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- CORREDOR NAUTICO TURISTICO COLOMBIANO I ForoNuticoTurstico de
Colombia Marzo 18 de 2011 Santa Marta 1
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- Corredor Nautico de Colombia 2
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- Puertos Corredor Nutico SAN ANDRES Y PROVIDENCIA San Andrs
Santa Isabel y Santa Catalina Agua Dulce South West GUAJIRA Bahia
Honda Bahia Portete Cabo de la Vela Puerto Bolivar PNN Los
Flamencos ATLNTICO Barranquilla Puerto Colombia Puerto Velero
MAGDALENA San Marta Rodadero Taganga PNN Tayrona Cinto, Concha,
Neguanje, Gairaca, Chengue, San Juan de Gua, Arrecife BOLVAR PNN
Los Corales del Rosario y San Bernardo Isla Fuerte Cartagena de
Indias D.T. y C., Juan Polo y Tierra Bomba Bar 3
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- Puertos Corredor Nutico SUCRE Tol Coveas Punta San Bernardo
CORDOBA Baha Cispat CHOC Caribe Sapzurro Trigan Acand Capurgan
ANTIOQUIA Tortuguilla Ensenada de Rio Negro CHOC Pacifico Baha
Solano Baha Cupica PNN Utra Tibug Nuqui VALLE DEL CAUCA PNN Uramb
Baha Mlaga CAUCA PNN Gorgona PNN Malpelo NARIO PNN Sanquianga
Tumaco 4
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- Corredor Nutico Turstico Colombiano Esla consolidacin de las
costas Caribe y Pacfica colombiana como escenario potencial y de
alta calidad para el desarrollo sostenible del turismo nutico y
deportivo. Turismo nutico: vacaciones activas en contacto con el
agua que permiten realizar todo tipo de actividades nuticas en
tiempo de ocio: vela, motor, windsurf, submarinismo, etc.,
compartiendo la actividad nutica con el disfrute de la naturaleza y
la oferta turstica y recreativa de diferentes regiones costeras.
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- Corporacin Corredor Nutico Turstico Colombiano Organizar,
desarrollar y promover el turismo nutico (embarcaciones deportivas:
veleros, lanchas y yates a motor), hacia las costas Caribe y
Pacfica colombiana, incluyendo el Archipilago de San Andrs,
Providencia y Santa Catalina, beneficiando directamente a todos los
departamentos, municipios y corregimientos de las costas
colombianas. 6
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- Antecedentes Iniciativa de grupo de empresarios y navegantes de
la ciudad de Cartagena de Indias. El Comit Asesor Regional de
Comercio Exterior de Bolvar, en 1999 present ante el gobierno
nacional como alternativa para el desarrollo sostenible de las
costas colombianas y sus reas de influencia. Resultado: Documento
CONPES 3110 de Mayo de 2001. 7
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- Corredor Nutico Turstico Colombiano Ofrecer una gua nautica y
turstica para acceder de manera segura y amigable a las costas
colombianas que debe contener: Cartas de Navegacion, Fotos Aereas,
Sealizacion, Condiciones Climaticas de los puertos seleccionados.
Informacin de servicios e infraestructura nautica, autoridades,
tramites requeridos, apoyo nautico, busqueda y rescate, marinas, y
fondeaderos de los puertos seleccionados. Oferta Turistica de los
puertos seleccionados. Facilitar y Estimular el desarrollo de
marinas y fondeaderos en los puertos seleccionados. Estimular la
importacion, abanderamiento y permanencia de yates y veleros en las
costas colombianas. Garantizar la Navegacion y Estadia Segura en
los mares de Colombia 8
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- Colombia: Ventajas Comparativas Territorio fuera de la
influencia de huracanes: por lo cual se puede disfrutar en todas
las pocas del ao. Por debajo del cinturon de huracanes (Hurricane
Belt). Ubicacin geogrfica estrategica: se tiene acceso a mares del
Caribe y del Pacifico. Lugares atractivos por su patrimonio
cultural, ambiental y social: Colombia es el pas con mayor
extension de playa en el Circuito Caribe (550km). 9
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- Beneficios Ampliacin y diversificacin de la oferta turstica
colombiana. Generacion de empleo en los sectores con mayor indice
de Necesidades Basicas Insatisfechas. Desarrollo turstico
sostenible de los litorales y sus reas de influencia.
Posicionamiento de Colombia como destino turstico internacional.
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- Beneficios Captacin de mercados de mayor poder adquisitivo.
Aprovechamiento de la estacionalidad de la demanda del turismo
nutico en otros destinos. Integracin a los corredores nuticos del:
Caribe, Centro Amrica y Sur Amrica. Incremento de la fuerza publica
y poblacion de bien en las costas Colombianas. 11
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- Impacto del Turismo Nutico Mejoramiento del nivel de vida de la
poblacin costera y su rea de influencia. Incremento de la actividad
comercial y de servicios complementarios y conexos. Generacin de
nuevos negocios: suministro de servicios, equipos y accesorios para
las actividades de la industria nautica. Crecimiento de la inversin
nacional y extranjera. Fortalecimiento de la imagen del pais.
Integracin con los paises vecinos: Panama, Venezuela, Aruba, Costa
Rica, Honduras, etc. 12
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- Oportunidades para Colombia Se conoce que en el Mar Caribe hay
alrededor de dos millones de embarcaciones deportivas (veleros y
yates). Entonces si una vez habilitado el Corredor Nutico Turstico
Colombiano, el 0.5% del total de las embarcaciones (10.000 aprox.)
visitaran nuestras costas, y teniendo en cuenta que cada embarcacin
deportiva gasta anualmente en su mantenimiento en el puerto de
sede, el 10% de su valor (USD $200.000 aprox.), se obtendran
ingresos anuales de alrededor de USD $200 millones. En cifras,
estudios preliminares indican que si se desarrollan diez marinas
junto con los servicios tursticos y otros requeridos, habra
inversiones de aprox. US$1,200 millones, generando 5.000 empleos
directos y las marinas percibiran ingresos cercanos a US$32
millones anuales y se generaran ingresos anuales cercanos a US$355
millones por concepto de alojamiento y reparaciones. 13
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- Club de Pesca Cartagena 350 empleos directos 140 puestos para
embarcaciones 2.5 empleo por puesto de fondeo 14
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- Santa Marta 15
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- Marina Santa Marta 16
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- Puerto Velero 17
http://www.marinapuertovelero.co/conoce/localizacion/
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- CONPES 3110 Ordena: 1. Instruir a la DIAN para estudiar un
tratamiento aduanero diferencial para las embarcaciones menores
dedicadas al turismo nautico y deportivo, con bandera extranjera,
de manera que se amplie el plazo de importacion temporal de acuerdo
con los estandares internacionales. 18
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- Resultado: Mediante la Resolucin 7002 de Agosto 2001, se logro
ampliar el plazo de importacin temporal a 5 aos. Posteriormente la
Resolucin 5370 de Junio 2005, hoy vigente, modifico el termino de
permanencia a un (1) ao prorrogable por un (1) ao adicional.
Mediante Ley 1430 de Diciembre 2010, se redujo el IVA del 35% al
20% para las embarcaciones de recreo importadas, igualndolo
aquellas producidas en el pas. Mediante Reforma Arancelaria,
Decreto 4114 de Octubre 2010, se redujo el Arancel al 10% (antes
20%). Ley de Abanderamiento - Ley 730 de 2001, Art. 32 establece la
exclusin de IVA para las naves y artefactos navales, que se vayan a
registrar y abanderar en Colombia. No obstante lo anterior, en el
articulo 1 en la definicin de barco, buque, o nave se excluyen
especficamente las naves deportivas de cualquier tamao en
consecuencia no beneficiarios de la exencin del IVA. 19
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- Propuestas: Ampliar el plazo de permanencia a cinco (5) aos
prorrogable por uno adicional. Modificar Ley de Abanderamiento -Ley
730 de 2001 en su Articulo 1 para eliminar la exclusion expresa de
los barcos deportivos. Esto permite promover el abanderamiento de
veleros y yates en Colombia, mediante la exencin de IVA, para
nacionales e importados. Desdoblar el arancel para los yates y dems
embarcaciones de recreo o deporte, separando veleros de yates a
motor logrando asi mayor segmentacin segn sus caractersticas y
reducir a 0% el arancel para la importacin de veleros y yates no
producidos en Colombia. Modificar el Decreto 2394 de 2002, para
adicionar los yates y dems embarcaciones de recreo o deporte como
bienes de capital. 20
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- CONPES 3110 Ordena: 2. Instruir al Ministerio de Desarrollo
Economico para que adopte un tratamiento especial para la
construccion de marinas y muelles deportivos y de cruceros, dentro
de la reglamentacion que expida sobre zonas francas turisticas,
especificamente en lo relacionado con su extension. 21
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- Resultados: Se creo la zona franca de servicios y se elimino
para estas el requisito de 20 hectareas como area minima. Muy
complejo el tramite ante Dimar para la construccion de marinas.
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- Propuestas: Incluir en la Zona Franca de Servicios Turisticos
las marinas que tengan al menos 100 puestos de amarre flotantes.
Considerando que las Marinas son un Alojamiento Flotante para
Navegantes, se les trate como hoteles en lo que respecta al
articulo 18, inciso 3ero, de la Ley 788 de 2002. (30 aos). Articulo
26 de Ley 768 de 2002: Comite de Zonas Costeras debe determinar
vocacion de marinas en las costas de Santa Marta, Barranquilla y
Cartagena. Predeterminar y sacar a convocatoria publica los lugares
donde Colombia requiere construccion de Marinas. Sitios, puertos y
zonas escogidos en la Guia Nautica Turistica Colombiana. 23
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- CONPES 3110 Ordena: 3. Solicitar al Ministerio de Transporte,
que de acuerdo con los criterios de colaboracion, concertacion y
coordinacion, propios del orden estatal, reglamente el transporte
turistico en virtud de lo establecido en el Articulo 8 de la Ley
336 de 1996. 24
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- Resultado: No hay una reglamentacin por parte del Ministerio,
las Capitanas de Puerto establecen las reglas en cada jurisdiccion.
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- Propuestas: Insistir en una reglamentacin para el transporte
nautico turstico comercial (Toures acuticos) que permita la
libertad de navegacin con seguridad. Flexibilizar la libre
circulacin de los yates y veleros privados deportivos o de
recreacin en las costas colombianas dando al capitn total libertad
de desplazamiento y al mismo tiempo entregndole la responsabilidad
sobre sus invitados abordo. (Eliminacin de Zarpes) 26
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- CONPES 3110 Ordena: 4. Instruir a los Ministerios de Desarrollo
Economico y de Defensa Nacional Armada Nacional- para que promuevan
la estructuracion y puesta en marcha de un programa de salvamento y
seguridad maritima, a partir del fortalecimiento de los esquemas
existentes Plan Nacional de Contingencia, Plan de Busquesda y
Rescate de la Armada Nacional que brinde proteccion y atencion
especializada a los practicantes del turismo nautico. 27
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- Resultados: Guardacostas ha cambiado positivamente su actitud
siendo hoy mas amigable con el navegante (Cambio de foco en
interdiccin a vigilancia), falta an erradicar preconcepcin
estupefacientes = mar. Se registro ficha BPIN para Sistema GDMSS
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- Propuesta: Crear una fuerza conjunta entre polica de los
corregimientos del litoral y Guardacostas de la Armada Nacional
dedicados a apoyar el turismo nautico. Dotar a Colombia del sistema
GDMSS (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Martima), as como la
modernizacin de los servicios de control de trfico martimo Dotar a
guardacostas de helicopteros y aviones de Busqueda y Rescate.
Disear la red de Atencion Inmediata a Navegantes en Dificultades.
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- CONPES 3110 Ordena: 5. Solicitar al Fondo de Promocin Turstica
su apoyo a los proyectos que le sean presentados para la promocin
del turismo nutico en las costas colombianas, que incluyan la
elaboracin de una gua turstica nutica y la realizacin de estudios
de mercado orientados a identificar asociaciones y clubes de
veleristas en el Caribe, Estados Unidos y Europa. 30
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- Resultados: Con liderazgo de la Corporacin de Turismo Cartagena
de Indias, se presento el proyecto de la Gua Nutica Colombiana al
Fondo de Promocin Turstica, aprobado por su junta el 14 de
Noviembre de 2008. Como resultado, esta entidad asign los recursos
necesario para inicio de su ejecucin. CIOH (Centro de Investigacin
Oceanogrfica e Hidrogrfica) viene adelantando la recoleccin de
informacin oceanogrfica y meteorolgica, y desarrollo de la
cartografa nutica de los destinos nauticos identificados. 31
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- Propuestas: Adoptar el Turismo Nutico como producto prioritario
a desarrollar por el Viceministerio de Turismo. Disear la Marca de
Colombia Nutica. Promocionar agresivamente el producto Turismo
Nutico. Comercializar la Gua Nutico Turstica Colombiana. 32