Asilo Diplomatico
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8/16/2019 Asilo Diplomatico
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FICHA DE IDENTIFICACIÓN DE TRABAJO DEINVESTIGACIÓN
Título: El asilo político.Autor: Aruquipa Condori Albertina
Aguayo Wills Melissa CarolinaAmestoy Guzman Eliane KateherineÁvila Nietto Anahy
Fc!a: 2!"#!2"$%
Código de estudiante: Varios
Carrera: DerechoAsignatura: Derecho Diplomático
Grupo: ADocente: Dr. Rene Franz Romano GarcíaPeriodo Académico: I/2016Subsede: Santa r!z
Copyright & '2"$%( por 'Albertina Aruquipa Condori(
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)*tulo+ A,-./ 0/.-)-C/Autor+ 1A-/, 3333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333 333333333333333333 TABLA DE CONTENDO
apít!lo 1
1.1...................................................................................................................... Intro"!cci#n....................................................................................................................................... 3
1.2. Res!men.......................................................................................................................$
1.$. %lanteamiento "el %ro&lema ''''''''''''''''''''''.(
1.(. )&*eti+o General'''''''''''''''''''''''''''(
1.,. )&*eti+os -specíicos''''''''''''''''.''''''''....(
1.,.1. Descri&ir s! e+ol!cion "e la leislacion oli+iana en relacion al tema "el
re!io'''''''''''''''''''''''..''''''''.'.(1.,.2. mencionar la +!lneracion "e los "erechos h!manos "e las personas re!ia"as en
oli+ia'''''''''''''''''''''''''''''''''.(
1.,.$. -speciicar la responsa&ili"a" internacional por +iolacion "e
asilo''''''''''''''''''''''''''''''''''(
1.6. !stiicaci#n''.''''''..'''''''''.''''''''''....(
apít!lo 2.
2.1. arco 3e#rico'''''''''''''''''''''''''''',
apít!lo $.
$.1. oncl!siones '''''..'''''''''''''''''.''''24
$.2. Recomen"aciones '''''''''''''''''''''''''24
apít!lo (.
(.1. i&lioraía 5 Reerencias'''''''''''''''''''''''2(.2. Ane7os'''''''''''''''''''''..'''''''''$0
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CAPT!LO "
1.1. INTRODUCCION 8-n t9rminos enerales: 5 para eectos "e este est!"io: +amos a enten"er por el t9rmino "e
;;asilo<<: la protecci#n =!e enc!entra !na persona: o&*eto "e persec!ciones por parte "e las
a!tori"a"es "e !n -sta"o: en a=!ellas hip#tesis en =!e "ichas persec!ciones se enrentan
ante la prohi&ici#n "e s! persec!ci#n "entro "e ciertos espacios competentes "e la
a!tori"a" "e otro -sta"o: sin =!e 9ste tena la o&liaci#n "e acilitar s! contin!aci#n
entrean"o al re!ia"o a las a!tori"a"es "el -sta"o =!e preten"e e*ercer tal persec!ci#n.
%or otra parte: la práctica internacional permite constatar c#mo: en "i+ersos casos: se"es "e
misiones "iplomáticas: "e oicinas cons!lares: &!=!es "e !erra 5 &ases militares han si"o
!tiliza"os para ines a&sol!tamente e7tra>os a las !nciones propias 5 características "e !na
misi#n "iplomática: oicina cons!lar: o en s! caso: "e !na !ni"a" militar. -s precisamente
para otorar asilo a in"i+i"!os =!e re=!ieren protecci#n 5 re!io por h!ir "e la *!sticia
local.
1.2. RESUMEN:
S!ri# como !n asilo "e carácter reliioso: =!e ampara&a a los "elinc!entes. Al principio
esta&a "estina"o a a+orecer a los "elinc!entes com!nes 5 no a los políticos: p!esto =!e se
consi"era&an los más ra+es: ante los c!ales no reconocía o&stác!lo la ira "el o&ernante.
-n cam&io: con la Reorma se pro"!*o !na in+ersi#n8 "esaparecien"o el asilo para los
"elinc!entes com!nes 5 en s! l!ar: s!&sisti# el asilo para los políticos =!e son perse!i"os
por s!s i"eas. -n la anti?e"a": la -"a" e"ia 5 más a"elante: los templos eran los l!ares"e asilo: pero en la 9poca mo"erna: solamente se consi"era como asilo el territorio "el
-sta"o e7tran*ero.
on la tesis "e e7traterritoriali"a" "e las -m&a*a"as 5 @eaciones "e Grocio: se
consi"era&a =!e el asilo "iplomático era !n corolario "el asilo &rin"a"o por el territorio
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e7tran*ero: sino tam&i9n si o&tenía asilo en la @eaci#n o -m&a*a"a "e !n país e7tran*ero.
o5 p!e"e "ecirse =!e el "erecho "e asilo "iplomático para los perse!i"os políticos no es
!na instit!ci#n reconoci"a por el "erecho internacional eneral "e &ase
1.3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA8
Descri&ir el pro&lema "e llama"o BASI@) DI%@)A3I)C como norma cons!et!"inaria.
1.4. OBJETIVO GENERAL:
• Detallar los acuerdos internacionales en relación al tema de los asilados políticos.
1.5. OBJETIVOS ESPECIFICOS:1.5.1. Describir su evolución de la legislación Boliviana en relación al tema del
refugio.
1.5.2. Mencionar la vulneración de los derechos humanos de las personas
refugiadas en Bolivia.
1.5.3. Especificar Responsabilidad internacional por violación del asilo.
1.1. JUSTIFICACION:
Se preten"e constatar la sit!aci#n act!al "e las personas re!ia"as 5 asila"as enoli+ia a tra+9s "e los "atos proporciona"os por las "ierentes instancias
representati+as !&ernamentales 5 no !&ernamentales +ientes: encara"as "e
sal+a!ar"ar 5 promo+er los "erechos h!manos "e las personas 5 "e los /as
re!ia"os /as en partic!lar: en relaci#n a casos =!e t!+ieron reperc!si#n social en la
act!ali"a" a"*!nto al est!"io 5 análisis "e le5es 5 relamentaciones nacionales:
pactos 5 ac!er"os internacionales irma"os 5 ratiica"os en relaci#n a la normati+a
so&re re!io 5 asilo en el país.
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CAPT!LO #
2.1. MARCO TEORICO:
%arece ser =!e anti!amente el ;;principio "e la in+iola&ili"a"<< esta&a &astante e7ten"i"o 5acepta"o 5 las ran=!icias se e7ten"ían a to"o el &arrio +ecino "e las em&a*a"as en "on"e
e7istía !n +er"a"ero "erecho "e asilo.
-n este senti"o es amoso el conlicto con @!is IV: el c!al atri&!ía ran importancia a este
pri+ileio 5 t!+o por este moti+o serias "iic!lta"es E164 con el papa Inocencio I: el
c!al preten"ía poner in a los a&!sos acarrea"os por esta práctica. Ante la o&str!cci#n "el
re5 "e Francia: el papa lle# hasta e7com!lar al representante "e este Hltimo: el mar=!9s
"e @a+ar"in: 5 "ecretar &a*o inter"icci#n a la ilesia "e San @!is "e los ranceses.
@a c!esti#n "e sa&er si e7iste en Am9rica @atina !na ;;cost!m&re reional<< en materia "e
asilo "iplomático !e trata"a por la orte Internacional "e !sticia en s! amosa sentencia
"el 20 "e no+iem&re "e 1,0 en el caso "el derecho de asilo entre Colombia y er! en
"on"e "eclar# =!e8 ;;@a parte =!e in+oca !na cost!m&re "e esta nat!raleza "e&e pro&ar =!e
ella se ha constit!i"o "e tal manera: =!e la misma ha llea"o a ser o&liatoria para la otra
parte. -l o&ierno "e olom&ia "e&e pro&ar =!e la rela =!e in+oca es conorme a !n !so
constante 5 !niorme: practica"o por los -sta"os en c!esti#n: 5 =!e este !so tra"!ce !n
"erecho perteneciente al -sta"o =!e otora el asilo 5 !n "e&er =!e inc!m&e al -sta"o
territorial.
@a orte no a"miti# =!e el o&ierno "e olom&ia h!&iere pro&a"o la e7istencia "e !na
cost!m&re "e esa nat!raleza 5 =!e !ese oponi&le a %erH: p!es: entre otras cosas: la orte
no lle# al con+encimiento "e =!e olom&ia h!&iese esta&leci"o a tra+9s "e los casos
partic!lares cita"os: =!e la preten"i"a rela "e la caliicaci#n !nilateral 5 "einiti+a h!&iere
si"o in+oca"a: o =!e incl!so ha&i9n"olo si"o: no se ha&ía "emostra"o =!e la rela h!&iese
si"o aplica"a !era "el marco "e estip!laciones con+encionales: por los -sta"os =!eotora&an el asilo en tanto =!e "erecho perteneciente a 9stos: 5 respeta"o por los -sta"os
territoriales en tanto =!e "e&er *!rí"ico 5 no solamente por razones "e oport!ni"a" política.
"os hechos sometidos a la Corte revelan tantas incertidumbres y contradicciones# tantas
fluctuaciones y discordancias en el e$ercicio del asilo diplom%tico y en los puntos de vista
e&presados oficialmente en diversas ocasiones' ha habido una falta tal de consistencia en
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Estados y recha(ados por otros# y la pr%ctica ha sido influenciada a tal punto por
consideraciones de oportunidad política en los diversos casos# )ue no es posible
desprender de todo ello una costumbre constante y uniforme aceptada como siendo
derecho en lo )ue concierne a la pretendida regla de la calificación unilateral y definitiva
del delito.
Si &ien la orte: por catorce +otos contra "os: ne# la posi&le e7istencia "e !na norma
cons!et!"inaria "e carácter reional so&re el "erecho especíico "e la caliicaci#n !nilateral
"el "elito por el -sta"o aislante: sin em&aro: en el momento act!al la práctica "el asilo
"iplomático: en Am9rica @atina se ha coni!ra"o "e tal s!erte en el senti"o =!e "icha
instit!ci#n ha si"o eneralmente respeta"a: =!e nos inclinamos a pensar =!e m!5
"iícilmente po"ría nearse: ehaciente 5 cate#ricamente: =!e "icha práctica no constit!5a
en sí !na cost!m&re reional oponi&le a -sta"os terceros: a!n=!e ha5 =!e aceptar =!e esto
no "e*a "e ser !n p!nto m!5 contro+erti"o.
Acuer!" I#$er#%c&!#%'e" E# Re'%c&(# A' Te)% De L!" A"&'%!" P!'*$&c!".
@os trata"os 5 ac!er"o internacionales han s!ri"o a tra+9s "e la historia como
consec!encia "e la p9r"i"a "e millones "e +i"as h!manas. AHn ho5 en "ía: a pesar "e s!e7istencia los "erechos h!manos se si!en +!lneran"o: +i"as h!manas se si!en per"ien"o
5 m!chos o&ernantes inoran los ac!er"os &a*o "ierentes i!ras leales 5 reliiosas. A
tra+9s "e las "ierentes instit!ciones en ca"a esta"o se si!e atentan"o contra la interi"a"
h!mana.
!chas oranizaciones no !&ernamentales han opta"o por la presi#n internacional
consi!ien"o a"eptos en to"o el m!n"o =!e a tra+9s "e s! presencia contri&!5an a la
erra"icaci#n "e estos a&!sos: loran"o: en la ma5oría "e los casos: reprimir estos hechos.
• Tratados internaciona$es rati%icados por Bo$i&ia en re$ación a $os derec'os de
$as personas re%ugiadas(
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=!e competen 5 =!e +elan por la protecci#n "e los "erechos "e to"as las personas =!e se
enc!entran en sit!aci#n "e +!lnera&ili"a" en las "i+ersas socie"a"es.
Declaraci#n Jni+ersal "e los Derechos !manos "e 1(4.
on+enci#n Americana so&re Derechos !manos "e 16.
on+enci#n so&re el -stat!to "e los Re!ia"os "e 24 "e *!lio "e 1,1.
%rotocolo so&re el -stat!to "e los Re!ia"os "e 16. oli+ia se a"hiri# el 1, "e
e&rero "e 142 a la on+enci#n "e 1,1 "e las Kaciones Jni"as so&re el estat!to
"el re!ia"o 5 a s! protocolo "e 16. Declaraci#n "e artaena so&re los Re!ia"os "e 14(.
Declaraci#n "e Río "e aneiro so&re la Instit!ci#n "e re!io "e 2000.
-stos trata"os: si &ien no son coerciti+os: han si"o el soporte para =!e los o&iernos "e
t!rno consi"eren s! aplicaci#n en las n!e+as constit!ciones 5 leislaciones nacionales. -n
relaci#n a la sit!aci#n "e las personas =!e re=!ieren asilo o re!io o =!e se enc!entran en
cali"a" "e re!ia"as: nos a"+ierten8
• La Dec$aración !ni&ersa$ de $os Derec'os )umanos de "*+,(
-s el primer "oc!mento internacional =!e reconoci# el "erecho a solicitar 5 ozar "e
protecci#n contra la persec!ci#n. -n s! Artíc!lo 1( se>ala =!e8
1. -n caso "e persec!ci#n: to"a persona tiene "erecho a &!scar asilo: 5 a "isr!tar "e
9l: en c!al=!ier país.
2. -ste "erecho no po"rá ser in+oca"o contra !na acci#n *!"icial realmente
oriina"a por "elitos com!nes o por actos op!estos a los prop#sitos 5 principios "e las
Kaciones Jni"as.
• La Con&ención Americana sobre $os Derec'os )umanos de "*-*(
-n s! Artíc!lo 22 se>ala los si!ientes p!ntos8
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persec!ci#n por "elitos políticos o com!nes cone7os con los políticos 5 "e ac!er"o con la
leislaci#n "e ca"a -sta"o 5 los con+enios internacionales.
4. -n ninHn caso el e7tran*ero p!e"e ser e7p!lsa"o o "e+!elto a otro país: sea o no "eorien: "on"e s! "erecho a la +i"a o a la li&erta" personal está en rieso "e +iolaci#n a
ca!sa "e raza: nacionali"a": relii#n: con"ici#n social o "e s!s opiniones políticas.
• La Con&ención re$acionada con e$ estatuto de re%ugiados de $as Naciones
!nidas(
Deine =!i9n es !n re!ia"o: 5 esta&lece las relas "e las personas a las =!e se les
arantiza el asilo 5 las responsa&ili"a"es "e las naciones =!e proporcionan el asilo. @acon+enci#n tam&i9n "eci"e =!9 personas no se consi"eran como re!ia"as: tales como
criminales "e !erra. @a on+enci#n tam&i9n ase!ra Epre+9 al!nos +ia*es sin +isa"o
para los =!e portan "oc!mentos "e +ia*e: conorme a la con+enci#n. -n este tema ca&e
"estacar la si!iente "einici#n8
-l Artíc!lo 1 "e la on+enci#n enmen"a"o por el %rotocolo "e 16 pro+ee la de%inición
de re%ugiado8
LJna persona =!e: "e&i"o a !n mie"o !n"a"o "e ser perse!i"o por razones "e raza:
relii#n: nacionali"a": mem&resía "e !n r!po social o "e opini#n política en partic!lar: se
enc!entra !era "e s! país "e nacimiento 5 es incapaz: o: "e&i"o a tal mie"o: no está
"isp!esto a ser+irse "e la protecci#n "e a=!el paísM o "e =!ien: por no tener nacionali"a" 5
estar !era "el país "e s! anti!a resi"encia ha&it!al como res!lta"o "e tales e+entos: es
incapaz: "e&i"o a tal mie"o: "e estar "isp!esto a +ol+er a 9ste..L
• Protoco$o sobre e$ Estatuto de $os .e%ugiados /"*-01(
S!prime las limitaciones eoráicas 5 temporales s!scritas en la on+enci#n "e los
Re!ia"os oriinal seHn la c!al principalmente los e!ropeos in+ol!cra"os en sit!aciones
=!e t!+ieron l!ar antes "el 1 "e enero "e 1,1 po"ían solicitar la 11 con"ici#n "e
re!ia"os. Del %rotocolo tomaron nota con apro&aci#n el onse*o -con#mico 5 Social en
s! resol!ci#n 1146 E@I: "e 14 "e no+iem&re "e 166: 5 la Asam&lea General en s!
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General pi"i# al Secretario General =!e transmitiera el te7to "el %rotocolo a los -sta"os
menciona"os en s! artíc!lo V a in "e =!e p!"ieran a"herirse al %rotocolo.
Disposiciones enerales1. @os -sta"os %artes en el presente %rotocolo se o&lian a aplicar los artíc!los 2 a $: (
incl!si+e "e la on+enci#n a los re!ia"os =!e por el presente se "einen.
2. A los eectos "el presente %rotocolo 5 sal+o en lo =!e respecta a la aplicaci#n "el párrao
$ "e este artíc!lo: el t9rmino Lre!ia"oL "enotará to"a persona compren"i"a en la
"einici#n "el artíc!lo 1 "e la on+enci#n: en la =!e se "arán por omiti"as las pala&ras
Lcomo res!lta"o "e acontecimientos oc!rri"os antes "el 1. N "e enero "e 1,1 5...L 5 las
pala&ras L... a consec!encia "e tales acontecimientosL: =!e i!ran en el párrao 2 "e la
secci#n A "el artíc!lo 1.
$. -l presente %rotocolo será aplica"o por los -sta"os %artes en el mismo sin nin!na
limitaci#n eoráicaM no o&stante: serán aplica&les tam&i9n en +irt!" "el presente
%rotocolo las "eclaraciones +ientes hechas por -sta"os =!e 5a sean %artes en la
on+enci#n "e conormi"a" con el inciso a "el párrao 1 "e la secci#n "el artíc!lo 1 "e la
on+enci#n: sal+o =!e se ha5an amplia"o conorme al párrao 2 "e la secci#n "el
artíc!lo 1.
Inormaci#n so&re leislaci#n nacional
@os -sta"os %artes en el presente %rotocolo com!nicarán al Secretario General "e las
Kaciones Jni"as el te7to "e las le5es 5 los relamentos =!e prom!laren para arantizar la
aplicaci#n "el presente %rotocolo.
• Dec$aración de Cartagena sobre $os re%ugiados de "*,+(
A"opta"a por el Lolo=!io so&re la %rotecci#n Internacional "e los Re!ia"os en Am9rica
entral: 97ico 5 %anamá8 %ro&lemas !rí"icos 5 !manitariosL. -ntre las concl!sionesmás importantes e7ponemos8
1. %romo+er "entro "e los países "e la rei#n la a"opci#n "e normas internas =!e
aciliten la aplicaci#n "e la on+enci#n 5 el %rotocolo 5: si es preciso: =!e
esta&lezcan los proce"imientos 5 rec!rsos internos para la protecci#n "e los
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re!ia"os. %ropiciar: asimismo: =!e la a"opci#n "e normas "e "erecho interno se
inspire en los principios 5 criterios "e la on+enci#n 5 el %rotocolo: coa"5!+án"ose
así en el necesario proceso "irii"o a la armonizaci#n sistemática "e las
leislaciones nacionales en materia "e re!ia"os.2. %ropiciar =!e la ratiicaci#n o a"hesi#n a la on+enci#n "e 1,1 5 al %rotocolo "e
16: respecto "e a=!ellos -sta"os =!e aHn no lo han hecho: no +a5a acompa>a"a
"e reser+as =!e limiten el alcance "e "ichos instr!mentos: e in+itar a los países =!e
las ha5an orm!la"o a =!e consi"eren s! le+antamiento en el más corto plazo.$. Ratiicar la nat!raleza pacíica: apolítica 5 e7cl!si+amente h!manitaria "e la
concesi#n "e asilo o "el reconocimiento "e la con"ici#n "e re!ia"o 5 s!&ra5ar la
importancia "el principio internacionalmente acepta"o me"iante el c!al na"a "e ello
po"rá ser interpreta"o como !n acto inamistoso hacia el país "e orien "e losre!ia"os.
(. -7presar s! preoc!paci#n por la sit!aci#n =!e pa"ecen las personas "esplaza"as
"entro "e s! propio país. Al respecto: el olo=!io llama la atenci#n "e las
a!tori"a"es nacionales 5 "e los oranismos internacionales competentes para =!e
orezcan protecci#n 5 asistencia a estas personas 5 contri&!5an a ali+iar la
an!stiosa sit!aci#n en =!e m!chas "e ellas se enc!entran.,. Reconocer =!e la re!niicaci#n "e las amilias constit!5e !n principio !n"amental
en materia "e re!ia"os: el c!al "e&e inspirar el r9imen "e tratamientoh!manitario en el país "e asilo 5 "e la misma manera las acili"a"es =!e se otor!en
en los casos "e repatriaci#n +ol!ntaria.6. Reiterar el carácter +ol!ntario e in"i+i"!al "e la repatriaci#n "e los re!ia"os 5 la
necesi"a" "e =!e 9sta se pro"!zca en con"iciones "e completa se!ri"a":
preerentemente: al l!ar "e resi"encia "el re!ia"o en s! país "e orien.1.1.6. Declaraci#n "e Río "e aneiro so&re la Instit!ci#n "el Re!io.
ele&ra"a en Río "e aneiro: rasil: el 10 "e no+iem&re "el 2000: contiene los si!ientes
p!ntos81. -s "el to"o con+eniente =!e los -sta"os %arte "el -R)SJR 5 oli+ia 5 hile: en
carácter "e países asocia"os: posean !na norma *!rí"ica especíica so&re re!io: con
"isposiciones ten"ientes a esta&lecer proce"imientos arm#nicos so&re la materia.
2. Dicha normati+a "e&ería contemplar los principios enerales so&re la recepci#n:
protecci#n 5 asistencia a los re!ia"os: consara"os en los instr!mentos internacionales.
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"e re!io la protecci#n a las +íctimas "e ra+e 5 eneraliza"a +iolaci#n "e los "erechos
h!manos.
(. @os -sta"os %arte 5 Asocia"os no aplicarán: a =!ien ha5a si"o reconoci"o comore!ia"o por otro -sta"o %arte o Asocia"o: me"i"as "e retorno orza"o al país "on"e s!
+i"a: li&erta" o interi"a" ísica están amenaza"as por moti+o "e raza: nacionali"a": r!po
social: opini#n política o +iolaci#n ra+e 5 eneraliza"a "e los "erechos h!manos: "e
conormi"a" con la normati+a internacional =!e rie so&re la materia.
,. Dentro "e lo posi&le: los -sta"os %arte 5 Asocia"os "e&erán contar con !na instancia
nacional: con participaci#n "e la socie"a" ci+il: para implementar s!s políticas so&re
re!ia"os.
E+!'uc&(# e '% 'e,&"'%c&(# B!'&+&%#% e# re'%c&(# %' $e)% e' re-u,&!.
E&o$ución(
@a e+ol!ci#n leislati+a: en c!anto a "erechos 5 arantías "e las personas en cali"a" "e
re!io en el país: ha i"o e+ol!cionan"o "e ac!er"o a los acontecimientos hist#ricos: al
proceso "e los trata"os internacionales 5 a las necesi"a"es =!e se han i"o s!scitan"o en
n!estro territorio. -s lícito "enotar =!e m!chas "e ellas !eron prom!la"as por
presi"entes: en otrora "icta"ores =!e atentaron contra +i"as h!manas.
Constituciones po$2ticas de ",-"3",-,3",0"3",0,(
-sta&lecen "e manera similar en los "erechos !n"amentales =!e8
3o"o hom&re tiene el "erecho "e entrar en el territorio "e la RepH&lica: permanecer:
transitar 5 salir "e 9l: sin otras restricciones =!e las esta&leci"as por el "erecho
internacionalM "e tra&a*ar 5 e*ercer to"a in"!stria lícitaM "e p!&licar s!s pensamientos por la
prensa: sin pre+ia cens!raM "e ense>ar &a*o la +iilancia "el -sta"o: sin otras con"iciones=!e las "e capaci"a" 5 morali"a"M "e asociarseM "e re!nirse pacíicamente 5 hacer
peticiones in"i+i"!al o colecti+amente. @a instr!cci#n primaria es rat!ita 5 o&liatoria.
Constitución po$2tica de "*4, 5 sus consiguiente de "*+6 5 "*+0(
-n s! Secci#n se!n"a so&re Derechos 5 arantías: limita los "erechos "e e7tran*eros a8
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=!e relamentan s! e*ercicio8
a De inresar: permanecer: transitar 5 salir "el territorio nacional.
Constitución de "*-0(
-n s! primera parte instit!5e a la persona como miem&ro "el -sta"o: esta&lecien"o s!s
"erechos 5 "e&eres !n"amentales.
-n s! artíc!lo esta&lece =!e tiene "erecho a ingresar# permanecer# transitar y salir del
territorio nacional. 1,
Decreto Supremo "*-4*(
%rom!la"o el ( "e *!lio "e 14$ "!rante la presi"encia "el Dr. ernán Siles S!azo1.
Este decreto fue abrogado por el Decreto *upremo +,3+- del + de septiembre de +//0.
-sta&leci"o como consec!encia "e =!e en a=!el a>o se cele&r# el Seminario so&re BAsilo
%olítico 5 Sit!aci#n "el Re!ia"oC: oraniza"o por la ancillería "e la repH&lica con la
cola&oraci#n "e la )icina "el Alto omisiona"o "e las Kaciones Jni"as para los
Re!ia"os en el c!ál se "etermin# la necesi"a" "e poner en práctica las me"i"as necesarias
para "ar c!mplimiento eecti+o a los compromisos internacionales as!mi"os por el país en
materia "e Asilo 5 Re!io: "e ac!er"o a la on+enci#n "e 1,1 5 el %rotocolo "e 16
so&re el -stat!to "e los Re!ia"os.
Se "etermin# =!e era necesario prom!lar normas leales a eectos "e esta&lecer !n
r9imen interno en materia "e asilo 5 re!io.
Reería en s! artíc!lo primero la creaci#n "e la )KAR- Eomisi#n Kacional "el
Re!ia"o "e carácter transitorio: con "os importantes !nciones8 la creaci#n "e la )icina
Kacional para re!ia"os 5: e+ent!almente: realizar !n est!"io compara"o "e leislaci#n
nacional.Dicha omisi#n estaría conorma"a por !n Delea"o "el inisterio "e Relaciones
-7teriores 5 !lto: !n Delea"o "el inisterio "el Interior: iraci#n 5 !sticia: !n
Delea"o "el inisterio "e 3ra&a*o 5 Desarrollo @a&oral: !n Delea"o "e la Ilesia: !n
Delea"o "e la Asam&lea %ermanente "e Derechos !manos: !n Delea"o "e la
Jni+ersi"a" a5or "e San An"r9s: Fac!lta" "e Derecho 5 !n Delea"o "el AKJR.
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"e Relaciones -7teriores 5 !lto como al inisterio "el Interior: iraci#n 5 !sticia en la
"eterminaci#n "e la cali"a" "e re!ia"o: a"emás "el est!"io "e la creaci#n "e !na )icina
Kacional para Re!ia"os.
Decreto Supremo "*-+7(
Este decreto fue abrogado tambi1n por el Decreto *upremo +,3+- del + de septiembre de
+//0.
Decreta"o el mismo ( "e a&ril "e 14$: compren"ía 4 artíc!los. -n los artíc!los 1 5 2
esta&lecía la "einici#n "e re!ia"o8
2rtículo *e considera como refugiado ba$o los t1rminos del presente Decreto a
cual)uier persona )ue debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de ra(a#
religión# nacionalidad# pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas se
encuentre fuera de su país de nacionalidad y no pueda o# a causa de dichos temores# no
)uiera acogerse a la protección de tal país' o )ue careciendo de nacionalidad y hall%ndose
a consecuencia de tales acontecimientos# fuera del país donde antes tuviere su residencia
habitual# no pueda# o a causa de dichos temores# no )uiera regresar a 1l.
2rtículo + *e considerar% tambi1n refugiado por ra(ones humanitarias a todas a)uellas
personas )ue se hayan visto for(adas a huir de su país a causa de conflictos armados
internos' agresión# ocupación o dominación e&tran$eras# violación masiva de los derechos
humanos' o en ra(ón de acontecimientos de naturale(a política )ue alteren gravemente el
orden p!blico en el país de origen o procedencia.
-sta&lecía a"emás las e7cepciones "e Inaplica&ili"a": los aspectos &!rocráticos: las
arantías: los "e&eres 5 "erechos "e los re!ia"os 5 la creaci#n "e !na omisi#n "e
asesoramiento leal =!e estaría intera"a por !n Delea"o "el inisterio "e Relaciones
-7teriores 5 !lto: !n Delea"o "el inisterio "el Interior: iraci#n 5 !sticia: !nDelea"o "el inisterio "e 3ra&a*o 5 Desarrollo @a&oral: !n Delea"o "e la Ilesia: !n
Delea"o "e la Asam&lea %ermanente "e Derechos !manos: !n Delea"o "el AKJR 5
!n Delea"o "e la Jni+ersi"a" a5or "e San An"r9s: Fac!lta" "e Derecho.
3anto los Decretos S!premos Ko 16$ 5 Ko 16(0 "e ( "e *!lio "e 14$: !eron
"oc!mentos =!e han e*erci"o !erza leal "!rante s! +iencia: pero al ha&er teni"o los
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cam&ios =!e han +eni"o s!rien"o los países "e Am9rica @atina. an constit!i"o a"emás el
marco leal para la creaci#n "e !na omisi#n Kacional "el Re!ia"o =!e ha opera"o con
carácter transitorio.
.e%ormas de "**+ a $a Constitución po$2tica de "*-0(
-n s! %arte primera8 @a persona como miem&ro "el -sta"o. 3ít!lo primero8 Derechos 5
"e&eres !n"amentales "e la persona: Artíc!lo 8 4oda persona tiene los siguientes
derechos fundamentales# conforme a las leyes )ue reglamenten su e$ercicio . Inciso 8 A
inresar: permanecer: transitar 5 salir "el territorio nacional.
Decreto Supremo #40-4(
%rom!la"o el 21 "e a&ril "el a>o 1( en el o&ierno "el Se>or Gonzalo Sánchez "e
@oza"a. -sta&lecía en s! artíc!lo Hnico la incorporaci#n "e !n "elea"o "e alto ni+el "el
inisterio "e !sticia como n!e+o miem&ro "e la omisi#n Kacional "el Re!ia"o:
"esina"o por el tit!lar "el menciona"o ministerio.
Constitución de "**6 5 #77+(
%rimera %arte. 3ít!lo %rimero: artíc!lo : inciso : esta&lecen entre los "erechos
!n"amentales "e la persona a8 inresar: permanecer: transitar 5 salir "el territorio nacional.
Decreto Supremo #++#4(
EDeroa"o por el D.S. 24$2 "el 12 "e septiem&re "e 200, Del 2 "e no+iem&re "e 16:
tam&i9n "!rante el o&ierno "e Gonzalo Sánchez "e @oza"a. 3enía como o&*eti+os
principales Bre!lar el mo+imiento "e inreso 5 sali"a "e personas al 5 "es"e el territorionacional: así como las con"iciones para la permanencia "e e7tran*eros en 9steC: para lo =!e
se hacía necesario "eterminar los oranismos 5 me"ios =!e permitieran controlar el
mo+imiento miratorio 5 t!rístico. %ara ello se "e&i# estab$ecer a tra&és de este decreto e$
.égimen Lega$ de 8igración "entro "el territorio "e la RepH&lica e instituir $a
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respecti+as !nciones a"ministrati+as: proce"imentales: leales 5 econ#micas.
A=!í se reconoce a la IGRAIOK: como to"o lo relaciona"o con el mo+imiento "e
inreso: sali"a 5 trasla"o "e personas al 5 "es"e el paísM a la IKIGRAIOK: como elinreso in"i+i"!al o colecti+o "e ci!"a"anos e7tran*eros con el prop#sito "e esta&lecerse
"einiti+amente en territorio nacionalM 5 a la -IGRAIOK: como la sali"a prolona"a o
"einiti+a "e ci!"a"anos &oli+ianos al e7terior.
Se otora a la persona e7tran*era los mismos los &eneicios: "erechos: li&erta"es 5 arantías
=!e se reconocen a los propios ci!"a"anos nacionales: reconoci"os en la onstit!ci#n
%olítica "el -sta"o: e7istien"o limitantes para personas ma5ores "e (, a>os: con
enerme"a"es inecto contaiosas: los Bnotoriamente +aosC 5 personas =!e no est9n
compren"i"as entre las ca!sales "e ina"misi#n pre+istas en este "ecreto: a sa&er8 =!e no
tramiten la a!torizaci#n "e ra"icatoria: o =!e a&an"onase el país: c!an"o el e7tran*ero se
inmisc!5a en as!ntos "e política interna o "e "irecci#n sin"ical: c!an"o realice acti+i"a"es
contrarias a la moral pH&lica o =!e aecten la sal!" ísica o mental "e la com!ni"a": c!an"o
inc!rra en "elitos: contra+ena le5es miratorias: c!an"o sin contar con inresos pro&a"os:
se "e"i=!e a la +aancia o se con+ierta en menesteroso. De ac!er"o a este "ecreto: la
permanencia o la ra"icatoria serán an!la"as: c!an"o se compr!e&e por las a!tori"a"es "e
iraci#n: =!e para la o&tenci#n "e las mismas se han alsiica"o o a"!ltera"o "oc!mentos
o se ha5a inc!rri"o en irre!lari"a"es: concl!5en"o en la e7p!lsi#n "e la persona
e7tran*era: en res!men: nin!na persona =!e se consi"ere !na BcaraC para el -sta"o o !n
peliro para la socie"a".
-n relaci#n a la sit!aci#n "e las personas re!ia"as esta&lecía8
A =!ienes se les h!&iese conce"i"o el asilo político 5 a=!ellos a =!ienes se les h!&iera
reconoci"o en cali"a" "e re!ia"os: "e&ían necesariamente tramitar s! inscripci#n en el
Reistro "e -7tran*eros: con !na permanencia "e !n a>o: reno+a&le por !n lapso i!al enorma in"eini"a: hasta =!e "esaparezcan las ca!sas =!e moti+aron el asilo o re!io.
De&erían c!mplir con to"as las le5es: normas "e la RepH&lica 5 "isposiciones "e las
A"ministraciones Departamentales: 5 "e&erían tam&i9n reistrar s! "omicilio
o&liatoriamente.
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país "e manera +ol!ntaria o al retornar "e la misma orma a s! país "e orien.
-n relaci#n a la permanencia: en s! artíc!lo (2 esta&lecía =!e las permanencias "e asila"o 5
la "e re!ia"o: =!e"arían li&era"as "e to"o arancel "e miraci#n 5 permitirían con ellasc!mplir la&ores rem!nerati+as.
@a ra"icatoria en el país: era posi&le 5 "e&ería ser tramita"a s!*etán"ose a las pre+isiones
esta&leci"as en este "ecreto.
@os re!ia"os 5 asila"os políticos po"rían ser e7p!lsa"os por "ecisi#n "el S!premo
Go&ierno "e la Kaci#n: por "eterminaci#n propia "e las a!tori"a"es competentes o a
solicit!" e7presa "e las a!tori"a"es nacionales "e iraci#n o 1 "e !na A"ministraci#n
Departamental: c!an"o inc!rran en las pre+isiones "el Artíc!lo (4 "el presente Decreto
S!premo.
.eso$ución 8inisteria$ 477*(
EDeroa"o por el D.S. 24$2 "el 12 "e septiem&re "e 200, Del 2, "e septiem&re "e 14.
D!rante le presi"encia "el Gral. !o anzer S!árez(: irma"o por el entonces inistro "e
Go&ierno: Dr. G!i"o a5ar %ara"a 5 el Viceministro "e R9imen Interior 5 %olicía: Dr.
Raael ane"o 3rio. -sta&lecía la necesi"a" "e relamentar los re=!isitos: proce"imientos:
"erechos 5 o&liaciones para las personas &eneicia"as como re!ia"os.
)tora&a la %ermanencia 3emporal a las personas en cali"a" "e re!ia"as con el pasaporte
Viente o el Doc!mento "e Re!ia"o proporciona"o por el Ser+icio Kacional "e
iraci#n: otorán"oseles en arnet "e -7tran*ero. -ste trámite se eect!aría a partir "e
esta resol!ci#n en la Direcci#n Kacional "e I"entiicaci#n %ersonal "e la %olicía Kacional 5
"el Ser+icio Kacional "e iraci#n.
-n la LPpermanencia 3emporalL 5 en el Larnet "e -7tran*eroL: no se incl!ía "e mo"o
"irecto la cali"a" "e Re!ia"o o Asila"o sino por me"io "e !na co"iicaci#n interna: c!5osreistros esta&an a caro "e la Direcci#n Kacional "e I"entiicaci#n "e la %olicía Kacional
5 en el Ser+icio Kacional "e iraci#n,.
.eso$ución Administrati&a "",3*,(
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)*tulo+ A,-./ 0/.-)-C/Autor+ 1A-/, 3333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333 333333333333333333
Le5 #-67 de .e%ormas a $a Constitución Po$2tica de$ Estado de$ "4 de abri$ de$ #77+(
antiene el artíc!lo esta&leci"o en la anterior constit!ci#n8 @a persona como miem&ro "el
esta"o tiene "erecho a inresar: permanecer: transitar 5 salir "el territorio nacional.
Decreto Supremo #,4#*,(
Decreta"o el 12 "e septiem&re "e 200, por -"!ar"o Ro"rí!ez Veltze. -ste "ecreto tiene
por o&*eto estab$ecer $a Comisión Naciona$ de$ .e%ugiado en Bo$i&ia: como !n
mecanismo permanente "e caliicaci#n 5 consi"eraci#n "e los casos "e solicit!"es "e
re!io. Asimismo "ispone la relamentaci#n 5 proce"imientos a ser se!i"os por la
omisi#n Kacional "el Re!ia"o en oli+ia: en m9rito a "isposiciones leales e
internacionales en +iencia.
A&roa los DS 16$ 5 16(0. Se "eroa el DS 2((2$: la R $00 5 to"as las
"isposiciones contrarias a este "ecreto.
-sta&lece =!e la Secretaria "e la )KAR- será e*erci"a por el inisterio "e Relaciones
-7teriores 5 !lto. @a )KAR- estaría conorma"a por tres ni+eles con los si!ientes
representantes8
KIV-@ --J3IV)8
a inisterio "e Relaciones -7teriores 5 !lto: =!ien e*ercerá la %resi"encia "e la
omisi#nM
& inisterio "e la %resi"encia a tra+9s "el Viceministerio "e !sticia.
c inisterio "e Go&ierno a tra+9s "el Ser+icio Kacional "e iraci#n.
KIV-@ )KSJ@3IV)8
)icina Reional para el S!r "e Am9rica @atina "el Alto omisiona"o "e las KacionesJni"as para los re!ia"os: con se"e en !enos Aires.
KIV-@ )%-RA3IV)8
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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)*tulo+ A,-./ 0/.-)-C/Autor+ 1A-/, 3333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333 333333333333333333 Aencia "e Implementaci#n "e la on+enci#n so&re el -stat!to "e Re!ia"os "e 1,1 5
otras Instit!ciones representati+as =!e "em!estren !n"amenta"amente s! tra&a*o en
materia "e re!io: pre+ia apro&aci#n "el Ki+el -*ec!ti+o.
-n s!s artíc!los 12 5 16 se "eine la aplica&ili"a" "e la con"ici#n "e re!ia"o8a5 62 toda persona )ue5 Debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de ra(a#
religión# nacionalidad# pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas#
siendo víctima o potencial víctima de grave y generali(ada violación de los derechos
humanos# se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o# a causa de dichos
temores# no )uiera acogerse a la protección de tal país' o )ue# careciendo de nacionalidad
y hall%ndose# a consecuencia de tales acontecimientos# fuera del país donde antes tuviera
residencia habitual# no pueda o# a causa de dichos temores# no )uiera regresar a 1l.
b5 7a huido de su país de nacionalidad o# careciendo de nacionalidad# ha huido de su país
de residencia habitual por)ue su vida# seguridad o libertad han sido amena(adas por la
violencia generali(ada# la agresión e&tran$era# los conflictos internos# la violación masiva
de los derechos humanos u otras circunstancias )ue hayan perturbado gravemente el orden
p!blico.
c5 En los casos de personas )ue tengan m%s de una nacionalidad se entender% )ue la
e&presión 8del país de su nacionalidad8 se refiere a cual)uiera de los países cuya
nacionalidad posea# y no se considerar% carente de la protección del país de su
nacionalidad a la persona )ue# sin ra(ón v%lida derivada de un fundado temor# no se haya
acogido a la protección de uno de los países cuya nacionalidad posea. 62rtículo +5
El Manual de rocedimiento y Criterios para determinar la condición de refugiado y otros
instrumentos )ue se puedan elaborar por el 2lto Comisionado de las 9aciones :nidas
para los Refugiados en el futuro# se constituyen en documentos de consulta para la
determinación de la condición de refugiado. "as decisiones de determinación se deber%n
reali(ar en el conte&to del ordenamiento $urídico nacional vigente. 62rtículo ;5
@a con"ici#n "e la cali"a" "e re!ia"o se e7tien"e a la amilia en el Artíc!lo 1$8
"a unidad de la familia es un derecho esencial del refugiado# en virtud del cual la
condición de refugiado le ser% tambi1n reconocida al cónyuge# los hi$os y familiares
vinculados por la(os consanguíneos o de afinidad ba$o la tutela del mismo. En ning!n caso
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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de refugiado en el país# de conformidad al 2rtículo + del presente Decreto *upremo.
@a %rohi&ici#n "e e7p!lsi#n 5 "e "e+ol!ci#n ELno reo!lementL esta&leci"a en la
on+enci#n "e 1,1: se enc!entra maniiesta en el Artíc!lo 1(8 9ing!n refugiado# ning!n solicitante de reconocimiento de la condición de refugiado cuya
solicitud est1 todavía pendiente de resolución firme e inapelable# podr% ser e&pulsado#
devuelto al país de origen o de otro país donde su vida# seguridad o libertad peligre por
cual)uiera de las causales )ue da lugar al reconocimiento de la condición de refugiado#
salvo las disposiciones del presente Decreto *upremo.
-l Artíc!lo 1, esta&lece las arantías para la persona en cali"a" "e re!ia"a: "emarcan"o
la improce"encia "e la e7tra"ici#n
El reconocimiento de la condición de refugiado tendr% el efecto de improcedencia de
cual)uier solicitud y procedimiento de e&tradición incoado contra el refugiado a petición
del gobierno del país de su nacionalidad o residencia habitual# basada en los mismos
hechos )ue $ustificaron su reconocimiento como refugiado.
-l artíc!lo 1 esta&lece las ca!sales para el cese "e la con"ici#n "e re!ia"o8
a5 or acogerse nuevamente a la protección de su país de origen.
b5 2l recobrar su nacionalidad si la hubiera perdido.
c5 2l ad)uirir una nueva nacionalidad.
d5 Cuando se estable(ca nuevamente en el país )ue había abandonado o en el cual hubiera
sido perseguido.
e5 or haber desaparecido las causas por las )ue fue reconocido como Refugiado.
f5 or ausentarse del país por m%s de seis meses sin causa $ustificada.
g5 or haber cometido un delito com!n en el país de refugio.
h5 2d)uirir la nacionalidad boliviana.
SeHn el Artíc!lo 14: la con"ici#n "e re!ia"o solo po"rá ser re+oca"a en los si!ientescasos8
a5 or decisión e&presa y escrita del refugiado.
b5 Cuando se hubiera comprobado dolo en la fundamentación de los hechos )ue motivaron
la concesión del refugio y fuese manifiesta su mala fe.
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para ser considerado refugiado.
d5 Cuando el refugiado ocultó o falseó los hechos materiales sobre los )ue fundamentó su
solicitud de tal forma )ue# de haberse conocido# hubieran conllevado la denegación de
condición de refugiado.
El 9ivel E$ecutivo# podr% utili(ar los mecanismos legalmente constituidos para establecer
autenticidad de estos e&tremos.
Son ca!sales "e e7cl!si#n para no concesi#n "e la con"ici#n "e re!ia"o las si!ientes8 2(
a5 7aber cometido crímenes de guerra# lesa humanidad# genocidio# agresión y otros
definidos en instrumentos internacionales.
b5 7aber cometido un delito de orden p!blico# dentro o fuera del país de refugio antes de
solicitar se le considere como refugiado.
c5 7aber reali(ado actos u acciones en contra las finalidades y<o principios de las
9aciones :nidas. 62rtículo -5
De ac!er"o al Artíc!lo 20: @a )KAR- p!e"e e7p!lsar a !n re!ia"o =!e enc!entre
lealmente en el territorio "e la RepH&lica "e oli+ia: por razones "e se!ri"a" o "e or"en
pH&lico: "e ac!er"o a lo esta&leci"o en s! leislaci#n interna 5 a la on+enci#n so&re el
-stat!to "e los Re!ia"os "e 1,1. Al eecto: la e7p!lsi#n "el re!ia"o "e&e ser eect!a"a
en +irt!" "e !na "ecisi#n toma"a conorme a los proce"imientos esta&leci"os en el presente
Decreto S!premo: p!"ien"o el re!ia"o presentar pr!e&as e7c!lpatorias orm!lan"o el
correspon"iente rec!rso "e Reconsi"eraci#n.
Sin em&aro: en caso "e =!e e7istan razones imperiosas "e se!ri"a" nacional: p!e"e
proce"er a la e7p!lsi#n "el re!ia"o en orma inme"iata. Jna +ez "eci"i"a la e7p!lsi#n: la
)KAR- conce"erá al re!ia"o !n plazo razona&le para =!e este p!e"a salir "el país: al
eecto po"rá coor"inar con el Alto omisiona"o "e las Kaciones Jni"as para Re!ia"os
"e manera =!e 9ste Hltimo p!e"a estionar s! a"misi#n leal en otro país: p!"ien"o aplicar las me"i"as "e or"en interno =!e se estimen necesarias hasta el momento en )ue la
e&pulsión se haga efectiva.
%or "isposici#n "el art. 2, "el mismo D.S 24$2 el -sta"o oli+iano no impon"rá
sanciones penales no a"ministrati+as por ca!sas "el inreso o presencia ileal "el
solicitante "e la con"ici#n "e re!ia"o.
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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r!po amiliar a =!ienes se h!&iere e7ten"i"o tal con"ici#n: !na permanencia "e carácter
in"eini"o: "e&ien"o reno+arse la "oc!mentaci#n para el eecto ca"a "os a>os.
-l art. $( "el precita"o c!erpo leal "ispones =!e la Direcci#n Kacional "e I"entiicaci#n%ersonal en estrecha coor"inaci#n con la Direcci#n "el Ser+icio Kacional "e iraciones
"e&a otorar el arnet "e -7tran*ero a los re!ia"os "entro "e las (4 horas "e ha&er si"o
entrea"a la "oc!mentaci#n re=!eri"a para el eecto.
-n aplicaci#n "el art. $ "el D.S: se e7imirá "el pao "e tim&res: +alores 5 "e c!al=!ier
otro tipo "e pao en los trámites =!e los re!ia"os "e&erán realizar en las "istintas oicinas
pH&licas para o&tener "oc!mentaci#n leal.
.eso$ución Administrati&a "4*7<#776(
Resol!ci#n "el 12 "e septiem&re "el a>o 200, en la =!e el Director Kacional "el Ser+icio
Kacional "e iraci#n ES-KAIG: en !so "e las atri&!ciones 5 ac!lta"es coneri"as por
le5 esta&lece
o"iicar man!al "e %roce"imiento 5 Re=!isitos A"ministrati+os EA%A: en relaci#n a
re!ia"os "entro el territorio.
-sta&lecer la permanencia "e carácter in"eini"o a to"as las personas en con"ici#n "e
re!ia"os.
Reno+aci#n "e "oc!mentos ca"a "os a>os.
arnet "e e7tran*ero a "entro (4 horas "e ha&er entrea"o "oc!mentaci#n re=!eri"a.
-7imir "e pao "e trámites 5 +alores en oicinas "el S-KAIG.
Ko imponer sanciones a"ministrati+as por ca!sa "e inreso o presencia ileal "el
solicitante.
Q hacerse responsa&les a tra+9s "e la Direcci#n "e -7tran*ería "e S-KAIG por el
c!mplimiento 5 "i!si#n "e las "isposiciones anteriormente cita"as.
.eso$ución 8inisteria$ 04"<#77,(
Del 26 "e no+iem&re "el 2004: a tra+9s "el inisterio "e Relaciones -7teriores 5 !lto:
tiene como principal "isposici#n e7imir "e paos "e tim&res: +alores 5 lealizaciones a
re!ia"os en oicina "e @ealizaciones "el inisterio "e Relaciones -7teriores 5 !lto "e
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"e la imposici#n 5 el so*!zamiento: "e la coerci#n: "e la tort!ra: "el o"io: "e la
"iscriminaci#n: "e la intimi"aci#n: "e la intolerancia: "e la +iolencia 5 "e tantas neastas
ormas "e opresi#n.Jn actor comHn =!e se maniiesta como la Braz#nC o la ca!sa "e la p9r"i"a "e los "erechos
como persona en cali"a" "e re!io: es el hecho "e maniestar pH&licamente la "isensi#n
respecto al r9imen o políticas "e o&ierno.
SeHn entre+istas realiza"as a representantes "e oranizaciones =!e tra&a*an por los
"erechos "e las personas mirantes 5 re!ia"as: a"emás "e los casos cita"os en el capít!lo
anterior: e7isten m!chos casos "e +!lneraci#n "e "erechos h!manos "e manera permanente
en oli+ia.
-l -sta"o tiene to"o el "erecho "e aceptar o rechazar !na solicit!": las moti+aciones tiene
=!e s!stentarlas 5 !n"amentarlas: pero a la +ez =!e tiene el -sta"o ese "erecho: los
solicitantes o la persona solicitante tiene tam&i9n el "erecho a apelar: ese "erecho no
siempre es consi"era"o 5 como se ha +isto en los casos anteriores: "e manera inme"iata se
les an!la: se les notiica 5 !na +ez notiica"o: el *!ez or"ena la e7p!lsi#n "el país: se les
"e+!el+e al país "el c!al ellos emiraron 5 "on"e no ten"rían "erechos a !n *!icio *!sto.
-se s#lo hecho: primero: "e no aceptar o permitir la posi&ili"a" "e =!e ellos p!e"an apelar
a la resol!ci#n: 5a compren"e !na +!lneraci#n "e "erecho =!e incl!so la propia norma
esta&lece 5 reconoce.
-l colocarlos en la rontera "e s! propio país entreán"olos a las !erzas "e se!ri"a" para
=!e 9stas a s! +ez sian s!s proce"imientos: es !na +iolaci#n: no solo al principio "e no
"e+ol!ci#n arantiza"o por la onstit!ci#n %olítica "el esta"o sino tam&i9n a los con+enios
5 trata"os internacionales.
)tra +iolaci#n cometi"a por el -sta"o &oli+iano es el hecho mismo "e =!e: a"emás "e
+!lnerar el "erecho a la pres!nci#n "e inocencia: no se tiene en c!enta !n principio *!rí"ico!ni+ersal =!e "e&e pre+alecer: en to"o caso 5 en to"a sit!aci#n: tener siempre en c!enta el
inter9s s!perior "el ni>o. %or +ersiones perio"ísticas 5 "eclaraciones "e a&oa"os 5 "e
al!nas personas in+ol!cra"as: esto no se toma en c!enta. @os ni>os son e7p!estos a
con"iciones "e inse!ri"a" +!lneran"o s!s "erechos. Derechos =!e el -sta"o "e&ería
proteer.
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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miratorios 5 "e s!s amiliares lament# =!e no h!&iera mecanismos para acilitar la
"etecci#n "e re!ia"os o +íctimas "e la trata entre los mirantes.
-n el caso "el Sr. os9 Antonio antoral: la )KAR- sac# !na resol!ci#n "on"e e7p!lsa alci!"a"ano re!ia"o: lo =!e implica&a =!e *amás po"ría +ol+er a inresar a este país. Dio
!n plazo "e 0 "ías: para =!e se le &!s=!e !n tercer país. @os ar!mentos =!e
!n"amentarían esta resol!ci#n "e e7p!lsi#n no amerita&an ni resistían el más mínimo
senti"o comHn. !stiica&an el hecho ar!mentan"o =!e el ci!"a"ano re!ia"o os9
Antonio antoral no reno+# s!s "oc!mentos: "e&i"o a !na cierta intencionali"a" "e
eect!ar o hacer actos "e manera ilícita. De c!al=!ier orma los proce"imientos 5 o&tenci#n
"e "oc!mentos no son áciles para la o&tenci#n "el carnet "e re!ia"o.
De manera eneral: para =!e el re!ia"o ren!e+e s! "oc!mento "e i"enti"a" "e&e
presentar !n certiica"o "omiciliario: pero para hacer la esti#n "el certiica"o "omiciliario:
entre otros "oc!mentos =!e son sencillos "e conse!ir como la papeleta "e l!z: a!a: carnet
"e i"enti"a" "e los "!e>os "e casa: la persona en cali"a" "e re!ia"o necesita acre"itar
me"iante !na otocopia "e la propie"a" "el &ien inm!e&le en el =!e el ci!"a"ano e7tran*ero
ha&ita.
Se ha "emostra"o =!e en el caso "e las personas pro+enientes "e %erH es aHn peor "e&i"o a
la estimatizaci#n 5 la 7enoo&ia e7istente. @a asociaci#n =!e "e manera m!5 ten"enciosa
e7iste en al!nos me"ios "e +inc!lar a ci!"a"anos per!anos con cierto tipo "e "elitos
eneralmente "e actos +iolentos incl!so: hace =!e la ci!"a"anía &oli+iana: los propietarios
"e inm!e&les: ni si=!iera a !n ci!"a"ano nacional p!e"an entrear otocopias "e los
"erechos "e propie"a" "el &ien inm!e&le a !n ci!"a"ano per!ano =!e rente en cali"a" "e
al=!iler o anticresista. -ntonces: 9se es 5a !n elemento =!e implica pro&lemas e
impe"imentos para la o&tenci#n "e la "oc!mentaci#n.
omo po"emos constatar: !no "e los aspectos más pro&lemáticos es el tema "e la"oc!mentaci#n: sin em&aro no es el Hnico.
Re"0!#"%6&'&% &#$er#%c&!#%' 0!r +&!'%c&(# e' %"&'!
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
2
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-sta"os: incl!5en"o o&+iamente el -sta"o "e c!5o territorio h!5# la persona o personas
asila"as.
!al=!ier acto "e intimi"aci#n: +iolencia: sec!estro: etc9tera: lle+a"o a ca&o por personasact!an"o en cali"a" "e oiciales: o con la conni+encia: apo5o: o &a*o el control "el -sta"o
en c!esti#n en contra "el s!*eto asila"o: son actos claramente +iolatorios "e la so&eranía
territorial 5 por lo tanto hechos ilícitos =!e eneran la responsa&ili"a" internacional. Si se
trata "e !n in"i+i"!o =!e amenaza o lesiona al asila"o: pero act!an"o en s! cali"a" "e
;;partic!lar<< Hnica 5 e7cl!si+amente: en ese caso la responsa&ili"a" "el -sta"o no se
compromete por no e7istir +iolaci#n al "erecho internacional: pero el -sta"o "el c!al es s!
nacional está en la o&liaci#n "e e7tra"itar al ;;partic!lar<< c!lpa&le. Así: la competencia
para conce"er asilo se iniere "irectamente "el principio "e la so&eranía territorial "e los
-sta"os: 5 la práctica internacional en materia "e e7tra"ici#n re!erza esta tesis: 5a =!e es
eneralmente reconoci"o =!e en a!sencia "e !n trata"o "e e7tra"ici#n con el -sta"o
re=!irente: no e7iste !na o&liaci#n *!rí"ica "e entrear al in"i+i"!o ac!sa"o "e acto
"elicti+o.
%or rela eneral la e7tra"ici#n +a a conce"erse por actos practica"os !era "el -sta"o
re=!eri"o 5 "entro "e la *!ris"icci#n territorial "el -sta"o re=!irente: 5 esto como
consec!encia "el principio "e territoriali"a": acepta"o 9ste: las más "e las +eces: como &ase
"e la competencia *!ris"iccional "e los -sta"os.
%ara cierta parte "e la "octrina la práctica "e los -sta"os consistente en rechazar la
e7tra"ici#n "e +íctimas potenciales "e persec!ci#n política Ee*. artíc!lo 1, "e la
onstit!ci#n "e 97ico no permitiría llear a la concl!si#n "e =!e "icha práctica es
e+i"encia "e !na norma cons!et!"inaria "e "erecho internacional: en el senti"o =!e los
-sta"os estarían *!rí"icamente o&lia"os a rechazar la e7tra"ici#n por inracciones "e
carácter político.
CAPT!LO 4
3.1. CONCLUSION:
1. -s con+eniente =!e en esta temática "e los mirantes se realice por parte "e los
-sta"os "e las Am9ricas !na política interal: =!e c!&ra to"as las aristas "el
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pro&lema: para ello: se hace necesario contar con !na acci#n coor"ina"a por parte
"e los países "e orien: tránsito 5 "estino "e mirantes.2. -sta política "e&e centrarse en !n trato "ino a la persona "el mirante: en la c!al se
arantice plenamente el respeto a s!s "erechos h!manos 5 li&erta"es !n"amentales. RECOMENDACIONES:
1. %ara !n &!en trato en los asila"os se recomien"a tener !n conocimiento acerca "e
los "erechos =!e se les "e&e otorar al momento "e aceptar s! pe"i"o.2. 3am&i9n escoer !n país o em&a*a"a =!e tena !n antece"ente hist#rico rico en
leislaci#n con apro&aciones consi"era&les. ile8///8/Jsers/F!n"acion
T20Rama/DoUnloa"s/2T20E1.p"
CAPT!LO +
4.1. BIBLIOGRAFIA
ile8///8/Jsers/F!n"acionT20Rama/DoUnloa"s/6610.T20-lT20e*ercicioT20"el
T20"erechoT20"eT20asiloT20enT20T-2T40TA6T20T20%rieto
T20T20E1.p"
ile8///8/Jsers/F!n"acionT20Rama/DoUnloa"s/2T20E1.p"
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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4.2. ANE7OS:
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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8/16/2019 Asilo Diplomatico
http://slidepdf.com/reader/full/asilo-diplomatico 31/32
)*tulo+ A,-./ 0/.-)-C/Autor+ 1A-/, 3333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333333 333333333333333333
Asignatura+ 4EEC5/ C/N,)-)6C-/NA.Carrera+ 4EEC5/
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