NACIONALESDE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTORY DE CRÉDITOS PRENDARIOSDISPONE:

 Artículo 1° — En el Capítulo I, Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los artículos 10 y 11 de la Sección 1ª; y loartículos 4°, 8° y 9° de la Sección 2ª, los que quedarán redactados de conformidad con el texto d

 Anexo I de la presente.

 Art. 2° — En el Capítulo IV, Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el artículo 2° y las transcripciones de loartículos 25 a 30 del Código Civil y Comercial, de la Sección 1ª; el artículo 1° de la Sección 2ª las transcripciones de los artículos 146 y 148 del Código Civil y Comercial; el artículo 1° y 2° de Sección 3ª; y el artículo 4° de la Sección 4ª, los que quedarán redactados de conformidad con texto del Anexo II de la presente.

 Art. 3° — En el Capítulo V, Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el artículo 2° de la Sección 1ª; el artículo 1de la Sección 3ª; y el artículo 2° de la Sección 6ª, los que quedarán redactados de conformidacon el texto del Anexo III de la presente.

 Art. 4° — En el Capítulo VI, Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el artículo 2° de la Sección 2ª; los artículo2°, 3° y 4°, y las transcripciones de los artículos 73 y 74 del Código Civil y Comercial de la Secció3ª, los que quedarán redactados de conformidad con el texto del Anexo IV de la presente.

 Art. 5°  — En el Capítulo VIII, Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el artículo 1° de la Sección 1ª; los artículo1°, 2° y 3° de la Sección 2ª; el artículo 1° de la Sección 3ª; y el artículo 2° de la Sección 5ª, incorpórase la Sección 6ª, de conformidad con los textos que obran como Anexo V de la presente

 Art. 6° — En el Capítulo I, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los Apartados I.B.2 y II.B.2 Parte Segundaartículo 2° de la Sección 1ª e incorpórase la Sección 17ª, de conformidad con los textos que obracomo Anexo VI de la presente.

 Art. 7° — En el Capítulo II, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense la Sección 2ª, la Sección 8ª y la Sección 1las que quedarán redactadas de conformidad con el texto del Anexo VII de la presente.

 Art. 8° — En el Capítulo III, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los artículos 3° y 4° de la Sección 5ª; y loartículos 3° y 4° de la Sección 11ª, los que quedarán redactados de conformidad con el texto d

 Anexo VIII de la presente.

 Art. 9° — En el Capítulo V, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyese el artículo 6°, el que quedará redactado dconformidad con el texto del Anexo IX de la presente.

 Art. 10. — En el Capítulo VI, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los artículos 1° y 2° de la Sección 2ª; loartículos 1° y 2° de la Sección 3ª; el artículo 2° de la Sección 4ª; el artículo 3° de la Sección 5ª; los artículos 1° y 4° de la Sección 6ª; y el artículo 2° de la Sección 7ª, los que quedarán redactadode conformidad con el texto del Anexo X de la presente.

 Art. 11. — En el Capítulo VII, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los artículos 1° y 2°, los que quedaráredactados de conformidad con el texto del Anexo XI de la presente.

 Art. 12. — En el Capítulo XI, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el artículo 1° de la Sección 1ª; el artícu3° de la Sección 2ª; y los artículos 2° y 11 de la Sección 3ª, los que quedarán redactados dconformidad con el texto del Anexo XII de la presente.

 Art. 13. — En el Capítulo XIII, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el artículo 5° de la Sección 1ª; los artículo1°, 4° y 5° de la Sección 2ª; y el artículo 1° de la Sección 5ª, los que quedarán redactados dconformidad con el texto del Anexo XIII de la presente.

 Art. 14. — En el Capítulo XIV, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los artículos 13 y 14 de la Sección 1ª, los ququedarán redactados de conformidad con el texto del Anexo XIV de la presente.

 Art. 15. — En el Capítulo XV, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del RegistrNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense los artículos 5° y 7° de la Sección 1ª; artículo 7° de la Sección 2ª; y la Sección 3ª, según el texto que obra como Anexo XV de la present

 Art. 16. — En el Capítulo XVII, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Reg istNacional de la Propiedad del Automotor, sustitúyense el ar tículo 3° de la Sección 1ª; los artículos y 6° de la Sección 2ª; y el artículo 2° de la Sección 3ª, los que quedarán redactados de conformidacon el texto del Anexo XVI de la presente.

 Art. 17. — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación.

 Art. 18. — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para spublicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — David De Lio.

Page 12: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 12/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 12

Page 13: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 13/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 13

Page 14: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 14/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 14

Page 15: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 15/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 15

Page 16: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 16/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 16

Page 17: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 17/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 17

Page 18: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 18/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 18

Page 19: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 19/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 19

Page 20: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 20/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 20

Page 21: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 21/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 21

Page 22: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 22/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 22

#F4939949F

Page 23: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 23/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 23

AVISOS OFICIALES

Nuevos

#I4937473I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 150/2015

 Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera Puerto CENTRAL TIMBÚES- TERMOELECTRICA SAN MARTÍN S.A. Aduana San Lorenzo.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-159-2009/130 del registro de la ADMINISTRACIÓN FE-DERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma TERMOELÉCTRICA JOSÉ DE SAN MARTÍN S.A. (CUITN° 30-70950877-2), en representación del FIDEICOMISO CENTRAL TERMOELÉCTRICA TIMBÚES(CUIT N° 30-70959681-7) solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácterprovisorio mediante Resolución N° 135/2015 (SDG OAI), al sólo efecto de efectuar operaciones dedescarga de combustibles líquidos en el sector de atraque del Puerto CENTRAL TIMBÚES, ubica-do en la margen derecha a la altura de la progresiva del Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCOCON SIETE (465,7) del Río Coronda, localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, jurisdicción delDepartamento Aduana de San Lorenzo.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12509-159-2009 que la habilitacióndefinitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transportepor Expediente N° S01:0140414/2008.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de AsuntosJurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitaciónaduanera solicitada, con carácter provisorio hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Prorróguese la habili tación de la zona operativa aduanera solicitada por lafirma TERMOELÉCTRICA JOSÉ DE SAN MARTÍN S.A. (CUIT N° 30-70950877-2) para realizar ope-raciones aduaneras en el muelle del Puerto CENTRAL TIMBÚES, ubicado en la margen derecha ala altura de la progresiva de l Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SIETE (465,7) del RíoCoronda, localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduanade San Lorenzo, hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

 ARTICULO 2° — Regístrese, comun íquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficialpara su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes al Departamento Adua-na de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ,Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 04/08/2015 N° 131771/15 v. 04/08/2015#F4937473F#

#I4937613I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

 AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 402/2015

Bs. As., 03/07/2015

VISTO el EXP-S02:0143810/2013 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449 y N° 26.363 y su normativareglamentaria, y.

CONSIDERANDO

Que entre las funciones asignadas por la Ley N° 26.363 a esta AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL, resulta competente para crear y establecer las características y procedimientosde otorgamiento, emisión e implementación de la Licencia Nacional de Conducir; y autorizar alos organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicciónprovincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional deConducir, certificando y homologando, en su caso los centro de emisión y/o implementación delas mismas (conf. Artículo 4° incisos e) y f) de la Ley N° 26.363).

Que el Artículo 14° de la Ley N° 24.449, modificado por el Apartado 4) del Inciso a) del Artículo26° de la Ley N° 26.363, establece que la autoridad emisora debe requerir del solicitante un exa-men médico psicofísico que comprenderá: una constancia de aptitud física; de aptitud visual; deaptitud auditiva y de aptitud psíquica.

Que el Apartado a) del Inciso a) del Artículo 14° del Decreto N° 779/95, establece que los exá-menes de aptitud psicofísico serán realizados exclusivamente por el propio organismos expedidoro por prestadores de servicios médicos autorizados al efecto por la autoridad jurisdiccional, previainscripción en un Registro que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL habilite al efecto.

La mencionada norma, establece que en el caso de que se utilicen medios de examen eletrónico para la asistencia de los médicos que realizan el examen psicofísico en el Centro Emisode Licencias de Conducir, los mismos deben estar previamente registrados y homologados por

 A.N.S.V., o por el organismo que esta designe.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO de este Organismo, realizó una prueba piloto de los medios de examen electrónico para asistencia de los médicos que realizan el examen psicofísico en los Centros de Emisores de Licencias de Conducir en las jurisdicciones de Noetinger y Villa Carlos Paz de la Provincia de CórdobViedma y San Antonio Oeste de la Provincia de Río Negro, Santa Rosa de la Provincia de La Pampa, los Municipios de la Saladas, Ituzaingo, Santo Tome y Goya de la Provincia de Corrientes, loMunicipios de Pasadas, Oberá, Aristóbulo del Valle, San Vicente y Puerto Rico de la Provincia dMisiones, San Salvador de Jujuy de la Provincia de Jujuy, las jurisdicciones de San Miguel de Tcumán, Las Talitas, Yerba Buena y Concepción de la Provincia de Tucumán, Concordia, Diamanty Chajarí de la Provincia de Entre Ríos, los Municipios de Comodoro Rivadavia , Rada Tilly, EsquePuerto Madryn en la Provincia de Chubut, Fontana de Chaco y las Jurisdicciones de Macia y ValMaría de Entre Ríos, a fin de corroborar el correcto funcionamiento y utilidad de los mismo.

Que las pruebas realizadas, enumeradas en el párrafo precedente, arrojaron un resultadpositivo por la observación y el seguimiento del funcionamiento en cuestión.

Que la Disposición A.N.S.V. N° 571/14, dispone la creación e implementación en el ámbito del Sitema Nacional de Licencias de Conducir, del REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICO, a fin de registrar los medios de examen electrónico para la asistencia de los médicos intervnientes en el examen de aptitud psicofísica previa al otorgamiento de la Licencia Nacional de Conduc

Que la mencionada Disposición instruye a la DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE LCENCIAS DE CONDUCIR de este Organismo a propiciar el procedimiento de inscripción ante Registro, como así también el procedimiento de homologación de los medios previamente regitrados, cuya instrumentación podrá efectuarse en el marco del Sistema de Cooperación TécnicaFinanciera regulado por las Leyes N° 23.283, 23.412, 26.353 y Decreto N° 1985/08.

Que a efectos de garantizar el correcto registro de los medios de examen electrónico para asistencia de los médicos que realizan el examen psicofísico en el Centro Emisor de Licencias dConducir y que los mismos cumplen con las condiciones y aptitudes para determinar la correccapacidad física de una persona para la conducción de un vehículo automotor, se requiere efectuar los ajustes en el mencionado articulado de la Disposición.

Que a tales efectos corresponde modificar el Artículo 2° de la Disposición A.N.S.V N° 571/14

Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIRECCIONACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DSEGURIDAD VIAL, ha tomado la intervención que les compete.

Que la presente, se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° incisos a) y de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVODE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Modifíquese el Artículo 2° de la Disposic ión N° 571 de fecha 23 de septiembre de 2014 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, el cual quedara redactado de siguiente forma:

“ARTICULO 2°.- Instrúyase a la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a propiciar e l procedimiende homologación y registración de los equipos auxiliares de diagnostico y evaluación para la asistecia médica del examen de aptitud psicofísica obligatorio para el otorgamiento de la Licencia Nacionde Conducir, como así también propiciar oportunamente el procedimiento de Registración en REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICO de los medios previamente homlogados, cuya instrumentación podrá efectuarse en el marco del Sistema de Cooperación TécnicaFinanciera regulado por las Leyes N° 23.283, 23.412, 26.353 y Decreto N° 1985/08”.

 ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese en e l Boletín Oficial, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ LAGUENSDirector Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.

e. 04/08/2015 N° 131847/15 v. 04/08/20#F4937613

#I4937568I# AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 16/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° 12.533/2008, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONESentonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA SERVICIOS, y

CONSIDERANDO

Que se solicita autorización para la modificación del control accionario indirecto de las emprsas IMPSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) —posteriormente GLOBACROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMAy G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1).

Que la empresa GLOBAL CROSSING LIMITED informa un cambio de composición accionarque afecta a las licenciatarias IMPSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674711) —posteriormente GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA— y G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDALIMITADA (CUIT 30-70506424-1).

Page 24: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 24/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 24

Que la empresa IMPSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) —poste-riormente GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA— posee Licencias para la prestación de los servicios de Transmisión deDatos, Aviso a Personas, Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, Videoconferencia, Valor

 Agregado, Transporte de Señales de Radiodifusión, Telefonía Loca l, Telefonía de Larga DistanciaNacional, Telefonía de Larga Distancia Internacional y Telefonía Pública otorgados por Resolucio-nes Nos. 2.555 de fecha 27 de agosto de 1992, dictada por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TE-LECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICASY COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS; 12 de fecha 10 de enero de 1994, 62 de fecha 2 de febrero de 1994 y 322de fecha 21 de junio de 1994, dictadas por la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMU-NICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOSPÚBLICOS; 125 de fecha 18 de septiembre de 1995 y 248 de fecha 16 de noviembre de 1995,dictadas por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES, entonces dependiente delex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; 19.196 de fecha 6 de julio de1999 y 1354 de fecha 17 de septiembre de 1999, dictadas por la ex SECRETARIA DE COMUNICA-CIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; y 341 de fecha 17 de sep-tiembre de 2001 dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependientedel ex MINISTERIO DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURA.

Que la empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT30-70506424-1) posee Licencia de Servicios de Telecomunicaciones, excepto telefonía, para laprestación de los servicios de Transmisión de Datos en el ámbito Nacional y Valor Agregado me-diante Resolución N° 4.500 de fecha 7 de diciembre de 1999, dictada por la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; modificada porResolución N° 159 de fecha 27 de marzo de 2000 y aclarada por su similar 467 de fecha 8 denoviembre de 2000, ambas dictadas por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entoncesdependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que por la Resolución mencionada en último término se registraron a nombre de G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1) los servicios deTelefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Provisión de Facilidades de Telecomunica-ciones, Videoconferencia y Transmisión de Datos Internacional.

Que por Resolución N° 29 de fecha 8 de abril de 2002, dictada por la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se registró a G.C.

SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1) como Re-vendedor de Servicios de Telecomunicaciones.

Que de acuerdo a lo informado por la Licenciataria, la modificación de las participaciones ac-cionarias se origina con motivo de una operación de fusión por la que GLOBAL CROSSING LIMI-TED pasará a controlar indirectamente a IMPSAT FIBER NETWORKS INC. y en consecuencia os-tentar el control financiero y gerencial de ésta y sus empresas subsidiarias, IMPSAT ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) —posteriormente GLOBAL GROSSING ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA— y G.C. SAC ARGENTI-NA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30- 70506424-1).

Que asimismo se informó una operación de fusión por absorción a través de la cual IMPSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) —posteriormente GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA— absorbe-rá a la empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1) la que se disolverá sin liquidarse.

Que de aprobarse dicha operación IMPSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) —posteriormente GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LE-VEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA— será continuadora y sucesora de G.C. SAC ARGENTI-NA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1).

Que la mencionada operación societaria tramita en el marco del Expediente N° 14.791/1999del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizadode la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE IN-FRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16de diciembre de 2014 estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia parala prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Serviciosde TIC), como así también lo referente a la transferencia de una Licencia y la modificación en lasparticipaciones sociales de la licenciataria.

Que el artículo 92 de la citada Ley deroga el Decreto N° 764/00 y sus modificatorios, sinperjuicio de lo cual establece que mantendrá su vigencia en todo lo que no se oponga a la leydurante el tiempo que demande a la Autoridad de Aplicación dictar los reglamentos concernientesal Régimen de Licencias para Servicios de TIC, al Régimen Nacional de Interconexión, al RégimenGeneral del Servicio Universal y al Régimen sobre la Administración, Gestión y Control del Espec-tro Radioeléctrico.

Que en razón de ello, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias para Servicios de Tele-comunicaciones aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/00 de conformidad con los términosdel citado artículo 92, hasta tanto se dicte una nueva reglamentación.

Que conforme lo expuesto por la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, orga-nismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente delMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS en anterioresoportunidades, el presente trámite debe ser encuadrado dentro de las previsiones del Artículo 10.1Inciso I) del Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones ya citado, atento atratarse de una modificación de las participaciones accionarias que tienen consecuencia sobre unprestador de servicios de telecomunicaciones y el consiguiente cambio de control.

Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes de la ex COMISIÓN NACIONAL DECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES,entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA YSERVICIOS, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento por parte de la empresa GLOBALCROSSING LIMITED en su carácter de controlante accionario indirecto de IMPSAT ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) —posteriormente GLOBAL CROSSING ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA— y G.C. SAC ARGENTI-NA SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), de los requisitos previstosen el Reglamento de Licencias mencionado para la autorización de la modificación de las partici-paciones accionarias.

Que la COMISIÓN NACIONAL de DEFENSA DE LA COMPETENCIA del MINISTERIO DE ECO-NOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención dsu competencia.

Que el DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓY LAS COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administra tivo mediante la suscripción del Acta de Directorio correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la LeN° 27.078, el Decreto N° 1117 de fecha 12 de junio de 2015 y el Acta de Directorio de la AUTORIDAFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES N° 1 de fecha 2de junio de 2015.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERALDE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Autorizar, en los términos y condiciones expuestos en los considerandos, cambio de control indirecto de IMPSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30 -62674717—posteriormente GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA— y G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD RESPONSABILIDAD L IMITAD(CUIT 30-70506424-1) a favor de GLOBAL CROSSING LIMITED.

 ARTÍCULO 2° — Notifíquese al interesado conforme a lo establec ido en el Artículo 11 de la LNacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Articulo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos AdministrativoDecreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

 ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publ íquese, dése a la Dirección Nacional de l Registro Oficy archívese. — NORBERTO BERNER, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Tecnologíade la Información y las Comunicaciones.

e. 04/08/2015 N° 131802/15 v. 04/08/20#F4937568F

#I4937570I# AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 17/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° 14.791/1999, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, etonces dependiente de PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y el Expediente N° 4.736/1992 (copia), dRegistro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizadde la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente de l eMINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y,

CONSIDERANDO

Que la Empresa IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), posee Licencia para prestación de los servicios de Transmisión de Datos, Aviso a Personas, Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, Videoconferencia, Valor Agregado, Transporte de Señales de RadiodifusióTelefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional, Telefonía de Larga Distancia Internacionay Telefonía Pública, otorgados por Resolución N° 2.555, de fecha 27 de agosto de 1992, dictadpor la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentra lizado de la eSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINIS

TERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por Resoluciones Nos. 12 de fecha 1de enero de 1994, 62 de fecha 2 de febrero de 1994, y 322 de fecha 21 de junio de 1994, dictadapor la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente dex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por Resoluciones Nos. 12de fecha 18 de septiembre de 1995, y 248 de fecha 16 de noviembre de 1995, dictadas por la eSECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por Resoluciones Nos. 19.196 de fecha 6 de julde 1999, y 1.354 de fecha 17 de septiembre de 1999, dictadas por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependien te de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y por Resoluc ión N° 34de fecha 17 de septiembre de 2001, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que mediante presentación fundada, se notificó a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICCIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dpendiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, cambio de denominación operado en la Empresa IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674711), por el de GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1).

Que con fecha 5 de noviembre de 2008, la empresa GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) solicitó la baja de las licencias para la prestación de loServicios Radioeléctrico de Concentración de Enlaces y Aviso a Personas, oportunamente otorgadas a IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1).

Que con posterioridad, se notificó a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MNISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, un nuevo cambio ddenominación, esta vez operado en la Empresa GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNMA (CUIT 30-62674717-1), por el de LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1

Que en consecuencia, resulta procedente dejar establecido que las Licencias para la prestción de Servicios de Telecomunicaciones, oportunamente otorgadas a la Empresa IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), deben entenderse otorgadas a favor de la Empresa LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1).

Que mediante Resoluciones Nos. 4.500, de fecha 7 de diciembre de 1999, y su modificator159, de fecha 27 de marzo de 2000, dictadas por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONESentonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA respectivamente, se otorgó Licencia de Servicios de Telecomunicaciones, excepto telefonía, para la prestación de los servicios de Transmisión de Datos en el ámbitNacional, y Valor Agregado Nacional a la Empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30 -70506424-1).

Que asimismo, la Empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMTADA (CUIT 30-70506424-1), posee Licenc ia para la prestac ión de los servicios de Provisión de F

Page 25: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 25/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 25

cilidades de Telecomunicaciones, Transmisión de Datos Internacional, Videoconferencia, Telefoníade Larga Distancia Nacional e Internacional, Valor Agregado Internacional, así como también sele registró como Revendedor de Servicios de Telecomunicaciones, otorgados mediante las Reso-luciones Nos. 467, de fecha 8 de noviembre de 2000, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMU-NICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y29 de fecha 8 de abril de 2002, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entoncesdependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que se otorgó autorización condicionada, para la instalación de un cable submarino de fibraóptica con punto de amarre en la costa A rgentina, a la Empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), mediante Resolución N° 213, de fecha10 de mayo de 2000, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces depen-diente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que mediante Resolución N° 404, de fecha 17 de octubre de 2001, dictada por la ex SECRE-TARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUC-TURA Y VIVIENDA, se resolvió dejar sin efecto la condición impuesta a la Empresa G.C. SAC

 ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), por ResoluciónSC N° 213 de fecha 10 de mayo de 2000, precedentemente mencionada.

Que con fecha 26 de octubre de 2007, la empresa IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), notifica a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentra-lizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el proceso de fusión mediante elcual la Empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), será absorbida por la Empresa GLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓ-NIMA (CUIT 30-62674717-1), hoy denominada LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT30-62674717-1).

Que asimismo, se acompañó la copia certificada del Acuerdo Previo de Fusión, y copiassuscriptas por el apoderado del Acta de Asamblea de la Empresa GLOBAL CROSSING SOCIE-DAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), y del Acta de Reunión de Socios de la Empresa G.C. SAC

 ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), donde talessociedades aprueban el referido acuerdo, dejando constancia en dicho Acuerdo Previo que “lafirma del Acuerdo Definitivo de Fusión entre ambas SOCIEDADES, se encuentra sujeto a la condi-ción que obtengan la autorización correspondiente de la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICA-CIONES, SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, y de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓNy CONTROL DE GESTIÓN, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVER-SIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS. En caso de no cumplirse la condición descripta precedentemente,las SOCIEDADES no podrán celebrar el Acuerdo Definitivo de Fusión, y todas las resolucionessociales probatorias de la fusión quedarán sin efecto, en los términos y con las condiciones pres-criptas en el Artículo 86, de la Ley 19.550 (t.o. 1984)”.

Que si bien de las actas agregadas al Expediente N° 14.791/1999, del Registro de la ex CO-MISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍADE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, surge quecada una de las sociedades en trato, aprueba el Compromiso Previo de Fusión entre la EmpresaGLOBAL CROSSING ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), como sociedadabsorbente, y la Empresa GC SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA(CUIT 30-70506424-1) como sociedad absorbida, la Firma del Acuerdo Definitivo de Fusión, seencuentra condicionado a la obtención de la autorización por parte de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES. En consecuencia, y teniendo en cuenta el término previsto por el Artículo 86de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, corresponde otorgar a la peticionante el plazo deNOVENTA (90) días, a partir de la notificación del presente acto, para la presentación de la docu-mentación que acredite la operación societaria que por este acto se autoriza, como así también desu inscripción en los términos de la reglamentación vigente.

Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comun icaciones sancionada el 16de diciembre de 2014 estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia parala prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Serviciosde TIC), como así también lo referente a la transferencia de una Licencia y la modificación en lasparticipaciones sociales de la licenciataria.

Que el artículo 92 de la citada Ley deroga el Decreto N° 764/00 y sus modificatorios, sinperjuicio de lo cual establece que mantendrá su vigencia en todo lo que no se oponga a la leydurante el tiempo que demande a la Autoridad de Aplicación dictar los reglamentos concernientesal Régimen de Licencias para Servicios de TIC, al Régimen Nacional de Interconexión, al RégimenGeneral del Servicio Universal y al Régimen sobre la Administración, Gestión y Control del Espec-tro Radioeléctrico.

Que en razón de ello, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias para Servicios de Tele-comunicaciones aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/00 de conformidad con los términosdel citado artículo 92, hasta tanto se dicte una nueva reglamentación.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Apartado 17.4, del Anexo I del Decreto N° 764/00,corresponde solo registrar a nombre de la Empresa LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA(CUIT 30-62674717-1), los registros de Reventa de Servicios de Telecomunicaciones y Provisiónde Facilidades de Telecomunicaciones, otorgados mediante las Resoluciones Nos. 467 de fecha 8de noviembre de 2000, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces depen-diente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y 29 de fecha 8 de abril de 2002dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIODE ECONOMÍA, y que fueran oportunamente otorgadas a la Empresa G.C. SAC ARGENTINA SO-CIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), bajo el régimen del DecretoN° 764/00.

Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes de la ex COMISIÓN NACIONAL DE CO-MUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, ex-presando que corresponde acceder a lo solicitado, por encontrarse cumplidos los requisitos deorden reglamentario, previstos por Artículo 13 del Reglamento de Licencias para Servicios deTelecomunicaciones, aprobado por el Decreto N° 764/00.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención desu competencia.

Que el DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓNY LAS COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrat ivo mediante la suscrip-ción del Acta de Directorio correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la LeyN° 27.078, el Decreto N° 1.117 de fecha 12 de junio de 2015 y el Acta de Directorio de la AUTO-RIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES N° 1 defecha 22 de junio de 2015.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERALDE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Regístranse las Licencias y autorizaciones de uso de f recuencias, y asignción de recursos de numeración y señalización oportunamente otorgadas a la Empresa IMPSASOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), a nombre de la Empresa LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), en atención a los cambios de denominación operados

 ARTÍCULO 2° — Cancé lanse los re gistros de ser vicios otorgados a la Empresa IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1) por Resoluciones Nos. 12 de fecha 10 de enero de 199y 62 de fecha 2 de febrero de 1994, dictadas por la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVCIOS PÚBLICOS para la prestación de los Servicios Radioeléctrico de Concentración de Enlacey Aviso a Personas.

 ARTÍCULO 3° — La medida adoptada en el Ar tículo 2°, tendrá vigenc ia a partir de l 5 de nviembre de 2008.

 ARTÍCULO 4° — Autorizar la operación societaria por medio de l a cual la Empresa LEVE3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1), absorberá a la Empresa G.C. SA

 ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1). Como conscuencia de ello esta última se disolverá sin liquidarse en los términos de la reglamentación vigent

 ARTICULO 5° — Regístrase la transferencia de todas las licencias, autorizaciones de usde frecuencias y asignaciones de recursos de numeración y señalización oportunamente otogadas a la Empresa G.C. SAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CU30-70506424-1) a favor de la Empresa LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 362674717-1), debiendo excluirse los registros que esta última ya posea.

 ARTICULO 6° — Regístrase la transf erencia de la au torización para l a instalación de un cabsubmarino de fibra óptica, con punto de amarre en la costa argentina, otorgada a la Empresa G.CSAC ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70506424-1), medianResoluciones N° 213 y 404 de fechas 10 de mayo de 2000 y 17 de octubre de 2001 respect ivame

te, dictadas por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, a favor de la Empresa LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDA ANÓNIMA (CUIT 30-62674717-1).

 ARTICULO 7° — Otórgase a la Empresa LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CU30-62674717-1), un plazo de NOVENTA (90) días, contados a partir de la fecha de pub licación de presente, para la presentación de la documentación que acredite la operación societaria que poeste acto se autoriza, como así también de su inscripción en los términos de la reglamentacióvigente. Se aclara que la falta de presentación de la documentación requerida, operará como condición resolutoria de lo resuelto por los Artículos 4°, 5° y 6° del presente acto.

 ARTICULO 8° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la LNacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto N° 1.759/72 (t.o. Decreto N° 1.883/91)

 ARTICULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de l Registro Oficy archívese. — NORBERTO BERNER, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Tecnologíade la Información y las Comunicaciones.

e. 04/08/2015 N° 131804/15 v. 04/08/20#F4937570F

#I4938000I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1165/2015

Bs. As., 12/05/2015

VISTO el Expediente N° E-103295-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y 893/2012, y sus respectivos modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 12/2015, autorizada por Resolución MDS N° 334 del 09 de Febrero de 2015, con el objeto de adquirir alimentos no perecederos, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación dvulnerabilidad social, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIA

Que conforme el acta de apertura de fecha 17 de Marzo de 2015 en la Licitación PúblicN° 12/2015, se presentaron las siguientes firmas: PREMIDIA S.A. (oferta 1), CONDIMENT S.A(oferta 2), SOL GANADERA S.R.L . (oferta 3), BESSONE S.A. (ofer ta 4), RIDOLFO HERMANOS S.(oferta 5), SANTOMERO OSCAR ALBERTO (oferta 6) y COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS.A. (oferta 7).

Que obra Nota SIGEN N° 1259/2015 —SCyMI— de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 216/2015, informando los Precios Testigo para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,y 10 de la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SIGEN° 122/2010.

Que la Comisión Evaluadora, en función de los análisis técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 210/201sugiriendo la oferta inadmisible, la oferta desestimada y estableciendo los Órdenes de Méricorrespondientes.

Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 210/201y se ha remitido a los fines de su dif usión en el sitio de in ternet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidopor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 0de septiembre de 2014.

Page 26: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 26/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 26

Que no se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 210/2015 precitado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenciaen lo concerniente a la presente Resolución.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modifica-torios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y comple-mentarias y los Decretos N° 355/2002 y N° 357/2002, modificatorios y complementarios, la LeyN° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacionaly su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios y N° 13 del 10 de Diciembre de 2011.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitac iónPública N° 12/2015, con el objeto de adquirir alimentos no perecederos, oportunamente autorizadapor Resolución MDS N° 334 del 09 de Febrero de 2015.

 ARTÍCULO 2° — Declárase inadmisible en la Lic itación Pública N° 12/2015 la oferta presenta-da por la firma BESSONE S.A. (oferta 4), por los motivos consignados en el Dictamen de Evalua-ción N° 210/2015.

 ARTÍCULO 3° — Desestímase en la Lic itación Pública N° 12/2015 la oferta presentada por lafirma SANTOMERO OSCAR ALBERTO (oferta 6), para los renglones 1, 2, 3, 4 y 5, por los motivosconsignados en el Dictamen de Evaluación N° 210/2015.

 ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Licitación Pública N° 12/2015, acorde lo expuesto en el Dic-tamen de Evaluación N° 210/2015, a las firmas, cantidades, marcas y montos consignados en el

 Anexo que forma parte de la presente, cuya adjudicación asciende a la suma de PESOS CATORCEMILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 14.775.000.-).

 ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Órdenes deCompra correspondientes.

 ARTÍCULO 6° — El gasto que demande la p resente medida que asc iende a la suma tota l dePESOS CATORCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 14.775.000.-) se atenderácon cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el presente ejercicio.

 ARTÍCULO 7° — La presente Resolución es refrendada por el señor SECRETARIO DE COOR-DINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL.

 ARTÍCULO 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nac ional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dra. ALICIA M. KIRCHNER, Ministra de Desarrollo Social.

 ANEXO

EXPEDIENTE N° E-103295-2014

LICITACIÓN PÚBLICA N° 12/2015

e. 04/08/2015 N° 132025/15 v. 04/08/20#F4938000

#I4938014I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 3106/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° E-101620-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 03/201autorizada por Disposición DGA N° 1140 de fecha 04 de Febrero de 2015, enmarcada en loalcances de los artículo s 24, 25 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglmentado por los artícul os 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al De creto N° 893/2012 y modificatrios; tendiente a lograr la contratación de un servicio de control de plagas para el Depósito dTafí Viejo sito en Avda. Independencia y calle Costelo —Provincia de Tucumán—dependientde este Ministerio, por el término de doce (12) meses con opción a prórroga a criterio de estMinisterio, por un período igual al originalmente contrata do, solicitado por el Departamento d

Servicios Generales.

Que conforme el acta de apertura de fecha 13 de Marzo de 2015, en la Licitación PrivadN° 03/2015, se presentó la siguiente firma MARIA DE LAS NIEVES S.R.L. (oferta 1).

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminres y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de EvaluacióN° 196/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha efectuado la notificación pertinente del Dictamen de Evaluación N° 196/2015 y se hremitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONEsegún lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatoriosen el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidopor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 0de Septiembre de 2014.

Que no se ha efectuado impugnación al Dictamen de Evaluación N° 196/2015.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decrto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los DecretoN° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normamodificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sitemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 modificatorios, los Decretos Nros. 357/2002, modificatorios y complementarios, 693/2012 y Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — A pruébase la Lic itación Privada N° 03/ 2015, au tor izada por DisposicióDGA N° N° 1140 de fecha 04 de Febrero de 2015, enmarcada en los alcances de los ar tíclos 24, 25 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por loartículos 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiena lograr la contratación de un servicio de control de plagas para el Depósito de Tafí Viej

sito en Avda. Independencia y calle Costelo —Provincia de Tucumán— dependiente de esMinisterio, por el término de doce (12) meses con opción a prórroga a criterio de este Miniterio, por un período igual al originalmente contratado, solicitado por el Departamento dServicios Generales.

 ARTÍCULO 2° — Adjudícase en la Licitación Privada N° 03/2015, acorde lo expuesto en el Dtamen de Evaluación N° 196/2015, a la firma, renglón, cantidad y montos consignados en el Anexque forma par te de la presente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHENTY NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($ 189.840,00).

 ARTÍCULO 3° — Autorí zase a l a D irección de Patrimonio y Suminist ros a e mitir la Ordede Compra correspondiente conforme la adjudicación consignada en el Anexo que integra presente.

 ARTÍCULO 4° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHENTY NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($ 189.840,00), con cargo a los créditos específicos deste MINISTERIO para el ejercicio 2015.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mnisterio de Desarrollo Social.

Page 27: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 27/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 27

 ANEXO

EXPEDIENTE N° E-101620-2014

LICITACIÓN PRIVADA N° 03/2015

e. 04/08/2015 N° 132039/15 v. 04/08/2015#F4938014F#

#I4938011I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4494/2015

Bs. As., 12/06/2015

VISTO el Expediente N° E-22221-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALy los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector socialpara la adquisición y colocación de carteles, que serán instalados en las provincias de la Regiónde Cuyo; solicitados por la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL,mediante Nota de fecha 06 de Abril de 2015.

Que, asimismo, la SECRETARÍA citada en el Considerando anterior, propone para la reali-zación de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA,cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fueaprobada por Resolución SCyMI N° 10604 de fecha 26 de Agosto de 2014.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIODE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizadasegún Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros, mediante Informe N° 1130/2015 de fecha 14de Abril de 2015, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado enel Considerando precedente, solicita se informe el Valor Indicativo de Mercado para la presentecontratación.

Que obra NOTA SIGEN N° 2573/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN,OT N° 550/2015, informando los Valores Indicativos de Mercado en concordancia al punto II.b. del

 Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipu lado en la Cláusula Primera, inc iso a) delConvenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.

Que, con fecha 18 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado porla COOPERATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen deEvaluación N° 265/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 265/2015 a los fines de su difusión en el sitiode internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidospor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones alDictamen de Evaluación N° 265/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 194/2015,enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 ymodificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 ymodificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación suple toria de los Decretos N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas y modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcancedel artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado plos artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr contratación de un efector social para la adquisición y colocación de carteles, que serán instalados en las provincias de la Región de Cuyo; solicitados por la SECRETARÍA DE COORDINACIÓY MONITOREO INSTITUCIONAL.

 ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Par ticulares, e laborado por Dirección de Patrimon io y Suministros en un todo de acuerdo con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL, para la contratación autorizada en el artículo precedentque integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Basey Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contratciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETY COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

 ARTÍCULO 3° — Apruébase la Cont ratación Directa N° 194/2015, conforme las pautas detlladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

 ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 194/2015 al efector social COOPERTIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA, para la adquisición y colocación de NOVENTA (9carteles de ciento cincuenta (150) cm. de ancho por cien (100) cm. de alto, hasta la suma de PESOCIENTO OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 180.450.-); y para la adquisición y colocción de SETENTA (70) carteles de trescientos (300) cm. de ancho por doscientos (200) cm. de althasta la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($ 320.460.-).

 ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOMIL NOVECIENTOS DIEZ ($ 500.910.-) con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerpara el ejercicio 2015.

 ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Naciona l del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mnisterio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BOR—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/08/2015 N° 132036/15 v. 04/08/20#F4938011

#I4938004I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4834/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° E-41598-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-2190-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 46/2015 llevda a cabo para la adquisición de remeras de manga larga, emitiéndose la Orden de CompN° 264/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO PURA PAMPA LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en uimporte del treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden dCompra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 264/2015, acorde lo previsten el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), d

 Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 264/2015, emitida a favor de la COOPERATVA DE TRABAJO PURA PAMPA LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 46/201

Page 28: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 28/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 28

en la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA ($ 68.040.-), por las causales expuestasen los Considerandos de la presente.

 ARTICULO 2° — Atiéndase la e rogación total que asciende a la suma de PESOS SESENTA YOCHO MIL CUARENTA ($ 68.040.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministeriopara el ejercicio 2015.

 ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132029/15 v. 04/08/2015

#F4938004F#

#I4938005I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4848/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° E-45131-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-2439-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 28/2015 llevada acabo para la contratación de un servicio de corte, estampado, confección y terminación de reme-ras de manga larga, emitiéndose la Orden de Compra N° 203/2015, a favor de la COOPERATIVADE TRABAJO NUEVA GENERACION LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en unimporte del treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden deCompra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 203/2015, acorde lo previstoen el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del

 Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias ycomplementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control delSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 203/2015, emitida a favor de la COOPERA-TIVA DE TRABAJO NUEVA GENERACION LIMITADA, correspondiente a la Contratación DirectaN° 28/2015, en la suma de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 22.680.-), por lascausales expuestas en los Considerandos de la presente.

 ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS VEINTIDOSMIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 22.680.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Minis-terio para el ejercicio 2015.

 ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132030/15 v. 04/08/2015#F4938005F#

#I4938006I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4928/2015

Bs. As., 26/06/2015

VISTO el Expediente N° E-77230-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición DGA N° 2931 de fecha 14 de abril de 2015, se aprobó y adjudicó la Con-tratación Directa por Compulsa Abreviada N° 471/2014, para la adquisición de repuestos (hard-ware) para el parque informático, a fin de satisfacer las necesidades de las distintas áreas de esteMinisterio, solicitados por el Dirección de Servicios Digitales Informáticos y de Telecomunicacio-nes.

Que, en fecha 20 de abril de 2015, se procedió a notificar la Disposición citada a los oferentedel procedimiento licitatorio, vía mail.

Que, mediante el acto administ rativo citado ut supra, se adjudicó a la firma AVOL S.R.L. (ofer3) el renglón 3 de la citada Contratación.

Que, como consecuencia, se emitieron dos (2) Órdenes de Compra, entre ellas la Orden dCompra N° 350/2015 a favor de la firma AVOL S.R.L. (oferta 3), por la suma de PESOS VEINTINUVE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO ($ 29.925.-).

Que, la notificación de la Orden de Compra N° 350/2015, operó vía mail en fecha 23 de abde 2015.

Que, mediante mail de fecha 24 de abril de 2015, la firma AVOL S.R.L. (oferta 3) solicitó el cam

bio de modelo y marca para la entrega de la mercadería correspondiente al renglón 3.

Que, mediante Providencia N° 90/2015, la Dirección de Servicios Digitales Informáticos y dTelecomunicaciones informó en su carácter de área requirente, que no tenía objeciones a lo propuesto por la firma AVOL S.R.L. (oferta 3), debido a que cumple con lo requerido en el Pliego y strata de una solución que supera técnicamente al modelo ofertado.

Que, mediante Dictamen DGAJ N° 395304, la Dirección General de Asuntos Jurídicos destacque, de acuerdo con lo dispues to en el artículo 108 del Anexo al Decre to N° 893/2012 y modificatrios, “Los cocontratantes deberán cumplir la prestación en la forma, plazo o fecha, lugar y demácondiciones establecidas en los documentos que rijan el llamado, así como en los que integren orden de compra, venta o contrato (...)”.

Que, asimismo, de conformidad con lo estipulado en el artículo 45 del Anexo al DecreN° 893/2012 y modificatorios, las Especificaciones Técnicas de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deberán consignar en forma clara y precisa las cantidades y características dlos bienes o servicios a los que se refiera la prestación; si los elementos deben ser nuevos, usdos, reacondicionados o reciclados; las tolerancias aceptables; la calidad exigida y, en su caslas normas de calidad y criterios de sustentabilidad que deberán cumplir los bienes o servicios satisfacer los proveedores.

Que, por otra parte, no puede soslayarse que el Pliego de Bases y Condiciones Particulare

constituye un elemento objetivo, que permite evaluar las ofertas sin intervención de elementosubjetivos que puedan condicionar al evaluador, y por ello, es también un elemento de garantía digualdad de los oferentes.

Que, al respecto la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha dicho que “Las cláusuladel pliego de condiciones constituyen normas de interés general y, por lo tanto, son obligatoriapara todos, incluso para la propia Administración; las propuestas deben coincidir con el pliego pser éste la principal fuente de donde se derivan los derechos y obligaciones de las partes, al qudebe acudirse para resolver los problemas que se planteen” (Dictámenes 87:180; 96:180; 177:78

Que, en consecuencia, entiende que la adjudicataria requiere una modificación unilateral dsu oferta original, apartándose de las previsiones estipuladas en la Orden de Compra N° 350/201

Que, dicho apartamiento, no obedece a juicio de esa Dirección General a la existencia dcaso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido a la presentante dar cumplimiento con los compromisos asumidos con este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, toda vez que las causalealegadas no implican hechos imprevisibles o que previstos hubiesen resultado inevitables.

Que, por lo expuesto, es opinión de ese órgano de asesoramiento jurídico que de no ajustarsla mercadería a ent regarse por par te de la firma AVOL S.R.L. (oferta 3) a las previsiones de la Ordede Compra N° 350/2015 y al Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo, correspodería proceder a la rescisión total del contrato con culpa del proveedor, conforme a lo dispues

en el artículo 122 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios e imponer las penalidadecorrespondientes, conforme a las facultades otorgadas por el artículo 126, incisos b) apartado y d) de la citada normativa.

Que el día 04 de junio de 2015, se solicitó, vía mail, la conformidad para proceder a la adjdicación del renglón 3 de la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 471/2014 a la firmIDEAS TECNOLÓGICAS S.R.L. (oferta 2), quien ostenta el siguiente orden de mérito de dicho renglón en el Dictamen de Evaluación N° 180/2015.

Que la firma IDEAS TECNOLÓGICAS S.R.L. (oferta 2) prestó su conformidad para la adjudicación del renglón 3 de la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 471/2014.

Que, en consecuencia corresponde rescindir, con penalidades, la Orden de CompN° 350/2015, de conformidad con lo previsto en los artículos 122 y 126 inciso b), apartado 1 e inciso d) del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y adjudicar el renglón 3 a la firma IDEATECNOLÓGICAS S.R.L. (oferta 2) de la Contratación Direc ta por Compulsa Abreviada N° 471/201

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Disposición se dicta dentro del Régimen establecido por el DecretN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias

complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Rescíndase en su totalidad la Orden de Compra N° 350/2015, emitida a favde la firma AVOL S.R.L. (oferta 3) en el marco de la Contratación Directa por Compulsa Abrevida N° 471/2014, por la cantidad de treinta (30) fuentes de alimentación para PC correspondienal renglón 3, equivalente a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICINC($ 29.925.-), en los términos de los artículos 122 y 126 incisos b), apartado 1 y d) del Anexo Decreto N° 893/2012 y modificatorios, por las causales expuestas en los Considerandos precdentes.

 ARTÍCULO 2° — Aplícase a la firma citada en el artículo anterior, la penalidad prevista en norma legal ya mencionada, equivalente a la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTY DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.992,50.-).

Page 29: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 29/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 29

 ARTÍCULO 3° — Intímase a l a firma AVOL S.R.L. (oferta 3), con carácter de único aviso, paraque en el plazo improrrogable de diez (10) días hábiles, haga efectiva la penalidad establecida en el

 Artículo 2° de la presente, que asciende a la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTAY DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.992,50.-), bajo apercibimiento de proceder conforme loestablecido en el artículo 129 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

 ARTÍCULO 4° — Autorízase a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en el caso de incum-plimiento de lo previsto en el Artículo precedente, para que por intermedio de sus letrados apode-rados, inicien las acciones judiciales que correspondan, conforme las facultades enumeradas enel artículo 8° del Decreto N° 411/1980 (t.o. Decreto N° 1265/1987).

 ARTÍCULO 5° — Desaféctase la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTI-CINCO ($ 29.925.-), del compromiso tomado a favor de la firma AVOL S.R.L. (oferta 3) en el Expe-diente N° E-77230-2014.

 ARTÍCULO 6° — Adjudícase en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 471/2014,acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 180/2015 y lo expuesto en los Consideran-dos de la presente, a la firma, cantidades, marca y monto consignados en el Anexo que formaparte de la presente, cuyo monto asciende a la suma de PESOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS($ 50.700.-).

 ARTÍCULO 7° — Atiéndase la erogación que asciende a l a suma PESOS CINCUENTA MILSETECIENTOS ($ 50.700.-), conforme surge del Artículo 6° de la presente, con cargo a los créditosespecíficos de este Ministerio para el ejercicio que corresponda.

 ARTÍCULO 8° — Autorízase a la Dirección de Patrimon io y Suministros a emitir l a Orden deCompra correspondientes conforme la adjudicación consignada en el Artículo 6° de la presente.

 ARTÍCULO 9° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nac ional del Re -gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

 ANEXO

EXPEDIENTE E-77230-2014

CONTRATACIÓN DIRECTA POR COMPULSA ABREVIADA N° 471/2014

e. 04/08/2015 N° 132031/15 v. 04/08/2015#F4938006F#

#I4938010I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 5108/2015

Bs. As., 03/07/2015

VISTO el Expediente N° E-43735-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-102278-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 470/2014 llevadaa cabo para la adquisición y colocación de elementos de cartelería, emitiéndose la Orden de Com-pra N° 24/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO JUAN Y EVA LIMITADA.

Que la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL solicita la amplia-ción en un importe del veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 24/2015, acorde lo previstoen el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del

 Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias ycomplementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control delSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 24/2015, emitida a favor de la COOPERATI-VA DE TRABAJO JUAN Y EVA LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 470/2014,en la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL OCHENTA ($ 116.080.-), por las causales expue stasen los Considerandos de la presente.

 ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO DICISÉIS MIL OCHENTA ($ 116.080.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerpara el ejercicio 2015.

 ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTICULO 4° — Regístrese , comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mnisterio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132035/15 v. 04/08/20#F4938010F

#I4938012I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 10974/2015

Bs. As., 07/07/2015

VISTO el Expediente N° E-47125-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/201y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la renovación de un servicio de provisión de combustibles y lubricantes para la flota de automotores de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, por un monto de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-) equivalenal consumo estimado de nueve (9 meses) o hasta agotar el consumo estimado, solicitado por eDepartamento de Servicios Generales, mediante Memo N° 1629/2015.

Que conforme el Decreto N° 1189/2012 las jurisdicciones y entidades del Sector Público Ncional comprendidas en el artículo 8°, inciso a), de la Ley N° 24.156 deberán contratar con YPSociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embacaciones y aeronaves oficiales.

Que, en el marco de la Carta de Adhesión al Programa YPF EN RUTA aprobada oportunamete mediante Resolución SCyMI N° 12306/2013, se emitió la Orden de Compra N° 584/2014 a favde la citada firma por un servicio similar, cuyo monto se encuentra próximo a agotar.

Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado por la Dirección de Patmonio y Suministros, en base a los lineamientos determinados en la Carta de Adhesión citada, que ha sido debidamente conformado por el área requirente.

Que en consecuencia tramita la Contratación Directa N° 256/2015, enmarcada en las previsiones del artículo N° 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012, sus modificatorios y complementarios, lo establecido en el Decreto N° 1189/2012 y la Resolución SCyMI N° 12306/2013.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/200y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios, N° 1189/2012 y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatoriay complementar ias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 112 de fecha 10 de diciembre de 2011 y Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIODE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcancedel artículo N° 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentadpor los artículos Nros. 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012, sus modificatorios y complmentarios y el Decreto N° 1189/2012, tendiente a logra r la prestación de un (1) servicio de provisióde combustibles y lubricantes para la flota de automotores de este MINISTERIO DE DESARROLLSOCIAL, hasta la suma total de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-), previsto panueve (9) meses, o hasta agotar el consumo estimado, solicitado por el Departamento de Servicio

Generales, mediante Memo N° 1629/2015. ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Par ticulares para la contrata

ción autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo I.

 ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Di recta N° 256/2015, conforme las pautas detlladas en el Artículo 1° de la presente.

 ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 256/2015 a la firma YPF SOCIEDA ANÓNIMA, hasta la suma total de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-), acorde aprobado en el Artículo 1° y lo expuesto en los Considerados de la presente.

 ARTÍCULO 5° — Atiéndase la e rogación que asciende a l a suma total de PESOS OCHO MLLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio palos ejercicios que correspondan.

 ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Naciona l del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Montoreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.

Page 30: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 30/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 30

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES / CONVENIO

CLÁUSULAS PARTICULARES:

Vigencia del Servicio: A partir del agotamiento de los fondos correspondientes a la Ordende Compra N° 584/2014 y cumplida la primera acreditación de los fondos en la Cuenta de YPFS.A. hasta agotar el saldo contratado. Dicho monto ha sido estimado para el término de nueve (9)meses.

Monto contratado: Hasta la suma de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-). Con-sumo estimado mensual PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000.-).

Forma de Pago: Pago anticipado. Previa presentación de la documental correspondiente porparte de YPF S.A., se hará un pago inicial por los consumos estimados para un período equiva-lente a tres (3) meses, por la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 2.700.000.-).

El saldo restante será abonado en cuotas mensuales consecutivas por el monto estimadopara el período de un (1) mes, por la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL (900.000.-). La primeradocumental mensual deberá presentarse entre los treinta (30) y los cuarenta y cinco (45) días deiniciado el servicio. Sucesivamente YPF S.A. presentará la documental cada treinta (30) días.

Lugar de presentación de la documentación de pago: Deberá presentarse en el Departamentode Servicios Generales de este MINISTERIO, ubicado en Avda. 9 de Julio 1925 - Piso 21, C.A.B.A, enel horario de 10:00 a 18:00 horas. La presentación de los Resúmenes de Cuenta deberá efectuarseen el Departamento citado, correspondiendo a éste la emisión de informes mensuales de consumo.

Distribución y seguimiento de los consumos: Los funcionar ios del MINISTERIO DE DESARRO-LLO SOCIAL, oportunamente autorizados en la Carta de Adhesión al Programa YPF EN RUTA,podrán efectuar modificaciones de los montos, límite de consumo de las tarjetas, consultas y dis-tribución de créditos disponibles, solicitudes de emisión o bajas de tarjetas y trámites pertinentespara adecuar el servicio a las necesidades del Ministerio.

Finalización de la Orden de Compra: Ocurrirá con el agotamiento del monto contratado. Cuan-do ello ocurra YPF S.A. remitirá un resumen de cuenta de cierre, el cual deberá coincidir con elmonto total de los anticipos erogados por el Ministerio.

Si quedara un saldo sin ejecución, que resultara insuficiente para una carga de combustible,el Ministerio podrá requerir su reintegro a través de los medios que se habiliten para tal fin, o bienaplicarse a la renovación del monto contratado.

e. 04/08/2015 N° 132037/15 v. 04/08/2015#F4938012F#

#I4938013I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 131/2015

Bs. As., 06/05/2015

VISTO el Expediente N° E-28618-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios; y

CONSIDERANDO:Que por Expediente N° E-87334-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 475/2014 llevada a

cabo para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la colocaciónde techos, pinturas y fachadas, en el edificio ubicado en la calle Huergo 131, de la Ciudad Autóno-ma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 175/2015, a favor de la COOPERATIVADE TRABAJO L A FRAGATA LIMITADA.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita la ampliación en un importe menor altreinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden deCompra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 175/2015, acorde lo previstoen el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del

 Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012

y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatoriay complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 175/2015, emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO LA FRAGATA LIMITADA, correspondiente a la Contratación Direc

N° 475/2014, en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DIECSIETE ($ 357.517.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

 ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS TRESCIETOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DIECISIETE ($ 357.517.-), con cargo a los créditos dpresupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

 ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTICULO 4° — Regístrese , comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitorey Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132038/15 v. 04/08/20#F4938013F

#I4938002I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 165/2015

Bs. As., 29/05/2015

VISTO el Expediente N° E-1777-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAel Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 21/2015, autorizada por Disposición SSCMyL N° 33 de fecha 13 de Febrero de 2015, enmarcada en los alcancede los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatoriostendiente a lograr la contratación de UN (1) servicio de alquiler de autoelevadores para el depósitubicado en la intersección de las calles Independiencia y Costelo, de la Ciudad de Tafi Viejo, Provincia de Tucumán perteneciente a este Ministerio, a fin de optimizar el funcionamiento y la clasificación de la mercadería, por el término de DOCE (12) meses con opción a prórroga por un periodsimilar al originalmente contratado a criterio de este Ministerio; solicitado por la Coordinación dMonitoreo de Depósitos.

Que conforme el acta de apertura de fecha 03 de Marzo de 2015, en la Licitación PúblicN° 21/2015, se presentó la siguiente firma: CARBONE AUTOELEVADORES S.A. (oferta 1).

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminres y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de EvaluacióN° 235/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha notificado el Dictamen de Evaluación N° 235/2015 y se ha remitido a los fines de sdifusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el BoletOficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidopor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 0de Septiembre de 2014.

Que no se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 235/2015.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Disposición se dicta dentro del Régimen establecido por el DecretN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos Nro893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modficatorias y complementarios, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas dControl del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatoriolos Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDN° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Pública N° 21/2015, autor izada por DisposicióSSCMyL N° 33 de fecha 13 de Febrero de 2015, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 2y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículo15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la contrtación de UN (1) servicio de alquiler de autoelevadores para el depósito ubicado en la interseccióde las calles Independiencia y Costelo, de la Ciudad de Tafi Viejo, Provincia de Tucumán perteneciente a este Ministerio, a fin de optimizar el funcionamiento y la clasificación de la mercaderpor el termino de DOCE (12) meses con opción a prórroga por un período similar al originalmentcontratado a criterio de este Ministerio; solicitado por la Coordinación de Monitoreo de Depósito

Page 31: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 31/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 31

 ARTÍCULO 2° — Adjudícase en la Licitación Pública N° 21/2015, acorde lo expuesto en elDictamen de Evaluación N° 235/2015, a la firma, renglón, cantidad, marcas y montos consignadosen el Anexo que forma parte de la presente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS CUA-TROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-).

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la Orden deCompra correspondiente conforme la adjudicación consignada en el Anexo que integra la presente.

 ARTÍCULO 4° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOSCINCUENTA MIL ($450.000.-), con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para elejercicio 2015.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreoy Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

 ANEXO

EXPEDIENTE N° E-1777-2015

LICITACIÓN PÚBLICA N° 21/2015

e. 04/08/2015 N° 132027/15 v. 04/08/2015#F4938002F#

#I4938001I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 174/2015

Bs. As., 08/06/2015

VISTO el Expediente N° E-106531-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decre to N° 893/2012

y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector socialpara la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la demolición,desmonte, nivelación y compactación de terreno; tratamiento de fachadas, albañilería de ladrillohueco del edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enuso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota defecha 18 de Marzo de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para larealización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO SOLES NUEVOS LIMITADA,cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fueaprobada por Resolución SCyMI N° 4485 de fecha 16 de Mayo de 2014.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIODE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizadasegún Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obran Informes N° 1065/2015 y N° 1186/2015, de fechas 07 y 14 de Abril respectivamen-

te, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LANACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expedientese tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2422/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el montoestimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mer-cado.

Que, con fecha 11 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado porla COOPERATIVA DE TRABAJO SOLES NUEVOS LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen deEvaluación N° 247/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 247/2015 a los fines de su difusión en el sitiode internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidospor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-

ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 0de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones Dictamen de Evaluación N° 247/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 177/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decre

N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación suple toria de los Decretos N° 893/201y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcancedel artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentadpor los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograla contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enserenecesarios para la demolición, desmonte, nivelación y compactación de terreno; tratamiento dfachadas, albañilería de ladrillo hueco del edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciuda

 Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servcios Generales.

 ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Par ticulares, e laborado por Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de ServicioGenerales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente com

 Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generaleaprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓ

 ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

 ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 177/2015, conforme las pautas detalldas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

 ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 177/2015 al efector social COOPRATIVA DE TRABAJO SOLES NUEVOS LIMITADA, para la realización del servicio detallado en

 Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN NOVENTA Y UN MIL DIECISIETCON TRECE CENTAVOS ($ 1.091.017,13.-).

 ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a l a suma total de PESOS UN MILLÓNOVENTA Y UN MIL DIECISIETE CON TRECE CENTAVOS ($ 1.091.017,13.-),con cargo a los crédtos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

 ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Naciona l del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitorey Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BOR—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/08/2015 N° 132026/15 v. 04/08/20#F4938001F

#I4938007I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 189/2015

Bs. As., 17/06/2015

VISTO el Expediente N° E-16473-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAy los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector socipara provisión de materiales, realización de tareas, y enseres necesarios para la ejecución dsolado de la vereda, para el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma dBuenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generalesmediante Nota de fecha 19 de Marzo de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO AZUL LIMITADA, cuyinscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprbada por Resolución SCyMI N° 4492 de fecha 16 de Mayo de 2014.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIDE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizadsegún Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Page 32: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 32/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 32

Que obran Informes N° 1086/2015 y N° 1187/2015, de fechas 08 de Abril de 2015 y 17 de Abrilde 2015 respectivamente, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICA-TURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicioque por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2437/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el montoestimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Que, con fecha 19 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado porla COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO A ZUL LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de

Evaluación N° 275/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 275/2015 a los fines de su difusión en el sitio

de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidospor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones alDictamen de Evaluación N° 275/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Direc ta N° 200/2015, enmar-cada en las previsiones del ar tículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificato-rios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias ycomplementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control delSector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase a efec tuar una Contratación Direc ta enmarcada en los alcancesdel artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentadopor los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograrla contratación de un efector social para provisión de materiales, realización de tareas, y enseresnecesarios para la ejecución del solado de la vereda, para el edificio ubicado en la calle RoldánN° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por elDepartamento de Servicios Generales.

 ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por laDirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de ServiciosGenerales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como

 Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generalesaprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN

 ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

 ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Di recta N° 200/2015, conforme las pautas deta-lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

 ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 200/2015 al efector social COO-PERATIVA DE TRABAJO BARRIO AZUL LIMITADA, para la realización del servicio detallado enel Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILSETECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 745.745.-).

 ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SETECIEN-TOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 745.745.-), con cargo a loscréditos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

 ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese , publíquese, dese a la Dirección Nac ional del Re -gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo

y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/08/2015 N° 132032/15 v. 04/08/2015#F4938007F#

#I4938015I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 203/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expedien te N° E-17667-2015 del registro de l MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALy los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para adquisición de juguetes, que serán entregados a niños en situación de vulnerabilidad socioeconómicen distintos eventos a realizarse en el transcurso del corriente año, solicitados por la SUBSECRETARÍDE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL, mediante Nota de fecha 12 de Marzo de 2015

Que, asimismo, la Subsecretaría citada en el Considerando anterior, propone para la realizción de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO GÉNOVA LIMITADA, cuya inscrición en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada poResolución SCyMI N° 10810 de fecha 06 de Septiembre de 2012.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIDE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizadsegún Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que mediante Informe N° 1379/2015 de fecha 28 de Abril de 2015, la Dirección de PatrimonioSuministros, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado precedentemente, solicitó se informe el Valor Indicativo de Mercado para la adquisición de pelotas de fútbol N°

Que obra Nota N° 2766/2015 - SCyMI - O.T. N° 655/2015 de la SINDICATURA GENERAL DE LNACION de fecha 11 de Mayo de 2015, informando el Valor Indicativo de Mercado en concordancal punto II.b. del Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primerinciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.

Que, con fecha 28 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado pla COOPERATIVA DE TRABAJO GÉNOVA LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen dEvaluación N° 295/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 295/2015 a los fines de su difusión en el sitde internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículo56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidopor la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 0de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones Dictamen de Evaluación N° 295/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 222/2015, enmacada en las previsiones del ar tículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatrios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación suple toria de los Decretos N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas y modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances dartículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por loartículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contrtación de un efector social para la adquisición de juguetes, que serán entregados a niños en situación de vulnerabilidad socioeconómica en distintos eventos a realizarse en el transcurso del corriente año, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL

 ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Par ticulares, elaborado por Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL, para la contratación autorizada en el Artículo prcedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Únicde Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional dContrataciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DGABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTRO

 ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contra tación Directa N° 222/2015, conforme las pautas det

lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente. ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 222/2015 al efector social COOPER

TIVA DE TRABAJO GÉNOVA LIMITADA para la adquisición de seis mil quinientas (6.500) pelotas dfútbol N° 5, hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 682.500.

 ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SEISCIETOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 682.500.-), con cargo a los créditos del presupuestde este Ministerio para el ejercicio 2015.

 ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Naciona l del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitorey Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BOR—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/08/2015 N° 132040/15 v. 04/08/20#F4938015F

Page 33: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 33/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 33#I4938003I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 210/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° E-43740-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-7223-2013 se tramitó la Licitación Pública N° 28/2013 llevada a

cabo para la contratación de un servicio de arrendamiento de galpón con destino a depósito demercaderías, emitiéndose la Orden de Compra N° 776/2013, a favor de la firma ARGENITA S.A.,por un período de dos (2) años, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un períodode un (1) año.

Que la Coordinación de Monitoreo de Depósitos solicita prorrogar la Orden de Compra aludi-da a partir de su vencimiento, por un período de un (1) año.

Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias ycomplementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control delSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA 

DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Prorrógase a parti r de su vencimiento la Orden de Compra N° 776/2013 emi-tida a favor de la firma ARGENITA S.A., correspondiente a la Licitación Pública N° 28/2013, en lasuma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 984.000.-), por un período de un (1)año, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS NOVECIEN-TOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 984.000.-), con cargo a los créditos del presupuesto de esteMinisterio para los ejercicios que correspondan.

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreoy Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132028/15 v. 04/08/2015#F4938003F#

#I4938008I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 211/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° E-43729-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 ymodificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-1528-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 68/2015, llevada acabo para la adquisición de carteles tipo tótem, emitiéndose la Orden de Compra N° 266/2015 afavor de la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA.

Que la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL solicita la amplia-ción en un importe del veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 266/2015, acorde lo previstoen el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias ycomplementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control delSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 266/2015, emitida a favor de la COO-PERATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA, correspondiente a la Contratación Di-

recta N° 68/2015, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENT($ 140.980.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

 ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTCUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 140.980.-), con cargo a los c réditos del presupuesde este Ministerio para el ejercicio 2015.

 ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTICULO 4° — Regístrese , comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitorey Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132033/15 v. 04/08/20

#F4938008F

#I4938009I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 243/2015

Bs. As., 07/07/2015

VISTO el Expediente N° E-47155-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-28301-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 210/2014 llevada cabo para la contratación de un servicio de mantenimiento, limpieza, extracción de residuos cortes de césped en nuevas áreas a habilitar al uso público para el Centro Recreativo Nacion(CE.RE.NA.), Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 800/2014, favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO OSCAR CELENTANO LIMITADA, por un período de se

(6) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originamente contratado.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita prorrogar la Orden de Compra aludidapartir de su vencimiento, por un periodo de seis (6) meses.

Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedent

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Prorrógase a parti r de su vencimiento la Orden de Compra N° 800/2014 emtida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO OSCAR CELENTANO LIMITADA, correspondiena la Contratación Directa N° 210/2014, en la suma de PESOS UN MILLON SESENTA Y CUATRMIL CIENTO SESENTA Y SEIS ($ 1.064.166.-), por un período de seis (6) meses, por los motivoexpuestos en los Considerandos de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogac ión total que asciende a la suma de PESOS UN MILLOSESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS ($ 1.064.166.-), con cargo a los créditos dpresupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitorey Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 04/08/2015 N° 132034/15 v. 04/08/20#F4938009F

#I4937453I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2257/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO, los Expedientes N° 4469/2015/INCAA, 4468/2015/INCAA, 4607/2015/INCAA y el Programa de Fomento a la Producción y Teledifusión del Documental Iberoamericano - DOCTV Latnoamérica V y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Programa DOCTV Latinoamérica tiene como objetivo generar el estímual intercambio cultural y económico entre los pueblos latinoamericanos, la implementación dpolíticas públicas integradas de fomento a la producción y teledifusión de documentales en lopaíses de la región y la difusión de la producción cultural de los pueblos latinoamericanos en mercado mundial.

Que el capítulo IX, inciso 1 del Reglamento del Concurso llamado “De la Selección”, prevque la Comisión Selectora estará formada por 4 (CUATRO) miembros designados por el Institut

Page 34: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 34/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 34

Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, con la conformidad del Canal Encuentro y 1 (UNO) por laFundación del Nuevo Cine Latinoamericano.

Que la Fundación Nuevo Cine Latinoamericano ha propuesto a Osvaldo Daicich para integrarel Jurado.

Que se han ponderado debidamente las cualidades personales y profesionales de las per-sonas propuestas para integrar la Comisión de Selección, habiéndose logrado los acuerdos ins-titucionales requeridos, incluido el de contar con un representante de la Fundación Nuevo CineLatinoamericano.

Que se debe dictar resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Desígnese a Osvaldo Daicich (DNI 24.271.495), Karina Castellano (DNI20.410.839), Dolly Pussi (DNI 3.691.159), Miguel Rodríguez Arias (DNI 4.514.423) y Gustavo Sal-vador Fontan (DNI 14.326.129) como jurados del Concurso DOCTV Latinoamérica Quinta Edición,para la selección del proyecto Documental Argentino que integrara la cartera del DOCTV V.

 ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dese a la D irección Nacional de Re-gistro Oficial y oportunamente, archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacionalde Cine y Artes Audiovisuales.

e. 04/08/2015 N° 131765/15 v. 04/08/2015#F4937453F#

#I4937454I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2258/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Decreto N° 756/93, la Resolución 609/2015-INCAA y el Expediente 7482/2015 delRegistro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el VISTO se estableció la facultad de instituir distintos premiosen beneficio de los locatarios y compradores de videogramas en el video-club y los adquirientesde los Boletos Oficiales Cinematográficos.

Que los premios consisten, según la resolución 609/2015/INCAA, en veintidós (22) premios dePESOS UN MIL ($ 1.000) libre de impuestos, entre los adquirientes de Boletos Oficiales Cinemato-gráficos resultante del sorteo correspondiente del mes de Abril y Mayo del año 2015.

Que el sorteo referido en la resolución citada en el VISTO fue realizado el 29 de Junio del año2015 a las 20.00 horas en Hoyts Dot Baires, sito en la calle Melian 4880 Capital Federal, protocoli-zado por la Escribana Mazzitelli Valeria M.N. nro. 5054.

Que en el acta confeccionada por la Escribana Mazzitelli Valeria constan los nombres y docu-mentos de los ganadores.

Que los ganadores resultaron ser 1° Marta Aurelia Garibaldi DNI 5.725.034, 2° Andrea DanielaRoñoni DNI 23.393.729, 3° Roldan Lautaro Valentino DNI 49.750.658, 4° Claudia Estela Linari DNI14.467.305, 5° Susana Maiz DNI 4.756.680, 6° Paula García Cherep DNI 34.563.216, 7° Liliana EvaDabbe DNI 6.710.407, 8° Del Rivero Carolina DNI 28.030.400, 9° Verónica N. Saraza DNI 22.283.124,10° Marta Abecasis DNI 6.520.282, 11° Mirta Marcel DNI 11.451.986, 12° María Inés Rosa CorvalanDNI 0956.104, 13° Aida Delia Zurru DNI 10.687.200, 14° Ana María Splett DNI 4.571.624, 15° MaríaG. Domínguez DNI 5.300.935, 16° Hebe Longo DNI 16.937.290, 17° Juan Kwist DNI 4.871.036,18° Claudia Chiavon DNI 13.404.071, 19° Marta Detlefsen DNI 6.387.170, 20° Cecilia Sequeira DNI23.041.259, 21° Ana María Pezzini DNI 11.037.398, 22° Fernando Mariano Peidro DNI 25.705.656.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención de su competencia.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias(t.o. Decreto N° 1248/01).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárese ganadores del p remio de PESOS MIL ($1000) libre de impuestos,correspondiente a los meses de Abril, Mayo del año 2015, a los siguientes acreedores que figuranen el anexo I de la presente Resolución.

 ARTÍCULO 2° — Liquídese y abónese a favor de los adquirientes de Boletos Oficiales Cine-matográficos que figuran en el anexo I de la presente Resolución, la suma de PESOS MIL ($ 1.000)libre de impuestos.

 ARTÍCULO 3° — Impútese el gasto a la Partida correspondiente del ejercicio Financiero 2015,sujeto a disponibilidad presupuestaria.

 ARTICULO 4° — Publíquense los nombres de los ganadores en la página Web del Instituto.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese, publ íquese, dese a la Di rección Nacional de Registro Oficial yarchívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

 ANEXO I - RESOLUCION N° 2258

e. 04/08/2015 N° 131766/15 v. 04/08/20#F4937454

#I4937472I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2259/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 12994/2014/INCAA, la Resolución N° 89/2015/INCAA, ResolucióN° 1006/2015/INCAA, Resolución N° 1260/2015/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modficatorias, la Ley N° 26.522, Decreto N° 1225/2010, la Resolución N° 1330/2012/INCAA; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 89/2015/INCAA se llamó a Concurso para la producción de UN (1) TLEFILM DOCUMENTAL TEMÁTICO SOBRE LA TRAGEDIA DEL PUEBLO ARGENTINO VIVIDA EEL AÑO 1955 para ser exhibido por INCAA TV, TV PUBLICA y CANAL ENCUENTRO.

Que la finalidad del concurso es que estas realizaciones aporten al acervo de la identidanacional, provincial y regional.

Que por Resolución N° 1006/2015/INCAA se designó al jurado para la selección del ganadodel mencionado llamado a Concurso.

Que la mencionada selección se hizo dentro de lo dispuesto en el propio Llamado a Concurspor Resolución N° 89/2015/INCAA.

Que por Resolución N° 1260/2015/INCAA se nombra ganador del mencionado concurso Telefilm Documental “Bautismo de fuego” de NOSLOS SRL.

Que las bases del mencionado concurso establecen que la Presidenta del Instituto Nacionde Cine y Artes Audiovisuales designará al TUTOR para el proyecto ganador, el que tendrá itervención en carácter de asesor técnico y artístico, certificando mediante informes escritos ladiferentes etapas de producción del TELEFILM, los cuales deberá remitir al INCAA.

Que para dar cumplimiento a lo mencionado en el párrafo anterior, es necesario la designaciódel siguiente tutor: Habegger, Andrés D.N.I. 20.694.957.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la la Ley N° 17.741 (t1248/01) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, Decreto N° 1225/2010, la Resolución N° 1330/201INCAA.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Desígnese como TUTOR del CONCURSO TELEFILM DOCUMENTAL TEMÁTICO SOBRE LA TRAGEDIA VIVIDA POR EL PUEBLO ARGENTINO EN EL AÑO 1955 para Televsión Digital, llamado por Resolución N° 89/2015/INCAA al Señor:

1. Habegger, Andrés D.N.I. 20.694.957, para el proyecto “Baustismo de Fuego”.

 ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publ íquese, dese a la Di rección Nacional de Rgistro Oficial y, oportunamente, arch ívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nac ionde Cine y Artes Audiovisuales.

e. 04/08/2015 N° 131770/15 v. 04/08/20#F4937472F

Page 35: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 35/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 35#I4937475I#

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2260/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 10555/2015/INCAA, la Resolución N° 90/2015/INCAA, ResoluciónN° 1005/2015/INCAA, Resolución N° 1259/2015/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modifi-catorias, la Ley N° 26.522, Decreto N° 1225/2010, la Resolución N° 1330/2012/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 90/2015/INCAA se llamó a Concurso para la producción de UN (1)TELEFILM DOCUMENTAL TEMÁTICO SOBRE LA VIDA Y OBRA DE LEOPOLDO MARECHAL para

ser exhibido por INCAA TV, TV PUBLICA y CANAL ENCUENTRO.Que la finalidad del concurso es que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad

nacional, provincial y regional.

Que por Resolución N° 1005/2015/INCAA se designó al jurado para la selección del ganadordel mencionado llamado a Concurso.

Que la mencionada selección se hizo dentro de lo dispuesto en el propio Llamado a Concursopor Resolución N° 90/2015/INCAA.

Que por Resolución N° 1259/2015/INCAA se nombra ganador del mencionado concurso alTelefilm Documental “AdánBuenosayres, la Película” de TRESMILMUNDOS CINE.

Que las bases del mencionado concurso establecen que la Presidenta del Instituto Nacionalde Cine y Artes Audiovisuales designará al TUTOR para el proyecto ganador, el que tendrá in-tervención en carácter de asesor técnico y artístico, certificando mediante informes escritos lasdiferentes etapas de producción del TELEFILM, los cuales deberá remitir al INCAA.

Que para dar cumplimiento a lo mencionado en el párrafo anterior, es necesario la designacióndel siguiente tutor: Martinez, Blas Eloy D.N.I. 22.784.243.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades confe ridas por la la Ley N° 17.741 (t.o.1248/01) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, Decreto N° 1225/2010, la Resolución N° 1330/2012/ INCAA.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Desígnese como TUTOR del CONCURSO DOCUMENTAL TEMÁTICO SO-BRE LA VIDA Y OBRA DE LEOPOLDO MARECHAL para Televisión Digital, llamado por ResoluciónN° 90/2015/INCAA al Señor:

1. Martinez, Blas Eloy D.N.I. 22.784.243, para el proyecto “AdánBuenosayres, la película”.

 ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Di rección Nacional de Re-gistro Oficial y, oportunamente, archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacionalde Cine y Artes Audiovisuales.

e. 04/08/2015 N° 131773/15 v. 04/08/2015#F4937475F#

#I4937476I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2261/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 49/2015/INCAA, la Resolución N° 88/2015/INCAA, ResoluciónN° 1007/2015/INCAA, Resolución N° 1261/2015/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modifi-catorias, la Ley N° 26.522, Decreto N° 1225/2010, la Resolución N° 1330/2012/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 88/2015/INCAA se llamó a Concurso para la producción de UN (1) TE-LEFILM DOCUMENTAL TEMÁTICO SOBRE LA EPOPEYA PROTAGONIZADA POR EL PUEBLO AR-GENTINO EN EL AÑO 1945 para ser exhibido por INCAA TV, TV PUBLICA y CANAL ENCUENTRO.

Que la finalidad del concurso es que estas realizaciones aporten al acervo de la identidadnacional, provincial y regional.

Que por Resolución N° 1007/2015/INCAA se designó al jurado para la selección del ganadordel mencionado llamado a Concurso.

Que la mencionada selección se hizo dentro de lo dispuesto en el propio Llamado a Concursopor Resolución N° 88/2015/INCAA.

Que por Resolución N° 1261/2015/INCAA se nombra ganador del mencionado concurso alTelefilm Documental “17 de Octubre, Cita con Perón” de FUNDACIÓN OCTUBRE DE TRABAJA-DORES DE EDIFICIOS.

Que las bases del mencionado concurso establecen que la Presidenta del Instituto Nacionalde Cine y Artes Audiovisuales designará al TUTOR para el proyecto ganador, el que tendrá in-tervención en carácter de asesor técnico y artístico, certificando mediante informes escritos lasdiferentes etapas de producción del TELEFILM, los cuales deberá remitir al INCAA.

Que para dar cumplimiento a lo mencionado en el párrafo anterior, es necesario la designacióndel siguiente tutor: Jure, Cristian D.N.I. 21.74.763.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la la Ley N° 17.741 (t.o.1248/01) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, Decreto N° 1225/2010, la Resolución N° 1330/2012/INCAA.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Desígnese como TUTOR del CONCURSO TELEFILM DOCUMENTAL TEMÁTICO SOBRE LA EPOPEYA PROTAGONIZADA POR EL PUEBLO ARGENTINO EN EL AÑO 194para Televisión Digital, llamado por Resolución N° 88/2015/INCAA al Señor:

1. Jure, Cristian D.N.I. 21.774.763, para el proyecto “17 de Octubre, Cita con Perón “.

 ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, pub líquese, dese a la Di rección Nacional de Rgistro Oficial y, oportunamente, arch ívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nac ionde Cine y Artes Audiovisuales.

e. 04/08/2015 N° 131774/15 v. 04/08/20#F4937476F

#I4937489I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2281/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el artículo 43° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, el ExpedientN° 8766/2014/INCAA, la Resolución N° 915/2015/INCAA y;

CONSIDERANDO:

Visto el convenio de producción de la película documental “20 AÑOS BREVES” Aprobado pResolución N° 915/2015/INCAA (fs. 29/37), de la cual el INCAA es el productor y Bebe Kamin realizador.

Teniendo en cuenta la actualización presupuestaria presentada por el realizador (fs. 54/6que la misma es un 17,49% superior al presupuesto inicial en un lapso de 9 meses y que dich

presupuesto económico actualizado fue aprobado por disposición N° 105/2015 de la Gerencia dFomento (fs. 62/63).

Visto la nota presentada por el realizador obrante a fs. 54 donde informa que es de concimiento público que se han producido una serie de incrementos en los costos de los factores quparticipan en la realización del documental (personal técnico, equipamiento, gastos de produción, etc.) lo que conduce a limitar sensiblemente los resultados en el proceso de realización ddocumental y donde solicita un incremento en el presupuesto de producción del documental palograr en ese modo enfrentar el desafío que significa la realización de un producto cinematográficque represente una parte fundamental en la historia del cine nacional.

Teniendo en cuenta el informe detallado de la Gerencia de Fomento obrante a fs. 64 dondse considera que el monto del presupuesto actualizado es razonable puesto que el presupuesinicial de septiembre del 2014 aumenta un 17,49% a junio del 2015, por lo que considera atendibincrementar el aporte total del INCAA para la realización del documental de referencia en dichporcentaje pasando el mismo de $ 656.475 a $ 771.358,12, modificando la cláusula cuarta del covenio de producción en tal sentido.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento han tomado intervención respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus mod

ficatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Modifíquese la cláusula cuarta del Anexo II de la Resolución 915/2015INCAque quedará redactado de la siguiente manera:

“CUARTA: El aporte total del INSTITUTO para la realización del cortometraje documental serde PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON DOCCENTAVOS ($ 771.358,12.-), que debe aplicarse en su totalidad a la producción de la película. Dcho aporte se efectivizará de acuerdo a lo establecido en la cláusula siguiente”.

 ARTICULO 2° — Regístrese, comuníque se a la Gerencia de Fomento y a la Gerencia de Admnistración, publíquese y dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — LUCRECICARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 04/08/2015 N° 131787/15 v. 04/08/20#F4937489F

#I4937582I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2302/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO, el Expediente N° 5488/2015/INCAA y lo dispuesto por el artículo 3° inciso a) y 24° incso n) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo la organzación y desarrollo de la trigésima edición del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata, la cuse llevará a cabo en la Ciudad mencionada entre el 30 de Octubre y el 07 de Noviembre de 2015.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3° inciso a) de la Ley 17.74(T.O.) y sus modificatorias, se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tant

Page 36: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 36/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 36

el artículo 24 inciso n) de las normas citadas faculta a aplicar sumas del Fondo de Fomento Ci-nematográfico al cumplimiento de las actividades que, en cumplimiento de la Ley aludida debenejecutarse a fin de desarrollar la cinematografía y las artes audiovisuales argentinas.

Que entre las medidas de fomento cinematográfico, se considera la importancia de impulsarnuevos realizadores en el ámbito de la producción audiovisual nacional.

Que a tales fines se considera conducente convocar a realizadores argentinos para integrar laprogramación de la trigésima edición del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata recibiendomaterial audiovisual de producción local, en cualquier formato, soporte y duración debiendo serinédito en Argentina y con fecha de producción posterior a noviembre de 2014.

Que la convocatoria se abrirá para películas nacionales e internacionales; de largo, medio ycortometraje; películas de ficción, documentales y experimentales.

Que la convocatoria de películas se publicará en la página Web del Festival Internacional deCine de Mar del Plata y el cierre de inscripción será el 31 de Julio del corriente año.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y el Decreto N° 50/2014.

Por ello:

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIVISUALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Apruébese la convocatoria a realizadores argentinos y extranjeros para integrarla programación del 30° Festival Internacional de Cine de Mar del Plata, la que se abrirá a partir deldía siguiente de la publicación en Boletín Oficial de la presente norma hasta el 31 de Julio de 2015.

 ARTICULO 2° — Apruébese el Reglamento General de la convocatoria enunciada en el Artícu-lo 1°, que como anexo I forman parte de la presente Resolución.

 ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nac ional del Re-gistro Oficial y oportunamente archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacionalde Cine y Artes Audiovisuales.

 ANEXO I

REGLAMENTO GENERAL DE CONVOCATORIA AL 30° FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINEDE MAR DEL PLATA 

30 de octubre al 7 de noviembre de 2015

 ARTÍCULO 1°

El INCAA, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, organiza el 30° Festival Internacionalde Cine de Mar del Plata, acreditado por la Fédération International des Associations des Producteursde Films (FIAPF). El objetivo a cumplir por parte del Festival en su carácter internacional es presentaruna sustancial y enriquecida cantidad de filmes extranjeros de largometraje acompañados por suscorrespondientes representantes, y de esta forma contribuir con el desarrollo de la cultura, con elprogreso de la industria cinematográfica mundial y con su difusión en América Latina. Por otra partese propone ser la base de lanzamiento de la industria cinematográfica local y fomentar su desarrollo.

 ARTÍCULO 2°

La 30° edición del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata se llevará a cabo entre 30

de octubre al 7 de noviembre de 2015 e incluirá la Competencia Internacional de largometrajes,la Competencia Latinoamericana de largometrajes y cortometrajes, la Competencia Argentina delargometrajes y cortometrajes, y el Work In Progress para producciones argentinas; además dedistintas secciones paralelas.

 ARTÍCULO 3°

La inscripción al Festival es gratuita y está abierta para películas nacionales e internacionales;de largo, medio y cortometraje; películas de ficción, documentales y experimentales. Las produc-ciones deben haber sido terminadas después del 1° de noviembre de 2014.

 ARTÍCULO 4°

Para presentar un film a la selección del Festival es necesario completar los pasos detalladosa continuación:

a) Completar Ficha de Inscripción Online

b) Enviar un link de descarga (cuyo tamaño no supere los 2GB), o un DVD a la siguiente direc-ción: Av. Belgrano 1586 - Piso 9 - (CP 1093) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina

Tel. (54 11) 4383 5115 - Fax (54 11) 4383-5115, Int. 101

Correo electrónico: [email protected]

c) Los gastos de envío, exportación e importación de los videos y copias para su selección yparticipación están a cargo de sus dueños.

d) Los DVDs que se envían al Festival para postular a ser seleccionados no serán devueltos yserán destruidos al concluir la edición del Festival, de acuerdo a normativa de la FIAPF.

La inscripción cierra el 31 de julio. El material deberá ser presentado personalmente en el ho-rario de 10 a 19 hs o enviado por correo a las oficinas del Festival Internacional de Cine de Mar delPlata sitas en Av. Belgrano 1586 - Piso 9 - (CP 1093) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 ARTÍCULO 5°

El Comité de Selección recomendará al Presidente del Festival filmes de corto y largometraje,que respondan a los objetivos del evento mencionado en el Artículo 1° y que, a entender de susintegrantes, posean los méritos artísticos necesarios para conformar una programación que seasuficientemente representativa de lo mejor que se produce en el mundo. Se evaluarán la origina-lidad, la propuesta expresiva, la eficacia narrativa, la capacidad poética, además de los requeri-mientos formales que el Festival debe cumplir como miembro de la Fédération International des

 Associations des Producteurs de Films (FIAPF).

 ARTÍCULO 6°

Competencia Internacional

Participan películas nacionales e internacionales de largometraje, documentales y de ficciópresentando obligatoriamente subtítulos en inglés. Deben haber sido terminadas después de noviembre de 2014 y no haber tenido exhibición pública en Argentina. Los filmes que hayan competido en festivales fuera de Argentina, anteriores a la fecha de selección para su presentación Mar del Plata, no están invalidados para integrar la Competencia Internacional. Se otorgarán losiguientes premios: al mejor largometraje, al mejor director, a la mejor actriz, al mejor actor y mejor guión. El Jurado otorgará eventualmente el Premio Especial del Jurado y hasta dos menciones especiales, debiendo indicar la motivación que los hace merecedores de los mismos. Podrotorgarse un solo premio ex-aequo, excepto para mejor película. Ningún film podrá recibir más ddos premios, así como ningún premio podrá ser declarado desierto.

 ARTÍCULO 7°

Competencia Latinoamericana de largometrajes

Las películas presentadas al Comité de Selección para participar en la Competencia Latinomericana, deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Haber sido terminadas después de noviembre de 2014.

b) Ser estreno en el territorio de la República Argentina y no haber tenido exhibición públicen nuestro país.

c) No podrán ser exhibidas en otro ámbito que en el marco del Festival, hasta la finalizaciódel mismo.

d) Las copias a proyectarse deben tener obligatoriamente subtítulos en inglés. Un jurado otogará el premio a la mejor película de la Competencia Latinoamericana.

 ARTÍCULO 8°

Competencia Argentina de largometrajes

Las películas presentadas al Comité de Selección para participar en la Competencia Argentna, deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Participan películas de producción argentina. Films de ficción, documentales y experimentales, terminados con posterioridad al mes de noviembre de 2014.

b) Ser estreno en el territorio de la República Argentina y no haber tenido exhibición públicen nuestro país.

c) No podrán ser exhibidas en otro ámbito que en el marco del Festival, hasta la finalizaciódel mismo.

d) Las copias a proyectarse deben tener obligatoriamente subtítulos en inglés.

Un jurado otorgará dos premios, a la Mejor Película y al Mejor Director.

Mejor Película: consiste en la entrega del Premio Estímulo que consta de $ 200.000 para campaña de lanzamiento.

Mejor director: recibirá la suma de $ 100.000. Ambos serán entregados por el INCAA 

 ARTÍCULO 9°

Competencia Argentina de cortometrajes

Participan películas de producción argentina, terminadas con posterioridad al mes de noviembre de 2014. Films de ficción, documental, experimental. La duración de las películas (Incluyendtítulos de créditos) no debe sobrepasar los 15’. Las copias a proyectarse deben obligatoriamentener subtítulos en inglés. Deben ser estreno en el territorio de la República Argentina y no habetenido exhibición pública en nuestro país.

Un jurado otorgará dos premios, al Mejor Corto y al Mejor Director. Mejor director: recibirá suma de $ 30.000 otorgado por el INCAA. Mejor Corto: Premio INCAA TV - Adquisición para emisió

 ARTÍCULO 10°

Competencia Latinoamericana de cor tometrajes

Participan películas de producción latinoamericana, terminadas con posterioridad al mes dnoviembre de 2014. Documental, ficción, experimental. La duración de las películas (Incluyendtítulos de créditos) no debe sobrepasar los 15’. Deben ser estreno en el territorio de la Repúblic

 Argentina y no haber tenido exhibición pública en nuestro país. Las copias a proyectarse debeobligatoriamente tener subtítulos en inglés. Un jurado otorgará el premio al mejor cortometraje dla Competencia Latinoamericana.

 ARTÍCULO 11°

Work In Progress

Pueden participar del Work In Progress, proyectos de largometraje de producción argentinSe encuentra abierto a películas de ficción, documentales y experimentales. Para inscribirse enecesario enviar una edición en DVD (sin límite de duración), teniendo en cuenta que si el trabajquedase seleccionado, la duración del fragmento a exhibir durante el festival no puede superar lo7 (siete) minutos. Junto al DVD, presentar una carpeta con los siguientes datos:

a) Título del proyecto

b) Nombre y apellido del director

c) Nombre y apellido del productor

d) Datos de contacto del proyecto (teléfono, mail)

e) Información técnica (género, duración, formato de rodaje)

f) Sinopsis (máximo 1 página)

Page 37: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 37/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 37

g) Tratamiento (entre 8 y 10 páginas). El guión no reemplaza al tratamiento y sólo debe serenviado en caso de ser solicitado

h) Carta de intención del director sobre su proyecto

i) Biofilmografía del director y del productor

 j) Estado de producción del proyecto

k) Una copia del dossier en versión electrónica, grabada en CD

No podrán participar del Work In Progress aquellos proyectos que estén vinculados con algúnmiembro de la organización o del Comité de Selección. Un comité integrado por programadoresdel Festival, seleccionará los proyectos participantes. Un jurado otorgará el premio al mejor pro-yecto participante que consta en $ 50.000 que serán entregados por el INCAA.

 ARTÍCULO 12°

Si una película resulta seleccionada, el Festival notificará al aspirante (director, productor, dis-tribuidor o agente de ventas), y este deberá remitir los materiales que se le solicitan en la Ficha deInscripción a la brevedad. Estos materiales se utilizarán para el Catálogo, la Página Web, prensa,publicidad y difusión dentro del marco del Festival.

 ARTÍCULO 13°

Una vez programada una película, no podrá ser retirada del Festival.

 ARTÍCULO 14°

Los filmes programados —en cualquiera de las Secciones— no podrán ser estrenados comer-cialmente en el país hasta finalizado el Festival. Tampoco podrán ser exhibidas públicamente enotro ámbito que no sea el del marco del Festival, hasta la finalización del mismo.

 ARTÍCULO 15°

Cada film podrá tener hasta cinco (5) proyecciones durante el Festival, incluyendo una adicio-nal para la prensa, en caso de que así lo decida el Presidente del Festival a requerimiento de los

críticos especializados.

 ARTÍCULO 16°

Los filmes se presentarán en el idioma del país de origen, con subtítulos electrónicos en espa-ñol. Sólo el Presidente del Festival podrá decidir acerca de la presentación fuera de estas normas.

 ARTÍCULO 17°

Todos los filmes incluidos en las Competencias recibirán un Certificado de Participación.

 ARTÍCULO 18°

El Presidente del Festival elegirá al presidente del Jurado y a sus integrantes. Sólo una terceraparte del Jurado podrá ser de nacionalidad argentina. El Presidente del Festival o su representantepodrán estar presentes durante las deliberaciones del Jurado, pero no tomarán parte de las mis-mas ni tendrán voto alguno. Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta en los dos primerosescrutinios y por mayoría simple en los siguientes. No podrá ser jurado quien tenga cualquier tipode interés en la producción o explotación de un film en concurso. Los miembros del Jurado secomprometen firmemente a no expresar públicamente sus opiniones respecto de los filmes some-tidos a su consideración antes de la proclamación oficial de los premios.

 ARTÍCULO 19°

a) Los productores y distribuidores de aquellos filmes que integran las Competencias se com-prometen a incluir en toda su publicidad y material de prensa la frase “Selección Oficial del FestivalInternacional de Cine de Mar del Plata”, utilizando el logotipo del Festival. Este compromiso seaplica tanto a los estrenos comerciales en cinematógrafos como al lanzamiento comercial en DVD.

b) Los productores y distribuidores de aquellos filmes que obtengan premios se comprome-ten a destacar los mismos en toda su publicidad y material de prensa, utilizando el logotipo delFestival. Este compromiso se aplica tanto a los estrenos comerciales en cinematógrafos como allanzamiento comercial en DVD

c) Este logotipo estará disponible en las oficinas del Festival.

d) Todo premio otorgado, que no sea recibido en la Ceremonia de Clausura, podrá ser retiradoen las oficinas del Festival, en la Ciudad de Buenos Aires, hasta un mes de finalizado el evento.

 ARTÍCULO 20°

La copia para proyección del film seleccionado tendrá que llegar a la dirección indicada en laFicha de Inscripción antes del 1° de octubre de 2015.

 ARTÍCULO 21°El Festival cubre los costos de almacenaje y seguro de las copias mientras estén dentro de los

límites oficiales del Festival. El Festival no asumirá gastos aduaneros de exportación e importaciónde las copias en su país de origen. En caso de deterioro de una copia o cualquier otro reclamo,éste deberá llegar al Festival hasta un mes después de la fecha de envío efectuada por el Festival,como fecha límite. La responsabilidad del Festival no superará el costo de una nueva copia, segúnlas tarifas en vigor en los laboratorios para una copia standard.

 ARTÍCULO 22°

Las autoridades del Festival, en forma conjunta, resolverán todo asunto no contemplado en elpresente Reglamento. En caso de conflicto, la Dirección del Festival conserva su jurisdicción fede-ral, ateniéndose al reglamento de la Federation International des Associations des Producteurs deFilms (FIAPF) en lo que respecta a las manifestaciones de cine internacionales.

 ARTÍCULO 23°

La participación en el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata implica por parte delos interesados la aceptación del presente Reglamento.

e. 04/08/2015 N° 131816/15 v. 04/08/2015#F4937582F#

#I4937749I#

MINISTERIO DE DEFENSA 

Resolución 760/2015

Bs. As., 22/07/2015

VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA N° 18643/2015, el DecretN° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJSECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DMINISTROS N° 608 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución de la ex SECRETARÍA DGESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzde 2010 y modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 608/12, se asignaron los cargos vacantey financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° dla Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, mediante el Régimen dSelección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEPaprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/0y sus modificatorios.

Que en función de criterios operativos se iniciarán los procesos de cobertura de OCHO (cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURDE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y modificatoria, se aprueba el Régimen de Selección dPersonal para el Sistema Nacional de Empleo Público.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS de este Ministerio.

Que a los fines de proceder a la organización de los procesos de selección correspondientesresulta necesario efectuar la designación de los integrantes del Comité de Selección, conform

con lo establecido por el artículo 29 del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y modificatoria.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSA RESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Desígnanse integrantes del Comité de Selección para la cobertura de OCH(8) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, detallados en el Anexo I que formparte integrante de la presente Resolución, mediante Régimen de Selección de Personal para Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LGESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y modificatoria a lapersonas que se detallan en el ANEXO II a la presente medida.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de l Registro Oficy archívese. — Ing. AGUSTÍN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

 ANEXO I

UBICACIÓN ESTRUCTURAL DENOMINACIÓN DEL PUESTOTRABAJO O FUNCIÓN

NIVEL AGRUP. TOTAL

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ENDESARROLLO INDUSTRIAL

C P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ENDESARROLLO INDUSTRIAL C P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ENDESARROLLO INDUSTRIAL C P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ENDESARROLLO INDUSTRIAL

C P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ENDESARROLLO INDUSTRIAL C P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ENDESARROLLO INDUSTRIAL C P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ESPECIALIZADOEN DESARROLLO INDUSTRIAL

B P 1

SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍAY PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA 

PROFESIONAL ESPECIALIZADOEN GESTIÓN AMBIENTAL

B P 1

 ANEXO II

INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN:

- TITULAR: SRA. ADRIANA CECIRA MIRANDE - D.N.I. N° 5.203.400

- SUPLENTE: DR. CARLOS E. BORGHINI - D.N.I. N° 4.285.088

- TITULAR: LIC. JUAN MATÍAS FOURMENT - D.N.I. N° 29.462.154

- SUPLENTE: ING. IVAN JOURDAN - D.N.I. N° 24.523.333

- TITULAR: DRA. EVA JULIANA CALABRIA - D.N.I. N° 30.685.942

- SUPLENTE: DR. HERNÁN JAVIER ALONSO - D.N.I. N° 25.771.508

- TITULAR: ING. JOSÉ IGNACIO ÁNDRES BERGALLO - D.N.I. N° 32.314.247

- TITULAR: A .G. DR. JORGE EDUARDO LOSADA - D.N.I. N° 4.415.679

- SUPLENTE: A.G. DR. MANUEL REINOSO - D.N.I. N° 14.822.456

e. 04/08/2015 N° 131933/15 v. 04/08/20#F4937749

Page 38: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 38/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 38#I4937478I#MINISTERIO DE INDUSTRIA 

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA 

Disposición 86/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0131583/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 25.922 se creó el Régimen de Promoción de la Industria del Software,que prevé beneficios para la industria del software y servicios informáticos.

Que por la Ley N° 26.692 se prorrogó el Régimen mencionado hasta el día 31 de diciembre de2019 y se implementaron modificaciones a los efectos de mejorar su funcionamiento.

Que el Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013 aprobó la Reglamentación de la LeyN° 25.922 y su modificatoria Ley N° 26.692 y creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INDUS-TRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Registro Nacional deProductores de Software y Servicios Informáticos de las Leyes N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692.

Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUS-TRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se dictaron las normas complementarias y aclaratorias parala mejor aplicación del Régimen de Promoción de la Industria del Software.

Que mediante la Resolución N° 199 de fecha 8 de mayo de 2007 de la ex SECRETARÍA DEINDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECO-NOMÍA Y PRODUCCIÓN, la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9)se encuentra inscripta desde el día 27 de febrero de 2007 en el Registro Nacional de Productoresde Software y Servicios Informáticos creado por el Artículo 1° de la Resolución N° 61 de fecha 3 demayo de 2005 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que con fecha 30 de junio de 2014, la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) optó de manera expresa y fehaciente por reinscribirse, dentro del plazo establecidopor el Artículo 10 bis de la Ley N° 25.922, modificada por la Ley N° 26.692, y el Artículo 15 del

 Anexo al Decreto N° 1.315/13, mediante la presentación del formulario “on line” y la documentaciónrespaldatoria del Anexo II de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, conformelo previsto en los Artículos 11, 12, 14 y 15 de esta última resolución.

Que la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial dela Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SE-CRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en mérito a lo normado en el Artículo16 de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, examinó el cumplimiento de losrequisitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del informetécnico de evaluación obrante a fojas 171/180 del expediente citado en el Visto.

Que de conformidad con lo indica do en el informe técnico ante s mencionado, y de acuerdoa lo informado por la empresa con carácter de declaración jurada en el Anexo I de la certifica-ción contable d el Anexo IV de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, la can-tidad de personal destinado a actividades promovidas representa el OCHENTA Y UNO COMATRECE POR CIENTO (81,13%) sobre el total de empleados de la requirente y la masa salarialabonada por la solicitante al personal destinado a esas actividades representa el OCHENTAY SEIS COMA SESENTA Y DOS POR CIENTO (86,62%) sobre el total de la masa sala rial abo-nada por la empresa, conforme surge a fojas 77/80 del Expediente N° S01:0007378/2015 delRegistro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado en firme a foja 167 del expediente citadoen el Visto.

Que el porcentaje de facturación de actividades sujetas a promoción sobre el total de lasventas para el período inf ormado en la solicitud de re inscripción representa e l NOVENTA Y SEISCOMA SESENTA Y SIETE POR CIENTO (96,67%) sobre el total de ventas, las cual es consistenen desarrollo y puesta a punto aplicado a producto propio elaborado en el país con destino amercado interno y externo, implementación y puesta a punto para terceros de productos pro-pios elaborados en el país con destino a mercado interno y externo, desarrollo de partes desistemas de productos propios elaborados en el país con destino a mercado interno y externo,desarrollo de software a medida para uso de terceros en el país y servicios de soporte y reso-lución de incidencias sobre productos propios elaborados en el país con destino al mercadointerno y externo.

Que a los efectos de la percepción del bono de crédito fiscal previsto en el Artículo 8° de laLey N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, la beneficiaria deberá declarar antela ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante enel ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, como personal promovido elCIEN POR CIENTO (100%) del personal afectado a los rubros “a1”, “b1”, “c1”, “c2”, “d2”, “g1” y “g2”y el NOVENTA Y SEIS COMA SESENTA Y SIETE POR CIENTO (96,67%) del personal afectado alas tareas del rubro “i”, de conformidad con lo establecido en el Anexo IV de la Resolución N° 5/14de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA y de acuerdo al informe técnico obrante a fojas 171/180 delexpediente citado en el Visto.

Que conforme surge del Artículo 2° del Anexo al Decreto N° 1.315/13, la empresa INTECHCOMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) deberá mantener como mínimo la cantidadtotal anual de personal informada al momento de la presentación de la solicitud de reinscripción,correspondiendo la misma a un total de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO (265) empleados con-forme surge del informe técnico mencionado en el considerando precedente.

Que según lo normado en el Artículo 18, inciso d) de la Resolución N° 5/14 de la SECRE-TARÍA DE INDUSTRIA, la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9)deberá informar los cambios en las condiciones que determinaron su inscripción dentro de losVEINTE (20) días hábiles administrativos de acaecidos o conocidos, como así también cumplircon la presentación del Informe de Cumplimiento Anual y con el pago e n concepto de las tareasde verificación y control y exhibición de la documentación oportunamente requerida en ocasiónde la auditoría.

Que el Artículo 2° de la Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 2° de la Ley N° 26.692, esta-blece que la Autoridad de Aplicación determinará el cumplimiento por parte del peticionante de almenos DOS (2) de las TRES (3) condiciones señaladas en los incisos a), b) y c) del referido artículoa los fines de gozar de los beneficios del citado Régimen.

Que mediante la presentación del Cuadro IV del Anexo IV de la Resolución N° 5/14 de laSECRETARÍA DE INDUSTRIA, conforme surge a foja 6 del Expediente N° S01:0041530/2015 delRegistro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado en firme a foja 170 del expediente citado en

el Visto, la solicitante declaró la obtención de la certificación de calidad reconocida aplicable a loproductos o procesos de software, cumplimentando con lo establecido en el Artículo 3°, inciso bdel Anexo al Decreto N° 1.315/13.

Que de acuerdo al informe técnico obrante a fojas 171/180 del expediente citado en el Vistmediante el Cuadro IV del Anexo IV de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIAincorporado a f oja 6 del Expediente N° S01:0041530/2015 del Registro de l MINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado en firme a foja 170 del expediente citado en el Visto, la solicitante ha manifestadcon carácter de declaración jurada que la empresa realiza exportaciones en un porcentaje del SEICOMA SETENTA Y SIETE POR CIENTO (6,77%), lo cual es consistente con lo decla rado en el Anexo I de la certificación contable incorporada a fojas 77/80 del Expediente N° S01:0007378/2015 dRegistro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado en firme a foja 167 del expediente citado eel Visto, resultando dicho porcentaje insuficiente para la acreditación de tal requisito, y haber realizado gastos en investigación y desarrollo por el NUEVE POR CIENTO (9%) del gasto total de laactividades sujetas a promoción, lo cual es consistente con la declaración de gastos realizada eel Anexo II de la certificación contable incorporada a foja 81 del Expediente N° S01:0007378/201del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado en firme a foja 167 del expediente citaden el Visto, encuadrándose tal proporción dentro del parámetro fijado por el Artículo 3°, inciso del Anexo al Decreto N° 1.315/13.

Que los porcentajes para el cumplimiento de los requisitos de exportaciones y de gastos einvestigación y desarrollo serán modificados a partir del año 2016 de acuerdo a lo estipulado en loincisos a) y c) del Artículo 3° del Anexo al Decreto N° 1.315/13, en cuyo caso la empresa acreditarel cumplimiento de tales extremos para no perder su calidad de beneficiaria del Régimen.

Que en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa apcable al Régimen, corresponde reinscribir a la empresa en el Registro Nacional de Productores dSoftware y Servicios Informáticos creado por el Artículo 2° del Decreto N° 1.315/13.

Que en virtud de tal reinscripción, la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 3362003579-9) accederá a los beneficios promocionales contemplados en los Artículos 7°, 8°, 8° by 9° de la Ley N° 25.922 y su modificatoria Ley N° 26.692.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DCOORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 1

de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA y su modificatoria.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA DISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Acéptase l a soli citud de reinscripción de la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) en el Registro Nacional de Productores de SoftwareServicios Informáticos de las Leyes N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692, creado por el Artíclo 2° del Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013, extinguiéndose en consecuenclas franquicias promocionales en forma, plazos y condiciones en que fueron originalmente cocedidas en el marco de la Ley N° 25.922 a partir de la entrada en vigencia de la presente medidsin perjuicio de las facultades conferidas a la Autoridad de Aplicación conforme el Artículo 1del citado decreto.

 ARTÍCULO 2° — Reinscríbese a la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 362003579-9) en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos, creadpor el Decreto N° 1.315/13, en el marco de la Ley N° 25.922 y su modificatoria Ley N° 26.692, y Resolución N° 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERDE INDUSTRIA, con efecto a partir del día 18 de septiembre de 2014.

 ARTÍCULO 3° — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) dberá mantener vigente el cumplimiento de alguna norma de calidad reconocida aplicable a los productos o procesos de software a los fines de continuar gozando de los beneficios promocionaledel Régimen de Promoción de la Industria del Software.

 ARTÍCULO 4° — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) dberá mantener como mínimo la cantidad total anual de personal en relación de dependencia debidamente registrados informada al momento de la presentación de la solicitud de reinscripciócorrespondiendo la misma a un total de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO (265) empleados.

 ARTÍCULO 5° — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) dberá acreditar el cumplimiento del requisito de gastos en investigación y desarrollo, cuyo porcetaje será modificado a partir del año 2016 de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3°, inciso a) d

 Anexo al Decreto N° 1.315/13, a los fines de mantener su calidad de beneficiaria .

 ARTÍCULO 6° — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) dberá informar los cambios en las condiciones que determinaron su reinscripción dentro de loVEINTE (20) días hábiles administrativos de acaecidos o conocidos, de conformidad con el Artícu24 de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA.

 ARTÍCULO 7° — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) d

berá presentar el Informe de Cumplimiento Anual antes del día 15 del mes siguiente al que scumple un nuevo año de la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial, de conformidacon el Artículo 23 de la Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA.

 ARTÍCULO 8° — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9) dberá efectuar el pago correspondiente a las tareas de verificación y control y exhibir la documentación oportunamente requerida en ocasión de la auditoría.

 ARTÍCULO 9° — Declárase a la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 362003579-9) beneficiaria de la estabilidad fiscal establecida en el Artículo 7° de la Ley N° 25.92sustituido por el Artículo 4° de la Ley N° 26.692.

 ARTÍCULO 10. — Establécese que el bono de crédito fiscal previsto en e l Ar tículo 8° de Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, será equivalente al SETENTA POCIENTO (70%) aplicado sobre el NOVENTA COMA SESENTA Y DOS POR CIENTO (90,62%) dlas contribuciones patronales a las que se refieren las Leyes Nros. 19.032, 24.013 y 24.241, efetivamente abonadas por la empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-62003579-9

 Asimismo, la empresa podrá utilizar hasta el SEIS COMA SETENTA Y SIETE POR CIENTO (6,77%del bono de crédito fiscal para la cancelación del Impuesto a las Ganancias.

 ARTÍCULO 11. — La empresa INTECH COMPUTACIÓN S.R.L . (C.U.I.T. N° 33-62003579-deberá, a los efectos de la percepción del bono de crédito fiscal previsto en el Artículo 8° de

Page 39: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 39/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 39

Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, declarar ante la ADMINISTRACIÓNFEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del MINIS-TERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, como personal promovido el CIEN POR CIENTO(100%) del personal afectado a los rubros “a1”, “b1”, “c1”, “c2”, “d2” “g1” y “g2” y el NOVENTA YSEIS COMA SESENTA Y SIETE POR CIENTO (96,67%) del personal a fectado a las tareas del rubro“i”. Si al aplicar este último porcentaje se obtuviese un número con decimales, deberá tomarse deéste solo la parte entera inferior.

 ARTÍCULO 12. — Establécese que el beneficio previsto en el A rtículo 9° de la Ley N° 25.922,sustituido por el Artículo 7° de la Ley N° 26.692, consistirá en una reducción del SESENTA PORCIENTO (60%) aplicado sobre el monto total del Impuesto a las Ganancias correspondiente a lasactividades promovidas determinado en cada ejercicio.

 ARTÍCULO 13. — Autorízase a la beneficiaria a tramitar por ante la ADMINISTRACIÓN FEDE-

RAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) la respectiva constancia para agentes de no retención, deconformidad con lo previsto en el Artículo 8° bis de la Ley N° 25.922.

 ARTÍCULO 14. — Notifíquese a la beneficiar ia y remítase copia de la presente disposic ión a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

 ARTÍCULO 15. — La presente disposición entrará en vigencia a part ir de su publicación en elBoletín Oficial.

 ARTÍCULO 16. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficialy archívese. — Lic. STELLA MARIS AYALA ESCOBAR, Subsecretaria de Industria, Ministerio deIndustria.

e. 04/08/2015 N° 131776/15 v. 04/08/2015#F4937478F#

#I4937039I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 115/2015

Bs. As., 17/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-JGM:0018046/2015 del Registro de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 dediciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓNPÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de laplanta del personal permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organis-mo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, en condiciones de percibir la Bonificación porDesempeño Destacado correspondiente a las funciones simples del período 2012, conforme a loestablecido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓNPOR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDOEN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resoluciónde la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSN° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su con-formidad según consta en el Acta N° 38 de fecha 22 de abril de 2015, obrante en el Expedientecitado en el Visto.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓNDE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONALCOMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓNPÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98/09 y sus modificatorias, mo-tivo por el cual corresponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dichaBonificación.

Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación de existencia de finan-ciamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN YEMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOSJURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESU-PUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervenciónque les compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 1° del Anexo II de la Reso-

lución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N° 98/09 y sus modificatorias, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrerode 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase el li stado de agentes de la planta del persona l permanente de laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DESALUD, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por elartículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DEEMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008y sus modificatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2012, de conformidadcon el detalle que como Anexo forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete deMinistros.

 ANEXO

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO

Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2012 - Cargos Simples

Ministerio de Salud

Superintendencia de Servicios de Salud

Unidad de Análisis: Superintendencia de Servicios de Salud

e. 04/08/2015 N° 131706/15 v. 04/08/20#F4937039F

#I4937036I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 128/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-JGM:0031224/2015 del Registro de la JEFATURA DGABINETE DE MINISTROS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMNACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 ddiciembre de 2008 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 423 de fecha 25 de marzo de 2011.914 de fecha 7 de diciembre de 2010 y 274 de fecha 12 de marzo de 2013 y las Resolucionede la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DGABINETE DE MINISTROS Nros. 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 y 163 de fecha 15 dmayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMNACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 ddiciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inmdiato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado iniciade dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mdiante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al efecto, prevconsulta a las entidades sindicales en el marco de la Comisión Permanente de Interpretación Carrera (Co.P.I.C.).

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMNISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de f echa 12 de septiembre d2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personcomprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que en el Título IV del Anexo I de la citada resolución, se regularon las actividades de valoración como condición requerida para la promoción al tramo Escalafonario respectivo.

Que el artículo 10 de la citada resolución establece que la actividad de valoración será evaluda por UN (1) Comité de Acreditación determinando la integración del mismo.

Que el artículo 3° del ANEXO I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 163 de fecha 1de mayo de 2014 establece que al efecto de la integración de los Comités de Acreditación para promoción de Tramo Escalafonario del personal que revista en el Agrupamiento Profesional o eel Agrupamiento General que percibiera Suplemento por Capacitación Terciaria o Suplemento poFunción Específica por la prestación de servicios y funciones comprendidos en las Unidades Oganizativas con responsabilidad y acciones directamente vinculadas con Funciones Informáticase reconoce como órgano rector a la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en consecuencia, corresponde designar a los integrantes del COMITÉ DE ACREDITACIÓN EN MATERIA DE “FUNCIONES INFORMÁTICAS” de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍADE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DMINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 35de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, los artículos 2° del Anexo I del DecretN° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y 10 del Anexo I de la Resolución de lex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABNETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Desígnanse como miembros del COMITÉ DE ACREDITACIÓN EN MATERDE “FUNCIONES INFORMÁTICAS” de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN d

Page 40: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 40/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 40

la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a las personasconsignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete deMinistros.

 ANEXO

e. 04/08/2015 N° 131703/15 v. 04/08/2015#F4937036F#

#I4937037I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 132/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 0029906/2015 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual sehomologó el Convenio Colecti vo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Naciona l de EmpleoPúblico (SINEP); la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 279 del 28 deabril de 2015; y la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS N° 72 del 16 de junio de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución JGM N° 279/15, se realizaron diversos cambios organizacionales en el ám-bito de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN AD-MINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA y en la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DEGESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la misma Resolución, se transfirió la Coordinación de Evaluación y Monitoreo delámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO al ámbito de la OFICINA NA-CIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN.

Que con motivo de las modificaciones señaladas, por Resolución SG N° 72/15 se homologa-ron y ratificaron diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que se ha advertido que en la Resolución SG N° 72/15 se ha omitido involuntariamente ladependencia de una unidad y se ha cambiado la denominación de otra, por lo cual correspondeproceder a su rectificación.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la SUBSECRETA-RÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOSJURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESU-PUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE dla JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 72 del 16 de junio de 2015 por la Planilla Anexa apresente artículo, que forma parte integrante de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFCIAL, y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministro

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

e. 04/08/2015 N° 131704/15 v. 04/08/20#F4937037F

#I4937045I#SECRETARÍA DE GABINETE

 y 

SECRETARÍA DE HACIENDA 

Resolución Conjunta 113/2015 y 170/2015

Bs. As., 15/07/2015

VISTO el Expediente N° S02:0156424/2015 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR TRANSPORTE, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante ecual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional dEmpleo Público (SINEP); el Decreto N° 2219 de fecha 25 de noviembre de 2014; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2219/14, se incorporaron al ámbito de la DIRECCION GENERAL D ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERDEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Dirección de Dictámenes y la Dirección de Asuntos Judiciale

Que, por tal motivo, se requiere proceder a la incorporación de las citadas Direcciones al Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DMINISTROS, ha tomado la intervención que le compete, efectuando el análisis y ponderación dlos niveles de Funciones Ejecutivas correspondientes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DMINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Page 41: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 41/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 41

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASa través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditosvigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVEN: ARTICULO 1° — Incorpórase al Nomenclador de Func iones Ejecutivas los cargos pertene-

cientes al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en Planilla Anexaal presente artículo, que forma parte integrante de la presente resolución.

 ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL, y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete deMinistros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

e. 04/08/2015 N° 131712/15 v. 04/08/2015#F4937045F#

#I4939653I#DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

 y 

SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA 

Resolución Conjunta 248/2014 y 372/2014

Bs. As., 07/08/2014

VISTO el Expediente del registro de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARESN° 0141/2014, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentaciónaprobada por Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Generalpara la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006,la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, el Estatuto para el Personal Civilaprobado por Acta del DIRECTORIO de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARESN° 1641 del 20 de noviembre de 1975 y el Acta de fecha 20 de diciembre de 2013 suscripta entre losrepresentantes de la citada entidad, la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de laSECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS y las entidades gremiales signatarias del referido Convenio Colectivo de Trabajo General, y,

CONSIDERANDO:

Que el señor Interventor de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, conla presencia de la señora Subsecretaria de Gestión y Empleo Público, consultó a la UNIÓN PER-SONAL CIVIL DE LA NACIÓN y a la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO, en virtud delo establecido en el artículo 60 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la AdministraciónPública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/2006, sobre el anteproyecto de reglamentodel sistema de selección para la cobertura de vacantes que se propicia, en atención a lo dispuestopor el artículo 5°, párrafos segundo y tercero, de la Decisión Administrativa N° 1126/12.

Que luego del intercambio que mantuvo la citada entidad con dichas entidades gremiales,éstas manifestaron su conformidad con el referido anteproyecto que obra como Anexo I del Acta

de fecha del 20 de diciembre de 2013.

Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDI-NACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con loestablecido por el artículo 5°, tercer párrafo, de la Decisión Administrativa N° 1126/12.

Que en ese marco resulta procedente la aprobación del citado reglamento correspondiendoa tal efecto el dictado del presente acto administrativo conjunto, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 8° del Anexo al Decreto N° 1.421/02.

Que si bien se designó en el cargo de Secretario de Ciencia, Tecnología y Producción parala Defensa del MINISTERIO DE DEFENSA, al Licenciado D. Santiago Juan RODRÍGUEZ, (D.N.I.N° 25.556.353), según Decreto N° 644 de fecha 03 de junio de 2013, éste conserva el cargo deInterventor de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, para el que fuera nom-brado por Decreto N° 1 de fecha 03 de enero de 2011.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de la DIREC-CIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones reconocidas en el artículo 60 delConvenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Nacional, homologado por DecretoN° 214/06, y conferidas por el artículo 8° del Anexo I al Decreto N° 1.421/02, reglamentario de la

Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, por el Decreto N° 357/02 y modificatorioy por lo dispuesto en el Decreto N° 2444 del 18 de noviembre de 1991; el Decreto N° 1 del 03 denero de 2011 y el Decreto 636/2013.

Por ello,

EL INTERVENTORDE LA DIRECCIÓN GENERALDE FABRICACIONES MILITARESYLA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVEN:

 ARTICULO 1° — Apruébase e l “Régimen de Selección de personal para la cobertura de cagos vacantes de planta permanente en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Conjunta.

 ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Regist ro Oficial y archívse. — Lic. SANTIAGO J. RODRIGUEZ, Interventor, Dirección General de Fabricaciones Militare— Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura dGabinete de Ministros.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición wedel BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central desta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/08/2015 N° 132667/15 v. 04/08/20#F4939653F

#I4937121I#MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39333/2015

Expediente N° 59.667 - Verificación cumplimiento Leyes Nros. 20.091, 22.400 y Reglamentción dictada en consecuencia por parte de Full Cover S.R.L.

Síntesis:

29/07/2015

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto de l a soc iedad de p roductoreasesores de seguros FULL COVER S.R.L. (matrícula N° 642), por los Artículos primero y segundde la Resolución N° 39.085 de fecha 13 de abril de 2015 obrante a fs. 15/16.

 ARTÍCULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidadispuestas en el ar tículo precedente.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese a FULL COVER S.R.L. (matrícula N° 642), al domicicomercial constituido ante el Registro de Sociedades de Productores Asesores de Seguros, si

en Av. Córdoba N° 487 6° (C.P. 1054) - C.A.B.A., y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUA ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio ARoca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 04/08/2015 N° 131745/15 v. 04/08/20#F4937121F

#I4937122I#MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39334/2015

Expediente N° 62.542 - Verificación cumplimiento Leyes Nros. 20.091, 22.400 y Reglamentción dictada en consecuencia por parte del P.A.S. SOTO, Manuel Gerardo.

Síntesis:

29/07/2015

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto del producto r asesor de seguroSr. SOTO, Manuel Gerardo (matrícula N° 66.439), por los Artículos primero y segundo de la Reslución N° 38.686 del 30 de octubre de 2014, obrante a fs. 16 y 17.

 ARTÍCULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Regis tros tomará nota de lo dispuesto eel artículo anterior.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en JULIO E. ACOSTA N° 214 - RESISTENCIA (C.P. 3500)CHACO, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendende Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio ARoca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 04/08/2015 N° 131746/15 v. 04/08/20#F4937122

Page 42: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 42/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 42

AVISOS OFICIALES

Anteriores

#I4938517I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

EDICTO BOLETÍN OFICIAL NACIONAL

NOTIFÍQUESE a la ex agente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, DoñaMaría Elena MONZO L.C. 4.456.221 (Legajo N° 21.673-9), que habiéndose formulado conclusiones de estiloen el Sumario Administrativo N° 224/00, se le solicita sirva concurrir a la sede del Departamento Sumarios

 Administrativos, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 370 Piso 5°, Oficina 5323, de la Ciudad de Buenos Aires enel horario de 9:30 a 17:00 horas a efectos de tomar vista del mencionado sumario administrativo, por el plazode DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente, al de la presente publicación.

Firmado: MARCELO EDGARDO LIZZI - JEFE (INT.) DEPARTAMENTO SUMARIOS ADMINISTRATI-VOS - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

 Abogado MARCELO EDGARDO LIZZI, Jefe (Int.), Departamento Sumarios Administrativos.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 03/08/2015 N° 132251/15 v. 05/08/2015#F4938517F#

#I4936862I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 557/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° ANC:0019031/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) estima conveniente adoptar laregulación europea JAR-VLR como Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) Parte HL “Heli-cópteros livianos”, con el criterio de crear una categoría para producir helicópteros nacionales de bajocosto, tanto de fabricación como de operación, con requisitos de diseño menos exigentes, debido a lasimplicidad de las aeronaves y a sus propias limitaciones, pero manteniendo los niveles de seguridadde la Parte 27 de las RAAC.

Que la ANAC ha tenido una clara política de potenciar el desarrollo de la industria nacional comouna parte importante de la aviación civil.

Que el Departamento de Certificación Aeronáutica de la Dirección de Aeronavegabilidad depen-diente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta Administración Nacional,estudió la factibilidad para la incorporación de esta categoría de helicópteros livianos en las RAAC.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas es-tablecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona,en general, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770 defecha 29 de noviembre de 2007 y en Resolución ANAC N° 225 de fecha 22 de diciembre de 2009.

Por ello:

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE AVIACIÓN CIVILRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas res-pecto del proyecto de la Parte HL de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que, como

 Anexo, integra la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días corridos acontar de la fecha de publicación de la presente, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452 (C1063ADO)de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, indicandocomo referencia el número de expediente que surge del Visto de la presente resolución.

 ARTÍCULO 3° — Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo estable-cido en el artículo anterior, en el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos In-ternos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración Nacional, con asientoen la Calle Azopardo N° 1.405, piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en

el horario de 10 a 15 horas.

 ARTÍCULO 4° — Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y ProcedimientosInternos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para llevar el registro de las presentacionesa que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 yhabilítase la casilla de correo [email protected] a los efectos de recibir los comentarios aludidos enel Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para supublicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un pla-zo de TREINTA (30) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de Planificación yControl de Gestión - Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para lacontinuación del trámite. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

 ANEXO

REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)

PARTE HL - HELICÓPTEROS LIVIANOS

Capítulo A: Generalidades

HL. 1 Aplicabilidad

(a) Esta Parte contiene los estándares de aeronavegabilidad para la certificación tipo de helicópteros livianos (HL).

(b) Para la emisión de los Certificados Tipo de los helicópteros livianos serán adoptadas las Cetification Specifications for Very Light Rotorcraft (CS-VLR) de la European Aviation Safety Agency, eidioma inglés, con todas sus enmiendas y Apéndices.

(c) Serán adoptadas como fecha de actualización para esta RAAC Parte HL, las fechas dadas en laenmiendas (“Amendments”) de las CS-VLR de la European Aviation Safety Agency.

(d) Un HL es un helicóptero con un peso máximo de despegue certificado que no excede los 70kg., y que además:

(1) Sea de diseño simple;

(2) Esté diseñado para llevar hasta dos ocupantes;

(3) No esté impulsado por motores a turbina ni motores cohete; y

(4) Esté limitado a operaciones VFR diurnas.e. 03/08/2015 N° 131570/15 v. 04/08/20

#F4936862F

#I4936871I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 558/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° ANC:0019032/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL D AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) estima conveniente adoptar regulación Specific Airworthiness Requirements for Ultra Light Helicopters (HUL) de la Direction Génrale de l’Aviation Civile como Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) Parte HML “Helicó

teros muy livianos”, con el criterio de crear una categoría para producir helicópteros nacionales mulivianos de bajo costo, tanto de fabricación como de operación, con requisitos de diseño acordes a simplicidad de las aeronaves y a sus propias limitaciones, pero manteniendo los niveles de seguridade la Parte HL y la Parte 27 de las RAAC.

Que la ANAC ha tenido una clara política de potenciar el desarrollo de la industria nacional comuna parte importante de la aviación civil.

Que el Departamento de Certificación Aeronáutica de la Dirección de Aeronavegabilidad depediente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta Administración Nacionaestudió la factibilidad técnica y operacional para la incorporación de esta categoría de helicópteros mulivianos en las RAAC.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, egeneral, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770 dfecha 29 de noviembre de 2007 y en Resolución ANAC N° 225 de fecha 22 de diciembre de 2009.

Por ello:

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE AVIACIÓN CIVILRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas repecto del proyecto de la Parte HML de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que, com

 Anexo, integra la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días corridoscontar de la fecha de publicación de la presente, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452 (C1063ADO) dla Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, indicando comreferencia el número de expediente que surge del Visto de la presente resolución.

 ARTÍCULO 3° — Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo estblecido en el artículo anterior, en el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y ProcedimientoInternos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración Nacional, con asienen la Calle Azopardo N° 1.405, piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes eel horario de 10 a 15 horas.

 ARTÍCULO 4° — Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y ProcedimientoInternos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para llevar el registro de las presentacionea que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003habilítase la casilla de correo [email protected] a los efectos de recibir los comentarios aludidos eel Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para spublicación por DOS (2) días en el Bolet ín Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un plzo de TREINTA (30) días en la página web insti tucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de PlanificaciónControl de Gestión - Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para continuación del trámite. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civ

e. 03/08/2015 N° 131579/15 v. 04/08/20#F4936871

#I4931548I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios al señor ENRIQUE EDUARDO VESSURI (DNI N° 21.833.042) para que comparezca en Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601

Page 43: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 43/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 43

Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.267/14, Sumario N° 6153, que se sustanciaen esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o.por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Pu-blíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación deSumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal,Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129432/15 v. 05/08/2015#F4931548F#

#I4931549I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilesbancarios al señor Roberto Daniel Estévez (DNI N° 16.131.134) para que comparezca en la Gerenciade Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, CapitalFederal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.412/08, Sumario N° 5225, que se sustancia en estaInstitución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquesepor 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de SumariosCambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerenciade Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129433/15 v. 05/08/2015#F4931549F#

#I4931554I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días há-biles bancarios al señor Carlos Alberto Martínez (DNI N° 10.488.643) y a la firma G.N.C. S.A. (CUITN° 30-62981611-5) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario,sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el ExpedienteN° 101.307/07, Sumario N° 6087, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de laLey del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso deincomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S.MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.— NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129438/15 v. 05/08/2015#F4931554F#

#I4931555I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilesbancarios al señor Patric io Lamarca (DNI N° 10.141.100) y la firma CALIMBOY S.A. (CUIT N° 30-63831571-4) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.735/12, SumarioN° 5405, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen PenalCambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, dedeclarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, AnalistaSr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIO-RRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129439/15 v. 05/08/2015#F4931555F#

#I4931556I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilesbancarios al representante legal de la firma, HELMASI S.R.L. (C.U.I.L. N° 30-70554959-8) para quecomparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.456/09, Sumario N° 6108,que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal CambiarioN° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declararansus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — GABRIELA BRAVO, Analista Seniorde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Conten-ciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129440/15 v. 05/08/2015#F4931556F#

#I4931568I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilesbancarios a la firma COPSENOR COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PRODUCTO-RES RURALES LA CEREALERA DEL NORTE LIMITADA (CUIT N° 30-70852117-1) y a los señores Luis

 Antonio González (DNI N° 12.875.774) y Gustavo Modesto González (DNI N° 14.292.970) para que com-parezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°,Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.074/08, Sumario N° 4951, quese sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal CambiarioN° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar surebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustan-ciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, AnalistaPrincipal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129452/15 v. 05/08/2015

#F4931568F#

#I4935095I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios a la señora Asunta Pérez Sarabia (DNI N° 94.016.943) para que comparezca en la Gerencde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, CapitFederal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.531/14, Sumario N° 6152, que se sustancia en esInstitución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquespor 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de SumarioCambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130866/15 v. 07/08/20

#F4935095F

#I4935097I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios al señor Edgardo Miguel Bittancour t (DNI N° 26.615.481) para que comparezca en la Gerencde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, CapitFederal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.566/09, Sumario N° 5140, que se sustancia en esInstitución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquespor 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de SumarioCambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130868/15 v. 07/08/20#F4935097F

#I4935098I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios a los señores José María Boaventura (CUIT N° 20-60309016-1) y René Gomes de Sousa (CUN° 20-60309991-6) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiarisita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el ExpedienN° 100.723/09, Sumario N° 5154, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de Ley del Régimen Penal Cambiar io N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso dincomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contencioso— NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130869/15 v. 07/08/20#F4935098F

#I4935100I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios al señor MANUEL MORA DOMINGUEZ (Nacionalidad Española, Pasaporte N° 22890434-Ypara que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquis250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.800/08, SumarN° 4685, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen PenCambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, ddeclarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, AnalistSr. de Sustanciación de Sumarios Cambiar ios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130871/15 v. 07/08/20#F4935100

#I4935114I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios al señor Masafumi Hirama (CUIT N° 20-60345367-1) para que comparezca en la Gerencde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, CapitFederal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.153/12, Sumario N° 5576, que se sustancia en esInstitución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquespor 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de SumarioCambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencde Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130885/15 v. 07/08/20#F4935114F

#I4935116I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábilebancarios al señor Eduardo Aldo Royo (DNI N° 10.868.503) y a la firma LOUCEN INTERNATIONAS.A. —SUCURSAL ARGENTINA— (CUIT N° 30-70775019-3) para que comparezcan en la Gerenc

Page 44: Decreto 1521 de 2015

8/20/2019 Decreto 1521 de 2015

http://slidepdf.com/reader/full/decreto-1521-de-2015 44/44

  Martes 4 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.185 44

de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, CapitalFederal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.100/07, Sumario N° 5267, que se sustancia en estaInstitución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquesepor 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de SumariosCambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerenciade Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130887/15 v. 07/08/2015#F4935116F#

#I4935117I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábi-les bancarios al señor ROBERTO GUSTAVO MORRISON YONGE (CÉDULA DE IDENTIDAD N° RUN5.126.775-3) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Re-conquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.099/10,Sumario N° 5852, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régi-men Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incompare-cencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ,

 Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCYV. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130888/15 v. 07/08/2015#F4935117F#

#I4935118I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días há-biles bancarios a los señores José María Pujol (CUIT N° 20-00575799-2) y Roberto Carlos Cortassa(DNI N° 10.064.622) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario,sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el ExpedienteN° 100.648/10, Sumario N° 5117, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de laLey del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso deincomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S.MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.— NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130889/15 v. 07/08/2015#F4935118F#

#I4935120I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábi-les bancarios al señor EDUARDO MANUEL MARTINEZ (DNI N° 8.515.551) para que comparezca en laGerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”,Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.290/06, Sumario N° 4751, que se sustanciaen esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o.por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Pu-blíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación deSumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal,Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130891/15 v. 07/08/2015#F4935120F#

#I4935185I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

Edicto

El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario N° 1388 Expediente N° 101.151/12caratulado “Banco Cetelem Argentina Sociedad Anónima”, que mediante Resolución N° 628 del10.07.15, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, im-poner al Señor DECLA Patrick Eugene Marie Joseph (D.N.I. N° 94.003.968) multa de $ 56.000 (pesoscincuenta y seis mil). Dentro de los 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir de la notificación,deberá abonar el importe de la multa aplicada u optar por solicitar el acogimiento al régimen de faci-

lidades para el pago de las multas previsto en la Comunicación “A” 5682 del 17.12.2014 - Sección 2 y3 (antes Comunicación “B” 10451 del 18.09.2012), bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por lavía de la ejecución fiscal. En ambos casos deberá concurrir a la Gerencia de Administración de ActivosControl de Fideicomisos, sita en Sarmiento 1118, P. 2° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De inter-poner recurso de apelación deberá cumplir con lo dispuesto por el art. 2°, inc. 3° de la Acordada 13/05de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y, en consecuencia,acompañar al escrito el formulario correspondiente. En caso de requerirse fotocopias del expediente, sucosto será a cargo del interesado. Asimismo se le hace saber que todos los escritos deberán dirigirse ala Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.

Por último se informa que por Resolución del Directorio del Banco Central de la República Argenti-na N° 181 del 25.06.15 se dejó sin efecto la Feria en la tramitación de los sumarios que se sustancian en

#I4936103I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en ABelgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que por medio de las Disposciones N° 121/2014, 122/2014, 123/2014 y 124/2014, se ha resuelto dar por decaídos los derechodejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1inciso e), apartado N° 8, de la Ley 19.549/72 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE VIVIENDA 15 DE ENERO LTDA., Matrícula 38635 (Expte. N° 6128/2011, Resolución N° 3411/2012), COOPERATIVA DTRABAJO LA AMERICANA LTDA., Matrícula 37244 (Expte. N° 283/2012, Resolución N° 3407/2012

COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DE TURISMO RURAL COMUNITARIO “IDENTIDARURAL” LTDA. Matrícula 37120 (Expte. N° 271/2012, Resolución N° 3438/2012), COOPERATIV AGRICOLA GANADERA DE COLONIA BARON LTDA., Matrícula 2993 (Expte. N° 212/2013, Resolución N° 2977/2013); se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha siddesignado el suscripto como nuevo instructor sumariante. De acuerdo con las normas de vigor, sfija el plazo de DIEZ días para que, de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar visde las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el art. 60 del Decre1759/12. El presente deberá publicarse por TRES DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, de acuerdo colo dispuesto en e l art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). Dr. Emilio Mariano Gggero, Instructor Sumariante, INAES.

Dr. EMILIO MARIANO GAGGERO, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 31/07/2015 N° 131268/15 v. 04/08/20#F4936103

#I4936607I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Begrano N° 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por la Resolución del I.N.A.E.SN° 2589/09 se ha ordenado instruir sumario a la: “COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO FIDUCIARIA LIMITADA Expte: 1015/2006 Matrícula: CF 362) designándose al suscripto InstructoSumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presentelos descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1° inc. f) de la Ley N° 19.549), qcomenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazdeberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de suapoderados o de su representante legal (Ar ts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.1991). FDO: DR. DANIEL BARROS. Instructor sumariante.

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/08/2015 N° 131423/15 v. 05/08/20#F4936607F

#I4936610I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Begrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, notifica que en mérito a lo establecido por Resolución del I.N.A.ES N° 501/2007 de fecha 20 de marzo de 2007, se ha ordenado instruir Sumario a entidad que a continuación se detalla: COOPERATIVA DE TRABAJO DE PROMOCION DE PLAN DE SALUD VIVIR LIMITADA (Expte: 3982/2006 Mat. 14679. Ella con domicilio dentro de la República ArgentinSe notifica, además, que en la actuación enumerada “ut supra” he sido designado el suscripto comInstructor Sumariante y en tal carácter se le acuerda a la entidad el plazo de DIEZ (10) días con más loampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera dradio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los descargos y ofrezcan la prueba que haga a derecho (Art. 1° inc. f) de la Ley N° 19.549, que comenzará a regir desde el último día de la publicacióSe notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento dcontinuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 2021 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T:O: 1991).

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/08/2015 N° 131426/15 v. 05/08/20#F4936610F

#I4936612I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Begrano N° 1656, Capital Federal, notifica que por medio de la disposición N° 420/11 se ha resuelto dapor decaído el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer pruebas en los términod l í l 1° i i ) d N° 8 d l L N° 19549/72 d l l ió d d h