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Epoca 6a. Villa hermosa, Tabasco Gobierno del Estado de Tabasco PERIODICO OFICIAL ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO. PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha 17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816 13 DE AGOSTO DE 20'14 Suplemento E 7506 No. 2514 ACUERDO Tabasco cambia contigo LICENCiADO ARTURO NÚÑEZ JIMÉNEZ, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTíCULOS 42, 51, FRACC~ONES XIII y XXI, Y 53, DE LA CONSTITUCiÓN pOLíTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO; 4Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO; 2, 9, 23 Y 25 DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TABASCO; TENGO A BIEN EMITIR EL PRESENTE ACUERDO RELACIONADO CON EL NOTARIO ADSCRITO A LA NOTARIA PÚBLICA NUMERO 18, CON SEDE EN ESTA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, TABASCO, LICENCIADO PEDRO JAVIER RESÉNDEZ MEDINA, CONFORME A LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES t. Mediante el Acuerdo ele fecha 23 de enero de 2007 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el día 2 L ¡ del mismo mes y año, suplemento 6718, el entonces Gobernador del Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Mela, designó, otorgó nombramiento y expidió el Fiat como Notario Titular a la Notaría Pública Número Dieciocho con sede en la Ciudad de Villaherrnosa, Tabasco al C. CARLOS EFRAíN RESENDEZ BOCANEGRA. 2. En acuerdo de fecha 5 de octubre de 2010, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, suplemento 7329 D, de fecha uno de diciembre de 2012, el entonces Gobernador del Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Mela, designó como Notario Adscrito

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Epoca 6a. Villa hermosa, Tabasco

Gobierno delEstado de Tabasco

PERIODICOOFICIALORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNOCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE TABASCO.

PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNORegistrado como correspondencia de segunda clase con fecha17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816

13 DE AGOSTO DE 20'14 Suplemento E7506

No. 2514

ACUERDO

Tabascocambia contigo

LICENCiADO ARTURO NÚÑEZ JIMÉNEZ, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DELESTADO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERENLOS ARTíCULOS 42, 51, FRACC~ONES XIII y XXI, Y 53, DE LA CONSTITUCiÓNpOLíTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO; 4 Y 8 DE LA LEYORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO; 2, 9, 23 Y 25 DE LALEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TABASCO; TENGO A BIEN EMITIR ELPRESENTE ACUERDO RELACIONADO CON EL NOTARIO ADSCRITO A LA NOTARIAPÚBLICA NUMERO 18, CON SEDE EN ESTA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, TABASCO,LICENCIADO PEDRO JAVIER RESÉNDEZ MEDINA, CONFORME A LOS SIGUIENTES

ANTECEDENTES

t. Mediante el Acuerdo ele fecha 23 de enero de 2007 publicado en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, el día 2L¡ del mismo mes y año, suplemento 6718, el entoncesGobernador del Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Mela, designó, otorgónombramiento y expidió el Fiat como Notario Titular a la Notaría Pública Número Dieciochocon sede en la Ciudad de Villaherrnosa, Tabasco al C. CARLOS EFRAíN RESENDEZBOCANEGRA.

2. En acuerdo de fecha 5 de octubre de 2010, publicado en el Periódico Oficial del Estado deTabasco, suplemento 7329 D, de fecha uno de diciembre de 2012, el entonces Gobernadordel Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Mela, designó como Notario Adscrito

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Q la Notaría Pública Número Dieciocho, con sede en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, dela cual era titular el licenciado C. CARLOS EFRAíN RESENDEZ BOCANEGRA, al C.PEDRO JAVIER RESÉNDEZ MEDINA, quedando condicionada la expedición del Fiat alpago del interesado ante la entonces Secretaría de Administración y Finanzas, de lacantidad que resultara de la suma de 45 días de salario mínimo vigente en el Estado en esafecha.

3. A resultas del Juicio interpuesto el 22 de enero de 2007 por el C. Jorge Arturo PérezAlonso ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Estado en el expediente 017/2007-S-2, en contra del proceso de designación de diversos Notarios Públicos, la Suprema Corte deJusticia de la Nación ejerció la facultad de atracción y resolvió en definitiva dicho asunto. Encumplimiento de la citada ejecutoria, el Tribunal ele lo Contencioso Administrativo del Estadode Tabasco ordenó, entre otros casos, revocar la constancia de aprobación de examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial expedida a favor del Licenciado en DerechoCarlos Efraín Reséndez Bocanegra, lo cual fue acatado puntualmente por la autoridadcompetente, mediante la revocación de la constancia de aprobación y su publicación en elPeriódico Oficial del Estado, Suplemento 7482 D, de fecha 21 de mayo del presente año.

Mediante oficios de fechas 9 y 24 de junio de 2014, con números SG/DGAJ y AI/3949/2014Y SG/DGAJ y AI/4266/2014, mspectivamente se notificó legalmente al C. Pedro JavierReséndez Medina, en su calidad de Notario Adscrito a la Notaría Pública Número 18, lasituación jurídica relativa al Notario Titular de su adscripción, para su conocimiento y efectoslegales correspondientes.

4. En acuerdo del 30 de julio de 2014, publicado en el Periódico Oficial del Estado deTabasco el día 2 de agosto del mismo año, suplemento 7503-B, el Titular del Poder Ejecutivodel Estado de Tabasco revocó 121 designación y nombramiento de Notario Titular otorgada afavor del C. CARLOS EFRAíN FtESEND,EZ BOCANEGRA como Notario Titular de la NotaríaPública Número Dieciocho con sede en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco.

Como consecuencia de lo señalado en el párrafo anterior, en fecha 6 de agosto de 2014, elDirector General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, de la Secretaría deGobierno, con fundamento en los artículos 1, 2, 63 Y relativos de la Ley del Notariadovigente, realizó la diligencia de clausura de protocolo de la Notaría Pública Número 18, consede en la ciudad de Villahermosa, Tabasco; y

CONSIDERANDO.

1.- Que de conformidad con los artículos 51, fracción XIII, de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Tabasco; y 1, 2 Y 9 de la Ley del Notariado para el Estado deTabasco, el ejercicio del notariado en la entidad es una función de orden público y de interéssocial que está a cargo del Poder Ejecutivo local y, por delegación, puede encomendarse aprofesionales del derecho en calidad de notario de número o titular, notario sustituto o notarioadscrito, en virtud de la patente que al efecto se otorgue, lo cual es una facultad exclusiva delGobernador del Estado de Tabasco.

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11- Que en los términos señalados por los artículos 2, 8 Y 9, párrafo tercero, de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, un notario adscrito es aquel designado por el Titulardel poder Ejecutivo del Estado a solicitud de un Notario de número, para que ambos actúen,indistintamente, en el protocolo a cargo del Titular, con el sello de éste, y la misma fe,personalidad y capacidad jurídicas; tal y como se autorizó al C. PEDRO JAVIER RESÉNDEZMEO/NA, para actuar en el protocolo a cargo de quien fuera Titular de la Notaría númeroDieciocho, con sede en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, el Lic. Carlos Efraín Reséndez

. Bocanegra.

111.- Que conforme a lo señalado en el Apartado de Antecedentes del presente Acuerdo, hasido publicada y notificada la Revocación de la patente, Fíat o nombramiento expedido afavor del C. CARLOS EFRAíN RESENDEZ BOCANEGRA como Notario Titular de laNotaría Pública Número Dieciocho con sede en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, segúnlo establecido en el Acuerdo de fecha 30 de julio de 2014, publicado en el Periódico Oficialdel Estado de Tabasco, el día 2 de aqosto del mismo año, suplemento 7503-B; en el cual seordenó además, realizar •....todas las acciones y diligencias necesarias, en el ámbito de sucompetencia, que resulten de te revocecion de la designación y nombramiento de NotarioPúblico Titular y del FIA T, meterle del presente Acuerdo, conforme a las disposiciones de laLey del Notariado para el Estado de Tabasco y demás aplicables. JI

IV.- Que según se refiere en el punto 4 de antecedentes de este instrumento, la DirecciónGeneral de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de Gobierno delPoder Ejecutivo del Estado de Tabasco, en cumplimiento a lo ordenado en el punto Tercerodel Acuerdo señalado en el punto que antecede, con fundamento en los artlculosf , 2, 63 Ydemás relativos de la Ley del Notariado vigente, ha efectuado la clausura de protocolo de laNotaría Pública Número 18, con sede en la ciudad de Villa hermosa, Tabasco, que estuvierea cargo del C. Carlos Efraín Reséndez Bocanegra, cuyo nombramiento fue revocado comoconsecuencia de haberle sido previamente declarada la invalidez del examen de suficiencianotarial y retirada la constancia de aprobación del mismo y, por lo tanto, dejado de cumplircon uno de los requisitos de ley para ser designado y fungir como Notario público en elEstado de Tabasco.

V.- Que al haber quedado revocada y sin efecto legal alguna la designación y nombramientoele Notario Titular de la Notaría Pública Número 18, con sede en la ciudad de Villahermosa,Tabasco y el otorgamiento del fíat correspondiente expedidos a favor del Licenciado enDerecho Carios Efraín Reséndez Bocanegra, de conformidad con los artículos 42, 51,fracción XIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 1, 2, 3, 9,23, 38, 41, 63 Y demás relativos de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, esconducente revocar en consecuencia la designación y nombramiento con efectos de patenteal lic. en Derecho PEDRO JAVIER RESÉNDEZ MEDINA, quien fuera autorizado comoNotario Adscrito a la Notaría No. 18, con sede en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, envirtud de haber quedado insubsistente formal y materialmente el objeto de la adscripcióncomo fedatario Público a la mencionada Notaría, ya que una vez revocado el nombramientoal Titular a cargo de la misma y clausurado el protocolo correspondientes, es inconcuso queel Notario adscrito ha dejado de contar con los elementos sustantivos que I~ ley señala paraejercer como fedatario ya que con esa calidad, sólo podía ejercer dicha función de ordenpúblico, bajo el mismo protocolo, sello y fe pública del Notario Titular que solicitó suadscripción.

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Dicha determinación se sustenta además en el razonamiento lógico-jurídico de que; siconforme a las disposiciones constitucionales y legales antes citados, el titular del PoderEjecutivo del Estado tiene facultades para otorgar patente, fiat o nombramiento de NotarioPúblico cuando se cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad vigente, esevidente que también tiene, como responsable original del notariado en el Estado y de vigilarsu ejercicio, la facultad para revocar o declarar sin efecto cualquier nombramiento otorgado sisurgiera alguna causa legal que impidiese continuar con su desempeño, como acontece enel presente caso y ha quedado expresado en el punto anterior de este apartado deconsiderandos, en que derivado de una resolución firme de autoridad jurisdiccionalcompetente fue revocada la desiqnación y nombramiento de Notario Público Titular otorgadaa favor del C. CARLOS EFRAíN RESENDEZ BOCANEGRA como Titular de la NotaríaPública Número 18, con sede en la Ciudad de Vulaherrnosa, Tabasco, como consecuenciade la invalidación del examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial.

Por lo expuesto y fundado, tengo a bien expedir el siguiente:

ACU ERDO

PRIMERO.- Se revoca el nombramiento de Notario Adscrito de la Notaría Pública NúmeroDieciocho, con sede en la Ciudad de Villaherrnosa, Tabasco y el Fiat correspondiente,expedidos a favor del Licenciado en Derecho PEDRO JAVIER RESÉNDEZ MEDINA,otorgado mediante Acuerdo de fecha 5 de octubre de 2010, publicado en el Periódico Oficialdel Estado de Tabasco, el uno de diciembre de 2012, en el Periódico Oficial del Estado deTabasco, suplemento 7329 D.

Notifíquese el presente Acuerdo al profesionista antes citado, en el domicilio que legalmentecorresponda acorde a los registros o constancias que obran en el expediente administrativoformado al efecto, así como en el domicilio señalado para recibir citas y notificaciones.

SEGUNDO.- En relación a la garantía otorgada a favor del fisco del Estado por el LicenciadoPedro Javier Reséndez Medina a que se refiere el artículo 26 de la Ley del Notariado para elEstado de Tabasco, el interesado podrá hacerla efectiva conforme al procedimientoestablecido en los artículos 113, fracción 111 y 114 del Código Fiscal del Estado de Tabasco.

TERCERO.- Remítase copia certificada del presente Acuerdo al Director General de AsuntosJurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo delEstado de Tabasco, para que proceda a realizar todas las acciones y diligencias necesarias,en el ámbito de su competencia, que resulten de la revocación del nombramiento de NotarioPúblico Adscrito y del FIAT, materia del presente Acuerdo, conforme a las disposiciones de laLey del Notariado para el Estado de Tabasco y demás aplicables.

CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco,para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; y por oficio comuníquese alTribunal Superior de Justicia, a la Dirección del Archivo General de Notarías, al PresidenteMunicipal y a las oficinas hacendarias federales y locales de la adscripción del NotarioPúblico cuyo nombramiento y Fíat se revocan, al Director General del Instituto Registral del

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Estado de Tabasco y al Colegio de Notarios de Tabasco, Asociación Civil; así como, en sucaso, a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal, para los efectosconducentes.

Dado en el recinto oficial del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Villahermosa, Capital delEstado de Tabasco, a los once días del mes de agosto del año dos mil catorce.

"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION"

~<:/ .//<::::=_ //LF.'....~- ---

C. CÉSAR RAU[ OJEDA ZUBIETASECRETARIO DE GOBIERNO

LIC. JUAN JOSE PERAL T FOCILCOORDINADOR GENE L DE

ASUNTOS JURíDICOS

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No.- 2515

ACUERDO

Gobierno delEstado de Tabasco

Tabascocambia contigo

LICENCIADO ARTURO NÚÑEZ JIMÉNEZ, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DELESTADO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERENlOS ARTíCULOS 42, 51,FR~CCIONES XIII y XXI, Y 53, DE LA CONSTITUCiÓNPOLíTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO; 4 Y 8 DE LA LEYORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO; 2, 3, 9, 23 Y 25 DELA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TABASCO; TENGO A BIEN EMITIR ELPRESENTE ACUERDO RELACIONADO CON EL NOTARIO ADSCRITO A LA NOTARíAPÚBLICA NUMERO 2, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CUNDUACAN, TABASCO,LICENCIADO GREGORIO ANG[~L ROMERO PEREZ CONFORME A LOS SIGUIENTES

ANTECEDENTES

1.- El siete de noviembre de dos mil seis, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado deTabasco, por conducto de la Secretaría de Gobierno, publicó en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, suplemento extraordinario veintiuno y en el Periódico Novedades deTabasco, edición de la misma fecha, una convocatoria dirigida a los Licenciados en Derechoque cubrieren los requisitos leqales correspondientes, para que presentaran examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial.

Los exámenes se aplicaron los días ocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, en elhorario de nueve a veintiún horas, en las instalaciones del Colegio de Notarías de Tabasco,Asociación Civil.

2.- Como consecuencia de la convocatoria referida en el punto anterior, en las evaluacionesrealizadas los días ocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, de entre todos losparticipantes, quienes aprobaron el examen referido fueron los CC. José Candelaria RincónÁlvarez, José Mercedes García Peraza, Beatriz, Plata Vázquez, Carlos Javier Ruiz Calao,Adela Ramos López, Carlos Erraln Reséndez Bocanegra, Marisol González Hernández,Norberto López García, José Mi,guel Cervantes Calcáneo, Gregario Ángel Romero Pérez,Agustín González Valencia, Martha Yvonne Hernández Montejo, Carlos Trujillo Peregrino,Guadalupe Graciela González del Castillo, José del Carmen Domínguez Nárez, Javier DíazHernández, César Garza Luna, Luis Guillermo Merino Pérez, Angélica María Vélez Gallegos,Huri Trujillo Peregrino, Jesús Fabián Taracena Ble, Cinthya Torruco Dagdug, DarwinAndrade Díaz y Ulises Chávez Vélez; a cada uno de quienes les fue expedida la constanciade aprobación correspondiente, suscrita por el entonces Director General de AsuntosJurídicos de la Secretaría de Gobierno.

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3.- Mediante el Acuerdo 28 de diciembre de 2012, publicado en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, el día 02 de enero de 2013, suplemento 7338 el entonces Gobernadordel Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Melo, designó como Notario PúblicoAdscrito de la Notaría Pública Número 2, con sede en el Municipio de, Cunduacán, Tabasco,de la cual es titular el licenciado Gregario Romero Tequextle, al Licenciado GREGORIOÁNGEL ROMERO PÉREZ, quien había sustentado el examen y recibido la constancia deaprobación a que se refiere el punto anterior, desde el 9 de diciembre de 2006, además deque, a juicio del otorgante, se habían acreditado los demás requisitos señalados por la Leyaplicable. La expedición del FIAT correspondiente se condicionó al pago de la solicitante antela Secretaría de Finanzas, de la cantidad que resultara de la suma de 45 días de salariomínimo vigente en el Estado en E!Safecha; y el inicio de funciones como tal a la rendición deprotesta de Ley.

4.- El 22 de enero de 2007 el C. Jorge Arturo Pérez Alonso interpuso juicio contenciosoadministrativo en contra del proceso de designación de Notarios Públicos Titulares, queconcluyó con la publicación en el Periódico Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2006, asícomo de los actos realizados en relación con él, a partir de la Convocatoria al examen desuficiencia para el ejercicio de la 'función notarial.

La Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, queadmitió y registró dicha demanda con el número de expediente 017/2007-S-2, dictó sentenciael veinticinco de marzo del año dos mil nueve.

5.- El actor en dicha causa promovió el juicio de amparo directo número 628/2009, del cualconoció el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito,con residencia en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, mismo que emitió su resolución ensesión de once de marzo de dos mil diez, en el sentido de conceder, para efectos, laprotección solicitada, ordenando a la autoridad responsable resolviera con libertad dejurisdicción conforme a las constancias de autos, analizando la litis en los términos en quefue planteada.

En acatamiento al fallo de garantías aludido en el párrafo anterior, el ocho de abril de dos mildiez, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco,emitió nueva sentencia dentro del juicio contencioso administrativo número 017/2007 -S-2.

Inconforme con dicha sentencia el actor Jorge Arturo Pérez Alonso, por su propio derecho,interpuso juicio de garantias, mismo que nuevamente fue radicado ante el Tribunal Colegiadoen Materias Administrativa y del Trabajo del Décimo Circuito, bajo el número de expedienteAD. 516/2010. Dicho tribunal colegiado solicitó a la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación hiciera uso de la facultad de atracción para conocer de este expediente,la cual resolvió atraer tal asunto bajo el número de expediente 46/2011, habiendo emitido suresolución el veinticuatro de octubre de dos mil doce en el sentido de conceder la protecciónconstitucional al amparista, para los efectos de que la autoridad responsable emitiera unanueva resolución en la que declarase nulo el examen de suficiencia notarial, los actosderivados de este y, en consecuencia, el procedimiento de designación de notarioscombatido; así mismo, de estimarlo conducente, ordenase la reposición del procedimiento,ajustándose en todo momento a la normatividad aplicable.

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8 PERIODICO OFICIAL 13 DE AGOSTO DE 2014

6.- En cumplimiento de la ejecutoria emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo delEstado de Tabasco, emitió una nueva resolución el diecinueve de marzo de dos mil trece,concluyendo con los puntos resolutivos que se establecen en la misma; sobre esta resoluciónla propia autoridad responsable emitió aclaración de sentencia el cuatro de abril del mismoaño.

Por su parte, el Tribunal Coleqiado en Materias Administrativa y de Trabajo del DécimoCircuito, el nueve de octubre de dos mil trece dictó auto de requerimiento y apertura deincidente de inejecución, por considerar que no se había cumplido con todos los lineamientosde las ejecutorias de amparo 62aJ2009 del índice de ese Tribunal, y 46/2011 del índice de laSegunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y determinó requerir a laautoridad responsable dejara insubsistente la citada sentencia de fecha 19 de marzo de dosmil trece y su respectiva aclaración y emitiese una nueva resolución precisándole loslineamientos para ello.

7.- En cumplimiento de lo mandatado por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa yde Trabajo del Décimo Circuito, a que se alude en el párrafo anterior, la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, emitió nueva sentencia eldiecisiete de octubre de dos mil trece, disponiendo en su punto resolutivo Tercero: "Se declarajlegal el examen de suficiencia de la {unción notarial, sustentado los dias ocho, nueve y diez dediciembre de dos mil seis, por los licenciados en derecho CARLOS· EFRAíN RESÉNDEZBOCANEGRA, JOSÉ CANDELARIa RINCÓN ÁLVAREZ, BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, ADELARAMOS LÓPEZ, JOSÉ MERCEDES GARCíA PERAZA, JOSÉ DEL ÁGUILA BEL TRÁN, LUISARCADIO GUTlÉRREZ LEÓN, JOSÉ A TILA RAMOS GARCíA, MARISOL GONZÁLEZHERNÁNO EZ, CARLOS JA VIER RUIZ CALAO, ROSA IRENE TORRES MARTíNEZ, PA TRICIA DELCARMEN MÉNDEZ LÓPEZ, FERMíN CONTRERAS SÁNCHEZ, NORBERTO LÓPEZ GARCíA,CARLOS FIDIAS SÁENZ DíAZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, GUADALUPE GRACIELAGONZÁLEZ DEL CASTILLO, MARTrlA )/VONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, JAVIER DíAZHERNÁNDEZ, AGUSTíN GONZALEZ VALENCIA, ADA MARGARITA LASTRA MACOSA)/,GREGORIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ, GUADALUPE LARA QUIROZ, JOSÉ DEL CARMENDOMíNGUEZ NÁREZ, ENA HIDALGO BOCANEGRA, MARíA BEATRIZ EVIA RAMíREZ, CARLOSTRUJILLO PEREGRINO, JESÚS FABIÁN T4RECENA BLE, ANGÉLICA MARíA VÉLEZ GALLEGOS,.cse DE JESÚS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, DARWIN ANDRADE DíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ,CINTHYA TORRUCO DAGDUG, FLORENCIa CAMPOS MATEaS, HURI TRUJILLO PEREGRINO,CARLOS PÉREZ DaRLES, LUIS GUILLERMO MERINO PÉREZ, JORGE RAMOS MÉNDEZ,FRANCISCO JAVIER CONDE ORDORICA y CÉSAR GARZA LUNA, Y consecuentemente la nulidadlisa y llana del mismo, por las razones expuestas en el Considerando \/111de la presente resolución. sr

De igual manera, mediante el resolutivo Cuarto: "Se declaran ilegales las Constancias deAprobación del Examen de Suficiencia para el Ejercicio de la Función Notarial, que fueron expedidasa favor de los CC. BEATRIZ PLA TA VÁZQUEZ, HURJ TRUJILLO PEREGRINO, DARWIN ANDRADEDíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ, JA VIEF? DíAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMíNGUEZNÁREZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCANEO, CARLOS JAVIER RUIZ CALAO, JESÚS FABIÁNTARACENA BLE, ANGÉLICA MARIA VÉLEZ GALLEGOS, AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, JOSÉMERCEDES GARCíA PERAZA, CARLOS TRUJILLO PEREGRINO, JOSÉ CANDELARIa RINCÓNÁL \/AREZ ADELA RAMOS LÓPEZ CARLOS EFRAíN RESÉNDEZ BOCANEGRA, MARISOLGONZÁLÉZ HERNÁNDEZ NORBERTO LÓPEZ GARcíA, GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ,MARTHA /VONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, GUADALUPE GRACIELA GONZÁLEZ DELCASTILLO CÉSAR GARZA LUNA LUIS GUILLERMO MERINO PÉREZ y CINTHYA TORRUCODAGDUG, 'con motivo del examen de suficiencia de la función notarial, desarrollado los días ocho,

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nueve y diez de diciembre de dos mil seis y se ordena al C. Director General de Asuntos Jurídicos dela Secretaría de Gobierno en el Estado, proceda a la revocación de las Constancias expedidas afavor de los licenciados en derecho antes citados, atento a las razones expuestas en el ConsiderandoVIII de la presente resolución ... "

En el resolutivo Quinto, se determina: USedeclaran nulos los nombramientos y el otorgamiento delos FIA T expedidos mediante el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el dla 27 dediciembre de 2006, Suplemento 6710 B y C, a favor de los CC. HURI TRUJILLO PEREGRINO,

. BEATRIZ PLATA VAZQUEZ, DARWIN ANDRADE DfAZ, UL/SES CHAvEZ V~LEZ, JAVIER DfAZHERNANDEZ, JOS~ DEL CARMEN DOMfNGUEZ NAREZ, ERNESTO VENTRE SASTR~, MANUELGIL RAMIREZ y ROMAN ESTEBAN DA VID GONzALEZ, quienes hablan sido designados NotariosPúblicos Titulares; al igual que se declaran nulos los nombramientos y el otorgamiento de los FIA Texpedidos a favor de los CC. CARLOS JAVIER RUlZ CALA O, JOS~ MIGUEL CERVANTESCAL CANEO, JESÚS FABIAN TARACENA BLE, ANG~L/CA MARIA V~LEZ GALLEGOS, JOS~MERCEDES GARCIA PERAZA y AGUSTIN GONzALEZ VALENCIA, quienes habían sidodesignados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidad del Examen anulado, porlas razones expuestas en el Considerando VIIIde la presente resolución. "

Finalmente, mediante el resolutivo Sexto: "Se ordena al Titular del Poder Ejecutivo Estatal,revoque los nombramientos y el otorgamiento de los FIA T expedidos mediante el acuerdo publicadoen el Periódico Oficial del Estado, el dla 27 de diciembre de 2006, suplemento 6710 B Y C, a favor delos CC. HURI TRUJILLO PEREG/~/NO, BEATRIZ PLATA VAZQUEZ, DARWIN ANDRADE D/AZ,UL/SES CHÁ VEZ VÉLEZ, JAVIER D/AZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMINGUEZ NÁREZ,ERNESTO VENTRE SASTRÉ, MANUEL GIL RAMíREZ y ROMAN ESTEBAN DAVID GONZALEZ,quienes habían sido designados Notarios Públicos Titulares; al igual que revoque los nombramientosy el otorgamiento de los FIA T expedidos a favor de los CC; CARLOS JAVIER RUIZ CALA O, JOSÉMIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, JESÚS FABIÁN TARACENA BLE, ANGÉLICA MARIA VÉLEZGALLEGOS, JOSÉ MERCEDES GARC/A PERAZA y AGUSTIN GONzALEZ VALENCIA, quieneshabían sido designados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidad del Examenanulado, por las razones expuestas en el Considerando VIIIde la presente resolución ... "

8.- Que mediante el punto séptimo del auto de fecha veintiocho de marzo de dos mil catorce,dictado por la licenciada Luz María Armenta León, Magistrada de la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, se señaló que lassentencias que dicta la Suprema Corte de Justicia de la Nación no admiten recursos ycausan ejecutoria por sí mismas; así también, se declaró que la sentencia definitiva de fechadiecisiete d~ octubre de dos mil trece, emitida en los autos del expediente número 017/2007-S-2, relativo al Juicio Contencioso Administrativo en cumplimiento a lo ordenado por la'Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionado con el diversoAmparo Directo 516/2010 radicado en el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y delTrabajo del Décimo Circuito, ha causado ejecutoria.

9.- Con fecha 20 de mayo de 2014 el Director General de Asuntos Jurídicos y dé Acceso a laInformación de la Secretaría de Gobierno, en cumplimiento y ejecución del punto resolutivoCuarto de la sentencia de fecha 17 de octubre de 2013, dictada por la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, en el expediente017/2007-S-2, emitió acuerdo de revocación de constancia de aprobación de examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial, expedida a favor del Licenciado en DerechoGregorio Ángel Romero Pérez quien actualmente se encuentra en funciones de NotaríaPúblico Adscrito a la Notaría Pública Número 2, con sede en la ciudad de Cunduacán,Tabasco, de la cual es Titular el licenciado Gregario Romero Tequextle; mismo que fue

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publicado en el Periódico Oficial del Estado, Suplemento 7482 D, de fecha 21 de mayo delpresente año; de igual manera en esta misma fecha mediante oficio No.SG/DGAJyAI/2960/2014 fue notificado personalmente a la al interesado.

Con base en lo anterior y para efectos de precisar la situación jurídica del citadoprofesionista, dado que había dejado de cumplir con uno de los requisitos indispensablespara el nombramiento y consecuente ejercicio de la función notarial, mediante escrito defecha 2 de junio del año en curso instruí al C. Secretario de Gobierno, instrumentara lasacciones legales tendentes a conceder el derecho de audiencia al Licenciado Gregario ÁngelRomero Pérez respecto al cumplimiento íntegro de los requisitos previstos por el artículo 17de la Ley del Notariado para Ed Estado de Tabasco, especialmente el relativo a "haberaprobado el examen de suficiencia para el ejercicio notarial y la obtención de la constanciacorrespo ndiente".

10.- Mediante Acuerdo del C. Secretario de Gobierno de fecha 05 de junio de 2014,notificado por oficio No. SG/05304/2014, de esa misma fecha, se instruyó al licenciado JorgeAlberto Cornelio Maldonado, Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación, emitir el acuerdo correspondiente por el cual se proceda citar en forma personalal Licenciado en Derecho Gregorio Ángel Romero Pérez, Notario Público Adscrito a laNotaría Pública Número 2, con sede en la ciudad de Cunduacán, Tabasco, de la cual esTitular el licenciado Gregorio Romero Tequextle para los efectos precisados en el puntoanterior.

En cumplimiento de la instrucción recibida, el Director General de Asuntos Jurídicos y deAcceso a la Información de la Secretaria de Gobierno, con fecha 9 de junio de 2014 emitióAcuerdo mediante el cual determinó citar al licenciado Gregario Ángel Romero Pérez, en sucalidad de Notario Público Adscrito, para que compareciera ante las oficinas de esa DirecciónGeneral, ubicadas en la Calle José Narciso Rovirosa No. 359, Esquina Nicolás Bravo,Segundo Piso, Centro de esta Ciudad de Villahermosa, Tabasco, a las 10:00 horas del díamiércoles 18 de junio de 2014, con la presencia de un Notario Público Titular representantedel Colegio de Notarios, Asociación Civil, para que de manera personal en ejercicio de lagarantía constitucional de audiencia fuera escuchado respecto del cumplimiento íntegro delrequisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine, de la Ley del Notariadopara el Estado de Tabasco, que debe cumplirse para obtener la patente, FIAT onombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen de suficiencia para elejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente; así mismo ordenóformar el expediente respectivo registrándolo con el número PE/SG/DGAJyAI/CNA-2/003/2014.

El licenciado Gregorio Ángel F~omero Pérez, fue notificado personalmente del acuerdoreferido en el párrafo anterior, el día "O de junio del año en curso mediante oficio No.SG/DGAJyAI/3967/2014; así mismo compareció en forma personal a la diligencia para la quefue citado, llevada a cabo por E!IDirector General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación de la Secretaría de Gobierno a las 10:00 horas del día 18 de junio del año 2014,en la que en ejercicio de su garantía constitucional de audiencia y en relación al objeto ymateria de su comparecencia que era realizar manifestaciones respecto del cumplimientoíntegro del requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine, de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, que debe cumplirse para obtener la patente, FIAT onombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen de suficiencia para el

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ejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente, que le es aplicable ensu condición de Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 2, con sede en laciudad .de Cunduacán, Tabasco, de la cual es Titular el licenciado Gregorio RomeroTequextle, manifestó por escrito sustancialmente:

11 ••• Aprecio se me reconozca el derecho de audiencia, prerrogativa que fue ignorada por el Tribunalde lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, e incluso por la Suprema Corte de Justiciade la Nación, aunque sólo tenga en la praxis efectos protocolarios ..... En virtud de lo juzgado pornuestros órganos jurisdiccionales quienes, en su limitada visión de consecuencias fácticas y jurídicassobre la función notarial, no se pronunciaron respecto a mi nombramiento y FIA T como notarioadscrito, solicito a esta autoridad administrativa se revele al respecto y determine si mi nombramientoresulta jurídicamente eficaz .... (..)"

11.- Finalmente por Acuerdo de fecha 24 de junio de 2014 emitido por el Director General deAsuntos Jurídicos y de Acceso a la Información pública de la Secretaría de Gobierno, seordenó •turnar al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, las constancias deactuaciones y el expediente respectivo para los efectos de determinar sobre la situaciónjurldlcadel Licenciado Gregario Ángel Romero Pérez, Notario Público Adscrito a la NotaríaPública' Número 2, con sede en la ciudad de, Cunduacán, Tabasco, de la cual es Titular ellicenciado Gregario Romero Tequextle; y

CONSIDERANDO

1.- Que uno de los requisitos para obtener la patente, FIAT o nombramiento de notario,consiste en presentar y aprobar el examen de suficiencia para el ejercicio notarial, conformeal artículo 17, fracción X, de la Ley de Notariado para el Estado de Tabasco, el cual seacredita con la constancia de aprobación expedida por el Titular de la Dirección General deAsuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del Estado (hoy Dirección General deAsuntos Jurídicos y Acceso a la Información), en términos de lo dispuesto por el artículo 18de la Ley Notarial citada.

11.- Que de conformidad con los artículos 42, 51, fracción XI~, de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Tabasco; y 1, 2, 3 Y 9 de la Ley del Notariado para el Estado deTabasco, el ejercicio del notariado en la entidad es una función de orden público y de interéssocial que está a cargo del Poder Ejecutivo local y, por delegación, puede encomendarse aprofesionales del derecho en calidad ele notario de número o titular, notario sustituto o notarioadscrito, en virtud de la patente que al efecto se otorgue. lo cual es una facultad exclusiva delGobernador del Estado de Tabasco; así mismo, en términos del artículo 23 del OrdenamientoLegal antes citado, sólo se podrá expedir nombramiento y fiat de Notario Público al solicitanteconforme a las necesidades del servicio y siempre y cuando se comprueben y se acreditenlos requisitos establecidos por la Ley, entre los que invariablemente se encuentra el de haberobtenido la constancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de lafunción notarial.

111.- Que como ha quedado precisado en el apartado de Antecedentes, al Licenciado GregarioAngel Romero Pérez, le fue expedida con fecha 09 de diciembre de 2006 constancia deaprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial, por parte del

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entonces Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del PoderEjecutivo del Estado. Con base en el cumplimiento de este requisito y además por considerarque se habían acreditado los restantes señalados por la ley aplicable, mediante el Acuerdode fecha 28 de diciembre del año 2012, publicado en el Periódico Oficial del Estado deTabasco, el día dos de enero del año 2013, suplemento 7338, el entonces Gobernador delEstado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Melo, lo designó como Notario PúblicoAdscrito de la Notaría Pública Número 2, con sede en la Ciudad de Cunduacán, Tabasco, dela cual es titular el licenciado Gregorio Romero Tequextle. La expedición del fiatcorrespondiente se condicionó al pago de la solicitante ante la Secretaría de Finanzas, de lacantidad que resultara de la suma de 45 días de salario mínimo vigente en el Estado en esafecha; así mismo el inicio de funciones se realizaría una vez rendida la protesta de Ley.

IV.- Que también ha quedado debidamente acreditado que conforme a la sentencia de fechadiecisiete de octubre de dos mil trece y su puntos resolutivos Tercero y Cuarto, dictada por laSegunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, sedeclaró ilegal y como consecuencia la nulidad lisa y llana del examen de suficiencia ·para elejercicio de la función notarial, sustentado por el licenciado Gregario Ángel Romero Pérez eldia 09 de diciembre de 2006; en consecuencia, también se declaró la ilegalidad de laconstancia de aprobación del examen expedida a favor de dicho profesionista en esa mismafecha, y se ordenó al C. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobiernodel Poder Ejecutivo del Estado, proceder a la revocación de la citada constancia deaprobación de examen, lo cual fue cumplimentado mediante acuerdo de fecha veinte demayo de 2014, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, de fecha veintiunodel mismo mes y año, Suplemento 7482 D.

V.- Si bien en la sentencia de mérito no se mandató expresamente la revocación denombramiento y fíat respectivo otorqado en favor del Licenciado Gregario Ángel RomeroPérez como Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 2, con sede en la Ciudadde Cunduacán, Tabasco, de la cual estitular el licenciado Gregorio Romero Tequextle ello noes óbice para considerar que conforme a los artículos 17, fracción X, y 18 de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, es requisito para obtener la patente, fíat onombramiento de notario público ya sea titular, substituto o Adscrito, presentar y obtener laconstancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial;

Tomando en cuenta esta circunstancia, en el caso concreto se tomó la determinación deconceder al Licenciado Greqorio Ángel Romero Pérez en su carácter de Notario PúblicoAdscrito la garantía constitucional de audiencia citándolo para que en forma personalcompareciera ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Informaciónde la Secretaría de Gobierno, a manifestar lo que a su derecho conviniera respecto delcumplimiento íntegro del requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine,de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, que es indispensable para obtener lapatente, fiat o nombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente, enlos términos precisados en el punto 10 del apartado de antecedentes del presente Acuerdo.

En ejercicio de esa garantía constitucional el Licenciado Gregorio Angel Romero Pérezcompareció personalmente a la diligencia desahogada a las 10:00 horas del día 18 de juniode 2014 por el titular de-la Dirección General antes citada, a la que también asistió un Notario

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Público representante del Colegio de Notarios, Asociación Civil, en la que en forma libre yespontánea presentó por escrito diversas manifestaciones en relación a la forma que dice fuedesarrollado el procedimiento contencioso administrativo bajo el número de expediente017/2007-8-2, radicado ante la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativodel Estado de Tabasco, que concluyó con la emisión de la sentencia de fecha 17 de octubrede 2013, sobre lo cual esta autoridad solo puede señalar que dicha sentencia ha quedadofirme para todos los efectos legales procedentes y al mandato y efectos de la misma deberánestarse a quienes les depare perjuicio la misma; de igual forma expone otros señalamientoscontenidos en su escrito presentado, mismos que serán atendidas en el momento oportuno yconforme al procedimiento de desiqnación dé notarios que esta autoridad decida instaurar enel ámbito de sus facultades, el cual deberá desarrollarse en términos de las disposicioneslegales aplicables;

En este contexto haciendo un análisis y valoración de los razonamientos y fundamentos dederecho expuestos en este apartado de considerandos, así como de las manifestacionesrealizadas por el compareciente que han quedado transcritas en el Apartado deAntecedentes; el suscrito en mi calidad de titutar del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco,considera que al haber quedado revocada y sin efecto legal alguno la constancia deaprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial expedida en favorde dichó profesiorusta, lo procedente es revocar la designación y nombramiento de NotarioPúblico Adscrito a la Notaría Pública Número 2 con sede en la ciudad de Cunduacán,Tabasco, y el otorgamiento del FIAT correspondiente expedidos en favor del LicenciadoGregario Ángel Romero Pérez de conformidad con los artículos 51, XIII de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y 2, 3, 9 Y 23 de la Ley del Notariado parael Estado de Tabasco.

Esta determinación se sustenta además conforme al razonamiento lógico-jurídico derivadode que; si conforme a las disposiciones constitucionales y legales antes citados, el titular delPoder Ejecutivo del Estad-o tiene facultades para otorgar patente, fiat o .nornbrarniento deNotario Público cuando se cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad vigente,es evidente que implícitamente también tiene facultad para revocar o declarar sin efectocualquier designación y nombramiento otorgado si surgiera y se acreditara el incumplfmientode alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento, como acontece en el presentecaso en que por autoridad competente fue declarado ilegal y nulo el examen de suficienciapara el ejercicio de la función notarial sustentado por el Licenciado Gregario Ángel RomeroPérez, y como consecuencia, también por autoridad plenamente facultada para elio, le fuerevocada su correspondiente constancia de aprobación de examen.

Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACU ERDO

PRIMERO.- Se revoca la designación y nombramiento de Notario Adscrito a la NotaríaPública Número 2, con sede en la Ciudad de Cunduacán, Tabasco, de la cual es titular el

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licenciado GREGaRIO ROMERO TEQUEXTLE y el otorgamiento del FIAT correspondiente,expediclos a favor del Licenciado en Derecho GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ

---mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 02 de enero de 2013,suplemento 7338. En razón de lo anterior, a partir de la fecha de publicación y/o notificaciónde este Acuerdo, cesará dicho profesionista en el ejercicio de la función notarial.

l\Jotifíquese el presente Acuerdo al profesionista antes citado, en el domicilio que legalmentecorresponda acorde a los registros o constancias que obran en el expediente administrativoformado al efecto, así como en el domicilio señalado para recibir citas y notificaciones.Asimismo, notifíquese al Titular de la Notaría Pública Número 2, con sede en la ciudad deCunduacén,Tabasco.

SEGUNDO.- En relación a la garantía otorgada a favor del fisco del Estado por el Licenciadoen Derecho GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ a que se refiere el artículo 26 de la Leydel Notariado para el Estado de Tabasco, el interesado podrá hacerla efectiva conforme alprocedimiento establecido en los artículos 113, fracción 111 y 114 del Código Fiscal del Estadode Tabasco.

TERCERO.- Remítase copia certificada del presente Acuerdo al Director General de Asuntos'Jurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo delEstado de Tabasco, para que proceda a realizar todas las acciones y diligencias necesarias,en el, ámbito de su competencia, que resulten .de la revocación de la designación ynombramiento de Notario Público Adscrito y del FIAT, materia del presente Acuerdo,conforme a las disposiciones de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco y demásaplicables.

.CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Tabas:opara todos los efectos legales y admínistratívos a que haya lugar; y por oficio comuníquese alTribunal Superior de Justicia, a la Dirección del Archivo General de Notarías, al Presidé1ÍteMunicipal y a las oficinas hacendarías tederales y locales de la adscripción del Nota.'oPúblico Adscrito cuyo nombramiento y Fiat se revocan, a la Dirección General del InstitutoRegistral del Estado de Tabasco y al Colegio de Notarios de Tabasco, Asociación Civil; asícomo, en su caso, a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal, para losefectos conducentes.

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Dado en el recinto oficial del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Villahermosa, Capital delEstado de Tabasco, a los once días del mes de agosto del año dos mil catorce ..

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCiÓN .

.ALIC. ARTURO

GOBERNADOR DE

------~/ . / -...~ __ ~---/.é-/{·-o - /"

-::=:=:===- , . ~--C. CESAR RAUL OJEDA ZUBIETA

SECRETARIO DE GOBIERNO

/~2ir;-uc: U'AN JOSE PERALtA FOCIL

COORDINADOR GENERAL DEASUNTOS JURíDICOS

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No.- 2516

ACUERDO

Gobierno delEstado de Tabasco

Tabascocambia contiqo

LICENCIADO ARTURO NÚÑEZ JIMÉNEZ, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DELESTADO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERENLOS ARTiCULaS 42, 51, FRACCIONES XIII Y XXI, Y 53, DE LA CONSTITUCiÓNpOLíTICA DEL ESTADO LIBRE y SOBERANO DE TABASCO; 4 y 8 DE LA LEYORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO; 2, 3, 9, 23 Y 25 DELA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TABASCO; TENGO A BIEN EMITIREL PRESENTE ACUERDO RELACIONADO CON LA NOTARIO ADSCRITA A LANOTARíA PÚBLICA NUMERO 3, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PARAíso, TABASCO,LICENCIADA MARTHA YVONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, CONFORME A LOSSIGUIENTES

ANTECEDENTES

1.- El siete de noviembre de dos mil seis, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado deTabasco, por conducto de la Secretaría de Gobierno, publicó en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, suplemento extraordinario veintiuno y en ei Periódico Novedades deTabasco, edición de la misma fecha, una convocatoria dirigida a los Licenciados enDerecho que cubrieren los requisitos legales correspondientes, para que presentaranexamen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial.

Los exámenes se aplicaron los días ocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, en elhorario de nueve a veintiún horas, en las instalaciones del Colegio de Notarios deTabasco. ASOCiaciónCivil.

2.- Como consecuencia de la convocatoria referida en el punto anterior, en lasevaluaciones realizadas los días ocho', nueve y diez de diciembre de dos mil seis, deentre todos los participantes, quienes aprobaron el examen referido fueron los CC. JoséCandelaria Rincón Álvarez, José Mercedes García Peraza, Beatriz Plata Vázquez, CarlosJavier Ruiz Calao, Adela Ramos López, Carlos Efraín Reséndez Bocanegra, MarisolGonzález Hernández. Norberto López García, José Miguel Cervantes Calcáneo, GregarioÁngel Romero Pérez, Agustín González Valencia, Martha Yvonne Hernández Montejo,Carlos Trujillo Peregrino, Guadalupe Graciela González del Castillo, José del CarmenDomínguez Nárez, Javier Díaz Hernández, César Garza Luna, Luis Guillermo MerinoPérez, Angélica María Vélez Gallegos, Huri Trujillo Peregrino, Jesús Fabián Taracena 81e,Cinthya Torruco Dagdug, Darwin Andrade Díaz y Ulises Chávez Vélez; a cada uno dequienes les fue expedida la constancia de aprobación correspondiente, suscrita por elentonces Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno.

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3.- Mediante el Acuerdo de fecha 17 del mes de febrero del año dos mil doce, publicadoen el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el día 22 de febrero de 2012, suplemento7248 G, el entonces Gobernador del Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael GranierMelo, designó como Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 3 con sede enla Ciudad de Paraíso, Tabasco, de la cual era titular la licenciada BEATRIZ PLATAVÁZQUEZ, a la Licenciada MARTHA YVONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, quien habíasustentado el examen y recibido la constancia de aprobación a que se refiere el puntoanterior, desde el 9 de diciembre de 2006, además de que, a juicio del otorgante, sehabían acreditado los demás requisitos señalados por la Ley aplicable. La expedición delFIAT correspondiente se condicionó al pago de la solicitante ante la Secretaría deFinanzas, de la cantidad que resultara de la suma de 45 días de salario mínimo vigente enel Estado en esa fecha; y el inicio de funciones como tal a la rendición de protesta de !Ley.

4.- El 22 de enero de 2007 el C. Jorge Arturo Pérez Alonso interpuso juicio contenciosoadministrativo en contra del proceso de designación de Notarios Públicos Titulares, queconcluyó con la publicación en el Periódico Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2006,así como de los actos realizados en relación con él, a partir de la Convocatoria al examende suficiencia para el ejercicio de la función notarial.

La Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco,que admitió y registró dicha demanda con el número de expediente 017/2007-S-2, dictósentencia el veinticinco de marzo del año dos mil nueve.

5.- El actor en dicha causa promovió el juicio de amparo directo número 628/2009, del cualconoció el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito,con residencia en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, mismo que emitió su resolución ensesión de once de marzo de dos mil diez, en el sentido de conceder, para efectos, laprotección solicitada, ordenando a la autoridad responsable resolviera con libertad dejurisdicción conforme a las constancias de autos, analizando la litis en los términos en quefue planteada.

En acatamiento al fallo de garantías aludido en el párrafo anterior, el ocho de abril de dosmil diez, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado deTabasco, emitió nueva sentencia dentro del juicio contencioso administrativo número017/2007 -S-2.

Inconforme con dicha sentencia el actor Jorge Arturo Pérez Alonso, por su propio derecho,interpuso juicio de garantías, mismo que nuevamente fue radicado ante el TribunalColegiado en Materias Administrativa y del Trabajo del Décimo Circuito, bajo el número deexpediente A.D. 516/2010. Dicho tribunal colegiado solicitó a la Segunda Sala de laSuprema Corte de Justicia de la Nación hiciera uso de la facultad de atracción paraconocer de este expediente, la cual resolvió atraer tal asunto bajo el número deexpediente 46/2011, habiendo emitido su resolución el veinticuatro de octubre de dos mildoce en el sentido de conceder la proteccíón constitucional al amparista, para los efectosde que la autoridad responsable emitiera una nueva resolución en la que declarase nulo elexamen de suficiencia notarial, los actos derivados de este y, en consecuencia, elprocedimiento de designación de notarios combatido; así mismo, de estimarlo conducente,ordenase la reposición del procedimiento, ajustándose en todo momento a la normatividadaplicable.

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6.- En cumplimiento de la ejecutoria emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo delEstado de Tabasco, emitió una nueva resolución el diecinueve de marzo de dos mil trece,concluyendo con los puntos resolutivos que se establecen en la misma; sobre estaresolución la propia autoridad responsable emitió aclaración de sentencia el cuatro de abrildel mismo año.

Por su parte, el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del DécimoCircuito, el nueve de octubre de dos mil trece dictó auto de requerimiento y apertura deincidente de inejecución, por considerar que no se había cumplido con todos loslineamientos de las ejecutorias de amparo 628/2009 del índice de ese Tribunal, y 46/2011del índice de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y determinórequerir a la autoridad responsable dejara insubsistente la citada sentencia de fecha 19 demarzo de dos mil trece y su respectiva aclaración y emitiese una nueva resoluciónprecisándole los lineamientos para ello.

7.- En cumplimiento de lo mandatado por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativay de Trabajo del Décimo Circuito, a que se alude en el párrafo anterior, la Segunda Saladel Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, emitió nuevasentencia el diecisiete de octubre de dos mil trece, disponiendo en su punto resolutivoTercero: "Se declara ilegal el examen de suficiencia de la función notarial, sustentado los díasocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, por los licenciados en derecho CARLOS EFRArNRESÉNDEZ BOCANEGRA, JOSÉ CANDELARIa RINCÓN ÁLVAREZ, BEATRIZ PLATAVAZQUEZ, ADELA RAMOS LÓPEZ, JOSÉ MERCEDES GARCiA PERAZA, JOSÉ DEL ÁGUILABELTRÁN, LUIS ARCADIO GUTlÉRREZ LEÓN, JOSÉ A TILA RAMOS GARCiA, MARISOLGONZALEZ HERNÁNDEZ, CARLOS JA VIER RUIZ CALAO, ROSA I.'~ENE TORRES MARTrNEZ,PA TRICIA DEL CARMEN MÉNDEZ LÓPEZ, FERMiN CONTRERAS SÁNCHEZ, NORBERTOLÓPEZ GARCrA, CARLOS FIDIAS SÁENZ DiAZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCÁNEO,GUADALUPE GRACIELA GONZÁLEZ DEL CASTILLO, MARTHA YVONNE HERNÁNDEZMONTEJO, JAVIER DrAZ HERNÁNDEZ, AGUSTiN GONZÁLEZ VALENCIA, ADA MARGARITALASTRA MACOSAY, GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ, GUADALUPE LARA QUIROZ,JOSÉ DEL CARMEN DOMrNGUEZ NÁREZ, ENA HIDALGO BOCANEGRA, MARiA BEA TRIZEVIA RAMrREZ. CARLOS TRUJILLO PEREGRINO, JESÚS FABIÁN TARECENA BLE,ANGÉLICA MARrA VÉLEZ GALLEGOS, JOSÉ DE JESOS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, DARWINANDRADE DrAZ, ULfSES CHÁVEZ VÉLEZ, CINTHYA TORRUCO DAGDUG, FLORENCIaCAMPOS MA TEaS, HURI TRUJILLO PEREGRINO, CARLOS PÉREZ DaRLES, LUISGUILLERMO MERINO PÉREZ, JORGE RAMOS MÉIVDEZ, FRI-lfvC/SCO JAVIER CONDEaRDOR/CA y CÉSAR GARZA LUNA, Y consecuentemente la nulidad lisa y llana del mismo, porlas razones expuestas en el Considerando VIIIde la presente resolución."

De igual manera, mediante el resolutivo Cuarto: "Se declaran ilegales las Constancias deAprobación del Examen de Suficiencia para el Ejercicio de la Función Notarial, que fueronexpedidas a favor de los CC. BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, HURI TRUJILLO PEREGRINO,DARWIN ANDRADE DiAZ, ULlSES CHÁVEZ VÉLEZ, JAVIER DíAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DELCARMEN DOMíNGUEZ NÁREZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCANEO, CARLOS JAVIERRUIZ CALA O, JESÚS FABIÁN TARACENA BLE, ANGÉLICA MARíA VÉLEZ GALLEGOS,AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, JOSÉ MERCEDES GARCiA PERAZA, CARLOS TRUjlLLOPEREGRINO, JOSÉ CANDELARIa F~/NCÓN ÁLVAREZ, ADELA RAMOS LÓPEZ, CARLOSEFRArN RESÉNDEZ BOCANEGRA, MARISOL GONZÁLEZ f-IERNÁNDEZ, NORBERTO LÓPEZGARCrA, GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ, MARTHA !VONNE HERNÁNDEZ. MONTEJO,GUADALUPE GRACIELA GONZÁLEZ DEL CASTILLO, CÉSAR GARZA LUNA, LUISGUILLERMO MERINO PÉREZ y CINTHYA TORRUCO DAGDUG, con motivo del examen de

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suficiencia de la función notarial, desarrollado los días ocho, nueve y diez de diciembre de do:smilseis y se ordena al C. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno en elEstado, proceda a la revocación de las Constancias expedidas a favor de los licenciados enderecho antes citados, atento a las razones expuestas en el Considerando VIIf de la presenteresolución ... "

En el resolutivo Quinto, se determina: "Se declaran nulos los nombramientos y el otorgamientode los FIAT expedidos mediante el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 27de diciembre de 2006, Suplemento 6710 B Y C, a favor de los CC. HURI TRUJILLO PEREGRINO,BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, DARWIN ANDRADE DíAZ, ULlSES CHÁVEZ VÉLEZ, JAVIER DíAZHERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMíNGUEZ NÁREZ, ERNESTO VENTRE SASTRÉ,MANUEL GIL RAMíREZ y ROMAN ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ, quienes habían sidodesignados Notarios Públicos Titulares; al igual que se declaran nulos los nombramientos y elotorgamiento de los FIAT expedidos a favor de los CC. CARLOS JAVIER RUIZ CALA O, JOSÉMIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, JESÚS FABIÁN TARACENA BLE, ANGÉLICA MARíAVÉLEZ GALLEGOS, JOSÉ MERCEDES GARCíA PERAZA y AGUSTíN GONZALEZ VALENCIA,quienes habían sido designados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidaddel Examen anulado, por las razones expuestas en el Considerando VIII de la presente resolución."

Finalmente, mediante el resolutivo Sexto: "Se ordena al Titular del Poder Ejecutivo Estatal,revoque los nombramientos y el otorgamiento de los FIA T expedidos mediante el acuerdopublicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 27 de diciembre de 2006, suplemento 6710 B YC, a favor de los CC. HURI TRUJILLO PEREGRINO, BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, DARWINANDRADE DíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ, JA VIER DíAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMENDOMfNGUEZ NÁREZ, ERNESTO VENTRE SASTRÉ, MANUEL GIL RAMíREZ y ROMANESTEBAN DAVID GONZÁLEZ, quienes habían sido designados Notarios Públicos Titulares; aligual que revoque los nombramientos y el otorgamiento de los FIA T expedidos a favor de los Ce.CARLOS JAVIER RUIZ CALA 0, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, JESÚS FABIÁNTARACENA BLE, ANGÉLICA MARfA VÉLEZ GALLEGOS, JOSÉ MERCEDES GARCfA PERAZAy AGUSTfN GONZÁLEZ VALENCIA, quienes habían sido designados Notarios Públicos Adscritos,como consecuencia de la ilegalidad del Examen anulado, por las razones expuestas en elConsiderando VIII de la presente resolución ... "

8.- Que mediante el punto séptimo del auto de fecha veintiocho de marzo de dos milcatorce, dictado por la licenciada Luz María Armenta León, Magistrada de la Segunda Saladel Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, se señaló que lassentencias que dicta la Suprema Corte de Justicia de la Nación no admiten recursos ycausan ejecutoria por sí mismas; así también, se declaró que la sentencia definitiva defecha diecisiete de octubre de dos mil trece, emitida en los autos del expediente número017/2007 -S-2, relativo al Juicio Contencioso Administrativo en cumplimiento a lo ordenadopor la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionado con eldiverso Amparo Directo 516/2010 radicado en el Tribunal Colegiado en MateriasAdministrativa y del Trabajo del Décimo Circuito, ha causado ejecutoria.

9.- Con fecha 20 de mayo de 2014 el Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso ala Información de la Secretaría de Gobierno, en cumplimiento y ejecución del puntoresolutivo Cuarto de la sentencia de fecha 17 de octubre de 2013, dictada por la SegundaSala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del. Estado de Tabasco, en el

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expediente 017/2007-S-2, emitió acuerdo de revocación de constancia de aprobación deexamen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial, expedida a favor de laLicenciada en Derecho Martha Yvonne Hernández Montejo quien fuera nombrada NotarioPúblico Adscrita a la Notaría Pública Número 3, con sede en la ciudad de Paraíso,Tabasco, hoy acéfala; mismo que fue publicado en el Periódico Oficial deJ Estado,Suplemento 7482 D, de fecha 21 de mayo del presente año; de igual manera en estamisma fecha mediante oficio No. SG/DGAJyAI/2975/2014 fue notificado personalmente ala interesada.

Con base en lo anterior y para efectos de precisar la situación jurídica de la citadaprofesionista, dado que había dejado de cumplir con uno de los requisitos indispensablespara el nombramiento y consecuente ejercicio de la función notarial, mediante escrito defecha 2 de junio del año en curso instruí al C. Secretario de Gobierno, instrumentara lasacciones legales tendentes a conceder el derecho de audiencia a la Licenciada MarthaYvonne Hernández Montejo respecto al cumplimiento íntegro de los requisitos previstospor el artículo 17 de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, especialmente elrelativo a "haber aprobado el examen de suficiencia para el ejercicio notarial y la obtenciónde la constancia correspondiente".

10.- Mediante Acuerdo del C. Secretario de Gobierno de fecha 05 de junio de 2014,notificado por oficio No. SG/0535/2014, de esa misma fecha, se instruyó al licenciadoJorge Alberto Comelio Maldonado, Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación, emitir el acuerdo correspondiente por el cual se proceda citar en formapersonal a la Licenciada en Derecho Martha Yvonne Hernández Montejo Notario PúblicoAdscrito a la Notaría Pública Número 3, con sede en la ciudad de Paraíso, Tabasco, hoyacéfala, para los efectos precisados en el punto anterior.

En cumplimiento de la instrucción recibida, el Director General de Asuntos Jurídicos y deAcceso a la Información de la Secretaría de Gobierno, con fecha 9 de junio de 2014 emitióAcuerdo mediante el cual determinó citar a la licenciada Martha Yvonne HernándezMontejo en su calidad de Notario Público Adscrito, para que compareciera ante las oficinasde esa Dirección General, ubicadas en la Calle José Narciso Rovirosa No. 359, EsquinaNicolás Bravo, Segundo Piso, Centro de esta Ciudad de Villahermosa, Tabasco, a las10:00 horas del día jueves 19 de junio de 2014, con la presencia de un Notario PúblicoTitular representante del Colegio de Notarios, Asociación Civil, para que de manerapersonal en ejercicio de la garantía constitucional de audiencia fuera escuchado respectodel cumplimiento íntegro del requisito -previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, partein fine, de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, que debe cumplirse paraobtener la patente, FIAT o nombramiento de Notario Público, consistente en aprobar elexamen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial y obtener la constanciacorrespondiente; así mismo ordenó formar el expediente respectivo registrándolo con elnúmero PE/SG/DGAJy Al/C NA-3/005/20 14.

La licenciada Martha Yvonne Hernández Montejo, fue notificada personalmente delacuerdo referido en el párrafo anterior, el día 11 de junio del año en curso mediante oficioNo. SG/DGAJyAI/3979/2014; así mismo compareció en forma personal a la diligencia parala que fue citada, llevada a cabo por el Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso

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a la Información de la Secretaría de Gobierno a las 10:00 horas del día jueves 19 de junio'del año 2014, en la que en ejercicio de su garantía constitucional de audiencia y enrelación al objeto y materia de su comparecencia que era realizar manifestacionesrespecto del cumplimiento íntegro del requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y18, parte in fine, de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, que debe cumplirsepara obtener la patente, FIAT o nombramiento de Notario Público, consistente en aprobarel examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial y obtener la constanciacorrespondiente, que le es aplicable en su condición de Notario Público Adscrito de laNotaría Pública Número 3, con sede en la ciudad de Paraíso, Tabasco, hoy acéfala, seabstuvo de comparecer por escrito, no obstante, manifestó en uso de la vozsustancialmente:

"Manifiesto que yo en tiempo presenté toda mi documentación para poder ser aspirante al exameny se hizo el pago correspondiente de dicho examen, presenté el examen, fui aprobada porunanimidad en el examen, se hicieron los pagos correspondientes después del otorgamiento delFIA T, Y hasta ahí he cumplido con todo lo que se ha requerido, que esto lo (SIC) que tengo quemanifestar. "

11.- Finalmente por Acuerdo de fecha 24 de junio de 2014 emitido por el Director Generalde Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información pública de la Secretaría de Gobierno,se ordenó turnar al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, las constancias deactuaciones y el expediente respectivo para los efectos de determinar sobre la situaciónjurídica de la Licenciada Martha Yvonne Hernández Montejo, Notario Público Adscrito a laNotaría Pública Número 3, con sede en la ciudad de Paraíso, Tabasco, hoy acéfala, y

CONSIDERANDO

1.- Que uno de los requisitos para obtener la patente, FIAT o nombramiento de notario,consiste en presentar y aprobar el examen de suficiencia para el ejercicio notarial,conforme al artículo 17, fracción X, de la Ley de Notariado para el Estado de Tabasco, elcual se acredita con la constancia de aprobación expedida por el Titular de la DirecciónGeneral de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del Estado (hoy DirecciónGeneral de Asuntos Jurídicos y Acceso a la Información), en términos de lo dispuesto porel artículo 18 de la Ley Notarial citada.

11.- Que de conformidad con los artículos 42, 51, fracción XIII, de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de Tabasco; y 1, 2, 3 Y 9 de la Ley del Notariado para elEstado de Tabasco, el ejercicio del notariado en la entidad es una función de ordenpúblico y de interés social que está a cargo del Poder Ejecutivo local y, por delegación,puede encomendarse a profesionales del derecho en calidad de notario de número otitular, notario sustituto o notario adscrito, en virtud de la patente que al efecto se otorgue,lo cual es una facultad exclusiva del Gobernador del Estado de Tabasco; así mismo, entérminos del artículo 23 del Ordenamiento Legal antes citado, sólo se podrá expedirnombramiento y fiat de Notario Público al solicitante conforme a las necesidades del

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servicio y siempre y cuando se comprueben y se acrediten los requisitos establecidos porla Ley, entre los que invariablemente se encuentra el de haber obtenido la constancia deaprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial.

111.- Que como ha quedado precisado en. el apartado de Antecedentes, a la licenciadaMartha Yvonne Hernández Montejo, le fue expedida con fecha 09 de diciembre de 2006constancia de aprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial,por parte del entonces Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobiernodel Poder Ejecutivo del Estado. Con base en el cumplimiento de este requisito y ademáspor considerar que se habían acreditado los restantes señalados por la ley aplicable,mediante el Acuerdo de fecha 17 de febrero de 2012, publicado en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, el día 22 de febrero de 2012, suplemento 7248 G, el entoncesGobernador del Estado de Tabasco.rOulrníco Andrés Rafael Granier Melo, la designócomo Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 3, con sede en la Ciudad deParaíso, Tabasco, hoy acéfala. La expedición del fiat correspondiente se condicionó alpago de la solicitante ante la Secretaría de Finanzas, de la cantidad que resultara de lasuma de.45 días de salario mínimo vigente en el Estado en esa fecha; así mismo el iniciode !unciones se realizaría una vez rendida la protesta de Ley.

IV.- Que también ha quedado debidamente acreditado que conforme a la sentencia defecha diecisiete de octubre de dos mil trece y su puntos resolutivos Tercero y Cuarto,dictada por la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado deTabasco, se declaró ilegal y como consecuencia la nulidad lisa y llana del examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial, sustentado por la licenciada MarthaYvonne Hernández Montejo el día 09 de diciembre de 2006; en consecuencia, también sedeclaró la ilegalidad de la constancia de aprobación del examen expedida a favor de dichaprofesionista en esa misma fecha, y se ordenó al C. Director General de AsuntosJurídicos de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado, proceder a larevocación de la citada constancia de aprobación de examen, lo cual fue cumplimentadomediante acuerdo de fecha veinte de .rnayo de 2014, publicado en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, de fecha veintiuno del mismo mes y año, Suplemento 7482 D.

V.- Si bien en la sentencia de mérito no se mandató expresamente la revocación denombramiento y fíat respectivo otorgado en favor de la Licenciada Martha YvonneHernández Montejo como Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 3, consede en la Ciudad de Paraíso, Tabasco, de la cual era titular la licenciada C. Beatriz PlataVázquez ello no es óbice para considerar que conforme a los artículos 17, fracción X, y 18de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, es requisito para obtener la patente,fiat o nombramiento de notario público ya sea titular, substituto o Adscrito, presentar yobtener la constancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de lafunción notarial;

Tomando en cuenta esta circunstancia, en el caso concreto se tomó la determinación deconceder a la licenciada Martha Yvonne Hernández Montejo en su carácter de Notario

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Público Adscrito la garantía constitucional de audiencia citándola para que en formapersonal compareciera ante la Direcctón General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación de la Secretaría de Gobierno, a manifestar lo que a su derecho convinierarespecto del cumplimiento íntegro del requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y18, parte in fine, de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, que es indispensablepara obtener la patente,' fiat o nombramiento de Notario Público, consistente en aprobar elexamen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial y obtener la constanciacorrespondiente, en los términos precisados en el punto 10 del apartado de antecedentesdel presente Acuerdo.

En ejercicio de esa garantía constitucional la Licenciada Martha Yvonne HernándezMontejo compareció personalmente a la diligencia desahogada a las 10:00 horas del día19 de junio de 2014 por el titular de la Dirección General antes citada, a la que tambiénasistió un Notario Público representante del Colegio de Notarios, Asociación Civil, en laque en forma libre y espontánea y en uso de la voz realizó diversas manifestaCiones enrelación a la forma que dice presentó su examen y realizó sus pagos, sobre lo cual estaautoridad solo puede seíialarque la sentencia bajo el número de expediente 017/2007-S-2, radicado ante la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estadode Tabasco, que concluyó con la emisión de la resolución de fecha 17 de octubre de 2013,ha quedado firme para todos los efectos legales procedentes y al mandato y efectos de lamisma deberán estarse quienes les depare perjuicio.

En este contexto, haciendo un análisis y valoración de los razonamientos y fundamentosde derecho expuestos en este apartado de considerandos, así como de lasmanifestaciones realizadas por la compareciente, que han quedado transcritas en elApartado de Antecedentes; el suscrito, en mi calidad 'de titular del Poder Ejecutivo delEstado de Tabasco, considera que al haber quedado revocada y sin efecto legal alguno laconstancia de aprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarialexpedida en favor de dicha profesionista, lo procedente es revocar la designación ynombramiento de Notario Público Adscrito a la Notaría Pública Número 3, con sede en laciudad de Paraíso, Tabasco, y el otorgamiento del FIAT correspondiente expedidos enfavor de la Licenciada en Derecho Martha Yvonne Hernández Montejo de conformidad conlos artículos 51, XIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y2, 3, 9 Y 23 de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco.

Esta determinación se sustenta además conforme al razonamiento lógico-jurídico derivadode que; si conforme a las disposiciones constitucionales y legales antes citados, el titulardel Poder Ejecutivo del Estado tiene facultades para otorgar patente, fiat o nombramientode Notario Público cuando se cumplan con los requisitos exigidos por la normatividadvigente, es evidente que implícitamente también tiene facultad para revocar o declarar sinefecto cualquier designación y nombramiento otorqado si surgiera y se acreditara elincumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento, como aconteceen el presente caso en que por autoridad competente fue declarado ilegal y nulo elexamen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial sustentado por la licenciadaMartha Yvonne Hernández Montejo y como consecuencia, también por autoridadplenamente facultada para ello, le fue revocada su correspondiente constancia deaprobación de examen.,

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Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACU ERDO

PRIMERO.- Se revoca la designación y nombramiento de Notario Adscrito a la NotaríaPública Número 3, con sede en la Ciudad de Paraíso, Tabasco, hoy acéfala, y elotorgamiento del FIAT correspondiente, expedidos a favor de la Licenciada en DerechoMARTHA YVONNE HERNANDEZ MONTEJO mediante Acuerdo publicado en elPeriódico Oficial del Estado, el día'22 de febrero de 2012, suplemento 7248 G. En razónde lo anterior, a partir de la fecha de publicación y/o notificación de este Acuerdo, cesarádicha profesionista en el ejercicio de la función notarial.

Notifíquese el presente Acuerdo a la profesionista antes citada, en el domicilio quelegalmente corresponda acorde a los registros o constancias que obranen el expedienteadministrativo formado al efecto, así como en el domicilio señalado para recibir citas ynotificaciones.

SEGUNDO.- En relación a la garantía otorgada a favor del fisco del Estado por lalicenciada en Derecho MARTHA YVONNE HERNÁNDEZ MONTEJO a que se refiere elartículo 26 de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, la interesada podráhacerla efectiva conforme al procedimiento establecido en los artículos 113, fracción 111 y114 del Código Fiscal del Estado de Tabasco.

TERCERO.- Remítase copia certificada del presente Acuerdo al Director General deAsuntos Jurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de Gobierno del PoderEjecutivo del Estado de Tabasco, para que proceda a realizar todas las acciones ydiligencias necesarias, en el ámbito de su competencia, que resulten de la revocación dela designación y nombramiento de Notario Público Adscrito y del FIAT, materia delpresente Acuerdo, conforme a las disposiciones de la Ley del Notariado para el Estado deTabasco y demás aplicables.

CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco,para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; y por oficio comuníqueseal Tribunal Superior de Justicia, a la Dirección del Archivo General de Notarías, alPresidente Municipal y a las oficinas hacendarías federales y locales de la adscripción delNotario Público Adscrito cuyo nombramiento y Fiat se revocan, a la Dirección General delInstituto Registral del Estado de Tabasco y al Colegio de Notarios de Tabasco, AsociaciónCivil; así como, en su caso, a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal,para los efectos conducentes.

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Dado en el recinto oficial del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Villahermosa, Capital delEstado de Tabasco, a los once días del mes de agosto del año dos mil catorce.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCiÓN.

GOBERNADOR D

,/

~~

C. CÉSAR RAÚL OJEDA ZUBIETASECRETARIO DE GOBIERNO

JIMENEZO DE TABASCO

L1C.-d CILCOORDINADOR GENERAU' DE

ASUNTOS JURíDICOS

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26 PERIODICO OFICIAL 13 DE AGOSTO DE 2014

JJr¡~/., /-= ,,'

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~Gobierno del

Estado de Tabasco

No- 2517

ACUERDO Tabascocambia contigo

LICENCIADO ARTURO NÚÑEZ JIMÉNEZ, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DELESTADO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERENLOS ARTíCULOS 42, 51, FRACCIONES XIII Y XXI, Y 53, DE LA CONSTITUCiÓNpOLíTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO; 4 Y 8 DE LA LEYORGÁNICA DEL PODER EJECUTiVO DEL ESTADO DE TABASCO; 2, 3, 9, 23 Y 25 DELA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TABASCO; TENGO A BIEN EMITIR ELPRESENTE ACUERDO RELACIONADO CON LA NOTARIO ADSCRITA A LA NOTARÍAPÚBLICA NUMERO 2, CON SEDE EN LA CIUDAD DE COMALCALCO, TABASCO,LICENCIADA, CINTHYA TORRUCO DAGDUG, CONFORME A.LOS SIGUIENTES

ANTECEDENTES

1.- El siete de noviembre de dos mil seis, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado deTabasco, por conducto de la Secretaría de Gobierno, publicó en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, suplemento extraordinario veintiuno y en el Periódico Novedades deTabasco, edición de la misma fecha, una convocatoria dirigida a los Licenciados en Derechoque cubrieren los requisitos legales correspondientes, para que presentaran examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial.

Los exámenes se aplicaron los días ocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, en elhorario de nueve a veintiún horas, en las instalaciones del Colegio de Notarios de Tabasco,Asociación Civil.

2.- Como consecuencia de la convocatoria referida en el punto anterior, en las evaluacionesrealizadas los días ocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, de entre todos losparticipantes, quienes aprobaron el examen referido fueron los CC. José Candelario Rincón

. Álvarez, José Mercedes García Peraza, Beatriz Plata Vázquez, Carlos Javier Ruiz Calao,Adela Ramas López, Carlos Efraín Reséndez Bocanegra, Marisol González Hernández,Norberto López García, José Miguel Cervantes Calcáneo, Gregario Ángel Romero Pérez,Agustín González Valencia, Martha Yvonne Hernández Montejo, Carlos Trujillo Peregrino,Guadalupe Graciela González del Castillo, José del Carmen Domínguez Nárez, Javier DíazHernández, César Garza Luna, Luis Guillermo Merino Pérez, Angélica María Vélez Gallegos,Huri Trujillo Peregrino, Jesús Fabián Taracena Ble, Cinthya Torruco Dagdug, DarvvinAndrade Díaz y Ulises Chávez Vélez; a cada uno de quienes les fue expedida la constanciade aprobación correspondiente, suscrita por el entonces Director General de AsuntosJurídicos de la Secretaría de Gobierno.

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3.- Mediante el Acuerdo de fecha, 13 de mayo del año 2008, publicado en el Periódico Oficialdel. Estado de Tabasco, el día 30 de julio de 2008, suplemento 6876 B, el entoncesGobernador del Estado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Mela, designó comoNotario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 2 (dos) con sede en la Ciudad deComalcalco, Tabasco, de la cual es titular el licenciado JOSÉ DEL CARMEN TORRUCOJIMÉNEZ, a la Licenciada CINTHY A TORRUCO DAGDUG, quien había sustentado elexamen y recibido la constancia de aprobación a que se refiere el punto anterior, desde el10 de diciembre de 2006, además de que, a juicio del otorgante, se habían acreditado losdemás requisitos señalados por la Ley aplicable. La expedición del FIAT correspondiente secondicionó al pago de la solicitante ante la Secretaría de Finanzas, de la cantidad queresultara de la suma de 45 días de salaría mínimo vigente en el Estado en esa fecha; y elinicio defunciones como tal, a la rendición de protesta de Ley.

4.- El 22 de enero de 2007 el C. Jorge Arturo Pérez Alonso interpuso juicio contenciosoadministrativo en contra del proceso de designación de Notarios Públicos Titulares, queconcluyó con la publicación en el Periódico Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2006, asícomo de los actos realizados en relación con él, a partir de la Convocatoria al examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial.

La Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, queadmitió y registró dicha demanda con el número de expediente 017/2007-S-2, dictó sentenciael veinticinco de marzo del año dos mil nueve.

5.- El actor en dicha causa promovió el juicio de amparo directo número 628/2009, del cualconoció el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito,con residencia en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, mismo que emitió su resolución ensesión de once de marzo de dos mil diez, en el sentido de conceder, para efectos, laprotección solicitada, ordenando a la autoridad responsable resolviera con libertad dejurisdicción conforme a las constancias de autos, analizando la litis en los términos en quefue planteada.

En acatamiento al fallo de garantías aludido en el párrafo anterior, el ocho de abril de dos mildiez, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco,emitió nueva sentencia dentro del juicio contencioso administrativo número 017/2007-S-2.

Inconforme con dicha sentencia el actor Jorge Arturo Pérez Alonso, por su propio derecho,interpuso juicio de garantías, mismo que nuevamente fue radicado ante el Tribunal Colegiadoen Materias Administrativa y del Trabajo del Décimo Circuito, bajo el número de expedienteA.D. 516/2010. Dicho tribunal colegiado solicitó a la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación hiciera uso de la facultad de atracción para conocer de este expediente,la cual resolvió atraer tal asunto bajo el número de expediente 46/2011, habiendo emitido suresolución el veinticuatro de octubre de dos mil doce en el sentido de conceder la protecciónconstitucional al amparista, para los efectos de que la autoridad responsable emitiera unanueva resolución en la que declarase nulo el examen de suficiencia notarial, los actosderivados de este y, en consecuencia, el procedimiento de designación de notarioscombatido; así mismo, de estimarlo conducente, ordenase la reposición del procedimiento,ajustándose en todo momento a la normatividad aplicable.

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6.- En cumplimiento de la ejecutoria emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo delEstado de Tabasco, emitió una nueva resolución el diecinueve de marzo de dos mil trece,concluyendo con los puntos resolutivos que se establecen en la misma; sobre esta resoluciónla propia autoridad responsable emitió aclaración de sentencia el cuatro de abril del mismoaño.

Por su parte, el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del DécimoCircuito, el nueve de octubre de dos mil trece dictó auto de requerimiento y apertura deincidente de inejecución, por considerar que no se había cumplido con todos los lineamientosde las ejecutorias de amparo 628/2009 del índice de ese Tribunal, y 4612011 del índice de laSegunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y determinó requerir a laautoridad responsable dejara insubsistente la citada sentencia de fecha 19 de marzo de dosmil trece y su respectiva aclaración y emitiese una nueva resolución precisándole loslineamientos para ello.

7.- En cumplimiento de lo mandatado por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa yde Trabajo del Décimo Circuito, a que se alude en el párrafo anterior, la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, emitió nueva sentencia eldiecisiete de octubre de dos mil trece, disponiendo en su punto resolutivo Tercero: "Se declaraileg_alel examen de suficiencia de la función notarial, sustentado los días ocho, nueve y diez dediciembre de dos mil seis, por los licenciados en derecho CARLOS EFRAíN RESÉNDEZBOCANEGRA, JOSÉ CANDELARIa RINCÓN ÁLVAREZ, BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, ADELARAMOS LÓPEZ, JOSÉ MERCEDES GARCíA PERAZA, JOSÉ DEL ÁGUILA BEL TRÁN, LUISARCADIO GUTlÉRREZ LEÓN, JOSÉ A TILA RAMOS GAF:CÍA, MARISOL GONZALEZHERNÁNDEZ, CARLOS JA VIER RUIZ CALA 0, ROSA IRENE TORRES MAR TíIVEZ, PA TRICIA DELCARMEN fv1ÉIVDEZ LÓPEZ, FERMíN CONTRERAS SÁNCHEZ, NORBERTO LÓPEZ GARCíA,CARLOS FlDIAS SÁENZ DíAZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, GUADALUPE GRACIELAGONZÁLEZ DEL CASTILLO, MARTHA YVONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, JA VIER DíAZHERNÁNO EZ, AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, ADA MARGARITA LASTRA MACOSAY,GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ, GUADALUPE LARA QUIROZ, JOSÉ DEL CARMENDOMíNGUEZ NÁREZ, ENA HIDALGO BOCANEGRA, MARrA BEATRIZ EVIA RAMíREZ, CARLOSTRUJILLO PEREGRINO, JESÚS FABIÁN TARECENA BLE, ANGÉLICA MARíA VÉLEZ GALLEGOS,JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ HERNÁIVDEZ, DARWIN ANDRADE DíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ,CINTHYA TORRUCO DAGDUG, FLORENCIa CAMPOS MA TEaS, HURI TRUJILLO PEREGRINO,CARLOS PÉREZ DaRLES, LUIS GUILLERMO MER!NO PÉREZ, JORGE RAMOS MÉNDEZ,FRANCISCO JAVIER CONDE ORDOF~!CA y CÉSAR GARZA LUNA, Y consecuenternente la nulidadlisa y llana del mismo, por las razones expuestas en el Considerando ViII de la presente resolución."

De igual manera, mediante el resolutivo Cuarto: "Se declaran ilegales las Constancias deAprobación del Examen de Suficiencia para el Ejercicio de la Función Notarial, que fueron expedidasa favor de los Ce. BEA TRIZ PLA TA VAZQUEZ, HURI TRUJILLO PEREGRINO, DARWIN ANDRADEDíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ, JAVIER DíAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMíNGUEZNÁREZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCANEO, CARLOS JAVIER RUIZ CALAO, JESÚS FABIÁNTARACENA BLE, ANGÉLICA MARíA VÉLEZ GALLEGOS, AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, JOSÉMERCEDES GARCíA PERAZA, CARLOS TRUJILLO PEREGRINO, JOSÉ CANDELARIO RINCÓNÁLVAREZ, ADELA RAMOS LÓPEZ, CARLOS EFRAíN RESÉNDEZ BOCANEGRA, MARISOLGONZALEZ HERNÁNDEZ, NORBERTO LÓPEZ GARcíA, GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ,MARTHA IVONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, GUADALUPE GRACIELA GONZÁLEZ DELCASTILLO, CÉSAR GARZA LUNA, LUIS GUILLERMO MERINO PÉREZ y CINTHYA TORRUCODAGOUG, con motivo del examen de suficiencia de la función notarial, desarrollado los días ocho,nueve y diez de diciembre de dos mil seis y se ordena al C. Director General de Asuntos Jurídicos de

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la Secretaría de Gobierno en el Estado, proceda a la revocación de las Constancias expedidas afavor de los licenciados en derecho antes citados, atento a las razones expuestas en el ConsiderandoVIfIde la presente resolución .."

En el resolutivo Quinto, se determina: "Se declaran nulos los nombramientos y el otorgamiento delos FIA T expedidos mediante el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 27 elediciembre de 2006, Suplemento 6710 B Y C, a favor de los CC. HURI TRUJILLO PEREGRINO,BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, DARWIN ANDRADE DíAZ, ULlSES CHÁVEZ VÉLEZ, JAVIER OíAZHERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMíNGUEZ NÁREZ, ERNESTO VENTRE SASTRÉ, MANUELGIL RAMfREZ y R.OMAN ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ, quienes habían sido designados NotariosPúblicos Titulares; al igual que se declaran nulos los nombramientos y el otorgamiento de fas FIA Texpedidos a favor de los CC. CARLOS JAVIER RUIZ CALA O, JOSÉ MIGUEL CERVANTESCALCÁNEO, JESÚS FABIÁN TARACENA BLE, ANGÉLICA filiARíA VÉLEZ GALLEGOS, JOSÉMERCEDES GARCíA PERAZA y AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, quienes habían sidodesignados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidad del Examen anulado, porlas razones expuestas en el Considerando VIfI de la presente resolución."

Finalmente, mediante el resolutivo Sexto: "Se ordena al Titular del Poder Ejecutivo Estatal,revoque los nombramientos y el otorgamiento de los FIA T expedidos mediante el acuerdo publicadoen el Periódico Oficial del Estado, el día 27 de diciembre de 2006, suplemento 6710 B Y C, a favor delos CC. HURI TRUJILLO PEREGRINO, BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, DARWIN ANDRADE DíAZ,IJLISES CHÁ VEZ VÉLEZ, JA VIER DíAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMíNGUEZ NÁREZ,ERNESTO VENTRE SASTRÉ, MANUEL GIL RAMfREZ y ROMAN ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ,quienes habían sido designados Notarios Públicos Titulares; al igual que revoque los nombramientosy el otorgamiento de los FIA T expedidos a favor de los CC. CARLOS JA VIER RUIZ CALA O, JOSÉMIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, JESÚS FABIÁN TARACENA BLE, ANGÉLICA MARíA VÉLEZGALLEGOS, JOSÉ MERCEDES GARCíA PERAZA y AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, quieneshabían sido designados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidad del Examenanulado, por las razones expuestes en el Considerando VI/Ide la presente resolución ... "

8.- Que mediante el punto séptimo del auto de fecha veintiocho de marzo de dos mil catorce,dictado por la licenciada Luz María Armenta León, Magistrada de la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, se señaló que lassentencias que dicta la Suprema Corte de Justicia de la Nación no admiten recursos ycausan ejecutoria por sí mismas; así también, se declaró que la sentencia definitiva de fechadiecisiete de octubre de dos mil trece, emitida en los autos del expediente número 017/2007-S-2, relativo al Juicio Contencioso Administrativo en cumplimiento a lo ordenado por laSegunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionado con el diversoAmparo Directo 516/2010 radicado en el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y delTrabajo del Décimo Circuito, ha causado ejecutoria.

9.- Con fecha 20 de mayo de 2014 el Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación de la Secretaria de Gobíerno, en cumplimiento y ejecución del punto resolutivoCuarto de la sentencia de fecha 17 de octubre de 2013, dictada por la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, en el expediente017/2007-S-2, emitió acuerdo de revocación de constancia de aprobación de examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial, expedida a favor de la Licenciada enDerecho CINTHYA TORRUCO DAGDUG quien actualmente se encuentra en funciones deNotario Público Adscrita a la Notaría Pública Número 2 (dos), con sede en la ciudad deComalcalco, Tabasco, de la cual es Titular el licenciado José del Carmen Torruco Jirnénez ;mismo que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, Suplemento 7482 D, de fecha 21

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de mayo del presente año; de igual manera en esta misma fecha mediante oficio No.SG/DGAJyAI/3027/2014 fue notificado personalmente a la interesada.

Con base en lo anterior y para efectos de precisar la situación jurídica de la citadaprofesionista, dado que había dejado de cumplir con uno de los requisitos indispensablespara el nombramiento y consecuente ejercicio de la función notarial, mediante escrito defecha 2 de junio del año en curso instruí al C. Secretario de Gobierno, instrumentara lasacciones legales tendentes a conceder el derecho de audiencia a la Licenciada CinthyaTorruco Dagdug respecto al cumplimiento íntegro de los requisitos previstos por el artículo 17de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, especialmente el relativo a "haberaprobado el examen de suficiencia para el ejercicio notarial y la obtención de la constanciacorrespondiente".

10.- Mediante Acuerdo del C. Secretario de Gobierno de fecha 05 de junio de 2014,notificado por oficio No. SG/0537/2014, de esa misma fecha, se instruyó al licenciado JorpeAlberto Cornelio Maldonado, Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación, emitir el acuerdo correspondiente por el cual se proceda citar en forma personala la Licenciada en Derecho Cinthya Torruco Dagdug Notario Público Adscrito a la NotaríaPública Número 2 (dos), con sede en la ciudad de Comalcalco, Tabasco, de la cual es Titularel licenciado, José del Carmen Torruco Jiménez, para los efectos precisados en el puntoanterior.

En cumplimiento de la instrucción recibida, el Director General de Asuntos Jurídicos y deAcceso a la Información de la Secretaría de Gobierno, con fecha 9 de junio de 2014 emitióAcuerdo mediante el cual determinó citar a la licenciada Cinthya Torruco Dagdug en sucalidad de Notario Público Adscrito, para que compareciera ante las oficinas de esa Dirección.General, ubicadas en la Calle José Narciso Rovirosa No. 359, Esquina Nicolás Bravo,Segundo Piso, Centro de esta Ciudad de Villahermosa, Tabasco, a las 13:00 horas del díajueves 19 de junio de 2014, con la presencia de un Notario Público Titular representante delColegio de Notarios, Asociación Civil, para que de manera personal en ejercicio de lagarantía constitucional de audiencia fuera escuchado respecto del cumplimiento íntegro delrequisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine, de la Ley del Notariadopara el Estado de Tabasco, que debe cumplirse para obtener la patente, FIAT onombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen de suficiencia para elejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente; así mismo ordenóformar el expediente respectivo registrándolo con el número PE/SG/DGAJyAI/CNA-2/006/2014.

La licenciada Cinthya Torruco Dagdug, pese a encontrarse debidamente notificadapersonalmente del acuerdo referido en el párrafo anterior, el día 11 de junio del año en cursomediante oficio No. SG/DGAJyAI/3985/2014; dicha profesionista se abstuvo de comparecer,lo cual se hizo constar en el acta elaborada en la diligencia para la que fue citada, llevada acabo por el Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información de laSecretaría de Gobierno a las 13:00 horas del día jueves 19 de junio del año 2014, por lo quese le tuvo por incompareciendo a ejercer su garantía constitucional de audiencia en relaciónal objeto y materia respecto del cumplimiento íntegro del requisito previsto por los artículos17, fracción X, y 18, parte in fine, de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, quedebe cumplirse para obtener la patente, FIAT o nombramiento de Notario Público,consistente en aprobar el examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial y

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obtener la constancia correspondiente, que le es aplicable en su condición de Notario PúblicoAdscrito de la Notaría Pública Número 2 (dos), con sede en la Ciudad· de Comalcalco,Tabasco, de la cual es Titular el licenciado José del Carmen Torruco Jiménez.

11.- Finalmente por Acuerdo de fecha 24 de junio de 2014 emitido por el Director General deAsuntos Jurídicos y de Acceso a la Información pública de la Secretaría de Gobierno, seordenó turnar al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, las constancias deactuaciones y el expediente respectivo para los efectos de determinar sobre la situaciónjurídica de la Licenciada Cinthya Torruco Dagdug, Notario Público Adscrito a la NotaríaPública Número 2 (dos), con sede en la ciudad de, Comalcalco, Tabasco, de la cual esTitular ellícenciado José del Carmen Torruco Jiménez y

CONSIDERANDO

1.- Que uno de los requisitos para obtener la patente, FIAT o nombramiento de notario,consiste en presentar y aprobar el examen de suficiencia para el ejercicio notarial, conformeal artículo 17, fracción X, de la Ley de Notariado para el Estado de Tabasco, el cual seacredita con la constancia de aprobación expedida por el Titular de la Dirección General deAsuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del Estado (hoy Dirección General deAsuntos Jurídicos y Acceso a la Información), en términos de lo dispuesto por el artículo 18de la Ley Notarial citada.

11.- Que de conformidad con los artículos 42, 51, fracción XIII, de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Tabasco; y 1, 2, 3 Y 9 de la Ley elel Notariado para el Estado deTabasco, el ejercicio del notariado en la entidad es una función de orden público y de interéssocial que está a cargo del Poder Ejecutivo local y, por delegación, puede encomendarse aprofesionales del derecho en calidad de notario de número o titular, notario sustituto o notarioadscrito, en virtud de la patente que al efecto se otorgue, lo cual es una facultad exclusiva delGobernador del Estado de Tabasco; así mismo, en términos del artículo 23 del OrdenamientoLegal antes citado, sólo se podrá expedir nombramiento y fiat de Notario Público al solicitanteconforme a las necesidades del servicio y siempre y cuando se comprueben y se acreditenlos requisitos establecidos por la Ley, entre los que invariablemente se encuentra el de haberobtenido la constancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de lafunción notarial.

111.- Que como ha quedado precisado en el apartado de Antecedentes, a la licenciadaCinthya Torruco Dagdug, le fue expedida con fecha 10 de diciembre de 2006 constancia deaprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial, por parte delentonces Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del PoderEjecutivo del Estado. Con base en el cumplimiento de este requisito y además por considerarque se habían acreditado los restantes señalados por la ley aplicable, mediante el Acuerdode fecha 13 de mayo de 2008, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el día30 de julio de 2008, suplemento 6876 B, el entonces Gobernador del Estado deTabasco, Químico Andrés Rafael Granier Melo, la designó como Notario Público Adscrito dela Notaría Pública Número 2 (dos) con sede en la Ciudad de, Comalcalco, Tabasco, de lacual es titular el licenciado José del Carmen Torruco Jiménez. La expedición del fiatcorrespondiente se condicionó al pago de la solicitante ante la Secretaría de Finanzas, de lacantidad que resultara de la suma de 45 días de salario mínimo vigente en el Estado en esafecha; así mismo el inicio de funciones se realizaría una vez rendida la protesta de Ley.

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IV.- Que también ha quedado debidamente acreditado que conforme a la sentencia de fechadiecisiete de octubre de dos mil trece y su puntos resolutivos Tercero y Cuarto, dictada por laSegunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, sedeclaró i!egal y como consecuencia la nulidad lisa y llana del examen de suficiencia para elejercicio de la función notarial, sustentado por la licenciada Cinthya Torruco Dagdug el día 10de diciembre de 2006; en consecuencia, también se declaró la ilegalidad de la constancia deaprobación del examen expedida a favor de dicha profesionista. en esa misma fecha, y seordenó al C. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del PoderEjecutivo del Estado, proceder a la revocación de la citada constancia de aprobación deexamen, lo cual fue cumplimentado mediante acuerdo de fecha veinte de mayo de 2014,publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, de fecha veintiuno del mismo mes yaño, Suplemento 7482 D.

V.- Si bien en la sentencia de mérito no se mandató expresamente la revocación denombramiento y fíat respectivo otorgado en favor de la Licenciada Cinthya Torruco Dagdugcomo Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 2 con sede en la Ciudad deComalcalco, Tabasco, de la cual es titular el licenciado C. José del Carmen Torruco Jiménez,ello no .es óbice para considerar que conforme a los artículos 17, fracción X, y 18 de la Leydel Notariado para el Estado de Tabasco, es requisito para obtener la patente, fiat onombramiento de notario público ya sea titular, substítuto o A.dscrito, presentar y obtener laconstancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial;

Tomando en cuenta esta circunstancia, en el caso concreto se tomó la determinación deconceder a la licenciada Cinthya Torruco Dagdug en su carácter de Notario Público Adscritola garantía constitucional de audiencia citándola para que en forma personal comparecieraante la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso él la información de la Secretaríade Gobierno, a manifestar lo que a su derecho conviniera respecto del cumplimiento íntegrodel requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine, de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, que es indispensable para obtener la patente, fíat onombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen de suficiencia para elejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente, en los términosprecisados en el punto 10 del apartado de antecedentes del presente Acuerdo.

La licenciada Cinthya Torruco Dagdug pese a encontrarse debida y legalmente notificada, el'día 11 de junio de la presente anualidad, desistió de ejercer su derecho de audiencia comogarantía constitucional tal y como se hizo constar en' el acta levantada para la diligenciaefectuada a las13:00 horas del día 19 de junio de 2014, por el titular de la Dirección Generalantes citada, a la que también asistió un Notario Público representante del Colegio deNotarios, Asociación Civil, en la que se le tuvo por incompareciendo;, sobre lo cual estaautoridad solo puede señalar que dicha sentencia ha quedado firme para todos' los efectoslegales procedentes y al mandato y efectos de la misma deberán estarse a quienes lesdepare perjuicio la misma.

En este contexto haciendo un análisis y valoración de los razonamientos y fundamentos dederecho expuestos en este apartado de considerandos, así como de las manifestacionesrealizadas por la compareciente que han quedado transcritas en el Apartado deAntecedentes; el suscrito en mi calidad de titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco,considera que al haber quedado revocada y sin efecto legal alguno la constancia deaprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial expedida en favor

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de dicha profesionista, lo procedente es revocar la designación y nombramiento de NotarioPúblico Adscrito a la Notaría Pública Número dos (2) con sede en la ciudad de Comalcalco,Tabasco, y el otorgamientq del FIAT correspondiente expedidos en favor de la Licenciada enDerecho Cinthya Torruco Dagdug de conformidad con los artículos 51, XIII de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y 2, 3, 9 Y 23 de la Ley del Notariado parael Estado de Tabasco.

Esta determinación se sustenta además conforme al razonamiento lógico-jurídico derivadode que; si conforme a las disposiciones constitucionales y legales antes citados, el titular delPoder Ejecutivo del Estado tiene facultades para otorgar patente, fiat o nombramiento deNotario Público cuando se cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad vigente,es evidente que implícitamente también tiene facultad para revocar o declarar sin efectocualquier designación y nombramiento otorgado si surgiera y se acreditara el incumplimientode alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento, como acontece en el presentecaso en que por autoridad competente fue declarado ilegal y nulo el examen de suficienciapara el ejercicio de la función notarial sustentado por la licenciada-Cinthya Torruco Dagdug ycomo consecuencia, también por autoridad plenamente facultada para ello, le fue revocadasu correspondiente constancia de aprobación de examen.

Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACU ERDO

PRIMERO.- Se revoca la designación y nombramiento de Notario Adscrito a la NotaríaPública Número dos (2), con sede en la Ciudad de Comalcalco, Tabasco, de la cual es titularel licenciado José del Carmen Torruco Jiménez, y el otorgamiento del FIAT correspondiente,expedidos a favor de la Licenciada en Derecho C!NTHYA TORRUCO DAGDUG medianteAcuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 30 de julio de 2008 suplemento6876 B. En razón de lo anterior, a partir de la fecha de publicación y/o notificación de esteAcuerdo, cesará dicha profesionista en el ejercicio de la función notarial.

Notifíquese el presente Acuerdo a la profesionista antes citada, en el domicilio quelegalmente corresponda acorde a los registros o constancias que obran en el expedienteadministrativo formado al efecto, así como en el domicilio señalado para recibir citas ynotificaciones. Así mismo, notifíquese al titular de la Notaría Pública Número dos (2), consede en la Ciudad de Cornalcalco, Tabasco, licenciado José del Carmen Torruco Jiménez,para los efectos correspondientes.

SEGUNDO.- En relación a la garantía otorgada a favor del fisco del Estado por la licenciadaen Derecho CINTHYA TORRUCO DAGDUG a que se refiere el artículo 26 de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, la interesada podrá hacerla efectiva conforme alprocedimiento establecido' en los artículos 113, fracción 111 y 114 del Código Fiscal del Estado .de Tabasco.

TERCERO.- Remítase copia certificada del presente Acuerdo al Director General de AsuntosJurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del

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Estado de Tabasco, para que proceda a realizar todas las acciones y diligencias necesarias,en el ámbito de su competencia, que resulten de la revocación de la designación ynombramiento de Notario Público Adscrito y del FIAT, materia del presente Acuerdo,conforme a las disposiciones de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco y demásaplicables.

CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco,para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; y por oficio comuníquese alTribunal Superior de Justicia, a la Dirección del Archivo General de Notarías, al PresidenteMunicipal y a las oficinas hacendarias federales y locales de la adscripción del NotarioPúblico Adscrito cuyo nombramiento y Fíat se revocan, a la Dirección General del InstitutoRegistral del Estado de Tabasco y al Colegio de Notarios de-Tabasco, Asociación Civil; asícomo, en su caso, a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal, para losefectos conducentes.

Dado en el recinto oficial del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Villahermosa, Capital delEstado de Tabasco, a los once días del mes de agosto julio del año dos mil catorce:

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCiÓN.

JIMENEZO DE TABASCO

-~ (lfj f //_ 4./" '. (j {t~ . r .>:/ JJ V"1 c. '-,"-' ..... -.• ----~

LIC. JUAN JOSE PERALTA\FÓCILCOORDINADOR GENERAL DE

ASUNTOS JURíDICOS

C. CESAR RAÚL OJEDA ZUBIETASECRETARIO DE GOBIERNO

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No.- 2518

ACUERDO Tabascocambia contigo

Gobierno delEstado de Tabasco

LICENCIADO ARTURO NÚÑE.Z JIMÉNEZ, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DELESTADO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERENLOS ARTíCULOS 42, 51, FRACCIONES XIII Y XXI, Y 53, DE LA CONSTITUCiÓNpOLíTICA DEL ESTADO L1BR.E Y SOBERANO DE TABASCO; 4 Y 8 DE LA LEYORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO; 2, 3, 9, 23 Y 25 DELA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE TABASCO; TENGO A BIEN EMITIR ELPRESENTE ACUERDO RELACIONADO CON LA NOTARIO ADSCRITA A LA NOTARíAPÚBLICA NUMERO UNO, COIN SEDE EN LA CIUDAD DE TENOSIQUE, TABASCO,LICENCIADA MARISOL GONZÁ.LEZ HERNÁNDEZ, CONFORME A LOS SIGUIENTES

ANTECEDENTES

1.- El siete de noviembre de dos mil seis, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado deTabasco, por conducto de la Secretaría de Gobierno, publicó en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, suplemento extraordinario veintiuno y en el Periódico Novedades deTabasco, edición de la misma fecha, una convocatoria dirigida a los Licenciados en Derechoque cubrieren los requisitos le~lales correspondientes, para que presentaran examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial.

Los exámenes se aplicaron los días ocho, nueve y diez de diciembre de dos mil seis, en elhorario de nueve a veintiún horas, en las instalaciones del Colegio de Notarios de Tabasco,Asociación Civil.

2.- Como consecuencia de la convocatoria referida en el punto anterior, en las evaluacionesrealizadas los días ocho. nueve y diez de diciembre de dos mil seis, de entre todos losparticipantes, quienes aprobaron el examen referido fueron los CC. José Candelaria RincónÁlvarez, José Mercedes García Peraza, Beatriz Plata Vázquez, Carlos Javier Ruiz Calao,Adela Ramos López, Carlos Efrain Reséndez Bocanegra, Marisol González Hernández,Norberto López García, José Miguel Cervantes Calcáneo, Gregario Ángel Romero Pérez,Agustín González Valencia, Martha Yvonne Hernández Montejo, Carlos Trujillo Peregrino,Guadalupe Graciela González de! Castillo, José del Carmen Domínguez Nárez, Javier DíazHernández, César Garza Luna, L.uis Guillermo Merino Pérez, Angélica María Vélez Gallegos,Huri Trujillo Peregrino, Jesús Fabián Taracena Ble, Cinthya Torruco Dagdug, DarwinAndrade Díaz y Ulises Chávez Vélez; a cada uno de quienes les fue expedida la constanciade aprobación correspondiente, suscrita por el entonces Director General de AsuntosJurídicos de la Secretaría de Gobierno.

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3.- Mediante el Acuerdo de fecha 26 de marzo de 2007, publicado en el Periódico Oficial delEstado de Tabasco, el día 7 de Abril de 2007, suplemento 6739, el entonces Gobernador delEstado de Tabasco, Químico Andrés Rafael Granier Melo, designó como Notario PúblicoAdscrito de la Notaría Pública Número 1 (uno) con sede en la Ciudad de Tenosique,Tabasco, de la cual es titular la licenciada CONCEPCiÓN PÉREZ AHUJA, a la LicenciadaMARISOL GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, quien había sustentado el examen y recibido laconstancia de aprobación a que se refiere el punto anterior, desde el 8 de diciembre de2006, además de que, a juicio del otorgante, se habían acreditado los demás- requisitosseñalados por la Ley aplicable. La expedición del FIAT correspondiente se condicionó alpago de la solicitante ante la Secretaría de Finanzas, de la cantidad que resultara de la sumade 45 días de salario mínimo vigEmte en el Estado en esa fecha; y el inicio de funciones comotal a la rendición de protesta de Ley. '

4.- El 22 de enero de 2007 el C. Jorge Arturo Pérez Alonso interpuso juicio contenciosoadministrativo en contra del proceso de designación de Notarios Públicos Titulares, queconcluyó con la publicación en el Periódico Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2006, asícomo de los actos realizados en relación con él, a partir de la Convocatoria al examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial.

La Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, queadmitió y registró dicha demanda con el número de expediente 017/2007-S-2, dictó sentenciael veinticinco de marzo del año dos mil nueve.

5.- El actor en dicha causa promovió el juicio de amparo directo número 628/2009, del cualconoció el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito,con residencia en la ciudad de Villaherrnosa, Tabasco, mismo que emitió su resolución ensesión de once de marzo de dos mil diez, en el sentido de conceder, para efectos, laprotección solicitada, ordenando a la autoridad responsable resolviera con libertad dejurisdicción conforme a las constancias de autos, analizando la litis en los términos en quefue planteada.

En acatamiento al fallo de garantías aludido en el párrafo anterior, el ocho de abril'~de dos mil,diez, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco,emitió nueva sentencia dentro dE!1juicio contencioso administrativo número 017/2007-S-2.

Inconfonne con dicha sentencia el actor Jorge Arturo Pérez Alonso, por su propio derecho,interpuso juicio de garantías, mismo que nuevamente fue radicado ante el Tribunal Colegiadoen Materías Administrativa y del Trabajo del Décimo Circuito, bajo el número de expedienteA.D. 516/2010. Dicho tribunal colegiado solicitó a la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación hiciera uso de la facultad de atracción para conocer de este expediente,la cual resolvió atraer tal asunto bajo el número de expediente 46/2011, habiendo emitido suresolución el veinticuatro de octubre de dos mil doce en el sentido de conceder la protecciónconstitucional al amparista, para los efectos de que la autoridad responsable emitiera unanueva resolución en la que declarase nulo el examen de suficiencia notarial, los actosderivados de este y, en consecuencia, el procedimiento de designación de notarioscombatido; así mismo, de estimarlo conducente, ordenase la reposición del procedimiento,ajustándose en todo momento a la normatrvidad aplicable.

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6.- En cumplimiento de la ejecutoria emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte deJusticia de la Nación, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo delEstado de Tabasco, emitió una nueva resolución el diecinueve de marzo de dos mil trece,concluyendo con los puntos resolutivos que se establecen en la misma; sobre esta resoluciónla propia autoridad responsable emitió aclaración de sentencia el cuatro de abril del mismoaño.

Por su parte, el Tribunal Coleqiado en Materias Administrativa y de Trabajo del DécimoCircuito, el nueve de octubre de dos mil trece dictó auto de requerimiento y apertura deincidente de inejecución, por considerar que no se había cumplido con todos los lineamientosde las ejecutorias de amparo 6213/2009 elel índice de ese Tribunal, y 4612011 del índice de laSegunda Sala' de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y determinó requerir a laautoridad responsable dejara insubsistente la citada sentencia de fecha 19 de marzo de dosmil trece y su respectiva aclaración y emitiese una nueva resolución precisándole loslineamientos para ello.

7.- En cumplimiento de lo mandatado por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa yde Trabajo del Décimo Circuito, a que se alude en el párrafo anterior, la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Adrninistrativo del Estado de Tabasco, emitió nueva sentencia eldiecisiete de octubre de dos mil trece, disponiendo en su punto resolutivo Tercero: "Se declarailegal el examen de suficiencia de la función notarial, sustentado los días ocho, nueve y diez dediciembre de dos mil seis, por los licenciados en derecho CARLOS EFRAíN RESÉNDEZBOCANEGRA, JOSÉ CANDELAF.~/O RINCÓN ÁLVAREZ, BEATRIZ PLATA VÁZQUEZ, ADELARAMOS LÓPEZ, JOSÉ MERCEDES GARCíA PERAZA, JOSÉ DEL ÁGUILA BELTRÁN, LUISARCADIO GUTlÉRREZ LEÓN, JOSÉ A TILA RAMOS GARCIA, MARISOL GONZÁLEZHERNÁNDEZ, CARLOS JA I/IER RUIZ CALAO, ROSA IRENE TORRES MARTINEZ, PATRICIA DELCARMEN MÉNDEZ LÓPEZ, FEF.~MíN CONTRERAS SÁNCHEZ, NORBERTO LÓPEZ GARCíA,CARLOS FlOJAS SÁENZ DíAZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, GUADALUPE GRACIELAGONZÁLEZ DEL CASTILLO, MART¡-'¡A YVONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, JA VJER DíAZHERN.4NDEZ, AGUSTíN GONZALEZ VALENCIA, ADA MARGARITA LASTRA MACOSA Y,GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ, GUADALUPE LARA QUIROZ, JOSÉ DEL CARMENDOMíNGUEZ NAREZ, ENA HIDAl-GO BOCANEGRA, MARIA BEATRIZ EVIA RAMIREZ, CARLOSTRUJILLO PEREGRINO, JESÚS FABIÁN TARECENA BLE, ANGÉLICA MARíA VÉLEZ GALLEGOS,JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, DARWIN ANDRADE DíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ,CINTHYA TORRUCO DAGDUG, FLORENCIa CAMPOS MA TEaS, HURI TRUJILLO PEREGRINO,CARLOS PÉREZ DaRLES, LUIS GUILLERMO MERINO PÉREZ, JORGE RAMOS MÉNDEZ,FRANCISCO JAVIER CONDE ORDORICA Y CÉSAR GARZA LUNA, Y consecuentemente la nulidadlisa y llana del mismo, por las razones expuestas en el Considerando VIIIde la presente resolución. "

De igual manera, mediante el resolutivo Cuarto: USe declaran ilegales las Constancias deAprobación del Examen de Suficiencia para el Ejercicio de la Función Notarial, que fueron expedidasa favor de los CC. BEATRIZ PLA TA VÁZQUEZ, HURI TRUJILLO PEREGRINO, DARWIN ANDRADEDíAZ, ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ, JAVIER OIAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMíNGUEZNÁREZ, JOSÉ MIGUEL CERVANTES CALCANEO, CARLOS JAVIER RUIZ CALAO, JESÚS FABIÁNTARACENA BLE, ANGÉLICA MARIA VÉLEZ GALLEGOS, AGUSTíN GONZÁLEZ VALENCIA, JOSÉMERCEDES GARCíA PERAZA, CARLOS TRUJILLO PEREGRINO, JOSÉ CANDELARIa RINCÓNÁLVAREZ, ADELA RAMOS LÓPEZ, CARLOS EFRAíN RESÉNDEZ BOCANEGRA, MARISOLGONZÁLEZ HERNÁNDEZ, NORBERTO LÓPEZ GARcíA, GREGaRIO ÁNGEL ROMERO PÉREZ,MARTHA I\!ONNE HERNÁNDEZ MONTEJO, GUADALUPE GRACIELA GONZÁLEZ DELCASTILLO, CÉSAR GARZA LUNA, LUIS GUILLERMO MERINO PÉREZ Y CINTHYA TORRUCODAGDUG, con motivo del examen de suficiencia de la función notarial, desarrollado los días ocho,nueve y diez de diciembre de dos mjf seis y se ordena al C. Director General de Asuntos Jurídicos de

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la Secretaría de Gobierno en el Estado, proceda a la revocación de las Constancias expedidas afavor de los licenciados en derecho antes citados, atento a las razones expuestas en el ConsiderandoVIIIde la presente resolución ... "

En el resolutivo Quinto, se determina: "Se declaran nulos los nombramientos y el otorgamiento delos FIA T expedidos mediante el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 27 dediciembre de 2006, Suplemento 6710 B Y C, a favor de los Ce. HURI TRUJILLO PEREGRINO,BEATRIZ PLATA VAZQUEZ, DARWIN ANDRADE DIAZ, ULlSES CHAvEZ VÉLEZ, JAVIER DIAZHERNÁNDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMINGUEZ NÁREZ, ERNESTO VENTRE SASTRÉ, MANUELGIL RAMIREZ y ROMA N ESTEBAN DAVID GONZALEZ, quienes habían sido designados NotariosPúblicos Titulares; al igual que se declaran nulos los nombramientos y el otorgamiento de los FIA Texpedidos a favor de los CC. CARLOS JAVIER RUIZ CALA O, JOSÉ MIGUEL CERVANTESCALCÁNEO, JESÚS FABIAN TARACENA BLE, ANGÉLICA MARIA VÉLEZ GALLEGOS, JOSÉMERCEDES GARCIA PERAZA y AGUSTIN GONZÁLEZ VALENCIA, quienes habían sidodesignados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidad del Examen anulado, porlas razones expuestas en el Considerando VIII de la presente resolución."

Finalmente, mediante el resolutivo Sexto: "Se ordena al Titular del Poder Ejecutivo Estatal,revoque los nombramientos y el otorgamiento de los FIA T expedidos mediante el acuerdo publicadoen el Periódico Oficial del Estado, el día 27 de diciembre de 2006, suplemento 6710 By C, a favor delos CC. HURI TRUJILLO PEREGRINO, BEATRIZ PLATA VAZQUEZ, DARWIN ANDRADE DIAZ,ULlSES CHÁ VEZ VÉLEZ, JA VIER DIAZ HERNANDEZ, JOSÉ DEL CARMEN DOMINGUEZ NAREZ,ERNESTO VENTRE SASTRÉ, MANUEL GIL RAMIREZ y ROMAN ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ,quienes habían sido designados Notarios Públicos Titulares; al igual que revoque los nombramientosy el otorgamiento de los FIA T expedidos a favor de los Ce. CARLOS JA VIER RUIZ CALA O, JOSÉMIGUEL CERVANTES CALCÁNEO, JESÚS FABIAN TARACENA BLE, ANGÉLICA MARtA VÉLEZGALLEGOS, JOSÉ MERCEDES GARCIA PERAZA y AGUSTIN GONZÁLEZ VALENCIA, quieneshabían sido designados Notarios Públicos Adscritos, como consecuencia de la ilegalidad del Examenanulado, por las razones expuestas en el Considerando VIII de la presente resolución ... "

8.- Que mediante el punto séptimo del auto de fecha veintiocho de marzo de dos mil catorce,dictado por la licenciada Luz María Armenta León, Magistrada de la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, se señaló que lassentencias que dicta la Suprema Corte de Justicia de la Nación no admiten recursos ycausan ejecutoria por sí mismas; así también, se declaró que la sentencia definitiva de fechadiecisiete de octubre de dos mil trece, emitida en los autos del expediente número 017/2007-S-2, relativo al Juicio Contencioso Administrativo en cumplimiento a lo ordenado por laSegunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionado con el diversoAmparo Directo 516/2010 radicado en el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y delTrabajo eJelDécimo Circuito, ha causado ejecutoria.

9.- Con fecha 20 de mayo de 20'14 el Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación de la Secretaría de Gobierno, en cumplimiento y ejecución del punto resolutivoCuarto de la sentencia de fecha 17 de octubre de 2013, dictada por la Segunda Sala delTribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, en el expediente017/2007-S-2, emitió acuerdo de revocación de constancia de aprobación de examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial, expedida a favor de la Licenciada enDerecho Marisol González Hemández quien actualmente se encuentra en funciones deNotario Público Adscrita a la Notaría Pública Número 1 (uno), con sede en la ciudad deTenosique, Tabasco, de la cual I~S Titular la licenciada Concepción Pérez Ahuja; mismo quefue publicado en el Periódico Oficial del Estado, Suplemento 7482 D, de fecha 21 de mayodel presente año; de igual manera en esta misma fecha mediante oficio No.SG/DGAJyAI/2976/2014 fue notificado personalmente a la interesada.

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Con base en lo anterior y para efectos de precisar la situación jurídica de la citadaprofesionista, dado que había dejado de cumplir con uno de los requisitos indispensablespara el nombramiento y consecuente ejercicio de la función notarial, mediante escrito defecha 2 de junio del año en curso instruí al C. Secretario de Gobierno, instrumentara lasacciones legales tendentes a conceder el derecho de audiencia a la Licenciada MarisolGonzález Hernández respecto al cumplimiento íntegro de los requisitos previstos por elartículo 17 de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, especialmente el relativo a"haber aprobado el examen de suficiencia para el ejercicio notarial y la obtención de laconstancia correspondiente".

iO.~ Mediante Acuerdo del C. Secretario de Gobierno de fecha 05 de junio de 2014,notificado por oficio No. SG/053(3/2014, de esa misma fecha, se instruyó al licenciado JorgeAlberto Cornelio Maldonado, Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación, emitir el acuerdo correspondiente por el cual se proceda citar en forma personala la Licenciada en Derecho Marisol González Hernández Notario Público Adscrito a laNotaría Pública Número 1 (uno), con sede en la ciudad de Tenosique, Tabasco, de la cual esTitular la licenciada Concepción Pérez Ahuja, para los efectos precisados en el puntoanterior.

En cumplimiento de la instrucción recibida, el Director General de Asuntos Jurídicos y deAcceso a la Información de la Secretaría de Gobierno, con fecha 9 de junio de 2014 emitióAcuerdo mediante el cual determinó citar a la licenciada Marisol González Hernández en sucalidad de Notario Público Adscrito, para que compareciera ante las oficinas de esa DirecciónGeneral, ubicadas en la Calle José Narciso Rovirosa No. 359, Esquina Nicolás Bravo,Segundo Piso, Centro de esta Ciudad de Villahermosa, Tabasco, a las 13:00 horas del día 18de junio de 2014, con la presencia de un Notario Público Titular representante del Colegio deNotarios, Asociación Civil, para que de manera personal en ejercicio de la garantíaconstitucional de audiencia fuera escuchado respecto del cumplimiento íntegro del requisitoprevisto por los artículos 17, fracción. X, y 18, parte in fine, de la Ley del Notariado para elEstado de Tabasco, que debe cumplirse para obtener la patente, FIAT o nombramiento deNotario Público, consistente en aprobar el examen de suficiencia para el ejercicio de lafunción notarial y obtener la constancia correspondiente; así mismo ordenó formar elexpediente respectivo registrándolo con el número PE/SG/DGAJyAI/CNA-1/004/2014.

La licenciada Marisol González Hernández, fue notificada personalmente del acuerdoreferido en el párrafo anterior, el día 11 de junio del año en curso mediante oficio No.SG/DGAJyAI/3973/2014; así mismo compareció en forma personal a la diligencia para la que

. fue citada, llevada a cabo por el Director General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a laInformación de la Secretaría de Gobierno a las 13:00 horas del día 18 de junio del año 2014,en la que en ejercicio de su garantía constitucional de audiencia y en relación al objeto ymateria de su comparecencia que era realizar manifestaciones respecto del cumplimientoíntegro del requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine, de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, que debe cumplirse para obtener la patente, FIAT onombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen de suficiencia para elejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente, que le es aplicable ensu condición de Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 1 (uno) con sede en laciudad de Tenosique, Tabasco, Concepción Pérez Ahuja, manifestó por escritosustancialmente: .

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"Cerezco de elementos para defenderme o argumentar pues no fui demandada en el juicio de origen,por consecuencia no se me emplazó, y por ende no conozco a plenitud el fondo del asunto puesnunca se me consideró parte en el mismo. A pesar de ello, los alcances jurídicos de la sentenciapronunciada en dicho asunto sí me irrogan perjuicios, lo que violenta mis garantías individuales.

Para que pudiese analizarse la legitimidad de mi examen, (haciendo la aclaración de que la legalidadya fue estudiada a profundidad por la Suprema Corte de Justicia en su fallo), debí ser llamada ajuicio, y no lo fui, porque no se expresó en mi contra agravio o se me reclamó prestación alguna, eincluso el acto que se reclamó fue la designación de notarios ... "

11.- Finalmente por Acuerdo de fecha 24 de junio de 2014 emitido por el Director General deAsuntos Jurídicos y de Acceso a la Información pública de la Secretaría de Gobierno, seordenó turnar al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, las constancias deactuaciones y el expediente respectivo para los efectos de determinar sobre la situaciónjurídica de la Licenciada Marisol González Hernández, Notario Público Adscrito a la NotaríaPública Número 1 (uno), con sede en la ciudad de Tenosique, Tabasco, de la cual es Titularla licenciada Concepción Pérez Ahuja; y

CONSIDERANDO

1.- Que uno de los requisitos para obtener la patente, FIAT o nornbrarnlento de notario,consiste en presentar y aprobar (~Iexamen de suficiencia para el ejercicio notarial, conformeal artículo 17, fracción X, de la Ley de Notariado para el Estado de Tabasco, el cual seacredita con la constancia de aprobación expedida por el Titular de la Dirección General deAsuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno del Estado (hoy Dirección General deAsuntos Jurídicos y Acceso a la Información), en términos de lo dispuesto por el artículo 18de la Ley Notarial citada.

/1.- Que de conformidad con los artículos 42, 51, fracción XIII, de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Tabasco; y 1, 2, 3 Y 9 de la Ley del Notariado para el Estado deTabasco, el ejercicio del notariado en la entidad es una función de orden público yde interéssocial que está a cargo del Poder Ejecutivo local y, por delegación, puede encomendarse aprofesionales del derecho en calidad de notario de número o titular, notario sustituto o notarioadscrito, en virtud de la patente que al efecto se otorgue, lo cual es una facultad exclusiva delGobernador del Estado de Tabasco; así mismo, en términos del artículo 23 del OrdenamientoLegal antes citado, sólo se podrá expedir nombramiento y fiat de Notario Público al solicitanteconforme a las necesidades del servicio y siempre y cuando se comprueben y se acreditenlos requisitos establecidos por la Ley, entre los que invariablemente se encuentra el de haberobtenido la constancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de lafunción notarial.

1/1.- Que como ha quedado precísado en el apartado de Antecedentes, a la licenciadaMarisol González Hernández, le fue expedida con fecha 08 de diciembre de 2006constancia de aprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial,por parte del entonces Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobiernodel Poder Ejecutivo del Estado. Con base en el cumplimiento de este requisito y además porconsiderar que se habían acreditado los restantes señalados por la ley aplicable, mediante el

.!

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Acuerdo de fecha 26 de marzo de 2007, publicado en el Periódico Oficial del Estado deTabasco, el día 7 de abril de 2007, suplemento 6739, el entonces Gobernador del Estado deTabasco, Químico Andrés Rafael Granier Me/o, la designó como Notario Público Adscrito dela Notaría Pública Número, 1 (uno) con sede en la Ciudad de Tenosique, Tabasco, de la cuales titular la licenciada Concepción Pérez Ahuja. La expedición del fiat correspondiente secondicionó al pago de la solicitante ante la Secretaría de Finanzas, de la cantidad queresultara de la suma de 45 días; de salario mínimo vigente en el Estado en esa fecha; asímismo el inicio de funciones se reatlzarta una vez rendida la protesta de Ley.

IV.- Que también ha quedado debidamente acreditado que conforme a la sentencia de fechadiecisiete dé octubre de dos mil trece y su puntos resolutivos Tercero y Cuarto, dictada por laSegunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco, sedeclaró ilegal y como consecuencia la nulidad lisa y llana del examen de suficiencia para elejercicio de la función notarial, sustentado por la licenciada Marisol González Hernández eldía 08 de diciembre de 2006; en consecuencia, también se declaró la ilegalidad de laconstancia de aprobación del examen expedida a favor de dicha profesionista en esa mismafecha, y se ordenó al C. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobiernodel Poder Ejecutivo del Estado, proceder a la revocación de la citada constancia deaprobación de examen, lo cual fue cumplimentado mediante acuerdo de fecha veinte demayo de 2014, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, de fecha veintiunodel mismo mes y año, Suplemento 7482 D.

v.- Si bien en la sentencia de mérito no se mandató expresamente la revocación denombramiento y fíat respectivo otorgado en favor de la Licenciada Marisol GonzálezHernández como Notario Público Adscrito de la Notaría Pública Número 1 con sede en laCiudad ele Tenosique, Tabasco, de la cual es titular la licenciada C. Concepción Pérez Ahuja,ello no es óbice para considerar que conforme a los artículos 17, fracción X, y 18 de la Leydel Notariado para el Estado de Tabasco, es requisito para obtener la patente, fiat onombramiento de notario público ya sea titular, substituto o Adscrito, presentar y obtener laconstancia de aprobación del examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial;

Tomando en cuenta esta circunstancia, en el caso concreto se tomó la determinación deconceder a la licenciada Marisol González Hernández en su carácter de' Notario PúblicoAdscrito la garantía constitucional de audiencia citándola para que en forma personalcompareciera ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Informaciónde la Secretaría de Gobierno, a manifestar lo que a su derecho conviniera respecto delcumplimiento íntegro del requisito previsto por los artículos 17, fracción X, y 18, parte in fine,de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, que es indispensable para obtener lapatente, fiat o nombramiento de Notario Público, consistente en aprobar el examen desuficiencia para el ejercicio de la función notarial y obtener la constancia correspondiente, enlos términos precisados en el punto 10 del apartado de antecedentes del presente Acuerdo.

En ejercício de esa garantía constitucional la Licenciada Marisol González Hernándezcompareció personalmente a la diligencia desahogada a las 13:00 horas del día 18 de juniode 2014 por el titular de la Dirección General antes citada, a la que también asistió un NotarioPúblico representante del Colegio de Notarios, Asociación Civil, en la que en forma libre yespontánea realizó por escrito y en uso de la voz, diversas manifestaciones en relación a laforma que dice fue desarrollado el procedimiento contencioso administrativo bajo el númerode expediente 017/2007-S-2, radicado ante la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso

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Administrativo del Estado de Tabasco, que concluyó con la emisión de la sentencia de fecha17 de octubre de 2013, sobre lo cual esta autoridad solo puede señalar que dicha sentencia,ha quedado firme para todos los efectos legales procedentes y al mandato y efectos de lamisma deberán estarse a quienes les depare perjuicio la misma; de igual forma expone otrosseñalamientos contenidos en su escrito presentado, mismos que serán atendidas en elmomento oportuno y conforme al procedimiento de designación de notarios que estaautoridad decidaJnstaurar en el ámbito de sus facultades, el cual deberá desarrollarse entérminos de las disposiciones leg!ales aplicables.

En este contexto haciendo un análisis y valoración de los razonamientos y fundamentos dederecho expuestos en este apartado de considerandos, así como de las manifestacionesrealizadas por la compareciente que han quedado transcritas en el Apartado deAntecedentes; el suscrito en mi calidad de titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco,considera que al haber quedado revocada y sin efecto legal alguno la constancia deaprobación de examen de suficiencia para el ejercicio de la función notarial expedida en favorde dicha profesionista, lo procedente es revocar la designación y nombramiento de NotarioPúblico Adscrito a la Notaria Pública Número uno (1) con sede en la ciudad de Tenosique,Tabasco, y el otorgamiento del FIAT correspondiente expedidos en favor de la Licenciada en,Derecho Marisol González Hernández de conformidad con los artículos 51, XIII de laConstitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y 2, 3, 9 Y 23 de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco.

Esta determinación se sustenta además conforme al razonamiento lógico-jurídico derivadode que; si conforme a las disposiciones constitucionales y lega/es antes citados, e/ titular delPoder Ejecutivo del Estado tiene facultades para otorgar patente, fiat o nombramiento deNotario Público cuando se cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad vigente,es evidente que implícitamente también tiene facultad para revocar o declarar sin efectocualquier designación y nombramiento otorgado si surgiera y se acreditara el incumplimientode alguno de los requisitos exiqidos para su otorgamiento, como acontece en el presentecaso en que por autoridad competente fue declarado ilegal y nulo el examen de suficienciapara el ejercicio de la función notarial sustentado por la licenciada Marisol GonzálezHemández y como consecuencia, también por autoridad plenamente facultada para ello, lefue revocada su correspondiente constancia de aprobación de examen.

Por lo expuesto y fundado, he tenido 31 bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.· Se revoca la designación y nombramiento de Notario Adscrito a la NotaríaPública Número Uno, con sede 19nla Ciudad de Tenosique, Tabasco, de la cual" es titular lalicenciada CONCEPCiÓN PÉREZ AHUJA, y el otorgamiento del FIAT correspondiente,expedidos a favor de la Licenciada en Derecho MARISOL GONZÁLEZ HERNÁNDEZmediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 07 de ABRIL de 2007,suplemento 6739. En razón de lo anterior, a partir de la fecha de publicación y/o notificaciónde este Acuerdo, cesará dicha profesionista en el ejercicio de la función notarial.

Notifíquese el presente Acuerdo a la profesionista antes citada, en el domicilio quelegalmente corresponda acorde a los registros o constancias que obran en el expediente

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administrativo formado al efecto, así como en el domicilio señalado para recibir citas ynotificaciones. Así mismo, notifíquese al titular de la Notaría Pública Número Uno, con sedeen la Ciudad de Tenosique, Tabasco, la licenciada CONCEPCiÓN PÉREZ AHUJA, para losefectos correspondientes.

SEGUNDO.- En relación a la garantía otorgada a favor del fisco del Estado por la licenciadaen Derecho Marisol González Hernárrdez a que se refiere el artículo 26 de la Ley delNotariado para el Estado de Tabasco, la interesada podrá hacerla efectiva conforme alprocedimiento establecido en los artículos 113, fracción 1" Y 114 del Código Fiscal del Estadode Tabasco.

TERCERO.- Remítase copia certificada del presente Acuerdo al Director General de AsuntosJ;L4rídicosy de Acceso a la Información de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo delEstado de Tabasco, para que proceda a realizar todas las acciones y diligencias necesarias,en el ámbito de su competencia, que resulten de la revocación de la designación ynombramiento de Notario Público Adscrito y del FIAT, materia del presente Acuerdo,conforme a las disposiciones de la Ley del Notariado para el Estado de Tabasco y demásaplicables.

CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco,para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; y por oficio comuníquese alTribunal Superior de Justicia, a la Dirección del Archivo General de Notarías, al PresidenteMunicipal y a las oficinas hacendarías federales y locales de la adscripción del NotarioPúblico Adscrito cuyo nombramiento y Fiat se revocan, a la Dirección General del InstitutoRegistral del Estado de Tabasco y al Colegio de Notarios de Tabasco, Asociación Civil; asícomo, en su caso, a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal, para losefectos conducentes.

Dado en el recinto oficial del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Villa hermosa, Capital delI

Estado de Tabasco, a los once días del mes de agosto del año dos mil catorce.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

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LIC. jUAN JOSÉ PERALTA FÓCILCOORDINADOR GENERAL DE

ASUNTOS JURíDICOS

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C. CÉSAR RAÚL OJEDA ZUBlETASECRETARIO DE GOBlERt\IO

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44 PERIODICO OFICIAL 13 DE AGOSTO DE 2014

Gobierno delEstado de Tabasco

Tabascocambia contigo

"2014, CONMEMORACIÓN DEL 150 ANIVERSARIO DE LAGESTAHEROICA DEL 27 DE FEBRERO DE 1864"

El Periódico Oficial circula los miércoles y sábados.

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