CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

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1 ANALISIS DE LA GESTION DE RIESGOS EN LA CONTRATACION DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR EN LA GUAJIRA (2015-2017) CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA MAESTRIA EN GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO AÑO 2019 FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

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ANALISIS DE LA GESTION DE RIESGOS EN LA CONTRATACION DEL

PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR EN LA GUAJIRA (2015-2017)

CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA

MONOGRAFIA

MAESTRIA EN GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO

AÑO 2019

FACULTAD DE DERECHO

UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

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ANALISIS DE LA GESTION DE RIESGOS EN LA CONTRATACION

DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR EN LA GUAJIRA

(2015-2017)

CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA

UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

MAESTRÍA EN GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO

Bogotá 2019

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ANALISIS DE LA GESTION DE RIESGOS EN LA CONTRATACION DEL

PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR EN LA GUAJIRA (2015-2017)

APLICANDO LO DISPUESTO EN EL MARCO NORMATIVO COLOMBIANO

CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA

Tesis para optar el título de:

MAGISTER EN GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO

Asesor:

JOSE LUIS BENAVIDES

UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO

MAESTRÍA EN GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO

Bogotá 2019

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Rector: Dr. Juan Carlos Henao Pérez

Secretaria General: Dra. Martha Sinestros Rey

Director Departamento

De Derecho de los Seguros: Dra. Hilda Esperanza Sarnosa Prieto.

Presidente de Tesis: Dra. Hilda Esperanza Sarnosa Prieto.

Director de Tesis: Dr. José Luis Benavides

Examinadores de Tesis: Dr. Javier Álvarez Sánchez

Dr. Mariano Blanco Gema

Dr. Carlos Restrepo Rivillas

Dra. Hilda Esperanza Zornosa

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Dedicatoria

Por creer en mis pasiones, por arriesgarse a estar ahí para mí, este escrito es

dedicado a quienes me acompañaron en este camino desde hace 4 años, cada

uno tuvo un granito de arena, que me permite decir hoy, lo logre!

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Agradecimientos

El reto de escribir sobre problemas sociales de nuestro país y más aún plantear

soluciones a los mismos, no es tarea fácil, requiere el acompañamiento de grandes

seres humanos, y por eso quiero agradecer a la Doctora Hilda Zornosa a María

Alejandra y a cada uno de los docentes del programa, por compartir sus

conocimientos y ser pacientes conmigo, pero especialmente le doy las gracias al

doctor José Luis Benavides, por sus calidades, por ser un excelente guía en este reto.

Un compromiso profesional y social es encontrar soluciones a temas tan sensibles como

el bienestar de los niños, niñas y adolescentes, quienes representan el futuro de

nuestra humanidad.

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RESUMEN

El Programa de Alimentación Escolar (PAE) es una estrategia estatal de complemento

alimentario que se viene implementando desde 1968. Esta estrategia, tiene como propósito

central, reducir de forma sustancial los índices de deserción escolar y mejorar los niveles de

desarrollo académico de los niños y las niñas en el sistema educativo en Colombia. El (PAE)

en el departamento de la Guajira ha estado cubierto por un proceloso y creciente manto de

dudas durante los últimos años, ello, como producto de sonados casos de corrupción y

malversación de fondos, razón por la que la capacidad del mismo para resolver los problemas

de deserción y en especial, los de malnutrición que padecen los niños y las niñas en esta parte

del país, en especial, aquellos pertenecientes a las comunidades indígenas, son muy limitados

e ineficaces. Una terrible muestra de lo anterior, es que, según datos consignados en los

informes emanados por los órganos de control, hoy, se suman más de 4000 muertes de niños,

mayoritariamente indígenas, por causas asociadas a la desnutrición.

Una de las herramientas que se emplea como mecanismo que permite ofrecer soluciones

plausibles y viables a esta problemática es el análisis sistémico de riesgos, tomado como

referente teórico, asociado con las etapas contractuales del PAE en el departamento. Por ello,

este trabajo desarrolla un análisis a la gestión de riesgos en la contratación del Programa de

Alimentación Escolar en la Guajira entre los años 2015 a 2017 para establecer así algunas

recomendaciones que le permitan a las autoridades ejecutivas y a los operadores del

programa, mejorar de manera efectiva la implementación del (PAE) en el departamento y

cumplir así los loables propósitos con que este fue instituido, además de dar cumplimiento a

las ordenes emanadas por la Corte Constitucional y por las recomendaciones emitidas por la

Corte Interamericana de Derechos Humanos CIDH para el manejo adecuado de los muy

serios problemas de desnutrición infantil acaecidos en los lustros recientes en esta parte de

Colombia.

OBJETIVOS

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GENERAL

Desarrollar un análisis de gestión de riesgos en la contratación del programa de alimentación

escolar en la guajira (2015-2017)

ESPECÍFICOS

1. Describir de manera general los componentes que integran el Programa de Alimentación

Escolar (PAE)

2. Analizar los elementos estructurantes de la gestión de riesgos en la contratación pública

3. Identificar de los riesgos específicos del Programa de Alimentación Escolar en el

departamento de la Guajira

PALABRAS CLAVE

Programa de Alimentación Escolar (PAE), Análisis de Riesgo, Contratación Estatal, Órganos

de Control, Deserción Escolar, Alimentación Escolar, Entidades Territoriales Certificadas

(ETC), Ministerio de Educación Nacional (MEN), Mortalidad Infantil.

TABLA DE CONTENDIO

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INTRODUCCIÓN .................................................................................................................. 7

CAPITULO I ........................................................................................................................ 15

EL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR (PAE) ............................................. 15

1.1. Introducción ................................................................................................................... 15

1.2 Dinámica del Programa de Alimentación escolar PAE ................................................. 23

1.2.1. Componente de actores del PAE ................................................................................ 32

1.2.2. Componente de Infraestructura del PAE .................................................................... 36

1.2.3. Componente de Planeación ........................................................................................ 37

1.2.4. Componente de Asistencia Técnica del PAE ............................................................. 40

1.2.5. Componente de Contratación del PAE ....................................................................... 41

1.3. Impacto del programa de Alimentación Escolar .......................................................... 44

CAPITULO II ....................................................................................................................... 49

GESTION DE RIESGOS EN LA CONTRATACION PÚBLICA ...................................... 49

2.1. Introducción ................................................................................................................... 49

2.2. Enfoque Sistémico ........................................................................................................ 50

2.3. Hacia la compresión del sistema abierto ....................................................................... 56

2.4. Gestión del riesgo: análisis de un concepto ................................................................... 58

2.5. Objetivos del sistema de Evaluación y Gestión de Riesgo…………………………64

2.5.1.Tipología de Riesgos…………………………………………………………………65

2.5.2. Herramientas para la identificación de Riesgos……………………………………66

2.5.3. Gestión de Riesgos ..................................................................................................... 61

2.5.4. Tratamiento de los riesgos .......................................................................................... 73

2.5.5. Monitoreo y revisión………………………………………………………………...83

2.6. Tipos de riesgos de acuerdo al funcionamiento sistémico del programa de alimentación

escolar ................................................................................................................................... 75

2.7 Marco normativo sobre gestión de riesgo en la contratación pública colombiana ......... 77

2.7.1. Contratos de la Administración Pública ..................................................................... 78

2.7.2. Ley 1150 de 2007 - Riesgos Previsibles – Decreto Reglamentario ........................... 81

2.7.3. Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo ............................................... 90

CAPITULO III ................................................................................................................... 105

IDENTIFICACIÓN DE LOS RIESGOS DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN

ESCOLAR EN EL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA ............................................. 106

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3.1. Introducción ................................................................................................................. 106

3.2. Hallazgos del informe de resultados vigencia (2014-2015) Contraloría General de La

Republica ............................................................................................................................ 109

3.2.1. Frente a la Asignación y coordinación de los recursos ............................................ 111

3.2.2. Frente al Suministro de información ....................................................................... 111

3.2.3. Frente a los procedimientos para su control y seguimiento ..................................... 112

3.2.4. Cobertura del PAE en la Guajira .............................................................................. 113

3.2.5. Financiación del PAE ............................................................................................... 115

3.3. ¿Qué riesgos eran identificables en el Programa de Alimentación escolar? ............... 121

3.4. Los riesgos materializados en la contratación del PAE del departamento de la Guajira

............................................................................................................................................ 128

3.5. Valoración de la gestión de los riesgos del programa de Alimentación Escolar aplicando

lo correspondiente del marco normativo de la contratación pública .................................. 130

3.6. Causas y conclusiones ................................................................................................. 135

4. CONCLUSIONES .......................................................................................................... 138

BIBLIOGRAFIA

ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro. 1. Programa de Alimentación Escolar PAE ............................................................ 17

Cuadro. 2. Fuentes de Financiación y Criterios de Distribución .......................................... 26

Cuadro. 3.Algunas funciones contrapuestas en términos de tiempo, contenidas en la

Resolución 29452/2017 ........................................................................................................ 34

Cuadro. 4. Modalidades de contratación del PAE más utilizadas ........................................ 43

Cuadro. 5. Diferencias entre enfoque analítico y enfoque sistémico ................................... 54

Cuadro. 6. Directrices para la gestión de riesgo ................................................................... 62

Cuadro.7. Hallazgos contraloría las ETC Dpto. Guajira 2015 .......................................... 110

Cuadro. 8. Identificación de Riesgos .................................................................................. 129

Cuadro. 9. Valoración del Riesgo ....................................................................................... 131

ÍNDICE DE GRÁFICAS

Grafica. 1. Componentes centrales del PAE......................................................................... 23

Grafica. 2. Actores de PAE .................................................................................................. 33

Gráfica. 3. Componentes para la Gestión de Riesgo ............................................................ 64

Gráfica. 4. Mapa de gestión riesgos ..................................................................................... 70

Gráfica. 5. Proceso de gestión de riesgos…………………………………………………..63

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Gráfico. 6, Mapa de riesgos………………………………………………………….…….66

Grafica. 7 Seguimiento del MEN a los ETC ...................................................................... 135

ÍNDICE DE IMÁGENES

Imagen. 1. Imagen. Formula PHVA ..................................................................................... 73

Imagen. 2. Sistema de Administración de Riesgos ISO 31000 .......................................... 100

Imagen. 3. Proceso de gestión de Riesgos .......................................................................... 101

Imagen. 4. Mapa de Procesos para la gestión de Riesgos .................................................. 101

Imagen. 5. Estructura Modelo Estándar de Control Interno – MECI 2014 ........................ 103

Imagen. 6.Función de control interno en el proceso de gestión de riesgos de ISO 31000 . 104

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura. 1. Aplicación de Modelos de Administración de Riesgos ....................................... 71

INTRODUCCIÓN

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Según la Corte Constitucional en la Guajira se presenta un estado de cosas inconstitucional

respecto de la delicadísima situación de desnutrición y falta de alimentos de las comunidades

indígenas y muy en particular de los niños y niñas en el departamento. Según datos revelados

por el alto tribunal en una audiencia pública que junto con la procuraduría fuera desarrollada

para tratar la gravísima situación de vulneración de los derechos a la alimentación, la

seguridad alimentaria, al agua y a la salud, en esta importante región del país, murieron por

desnutrición 4780 niños en un periodo de ocho años. Esta situación llevó al alto tribunal a

demandar de las entidades del Estado colombiano un compromiso más riguroso y una

atención más decidida por parte de sus instituciones para detener esta aguda problemática

social, por medio de la promulgación de la sentencia T 302 de 2017.

Con este panorama el Programa de Alimentación Escolar PAE puede ser una de las

estrategias estatales más importantes con las que las autoridades ejecutivas departamentales

pueden enfrentar este agudo problema social. No obstante, este programa ha estado rodeado

de serias denuncias de corrupción y falta de presteza en la planeación y ejecución del mismo,

esto al punto que muchos de sus responsables directos han sido condenados por la justicia

colombiana y hoy se encuentran presos o incursos en procesos judiciales, razón por la que

un análisis de la implementación del programa resulta ser fundamental y por entero

necesario.

Desde el punto de vista de su estructura el (PAE) se enmarca en tres objetivos, estos son,

primero disminuir la deserción escolar, segundo detener el ausentismo y tercero mejorar los

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hábitos alimentarios de los niñas, niños y adolescentes que hacen parte del sistema educativo

oficial. Lo anterior se desarrolla por medio de la entrega diaria de diferentes complementos

alimenticios, tendientes a permitir la permanencia de los beneficiarios en la educación

preescolar, básica y media.

El propósito general del análisis que se presenta en este trabajo se enfoca hacer una

evaluación de los riesgos asociados con la implementación del PAE en el departamento de

la Guajira. Ello teniendo como sustento las investigaciones desarrolladas por las autoridades

judiciales y los entes de control respecto de la ejecución de los recursos del PAE en esta

región. Según dichas investigaciones, son muchas las denuncias relacionadas con la entrega

de raciones incompletas de alimentos o compra de insumos a precios inflados, entre otras

muchas irregularidades, que ha generado una seria preocupación frente al funcionamiento y

el cumplimiento de los fines del programa. A partir de esta realidad se pretende determinar

si al aplicar las disposiciones contenidas en las normas de contratación pública, se logran

gestionar de manera adecuada los riesgos en el proceso de contratación para el logro de los

fines propuestos en este programa, y por consiguiente poder formular algunas

recomendaciones que permitan paliar y detener la terrible situación de vulneración de

derechos que padecen los niños y niñas en la Guajira.

En este marco el desarrollo y planteamiento del trabajo de investigación se realizará a partir

de la contextualización de la gestión de riesgos y la caracterización del Programa de

Alimentación Escolar PAE en el departamento, ello, teniendo en cuenta los informes y la

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evaluación practicada al programa por parte de los órganos de control. A partir de dichos

análisis e investigaciones, serán identificados los factores de riesgo del programa y se podrá

establecer si fue posible preverlos o gestionarlos en el proceso de contratación bajo lo

dispuesto por el artículo 4 de la ley 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 1082 de 2015

y el Manual de Colombia Compra Eficiente.

No podemos entender la ciencia jurídica y la metodología de evaluación de riesgos, si las

mismas no contribuyen de manera decidida a ofrecer respuestas serias, lógicas y viables que

permitan ofrecer soluciones a los problemas más graves que afronta nuestro país. Cada vez

que la prensa registra la muerte de un niño o niña más, en el departamento de la Guajira o

en cualquiera otra región de la geografía patria, una sensible fibra de la indignación nacional

salta a la vista, pero esta resulta ser infortunadamente pasajera y no ofrece soluciones

plausibles a este u otros tantos problemas propios de la caótica realidad nacional. El trabajo

que se presenta a continuación pretende ante todo superar esta etapa de indignación

superficial y propone una alternativa analítica que integre a la ciencia jurídica y la

metodología de evaluación de riesgo a la solución o cuando menos al tratamiento de este

terrible problema.

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15

CAPITULO I

EL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR (PAE)

1.1. Introducción

Las políticas públicas expresan la manera en la que el régimen político interactúa con la

ciudadanía, por ello y a partir de la concepción de política pública, planteada, como “el

conjunto de actividades de las instituciones de gobierno, actuando directamente o a través

de agentes, y que van dirigidas a tener una influencia determinada sobre la vida de los

ciudadanos” (Lopez, 2010) sostiene que la Política Pública casi siempre busca forzar o

imposibilitar que la gente haga cosas que, de otro modo, no haría. Confirmando así, la

influencia en el cambio de conducta de aquellos que le toca ajustarse a la política, de esta

manera se marcan rumbos en la sociedad (Roth Deubel, 2013).

En ese sentido el interés por entender los antecedentes del Programa de Alimentación

Escolar (PAE), se relacionan de manera directa con su origen y funcionamiento. El PAE

surge con la reforma constitucional de Alfonso López Pumarejo en 1936 y fue modificado

en 1968 luego de la creación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

Posteriormente en 2011 se trasladó la competencia del programa del ICBF al Ministerio de

Educación (MEN), ello con el objetivo de alcanzar coberturas educativas universales y evitar

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16

la deserción escolar que tuvo cifras muy altas en la década del noventa según las cifras

emitidas por el MEN (Ministerio de Eduación Nacional de Colombia MEN , 2017).

Una vez el programa estuvo en cabeza del Ministerio de Educación Nacional, este contrató

la ejecución del mismo con los departamentos y municipios, en los que se desarrollaría la

estrategia de alimentación para la población escolar de más bajos recursos. En estos contratos

se determinaba la cuantía de auxilio para cada restaurante y la potestad de celebrar contratos

parciales sobre la organización y manejo de los restaurantes escolares y distribución de sus

auxilios. Los puntos identificados sobre los cuales se identificarían los tres elementos

importantes que definen esta política son: 1) quienes asisten a la escuela y adquieren

conocimientos prácticos obtenían beneficios, 2) confluencia de aportes o auxilios a cada

nivel territorial, 3) vinculación de distintos actores de la sociedad (Iriarte, 1995).

A partir de 2011 y con la expedición del “Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014”, se

redefine la Política de Atención integral a la Primera Infancia, entendida como la prestación

del servicio y atención dirigida a los niños y niñas desde la gestación hasta los 5 años y 11

meses, de edad, con criterios de calidad y de manera articulada, brindando intervenciones en

las diferentes dimensiones del Desarrollo Infantil Temprano en salud, nutrición, educación

inicial, cuidado y protección. (Parágrafo 4. Art 136)

El Decreto 1852 de 2015 dio inicio a la etapa más reciente del PAE. Dicha norma definió

el PAE como una “estrategia estatal que promueve el acceso con permanencia de los niños,

niñas, adolescentes y jóvenes en el sistema educativo oficial, a través del suministro de un

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17

complemento alimentario durante la jornada escolar, para mantener los niveles de atención,

impactar de forma positiva los procesos de aprendizaje, el desarrollo cognitivo, disminuir el

ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida saludables.” (Decreto 1852, art. 1, núm.

2.3.10.2.1.1), (Procuraduria General de la Nación, 2017).

En ese sentido, se realiza un ajuste de la oferta programática para la primera infancia y se

traslada el Programa de Alimentación Escolar –PAE del Instituto Colombiano de Bienestar

Familiar (ICBF) nuevamente al Ministerio de Educación Nacional (MEN), con el fin de

alcanzar las coberturas universales, correspondiéndole a esta entidad del nivel central la

orientación, ejecución y articulación del programa, sobre la base de estándares mínimos de

obligatorio cumplimiento para su prestación, de manera concurrente con las entidades

territoriales. Reservándose la potestad de celebrar contratos de aporte para la ejecución del

programa. (Parágrafo 4. Art 136). La ejecución del programa PAE al MEN, implico de forma

aparentemente sutil la revisión, actualización y redefinición de algunos aspectos, de los

lineamientos técnicos-administrativos, de los estándares, y de las condiciones para la

prestación del servicio diseñados por el ICBF y el MEN (ver Cuadro No.1).

Cuadro 1. Programa de Alimentación Escolar PAE

Criterios

/Lineamientos

ICBF

(Resolución 06054 de 2010)

MEN

(Resolución 29452/2017)*

Objetivo

General

Contribuir a mejorar el desempeño

académico de las niñas, niños y

adolescentes, lograr su asistencia

regular, y promover la formación de

hábitos alimentarios saludables en la

Suministrar un complemento

alimentario que contribuya al

acceso con permanencia en la

jornada académica, de los niños,

niñas, adolescentes y jóvenes,

Page 18: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

18

población escolar, con la participación

activa de la familia, la comunidad y el

Estado por medio de los entes

territoriales.

registrados en la matricula

oficial, fomentando hábitos

alimentarios saludables.

Objetivos

Específicos

Garantizar la alimentación inocua a

los escolares, que aporte un mínimo

del 20% de las recomendaciones

diarias de energía y de nutrientes,

acordes con su edad y sexo, en

especial de calcio, hierro y vitamina

A, durante la jornada diaria de estudio

y el periodo escolar.

Fomentar la asistencia regular de los

niños, niñas y adolescentes

matriculados en el sistema educativo

público, disminuir la deserción

escolar y contribuir a mejorar el

aprendizaje de los niños, reduciendo

el hambre a corto plazo.

Promover y fomentar en los escolares,

la formación de hábitos alimenticios

saludables, que favorezcan su salud en

todas las etapas del ciclo vital,

mediante procesos formativos en el

ámbito escolar.

No se enuncian expresamente

Población

Objetivo

Niños, niñas y adolescentes de las

áreas rurales y urbanas, de los

diferentes grupos étnicos

matriculados en el sistema educativo

público del país, o en instituciones

educativas, en convenio o en

concesión con el sector educativo.

los niños, niñas, adolescentes y

jóvenes focalizados, registrados

en el Sistema de Matricula

SIMAT como estudiantes

oficiales

Periodo de

Atención

El PAE realizará la prestación del

servicio durante el calendario escolar.

Los entes territoriales deberán

establecer el incremento del número

de días hasta alcanzar la atención total

del calendario escolar. En todo caso,

el ICBF, con sus recursos, garantizará

la atención del servicio durante 180

días del calendario escolar

La prestación del servicio de

alimentación escolar se brindará

durante todo el calendario

escolar definido en cada una de

las Entidades Territoriales

Certificadas en Educación.

Page 19: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

19

Fuentes de

Financiación

La alimentación es un derecho

universal, y en este caso las familias,

la sociedad y el Estado deben

concurrir para garantizar el acceso

universal a la alimentación escolar,

aunando recursos de diversas fuentes.

el Programa de Alimentación

Escolar será cofinanciado con las

siguientes fuentes de

financiación:

Recursos del Sistema General de

Participaciones - SGP.

Regalías.

Recursos propios.

Recursos del Presupuesto

General de la Nación

distribuidos anualmente por el

Ministerio de Educación

Nacional.

Otras fuentes de financiación por

parte del sector privado,

cooperativo o no gubernamental,

del nivel nacional e internacional

y cajas de compensación.

Criterios de

selección de

beneficiarios

Para la asignación de recursos

públicos, de asistencia social y para la

selección de los beneficiarios de este

tipo de programas. En el PAE se

focalizará por:

• Zona Geográfica: Área rural, Área

urbana.

• Vulnerabilidad: población indígena,

en situación de desplazamiento, con

vulnerabilidad nutricional y

socioeconómica de Niveles 1 y 2 del

SISBEN.

Los rectores y docentes de las

instituciones educativas intervendrán

en el proceso de asignación de cupos

al interior de cada escuela, así como

representantes de padres de familia,

quienes podrán conformar un Comité

de Alimentación Escolar a fin de

realizar el proceso de selección de los

beneficiarios del PAE.

En el área rural y para la población

indígena, se deben cubrir el 100% de

los escolares matriculados que se

La focalización de los niños,

niñas, adolescentes y jóvenes a

quienes se les suministrará el

complemento alimentario debe

realizarse en el marco del Comité

de Alimentación Escolar, con los

integrantes docentes,

coordinadores o delegados de

cada sede educativa y el rector

del establecimiento educativo.

Este Comité, presidido por el

rector, debe elaborar el acta que

detalle la metodología utilizada

para la focalización y el listado

de los titulares de derecho

seleccionados, la cual, debe

remitirse a la respectiva

secretaria de educación. Para el

efecto se tendrán en cuenta los

siguientes criterios:

Primer criterio En el área rural y

urbana cubrir el 100% de los

escolares matriculados que

hacen parte de Jornada Única

Page 20: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

20

encuentren cursando preescolar y

primaria.

A los escolares en situación de

desplazamiento, se les deben cubrir el

100%, con independencia de los

grados en que estén matriculados,

En el área urbana, la asignación de los

recursos del ICBF se hará para cubrir

la totalidad de niños, niñas y

adolescentes inscritos en cada grado

académico, en los establecimientos

educativos seleccionados, con mayor

proporción de población clasificada

en los niveles 1 y 2 del SISBEN,

priorizando de los inferiores a los

superiores, así: preescolar, primero y

segundo de primaria, prioritariamente.

Al interior de la institución educativa

urbana, la asignación del

complemento se hará cubriendo la

totalidad de niños, niñas y

adolescentes matriculados en cada

grado, pero dando prelación a los

matriculados en grados inferiores

hasta llegar a los superiores. Es decir,

se seleccionan los niños y niñas en

preescolar, primero y segundo de

primaria, y los pertenecientes a

pueblos indígenas y en situación de

desplazamiento, prioritariamente.

En las regiones en donde los

anteriores grupos prioritarios están

cubiertos por las entidades

territoriales o con otros recursos de

cofinanciación, se podrán atender en

su orden, la cobertura de los grados

tercero, cuarto y quinto de primaria, y

sexto en adelante. El incremento de

recursos para financiar la cobertura

debe priorizar la atención de niños y

niñas matriculados en preescolar,

primero y segundo de primaria

Es importante tener en cuenta que la

ampliación de cupos en el programa

independientemente del grado en

el que se encuentren

matriculados.

Segundo criterio: Área rural - los

escolares que se encuentran en

transición y primaria, iniciando

con población étnica, población

en situación de discapacidad,

continuando con aquellos que se

encuentren en Educación Básica

Secundaria y Educación media.

Tercer criterio: Área Urbana -

estudiantes de transición y

primaria, iniciando con aquellos

que pertenezcan a comunidades

étnicas (indígenas, comunidades

negras, afrocolombianos,

raizales, ron/gitanos,

palanqueros) y población en

situación de discapacidad.

Cuarto criterio: En el área

urbana, escolares de transición y

primaria matriculados y

clasificados con puntajes de

SISBEN máximos de 48,49 para

las 14 ciudades principales sin

sus áreas metropolitanas y 45,34

para el resto de las zonas

urbanas.

A las escolares víctimas del

conflicto armado se les debe

atender en su totalidad con

independencia de los grados en

que estén matriculados

Una vez garantizada la atención

al 100% de los escolares

indicados en los criterios de

focalización y dependiendo la

disponibilidad de recursos, la

Entidad Territorial podrá

continuar el proceso de

focalización a escolares del área

urbana que se encuentren

Page 21: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

21

de alimentación escolar que las

entidades territoriales realicen con

recursos diferentes a la asignación

especial para alimentación escolar del

Sistema General de Participaciones, y

los asignados por el Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar, se

deben mantener de forma permanente,

en ningún caso se podrá realizar

ampliación de coberturas sin que se

garantice la sostenibilidad y

continuidad de los recursos destinados

a financiar dicha ampliación.

matriculados en los grados de

Educación Básica Secundaria y

Educación media, iniciando por

los grados inferiores.

De acuerdo con él parágrafo del

artículo 19 de la Ley 1176 de

2007, la ampliación de cupos que

las entidades territoriales

realicen en el PAE con recursos

diferentes a la asignación

especial para alimentación

escolar del Sistema General de

Participaciones y los asignados

por el Ministerio de Educación

Nacional (MEN), se deben

mantener de forma permanente;

en ningún caso, se podrá realizar

ampliación de coberturas sin que

se garantice la sostenibilidad y

continuidad de los recursos

destinados a financiar dicha

ampliación.

Resolución 018858 de 2018 contiene los Lineamientos técnicos-administrativos, de los

estándares, y las condiciones mínimas del Programa de Alimentación Escolar para pueblos

indígenas

A la fecha al MEN le corresponde la orientación, ejecución y articulación del programa,

sobre la base de estándares mínimos de obligatorio cumplimiento para su prestación

definidos en lo lineamientos diseñados por esta, de manera concurrente con las 95 Entidades

territoriales certificadas en el país, quienes a su vez deben cumplir con la implementación,

de forma gradual, de la jornada única en un plazo que no supere al año 2025 en las zonas

urbanas y el 2030 para las zonas rurales. De acuerdo con los nuevos objetivos trazados a

través de la Ley 1753 de 2015 “plan de desarrollo 2014 -2018 “todos por nuevo país” que

para el efecto contempla la consulta a las juntas de asociación de padres de familias y los

docentes.

Page 22: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

22

En el contexto internacional los programas de alimentación escolar generalmente están

dirigidos a mejorar la nutrición de los niños, niñas y adolescentes que asisten a las

instituciones de educación formal de carácter público. También comparten el hecho de

ofrecer a los estudiantes desayuno, almuerzo y refrigerios reforzados acorde con la jornada

de las instituciones. Lo cuales, con frecuencia son apoyados por “El Programa Mundial de

Alimentos PMA y Organización para la Alimentación y la Agricultura FAO. Al menos por

el PMA, quienes promueven activamente los programas de alimentación escolar alrededor

del mundo” (FAO Oficina regional para America y el Caribe , 2018).

De acuerdo con Manuel Espinoza (2012), presidente ejecutivo de la red de alimentación

escolar para América Latina, entrevistado para esta evaluación (mayo 2012), las

características de los Programas de Alimentación Escolar (PAE) en términos de objetivos y

diseño institucional, en la región son muy distintas en función de su administración,

contenidos y población elegible. (Espinoza, 2013. Pág13)

En países como Chile, Brasil y Colombia los PAE tienen una condición mixta de la

operatividad del programa. Si bien el programa en estos países es del gobierno y está

financiado directamente con cargo a recursos públicos, y en algunos casos con apoyo de las

agencias de cooperación, parte de su financiación combina recursos privados. Coinciden

también en que la operación es contratada con operadores privados con ánimo de lucro y con

organizaciones no gubernamentales. (Parágrafo 4. Art 136)

Page 23: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

23

1.2 Dinámica del Programa de Alimentación escolar PAE

De acuerdo con la política para la primera infancia, cuyo fin de alcanzar las coberturas

universales a través de la estrategia del Programa de Alimentación Escolar –PAE, se han

considerado dos conjuntos de referentes para armonizar el quehacer transformador del

programa 1. Su funcionamiento sobre la base de estándares mínimos de obligatorio

cumplimiento para su prestación (contenidos en los Lineamientos técnicos-administrativos)

cuestión que alude al mejoramiento de la calidad y 2. La concurrencia de las entidades

territoriales, que alude a la manera articulada, en que estas deben intervenir en las diferentes

dimensiones del desarrollo infantil temprano en salud, nutrición, educación inicial, cuidado

y protección, todo esto de forma integral. Es así como la creación de condiciones para lograr

ejecutar el programa de alimentación, que contribuyan con el objetivo general del mismo que

es la permanencia en el sistema educativo conlleva una aproximación integral y sistémica

que tenga en cuenta acciones sobre un conjunto de factores asociados para su cumplimiento.

Desde esta perspectiva el Programa involucra cuatro componentes centrales o funcionales y

un componente transversal, los cuales se agrupan bajo objetivos específicos y estrategias que

contribuyen al logro del objetivo del programa, como se muestra en la siguiente gráfica.

Grafica 1. Componentes centrales del PAE

Page 24: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

24

1.2. Componente de recursos PAE

El punto de partida de este componente es el plan de desarrollo del nivel nacional y luego en

los niveles territoriales, como instrumento de planeación y orientación de la acción estatal.

(Departamento Nacional de Planeación DNP, 2014) Siendo el insumo principal para la

preparación del presupuesto. Que debe guardar concordancia con el Plan Plurianual de

Inversiones, (el cual define los presupuestos anuales para los programas, subprogramas o

proyectos por desarrollar) y el Plan Operativo Anual de Inversiones - POAI (comprende los

proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas) (Departamento

Nacional de Planeación DNP, 2014). En ese orden, las Secretarias de Educación y Hacienda

de cada una de las entidades territoriales desempeñan un papel determinante en la toma de

decisiones referentes al uso correcto de los recursos financieros. Desde el punto de vista de

estructuración de los proyectos, resulta claro que los riesgos institucionales de esta fase no

Page 25: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

25

son los mismos para cada entidad interviniente en el proceso de estructuración, por cuanto la

misma no se atribuye a la competencia funcional de una sola entidad, sino que esta, involucra

diversas dependencias dentro de las propias las entidades.

Esto teniendo en cuenta los recursos certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito

Público para atención integral a la primera infancia, pues el Copes Social realizará con base

en la población de 0 a 6 años ponderada por el Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas,

(reportada por las secretarias de educación), o el indicador que lo sustituya determinado por

el DANE, la distribución de los recursos entre municipios, distritos y áreas no

municipalizadas de los departamentos a partir de esta distribución, se realiza un giro anual a

los distritos y/o municipios, a más tardar el 30 de junio del año en el que se incorporen al

Presupuesto General de la Nación.

Es por esto, que, de forma anual, los gobernadores o alcaldes deben presentar a la respectiva

asamblea o concejo, el proyecto de presupuesto siendo esta la programación, de acuerdo con

los recursos que esperan recibir durante la vigencia, se distribuyan para el cumplimiento de

los planes y programas de desarrollo económico y social, del respectivo territorio. Este quizás

es uno de los componentes más importantes para el desarrollo del Programa de Alimentación

Escolar- PAE, puesto que de la real, organizada y oportuna información, sobre las

instituciones educativas y la población beneficiaria, se estiman los recursos y se verifican las

posibles fuentes para la conformación la bolsa común, lo cual permite hacer la proyección

técnica sobre la sostenibilidad y tiempo de operatividad del programa de acuerdo a esas

Page 26: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

26

necesidades, en el siguiente cuadro se explica de forma puntual algunos aspectos y criterios

de cada una de las fuentes que concurren a la financiación del PAE, que se tienen en cuenta

al momento de planear.

Cuadro 2. Fuentes de Financiación y Criterios de Distribución

Tipo de Recurso Criterios de distribución Criterios de

Asignación Destinación

Sistema General

de

Participaciones

– SGP –

Componente de

Educación (Para

2019

corresponden a

$23,7 billones,

un 58.5% del

SGP Total)

Corresponde a los

recursos que transfiere la

Nación, a través del

Ministerio de

Educación, a los

departamentos, distritos

y municipios

certificados (95

entidades territoriales)

para atender los

servicios

de educación preescolar,

básica, secundaria y

media.

El artículo 16 de

la Ley 715 de

2001 establece

que los recursos

de la

participación para

educación del

SGP, se

distribuyen con

base en los

criterios de: i)

población

atendida; ii)

población por

atender en

condiciones de

eficiencia y iii)

equidad. Estas

asignaciones se

calculan tomando

de referencia la

matrícula oficial

atendida en la

vigencia

inmediatamente

anterior, que

resulte del

análisis del

reporte niño a

niño realizado por

cada Secretaría de

Estos recursos están

destinados para

financiar la

prestación del

servicio público de

educación a nivel

nacional. Dentro de

los usos principales

se encuentran:

Pago de nómina de

docentes y personal

administrativo (Este

ítem se lleva la

mayoría de estos

recursos).

Construcción,

ampliación y

adecuación de

infraestructura

educativa. •

Mantenimiento de

infraestructura

educativa.

• Dotación

institucional de

infraestructura

educativa.

• Dotación

institucional de

material y medios

Page 27: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

27

Educación,

multiplicada por

la tipología o

valor a reconocer

por alumno

atendido, que

determina

anualmente el

Ministerio de

Educación

Nacional.

pedagógicos para el

aprendizaje.

• Pago de servicios

públicos de los

establecimientos

educativos estatales.

• Funcionamiento

básico de los

establecimientos

educativos estatales.

• Capacitación a

docentes y directivos

docentes, siempre y

cuando cuente con la

aprobación del

comité de

capacitación de la

Secretaría de

Educación

certificada.

•Complementar, de

ser necesario, la

alimentación escolar.

Como se establece en

el Artículo

2.3.10.4.3. del

Decreto 1852 de 2015

es deber de la entidad

territorial

Sistema General

de

Participaciones

– SGP –

Propósito

general para

programas de

alimentación

escolar de

Distritos y

Municipios

(Para el 2019

son $189.615

millones de

pesos)

Del total de recursos del

SGP se deduce el 4%

para asignaciones

especiales y el 96%

restante se distribuye

entre los sectores. Del

total de la bolsa, el 0,5%

tiene destinación

específica que se

distribuyen en 1102

municipios para

financiera programas de

alimentación escolar.

El artículo 17 de

la Ley 1176 de

2007, establece

que estos recursos

se asignan con

base en la

matrícula oficial

atendida en

establecimientos

oficiales, ajustada

por la dispersión

poblacional y

ponderada por el

NBI de cada

municipio.

Según el Artículo

2.3.10.3.7 del

Decreto 1852 de 2015

los recursos con

destinación

específica para el

PAE se deben

destinar para:

Compra de alimentos,

Contratación del

personal

manipulador,

Transporte de

alimentos,

Dotaciones,

Page 28: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

28

Suministro de

combustible para la

preparación de

alimentos,

Construcción y

mejoramiento de la

infraestructura,

Supervisión, o

interventoría.

Recursos

propios de las

entidades

territoriales

Dentro del presupuesto

de la entidad se

encuentran Los gastos

de inversión son

aquellos susceptibles de

causar réditos o de ser de

algún modo

económicamente

productivos, o que se

materialicen en bienes

de utilización

perdurable; se incluyen

también los destinados a

crear infraestructura

social.

Gastos de

Inversión: Para su

cálculo deberá

considerarse en

primera instancia

la financiación de

las erogaciones

recurrentes como

pago de nómina,

contratos de

prestación del

servicio

educativo y

funcionamiento

básico de

establecimientos

educativos. Los

recursos restantes

deberán dirigirse

a otros proyectos

de inversión

identificados en

el Plan Sectorial

que apunten a

lograr el

cumplimiento de

las metas

propuestas.

Conforme a lo

establecido en la Ley

715 de 2001, las

entidades territoriales

podrán destinar

recursos propios al

sector educativo a

cargo del Estado,

dichos recursos

pueden destinarse

especialmente a

proyectos de

inversión que

permitan el

mejoramiento de la

calidad del servicio

ofrecido, la provisión

de la canasta

educativa, la

ampliación,

adecuación y

mantenimiento de los

establecimientos

educativos, los

servicios públicos y

gastos de

funcionamiento de

los establecimientos

educativos, el

servicio de transporte

y alimentación, entre

otros, sin generar

gastos recurrentes

para el SGP

Page 29: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

29

Recursos del

Presupuesto

General de la

Nación

Corresponden a

programas o proyectos

prioritarios de Gobierno

dirigidos a mejorar la

cobertura, calidad,

pertinencia y eficiencia

del servicio educativo en

las entidades

territoriales; los recursos

para su financiación son

canalizados a través del

presupuesto de

entidades del sector

central, especialmente

del Ministerio de

Educación Nacional

Recursos del

Programa de

Alimentación

Escolar PAE

A través del

artículo primero

del Decreto 1852

de 2015, se

estableció que el

“El Ministerio de

Educación

Nacional

determinará los

criterios para

distribuir los

recursos de la

Nación y

realizará las

actividades

institucionales

necesarias para

transferirlos a las

entidades

territoriales, con

el fin de que estas,

como

responsables del

servicio

educativo en su

jurisdicción y de

la ejecución del

PAE, realicen la

implementación,

financiación y

ejecución del

programa de

acuerdo con los

lineamientos del

Ministerio y las

necesidades

locales”

Los recursos de

cofinanciación que

transfiera el

Ministerio de

Educación Nacional

para el Programa de

Alimentación Escolar

PAE a las entidades

territoriales deben ser

invertidos en lo

estipulado en el

decreto mencionado:

Compra de alimentos,

acorde con las

características

definidas en los

Lineamientos

Técnicos -

Administrativos del

programa.

Contratación del

personal manipulador

de alimentos

requerido para la

operación del

programa.

Transporte de

Alimentos

Dotación de menaje,

equipos y utensilios

necesarios para la

prestación del

servicio de

Alimentación

escolar, así como

para su reposición

cuando se requiera.

Dotación de insumos

e implementos de

aseo para las

instituciones

educativas donde

Page 30: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

30

Se realice la

operación del

programa.

Suministro de

combustible para la

preparación de

alimentos, de acuerdo

con la modalidad de

atención

suministrada.

Contratación para la

provisión del servicio

de alimentación

escolar.

Construcción y

mejoramiento de la

infraestructura

destinada para el

almacenamiento,

preparación,

distribución,

consumo e

instalaciones

sanitarias de las

instituciones

Educativas donde se

realice la operación

del programa.

Supervisión,

interventoría,

monitoreo y control

de la prestación del

servicio del

Programa de

alimentación

escolar.

Otras fuentes de

financiación por

parte del sector

privado,

cooperativo o no

gubernamental,

del nivel

nacional e

No hay regulación No hay

regulación No hay regulación

Page 31: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

31

internacional y

cajas de

compensación

CONPES 151 –

Recursos con

destinación

específica en

atención al

artículo 145 de

la Ley 1530 de

2012 para

compensar la

inversión que

realizaban en

programas de

alimentación

escolar las

entidades

territoriales

productoras

antes de la

entrada en

vigencia del

nuevo sistema

general de

regalías.

La normatividad

establece que estos

recursos se destinaran a

149 Entidades

Territoriales (8

Departamentos y 141

municipios y/o

distritos).

Estos recursos

son asignados

desde el MEN a

Departamentos y

Municipios

beneficiarios del

CONPES 151 de

2012. Se asignan

en cada vigencia

aproximadamente

en el mes de

mayo de cada

vigencia,

mediante

resolución que

ordena el

compromiso,

obligación y giro.

Estos recursos podrán

ser utilizados para:

Compra de alimentos,

Contratación del

personal

manipulador,

Transporte de

alimentos,

Dotaciones,

Suministro de

combustible para la

preparación de

alimentos,

Construcción y

mejoramiento de la

infraestructura,

Supervisión, o

interventoría.

Sistema General

de Regalías –

SGR

La Ley 1530 de 2012

crea el Sistema General

de Regalías - SGR como

fuente de recursos de

libre inversión para

financiar proyectos que

deberán ser presentados

por las entidades

territoriales a los

Órganos Colegiados de

Administración y

Decisión - OCAD,

quienes serán los

encargados de

definirlos, evaluarlos,

viabilizar los,

priorizarlos, aprobarlos.

Dentro de los objetos de

La Comisión

Rectora

del Sistema

General de

Regalías, es la

instancia

encargada de

establecer los

procedimientos y

los criterios de

asignación y son

las entidades

territoriales las

que de acuerdo a

sus necesidades

presentan

proyectos para

acceder a estos

Dependerá de la

estructuración y

alcance del proyecto,

siempre y cuando

contribuya al acceso

y permanencia

escolar de los niños,

niñas y adolescentes

registrados en la

matrícula oficial, por

medio del suministro

de un complemento

alimentario diario.

Aumentando la

cobertura del PAE o

mejorando los

componentes del

programa para que

Page 32: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

32

gasto del SGR está la

financiación de

programas de

alimentación escolar.

recursos. Se han

definido 6

regiones para

todo el país que

concentran todo

el país.

tengan un mayor

impacto en la función

cognitiva y de

retención del

conocimiento.

Las secretarias de Educación son las encargadas de hacer el seguimiento y monitoreo a los

recursos destinados a alimentación escolar en los establecimientos educativos oficiales en el

país, y realizar el reporte de los recursos en el Sistema Consolidado de Hacienda e

Información Pública - CHIP. Así mismo es importante señalar que para la conformación de

la bolsa común se utilizan los mecanismos contenidos en los Lineamientos técnicos –

administrativos establecidos por el MEN, que se enmarcan generalmente por la celebración

de convenios, acuerdos o transferencias.

Se tiene que las actividades a desarrollar para el funcionamiento de este componente está

sujeta a las normas presupuestales, los planes de desarrollo, pero principalmente a las

autorizaciones y facultades que otorguen las asambleas departamentales o concejos

municipales a los ordenadores de gasto para que ellos puedan actuar y en ese sentido la

planeación debe considerar los tiempos de sesiones que por ley tienen y adicionalmente los

tiempos para los cierres y movimientos financieros, definidos en el estatuto orgánico de

presupuesto.

1.2.1. Componente de actores del PAE

Page 33: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

33

En este componente prima la articulación y comunicación, de los responsables de la

ejecución, implementación y/o seguimiento del programa, conforme a las funciones

dispuestas en el Decreto 1075 de 2015, la visión de este componente identifica plenamente

la interrelación y decencia de cada uno de los actores, para el cumplimiento de los objetivos

del PAE, partiendo de la Nación, al definir la política, estrategias y objetivos del programa,

hasta la comunidad educativa, estudiantes, Docentes, Directivos, personal administrativo,

entre otros, en quienes recae la responsabilidad de control a la ejecución del programa de

forma diaria, pues allí es donde se materializa la prestación del servicio. (Ver grafica 2)

Grafica 2. Actores de PAE

La coordinación y concertación entre estos actores del Programa de Alimentación Escolar,

se manifiesta cuando la prestación del servicio es oportuna y adecuada, pues las funciones en

Nación

MEN- Ministerio de Educacion Nacional

ETC -Entidades Territoriales certificadas

y las No Certificadas

Operadores-Manipuladoras de

Alimentos

Rectores, Profesores, veedores, sociedad

Page 34: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

34

cabeza de cada uno así lo demandan, y más cuando se evidencia que existen varias funciones

que se contraponen entre ellos, como se identifica en el siguiente cuadro. (Ver cuadro .3)

Cuadro.3. Algunas funciones contrapuestas en términos de tiempo, contenidas en la

Resolución 29452/2017

Diagnóstico y caracterización de las

instituciones educativas y sus sedes para la

prestación del servicio

En cada vigencia distribuir los recursos a

cada municipio y departamento

Apropiar reservas y recursos suficientes

para la financiación del PAE

Concurrir a la Financiación del PAE en su

territorio

Coordinar la ejecución del PAE conforme a

los Lineamientos, estándares y condiciones

mínimas

Garantizar en coordinación con la ETC, que

no haya duplicidad en la prestación del

servicio de alimentación en una misma

institución educativa ni en el territorio.

Garantizar la prestación del servicio de

alimentación escolar desde el primer día del

calendario escolar

Aprobar los ciclos de menús presentados

por el operador, en caso de ser la entidad

contratante de la operación, de acuerdo con

las minutas patrón diseñadas por el

Ministerio de Educación Nacional o

aprobadas a las ETC convocadas por el

Ministerio para el caso de atención con

enfoque diferencial, la cual deberá

realizarse antes de iniciar la operación de

PAE, garantizando que dichos ciclos sean

revisados por un profesional en Nutrición y

Dietética

Informar de inmediato por escrito a la

entidad contratante, al supervisor o

interventor y al Rector de la institución

educativa, las deficiencias identificadas, los

danos o fallas frente a las condiciones de

infraestructura y equipos que impidan el

adecuado funcionamiento del Programa.

Garantizar que los establecimientos

educativos de su jurisdicción cuenten con la

infraestructura adecuada para el

almacenamiento, preparación, distribución

y consumo de los complementos

alimentarios, e implementar planes de

mejoramiento con los establecimientos

educativos que no cumplan con estas

condiciones, hacerles seguimiento y apoyar

su implementación y ejecución: en el caso

de las ETC departamentos, deben

articularse con sus municipios no

certificados

Page 35: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

35

Realizar la entrega de los complementos

alimentarios a los titulares de derecho, de

acuerdo con los gramajes establecidos por

grupo de edad en las minutas patrón.

Realizar el análisis situacional de su

territorio, identificando las necesidades y

prioridades de los niños, niñas,

adolescentes y jóvenes conforme a los

criterios contemplados en los lineamientos.

Las ETC Departamentos, deben articularse

con sus municipios no certificados para el

desarrollo de estas actividades.

Los espacios en los que participan los actores son: Comité de Alimentación Escolar (CAE)

y las Mesas Públicas. El CAE es conformado por el Rector, 2 o 3 padres de familia, el

personero estudiantil, dos beneficiarios del Programa y una manipuladora de alimentos (si

la institución cuenta con ella) en este caso solo serán dos padres de familia, este comité tiene

una vigencia de 1 año, dentro de sus funciones está el seguimiento a la operación, participar

en el proceso de focalización y plantear acciones de mejoramiento del PAE.

Estos comités deben existir en cada una de las instituciones o sedes vinculadas al programa,

y tiene gran importancia pues de acuerdo a las funciones antes relacionadas, suponen poseer

conocimiento del programa, un compromiso diario, durante el tiempo de operación en la

institución y al finalizar el año escolar, puesto que ahí deberán tomar decisiones de

focalización para el siguiente periodo escolar (hasta el 15 de Diciembre), y también supone

la producción de una cantidad de información sobre los problemas del día a día, aspectos de

mejora, cambios de modalidad etc., que puede ser contemplada como una nueva estrategia

para la vigencia siguiente. Adicionalmente se encuentran el equipo PAE, el cual tiene un

carácter interdisciplinar, en áreas de nutrición, alimentación y social o humana, quienes

Page 36: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

36

apoyaran el diseño o aprobación de ciclos de menús, verificación de las condiciones de

operación y reporte de información.

1.2.2. Componente de Infraestructura del PAE

Para el adecuado desarrollo del programa las entidades territoriales deben realizar el

diagnóstico y la caracterización de las instituciones educativas y sus sedes donde se prestará

el servicio de PAE, frente a las condiciones de infraestructura, equipos, menaje, acceso y

transporte de insumos y de alimentos. En caso de las ETC departamento, el diagnostico debe

efectuarse en articulación con sus municipios no certificados (Resolución 29452 del 29 de

septiembre de 2017).

En esta misma resolución, se aclara que la selección de la modalidad dependerá de las

condiciones de la infraestructura del comedor escolar, acceso a servicios públicos, dotación

de equipos, así como de la ubicación geográfica del establecimiento educativo que pueda

afectar las condiciones de calidad e inocuidad de los alimentos. (Art. 4.1.1.5). Aspecto del

que también depende el componente de recursos de acuerdo con los criterios de distribución

que se describieron anteriormente.

Los anexos de los lineamientos técnico administrativos del MEN resolución 29452 de 2017,

dentro de las minutas patrón, también define los equipos y utensilios mínimos requeridos

para la prestación del servicio según modalidad y tipo de ración , determinando el elemento,

Page 37: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

37

las dimensiones o especificaciones y el número necesario de acuerdo a la cantidad de

raciones, lo cual varía de acuerdo a si es almuerzo, desayuno, ración industrializada,

verificación que debe hacer tanto la entidad territorial, como el operador, quien a su vez debe

cumplir con una serie de condiciones sanitarias y programas o estrategias para su operación

en condiciones óptimas, todo esto dentro de la denominada etapa de alistamiento, que se hace

previo al inicio de la prestación del servicio.

1.2.3. Componente de Planeación

Partiendo de la base que cada entidad territorial certificada y no certificada, que es

responsable de garantizar la prestación del servicio de alimentación escolar, ha definido sus

planes institucionales y estrategias, y los cuales están alineados a los objetivos y metas del

Plan Nacional de Desarrollo vigente. En este componente, se definen y organizan las

actividades de acuerdo a los procesos o procedimientos institucionales de cada entidad,

articulando los demás componentes ya analizados. En ese orden, se resaltan dos aspectos

adicionales al de recursos (del primer componente) que de forma específica permiten

dimensionar la madurez en la etapa de planeación de la ETC respecto de:

a. Titulares de Derecho y Meta de cobertura

Page 38: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

38

• La definición de los titulares del derecho de alimentación escolar obedece a que cada

año la ETC realizo un análisis de la situación o necesidades de los niños, niñas, adolescentes

y jóvenes y así mismo diagnostico las condiciones de las instituciones educativas y sus sedes

(infraestructura, equipos, menaje) para la prestación del servicio de alimentación y también

analizo las condiciones de acceso y transporte de insumos y de alimentos, para determinar

así la modalidad o tipo de complemento alimentario a suministrar. Con el fin de priorizar o

dar prelación a población desplazada, comunidades rurales e indígenas y a los

establecimientos educativos con la mayor proporción de la población clasificada en los

niveles 1 y 2 del Sise

• De acuerdo a esa información se realiza la focalización. Cubriendo inicialmente el

100% los estudiantes del sector rural y los grados inferiores de la parte urbana, cubriendo

progresivamente el 100% de los alumnos matriculados por grado, conforme a la

disponibilidad de recursos.

Para definir los titulares de derecho y la meta de cobertura la ETC debe tener en cuenta que

debe garantizar la continuidad de la cobertura alcanzada desde la vigencia fiscal de 2007,

esto con el fin de alcanzar las coberturas universales básicas en el programa de alimentación

escolar y suministrar la información antes del 30 de octubre del año anterior para la

programación y ejecución de los recursos del programa de alimentación escolar. Esta

información se actualiza año a año en el sistema integrado de matrícula SIMAT, diseñada

como fuente de información confiable y disponible para la toma de decisiones y antes del 15

Page 39: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

39

de diciembre de cada año se debe enviar al MEN la proyección de la priorización de

Instituciones Educativas del calendario escolar siguiente.

De acuerdo con la priorización y focalización realizada por la ETC, se debe hacer entrega de

esa información a los operadores prestadores del servicio y socializarla con el Consejo de

Política Social del respectivo municipio o departamento dentro de las dos semanas siguientes

a la realización del reporte en el SIMAT. La prestación del servicio de alimentación se

supone debe ser desde el primer día del calendario escolar y hasta la finalización del mismo

en cada vigencia, teniendo en cuenta que son 180 días que corresponden al calendario

escolar.

b. Ejecución y Control de la operación

Establecidos los beneficiarios y las instituciones educativas y sedes, la ETC, debe estructurar

las condiciones mínimas de entrega y recibo para la prestación del servicio, para lo cual se

tienen de presente los Lineamientos Técnico Administrativos establecidos por el MEN,

puesto que allí establece una serie de funciones u obligaciones para cada uno de los actores

(segundo componente). Sin embargo, dependerá de la ETC, definir, por ejemplo:

▪ El procedimiento para el seguimiento y registro de a) complementos alimentarios

entregados y de estudiantes atendidos por cada institución educativa, b) diario de raciones

c) de las raciones no entregadas en el evento de presentarse ausencia de algún titular de

derecho focalizado, al ser recursos no ejecutados por este concepto.

Page 40: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

40

▪ Los controles implementar para garantizar la entrega de los alimentos a los

establecimientos educativos en las cantidades requeridas, de manera oportuna, conforme a

las características, condiciones de inocuidad y calidad exigidas. en lo relacionado con las

minutas patrón, la misma preparación de los alimentos, el cumplimiento de los ciclos de

menús, la entrega de raciones, el diligenciamiento de formatos, manejo de tarde, Plan de

Saneamiento Básico y transmisión correcta de la información que se le solicite.

1.2.4. Componente de Asistencia Técnica del PAE

Otro elemento de orden transversal a los demás componentes, que permite la adaptación y

transformación del programa de alimentación escolar, que al estar enmarcado en el sistema

educativo, no puede faltar, es la capacidad de cada uno de los actores de entender y actuar

conforme a lo requerido para el correcto funcionamiento o prestación del servicio, es por esto

que se identifica que algunas de las funciones asignadas corresponden a obtener el

conocimiento de los lineamientos y estándares mínimos del programa, o las aptitudes

mínimas de las manipuladoras de alimentos, y en ese sentido se designa a la Nación a través

del Ministerio de Educación Nacional y de las Entidades territoriales certificadas a conformar

equipos con conocimientos específicos a brindar asistencia técnica, propiciando espacios,

bien sea a través de mesas o comités de alimentación escolar o capacitaciones, para que se

conozca y apropie la operación del programa lo cual contribuye en un mayor control y

Page 41: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

41

seguimiento por parte de las actores directamente involucrados, así como de la ciudadanía y

las veedurías.

En ese orden el MEN ha diseñado un manual y unas guías con el fin de facilitar la

implementación de mecanismos de participación ciudadana y de control social del PAE. Pues

de acuerdo a los lineamientos Técnico Administrativo del Programa de Alimentación Escolar

2015, las entidades territoriales deben garantizar la promoción de información, como es la

publicación de los ciclos de menú, espacios de rendición de cuentas y conformación de

veedurías ciudadanas.

1.2.5. Componente de Contratación del PAE

El contrato resulta ser el móvil o instrumento para llevar a cabo la ejecución del PAE, en ese

sentido lo disponen los Lineamientos técnico- administrativos del PAE (art. artículo 4.2 de

la Resolución 24952 de 2017)

(…) “Los recursos que el Ministerio asigne a las ETC, deberán converger, bajo el esquema

de bolsa común, con las demás fuentes de recursos que dispongan las entidades territoriales

con el propósito de realizar los procesos contractuales necesarios para garantizar la

prestación del servicio, oportuna y, de calidad, a la población estudiantil focalizada, de

acuerdo con los criterios establecidos en esta resolución” (subraya fuera de texto)

En ese orden, dentro de los cuatro componentes centrales expuestos, se identifica, que es

necesario adelantar procesos contractuales en cada uno de ellos; como por ejemplo: en el

primero con la conformación de la bolsa común de cofinanciación del programa, en el

Page 42: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

42

segundo se encuentra presente en la contratación de docentes, equipos PAE, en el tercero, se

ubica por la construcción o dotación de los restaurantes escolares, y en el cuarto se manifiesta

a través la planeación de cada ETC para la propia operación del PAE, identificando allí la

necesidad, las condiciones y obligaciones de las partes. Así es como, las ETC, deben

observar también las disposiciones sobre la materia, tratándose de una entidad pública del

estado, así, conforme lo señala los Lineamientos técnico- administrativos del PAE (art. 4.2

la Resolución 24952 de 2017)

(…) “4.2. Contratación del Operador: las Entidades Territoriales que ejecuten los recursos

presupuestales deben adelantar oportunamente los procesos de contratación necesarios

para garantizar el suministro del complemento alimentario desde el primer día del

calendario escolar. Esta contratación debe adelantarse de acuerdo con las modalidades y

el procedimiento establecido por las normas de contratación pública”. (Subraya fuera de

texto)

En los apartes transcritos puede observarse como en el momento de la implementación de

acciones que pongan en funcionamiento el programa, estas deben observar principio de

planeación y selección objetiva, principios que se enmarcan la contratación pública y buscan

atender los requerimientos contendidos en los Lineamientos Técnico Administrativos para la

operación del PAE (Colombia Compra Eficiente, 2014). Así, se tiene que en el marco de este

principio de planeación el deber de las entidades contratantes es el de analizar los riesgos en

el contexto y en el ámbito particular de su región o territorio, ello, con el fin de articularlos

con las partes y gestionarlos, estos riesgos son propiamente de carácter contractual.

Page 43: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

43

Por ello la importancia de plasmarlos en los documentos del proceso de contratación, donde

se determinan las condiciones tanto de selección como de la ejecución del contrato, por lo

que podría plantearse inicialmente que la omisión o la insipiente o errónea información que

se utilice para establecer esas condiciones, repercutirá de forma posterior en las prestaciones

contractuales iniciales, generándose así un riesgo para el logro de los objetivos.

En ese orden de ideas, la entidad contratante, una vez definidos los aspectos anteriormente

señalados, procederá a adelantar el proceso correspondiente para la escogencia del operador,

y de manera siguiente, la opción para adelantar uno u otro proceso, que no obedecerá

exclusivamente a los términos del proceso de selección y al tiempo en que se requiere tener

el servicio contratado (Colombia Compra Eficiente, 2014). Por ello, se observa como en los

informes trimestrales emitidos por el Ministerio de Educación se identifica que la

contratación para la operación del programa en las ETC se adelantó principalmente a través

de las modalidades que se exponen en el cuadro 4, dichas modalidades, constituyen serios

factores de riesgo, en especial en la etapa de implementación del contrato, puesto que, la

modalidad de contratación comporta ya una definición de riesgos para la entidad, gracias a

que escoger entre las distintitas modalidades de contratación no es solo problema de

corrupción, sino también de riesgo. Lo propio también se tiene con relación al tipo de contrato

que se seleccione.

Cuadro 4. Modalidades de contratación del PAE más utilizadas

Régimen Marco Normativo Modalidad de

escogencia

Tipo de Contratos

Page 44: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

44

De contratación

Estatal

Ley 80 de 1993

Ley 1150 de 2007

Decreto

Reglamentario

1082 de 2015

(Vigente)

Manuales de

Colombia Compra

Eficiente

Manual de la

Contratación de la

ETC

Convocatoria Pública:

o Licitación

Publica

o Selección

Abreviada de Menor

Cuantía

o Selección

Abreviada por Subasta

Inversa

Contratación Directa

Prestación de

servicios

De suministro

Convenios o

contratos

Interadministrativos

O de cooperación.

Régimen Especial

Contratos con

entidades sin

ánimo de Lucro

Constitución

Política de

Colombia Art. 355

inciso 2 º

Decreto

Reglamentario 092

de 2017 (Vigente)

Manual de la

Contratación de la

ETC

Contratación Directa

Convenio de

asociación o

cooperación.

Régimen

especial-

Contratos de

Aporte

Contratación Directa Contrato de Aporte

De acuerdo con la información obtenida en los informes del Ministerio de Educación (2016),

las 95 Entidades territoriales certificadas, en su mayoría acogen la modalidad de contratación

directa, a través de convenios de asociación y en menor medida a través de convocatoria

pública.

1.3. Impacto del programa de Alimentación Escolar

Page 45: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

45

En el marco de la política pública para la atención integral a primera infancia, trazada en el

Plan Nacional de Desarrollo, la intervención de las entidades del estado y la medición de ésta

en el logro de las metas trazadas a corto y largo plazo, y con el fin de determinar el impacto

y los resultados del programa, es necesario hacer una evaluación tanto de su funcionamiento

como de su impacto en la población beneficiaria. Teniendo en cuenta que la evaluación, es la

medición sistemática de la operación o impacto de un programa o política pública, comparada

con estándares implícitos o explícitos en orden a contribuir a su mejoramiento (Seis, 1998).

Encontrando que el ICBF, luego de 45 años desde que asumió la operación del programa y

previo a la transición del programa al MEN, realizó la primera evaluación a nivel nacional

del Programa PAE en el año 2012, arrojando el siguiente contexto “En el PAE se invierten

recursos crecientes por 1 billón de pesos anuales (0.19% del PIB), movilizando alrededor de

700 toneladas diarias de alimentos, preparados en 29 mil sedes de colegios oficiales del país

(80% del total), por 75.000 manipuladoras, muchas de ellas voluntarias, en prácticamente

todos los municipios del país. Tiene una cobertura de 4 millones de estudiantes de primaria

y secundaria, a los cuales se sirve refrigerios, desayunos o almuerzos, prácticamente todos

los días del calendario escolar, incluyendo zonas rurales”,

Por su parte el Departamento Nacional de Planeación DNP, En el año 2015 generó informe

de operación y resultados del PAE. Así como en el marco de sus competencias los entes de

control esto es Procuraduría General de la Nación y Contraloría General de la Republica,

han realizado actuaciones especiales sobre el Programa de Alimentación Escolar, debido al

aumento de denuncias por las presuntas irregularidades en el funcionamiento del programa,

Page 46: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

46

se vieron forzados a poner especial atención del programa sobre la que generaron una

evaluación especial. Según se anuncian los diferentes medios de comunicación, como, por

ejemplo:

(…) En la investigación de la Defensoría del Pueblo no se observa un análisis de contexto

sobre un legado de corrupción y de ineficacia que tiene ese programa en el ámbito nacional

y que obliga a reformar su operatividad. Irregularidades que hacen parte de una larga

historia de ineficiencia y de descomposición administrativa. Lo polémico es que hasta ahora

los niveles de corrupción que afectan al programa no han sido afrontados con eficacia por

parte del Ministerio de Educación y la ministra solo se ha dedicado a lavarse las manos.

(Mosquera, 2015)

De la noticia citada es posible identificar que algunos problemas frecuentes, son ineficacia

precariedad, alimentación desbalanceada, anomalías en el manejo del presupuesto, presuntos

malos manejos en la contratación y la ejecución del programa y los recursos del Programa

de Alimentación Escolar (PAE). Teniendo en cuenta la época de la noticia, indica que

probablemente no se hayan gestionado los riesgos una vez identificados o que persiste alguna

omisión o que la información resulta ser insuficiente o inadecuada durante la etapa de

planeación para la ejecución y operación del Programa de Alimentación Escolar (PAE).

Lo anterior, de acuerdo con la doctora Hilda Zornosa, cuando señala que “en la sociedad

actual la desgracia que ya ha adoptado la forma de riesgo, se registra como casualidad y

como ruptura de la normalidad”. En efecto se hace referencia al caos, al desorden, la

catástrofe para describir la desgracia en vez de utilizar el término riesgo”. Así mismo, que el

proceso comunicativo para la aceptación del riesgo, el sistema social ha promovido el

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47

privilegio del elemento cuantitativo, la expectativa subjetiva de la utilidad, lo que Luhmann

denomina valoración de la complejidad para usar el código racional que prevalece es de la

relación costo-beneficio (Zornosa, 2015). Esto teniendo en cuenta al conjunto de factores

expuestos desde una aproximación integral y sistémica de la dinámica del PAE expuesta en

este trabajo.

Apreciación que permite abordar en adelante el análisis del Programa de Alimentación

Escolar, desde una gestión de riesgos, conforme a los preceptos normativos para la

contratación pública (Ley 1150, Decreto 1082 y Manual de Colombia Compra eficiente),

aplicable tanto para los contratos del régimen de contratación o del régimen especial, que

conforme a estos, la ETC debe dejar constancia de ello en los estudios previos,

salvaguardado así los principios de planeación y selección objetiva que deben primar en los

procesos de contratación.

En ese orden y dado que existen 95 Entidades Territoriales Certificadas, resulta pertinente

enfocar el análisis propuesto a una ETC en específico, y en ese orden se tiene en cuenta los

problemas identificados, frente a los objetivos del programa, enmarcados en mantener los

niveles de atención, impactar de forma positiva los procesos de aprendizaje, el desarrollo

cognitivo, disminuir el ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida saludables.

Ubicando en el departamento de la Guajira, de acuerdo con lo expuesto en el estudio

realizado por el Banco de la Republica que expone “Los fallecimientos de niños wayuu

Page 48: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

48

asociados a la desnutrición son motivo de preocupación nacional. El debate ha enfatizado

el mal manejo de los recursos por los guajiros, pero la problemática se origina en múltiples

factores de carácter estructural y coyuntural. Es importante revisar la realidad social y

económica de La Guajira, cuyas características geográficas dificultan la seguridad

alimentaria en el territorio. Este departamento posee condiciones geográficas que frenan la

producción agrícola, tiene una población rural dispersa y un atraso histórico en las

condiciones sanitarias y el acceso a agua potable” y es en este departamento donde se

concretan las mayores denuncias e investigaciones por la ejecución del programa. De tal

forma que el MEN asumió nuevamente la ejecución del PAE en el departamento de la

Guajira, mediante la Resolución 0478 de 2017, por la que se adopta “la medida correctiva

de asunción temporal de la competencia de la prestación de los servicios de salud, educación,

alimentación escolar, y agua potable y saneamiento básico en el departamento de La Guajira,

en aplicación del Decreto 028 de 2008” (Copes 3883 del 21 de febrero de 2017), y desde ese

momento la operación se hace a través del Programa Mundial de Alimentos.

Page 49: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

49

CAPITULO II

GESTION DE RIESGOS EN LA CONTRATACION PÚBLICA

2.1. Introducción

Parte fundamental de situar conceptualmente el término “sistema” es vincularlo en un

proceso amplio de definiciones según diferentes aristas y modelos. En principio el sistema

establece una totalidad, en cuyo caso sus atribuciones son más que la adición de sus

componentes internos. Los sistemas aparecen entonces como conjuntos de elementos que son

relacionados entre sí, y que le permite al sistema mantener cierta unicidad y correlación en

función de alguna forma teleológica. Efectivamente, los sistemas no constituyen

necesariamente conjuntos cerrados, en tanto parte de su relacionamiento con otros elementos,

implican aperturas para su enlazamiento con el medio (Tarida, 2005).

El análisis de los sistemas, pasa por hacer una comprensión sobre el proceso general de

funcionamiento, las relaciones que los constituyen, las estructuras que forman, los procesos

de los conjuntos o sus elementos, el resultado que se genera en el proceso, las metodologías

que emergen y fundamentalmente, la funcionalidad del sistema en términos de los problemas

o dificultades que este logra solventar o solucionar, entre otros (OPS, 2007). Así pues, el

sentido de un sistema está dado por su unidad en primera medida, es decir por aquello que

lo unifica como sistema; en segundo lugar, está dado por la interacción de los elementos que

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50

lo componen y, por ende, como proceso de afectación entre unos y otros, encaminados hacia

un objetivo común (Arcacil, 2006).

En este sentido, teóricos como Rozna han establecido tres componentes fundamentales para

el análisis de lo sistemas, el primero asume la interacción, denominada como la reciprocidad

y el funcionamiento de los elementos; la totalidad; se trata de entender el sistema como

unidad, aunque este posea elementos, no es la suma o adición de estos; organización, es el

concepto fundamental del sistema, en tanto genera estabilidad o permanencia en el tiempo

(1977). Las interacciones no solo se establecen entre la voz de la naturaleza y las

comunidades marginadas y por tanto más vulnerables a los factores de riesgo ambiental, sino

también, la interacción entre estas y las decisiones que toma el Estado para mitigar estos

efectos a través de políticas públicas. En la teoría de sistemas es esencial que la comunicación

como eje articulador del sistema con sus subsistemas y viceversa funcionen de manera

expedita, ello, porque dichos canales son quienes integran las acciones institucionales

adecuadas con los puntos en los que la naturaleza y las comunidades interactúan.

2.2. Enfoque Sistémico

Talcot Parsons en los Estados Unidos y Niklas Luhmann en Europa son los dos teóricos más

importantes en los enfoques funcional-sistémicos. Estos desarrollaron una amplia y compleja

teorización que intenta comprender en su conjunto la sociedad (Luhmann, 1998). Esta teoría

es una forma contraria a las teorías socialistas y liberales de analizar los fenómenos

Page 51: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

51

tradicionales de la ciencia política y las ciencias sociales, puesto que la misma invierte la

orientación epistémica de las ciencia sociales continental-europeas, centradas en la teoría de

la dominación y el poder en el seno del Estado como instrumento de condensación de los

mismos, para entender el concepto de análisis fundamentado en el funcionamiento sistémico

más emparentado con las ciencias naturales como la biología, en la que los parámetros

tradicionales de la cencías sociales no tienen cabida. Los sistemas sociales y la teoría de

general de sistemas son un amplio compendio de trabajos teóricos que por su nivel de

abstracción y complejidad es necesario ver con un lente desprovisto de prejuicios atados a

las formaciones o conocimientos en teoría social previa (Johannsen, 2015).

Luhmann basado en una profunda lectura de Parsons desarrolla una teoría omnicomprensiva

de la realidad social. Basado en una visión dinámica novedosa del individualismo la Teoría

de Sistemas concibe a la sociedad como un complejo entramado de subsistemas que en su

conjunto son más que la suma de sus partes interconectadas (Luhmann, 1998). Este es el

sistema social que a su vez está compuesto por una serie de subsistemas que en su conjunto

conforman el sistema social. Como en los ecosistemas bióticos los componentes

subsistenticos hacen parte integral del sistema general en donde estan insertos, por ello,

ningún subsistema puede vivir ni desarrollarse por fuera del sistema general y de la misma

forma el sistema general no puede funcionar si se le aparta un subsistema, este

funcionamiento sistémico interconectado explicaría las sociedades contemporáneas

caracterizadas por su complejidad y su funcionamiento instituido por una racionalidad

funcional interna (Buckley, 1973).

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52

Como hemos visto, el sistema social está compuesto por subsistemas sociales que en su

conjunto conforman un solo sistema dotado de racionalidad y sentido propios. Algunos

profesores especialistas intentan explicar este concepto poniendo como ejemplo al cuerpo

humano que sería un símil del sistema social. El cuerpo humano está constituido por

subsistemas, circulatorio, osteo-muscular, linfático, nervioso etc. Estos subsistemas no

podrían en ningún caso funcionar si no están en directa interacción con los demás subsistemas

y a su vez el sistema denominado cuerpo humano no podría funcionar sin el concurso

adecuado de funcionamiento de los subsistemas que lo componen. Por tal razón el propósito

del cuerpo humano es asegurar un adecuado funcionamiento sistémico procurando que todos

sus subsistemas operen de forma adecuada y armónica. Este ejemplo grafica como opera la

lógica sistémica afincada a la teoría de Luhmann (Johannsen, 2015). Pero ello no se agota

allí, puesto que la pretensión del enfoque sistémico es traslapar el funcionamiento de los

sistemas naturales con los sociales en una reedición radical del positivismo cientificista del

siglo XIX en donde no se albergan posibilidad de resistencia o restricción de la dominación,

la que como en los ecosistemas es inexistente (Buckley, 1973).

En términos concretos los subsistemas sociales son todos aquellos necesarios para el

funcionamiento social sistémico. El sistema jurídico, de valores, económico, cultural etc.

Estos subsistemas interconectados entre sí, e imbricados en el marco del funcionamiento

sistémico general están constituidos para garantizar la continuidad funcional del sistema

social. Para Luhmann el poder no existe si no en la influencia sobre la acción social y ello se

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53

consigue por medio de la comunicación que es esencial para la canalizar la influencia

funcional que explica el funcionamiento sistémico de la sociedad. Esta explicación tampoco

da cabida a los conceptos de revolución y resistencia, pues considera que la realidad está

construida entorno a las bases de sistema y entorno caótico. El entorno caótico es todo aquello

que está ubicado por fuera del sistema y que intenta continua e incesantemente presionar al

sistémica para paralizarlo, ante lo que el sistema reacciona reduciendo la complejidad del

entorno caótico por vía de la funcionalización de la amenaza e integrándola funcionalmente

al ordenamiento del sistema social (Arnold, 1998).

La reducción de la complejidad del entorno caótico y la funcionalidad de las distorsiones que

intentan paralizar el funcionamiento del sistema, hacen parte de la adaptación funcional

sistémica. Esta es indispensable para conseguir el correcto además del funcionamiento del

sistema. La sociedad en esta perspectiva funcionaria de manera equivalente a un ecosistema

biótico y el perenne movimiento intra sistémico nunca permitiría la destrucción o el

cuestionamiento al sistema ni mucho menos su aniquilamiento y destrucción. La función

interna de adaptación es la que le permite al sistema social adaptarse a las externalidades y

garantizar su eterna continuidad (Luhmann, 1998).

Lo anterior implica que el enfoque sistémico se haya alejado profundamente del enfoque

analítico, este último como hegemónico en el pensamiento científico. Su diferenciación

subyace al método de estudio; mientras que el enfoque analítico para su funcionamiento

necesita descomponer el sistema en cada uno de sus elementos y abordarlos de manera

Page 54: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

54

individual o aislada, el enfoque sistémico asume el estudio de la totalidad del sistema y sus

interacciones.

Cuadro. 5. Diferencias entre enfoque analítico y enfoque sistémico

Enfoque Analítico

Enfoque Sistémico

Aislado: se centra en los elementos

Relacionado: se centra en las interacciones

entre elementos

Considera la naturaleza de las interacciones

Considera los efectos de las interacciones

Se preocupa por la precisión del detalle

Se preocupa de la percepción global

Modifica una variable cada vez

Modifica grupos de variables

simultáneamente

Independiente de la duración: los

fenómenos considerados son reversibles

Integra la duración y la irreversibilidad

La validación de hechos se realiza por

prueba experimental dentro del marco de

una teoría

La validación de hechos se realiza por

comparación del funcionamiento del

modelo con la realidad

Modelos precisos y detallados, pero

difícilmente utilizables para la acción

(ejemplo: modelos econométricos)

Modelos insuficientemente rigurosos para

servir de base al conocimiento, pero

utilizables en la decisión y la acción

(ejemplo: modelos del Club de Roma)

Enfoque eficaz cuando las interacciones

son lineales y débiles

Enfoque eficaz cuando las interacciones

son no lineales y fuertes

Conduce a una enseñanza por disciplinas

Conduce a una enseñanza pluridisciplinar

Conduce a una acción programada en

detalle

Conduce a una acción por objetivos

Conocimiento de los detalles, metas mal

definidas

Conocimiento de las metas, detalles

borrosos

Tomado de: Politécnica de Madrid, 2006, Pág. 44.

Page 55: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

55

En esencia, el enfoque sistémico establece la posibilidad de examinar elementos

homogéneos o similitudes tanto en las propiedades del sistema como en su estructura,

permitiendo aumentar significativamente el grado de generalidades de los sistemas y sus

componentes, dicha generalización implica conocer las formas de organización,

comunicación e interacción del sistema (Ferreras & Gay, 2016).

En efecto, la Teoría General de Sistemas confluye en un intento para dar explicaciones a los

posibles principios sobre organización de las realidades en los diferentes campos del

conocimiento (Espinal, Gimeno & González, 2012). Parte elemental de la construcción

teórica de Luhmann es establecer los modos de afectación de los componentes, que

efectivamente se alejan de los postulados científicos clásicos sobre causalidad,

reduccionismo o determinismo. Como lo expone la Dr. Hilda Zornosa, es posible superar

estos postulados a partir de sistemas autopoieticos, que transita hacia la compresión de la

sociedad constituida por una red de comunicaciones estructuradas que fundamentan las

decisiones y le dan sentido a la acción humana, teoría sociológica sobre la cual se caracteriza

la obra Luhmann, en el entendido de que la sociedad es el sistema de los sistemas y que así,

el derecho, la política, la economía, son sistemas en sí mismos que desarrollan funciones

especiales. La sociedad vista en sus relaciones con otros sistemas sociales (2012). En esa

medida, Luhmann, hace una distinción entre tres sistemas: sistema vivo, sistema psíquico y

sistema social, constituidos por una serie de eventos o acontecimientos que los mantienen y

reproducen. El concepto de acontecimiento constituye un evento particular que tiene un

inicio y una desaparición (acontecimientos del pensamiento para el sistema psíquico,

Page 56: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

56

acontecimientos de comunicación para el sistema social y acontecimientos de muerte para

los sistemas vivos (Arteaga, 2009).

2.3. Hacia la compresión del sistema abierto

Bertalanffy formula la teoría de los sistemas abiertos, estos últimos como fundamentales en

el acercamiento conceptual del sistema en la apuesta investigativa de la presente monografía.

La idea de Bertalanffy es relativamente simple: la definición y el estudio de los sistemas

constituyen un estudio inherente de su entorno y/o ambiente, con el cual hay interacción, en

cuyo caso, dicha interacción y afectación lo convierte necesariamente en un intercambio de

materia (Bertalanffy, 1989). Esta idea de los sistemas abiertos, plantea nuevas cuestiones

sobre los procesos de auto organización que se dan en dichos sistemas y las formas de

adaptabilidad al cambio. Entendida como un todo que es más que la suma de sus partes,

entendemos que las funciones que ejerce el sistema social constituyen un todo sin el que no

podría funcionar en su conjunto el sistema social. Estas funciones se encuentran en el marco

de patrones regulares ejercidos tanto por las instituciones centradas en la individualidad y la

egida de sus intereses, como por los individuos mismos que interactúan con estas

instituciones en un funcionamiento que tiende al orden interno constante, este orden es

denominado gobernabilidad y se manifiesta en el correcto funcionamiento del orden

institucional establecido y su continua funcionalización que reduce continuamente su

propensión al error. En esta lógica, instituciones e individuos actúan en forma conjunta, el

en primer caso, para asegurar por medio de la acción individual el goce de los derechos

Page 57: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

57

individuales, y el segundo para desarrollar y consolidar la estructura institucional a través del

aseguramiento de los mismos intereses.

En este sentido se señala en los sistemas la capacidad de conservarse a pesar de las

modificaciones que le ocurren, como también la habilidad para auto-eco organizarse y la

recursividad para adaptarse a tales cambios. A la vez se considera que los sistemas están

compuestos por multiplicidad de elementos que funcionan como un todo, lo cual es más que

la suma de sus partes, en donde a su vez el todo está en la parte (Medina, 2004, p. 100). En

ese rango de ideas, los sistemas deben ser entendidos como elementos complejos en la

trasmisión, interacción e intercambio de información entre el propio sistema y el entorno.

Efectivamente las conexiones e interacción que se tejen entre los sistemas abiertos,

contribuyen a su movilidad y mejoramiento adaptativo, lo cual anula visiones tradicionales

burocráticas y mecanicistas, otorgándole nuevas características tales como la innovación, el

crecimiento y nuevas emergencias en función del mejoramiento (Contreras, Barbosa &

Castro, 2012).

Luhmann, señala que hay distintos tipos de formación sistémica. Los sistemas sociales se

pueden construir de distinta manera, dependiendo de las condiciones del proceso de

autoselección y de la formación autorreferente de límites. Desde este punto de vista destaca

dos tipos de formaciones sistémicas: 1. Sistemas de interacción, dados por la selección y

manejo de un sistema cerrado de temas comunes y 2. Sistemas de organización,

caracterizados por su capacidad de condicionar la membresía, es decir, de poner condiciones

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58

que deben ser cumplidas por quienes quieren ingresar y permanecer en ellas, Esto quiere

decir que demanda comportamientos muy específicos de sus miembros y, al mismo tiempo,

para motivarlas hace uso de esquemas altamente generalizados, tales como el dinero,

independientemente de cuales sean las aspiraciones, necesidades o motivaciones particulares

que cada uno de los miembros de la organización (Luhmann, 2003). Partiendo de este tipo

de formación sistémica, de una organización o entidad, la estructura general debe estar

diseñada de forma clara, agrupando los elementos, jerarquizándolos y definiendo de forma

puntual sus roles, logrando así un sistema de comunicación y de toma de decisiones que se

ven reflejados en los objetivos perseguidos.

2.4. Gestión del riesgo: análisis de un concepto

Siguiendo en el marco de los sistemas por Luhmann, y con el enfoque expuesto Nelson

Paulas, puede observarse que cada uno de los sistemas de la sociedad actúan de acuerdo a

sus lógicas e intereses, las cuales, como se puede pensar, entran en conflicto entre sí. Como

consecuencia de esto, se incomunican de sus problemas globales, inmovilizándose ante ellos,

e incluso agravándolos como resultado de sus autónomas y parciales operaciones. Es así

como puede afirmarse, que las sociedades modernas se encuentran amenazadas por

problemas que emanan del desconcierto que resulta del autónomo operar de los diversos

sistemas, de lo cual se desprende una serie de efectos colaterales. (2004).

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59

Ulrick Beck (2004), a través de su noción de sociedad del riesgo, señala que la sociedad

moderna, queda caracterizada por el imperio de los efectos colaterales desarrollados a través

del operar inconexo de los diversos subsistemas de la sociedad moderna, y que encuentra su

punto principal en el déficit estructural de racionalidad, resultante de la perdida de una visión

global de los problemas que la afectan. Y teniendo de presente que el concepto de Riesgo

tiene varias concepciones resulta pertinente tomar el punto de partida expuesto por Luhmann

en su obra “Sociología del Riesgo” citando de forma específica lo siguiente: Desde la

perspectiva de Acción: (…) La historia de la palabra misma no nos proporciona por sí sola

ninguna información segura al respecto. Nos ofrece, sin embargo, algunos puntos de apoyo,

sobre todo al decir que las pretensiones de racionalidad se encuentran en una relación

progresivamente precaria. Tomadas en conjunto, ambas cosas nos indican que se trata de

decisiones con las que se vincula el tiempo, aunque uno no pueda conocer suficientemente

el futuro, ni siquiera en particular el futuro producido por las propias decisiones.

La confianza en la factibilidad de las relaciones aumenta desde Bacon, Locke y Vico, al

aceptarse, en general, que existe una correlación entre saber y realizabilidad. Esta pretensión

se corrige, en cierto sentido, con el concepto de riesgo, así como también (aunque de otra

manera) con el recién inventado cálculo de probabilidades. Parecería que ambas ideas

pueden garantizar que, aun cuando algo salga mal, pudo haberse hecho correctamente. Estos

conceptos tienen, entonces, el efecto de inmunizar la toma de decisiones contra fracasos, con

tal de que se aprenda a evitar errores”.

Page 60: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

60

Que parte de la suposición de que todo observador debe servirse de una distinción, pues de

otra manera no podría caracterizar lo que pretende observar. Con el binomio riesgo-

seguridad tenemos como resultado un esquema de observación que hace posible, en

principio, calcular todas las decisiones bajo el punto de vista de su riesgo. Esta forma tiene

el indiscutible mérito de universalizar la aritmética del riesgo. Sin embargo, hay dos tipos

de observadores por lo que: para el observador de primer orden es este el mundo real. Sin

embargo, para el observador de segundo orden, el problema reside en que algo que es tenido

por lo mismo por distintos observadores genera informaciones muy diversas para ellos.

Y en ese sentido señala que: Con el objeto de poder hacer justicia a ambos niveles de la

observación, daremos otra forma al concepto de riesgo. Nos serviremos, más concretamente,

de la distinción entre riesgo y peligro. Esta distinción supone (y así se diferencia

precisamente de otras distinciones) que hay una incertidumbre en relación a danos futuros.

Se presentan entonces dos posibilidades. Puede considerarse que el posible daño es una

consecuencia de la decisión, y entonces hablamos de riesgo y, más precisamente, del riesgo

de la decisión. O bien se juzga que el posible daño es provocado externamente, es decir, se

le atribuye al medio ambiente; y en este caso, hablamos de peligro”.

En ese orden, la gestión de riesgos, se entiende dinamizada de la siguiente forma: la

prevención de riesgos, en las que asegura que influye por un lado la disposición al riesgo y,

de esta manera, también en una de las condiciones para que el daño pueda presentarse,

citando su ejemplo: un banco estará más dispuesto a otorgar crédito si podemos ofrecer

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61

garantías. Y la preparación al mismo, para disminuir o incrementar los riesgos, y en ese

sentido se habla de distribución del riesgo suponiendo de entrada que el riesgo inicial puede

ser la decisión frente al riesgo y el segundo que actúa también como atenuante de aquel pues

también es un riesgo y la prevención de uno o de otro puede ser innecesaria, cito su ejemplo:

Alguien que haga ejercicio día a día en el bosque con el objeto de conservar la salud, puede

perecer en un accidente aéreo. (…) En vista de que tanto los riesgos de primera instancia

como los de prevención son antes que nada riesgos, los problemas de la evaluación del riesgo

y de su aceptación intervienen de manera importante en ambos casos. Así las cosas, el análisis

de oportunidades y amenazas, incertidumbre y los riesgos o eventos de propensión al riesgo

a los que están sometidas todas las actividades de cualquier organización, sin importar su

diligencia o tamaño, son conocidas en la actualidad como “Gestión de Riesgo” (Casares San

José-Martí & Edmundo, 2016, pág. 27)

2.5. Gestión de Riesgos

La gestión de riesgos, se entiende como el proceso para identificar, analizar, evaluar, tratar y

reportar los eventos que puedan afectar el logro de los objetivos de una organización. se trata

de un enfoque riguroso y documentado en todos los niveles de desarrollo de los eventos

analizados, lo que requiere información de todas las áreas de interés, internas y externas, en

tal sentido, el Sistema de Gestión Integral del Riesgo es:

Page 62: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

62

“Conjunto de actividades interrelacionadas que tienen por objetivo orientar y fortalecer la

gestión, articular y alinear conjuntamente la identificación, análisis, evaluación, tratamiento

y reporte de los eventos que puedan afectar el logro de los objetivos de una organización”.

(Casares San jose, 2016, pág. 28)

De acuerdo con el propósito de este trabajo se tendrá en cuenta lo expuesto en la norma- guía

técnica ISO 31000, emitida por la Organización internacional de Normalización (ISO), la

cual es una guía de normas sobre gestión de riesgo, cuyo objeto es el de proporcionar

principios y directrices para la gestión del riesgo, tal como se expone en el siguiente cuadro:

Cuadro. 6. Directrices para la gestión de riesgo

PRINCIPIO APLICACION RESULTADO

Crea y protege el valor

Identificación y tratamiento de

factores que dan lugar a

incertidumbre asociada a los

objetivos.

Aumenta la probabilidad de

alcanzar objetivos. Cumplir los

requisitos legales y

reglamentarios.

Es parte integral de

todos los procesos de la

organización.

Inclusión de las etapas de la

Gestión del Riesgo al sistema de

gestión y la toma de decisiones.

Fomenta la gestión proactiva

Es parte de la toma de

decisiones.

Realizar elecciones informadas

considerando el riesgo durante y

nunca después.

Mejora el gobierno corporativo.

Asigna y usa eficientemente los

recursos para el tratamiento del

riesgo.

Aborda explícitamente

la incertidumbre.

Evaluación y tratamiento de los

riesgos conociendo la naturaleza

y origen de la incertidumbre.

Crea conciencia de la necesidad

de identificar y tratar los riesgos

en toda la organización.

Mejora la eficacia y eficiencia

Page 63: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

63

Es sistemática,

estructurada y oportuna.

Consideración de los riesgos

asociados a todas las decisiones

y uso de criterios relacionados a

los objetivos.

operativa.

Se basa en la mejor

información disponible.

Gestión y tomar decisiones

basado en la mejor información

disponible.

Establece una base confiable para

la toma de decisiones y la

planificación. Mejora la

presentación de informes

Está adaptada.

Alineación de la Gestión del

Riesgo con el contexto de la

organización y el perfil del

riesgo.

Mejora la flexibilidad

organizacional.

Considera los factores

humanos y culturales.

Obtención y comprensión de las

opiniones de partes interesadas

que puedan influir en el logro de

los objetivos.

Incrementa el desempeño de la

salud y la seguridad, así como la

protección ambiental.

Es transparente e

inclusiva.

Participación de las partes

interesadas en todos los aspectos

de la Gestión del Riesgo.

Mejora la confianza y honestidad

de las partes involucradas.

Mejora el aprendizaje

organizacional.

Es dinámica, reiterativa

y receptiva al cambio.

Revisión y seguimiento de

cambios que puedan afectar los

objetivos y adaptación posterior.

Mejora los controles.

Facilita la mejora

continua de la

organización.

Medición de indicadores,

establecimiento de planes de

mejora y aplicación de modelos

de madurez.

Mejora la prevención de pérdidas

y la gestión de incidentes.

Minimiza las perdidas.

Fuente: NTC-ISO 31000 y PNE-ISO/TR 31004 IN

De acuerdo con la norma ISO 31000, el objetivo de toda organización, debe ser, además de

la generación de valor con ética, la creación de un marco que: ayude a gestionar los eventos

de riesgos que se identifican, proporcionar una estructura de control de riesgos y crear una

Page 64: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

64

organización más flexible, que permita responder a riesgos futuros de manera oportuna y

logre una adecuada comunicación dentro de los tres componentes se encuentra:

Gráfica. 3. Componentes para la Gestión de Riesgo

Esta norma requiere que al interior de las organizaciones se desarrollen, implementen y

mejoren continuamente en un marco de trabajo o estructura de soporte, cuyo objetivo es

integrar el proceso de gestión de riesgos, en el gobierno corporativo, planificación y

estrategia, como se expone en el siguiente gráfico:

Gráfico. 4. Mapa de gestión de riesgos

Fuente: UNE-ISO 31000 (2009) Gestión de Riesgos Principios y directrices

Principios Estructura Proceso

Page 65: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

65

Dentro de los componentes de trabajo de la gestión de riesgos, se destaca el compromiso de

la dirección, la existencia de un compromiso firme y mantenido por parte de la dirección de

la organización, además de una planificación estratégica y rigurosa para lograr el

compromiso a todos los niveles de la organización en ese orden, el tema de gestión de riesgos

no puede ser aislado para los procesos de contratación, ni para las oficinas de planeación o

control interno de las entidades, debe haber un nivel de comunicación y articulación general

y amplio.

Gráfico. 5. Proceso de gestión de Riesgos

Fuente: UNE-ISO 31000 (2009) Gestión de Riesgos Principios y directrices

Page 66: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

66

De este proceso se destaca el establecimiento del contexto, puesto que allí se generan las

metas, objetivos y responsabilidades del proceso, se definen actividades, procesos y sus

respectivos alcances, se reconoce la relación con otros posibles proyectos, se determina la

metodología de valoración de riesgo y se establecen criterios y decisiones y estudios

necesarios. puesto que en el marco del programa de alimentación escolar, ese contexto se

enfoca más en la disipaciones de Plan de Desarrollo y de los objetivos del programa,

circunscritos a los lineamientos técnicos del programa expedidos por el MEN, pues como se

podrá identificar adelante, los objetivos de cada una de las ETC y la medición en el logro

individual no es tenido en cuenta, lo cual genera uno de los más grandes riesgos, ya que

provoca una crisis institucional que no beneficia los objetivos del programa, pues origina que

las ETC se enfoquen solamente en cumplir por cumplir lo allí dispuesto, sin medir su

eficiencia y el logro de sus propios objetivos.

2.5. Objetivos del sistema de Evaluación y Gestión de Riesgo

Para la aplicación de gestión eficaz de riesgos, es necesario implementar y desarrollar el

sistema de evaluación y gestión integral de riesgos de una organización, que permita a la

dirección de la misma, entender los riesgos y adoptar las medidas necesarias para

identificarlos y mitigarlos, por lo cual es necesario contar con una buena comunicación

dentro de la organización, junto con el seguimiento y revisión detallada de cada uno de los

riesgos, así como el compromiso y soporte de la supervisión continua del riesgo, dentro de

los objetivos principales se encuentran los siguientes:

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67

a. Analizar y enfrentar el riesgo de forma sistemática y permanente, para ello se

identifican los factores de riesgo y su exposición y se cuantifica su posible efecto en

la solvencia.

b. Anticipar posibles situaciones que afecten la viabilidad de la entidad, disminuyendo

su probabilidad de solvencia

c. Implementar políticas de responsabilidad de riesgos

d. Proveer información para la toma de decisiones, que permita a la organización

reaccionar cambios del entorno de manera rápida y eficiente

e. Reducir el abanico de los resultados, esto, en términos del trabajo, se evaluaría frente

a la oportuna y calidad de la prestación del servicio del programa

2.5.1. Tipología de Riesgos

Para efectos del presente trabajo, se abordará la tipología de los riesgos, con posibilidad de

ocurrencia que puedan afectar el logro de los objetivos de una organización:

-Riesgos empresariales: estos se enmarcan en los que pueden amenazar la supervivencia de

una organización, generándole perdidas que impactan sus objetivos y estrategias, en esa

definición es evidente que puede ser cualquier tipo riesgo, lo cual implica que su tratamiento

deba ser integral.

-Riesgos del entorno: son riesgos externos a la organización, que puede ser de carácter legal,

político, ambiental, económico, social, que pueden incidir positiva o negativamente en la

Page 68: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

68

organización.

- Riesgos de la naturaleza: los cuales pueden existir en dos vías, uno en los que pueden afectar

a la organización, ejemplo un terremoto, y los efectos de la actividad de la organización que

pueden generar a la naturaleza, ejemplo, contaminación de ríos, entre otros.

-Riesgos relacionados con la regulación legal: son relativos a la producción de normas que

puedan incidir en los objetivos de la organización dentro de este es pertinente analizar el tipo

de regulación económica, laboral, socio cultural, tributario, ambiental, etc. El análisis de este

tipo de riesgos permite determinar las condiciones del país o región en donde se pretende el

logro de los objetivos, de ahí se podrán determinar las ventajas o desventajas.

- Riesgos estratégicos: son aquellos relacionados con las perdidas, cuyo origen se debe a una

inadecuada definición de estrategias y al cumplimiento de los planes o programas

estratégicos, entre otros.

- Riesgos generados por la empresa: son aquellos riesgos internos.

- Riesgos de Reputación: son las pérdidas económicas asociadas con el desprestigio de la

organización, que ocasiona pérdida de credibilidad y confianza en el público. este resulta ser

un riesgo relevante para cualquier organización, sin embargo, sería pertinente identificar

cómo se gestiona este por las entidades del estado.

-Riesgos Financieros: son aquellos que impactan los componentes financieros, dentro de los

que se encuentran: los riesgos de crédito, de liquidez, de mercado.

-Riegos Legales: son aquellos riesgos económicos originados en el desconocimiento, no

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69

aplicación, o aplicación errada de las leyes o normas vigentes.

-Riesgos Operativos: se entienden como pérdidas económicas, ocasionadas por fallas o

deficiencias ya sea en los procesos, sistemas, o recursos humanos.

2.5.2. Herramientas para la identificación de Riesgos

Dentro de las herramientas existentes, se pueden destacar algunas para los fines del trabajo,

sin embargo, esta es una muestra muy limitada, es pertinente señalar que dependiendo el tipo

de riesgo y entidad se pueden utilizar unas u otras e inclusive combinarlas, en ese orden se

identifican las siguientes:

De acuerdo al tipo de riesgos se pueden combinar una serie de metodologías para su gestión,

para el efecto se puede tener en cuenta la matriz DOFA, la cual es implementada usualmente

para los riesgos estratégicos, con esta matriz se puede combinar las debilidades,

oportunidades, fortalezas o amenazas, para establecer las estrategias de la organización para

una vez realizada esta, se establezcan las metas u objetivos. Para el análisis de los riesgos

legales se utiliza información procedente de quejas, contratos, informes de entidades de

vigilancia y control, y antecedentes judiciales en donde haya sido parte la entidad, para los

riesgos del entorno, así como también es posible utilizar el análisis postal, el cual permite

sopesar los riesgos del entorno, en el caso de ubicación, es posible implementar el diamante

de Porter, ya que permite analizar las condiciones del país o región. Para el caso de los

riesgos operativos, las herramientas implementadas para su gestión, se encuentran: el

Page 70: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

70

levantamiento y análisis de procesos, el método de lluvia de ideas, el método DELPHI o las

listas de chequeo, las cuales buscan conocer plenamente cada proceso, sus principales

riesgos.

2.5.3. Administración de Riesgos

Los modelos de administración de riesgos vinculan el grado de impacto y la probabilidad de

ocurrencia de forma clara y efectiva, permitiendo comparar en un mapa de riesgos la totalidad

de riesgos detectados por una entidad.

Gráfico. 6, Mapa de riesgos

Imagen.2. Mapa de Riesgos Colombia compra Eficiente

Page 71: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

71

Fuente: Alcaldía de Bogotá 2010

Es de anotar que existen diferentes modelos a nivel internacional para fijar la administración

de los riesgos, como son:

a). enfoque COSO y COCO. Describen el manejo integral de riesgos con énfasis de control

b). NTC 5454 y AS/NZS4360. Describen el ciclo de la administración de riesgos

c). estándar ISO/DIS 31000. Describe el modelo de implementación de un sistema de gestión

de riesgos al respecto María Eugenia Navarro, recomienda implementar el sistema en el

siguiente orden:

Figura. 1. Aplicación de Modelos de Administración de Riesgos

Page 72: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

72

En lo que respecta a la gestión de riesgo en la norma técnica, la Icontec NTC 5254 de 2006

(adoptada por Colombia), la define fundamentalmente como: “Cultura, procesos y

estructuras dirigidas a obtener oportunidades potenciales mientras se administran los efectos

adversos” (NTC 5254,1.3.20.).

En efecto, el postulado de la norma Icontec estima que el proceso adjudicado para la gestión

del riesgo, constituye una forma sistematizada, que desde aspectos políticos, procedimentales

e incluso técnicos, se permita realizar un análisis holístico (identificación, evaluación,

tratamiento, monitoreo, revisión), contribuyendo a minimizar las “oportunidades” e impacto

sobre los objetivos organizacionales, de acuerdo a esta norma técnica, y para la

implementación del sistema integral de gestión de riesgo, debe aplicar la formula PHVA,

como se muestra a continuación:

Coso II. verificacion de los objetivos y cumplimiento de las estrategias

NTC 5454: Adminsitracion de los riesgos y las oportunidades

Coso II: evaluacion de las actividades de control

ISO 31000: mejoramiento continuo de los ciclos de administracion de riesgos

ISO 31000: revision periodica de la efectividad de la implementacion

Page 73: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

73

• Planear: En esta etapa se establecen objetivos y se identifican los procesos necesarios

para el logro de los objetivos y se determinan los parámetros de medición que se van

a utilizar para controlar y seguir el proceso.

• Hacer: aquí se implementan de los cambios o acciones necesarias para alcanzar el

logro de los objetivos. siendo más eficaces y oportunos en su ejecución, teniendo en

cuenta los niveles y parámetros en el paso anterior establecidos.

• Verificar: en esta etapa se establece e implementan los mecanismos que permitan

identificar cambios o mejoras al Marco de Referencia de la Gestión Integral del

Riesgo, así como su monitoreo.

• Actuar: Realizadas las mediciones, en el caso de que los resultados no se ajusten a las

expectativas y objetivos predefinidos, se realizan las correcciones y modificaciones

necesarias. Por otro lado, se toman las decisiones y acciones pertinentes para mejorar

continuamente el desarrollo de los procesos.

Imagen. 2. Formula PHVA

Fuente: NTC 5254, 2006, p. 11.

2.5.4. Tratamiento de los riesgos

Page 74: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

74

El tratamiento de los riesgos incluye la identificación de las opciones posibles, la evaluación

de esas opciones, la preparación de los planes y la implementación de los mismos dentro las

opciones se exponen las siguientes:

1. Prevención del riesgo: mediante la suspensión de la actividad

2. Reducción del riesgo: que busca reducir la probabilidad de ocurrencia

o el impacto generado, para lo cual puede tomar medidas de

prevención, esto es reduciendo la probabilidad de ocurrencia o

tomando acciones para reducir las consecuencias.

Si estas medidas de control resultan insuficientes, surgen nuevas medidas, como es la

financiación del riesgo, donde surgen las siguientes opciones:

▪ Aceptar: que significa asumir las consecuencias, lo cual ocurre cuando la

frecuencia y la severidad del evento con bajas y no ponen en peligro a la entidad.

▪ Retener: el cual se hace de forma planeada, bien sea a través de la creación de un

fondo, la reserva de una contingencia, la creación de una provisión, un contrato de

seguro; lo cual dependerá de la política de retención de la entidad y de su capacidad

financiera.

▪ Transferir: el cual hace referencia a un tercero involucrado en el manejo de los

riesgos y puede consistir en: clausulas en los contratos, contratos de seguros,

financiación alternativa de riesgos o derivados financieros (contratos a futuro,

Page 75: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

75

opción de compra, operaciones SWAP).

Esto, reflejará la mayor o menor capacidad de la organización para ser creativa pues lo óptimo

y eficiente es lograr la mayor reducción posibles de riesgos con una inversión lo menor

posible. Resulta pertinente señalar, que el riesgo residual debe entenderse, como el nivel de

riesgo existente, una vez implementadas las medidas adoptadas para su tratamiento, es decir

que, a pesar de estas, el riesgo seguirá existiendo, por lo que la entidad deberá asumir y

vigilar. Para la NTC 5454, se entiende el riesgo residual como "el nivel resultante de riesgo

después de que se han tomado medidas de tratamiento del riesgo”.

2.5.5. Monitoreo y revisión

Este paso es primordial, puesto que el monitoreo permite determinar la eficacia y eficiencia

de las medidas de tratamiento, este se realiza a través de la autoevaluación o evaluación

externa, teniendo de presente indicadores de riesgo frente a las metas establecidas y se deben

tomar medidas o planes de acción, si los controles son ineficientes.

2.6. Tipos de riesgos de acuerdo al funcionamiento sistémico del programa de

alimentación escolar

Teniendo en cuenta lo anterior es indispensable, diferenciar los riesgos que se pueden

identificar de forma general de la estrategia del Programa de Alimentación Escolar –PAE, y

Page 76: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

76

de los riesgos contractuales propios de la ejecución. puesto que suponen un tratamiento

diferente. En la identificación de los riesgos generales del programa, parte desde su misma

concepción como estrategia del estado y adicionalmente en lo siguiente:

1. el funcionamiento parte del cumplimiento de estándares mínimos de obligatorio

cumplimiento para su prestación (contenidos en los Lineamientos técnicos-

administrativos)

2. La concurrencia de las entidades territoriales, que alude a la manera articulada, en

que estas deben intervenir en las diferentes dimensiones del desarrollo infantil

temprano en salud, nutrición, educación inicial, cuidado y protección, todo esto de

forma integral.

De acuerdo al funcionamiento y concepción del programa de alimentación escolar es posible

identificar que algunos riesgos se enmarcan, en las debilidades en la operación del programa,

el comportamiento de la financiación y de la cobertura del programa a nivel nacional, para

finalizar con la estimación de la contribución del PAE al fomento de la permanencia de los

estudiantes en el sistema de educativo, siendo corresponsables el Ministerio de Educación y

las secretarias de educación de las entidades territoriales certificadas y desde la perspectiva

contractual, se parte del análisis de cada una de las obligaciones y riesgos asumidos por el

contratista al momento de contratar con la entidad. allí entonces se evalúan los riesgos

propios de la planeación y estructuración de la contratación, aquellos que están directamente

relacionados con la ejecución y calidad de la prestación del servicio, la corresponsabilidad

Page 77: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

77

está integrada por las secretarias de educación de las entidades territoriales certificadas, el

contratista, y se vincula de acuerdo a los lineamientos técnicos para la supervisión y

vigilancia del funcionamiento a los rectores, los miembros del Comité de Alimentación

Escolar (CAE), las manipuladoras y las veedurías sociales.

En este capítulo, queda expuesta la dinámica del funcionamiento del programa de

alimentación escolar, y se aborda el riesgo desde su gestión y cumplimiento normativo, el

cual no deja de ocupar un lugar importante, pues si bien como quedo claro existen normas

técnicas de gestión de riesgos de orden mundial que buscan dar pautas para gestionar los

riesgos para el logro de los objetivos, sin embargo el numeroso y complejo marco normativo

colombiano para la contratación pública, que pretende inducir a una cultura de gestión de

riesgos, genera una carga administrativa y operativa para cualquier entidad del estado y su

personal. viéndose obligadas a cumplir con diferentes disposiciones, entre otras como el de

gestionar y administrar riesgos, dentro de los que se puede identificar: Sistema de

Administración de Riesgo Operativo – SARO (FOGAFIN). El Sistema de Administración

de Riesgo Crediticio - SARC (sector financiero), SARL, Marco Integrado de Gestión de

Riesgos entre otros y de acuerdo con lo señalado por María Eugenia Navarro:

“es evidente la necesidad que empieza a surgir en las empresas de empezar a propiciar un

ambiente en el que se pongan a disposición todas las herramientas tendientes a lograr el

cumplimiento de sus objetivos y estrategias, para lo cual resulta muy interesante y oportuno

utilizar las metodologías ofrecidas por la gerencia de riesgos y el control interno de una

organización”. (Casares San José-Martí & Edmundo, 2016)

2.7 Marco normativo sobre gestión de riesgo en la contratación pública colombiana

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78

En este punto, se abordará, cada una de las normas que conforman el régimen de contratación

pública a las que deben estar sujetas las entidades del estado, para la estructuración y

celebración de los contratos, que permitan satisfacer las necesidades y cumplir con los fines

del estado. Se destacará en cada una de las normas vigentes, las obligaciones que estas

imponen a las entidades del estado, en cada una de las etapas de los procesos de selección de

los contratistas (pre contractual, contractual y pos contractual), con el fin de contextualizarlas

frente al análisis y gestión de los riesgos.

2.7.1. Contratos de la Administración Pública

Este punto se abordará, desde la noción de contrato estatal que tiene una doble finalidad,

según lo dispone el art. 3 de la Ley 80 de 1993, puesto que allí se concretan al mismo tiempo

los intereses del contratista y el interés público inherente a todo contrato estatal, sobre la base

del acuerdo de voluntades y los efectos jurídicos particulares generados. (Benavides, 2004).

En el Entendido que independiente del régimen jurídico, esta es aplicable a la mayoría de las

relaciones contractuales de la administración (Benavides, 2004).

En el mismo sentido lo han expuesto la corte constitucional (…) “Pese a la reglamentación

especial, los principios de la ley 80 de 1993 son aplicables a la mayoría de contratos” y el

Consejo de Estado, que ha señalado (…) Pero además, existe una cláusula de competencia

especial para la Administración que deriva de las funciones que le asignó el constituyente

en el artículo 209 constitucional siendo estas: i) Estar al servicio de los intereses generales;

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79

ii) Ceñirse a los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,

imparcialidad y publicidad; y, por último, iii) Ejercer estas funciones mediante los

instrumentos de la descentralización, la delegación y la desconcentración de ellas. Así, de

la lectura de dichos principios es claro que se derivan en el ordenamiento jurídico – en

materia de contratación pública – otros tales como el de planeación del negocio, legalidad,

economía de mercado, llamados a gobernar la acción de la Administración. (C – 066/1995

Corte Constitucional de Colombia)

En ese entendido, y conforme lo expone el art. 23 de la Ley 80 de 1993, “las actuaciones de

quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios

de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que

rigen la función administrativa”. Que para efectos de la investigación se enfocara su análisis

en el principio de planeación y de selección objetiva (Expósito Vélez, 2013).

En ese orden, el Dr. Juan Carlos Expósito, (Pág. 50-51), señala que en la configuración de

un contrato estatal el principio de planeación abarca no solo las etapas anteriores al inicio

del procedimiento de selección del contratista, cualquiera que sea, sino además consagra las

especificaciones de estos y su desarrollo hasta el acto de adjudicación y en ese orden la

decisión de la administración de un objeto determinado con la colaboración de un particular

o de otra entidad pública requiere de un análisis previo de la necesidad y especificaciones

del mismo, la oportunidad y conveniencia de su ejecución en un momento determinado y las

consecuencias fácticas y patrimoniales de su ejecución. Lo cual supone adelantar estudios

previos, entre los que se destacan, los aspectos tanto técnicos como de mercado con el fin de

determinar la prioridad lineamientos y finalidades de su elaboración, la coordinación de las

actividades de la administración para su adecuada ejecución, la delimitación del presupuesto

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80

acorde con la realidad económica y la magnitud del proyecto, la determinación de los riesgos

previsibles.

En efecto, la ley 80 de 1993 dispone que previo al inicio del proceso de contratación o a la

celebración del contrato en el evento que sea a través de contratación directa, deben tenerse

en cuenta las actividades contenidas en el artículo 25, que en el marco del principio de

planeación se destacan las expuestas en los numerales. (6, 7,12, 13 y 14) que son: contar con

las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales, determinar la conveniencia o

inconveniencia de la contratación con las autorización y aprobaciones para ello, elaboración

de los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones, según

corresponda, constituirán las reservas y compromisos presupuestales necesarios, así como

incluir en sus presupuestos anuales una apropiación global destinada a cubrir los costos

imprevistos ocasionados por los retardos en los pagos.

Conforme lo ha expuesto al Consejo de Estado “Otro de los factores que inciden en el

principio de selección objetiva es el del precio del mercado, que es uno, aunque no el único,

que deben tener en cuenta las entidades estatales al celebrar el contrato, pues éstas al definir

el costo real del negocio proyectado, es decir el valor de las cosas o servicios que se van a

contratar teniendo en cuenta las diversas variables tales como cantidad, calidad,

especialidad, momento, lugar, etc., lo que procuran es que no se pague más ni menos de lo

que verdaderamente cuestan para ajustarse así a la conmutatividad objetiva que de acuerdo

con el artículo 28 de la Ley 80 de 1993 debe imperar en el contrato estatal" (Consejo de

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81

Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 28 de marzo

de 2012).

2.7.2. Ley 1150 de 2007 - Riesgos Previsibles – Decreto Reglamentario

En ese orden, el Art. 4 de la Ley 1150 exige incluir la estimación, tipificación y asignación

de los riesgos previsibles involucrados en la contratación. Al respecto el Doctor Leonardo

Álvarez Casallas, en su artículo “Tratando de Interpretar el art. 4 de la ley 1150 de 2007”,

afirma que es importante definir los análisis de riesgos como un instrumento de planeación

que ayuda a racionalizar el gasto público, pues siempre ha sido un anhelo del legislador que

los contratos y, sobre todo, los megaproyectos, no tengan sobre costos.

En ese sentido, el legislador creo La Agencia Nacional de Contratación Publica Colombia

Compra Eficiente, como ente rector, mediante el Decreto Ley 4170 de 2011 que establece

dentro de su objeto optimizar los recursos públicos en el sistema de compras y contratación

pública para lo cual es indispensable el manejo del riesgo en el sistema y no solamente el

riesgo del equilibrio económico del contrato. Por lo que la administración del riesgo cubre

la planeación del proceso de contratación hasta la liquidación del contrato en este caso.

Vale la pena acotar aquí que la Ley 1150 de 2007 no definió “Riesgos Previsibles”, sin

embargo hubo un primer acercamiento al concepto de riesgo previsible a través del decreto

reglamentario 2474 de 2008, que definido al mismo como:“(…) todas aquellas

circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y la ejecución del contrato, pueden

alterar el equilibrio financiero del mismo”, estableciendo, a su vez, que “El riesgo será

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82

previsible en la medida que el mismo sea identificable y cuantificable por un profesional de

la actividad en condiciones normales” y que “La entidad en el proyecto de pliego de

condiciones deberá tipificar los riesgos que puedan presentarse en el desarrollo del

contrato, con el fin de cuantificar la posible afectación de la ecuación financiera del mismo,

y señalará el sujeto contractual que soportará, total o parcialmente, la ocurrencia de la

circunstancia prevista en caso de presentarse, o la forma en que se recobrará el equilibrio

contractual, cuando se vea afectado por la ocurrencia del riesgo. En ese caso, los

interesados en presentar ofertas deberán pronunciarse sobre lo anterior en las

observaciones al pliego, o en la audiencia convocada para el efecto dentro del

procedimiento de licitación pública, caso en el cual se levantará un acta que evidencie en

detalle la discusión acontecida” (Departmento Nacinal de Planeación DNP, 2011).

Sin embargo, esta definición como la contenida posteriormente en el Decreto Reglamentario

734 de 2012 que lo deroga, señala que (…) se entienden como riesgos involucrados en la

contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y

ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del

contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones

inicialmente pactadas en los contratos y se excluyen así del concepto de imprevisibilidad de

que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. El riesgo será previsible en la medida que el

mismo sea identificable y cuantificable en condiciones normales.” (Decreto Reglamentario

734 de 2012).

Resultan erradas frente a la gestión de riesgos previsibles, toda vez que la Corte

Constitucional ya había aclarado al respecto, lo siguiente: (…) Bajo este supuesto, se radica

en cabeza del contratista el derecho a que la administración respete el carácter

sinalagmático del contrato, cuando la igualdad de las prestaciones -derechos y obligaciones

contractuales- se vean afectadas si sobrevienen hechos imprevistos o de suficiente identidad

durante la celebración, ejecución y liquidación del contrato -áreas anormales o

extraordinarios-, ya sea que éstos procedan de fenómenos administrativos (poderes

exorbitantes, hechos del príncipe y responsabilidad contractual), coyunturales (causas

económicas, políticas o sociales) o naturales (fuerza mayor o factores exógenos

imprevisibles). En este sentido, la relación sinalagmática del contrato se asume como un

mero desarrollo del principio de justicia conmutativa que, con carácter de derecho

imperativo, -se ha dicho ya- justifica la traslación de los riesgos extraordinarios que operan

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83

durante la vigencia del negocio jurídico a la Administración Pública, con independencia de

que éstos se hubieren pactado o no en el texto formal del acuerdo de voluntades” (Corte

Constitucional C-892-2001).

(…) De esta manera, el régimen de contratación del Estado no se nutre únicamente de las

orientaciones normativas que sobre la materia aparecen desarrolladas en los Códigos Civil y

de Comercio, al cual remiten los artículos 13, 32 y 40 de la Ley 80 de 1993, sino que integra

a este régimen aquellos principios consustanciales a los contratos bilaterales, sinalagmáticos

o de prestaciones recíprocas, que para el Derecho Administrativo son de gran importancia y

trascendencia en cuanto que, como ya se explicó, cumplen el objetivo de trasladar a la

administración pública la carga del daño antijurídico sufrido por el contratista, asegurándose

el equilibrio de la relación jurídica contractual y la integridad del patrimonio particular

(Corte Constitucional C-892-2001).

Así las cosas, el principios de planeación y selección objetiva, resultan criterios orientadores

de la actuación contractual que se encuentra regulada en la constitución (art.209, 339 y 341),

así como en la Ley 80 de 1993 (art. 11 a 14 y 24 a 26), la misma ley 1150 de 2007 y su

decreto reglamentario 1082 de 2015 y a su vez se enmarcan en los principios de economía y

responsabilidad y en ese sentido su inobservancia o incumplimiento podría derivar en un

eventual daño.

Este principio de planeación se concreta delimitando la necesidad, previendo las metas y

objetivos que se quieren cumplir, ponderando las condiciones de mercado que permitan

determinar el presupuesto, cumpliendo los requisitos presupuestales, y principalmente

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84

identificando y determinando de los riesgos previsibles que desde distintas perspectivas

(económico, social, político, de la operación) puedan generar efectos adversos para el logro

de los objetivos, documentando los mismos para que puedan ser gestionados y controlados

por la parte asignada.

Resulta pertinente señalar que el legislador definió unos documentos mínimos que deben

hacer parte del proceso de contratación, que según el Art. 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto

Reglamentario 1082 de 2015 “los documentos del proceso son: (a) los estudios y documentos

previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las

Adendas; (e) la oferta; (f) el informe de evaluación; (g) el contrato; y cualquier otro

documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación”. Frente a

este último, se tendría que decir, que esta disposición brinda libertad a la entidad para

documentar las bases de su planeación y todas las demás consideraciones que tuvo en cuenta

para adelantar uno u otra modalidad de selección de contratista.

En el marco del literal: (a) los estudios y documentos previos, expone el decreto, el deber de

realizar un análisis del sector. (…) “Artículo 2.2.1.1.1.6.1. Deber de análisis de las

Entidades Estatales. La Entidad Estatal debe hacer, durante la etapa de planeación, el

análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación

desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de

Riesgo. La Entidad Estatal debe dejar constancia de este análisis en los Documentos del

Proceso.” (Subrayado fuera de texto). Subraya Al respecto, Colombia Compra Eficiente,

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85

diseño la Guía para la Elaboración de Estudios de Sector junto con el Manual para determinar

y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación, que a grandes rasgos

sirven de guía para los partícipes del proceso de contratación.

En la Guía para la Elaboración de Estudios de Sector, se estructura a partir de la

identificación de los aspectos generales, el estudio de la oferta y demanda y señala unas

técnicas de análisis de la información. En consecuencia, la Entidad Estatal debe entender

claramente y conocer: (a) cuál es su necesidad y como puede satisfacerla; (b) como y quienes

pueden proveer los bienes, obras y servicios que necesita; y (c) el contexto en el cual los

posibles proveedores desarrollan su actividad. En su orden, es importante destacar algunos

aspectos allí planteados que son:

o frente al análisis de la oferta, la Entidad debe entender la dinámica del mercado en lo

que corresponde a la cadena de producción o distribución o suministro del bien, obra o

servicio, así como identificar cual, y como es el proceso del bien, obra o servicio hasta llegar

al usuario final, el papel que juegan los potenciales oferentes en esa cadena y el ciclo de vida

del bien, obra o servicio.

o Y que, frente a la demanda, la Entidad debe responder a ¿Cómo ha adquirido la

Entidad Estatal en el pasado este bien, obra o servicio? Así debe analizar el comportamiento

de sus adquisiciones anteriores del bien, obra o servicio, teniendo en cuenta cada una de las

condiciones anteriormente señaladas, y también debe responderse ¿Cómo adquieren las

Entidades Estatales y las empresas privadas este bien, obra o servicio?

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86

o La información necesaria para realizar este análisis puede encontrarse en distintas

fuentes, la comunicación previa, abierta, directa y reglada con los posibles proveedores es

fundamental para contextualizar el análisis del sector económico y para comprender la

información financiera que ofrecen los sistemas de información. Si la información requerida

no está disponible en los sistemas de información, los mismos proveedores pueden ser la

fuente de estos datos.

En la introducción de la guía, concluye con la función del análisis del sector, (…) ofrece

herramientas para establecer el contexto del Proceso de Contratación, identificar algunos de

los Riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas, para

diseñar el Proceso de Contratación con la información necesaria para alcanzar los objetivos

de eficacia, eficiencia, economía, promoción de la competencia y manejo del Riesgo

De lo cual al hacer una lectura de forma literal se entendería que el análisis del sector termina

siendo la base del estudio previo, y en consecuencia del pliego de condiciones y/o contrato.

Aunque surge la pregunta ¿qué pasa cuando no existe un análisis del sector o cuando este

fue deficiente? Si como bien lo expone (…) el documento contiene algunas recomendaciones

generales de Colombia Compra Eficiente, y no debe ser utilizado de manera mecánica. La

profundidad del estudio del sector depende de la complejidad del Proceso de Contratación.

Así mismo El decreto 1082 de 2015 impone el deber de determinar los requisitos

habilitantes, (…) “Artículo 2.2.1.1.1.6.2. Determinación de los Requisitos Habilitantes. La

Entidad Estatal debe establecer los requisitos habilitantes en los pliegos de condiciones o

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87

en la invitación, teniendo en cuenta: (a) el Riesgo del Proceso de Contratación; (b) el valor

del contrato objeto del Proceso de Contratación; (c) el análisis del sector económico

respectivo; y (d) el conocimiento de fondo de los posibles oferentes desde la perspectiva

comercial. La Entidad Estatal no debe limitarse a la aplicación mecánica de fórmulas

financieras para verificar los requisitos habilitantes. Que, para el efecto, Colombia Compra

Eficiente diseño Manual de requisitos habilitantes hace énfasis en lo siguiente:

o Debe existir un análisis previo para conocer el sector relativo al objeto del Proceso

de Contratación

o Los requisitos habilitantes deben estar referidos a la capacidad jurídica, financiera,

organizacional y experiencia, establecidos de forma adecuada y proporcional a la naturaleza

y valor del contrato, para cumplir con el objeto del Proceso de Contratación.

o A partir de estos se evaluara la aptitud del proponente para participar

De acuerdo con estos deberes, la jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado

(CEE-Exp.27315 de 2013), ha expuesto lo siguiente:

(…) los contratos del Estado “deben siempre corresponder a negocios debidamente

diseñados, pensados, conforme a las necesidades y prioridades que demanda el interés

público; en otras palabras, el ordenamiento jurídico busca que el contrato estatal no sea el

producto de la improvisación ni de la mediocridad (…) “La planeación se vincula

estrechamente con el principio de legalidad, sobre todo en el procedimiento previo a la

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formación del contrato (…) Pero además ese parámetro de oportunidad, entre otros fines,

persigue establecer la duración del objeto contractual pues esta definición no sólo resulta

trascendente para efectos de la inmediata y eficiente prestación del servicio público, sino

también para precisar el precio real de aquellas cosas o servicios que serán objeto del

contrato que pretende celebrar la administración (…) De otro lado, el cumplimiento del

deber de planeación permite hacer efectivo el principio de economía, previsto en la Carta y

en el artículo 25 de la Ley 80 de 1993, porque precisando la oportunidad y por ende teniendo

la entidad estatal un conocimiento real de los precios de las cosas, obras o servicios que

constituyen el objeto del contrato, podrá no solamente aprovechar eficientemente los

recursos públicos sino que también podrá cumplir con otro deber imperativo como es el de

la selección objetiva

(…) Finalmente, no debe olvidarse que a las voces del inciso 2º del artículo 3º de la Ley 80

de 1993 los particulares “tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las

entidades estatales que… colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función

social que, como tal, implica obligaciones” y por consiguiente de este precepto se

desprende que el deber de planeación también abarca a estos colaboradores de la

administración puesto que no sólo tienen el deber de ponerle de presente a la entidad las

deficiencias de planificación que adviertan para que sean subsanadas sino que además

deben abstenerse de participar en la celebración de contratos en los que desde entonces ya

se evidencie que, por fallas en su planeación, el objeto contractual no podrá ejecutarse.

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89

En ese sentido, cabe mencionar que el art 5 de la Ley 1150, exige el deber de selección

objetiva, encaminado a la escogencia de la oferta más favorable a los intereses de la entidad,

este precepto corresponde a los procedimientos del contratista, que supone la aplicación

irrestricta del principio de legalidad, que aseguran la libertad de concurrencia de los

particulares. Y representa a su vez la autonomía de voluntad de la entidad al adelantar el

procedimiento de selección en virtud de la necesidad.

Sin embargo, y de acuerdo a la postura del Dr. Benavides, en la que señala que el legislador

otorgo una gran autonomía a las entidades contratantes para que pudiesen dar al contrato

toda su amplitud como instrumento de gestión administrativa. Más libres, los funcionarios

pueden organizar mejor el sistema de competencias y determinar el contenido de los

contratos, pueden solucionar más fácil las controversias contractuales y conservar las

condiciones económicas inicialmente pactadas. Más libres, las partes pueden reconocer

mejor sus compromisos bajo el respeto de la buena fe, pese a las fallas formales de los

procedimientos de contratación. Y en el sentido también que (…) la competencia contractual

adquiere una flexibilidad enorme en la escogencia de los contratos y su contenido, pero al

mismo tiempo los riesgos de malos contratos aumentan. Así (…) el análisis y la previsión

de los distintos riesgos de los complejos montajes contractuales o de la ingeniería financiera

de contratos de concesión, así como los riesgos de los acuerdos informales, exigen calidades

importantes en el administrador público. (2012).

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90

Ahora bien, el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 establece que la Entidad Estatal debe

“incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en

la contratación” en los pliegos de condiciones o su equivalente. En ese sentido, el Decreto

Ley 4170 de 2011 establece dentro del objetivo de Colombia Compra Eficiente optimizar

los recursos públicos en el sistema de compras y contratación pública para lo cual es

indispensable el manejo del riesgo en el sistema y no solamente el riesgo del equilibrio

económico del contrato. Así lo entendió el Gobierno Nacional al asignar en las funciones de

la Subdirección de Negocios de Colombia Compra Eficiente la de “diseñar y proponer

políticas y herramientas para la adecuada identificación de riesgos de la contratación

pública y su cobertura”2, sin limitar esta función al riesgo derivado del equilibrio económico

de los contratos, riesgo que se limita a la ejecución del mismo.

2.7.3. Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo

Por lo que el decreto 1510 de 2013 compilado en el Decreto 1082 de 2015, en el artículo 159

de dispuso que Colombia Compra Eficiente debía de diseñar estándares y documentos tipo

entre los que se encuentran, Manuales y guías para: (a) la identificación y cobertura del

Riesgo. El Decreto Reglamentario 1082 de 2015 también señala el deber de evaluación del

riesgo, en el (…) Artículo 2.2.1.1.1.6.3. La Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el

Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de

acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente”.

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91

Todos los aspectos antes mencionados y el de evaluación de riesgos deben estar contenidos

en los estudios y documentos previos cuyo contenido está expresamente definido en el

decreto 1082 de 2015 en su art. Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y documentos previos, son

el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato.

Deben permanecer a disposición del público durante el desarrollo del Proceso de

Contratación y contener los siguientes elementos, además de los indicados para cada

modalidad de selección: (…) numeral 6. El análisis de Riesgo y la forma de mitigarlo

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 159 del decreto 1510 de 2013, Colombia Compra

Eficiente, diseño el Manual para identificación y cobertura del Riesgo, señalando en la parte

introductoria que en la literatura internacional sobre el tema el riesgo en las adquisiciones se

define como los eventos que pueden afectar la realización de la ejecución contractual y cuya

ocurrencia no puede ser predicha de manera exacta por las partes involucradas en el Proceso

de Contratación.

En ese orden, recomienda a las entidades estructurar un sistema de administración de riesgos

teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: (a) los eventos que impidan la

adjudicación y firma del contrato como resultado del Proceso de Contratación; (b) los

eventos que alteren la ejecución del contrato; (c) el equilibrio económico del contrato; (d) la

eficacia del Proceso de Contratación, es decir, que la Entidad Estatal pueda satisfacer la

necesidad que motivó el Proceso de Contratación; y (e) la reputación y legitimidad de la

Entidad Estatal encargada de prestar el bien o servicio.

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92

Consciente de la importancia de la administración de Riesgos, para reducir la probabilidad

de ocurrencia del evento y de su impacto en los Proceso de Contratación, y de la

probabilidad de que no todas las entidades estatales, cuentan con un sistema de

administración de riesgos a su interior, pretende a través del manual brindar una herramienta

guía dirigida a los partícipes del sistema de compras públicas y contratación pública

(Casares San jose, 2016). En ese orden de ideas, a través del manual adopta la metodología

contenida en el Estándar AS/ NZS 4630 o la misma ISO 31000-2009, Gestión de Riesgos,

Principios y Directrices, una guía de gestión de riesgos destinada a ayudar a organizaciones

de todos los tipos y tamaños que se estructura en los siguientes pasos:

Contexto – Etapa de Planeación: Aspectos de Cobertura, Identificación de Beneficiarios,

Suficiencia del presupuesto oficial, condiciones geográficas, conocimiento del sector.

Identificación y Clasificación de Riesgos: delimitado a la Identificación de riesgos

específicos del objeto del proceso de contratación (PAE), internos o externos, en cada etapa

Evaluación y Calificación de Riesgos: verificando la evaluación el impacto (cualitativa-

monetaria) de los mismos frente al logro de los objetivos del Proceso de Contratación y su

probabilidad de ocurrencia.

Asignación y tratamiento: a) evitar el riesgo, b) transferir el riesgo (al otro mediante

garantía o condiciones del contrato) c) aceptar el riesgo (monitoreo) d) Reducir la

probabilidad de ocurrencia del evento (controles y aclarar especificaciones e) reducir las

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93

consecuencias o impacto del riesgo (Planes de contingencia)

Monitorear Riesgos: Revisar la efectividad y el desempeño de las herramientas

implementadas para su gestión. Para lo cual, debe: (i) asignar responsables; (ii) mar fechas

de inicio y terminación de las actividades requeridas; (iii) señalar la forma de seguimiento

(encuestas, muestreos aleatorios de calidad, u otros); (iv) definir la periodicidad de revisión;

y (v) documentar las actividades de monitoreo.

Para lo cual se debe una elaborar una matriz que incluya todos los Riesgos identificados del

Proceso de Contratación, estableciendo su clasificación, la probabilidad de ocurrencia

estimada, su impacto, la parte que debe asumir el Riesgo, los tratamientos que se puedan

realizar y las características del monitoreo más adecuado para administrarlo. El manual tiene

en cuenta lo dispuesto en el Documento CONPES 3714 de 2012, en lo que corresponde a la

tipificación de riesgos como son: Riesgos económicos, sociales, políticos, operacionales,

regulatorios de la naturaleza, ambientales y tecnológicos, en los que hace una breve

descripción de los que suponen su enunciado.

Al respecto, es pertinente recalcar la importancia de este documento CONPES, puesto que

aclaró muchos aspectos que contendidos en el derogado Decreto 2474 de 2008, y sobre los

riesgos previsibles, brindando así los lineamientos de los mismos y al tenor del art. 4 de la

Ley 1150 de 2007, por tanto, restringe el análisis a los riesgos de la ejecución del contrato.

Aclarando así, que su tratamiento está dado por las reglas consignadas en el contrato,

incluyéndolos así dentro de la ecuación contractual, por lo que en caso de acaecer alguno de

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94

los riesgos y previendo su asunción por las partes durante la ejecución del contrato no

afectarían el equilibrio económico y por tanto, no procedería su restablecimiento. También

hizo una diferenciación de que no son riesgos previsibles, ni riesgos contractuales, lo cual

fue de gran utilidad puesto que no existía para la época una herramienta que permitiera dar

cumplimiento a lo exigido en la ley 1150 de 2007.

El documento CONPES 3714 DE 2012, contenía una metodología a partir de tipificación,

estimación y asignación de los riesgos. sin embargo, ese ejercicio propuesto para la gestión

de riesgos era insuficiente, puesto que no se trataban los riesgos, por lo que, a pesar de

asignarse, no se definían los controles ni los responsables de los mismos, resultando ser un

aspecto más formal que de gestión para efectos de la dinámica del riesgo y del desarrollo del

contrato público.

Es pertinente recalcar la importancia de la tipificación de los riesgos allí contenida, ya que

si bien la Ley 1150 de 2007 introduce el termino de riesgos previsibles, no había una

definición y menos una tipología de riesgos dentro de las normas del estatuto de contratación

estatal que guiará a los partícipes en la misma. En ese orden, el Consejo Nacional de Política

Pública y social, en el documento CONPES 3714 de 2012, hace una distinción de los riesgos

contractuales, los cuales, de acuerdo a la metodología, que de acuerdo a su naturaleza se

podían clasificar entre los siguientes:

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95

• Riesgos Económicos: Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado,

tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y

especulación de los mismos, entre otros.

• Riesgos sociales y políticos: Son aquellos que se derivan por cambios de las políticas

gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la

situación política, sistema de gobierno y cambio en las condiciones sociales que

tengan impacto en la ejecución del contrato.

• Riesgos operacionales: Son aquellos riesgos asociados a la operatividad del

contrato.

• Riesgos financieros: Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de

consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones

financieras.

El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en

el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato.

El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos

encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros.

• Riesgos regulatorios: Son los posibles cambios regulatorios o reglamentarios que,

siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual.

• Riesgos de la naturaleza: Son los eventos causados por la naturaleza sin la

intervención o voluntad del hombre, que, aunque pueden ser previsibles por su

frecuencia o diagnostico están fuera del control de las partes. Para la determinación

de su existencia y/o previsibilidad, se podrá acudir a las autoridades públicas o

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96

entidades competentes en la recopilación de datos estadísticos o fuentes oficiales

(INSTITUTO AGUSTIN CODAZZI, INGEOMINAS, IDEAM, etc.)

• Riesgos ambientales: Se refiere a las obligaciones que emanan de las licencias

ambientales, de los planes de manejo ambiental, de las condiciones ambientales o

ecológicas exigidas y de la evolución de las tasas retributivas y de uso del agua.

• Riesgo tecnológico (sin hacer distinción del tipo de contratos al que le es aplicable).

Se refiere a eventuales fallos en las telecomunicaciones, suspensión de servicios

públicos, advenimiento de nuevos desarrollos tecnológicos o estándares que deben

ser tenidos en cuenta para la ejecución del contrato así como la obsolescencia

tecnológica.

ahora, teniendo en cuenta que el manual adopta la metodología de la Norma ISO 31000-

2009, la tipificación, estimación y asignación de los riesgos, contenida en el CONPES 3714

de 2012 que son definidos a partir de la tipificación, la estimación cualitativa y cuantitativa

y la respectiva asignación, ya no resulta útil, pues con la metodología adoptada en el manual

ya se logra un avance para la gestión de los mismos, puesto que en este es necesario definir

tratamientos de los riesgos identificados, controles y responsables de los mismos, y en ese

sentido el manual rescata la clasificación de riesgos diseñada por el CONPES.

Una vez analizado el manual, resulta pertinente y necesario hacer unas apreciaciones sobre

el mismo. Teniendo en cuenta Colombia Compra Eficiente como ente rector, aparte de

cumplir con la obligación de expedir de este manual (decreto 1510 de 2013), mediante él

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97

traza el objetivo ofrecer lineamientos y principios metodológicos de manejo y en la gestión

de Riesgos en el Proceso de Contratación. Sin embargo, se encuentran unos vacíos que

podrían generar vacíos o erróneas interpretaciones, los cuales se exponen a continuación:

A pesar que, el Manual adopta la metodología AS/ NZS 4630 o ISO 31000, no remitió de

forma expresa a la misma. por lo que es probable que muy pocos participes del sistema de

compras y compras públicas hayan indagado al respecto, y en ese orden aspectos relevantes,

de la norma como el proceso de gestión de riesgo integrado al gobierno corporativo de la

organización, que supone el compromiso de la dirección, a través de una estructura o comité

que es el que se encarga de establecer las políticas de administración de riesgos conforme a

los objetivos estratégicos, los grupos de interés y el apetito al riesgo, para tomar decisiones

e implementar planes de contingencia o estrategias para el monitoreo, tratamiento del riesgo.

temas propios y fundamentales de la AS/ NZS 4630 o ISO 31000.

Puesto que el manual expone el proceso de gestión de riesgo frente al proceso de

contratación, que de acuerdo a su definición legal se integra “desde la planeación hasta el

vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de

disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo,

lo que ocurra más tarde”, pero no define responsables, siempre se habla de forma genérica

de la entidad estatal. Únicamente en el paso de identificación y clasificación de riesgos,

señala (…) “En este paso la Entidad Estatal debe contar con el personal responsable

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98

misionalmente del Proceso de Contratación y el personal con el conocimiento adecuado

para la administración del Riesgo”.

Suponiendo, así que es responsabilidad de la oficina o dirección de contratación o quien haga

sus veces, quien es la responsable misionalmente del Proceso de Contratación, sin embargo,

en la realidad de las entidades del Estado, se tiene que esta oficina se desempeña más un

apoyo a la misional o las denominadas áreas estratégicas, quienes son las que plantean las

necesidades y gestionan la contratación para el cumplimiento de su misión, apoyándose a su

vez de otras áreas como la de presupuesto. En ese orden, entendería que el personal

responsable seria el participe en cada una de esas áreas. Ahora, en esa realidad, el personal

con el conocimiento adecuado para la administración del Riesgo, plantearía necesariamente

la posibilidad de contratarlo en caso de no contar con él.

Lo anterior supondría también que habría tantos comités como contratos en una entidad

estatal, contrario el objetivo de la metodología AS/ NZS 4630 o ISO 31000, pues esta se

desarrolla a través de la relación y comunicación entre principios de la gestión de riesgos

(que no expone el manual), la estructura organizacional y el proceso de gestión de riesgo

(que expone el manual). Ahora, frente al monitoreo de los riesgos del proceso de

contratación, como bien lo señala en este paso, son cambiantes, y en ese orden exige el

constante monitoreo a la matriz y al plan de mejoramiento, si bien el manual una vez

expuesta la metodología señalo la obligación de elaborar e incluir la matriz en el pliego de

condiciones o equivalente, no lo expuso de igual forma para el plan de mejoramiento puesto

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99

que solo sugiere prepararlo, por lo que en la práctica, me atrevería a señalar que este último

aun es ajeno para las entidades del Estado, teniendo en cuenta que, la Ley 1150 de 2017

señala la obligación de incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos

previsibles involucrados en la contratación, el decreto 1082 de 2015 habla de evaluar el

Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y

objetivos, y a su vez el decreto señala que para la modalidad de licitación, a la que es

obligatoria realizar la audiencia de asignación de Riesgos, la Entidad Estatal debe presentar

el análisis de Riesgos efectuado y hacer la asignación de Riesgos definitiva. Nada se

menciona textualmente sobre la exigencia del plan de mejoramiento, que en el estricto

lenguaje de gestión de riesgos como el contenido en la norma ISO 31000-2009, el control y

monitoreo es a través de planes de mejoramiento o contingencia, siendo esencial frente al

logro de los objetivos de la organización. Pero ante las entidades del estado habría que

indagarlo si así se ha entendido, y verificar en los procesos de contratación adelantados por

las entidades se estatales si acogieron la sugerencia de preparar los planes de mejoramiento

como medida de tratamiento y monitoreo de los riesgos y no como una exigencia formal.

No resulta claro en el marco del proceso de gestión de riesgos del proceso de contratación,

cuando el manual señala que deben ser incluidos en el Pliego de Condiciones o su

equivalente y en la minuta del contrato. Aquellos tratamientos que correspondan a

garantías, clausulas penales o multas y sanciones. Entiende que ¿un tratamiento de riesgos

puede ser la imposición de multas o sanciones? Ese “tratamiento” en cuál de las opciones se

podría ubicar, si se tiene en cuenta que estos se evitan, se aceptan, se comparten, se

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100

transfieren. Teniendo en cuenta el costo y el beneficio de cualquiera de las acciones

identificadas para su tratamiento.

Enuncia fuentes de información de las que se pueden servir las entidades estatales para la

evaluación de los riesgos como son: los planes estratégicos, planes de acción, reportes de

desempeño, presupuestos, riesgos identificados por otras entidades, lluvia de ideas, paneles

de expertos, análisis DOFA (Debilidades, Oportunidades, Fortalezas y Amenazas). Para

entender el alcance del manual se mostrará gráficamente la metodología AS/ NZS 4630 o

ISO 31000 y la plasmada en el Manual.

Imagen. 2. Sistema de Administración de Riesgos ISO 31000

Fuente: www.calidad-gestion.com.ar

En la metodología expuesta en el Manual de Colombia Compra Eficiente, para la

identificación y cobertura de Riesgos

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101

Imagen. 3. Proceso de gestión de Riesgos

Fuente: Asolen, pensamiento basado en riesgos

En ese orden de ideas, el manual solo se enfoca en el proceso de gestión de riesgos, para el

cual se debe disponer previamente del correspondiente mapa de procesos (estructura

organizacional) bien definido, el cual contemple de forma clara todas sus interacciones

Imagen. 4. Mapa de Procesos para la gestión de Riesgos

Fuente: Asolen, pensamiento basado en riesgos

Ahora, resulta probable que el planteamiento del manual obedeciera a la integración de

sistemas de gestión de las entidades estatales que había dispuesto la Ley 1753 del 9 de junio

Page 102: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

102

de 2015 en art. 133 para la época de su elaboración en el que señala (…) Intégrense en un

solo Sistema de Gestión, los Sistemas de Gestión de la Calidad de qué trata la Ley 872 de

2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión

deberá articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrado

en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, de tal manera que

permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al

interior de los organismos y entidades del Estado”. Teniendo en cuenta a su vez, que el

Decreto 1083 del 26 de mayo 2015 “Por el cual se expide el Decreto Único reglamentario

del Sector de Función Pública”, indica en el art. 2.2.21.5.4 Administración de riesgos. Como

parte integral del fortalecimiento de los sistemas de control interno en las entidades públicas

las autoridades correspondientes establecerán y aplicarán políticas de administración del

riesgo.

Sin embargo es necesario aclarar que, los sistemas de gestión de calidad de las entidades han

permitido a través de su marco de procesos entender los fines de la organización e identificar

los grupos de interés, que la administración de riesgos puesta en cabeza de las oficinas de

control de interno, desempeña su rol desde evaluación de la gestión del riesgo, lo cual no

representa necesariamente que la entidad haya adoptado un sistema de administración de

riesgos como se expone en el segundo cuadro de la imagen No.1 del Sistema de

Administración de Riesgos ISO 31000, puesto que esta debe ser definida por cada entidad.

En ese orden el manual de Colombia Compra Eficiente en el acápite de definiciones señala

(pág. 3) “Las Entidades Estatales para reducir la exposición del Proceso de Contratación

Page 103: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

103

frente a los diferentes Riesgos que se pueden presentar, debe estructurar un sistema de

administración de Riesgos” y también señala que “La administración de Riesgos es el

conjunto de procesos dirigidos a proteger a la Entidad Estatal de los eventos en el Proceso

de Contratación”. Por lo cual se plantearía que el componente de estructura organizacional

basada en la administración integral de riesgos para los procesos de contratación aún está

pendiente de desarrollar por las entidades del estado y en ese orden la responsabilidad recae

en cada uno de los partícipes de la contratación lo cual se presenta entonces de forma

desarticulada.

Se concluye gráficamente que el sistema de administración de riesgos en cabeza de las

oficinas de control interno es diferente al de la metodología adoptada en el manual de

contratación pues la evaluación que esta realiza es al proceso de gestión de riesgos de la

entidad desde el enfoque de sus procesos y no específicamente al proceso de contratación,

que como se evidenció en los anteriores comentarios este podría decirse es un subproceso

que depende de la interrelación y comunicación de las áreas de apoyo y las misionales para

satisfacer unas necesidades específicas.

Imagen. 5. Estructura Modelo Estándar de Control Interno – MECI 2014

Page 104: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

104

Desde la óptica de la metodología de ISO 31000 la función de control interno está en el

proceso de gestión de riesgos en el paso de evacuación.

Imagen. 6. Función de control interno en el proceso de gestión de riesgos de ISO 31000

De acuerdo con lo expuesto en este capítulo, se puede concluir que la función administrativa,

entendida como la función del estado continua, rápida e inmediata que se ocupa de que se

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105

cumpla la ley y de satisfacer los intereses y necesidades de la comunidad, en el marco de los

procesos de contratación y la gestión de riesgos para el cumplimiento de los fines del estado,

se encuentra reglada, es decir que cada actuar de cada uno de los funcionarios responsables

según la ley o reglamento, está sujeta al contenido de las normas y sus procedimientos. en

ese sentido, se evidencia que son muchas las obligaciones y el deber ser, que están ahí en

cada una de las normas arriba relacionadas, pero la interrelación y articulación, así como el

mismo conocimiento y capacitación necesario para que cada uno de los partícipes, bien sea

en la contratación o en el cumplimiento de las estrategias del estado, es un eje aun suelto,

puesto que los niveles de responsabilidad frente a los objetivos del programa, así como la

oportunidad en el cumplimiento de cada una de esas funciones se ve comprometido con una

sola falla en alguno de los componentes del programa expuesto.

No resulta ser un tema pacifico para los partícipes ni para la comunidad que busca resultados

que los beneficien y atiendan de acuerdo con sus derechos constitucionales, entender la

dinámica y controlar cada uno de los aspectos que conlleva el funcionamiento del programa

puesto que implica el cumplimiento de lo dispuesto en las normas, pero sobre todo el impacto

social, cuando no se da la prestación oportuna del servicio, el costo político y social que eso

conlleva, se podría mostrar como un riesgo latente en el proceso de planeación.

CAPITULO III

Page 106: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

106

IDENTIFICACIÓN DE LOS RIESGOS DEL PROGRAMA DE

ALIMENTACIÓN ESCOLAR EN EL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA

3.1. Introducción

Para abordar el impacto de los riesgos en el programa de alimentación escolar, antes

expuesto, se hará un análisis desde el esquema de administración de riesgos, delimitándose

a las vigencias 2015 a 2017. Este periodo, teniendo en cuenta tres aspectos, el primero, las

entidades estatales asumen la ejecución del PAE conforme a las funciones dispuestas en el

Decreto 1075 de 2015, puesto que en las vigencias 2013 a 2014 se opera de forma mixta

entre el ICBF, MEN y algunas ETC que deciden asumirlo, por lo que este es un periodo de

transición, el segundo es el marco normativo para la gestión de riesgos conformado hasta el

año 2015 con la expedición del decreto 1082 de 2015 (recopilo decreto 1510 de 2013) y que

se encuentra vigente hasta la fecha, y un tercer aspecto tiene que ver con las actuaciones de

los entes de control entiéndase, Contraloría General de la Republica y Procuraduría General

de la Nación, en cuanto a la ejecución y evaluación del programa de alimentación escolar

para las vigencias 2014 a 2017.

En tal sentido la perspectiva sistémica nos permitirá entender el contexto general en el que

las interacciones de las diferentes etapas de los procesos de planeación e implementación del

PAE se encuentran desarticuladas y el proceso en su conjunto no tiene una coherencia

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107

sistémica propia que le permita tener un funcionamiento armónico y unos resultados

medibles y fiscalizables. En ese orden de ideas, se tendrán en cuenta los informes y la

evaluación practicada al Programa de Alimentación Escolar por parte de los organismos de

control, de los cuales se extractarán y vincularan los principales hallazgos y falencias de la

ejecución del programa de la Guajira, y a partir de estos, identificar los factores de riesgo

del programa con el fin de establecer si era posible preverlos o gestionarlos en el proceso de

contratación del mismo, aplicando lo concerniente dispuesto en el artículo 4 de la ley 1150

de 2007, el Decreto Reglamentario 1082 de 2015 y el Manual de Colombia Compra

Eficiente.

Para abordar los hallazgos y evaluaciones de los entes de control, es necesario establecer su

alcance e importancia del análisis propuesto. Por ello y de acuerdo con las atribuciones

constitucionales y legales la entidad territorial tiene la libertad y autonomía de adelantar los

procesos de contratación para el logro de sus fines misionales, esto en cabeza del jefe o

representante legal de la entidad (art.11-Ley 80 de 1993), así “la atribución de competencia

de las entidades contratantes indica que ellos tienen la responsabilidad integral de la

gestión contractual” (Consejo de Estado, 2018).

Por tanto, la mayor autonomía para determinar el contenido de los contratos supone un

mayor compromiso y responsabilidad sobre las decisiones adoptadas, tanto para el servidor

público como para la administración en la prestación del servicio que pretende satisfacerse

a través de la contratación. Ese interés público implica entonces el cumplimiento de unos

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108

derechos y deberes determinados en la ley, reglamento o disposición aplicable el caso, que

implican un actuar con observancia del cumplimiento estricto de las normas. Por ejemplo:

todo gasto debe contar con un certificado de disponibilidad presupuestal o en particular con

el PAE, en el que la ETC debe ejecutar el programa de conformidad y en cumplimiento de

los lineamientos técnico administrativos del PAE, en tal sentido deben atender, una a una,

las previsiones aplicables, pues con estas se salvaguardan los principios de la función

administrativa y los enmarcados en los procesos de contratación.

A partir de estos elementos, los entes de control, en forma posterior a la contratación,

verifican el cumplimiento de las disposiciones y previsiones. El control es siempre de

carácter posterior, puesto que si lo hiciesen de forma previa estarían limitando la autonomía

y libertad de la entidad en el proceso contractual, lo cual sería contrario a la concepción de

la ley 80 de 1993. En ese sentido, la labor de los entes de control se encuadra en la vigilancia

de la gestión de recursos públicos (CGR art. 267 C.P) y el adecuado ejercicio de las funciones

de los servidores públicos (PGN art. 277 CP) para logro de los objetivos propuestos.

Vale la pena señalar que este ejercicio se realiza a través del concurso de diferentes

mecanismos entre ellos, el plan plurianual, plan de acción anual, plan de mejoramiento,

informes de gestión entre otros, y en casos especiales realizan actuaciones especiales de

evaluación como las realizadas al PAE, por las múltiples denuncias recibidas respecto de la

ejecución de este. Para el objetivo planteado, se tendrán en cuenta los siguientes documentos:

el informe de resultados y evaluación de la Contraloría General de la Republica para la

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109

vigencia 2016 y 2017 respectivamente y el informe de la vigencia 2017 realizada por la

Procuraduría General de la Nación. Estos informes son el resultado de la verificación por

parte de tales organismos en ejercicio de sus funciones misionales y constitucionales. Los

informes del PAE generados por el Ministerio de Educación Nacional, las visitas a campo

realizadas y la revisión de unos contratos específicos en estas vigencias de las cuatro

entidades certificadas del departamento, la Gobernación de la Guajira y los municipios de

Riohacha, Maicao y Uribía (informe fiscal).

3.2. Hallazgos del informe de resultados vigencia (2014-2015) Contraloría General de

La Republica

Esta actuación especial de fiscalización al Programa de Alimentación Escolar - PAE, fue

orientada a evaluar los resultados del Programa durante las vigencias 2014–2015, en los

departamentos de Cesar, Magdalena, Córdoba, Guajira Atlántico, Magdalena y Sucre,

incluyendo los diferentes actores (Ministerio de Educación Nacional, Gobernaciones y

Municipios), que se circunscribió al análisis de una muestra contractual de acuerdo a las

fuentes de financiación, recursos Nación, SGP y en el caso del departamento de la Guajira

con Regalías. Los objetivos específicos de esta actuación fueron: a) verificar el cumplimiento

de la normatividad que regula la contratación del PAE, vigencias 2014-2015. b) Establecer

si, en las vigencias objeto de la Actuación, se cumplieron los objetivos del PAE, así como

los lineamientos técnico - administrativos del programa y c) Verificar la ejecución de los

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110

recursos asignados al programa (MEN, SGP), por parte de los diferentes actores que

participan en su ejecución, evaluación y seguimiento.

En este informe el departamento para la Guajira se establecieron 38 hallazgos

administrativos, de ellos 38 con presunto alcance disciplinario, 1 con posible incidencia penal

y 9 hallazgos fiscales por $3.757.2 millones. La muestra tomada de las entidades territoriales

certificadas del departamento de la Guajira es de 26 contratos y/o convenios para la vigencia

2015. De los 38 hallazgos 23 corresponden a las cuatro ETC para la vigencia 2015 del cual

se tiene que 5 hallazgos son en relación con los recursos del PAE, 10 hallazgos por el reporte

de información y 8 hallazgos por deficiente o nulo control y seguimiento, conforme se expone

en el siguiente cuadro:

Cuadro. 7. Hallazgos Contraloría las ETC Dpto. Guajira 2015

Obligación contenidos en las diferentes

disposiciones.

Hallazgo No. de

hallazgos

En el proceso de gestión de la Cobertura

Educativa en las Entidades Territoriales

Certificadas” la de Garantizar la calidad

y veracidad de la información en el

SIMAT, SIMPADE y el SICIED.

La responsabilidad de Reportar las

estrategias de permanencia en el

SIMAT”.

Reporte de información

estrategia de alimentación

escolar SIMAT. estudiantes

priorizados y focalizados

5

Diagnostico Situacional 1

Instalaciones y condiciones de

los comedores escolares de las IE 4

Efectuar seguimiento y registro de

raciones entregadas y titulares de

derecho atendidos por cada institución

educativa.

Raciones entregadas

instituciones educativas 5

Comité de Alimentación Escolar 2

Sustitución de componentes o

elementos de la minuta patrón 1

Page 111: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

111

“El programa de alimentación escolar se

financiará con recursos de diferentes

fuentes. Para el efecto, las entidades

territoriales seguirán y aplicaran, en

primer término los lineamientos

técnico-administrativos básicos

respecto de la complementación

alimentaria, los estándares de

alimentación, de planta física, de equipo

y menaje y de recurso humano, y las

condiciones para la prestación del

servicio

Mayores valores por ración 2

Otros costos operativos 2

Soportes de ejecución de los

recursos provenientes de Aportes

de terceros 1

Del contenido del informe es posible destacar las principales deficiencias en relación con el

tipo de hallazgo la CGR, que se resumen así:

3.2.1. Frente a la Asignación y coordinación de los recursos

Deficiencias en la planeación y perfeccionamiento de los convenios y/o contratos, al no

evidenciar dentro de los “Estudios previos” no se exponga el estudio y cálculo de costos o

de la estimación de precios que les haya permitido establecer en forma objetiva un valor

claro, verificable y ajustado a la realidad económica de cada actividad. Y no es posible

identificar los aportes ni las evidencias de materialización de los aportes de los terceros en

la ejecución de los convenios.

3.2.2. Frente al Suministro de información

Según el ente de control, existen serias inconsistencias entre el reporte de los estudiantes

beneficiarios y los atendidos, de la misma manera en que en la información reportada por el

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112

MEN y las ETC contra la información generada en el módulo de reportes del SIMAT para la

estrategia de alimentación escolar es incoherente. El riesgo que plantea esta etapa se da por

cuanto no existe dentro de la implementación del programa una herramienta sólida que

permita desarrollar la fiscalización de los reportes de los estudiantes atendidos y los

efectivamente registrados en las planillas de planificación del PAE. Esta característica del

programa puede dar paso a situaciones de desvió de recursos y gastos que no expresen el

número real de estudiantes efectivamente atendidos, es decir este subproceso no presentan

conexión formal con su matriz de planeación y tal desconexión incrementa de manera

ostensible el riego tal como lo señala el informe de la Contraloría reseñado.

3.2.3. Frente a los procedimientos para su control y seguimiento

En comparación con el número de estudiantes focalizados informados por la IE o publicados

en el formato de visibilidad en las IE, durante la visitas se evidenció que no se entregan el

total de las raciones informadas e inclusive hay diferencias significativas entre una y otra

información, esto según el ente de control es significativo puesto que todos los objetivos del

plan se desestructuran puesto que los niños se ven seriamente afectados y el riesgo de que

deserten del sistema educativo se incrementa. La falta de un registro exacto de los

complementos suministrados en cada IE y la no entrega de todas las raciones contratadas,

denota irregularidades que se originan por debilidades en el control y seguimiento por parte

de la supervisión o interventoría de los contratos del PAE, pues se evidencia que los Comités

de Alimentación Escolar no hacen presencia para vigilar el desarrollo de la entrega de las

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113

raciones a los titulares de derecho de las IE. Las planillas de entrega de raciones presentadas

por los operadores son diligenciadas por las manipuladoras, horas o días después de la entrega

de los alimentos, por lo que, siempre son diligenciadas como si todos los estudiantes hubieran

asistido a las IE y consumido alimento todos los días, lo cual no es coherente con las planillas

de control de asistencia que manejan los docentes.

3.2.4. Cobertura del PAE en la Guajira

Respecto de lo sostenido por la Contraloría es posible establecer líneas claras de análisis de

riesgos en materia de cobertura del PAE en la Guajira. El organismo de control advierte por

ejemplo que no se tiene una certeza clara del número de estudiantes que deben ser atendidos

puesto que no se elaboró un diagnostico situacional en los municipios en los cuales se

desarrolló el programa. Por ello, la coordinación entre los niveles organizacionales,

operacionales y regulatorios se hace evidente, porque no se tiene una relación clara entre el

número de niños que requieren una atención alimentaria prioritaria y el número de niños que

de manera efectiva fueron atendidos. Esta descoordinación establece un nivel de

responsabilidad, que si bien es diferenciado respecto del grado de responsabilidad, involucra

a todos los eslabones de la cadena de implementación del PAE, empezando desde los

municipios hasta el Ministerio de Educación.

En el mismo sentido, y respecto de la responsabilidad del Ministerio de Educación la

Contraloría pudo establecer que, para la evaluación de la cobertura del programa el

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114

ministerio no desarrolló un esquema de control de las tres dimensiones involucradas en el

marco de la cobertura universal, estas son: estudiantes, raciones entregadas y días atendidos.

Esto por supuesto hace que los resultados de atención del PAE carezcan de confiabilidad.

Por su naturaleza este riesgo era previsible en la etapa de planeación que corresponde a la

responsabilidad propia del Ministerio de Educación.

Tales dificultades tienen como explicación de fondo los problemas organizacionales,

operacionales y regulatorios, que transversalmente inciden en el desempeño de los diferentes

actores que intervienen en la cadena de valor del programa (diseño institucional). Como se

dijo anteriormente, la coordinación interinstitucional es materia compleja y riesgosa, que

requiere sine qua non, una entidad rectora que lleve un tablero de control de las

contribuciones esperadas de cada actor y de los riesgos que es necesario prevenir a lo largo

de la cadena.

Las instalaciones de los comedores escolares de las Instituciones educativas, no cuentan con

las condiciones de infraestructura requeridas para la prestación del servicio de alimentación

escolar en óptimas condiciones físicas, higiénico sanitarias y de calidad: Se encontraron

Instituciones Educativas que carecen de comedores escolares y cocinas, comedores sin

protección contra animales y plagas, deficiente suministro de agua, equipos en mal estado,

sin capacidad suficiente para la conservación de los alimentos perecederos (neveras y

congeladores), almacenamiento de insumos sin estar aislados del suelo y muchas IE, no

cuentan con gramera digital.

Page 115: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

115

3.2.5. Financiación del PAE

Desde el punto de vista financiero el PAE tiene niveles de responsabilidad diferenciada,

puesto que la destinación, planeación y uso de sus recursos va desde el orden nacional hasta

el nivel departamental y municipal. Aquí la Contraloría sostiene que en el nivel nacional el

programa sufrió graves demoras en la asignación de recursos por parte de la nación como

cofinanciador lo que a su vez implicó que no se desarrollaran criterios definidos para ser

aplicados en las asignaciones y distribuciones a las entidades territoriales, y también señala

que los giros fueron tardíos y en algunos casos de manera fragmentada sumados a demoras

en la apropiación de los recursos a los presupuestos de los municipios. Este riesgo de manera

clara involucra a la nación, puesto que la responsabilidad en la planeación del PAE depende

de la celeridad y la claridad con que sean desembolsados estos recursos. Esta

descoordinación entre las competencias del orden nacional con la ejecución en el nivel

departamental y local hace que los propósitos del PAE no se cumplan o lo hagan de manera

parcial. La Procuraduría, para citar un ejemplo sostenía como en el inicio de la vigencia 2018

más de 500 mil niños en todo el país aún no recibían las raciones alimentarias al finalizar el

mes de febrero, es decir casi treinta días después del inicio del calendario escolar (Caracol

radio , 2018).

En segundo lugar, se tiene un riesgo de orden operacional en el orden local que en palabras

de la Contraloría involucra aumentos del valor de las raciones en los complementos

Page 116: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

116

alimentarios respecto del valor que de manera inicial había reconocido el Ministerio de

Educación. Ello al sumar a las raciones el valor de los servicios públicos y sin tener una

diferencia clara entre los elaborados en las instituciones de educación y los elaborados en

plantas industriales. Al no contar con una matriz de costos clara y un diagnóstico de las

necesidades concretas de los estudiantes en cada sitio especifico, el valor es establecido en

forma global haciendo que el costo de los mismos pueda incrementarse y que las raciones

no sean adecuadas a las necesidades de los estudiantes. Por lo anterior el organismo de

control sugiere el establecer claros indicadores de seguimiento que permitan una línea base

de asignación de recursos, así como, indicadores progresivos que permitan medir el aumento

de cobertura del programa.

o Informe sobre seguimiento al Programa de Alimentación Escolar –PAE- durante el

Año 2017 de la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la

Adolescencia y la Familia.

A través de este informe y en el marco de la acción preventiva que le corresponde a este

organismo de conformidad con el art. 277 y 278 de la Constitución Política de Colombia,

realiza observaciones sobre el desempeño que realizan las entidades responsables del PAE

que generan mayores impactos negativos a los beneficiarios del programa. La evaluación se

materializa en tres aspectos del programa que son: Financiación, cobertura y operación,

sobre los cuales hacen las siguientes observaciones que se describen en seguida:

Page 117: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

117

a.) Financiación

La falta de recursos suficientes o no oportunos de la Nación, que se traducen en una

contratación fragmentada que las ETC deben hacer para cubrir los 180 días del calendario

escolar. De acuerdo con los recursos que disponen y para garantizar la oportuna contratación

del operador con el fin de contar con el funcionamiento del programa desde el primer día del

calendario escolar. Que muchas veces se retrasa debido al trámite ante las asambleas o

concejos para la incorporación de recursos o autorización de vigencias futuras. La falta de

certeza sobre la disponibilidad de los recursos contribuye a que se opte por formas de

contratación diferentes a la licitación pública para ajustarse a los plazos que impone el

calendario escolar (urgencia manifiesta, contratación directa, contrato de prestación de

servicios, selección abreviada, contrato de suministro, convenios de asociación, entre otros)

o las adiciones a los contratos, las cuales no necesariamente son la opción más eficiente en

el uso de los recursos.

Lo anterior, debido a la fluctuación de los Recursos de la Nación para el financiamiento del

programa, que se justifica en los ingresos corrientes de la Nación, los cuales pueden variar

como consecuencia en la reducción de las rentas de petróleo, como sucedió en el año 2016

donde se redujo considerablemente este recurso pues paso de $1.086.585 millones de pesos

a $ 810.281 millones de pesos. Que de acuerdo con el análisis 2014 -2017 respecto de las

diferentes fuentes que concurren a la financiación del programa (SGP, SGR, recursos

propios, CONPES 151 y sector cooperativo) los aportes de la Nación transferidos por el

Page 118: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

118

MEN, superan el 70% del total de la asignación para el financiamiento del programa lo cual

quiere decir que de presentarse alguna reducción en estos recursos necesariamente se

impactaran la cobertura o la calidad

“Este punto en particular es el que genera tensión entre el Gobierno nacional y las entidades

territoriales, quienes sostienen que la asignación de la Nación no cubre los costos de

operación del programa y que la asignación especial, alimentación escolar, establecida en

el artículo 2, de la Ley 715 de 2001, no necesariamente implica que esos recursos concurran

a una sola bolsa para su financiación”. (Procuraduría General de la Nación, Pág. 16.)

Frente al reporte y seguimiento de estos recursos que se debe hacer por las ETC en el Sistema

Consolidado de Hacienda e Información Pública -CHIP- se presentan vacíos de la

información por lo que no es posible verificar la ejecución. La conformación de la bolsa

común implica la articulación entre las entidades territoriales certificadas para transferir sus

recursos y hacer un uso eficiente de los mismos. Pero solo se han presentado 6 casos, por lo

que en la práctica las gobernaciones deben entonces procurar que los municipios no

certificados de su jurisdicción concurran a la conformación de la bolsa común para lograr

así un uso eficiente de los recursos.

b.) Cobertura

De acuerdo con las cifras reportadas por el MEN, El PAE la cobertura aproximada del PAE

para 2017 fue de 4.975.865 beneficiarios En 2017 para los 32 departamentos, en las 95 ETC,

en 45.774 sedes educativas de todo el país. Esto representa una tasa de cobertura cercana al

60% de la matricula oficial para 2017. Identificando que no es posible determinar el alcance

Page 119: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

119

real debido a la falta de información confiable sobre el número de beneficiarios. Puesto que

los reportes se brindaban en número de raciones entregadas diariamente, dato que resulta

insuficiente para establecer la cobertura o los avances en esta materia año a año.

Cabe mencionar que en su respuesta, el MEN aclaró que la responsabilidad sobre el reporte

de focalización de beneficiarios del PAE recae sobre las entidades territoriales y

específicamente sobre los rectores de las instituciones educativas oficiales, a quienes, según

lo establecido en el Decreto 1852 de 2015, artículo 2.3.10.4.4 (núm. 5), les corresponde

“Registrar en el Sistema Integrado de Matricula (SIMAT) y/o en el sistema de información

que para tal efecto determine el Ministerio de Educación Nacional, los niños, niñas,

adolescentes y jóvenes focalizados de acuerdo con lo establecido en los Lineamientos

Técnicos - Administrativos del programa. (Procuraduría General de la Nación, Pág.19) (…)

La ausencia de datos de cobertura desagregados por ETC impide establecer si el PAE tiende

progresivamente hacia la cobertura universal, tal como se ordena en la Ley 1450 de 2011

(art. 136, par. 4). . (Procuraduría General de la Nación Pág.20)

c.) Operación

La Procuraduría General de la Nación pudo establecer que de acuerdo con los informes del

MEN, los mecanismos de contratación más empleados son la licitación pública, seguido de

la contratación directa, mecanismo que genera mayores incentivos para las prácticas de

corrupción y la falta de transparencia en la administración, pues se encuentra una fuerte

problemática de concentración de contratos en unos pocos contratistas.

El PAE presenta grandes dificultades en su operación, muchos de las cuales se relacionan

directa o indirectamente con su poco claro esquema de financiación, puesto que son las ETC

las que deben planear con suficiente anticipación, y no cuentan con el suficiente

Page 120: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

120

acompañamiento por parte del MEN. Lo cual implica que el inicio en la prestación del

servicio se retrase o se suspenda.

Caso, la atención del Programa Mundial de Alimentos, en el departamento de la Guajira, que

dio inició hasta el 27 de julio de 2017, y de forma progresiva, debido a factores de tipo

geográfico, cultural y de infraestructura de los establecimientos educativos, que dificultaban

activar el servicio de alimentación. Otro aspecto tiene que ver con la focalización y

priorización de usuarios beneficiarios del programa puesto que las ETC deben definir

quienes reciben el complemento y quienes quedan por fuera de este beneficio, en este sentido

sostiene el órgano de control:

“De modo que, en un buen número de casos, las ETC optan por adelantar un proceso de

contratación por un plazo inferior al definido en el calendario escolar, pero garantizando

que el mayor número de titulares del derecho reciban el complemento alimenticio. Sin

embargo, dado que los recursos asignados por el MEN estan destinados a un número de

cupos inferior al del total de la población escolar, los recursos resultan insuficientes, de

modo que las ETC se ven con problemas para costear la operación hasta el final del

calendario escolar. (Procuraduría General de la Nación, Pág.22). Si bien existen criterios e

instructivos para adelantar el proceso de focalización, este proceso no está exento de

arbitrariedades, y de inconformidades por parte de los padres de familia en los territorios,

para quienes este modo de proceder puede resultar injusto y atentar contra la igualdad en

el acceso al derecho de la educación. (Procuraduría General de la Nación Pág.23)

Frente al seguimiento y control en todas las fases del programa que recae sobre las ETC, el

modelo de monitoreo y control definido por el MEN, que consta de los componentes

financiero, jurídico, técnico, de comunicaciones, gestión social y de sistemas de información.

Por lo que la efectividad del seguimiento depende de las capacidades técnicas y financieras

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121

de la ETC para contar con personal suficiente o contratar servicio de un tercero. Adicional a

esto la información que se recolecta durante la operación no resulta ser confiable pues hay

una gran cantidad de formatos (cerca de 30) que resultan ser diligenciados por el operador,

personal de la administración, rectores o personal encargado en las instituciones educativas.

Y las variables para medir ese seguimiento por parte del MEN son estandarizadas de modo

que solo se registra si se cumple o no, por lo que no es posible establecer el nivel de

cumplimiento de cada una de ellas.

3.3. ¿Qué riesgos eran identificables en el Programa de Alimentación escolar?

Del análisis expuesto, es posible identificar algunos tipos de riesgos y la responsabilidad de

cada uno de los actores y si estos se podían o no prever, de acuerdo con las siguientes

consideraciones:

Teniendo en cuenta que con la creación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a

través de la Ley 075 de 1968, al cual se le establecieron varias funciones en materia de

nutrición de los menores de edad. Entre ellas, el artículo 54 de ese precepto normativo

dispuso que esa entidad debiera coordinar con el Ministerio de Educación “la generalización

de una organización eficaz de restaurantes escolares o de suministro de suplementos

alimenticios”. y que, a partir de allí, los programas de alimentación escolar para el sector

público fueron ejecutados bajo la orientación, financiación y lineamientos del ICBF

armonizando las modalidades de prestación del servicio de restaurante escolar a las metas de

los planes de desarrollo del país y a los objetivos del mejoramiento del estado nutricional de

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122

los niños, niñas y adolescentes. Resulta importante destacar la pertinencia del trasladó de la

competencia de la organización de los refrigerios escolares al Ministerio de Educación

Nacional. Finalmente a través de la Ley 1450 de 2011, a través del parágrafo 4º del artículo

136 de este precepto estableció lo siguiente:

“Con el fin de alcanzar las coberturas universales en el Programa de Alimentación Escolar

–PAE–, el Gobierno Nacional trasladará del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

(ICBF) al Ministerio de Educación Nacional (MEN), la orientación, ejecución y articulación

del programa, sobre la base de estándares mínimos de obligatorio cumplimiento para su

prestación, de manera concurrente con las entidades territoriales.

Para el efecto, el MEN realizará la revisión, actualización y definición de los lineamientos

técnicos-administrativos, de los estándares, y de las condiciones para la prestación del

servicio para la ejecución del Programa, que serán aplicados por las entidades territoriales,

los actores y operadores del programa. El PAE se financiará con recursos de diferentes

fuentes. El MEN cofinanciará sobre la base de los estándares mínimos definidos para su

prestación, para lo cual podrá celebrar contratos de aporte en los términos del artículo 127

del Decreto 2388 de 1979 y promoverá esquemas de bolsa común con los recursos de las

diferentes fuentes que concurran en el financiamiento del Programa”. (Ministerio de

Educación Nacional, 2014).

Si se tiene en cuenta que el Ministerio de Educación, no cuenta con la capacidad operativa

al ser una entidad centralizada, contrario al ICBF, el cual para la fecha contaba con 33

regionales y 209 zonales a nivel nacional, situación que representaba un reto organizacional

tanto de recursos humanos e infraestructura para la ejecución del programa.

Teniendo en cuenta que el ministerio de educación no tenía entre sus roles el de ejecución

sino el de ente rector de políticas públicas y en ese orden se convertiría en ejecutor,

coordinador y articulador avizorando de entrada un riesgo operacional, entendido desde las

fallas o deficiencias ya sea en los procesos, sistemas, o recursos humanos.

Page 123: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

123

Esta transición implico el ajuste de los lineamientos técnicos y administrativos del programa,

y por tanto de los criterios establecidos para el funcionamiento del mismo, puesto que los

criterios inicialmente eran establecidos por el ICBF contenidos en la Resolución 06054 de

2010, los cuales estuvieron vigentes hasta el 2017, es decir seis (6) años posteriores a la Ley

1450 de 2011 cuando el Ministerio de Educación, expide la Resolución 29452/2017. el

riesgo que representa como tal el cambio y adopción de estas disposiciones reglamentarias,

como tal para la ejecución y prestación del servicio, suponían un riesgo legal para tanto para

las entidades territoriales encargadas de la planeación y estructuración del contrato, como

para la misma ejecución por parte del contratista y consecuentemente con la supervisión del

contrato. Lo anterior teniendo en cuenta los cambios, representados en el cuadro

comparativo de las resoluciones del primer capítulo, en donde se pone de presente las

diferencias del objetivo general y de los objetivos específicos, aspectos fundamentales en la

gestión de riesgos, para el cumplimiento de los fines y objetivos del programa.

Sumado a esto, se tiene que la población objetivo de los lineamientos establecidos por el

MEN, se encuentra basada en el Sistema de Matricula SIMAT, estudiantes oficiales, sin

embargo, en los lineamientos del ICBF, se precisa en los niños, niñas y adolescentes de las

áreas rurales y urbanas, de los diferentes grupos étnicos matriculados en el sistema educativo

público del país, y en la Constitución política de Colombia, se dispone que el acceso y

permanencia a la educación es un derecho fundamental que requiere su especial protección,

Al respecto, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional mediante sentencia T-

273 de 2014, expresó lo siguiente: “En otras palabras, los servicios de restaurante escolar,

transporte escolar y administrativos generales son necesarios y constituyen condiciones

concretas para permitir y garantizar el acceso material del derecho fundamental a la

educación de los niños y niñas, y su ausencia representa una barrera para poder recibir

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124

educación. De un lado, el transporte escolar es una garantía de acceso y permanencia

especialmente cuando existen circunstancias geográficas que dificultan la movilidad,

cuando los estudiantes viven en áreas rurales apartadas de los centros educativos, o cuando

existen otros factores que les impiden acudir a las aulas por carecer de facilidades de

transporte. En cuanto al restaurante escolar, la garantía de alimentos adecuados y congruos

es un presupuesto indispensable no solo para evitar la deserción escolar sino para asegurar

que el proceso de educación de los niños y niñas sea brindado en condiciones dignas. Por

último, los servicios administrativos constituyen factores operativos que habilitan la

prestación del servicio” (Corte Constitucional sentencia T-273 de 2014).

En ese sentido tanto el Ministerio de Educación como las ETC, tienen la obligación de

adoptar medidas que promuevan el ingreso al sistema educativo y evitar que la ausencia de

recursos económicos sea un obstáculo para que los estudiantes deban desertar antes o durante

el ciclo escolar. Así, el carácter progresivo del derecho a la educación implica que cuando

se alcanza algún nivel de disfrute no pueden las autoridades públicas adoptar medidas que

conlleven a un retroceso en su realización. Esta situación conlleva en términos de

financiamiento, la obligación de las entidades de no poder reducir las coberturas alcanzadas.

lo cual configura de entrada un riesgo financiero, toda vez que la misma ley señalaba la

obligación de cofinanciación por parte de distintas entidades del estado, es decir de distintas

fuentes, que tal y como se expuso, en mayor medida dependía de los recursos que aporta el

mismo MEN, puesto que los demás recursos resultan ser fluctuantes, bien sea, en su liquidez

o en el procedimiento para su uso, y teniendo en cuenta que de la disponibilidad presupuestal

estan sujetas las contrataciones del servicio, el riesgo se manifestaba en la oportunidad y

cobertura del servicio.

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125

Lo cual generaría una cadena de eventos que desarticulan la operación del programa, puesto

que, al no contar con los recursos suficientes, y al tener la obligación de contar con la

prestación del servicio de alimentación escolar desde el primer día y durante todo el

calendario escolar de cada una de las Entidades, ya que las ETC se veían obligadas a

contratar lo que alcanzara con los recursos disponibles en el momento. siendo de igual forma

un riesgo operativo, que afectaba tanto el cumplimiento de los objetivos del programa como

las obligaciones y costos contractuales, ya que para un operador la oportunidad de reducir

costos se veía supeditada a la incertidumbre de los recursos y al número de beneficiarios, en

ese orden supone que la comprar de insumos en menores cantidades implica el incremento

de sus costos.

Al respecto también es importante señalar que durante la transición del programa del ICBF

al MEN, el costo de ración se estandariza, y no obedece a los costos reales del mercado, sino

de los recursos con los que dispone el MEN, distribuido de acuerdo a la información de

suministrada en términos de cupos y cobertura por parte de las ETC. Teniendo en cuenta los

criterios de selección de beneficiarios de cada una de las resoluciones que pautan el

funcionamiento del programa PAE, es posible identificar el Riesgo social, que debe ser

gestionado por la ETC, ya que conforme a lo expuesto Anteriormente, tiene la obligación de

mantener las coberturas, conseguir los recursos para contratar el servicio, el riesgo social se

le materializa al hacer la focalización de los beneficiarios, ya que esta actividad depende del

mismo Comité de Alimentación Escolar, el cual está integrado por docentes, así como

representantes de padres de familia, entre otros, quienes ponderaran demasiado la inclusión

o exclusión de cada beneficiario.

Page 126: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

126

Es importante destacar que como estrategia pública del estado, no era suficiente su

establecimiento dentro de las metas y planes de desarrollo, sino que también resultaba

imperativo determinar los objetivos y metas específicos, de acuerdo con la realidad regional

y la disposición de los recursos, si bien la norma contempla estos aspectos, la dinámica de

cada uno de los componentes del programa requiere un análisis minucioso de su

funcionamiento y la cabeza de los responsables, pues de esta forma se trasladaron una serie

de cargas a una entidad que no era operativa, de un programa tan complejo y dimensionado

como es el PAE, y genero a su vez unas cargas presupuestales para las ETC, sin tener en

cuenta sus fuentes de financiación y sus recursos, lo cual se traduce, en el cumplimiento

formal de la Ley y los reglamentos y no en una dinámica articulada que mida el logro y

cumplimiento de objetivos, cuyo llamado, es el de replantear o hacer mas dinámico la forma

en que opera el programa, esto desde la misma consecución de los recursos

la improvisación se convierte en el antagonista de la planeación que debe prevalecer tanto

en las políticas del estado, como en los mismos procesos de contratación, y se ve reflejado

en el papel reactivo del MEN, las ETC, los mismos entes de control, la ausencia o

insuficiencia de recursos como puede ser gestionada dentro de una mapa de riesgos, por la

ETC como puede gestionar un riesgo financiero en el marco de un proceso de contratación,

las disposiciones legales, parten de la suposición que la ETC está capacitada para gestionar

estos riesgos, y que todas las entidades que son actores del programa funcionan de forma

armónica y articulada, pero es claro que la falta de claridad frente a los objetivos y la

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127

evaluación de la estrategia del programa de alimentación escolar por parte del MEN, genera

un efecto de incertidumbre frente a los mismos, conllevando a un actuar improvisado y de

cumplimiento formal de la ley, que genera el mayor riesgo, como es el estratégico, y por qué

no el de reputación de las entidades.

Los anteriores comportan riesgos institucionales tanto en la conformación como en la

ejecución del contrato. evidenciando claramente los riesgos operativos, propios de la

ejecución, como es la capacidad de la supervisión en cuanto a la calidad y oportunidad del

servicio en cada una de las instituciones educativas, pues si la misma ETC, no realizo un

adecuado diagnóstico de estas como de focalización, se ve reflejado en la malas condiciones

de prestación del servicio o en la insuficiencia de raciones, o en las mismas inconsistencias

de información, que pueden generar mayores costos, puesto que el control es más complejo

y se termina pagando las planillas presentadas por el operador, y no las raciones

efectivamente entregadas a los beneficiarios. lo cual pone de presente un gran riesgo, la

adecuada y oportuna implementación de alertas tanto para el programa como para la

ejecución del contrato, en ese sentido, la evaluación y coordinación del MEN, frente al

sistema de información, debe hacerse en coordinación con las ETC, para lograr minimizar

la inconsistencia de focalización y cobertura. Reduciendo asi el impacto de este riesgo.

También se pone de presente la importancia de los comités de Alimentación, escolar, pues si

bien coadyuvan a las ETC en la coordinación de la focalización, son las llamadas a ejercer

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128

mecanismos de control y alertas que contribuirán con la supervisión del programa para su

adecuado y oportuno funcionamiento.

3.4. Los riesgos materializados en la contratación del PAE del departamento de la

Guajira

Ahora, para analizar la gestión de riesgos, a partir de su identificación, se parte que la ETC

para adelantar el proceso de contratación cumplió con cada uno de los requisitos formales

exigidos, entre los que se encuentran la elaboración de estudios y análisis previos y la

consecuente la elaboración de una matriz de riesgos exigido en el art. 4 de la Ley 1150 de

2007, así como las demás disposiciones contenidas en la Ley 80 de 1993, decretos

reglamentarios y demás normas, esto teniendo en cuenta que en los informes de los entes de

control, la mayoría de hallazgos tienen un alcance disciplinario y fiscal, lo cual nos permite

tener un punto de partida, puesto que si tuviesen más alcance penal se tendría que verificar

uno a uno los riesgos identificados en cada proceso, lo cual valga la pena señalar que de

acuerdo a las noticias y sensibilidad del tema no obvia que puedan presentarse casos en los

que no haya cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley.

En ese orden, el análisis propuesto partirá desde los hallazgos identificados por los entes de

control, aplicando lo dispuesto en el esquema de administración de riesgos, contenido en el

marco de contratación estatal, para lo cual inicialmente se debe identificar y estimar los

riesgos, después se debe evaluar de acuerdo con criterios establecidos, y decidir que se va a

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129

hacer con él, posteriormente se trata, se reporta periódicamente sobre su estado, se monitorea

y finalmente se audita. En ese primer paso, y con la información analizada, es posible

identificar que los tres principales riesgos del proceso de contratación del programa de

alimentación escolar, definidos por la combinación de la ocurrencia de un evento y sus

consecuencias y que amenazan el logro de los objetivos del programa en el departamento de

la Guajira. Inicialmente se podría señalar que los riesgos identificados son propios del

proceso de contratación que son de origen interno y externo, asociados con la etapa de

planeación y de ejecución enmarcándose en riesgos de tipo operativo y financiero, aplicando

el esquema contenido en el Manual de Colombia Compra Eficiente, como se muestra en el

siguiente cuadro.

Cuadro. 8. Identificación de Riesgos

Identificación/

Riesgo Financiamiento Cobertura

Calidad de las

raciones

Fuente Externa Interna Interna

Etapa Planeación Planeación Ejecución

Tipo Financiero Operativo Operativo

Descripción La falta de recursos

suficientes o no

oportunos

inconsistencias

entre el reporte de

los estudiantes

beneficiarios y los

atendidos

Debido a la falta de

seguimiento y

registro las raciones

entregadas no se

cumplan con el

gramaje o

condiciones

mínimas de

inocuidad.

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130

Consecuencia La no oportuna

prestación del

servicio del

Programa desde el

primer día del

calendario escolar.

Debido al Retraso de

procesos de

contratación y/o la

posible

fragmentación de

contratos de acuerdo

a disponibilidad de

recursos.

No es posible

determinar el

alcance real del

número de

beneficiarios

No brindar el aporte

nutricional de

acuerdo al tipo de

complemento

alimentario,

afectando la

nutrición y

desempeño de los

estudiantes

beneficiarios

O la intoxicación

por ingesta de

alimentos en malas

condiciones.

3.5. Valoración de la gestión de los riesgos del programa de Alimentación Escolar

aplicando lo correspondiente del marco normativo de la contratación pública

Siguiendo el esquema, la estimación o evaluación se realiza teniendo en cuenta la

probabilidad de ocurrencia y el impacto frente al logro de los objetivos del Proceso de

Contratación, de cada uno de los Riesgos identificados. Esta evaluación tiene como fin

asignar a cada Riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, la cual

permite establecer la valoración de los Riesgos identificados y las acciones que se deban

efectuar En ese orden el ejercicio se realiza teniendo en cuenta la frecuencia de los hallazgos

y la calificación monetaria se calificara como mayor de acuerdo con los hallazgos fiscales.

Los valores que se tienen en cuenta son:

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131

(i) Probabilidad de ocurrencia: raro, improbable, posible, probable y casi cierto y

valorarlos de 1 a 5 siendo raro el de valor más bajo y casi cierto el de valor más alto

(ii) Impacto a partir de la calificación cualitativa del efecto del Riesgo y la calificación

monetaria del Riesgo, la cual corresponde a la estimación de los sobrecostos ocasionados

por la ocurrencia del Riesgo como un porcentaje del valor total del presupuesto del contrato.

Siendo 1. insignificante, 2 menor, 3moderado, 4 mayor y 5 catastrófico

La suma de los criterios (i) y (ii) determinara la valoración completa del Riesgo, así: Riesgo

extremo (8, 9,10), Riesgo alto (6,7), riesgo medio (5) y riesgo bajo (2, 3,4).

Cuadro. 9. Valoración del Riesgo

Identificación/

Riesgo

Financiamiento Cobertura

Calidad de las

raciones

Probabilidad 4(probable) 3 (posible) 4(probable)

Impacto 4 (Mayor) 4 (mayor) 5(catastrófico)

Valoración 8 (riesgo extremo) 7 (riesgo alto) 9 (riesgo extremo)

De acuerdo con la valoración realizada, se identifican que de acuerdo con la información

obtenida en los informes y evaluaciones del programa de alimentación escolar

correspondiente a las vigencias 2015 a 2017, de los tres principales riesgos, hay dos riesgos

extremos y un riesgo alto. De acuerdo al proceso de gestión de riesgos ahora se decide que

se va a hacer con él, a través de un orden de prioridades para decidir, el tratamiento del riesgo

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132

bien sea evitar, transferir, aceptar el riesgo o reducir la probabilidad de ocurrencia o reducir

las consecuencias del impacto debe tenerse en cuenta el costo y el beneficio de cualquiera

de ellas. Ahora, considerando las evaluaciones y los informes del MEN correspondientes

para el departamento de la Guajira puede concluirse que el tratamiento de los riesgos

empleado resulto ser reactivo puesto que:

Para el riesgo de financiamiento y considerando especialmente la intervención del MEN en

el departamento de la Guajira para el año 2017 resultó ser un dispositivo que buscó reducir

las consecuencias del impacto, en ese caso se dio inicio de la prestación el 27 de Julio de

2017 a través del PMA buscando así garantizar por lo menos 120 días de los 180 días que

corresponden al calendario escolar. Esto desbordó las capacidades de la ETC y las acciones

planteadas tanto por el MEN como por la ETC resultaron insuficientes, puesto que la

ejecución como los plazos para cumplir el cronograma estaban por encima de los recursos

asignados y de las capacidades de los operadores del programa.

Para el riesgo de Cobertura: En este caso se puede concluir que la ETC asume el riesgo y

busca evitar la probabilidad de ocurrencia a través de las obligaciones contractuales, como

es la generación las planillas de estudiantes beneficiarios que reciben el complemento

alimentario. ya que, de acuerdo al contrato, el valor a recibir por parte del contratista está

supeditado al número de raciones efectivamente entregadas. Sin embargo, el riesgo persiste

teniendo en cuenta las inconsistencias de la información reportada por la ETC en el SIMAT,

lo cual se constata con las visitas los entes de control, en el anexo del formato de visibilidad,

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133

siendo esta otra obligación del contratista, que difiere de la planilla entregada efectivamente

en el conteo uno a uno.

Para el riesgo de Calidad de Raciones: en este caso también es reactivo, pues se puede

verificar la adopción de planes de mejoramiento que buscan enmendar el adecuado

cumplimiento de los lineamientos técnico administrativos y estándares mínimos para la

prestación del servicio, los cuales no resultan suficientes, por dos razones: la primera por la

falta de control de los comités escolares y segundo por la ausencia del diagnóstico

poblacional y de la infraestructura educativa. ya que los hallazgos arriba enunciados

demuestran que, si bien hay prestación de servicios, este no cumple con las condiciones

mínimas como es contar con agua potable o electricidad para la conservación de los

alimentos. Ahora, resulta importante mencionar que respecto a la calificación monetaria y

de acuerdo con los hallazgos coinciden de forma explícita en que a pesar de que era posible

estimarla en el riesgo de financiación no se hizo, puesto que se evidenciaron mayores costos

en el valor de la ración, debido principalmente a:

No se expuso en los estudios y análisis del proceso, el cálculo de costos o de la estimación

de precios que les haya permitido establecer valor de la ración de acuerdo al contexto

geográfico, social y económico del departamento de la Guajira, lo cual implico que al no

existir claridad de los componentes del valor de la ración (insumos, transporte, mano de

obra, menaje, entre otros) se generaran pagos administrativos allí no incluidos, o el doble

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134

pago frente a un mismo concepto ej. Menaje y transporte (los más frecuentes) y así mismo

la dificultad de identificar los aportes realizados por el contratista (convenios de asociación).

Adicionalmente porque las ETC al tener inconsistencias en la información reportada en el

SIMAT, y en el contrato, sobre la población beneficiaria, y las condiciones de infraestructura

y dotación de las instituciones educativas conllevaron a destinar porcentajes importantes del

valor de la ración, en compra de menaje, lo que da cuenta de una deficiente planeación de

la población objetivo que se realiza a través de la focalización y priorización, que debe partir

del diagnóstico poblacional y de infraestructura.

De acuerdo lo anterior, es posible afirmar que la ETC, incurren frecuentemente en una

inadecuada gestión de riesgos, puesto que a pesar que la contratación la deben hacer año tras

año, no se corrigen las inconsistencias de la información por ellos mismas producida, y

adicionalmente carece la evaluación de los demás programas de la misma entidad, en el

sentido de poder medir el alcance de coberturas y de calidad de la atención, la articulación

al interior de la misma entidad, no se hace de forma completa y adecuada y en ese sentido

la improvisación frente a algunos sectores más alejados pueden estar generando algunos

sobrecostos, la optimización de recursos humanos y financieros, llega a ser un papel

determinante frente a la cobertura del programa, en el marco de la ecuación inicial del

contrato. Por tanto al no tener información confiable resulta ser un riesgo compartido entre

la ETC y el contratista. Aunque si consideramos el principio de buena fe pre- contractual,

este riesgo no podría ser trasladado al contratista y pasaría a ser este un riesgo contractual

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135

cuyo tratamiento resulta ser diferente al de los riesgos previsibles dispuesto en el art. 4 de la

ley 1150 de 2007. En todo caso estos riesgos resultan adversos para los titulares del derecho

de alimentación escolar por la suficiencia del presupuesto que conlleva al segundo riesgo de

cobertura.

3.6. Causas y conclusiones

Es posible identificar diferentes causas que no permiten realizar una adecuada

administración de riesgos y en gran medida obedece a que en la dinámica del PAE existen

múltiples responsables (actores), la falta de coordinación y articulación entre ellos y algunas

disposiciones normativas que la hacen más compleja y menos gestionable, puesto que como

se señaló inicialmente, a la metodología le hace falta el componente de estructura

organizacional, que vele por el cumplimiento de los objetivos del programa, que supondría

que de acuerdo al Parágrafo 4o del Articulo 136 de la Ley 1450 de 2011 sería el MEN el

llamado a orientar, ejecutar y articular el Programa. Sin embargo, la estructura de los

informes del MEN, dan cuenta principalmente de: a) la distribución de los recursos, b) de la

forma de contratación, c) de las quejas y falencias encontradas en la visita y la verificación

de acciones puntuales que no permiten medir el grado de cumplimiento de cada una de las

95 ETC como lo manifestó en su evaluación la Contraloría y se demuestra en la siguiente

gráfica.

Gráfica. 7. Seguimiento del MEN a los ETC

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136

Fuente: cuarto informe Trimestral 2017. MEN

Adicionalmente, la presentación de los informes del MEN evidencia la ausencia de una línea

base de cobertura de la población beneficiaria del PAE que permita medir el logro y avance

de la estrategia para el cumplimiento de los objetivos. Es evidente la desarticulación en la

conformación de esa bolsa común de que trata el decreto 1852 de 2012 puesto que las fuentes

descritas no llegan a los mismos ejecutores; como vemos, unos llegan a municipios, otras a

departamentos, otras a entidades certificadas en educación y otras son ejecutadas desde el

gobierno en el nivel central. Esto hace que se pierda la posibilidad de que logren concurrir

e integrar articuladamente estas fuentes y a en la mayoría de los casos a destiempo. Pues al

ser recursos asignados en presupuestos diferentes están sujetos a los cronogramas de

aprobación y ejecución de cada actor, por ejemplo, las transferencias de la nación del SGP

que realiza varias veces durante el año, no coinciden en los tiempos de las disponibilidades

presupuestales de las entidades territoriales con sus recursos propios, o con los presupuestos

bianuales de regalías sujetos también a unos trámites administrativos desde los OCADS que

dificultan su ejecución.

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137

En el mismo sentido al tener un componente variable, por ser recursos de inversión, muchas

de estas fuentes, no permiten tener una programación o un componente fijo que no esté sujeto

a las restricciones presupuestales cíclicas de los ingresos corrientes, estar sujetas igualmente

a las prioridades que cada mandatario de turno defina en sus planes de desarrollo y que

pueden definir recortes a las partidas que venían siendo destinadas por sus predecesores.

Aumentando los riesgos del programa, ya que este puede encuadrar en un riesgo político ya

que se evidencia en los informes de la contraloría que más del 70% de los recursos que

financian la estrategia son los provenientes de recursos nación.

La ausencia de un adecuado análisis del sector y la definición de un valor real de las raciones,

han conllevado mayores costos, adicional a la forma de pago establecida, el cual está

condicionado al diligenciamiento de planillas de raciones entregadas, que en la mayoría de

ocasiones son diligenciadas por las manipuladoras, impiden contar con información veraz y

confiable frente a la cobertura, por lo que una de las medidas para gestionar ese riesgo es

adecuar los procedimientos o los sistemas de información, lo cual contribuirá con la labor

de supervisión y/o interventoría del en la entrega de las raciones a los beneficiarios del

Programa de Alimentación Escolar.

Por lo que para una adecuada gestión de los riesgos es necesario tener una cabeza que dirija

las acciones, defina responsables puntuales, identifique claramente procesos y

procedimientos y lo más importante la obtención de información sólida sobre los riesgos

identificados permite evaluar eficazmente las necesidades generales de los recursos y

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138

mejorar su asignación y ayudan a alcanzar los objetivos de costo- beneficio del programa y

prevenir así la pérdida de recursos. Es de gran importancia, generar un análisis de

particularidades al interior y exterior de cada región, con las condiciones de sostenibilidad,

equidad, calidad, eficiencia, participación social, monitoreo y evaluación, puesto que esto

permitirá diferenciar el costo de los insumos y permitirá establecer si se cumple o no o en

qué forma progresiva se llega al 100% de cobertura de acuerdo a los criterios establecidos.

4. CONCLUSIONES

Como resultado final del análisis hecho en este trabajo resulta factible sostener que el marco

normativo en materia de contratación pública en Colombia respecto de la materia estudiada,

en términos generales, ha presentado un significativo avance. En este, se destaca

especialmente el marco de autonomía y libertad que se le otorga a las partes en el proceso

de concreción de los términos y cláusulas realizadas durante en la etapa precontractual, lo

que a la postre implica una mayor responsabilidad atribuida a las partes que deben prever y

gestionar los riesgos. Esto porque es evidente que dichos riesgos representan las condiciones

contractuales iniciales, que no pueden ser alegadas posteriormente. En este aspecto la guía

de Colombia Compra Eficiente contenida en el manual para la identificación y cobertura de

Page 139: CARMEN SUSANA ARÉVALO DAZA MONOGRAFIA

139

riesgos, expedido, brinda unas pautas que resultan claras y conducentes para alcanzar

satisfactoriamente el objeto de los contratos. sin embargo, estas no son todavía suficientes,

puesto que por causa de la falta de capacitación y de adopción de una cultura de gestión de

riesgos en el seno de las entidades públicas y en el comportamiento laboral y funcional de

una parte ostensible de los servidores públicos, aspectos estos, que son esenciales en el marco

de la metodología establecida por la norma ISO 31000 que evalúa de manera ordenada los

riesgos asignados a una u otra de las partes contratantes, cuando los mismos, no son

adecuadamente asignados o gestionados.

Así pues, se puede sostener que el objetivo del marco normativo que pretende la gestión de

riesgos previsibles, se convierte en un tema de gran complejidad para el lente de los

servidores públicos y para las labores misionales de los entes de control, pues no es posible

determinar quién es el responsable de elaborar o identificar los riesgos en la estructura

administrativa de las entidades, ni se cuenta, adicionalmente, con las competencias

específica s y necesarias. Esto hace en últimas, que la función sea trasladada de forma

implícita al responsable de cada proceso, sin que exista una debida valoración y articulación

de los riesgos eventuales, elaborada, por parte cada uno de los partícipes del proceso de

contratación.

Este fenómeno hace qué el campo de competencias de la administración de las entidades del

Estado, responsables de este proceso, transformen el mismo en un suceso de cumplimiento

formal e ineficaz. pues las evidencias expuestas representan que a pesar de existir y dar

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140

cumplimiento a las disposiciones normativas, los riesgos aumentan y los fines de la

contratación se enmarcan en acciones reactivas a las quejas o peticiones surgidas desde la

acción cívica de las comunidades, junto con los airados reclamos de los contratistas, ello

debido, (en gran medida a la falta de planeación), que es en último lo que encierra la gestión

contractual y de riesgos y a la adopción de políticas o estrategias sin bases sólidas de

información que permitan articular y monitorear sus logros a las realidades específicas de

la población objetivo.

Se considera necesario que el legislador desarrolle el marco de transformación adopción de

los nuevos sistemas de gestión, también es necesario que el Estado fomente la entronización

de una cultura de decisiones basadas en gestión de riesgos. Lo anterior como un esfuerzo

para que estos tengan el deber legal de definir y adoptar metodologías adaptadas a sus

objetivos y entornos, hecho que sin duda permitirá empezar a involucrar dentro de sus

estructuras organizacionales, un área específica de riesgo operacional, cuyo objetivo sea el

establecer e implantar metodologías y procedimientos de identificación, admisión, medición,

seguimiento e integración que permitan mantener el perfil de riesgos dentro de los niveles

de tolerancia al mismo, fijados desde la cabeza de la entidad.

Para que en el ejercicio de distribución de riesgos se constituya un trabajo en el que se haga

un análisis ponderado de cada uno de los riesgos que se pretenden trasladar al contratista, se

podrá considerar apropiado y consistente con el ordenamiento general en la materia en

cuanto con la asignación y asunción de riesgos efectuada queden adecuadamente reflejada

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141

los costos del contrato. En ese caso la gestión estará condicionado al logro de los objetivos

y a los postulados de conveniencia negociar de buena fe que se adapten al dinamismo de los

riesgos y no al cumplimiento de preceptos normativos.

Para el caso del PAE en el departamento de la Guajira, resultó claro como una mala política

y estructuración de un sólido modelo de gestión de riesgos hizo que los propósitos de política

perseguidos por el programa en su tránsito del ICBF al MEN, y en las etapas precontractuales

y de ejecución del mismo, tuviera serios problemas que van desde la demora en los pagos,

las compras, la distribución, la calidad de las raciones e incluso casos de desvío de recursos

en la declaratoria de niños que recibían los complementos cuando los mismos solo figuraban

en las listas. Es claro que el modelo de gestión de riesgos que aparece consignado en la

norma no tiene posibilidades de ser efectivo y eficaz, si antes no se fortalece una cultura de

riesgo y su prevención afincada en los funcionarios en todos sus niveles, además de

fortalecer las veedurías ciudadanas, la gestión fiscal de las entidades, las etapas de

evaluación y de seguimiento efectivo en el terreno de la distribución y de la calidad de las

raciones y en general en todas las etapas de ejecución del programa. Esta situación nos revela

que un modelo sólido y coherente no puede funcionar si en la estructura organizacional del

estado no existe un férreo funcionamiento de la administración y de sus partes integrantes.

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142

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