ETICA contable

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CODIGO DE ETICA PROFESIONAL - INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PUBLICOS 1 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Tema: Código de ética del Instituto Mexicano de Contaduría Pública Integrantes: Aylas Mayta Johan Fernández Lázaro Pablo Adrián Meza Cuisano Jhudan Wesly Novoa Noriega Jhon Taylor Valderrama Quispe Kemmer Alexsandra FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES

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trabajo realizado en la universidad del callao

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Codigo de etica profesional

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES

Tema: Cdigo de tica del Instituto Mexicano de Contadura PblicaIntegrantes:Aylas Mayta JohanFernndez Lzaro Pablo AdrinMeza Cuisano Jhudan WeslyNovoa Noriega Jhon TaylorValderrama Quispe Kemmer AlexsandraVega Bazalar Jos MartinVicente Fuertes Tatiana Lisseth

Codigo de etica profesional-

2016

Instituto mexicano de contadores publicos

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INTRODUCCIN

El Comit Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Pblicos en su reunin extraordinaria celebrada el 15 de junio de 2010, acord la adopcin de las Normas Internacionales de Auditora, emitidas por el International Auditing and Assurance Standards Board de la Federacin Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en ingls) para todos los trabajos de auditora que se inicien a partir del 1 de enero de 2012. Este acuerdo implic la necesidad de hacer una revisin integral del actual Cdigo de tica Profesional (octava edicin), en vigor desde febrero de 2009, para alinear su contenido, en lo fundamental, con el Cdigo de tica internacional emitido por IFAC, en junio de 2009, y en vigor desde el 1 de enero de 2011. Como resultado de la revisin integral se tom la decisin de preparar un Cdigo de tica para la profesin contable de nuestro pas, tomando como punto de partida el Cdigo de tica internacional. En este Cdigo se trat de usar la terminologa comnmente utilizada en nuestro pas, eliminando, bsicamente, aquellos prrafos que se consideraron no aplicables o que constituan salvaguardas poco comunes en la profesin contable mexicana.

Adicionalmente, se agregaron aquellas disposiciones incluidas en la octava edicin de nuestro Cdigo que se consideraron indispensables para hacerlo ms estricto y fortalecer el ejercicio de la profesin contable en Mxico.

PREFACIO

La tica es la parte de la filosofa que trata del conjunto de normas morales que rigen la conducta humana. La tica normativa es la parte de la tica que define cmo derivar normas y reglas que deben seguirse para tener un comportamiento tico. La tica aplicada consiste en llevar a la prctica la tica (a travs de reglas especficas) a los diversos mbitos de la actividad humana (familiar, social, profesional, etctera). Uno de los conjuntos de reglas de la tica aplicada es el Cdigo de tica Profesional del Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, A.C. Una parte muy importante de la prctica profesional se refiere a la tica que debe observarse, de ah que el IMCP se haya dado a la tarea de desarrollar un Cdigo de tica que nos permita enfrentar las nuevas tendencias y necesidades, tanto nacionales como internacionales, producto del desarrollo alcanzado por nuestra profesin.

El Cdigo de tica est estructurado de la siguiente manera:

PARTE AAPLICACIN GENERAL DEL CDIGO

100 Introduccin y principios fundamentales:

El Contador Pblico deber observar y cumplir con este Cdigo. Si se le prohbe cumplir con ciertas partes de este Cdigo por ley o reglamento, el Contador Pblico deber cumplir con el resto del contenido de este Cdigo.Este Cdigo contiene cinco partes.

La parte A:Establece los principios fundamentales de la tica profesional para Contadores Pblicos y provee un marco conceptual

Las Partes B, C y D: Describen cmo aplica el marco conceptual en ciertas situaciones. Dan ejemplos de salvaguardas que pueden ser apropiadas para enfrentar las amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales. Tambin describen situaciones donde no hay salvaguardas disponibles para enfrentar a las amenazas, y, en consecuencia, debern evitarse las circunstancias o relaciones que crean las amenazas.La parte B aplica a Contadores Pblicos CDIGO DE TICA PROFESIONAL en la prctica independiente. La Parte C aplica a Contadores Pblicos en los sectores pblico y privado. Los Contadores Pblicos en la prctica independiente pueden tambin encontrar relevante la Parte C para sus circunstancias particulares. La parte D aplica para los Contadores Pblicos en la docencia. La Parte E describe las sanciones que corresponden a la falta de cumplimiento con las partes A, B, C y D, de este Cdigo.

Principios Fundamentales:

El Contador Pblico cumplir los siguientes principios fundamentales:

Integridad. Ser leal, veraz y honrado en todas las relaciones profesionales y de negocios

Objetividad. Evitar prejuicios, conflictos de inters o influencia indebida de terceros que afecten el juicio profesional o de negocios.

Diligencia y competencia profesionales. Mantener el conocimiento profesional y las habilidades al nivel necesario que aseguren que el cliente o la entidad para la que se trabaja reciben servicios profesionales competentes basados en los ltimos avances de la prctica, la legislacin y las tcnicas, y actuar con diligencia y de conformidad con las normas tcnicas y profesionales aplicables

Confidencialidad. Respetar la confidencialidad de la informacin obtenida como resultado de relaciones profesionales o de negocios y, por lo tanto, no revelar dicha informacin a terceros sin la autorizacin apropiada y especfica, a menos que haya un derecho u obligacin legal o profesional de hacerlo, ni usar la informacin para provecho personal o de terceros.

Comportamiento profesional. Cumplir con las leyes y reglamentos relevantes, y evitar cualquier accin que desacredite a la profesin. Cada uno de estos principios fundamentales se discute con ms detalle en las secciones 110-150.

Enfoque del marco conceptual

Este Cdigo establece un marco conceptual que requiere que el Contador Pblico identifique, evalu y responda a las amenazas de incumplimiento con los principios fundamentales. El enfoque del marco conceptual ayuda a los Contadores Pblicos a cumplir con los requisitos ticos de este Cdigo y con su responsabilidad de actuar para el inters pblico. Se ajusta a muchas variantes en circunstancias que crean amenazas de incumplimiento de los principios fundamentales y debe impedir que el Contador Pblico concluya que si una situacin no est especficamente prohibida, est permitida.

El Contador Pblico deber evaluar cualesquier amenazas de incumplimiento con los principios fundamentales cuando conozca o pudiera esperarse razonablemente que conozca, de circunstancias o relaciones que puedan comprometer el cumplimiento de los principios fundamentales.

Amenazas y salvaguardas

Cuando una relacin o circunstancia crea una amenaza, esta pudiera comprometer o percibirse como que compromete el cumplimiento de los principios fundamentales por parte del Contador Pblico.

Las amenazas se pueden clasificar dentro de una o ms de las siguientes categoras:

Las salvaguardas son acciones u otras medidas que pueden eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Se pueden dividir en dos grandes categoras:a) Salvaguardas creadas por la profesin, legislacin o reglamento:Incluyen: Requisitos educacionales, de entrenamiento y de experiencia para ejercer la profesin. Requisitos de educacin profesional continua. Reglas del gobierno corporativo. Normas profesionales. Procedimientos de monitoreo por un organismo profesional o por algn regulador y procedimientos disciplinarios. Revisin externa por un tercero con poderes legales, de los informes, relaciones, comunicaciones o informacin, producidos por el Contador Pblico.

b) Salvaguardas en el entorno del trabajo.Conflictos de intersUn conflicto de inters crea una amenaza a la objetividad y puede crear amenazas a otros principios fundamentales. Estas amenazas pueden crearse cuando: El Contador Pblico lleva a cabo una actividad profesional correspondiente a un asunto en particular para dos o ms partes cuyos intereses con respecto a dicho asunto estn en conflicto; El inters del Contador Pblico con respecto a un asunto en particular y los intereses de la parte para la cual el Contador Pblico lleva a cabo una actividad profesional relacionada a ese asunto, estn en conflicto.Resolucin de conflictos ticosCuando se inicie un proceso ya sea formal o informal de resolucin de conflictos, los siguientes factores pueden ser relevantes para el proceso de resolucin, ya sea en forma individual o junto con otros factores: a) Hechos relevantes; b) Asuntos ticos involucrados; c) Principios fundamentales relacionados con el asunto en cuestin; d) Procedimientos internos establecidos; e) Cursos de accin alternos.

Si no es posible resolver un conflicto importante, el Contador Pblico debe obtener consejo profesional del organismo profesional competente o de asesores legales. En general, el Contador Pblico puede obtener guas sobre asuntos de tica sin faltar al principio fundamental de confidencialidad, si el asunto se consulta en forma annima con el organismo profesional competente o con un asesor legal bajo la proteccin del secreto profesional. Los casos en los que el Contador Pblico podra considerar obtener asesora legal varan. Ejemplo:El Contador Pblico podra haber detectado un fraude y al reportarlo, podra faltar a su responsabilidad de confidencialidad. En este caso, el Contador Pblico deber obtener asesora legal para determinar si existe un requerimiento para informar sobre el asunto.Si, despus de agotar todas las posibilidades relevantes, el conflicto tico sigue sin resolverse, el Contador Pblico deber, cuando sea posible, rehusarse a seguir asociado con el asunto que crea el conflicto. El Contador Pblico deber determinar si, en las circunstancias, es apropiado retirarse del equipo de trabajo o de la asignacin especfica, o renunciar totalmente al compromiso, la firma o la organizacin que lo emplea.

110 IntegridadEl principio de integridad impone una obligacin a todos los Contadores Pblicos de ser leales, veraces y honrados en todas las relaciones profesionales y de negocios. La integridad tambin implica actitudes objetivas, justas y veraces.

El Contador Pblico no deber permitir estar asociado con reportes, relaciones, comunicaciones u otra informacin en los que considere que la informacin: a) Contiene una declaracin sustancialmente falsa o confusa; b) Contiene declaraciones o informacin que se proporcionan de manera descuidada; o c) Causa confusin o error por omitir u ocultar hechos, datos o circunstancias. Cuando el Contador Pblico observe que ha sido asociado con tal informacin, deber tomar las medidas necesarias para desvincularse de la misma.

120 ObjetividadEl principio de objetividad impone una obligacin a todos los Contadores Pblicos de no comprometer su juicio profesional o de negocios a causa de prejuicios, conflictos de inters o influencia indebida de tercerosEl Contador Pblico no deber desempear un servicio profesional, cuando una circunstancia o relacin, afecte o influya de modo indebido en su juicio profesional, respecto a dicho servicio

130 Diligencia y competencia profesionalEsta norma nos dice que un contador profesional tiene el deber continuo de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el nivel apropiado para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en los desarrollos actuales de la prctica, legislacin y tcnicas.Un contador profesional debe actuar diligentemente y de acuerdo a las tcnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios profesionales.El principio de competencia profesional y debido cuidado, impone al contador profesional las siguientes obligaciones:a. Mantener sus conocimientos y habilidades profesionales en el nivel requerido para asegurar que sus clientes y empleadores reciban un competente servicio profesional, y

b. Actuar diligentemente de acuerdo con las tcnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios.Un servicio profesional competente requiere el ejercicio de un juicio sensato en la aplicacin de los conocimientos y habilidades profesionales en el desarrollo de tal servicio.La competencia profesional debe estar dividida en dos fases diferentes:a. - Logro de la competencia profesional, yb. - Mantenimiento de la competencia profesional.

El mantenimiento de la competencia profesional requiere de un conocimiento continuo y de un entendimiento de las tcnicas profesionales y desarrollos empresariales relevantes. El desarrollo profesional continuo desarrolla y mantiene las capacidades que permiten a un contador profesional desempearse competentemente dentro del ambiente profesional.La diligencia abarca la responsabilidad de actuar de acuerdo a los requerimientos de una asignacin, cuidadosamente, y sobre una base oportuna.

Cuando sea apropiado, un contador profesional debe tratar de que sus clientes, empleadores u otros usuarios de sus servicios profesionales sean conscientes de las limitaciones inherentes a su trabajo para evitar la interpretacin de alguna expresin de opinin como la afirmacin de un hecho.Cabe acotar que sta parte del Cdigo de tica Mexicano tambin nos habla de que el Contador Pblico tambin deber tomar medidas para asegurar que los profesionales que trabajen bajo su mando cuenten con el entrenamiento y la supervisin adecuada.140 Confidencialidad Esta norma nos dice que un contador profesional debe respetar la confidencialidad de la informacin obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios y no debe revelar esta informacin a terceros que no cuenten con la debida autoridad a menos que exista un derecho o deber legal o profesional para revelarla.El Contador Pblico debe mantener la ms estrecha y absoluta reserva sobre toda la informacin relativa a la empresa y / o procedimientos de los cuales tenga conocimiento en virtud de su trabajo.La informacin confidencial obtenida como resultado de las relaciones profesionales o de negocios no debe ser usada por el contador profesional para obtener beneficios personales o para terceros.El principio de confidencialidad, impone al contador profesional la obligacin de abstenerse de:a. - Divulgar fuera de la firma u organizacin empleadora la informacin confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios sin la autorizacin apropiada y especfica o a menos que exista un derecho legal o profesional o deber de revelarla, yb. - Usar la informacin confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios para su beneficio personal o para el beneficio de terceros.

Un contador profesional debe mantener la confidencialidad incluso en el ambiente social.El contador profesional debe estar alerta a la posibilidad de revelar informacin inadvertidamente, particularmente en circunstancias que implican una larga asociacin con un socio o un miembro inmediato de la familia.Un contador profesional tambin debe mantener la confidencialidad sobre la informacin revelada por un cliente o empleador potencial.Un contador profesional tambin debe considerar la necesidad de mantener la confidencialidad de la informacin dentro de la firma o de la organizacin empleadora.Un contador profesional debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales se obtiene asesora y ayuda respeten el deber de confidencialidad del contador profesional.

La necesidad de cumplir con el principio de confidencialidad continua hasta despus de finalizada la relacin entre el contador profesional y su cliente o empleador.Cuando un contador profesional cambia de empleo o adquiere un nuevo cliente, tiene derecho de usar la experiencia anterior. El contador profesional no debe, sin embargo, utilizar o revelar cualquier informacin confidencial adquirida o recibida como resultado de su relacin profesional o de negocios anterior.Sin perjuicio de lo anteriormente dicho; el Contador Pblico podr revelar informacin confidencial, o en las que tal revelacin puede ser apropiada:a) La revelacin est permitida por la ley y est autorizada por el cliente o la entidad para la que trabaja; b) La revelacin sea requerida por ley.c) Exista una obligacin o derecho profesional de revelar, cuando no est prohibido por la ley.Todo esto se dar siempre y cuando las partes a quienes la comunicacin se dirige son los destinatarios apropiados.

150 Comportamiento profesionalUn contador profesional debe cumplir con los reglamentos y leyes relevantes y debe rechazar cualquier accin que desacredite a la profesin.El principio del comportamiento profesional, impone sobre los contadores profesionales la obligacin de cumplir con las leyes y regulaciones relevantes y evitar cualquier acto que desacredite a la profesin.En la publicidad y promocin de su trabajo y de ellos mismos, los Contadores profesionales no deben desprestigiar a la profesin. Ellos deben ser honestos y sinceros y no deben realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que poseen, o la experiencia obtenida, o realizar referencias desacreditadoras o comparaciones sin fundamento con el trabajo de otros.El contador profesional en la prctica pblica no debe comprometerse con ningn negocio, ocupacin o actividad que dae o pueda daar la integridad, objetividad o la buena reputacin de la profesin y como consecuencia sea incompatible con la prestacin de sus servicios profesionales, debe estar de acuerdo en proporcionar slo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado, antes de aceptar un compromiso especifico con un cliente, el contador profesional debe considerar si su aceptacin podra crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales.Cuando un contador profesional intenta confiar en la asesora o trabajo de un experto, debe evaluar si dicha confianza est garantizada, debe considerar factores tales como la reputacin, experiencia, recursos disponibles y aplicacin de normas ticas y profesionales, tal informacin podra ser obtenida de una asociacin previa con el experto o consultando con otros.

En las situaciones donde un contador profesional es solicitado para proporcionar una segunda opinin sobre la aplicacin de normas o principios de contabilidad, auditoria, presentacin u otras normas o principios para circunstancias especficas o transacciones por o en nombre de una compaa o entidad que no es un cliente existente, podra dar pie a amenazas al cumplimiento con los principios fundamentales. Por ejemplo, podra haber una amenaza a la competencia profesional y debido cuidado en circunstancias donde la segunda opinin no est basada en el mismo conjunto de hechos que estuvieron disponibles para el contador actual, o est basada sobre evidencia inadecuada. La importancia de la amenaza depender de las circunstancias de la solicitud y de todos los otros hechos disponibles y suposiciones relevantes para la expresin del juicio profesional.

Cuando se entra en negociaciones respecto a los servicios profesionales, un contador profesional podra cotizar sus honorarios como lo estime apropiado. El hecho de que un contador profesional pueda cotizar sus honorarios menos que otro no es propiamente anti tico. Sin embargo, podra haber amenazas al cumplimiento con los principios fundamentales que surjan del nivel de honorarios establecidos. Por ejemplo, se crea una amenaza de inters personal a la competencia profesional y el debido cuidado si el honorario establecido es tan bajo que se dificulte el desarrollo del compromiso de acuerdo con las normas tcnicas y profesionales para ese valor.El contador profesional no debe desacreditar a la profesin cuando comercializa sus servicios profesionales.

PARTE B- CONTADORES PBLICOS EN LA PRCTICA INDEPENDIENTE

200 Introduccinsta parte del Cdigo de tica nos aplica cmo aplica en ciertas situaciones para la Contadores Pblicos la aplicacin de manera independiente del marco conceptual para mantener los principios fundamentales de los cuales se habla en la Parte A del Cdigo de tica Mexicano. Describe todas las posibles contingencias que pude tener el Contador Pblico en el ejercicio de su profesin de manera independiente, las cuales puedan crear amenazas en el cumplimiento de los principios fundamentales e ste cdigo, tanto del Contador Pblico en s como de los profesionales que laboran bajo su mando.El Contador Pblico en la prctica independiente no deber, a sabiendas, participar en ningn negocio, ocupacin o actividad que deteriore, o pueda deteriorar, la integridad, objetividad o la buena reputacin de la profesin y que, por lo tanto, sera incompatible con los principios fundamentales.

Amenazas y Salvaguardas:El cumplimiento de los principios fundamentales puede ser amenazado potencialmente por una amplia gama de circunstancias y relaciones. La naturaleza e importancia de las amenazas pueden diferir, dependiendo de si surgen en relacin con la prestacin de servicios: a un cliente de auditora y de si el cliente de auditora es una entidad de inters pblico; a un cliente de un trabajo de atestiguamiento, que no sea un cliente de auditora; o a un cliente al que se le prestan servicios diferentes al de auditora y atestiguamiento.Las amenazas que se le pueden presentar al Contador Pblico estn dentro de las siguientes categoras:a) Inters personal; b) Auto revisin; c) Interceder por un cliente; d) Familiaridad; e) Intimidacin.Ante todos estos posibles tipos de amenazas que puede tener el Contador Pblico en el ejercicio de su funcin deber buscar contrarrestarlas de la manera ms adecuada posible mediante salvaguardas que debern de estar documentadas y cuya funcin ser reducir al mximo las amenazas hasta un nivel de riesgo aceptable o bajo.

210 Nombramiento Profesional Aceptacin del clienteAntes de aceptar una relacin con el nuevo cliente, el Contador Publico en la practica independiente deber determinar si su aceptacin pudiera crear alguna amenaza que va en contra de los principios fundamentales.Ejemplo: Actividades ilegales (Lavado de activos), falta de honradez, alteracin de informacin financiera.El C.P. en la prctica independiente evaluara la importancia de cualquier amenaza y aplicar las salvaguardas cuando sea necesario.

Aceptacin del trabajoImplica al principio fundamental de diligencia y competencia profesional, por ello antes de aceptar un trabajo especfico de un cliente, el C.P. en la prctica independiente deber determinar si la aceptacin pudiera crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales.Salvaguardas: Adquirir conocimiento apropiado de la naturaleza del negocio del cliente. Asignar personal con los conocimientos y capacitados. Usar expertos cuando sea necesario. Convenir plazos de tiempo, reales y alcanzables para el desempeo del trabajo. Cumplir con procedimiento de control de calidad que otorga la seguridad razonable que se aceptan cuando puedan llevarse a cabo de manera competente.

Cambios en un nombramiento profesionalEl Contador Pblico en la prctica independiente a quien se pide que reemplace a otro Contador Pblico en la prctica independiente, deber dirigirse a l para informrselo antes de presentar la propuesta y adicionalmente, deber determinar si hay razones, profesionales o de otro tipo, para rechazar el trabajo, tales como circunstancias que creen amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales.El C.P. en la prctica independiente no deber ofrecer servicios a clientes de otros Contadores Pblicos sin que estos hayan sido requeridos.Salvaguardas: Indagar si existiera alguna razn profesional u otro tipo, para no aceptar el trabajo. Pedir al contador actual que proporcione informacin conocida sobre cualquier hecho o importancia que lleve al contador propuesto a aceptar o rechazar el trabajo.El contador actual est obligado a la confidencialidad.El C.P. en la prctica independiente, necesitara obtener el permiso del cliente, de preferencia por escrito para iniciar discusiones con el Contador actual, para que este le proporcione informacin veraz y sin ambigedad.

220 Conflicto de intersEl C.P. en la prctica independiente deber: Tomas medidas razonables para identificar circunstancias que pudieran plantear un conflicto de inters. Evaluar las amenazas y aplicar salvaguardas para eliminar y reducir las mismas. Dependiendo del conflicto generado se aplica las siguientes salvaguardas:a) Notificar al cliente del negocio o actividades de la firma que puedan representar un conflicto de inters y obtener su consentimiento para actuar en tales circunstancias; ob) Notificar a todas las partes relevantes conocidas de que el Contador Pblico en la prctica independiente est actuando para dos o ms partesc) Notificar al cliente que el Contador Pblico en la prctica independiente no acta exclusivamente para ningn cliente en la prestacin de los servicios propuestos El C.P. determinar si aplica una o ms de las sgts. Salvaguardas:a) Uso de equipos de trabajo diferentes.b) Procedimientos para prevenir a accesos de informacinc) Lineamientos al equipo de trabajo sobre asuntos de seguridad y confidencialidad . Cuando el conflicto de inters crea una amenaza y va en contra de los principios fundamentales, como la confidencialidad, objetividad y comportamiento profesional, y al ver que no pueden reducirse o eliminarse, el C.P. No deber aceptar el trabajo o deber renunciar a los trabajos en conflicto. El C.P. en la prctica independiente no deber ofrecer empleo a personal de sus clientes sin antes haber hecho una comunicacin previa a la empresa en el que trabaje de la persona que hizo el ofrecimiento.

230 Segundas Opiniones Las situaciones en que se pide al Contador Pblico en la prctica independiente que proporcione una segunda opinin sobre la aplicacin de normas de contabilidad, auditora, informacin u otras normas o principios, en circunstancias o transacciones especficas a nombre de o en beneficio de una compaa o una entidad, que no sea un cliente actual, pueden crear amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales. Cuando se le pida que proporcione una opinin as, el Contador Pblico en la prctica independiente deber evaluar la importancia de cualesquier amenazas y aplicar salvaguardas cuando sea necesario para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable. Si la compaa o entidad que solicita la opinin no permite comunicacin con el Contador actual, el Contador Pblico en la prctica independiente deber determinar si, tomando en cuenta todas las circunstancias, es apropiado proporcionar la opinin solicitada.

240 Honorarios y otros tipos de remuneracin Cuando participa en negociaciones respecto de servicios profesionales, el Contador Pblico en la prctica independiente puede cotizar cualquier honorario que considere apropiado. La existencia e importancia de cualesquier amenazas que se creen dependern de factores como el nivel de honorarios cotizados y de los servicios a los que aplican.Salvaguardas: Hacer conocimiento al cliente de los trminos de trabajo y la base de sus honorarios y servicios cotizados. Asignar el tiempo apropiado y el personal calificado. Para ciertos tipos de trabajos diferentes al aseguramiento, se recurre con frecuencia a los honorarios contingentes (por servicio diferentes a de atestiguamiento, proporcionado a clientes de auditoria y otros)Salvaguardas: Convenio escrito por adelantado con el cliente en base a la remuneracin. Polticas y procedimientos de control de calidad. Revisin de un tercero independiente al trabajo realizado por el C.P. en la prctica independiente. El Contador Pblico en la prctica independiente puede tambin pagar un honorario por referencia para obtener un cliente, por ejemplo, cuando el cliente de otro Contador Pblico en la prctica independiente requiere servicios de especialista no ofrecidos por el Contador actual. El pago de este honorario por referencia tambin crea una amenaza de inters personal a la objetividad, as como a la diligencia y competencia profesional. Salvaguardas Revelar al cliente los arreglos de pagar los servicios de otro C.P. en la prctica independiente por el trabajo referido. Revelar al cliente los arreglos a recibir un honorario por referir el cliente a otro C.P. en la prctica independiente. Obtener un acuerdo por adelantado del cliente, de arreglos de comisiones en conexin con la venta por un tercero de bienes o servicios al cliente. El contador pblico en la prctica independiente puede comprar toda o una parte de la firma, sobre la base de los pagos que se harn a las personas que eran dueos previos a la firma o a sus herederos o patrimonio.

250 Mercadotecnia de servicios profesionales El contador pblico buscara conseguir un nuevo trabajo mediante anuncios u otras formas de mercadotecnia, puede haber una amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales ,uno de los principios fundamentales seria la integridad esto debido a que nos menciona que el contador debe ser digno y sincero en toda circunstancia. El contador pblico en la prctica debe ser honesto y veraz y no debe marketearse con publicidad que no es cierta. Una firma de Contadores Pblicos deber contener en su razn social el nombre de, al menos, un Contador Pblico que sea o haya sido socio, y no podr usar denominaciones sociales ni expresiones de autoelogio.

260 Obsequios e invitaciones El contador pblico en la prctica no debe recibir regalos del cliente ser honesto y veraz. Dicho ofrecimiento puede crear amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales. Cuando se ofrecen obsequios o invitaciones, que un tercero razonable y bien informado, ponderando todos los hechos y circunstancias especficos, considerara intrascendentes e insignificantes, el Contador Pblico en la prctica independiente puede concluir que el ofrecimiento se hace en el curso normal de los negocios sin la intencin especfica de influir en la toma de decisiones o de obtener informacin.

270 Custodia y administracin de activos del cliente Un contador pblico en la prctica no debera asumir la custodia del dinero del cliente u otros haberes (Conflicto de inters propio).

El Contador Pblico en la prctica independiente a quien se confa dinero (u otros activos) que pertenecen a otros, deber, por lo tanto:

Mantener separados dichos activos de los activos personales o de la firma. Usar dichos activos solo para el fin para el que estn destinados. Estar siempre listo para rendir cuentas de dichos activos y de cualquier ingreso, dividendos o ganancias generados, a cualquier persona con derecho a recibir cuentas. Cumplir con todas las leyes y reglamentos correspondientes a la custodia y rendicin de cuentas de dichos activos.

280 ObjetividadTodos los servicios La existencia de las amenazas a la objetividad al prestar cualquier servicio profesional depende de las circunstancias y la naturaleza del trabajo que est efectuando. Se deber determinar al prestar cualquier servicio profesional si hay amenazas al cumplimiento del principio fundamental de objetividad que resulte de tener intereses en, o relaciones con, un cliente o sus directores, funcionarios o empleados. Por ejemplo, puede crearse una amenaza de familiaridad a la objetividad por una relacin familiar, personal cercana o de negocios.

290 Independencia Trabajos de Auditoria y de Revisin

Estructura de la seccinEsta seccin trata de los requisitos de independencia para trabajos de auditora y trabajos de revisin, que son trabajos de aseguramiento en los que el Contador Pblico en la prctica independiente expresa una conclusin sobre estados financieros.

El enfoque del marco conceptual en relacin con la independenciaLos miembros de los equipos de auditora, las firmas y las firmas de la red deben ser independientes del cliente de auditora.Esto comprende:a) Independencia mental: permite la expresin de una conclusin sin ser afectado por influencias que comprometan el juicio profesional.

b) Independencia en apariencia: evitar hechos y circunstancias que sean tan importantes que al ponderar todos los hechos y circunstancias especficos, llevaran a un tercero razonable y bien informado, a concluir que se ha comprometido la integridad, objetividad o escepticismo profesional de una firma, o de un miembro del equipo de auditora.

Al decidir si aceptar o continuar un trabajo, o si una persona en particular puede ser miembro del equipo de auditora, la firma deber identificar y evaluar las amenazas a la independencia. Si los riesgos no estn a un nivel aceptable, y se trata de decidir si se acepta un trabajo o se incluye a una persona en particular en el equipo de auditora, la firma deber determinar si hay salvaguardas disponibles para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable.Las normas locales e internacionales de control de calidad requieren que la firma establezca polticas y procedimientos diseados para darle una seguridad razonable de que se mantiene la independencia cuando la requieren los requisitos ticos relevantes. Adems, las Normas Internacionales de Auditora requieren que el socio del trabajo elabore una conclusin sobre el cumplimiento de los requisitos de independencia que aplican al trabajo

Redes y firmas de RedLos requisitos de independencia de esta seccin que aplican a una firma de la red aplican a cualquier entidad relacionada con la firma, tal como una prctica de consultora o una prctica legal profesional, que cumpla con la definicin de firma de la red, sin importar si la entidad misma cumple con la definicin de una firma.Por ejemplo, una estructura mayor puede tener como objetivo solamente facilitar la referencia de trabajo, que en s mismo no cumple con los criterios necesarios para constituir una red. De forma alternativa, una estructura mayor podra ser tal que su objetivo fuera la cooperacin y las firmas compartan un nombre de marca comn, un sistema comn de control de calidad, o recursos profesionales importantes y, en consecuencia, se considere como una red.Se considera una Red : Cuando la estructura mayor tiene como objetivo la cooperacin y las entidades dentro de la estructura comparten tenencia o participacin, control o administracin comn.

Cuando la estructura mayor tiene como objetivo la cooperacin y las entidades dentro de la estructura comparten polticas y procedimientos de control de calidad comunes.

Cuando la estructura mayor tiene como objetivo la cooperacin, y las entidades dentro de la estructura comparten una estrategia de negocios comn

Cuando la estructura mayor tiene como objetivo la cooperacin y las entidades dentro de la estructura comparten el uso de un nombre comercia

Hace referencia en su papelera o materiales de promocin a ser un miembro de una asociacin de firmas. En consecuencia, si no se tiene cuidado en cmo describe una firma estas membrecas, puede crearse la percepcin de que la firma pertenece a una red.

Relaciones familiares y personales Las relaciones familiares y personales entre un miembro del equipo de auditora y un director o funcionario o ciertos empleados del cliente de auditora, pueden crear amenazas de inters personal, familiaridad o intimidacin.Se crean amenazas a la independencia cuando un familiar inmediato de un miembro del equipo de auditora es un empleado en posicin de ejercer influencia importante sobre la posicin financiera, desempeo financiero o flujos de efectivo del cliente.Se evaluar la importancia de las amenazas y, cuando resulte necesario, se aplicarn salvaguardas para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable. Ejemplos de salvaguardas son: Retirar al profesional del equipo del auditora.Empleo con un cliente de auditoraPueden crearse amenazas de familiaridad e intimidacin si un director o funcionario del cliente de auditora, o un empleado en posicin de ejercer influencia importante en la preparacin de los registros contables o los estados financieros del cliente sobre los que la firma expresar una opinin, ha sido miembro del equipo de auditora o socio de la firma.Se evaluar la importancia de cualquier amenaza y, cuando resulte necesario, se aplicarn salvaguardas para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable. Ejemplos de salvaguardas son: Modificar el plan de auditora Asignar al equipo de auditora personas con suficiente experiencia en relacin con la persona que ha sido contratada por el cliente Recurrir a un Contador Pblico para que revise el trabajo del antiguo miembro del equipo de auditora.Se crea una amenaza de intimidacin cuando la persona que fuera Socio Senior o Director General se incorpora a un cliente de auditora que sea una entidad de inters pblico como: Empleado en una posicin que ejerza influencia importante en la preparacin de los registros contables o los estados financieros de la entidad Director o funcionario de la entidad.Asignaciones temporales de personalEl prstamo de personal por parte de una firma a un cliente de auditora puede crear una amenaza de auto revisin. Puede darse esta ayuda, pero solo por un corto periodo, y el personal de la firma no deber: Prestar servicios diferentes al de aseguramiento que no se permitiran bajo esta seccin. Asumir responsabilidades de administracin.

Relacin de servicio reciente con un cliente de auditoraPueden crearse amenazas de inters personal, auto revisin o familiaridad si un miembro del equipo de auditora ha servido recientemente como director, funcionario o empleado del cliente de auditora. Este sera el caso cuando, por ejemplo, un miembro del equipo de auditora tenga que evaluar elementos de los estados financieros para los que el miembro del equipo de auditora hubiera preparado o revisado los registros contables mientras estuvo con el cliente.La existencia e importancia de cualesquier amenazas depender de factores como:- La posicin que ocupaba la persona con el cliente- El tiempo transcurrido desde que la persona dej al cliente- La funcin del profesional en el equipo de atestiguamiento.

Servicio como director o funcionario de un cliente de auditoraSi un socio o empleado de la firma sirve como director o funcionario de un cliente de un trabajo de atestiguamiento, las amenazas de auto revisin y de inters personal seran tan importantes que ninguna salvaguarda podra reducirlas a un nivel aceptable. En consecuencia ningn socio o empleado deber servir como director o funcionario de un cliente de un trabajo de atestiguamiento.

Larga asociacin del personal ejecutivo (incluyendo rotacin de socios) con un cliente de auditora

Se crean amenazas de familiaridad y de inters personal al asignar personal ejecutivo a un trabajo de atestiguamiento por largo tiempo. La importancia de las amenazas depender de factores como:- Cuanto tiempo ha sido la persona miembro del equipo de atestiguamiento.- La funcin de la persona en el equipo de atestiguamiento.- La estructura de la firma.- La naturaleza del trabajo de atestiguamiento.- Si ha cambiado el equipo de la administracin del cliente, y - Si ha cambiado la naturaleza o complejidad de la informacin de la materia objeto del trabajo.

Prestacin de servicios diferentes a los de aseguramiento para clientes de auditoraTradicionalmente, las firmas han prestado a sus clientes de auditora una gama de servicios diferentes al de aseguramiento que son consistentes con sus habilidades y pericia. Sin embargo, prestar servicios diferentes al de aseguramiento puede crear amenazas a la independencia de la firma o de los miembros del equipo de auditora. Las amenazas creadas son muy a menudo amenazas de auto revisin, inters personal y de intercesin por el cliente.Responsabilidades de la administracinDeterminar si una actividad es responsabilidad de la administracin depende de las circunstancias y requiere el ejercicio de juicio profesional. Algunos ejemplos de actividades que, generalmente, se consideraran una responsabilidad de la administracin son los siguientes:- Fijar las polticas y la direccin estratgica.- Dirigir y asumir la responsabilidad de las acciones de los empleados de la entidad.- Autorizar transacciones.- Decidir que recomendaciones de la firma u otros terceros implementar, y- Asumir la responsabilidad de disear, implementar y mantener el control interno.

Preparacin de registros contables y de estados financieros - Disposiciones generalesLa administracin es responsable de la preparacin y presentacin adecuada de los estados financieros, de conformidad con el marco de informacin financiera aplicable.Prestar a un cliente de auditora servicios de contabilidad, tales como preparar registros contables o estados financieros, crea una amenaza de auto revisin cuando la firma posteriormente audita los estados financieros.Servicios de valuacin - Disposiciones generalesUna valuacin comprende, hacer suposiciones, respecto a desarrollos futuros, la aplicacin de metodologas y tcnicas apropiadas, y la combinacin de ambas para calcular un cierto valor o gama de valores, para un activo, un pasivo o un negocio en su conjunto.Desempear servicios de valuacin para un cliente de auditora puede crear una amenaza de auto revisin.Servicios De ImpuestosLos servicios de impuestos comprenden una amplia gama de servicios, que incluyen: Preparacin de declaracin de impuestos; Clculos de impuestos para preparar los asientos contables; Planeacin de impuestos y otros servicios de asesora en impuestos; y Ayuda en la resolucin de litigios fiscalesDesempear ciertos servicios de impuestos crea amenazas de auto revisin y de intercesin por un cliente. La existencia e importancia de cualquier amenaza depender de factores como:1. El sistema con el que las autoridades fiscales evalan y administran el impuesto en cuestin, y la funcin de la firma en ese proceso;1. La complejidad del rgimen de impuestos relevante y el grado de juicio necesario para aplicarlo;1. Las caractersticas particulares del trabajo; y1. El nivel de pericia fiscal de los empleados del cliente.Preparacin De Declaracin De ImpuestosLos servicios de preparacin de declaraciones de impuestos, implican asistir al cliente con sus obligaciones de declarar impuestos, completando y haciendo borradores de la informacin, incluyendo la cantidad de impuesto debido (generalmente en formas estandarizadas) que se requiere presentar a las autoridades fiscales correspondientes.Se crea una amenaza de auto revisin cuando se preparan clculos de pasivos (o activos) por impuestos actuales y diferidos para un cliente de auditora, con el fin de preparar los asientos contables que posteriormente se auditarn por la firma. La importancia de la amenaza depender de:1. La complejidad de la ley y reglamentos fiscales relevantes, y del grado de juicio necesario para aplicarlas;1. El nivel de pericia fiscal del personal del cliente; y1. La importancia relativa de las cantidades para los estados financieros.Debern aplicarse salvaguardas cuando sea necesario, para eliminar la amenaza o reducirla a un nivel aceptable. Ejemplos de estas salvaguardas incluyen: 1. Usar a profesionales que no sean miembros del equipo de auditora para desempear el servicio;1. Si el servicio lo desempea un miembro del equipo de auditora, usar a un socio o a un ejecutivo de la firma, con la pericia apropiada, que no sea un miembro del equipo de auditora, para revisar los clculos de impuestos; u1. Obtener asesora de un profesional fiscal externo sobre el servicio.Clientes De Auditora Que Son Entidades De Inters PblicoEn el caso de un cliente de auditora que sea una entidad de inters pblico, una firma no deber preparar clculos de impuestos de pasivos (o activos) por impuestos actuales y diferidos, con el fin de preparar asientos contables que sean de importancia relativa para los estados financieros sobre los que la firma expresar una opinin.Planeacin De Impuestos Y Otros Servicios De Asesora Sobre Impuestos La planeacin de impuestos u otros servicios de asesora sobre impuestos comprenden una amplia gama de servicios, como asesorar al cliente sobre cmo estructurar sus asuntos de una manera fiscalmente eficiente o asesorarlo sobre la aplicacin de una nueva ley o reglamento fiscal. Deber evaluarse la importancia de cualquier amenaza y aplicarse salvaguardas cuando sea necesario, para eliminar la amenaza o reducirla a un nivel aceptable. Ejemplos de estas salvaguardas incluyen:1. Usar profesionales que no sean miembros del equipo de auditora para desempear el servicio;1. Que un profesional en impuestos, que no haya estado implicado en el servicio de impuestos, asesore al equipo de auditora sobre el servicio y revise el tratamiento del estado financiero; 1. Obtener asesora sobre el servicio, de un profesional en impuestos externo; u1. Obtener previamente el visto bueno o asesora de las autoridades fiscales.Asistencia En La Resolucin De Litigios FiscalesPuede crearse una amenaza de interceder por el cliente o de auto revisin cuando la firma represente a un cliente de auditora en la resolucin de un litigio fiscal, una vez que las autoridades fiscales hayan notificado al cliente que han rechazado los argumentos del cliente sobre un asunto particular y ya sea que la autoridad fiscal o el cliente estn refiriendo el asunto para determinacin en un procedimiento formal, por ejemplo, ante un tribunal o juzgado. La existencia e importancia de cualquier amenaza depender de factores como:1. Si la firma ha prestado la asesora que es sujeto del litigio fiscal;1. El grado en que el resultado del litigio tendr un efecto de importancia relativa en los estados financieros sobre los que la firma expresar una opinin;1. La extensin en que el asunto es soportado por la ley o reglamento fiscal, por otro precedente o prctica establecida;1. Si los procedimientos se conducen en pblico; y1. La funcin que desempea la administracin en la resolucin del litigio.SERVICIOS DE AUDITORA INTERNAEl alcance y objetivos de las actividades de auditora interna varan ampliamente y dependen del tamao y estructura de la entidad y de los requisitos de la administracin y los encargados del gobierno corporativo. Las actividades de auditora interna pueden incluir:1. Monitoreo del control interno, es decir, revisar controles, monitorear su operacin y recomendar mejoras;1. Examen de informacin financiera y de operaciones: revisar los medios que se usan para identificar, medir, clasificar y reportar informacin financiera y operacional, e investigacin especfica de partidas particulares incluyendo pruebas detalladas de transacciones, saldos y procedimientos.1. Revisin de la economa, eficiencia y efectividad de actividades operativas incluyendo actividades no financieras de una entidad; y1. Revisin del cumplimiento con leyes, reglamentos y otros requisitos externos, y de polticas y directivas de la administracin y otros requisitos internos.En el caso de un cliente de auditora que sea una entidad de inters pblico, una firma no deber prestar servicios de auditora interna relativos a:1. Los controles internos sobre la informacin financiera,1. Sistemas de contabilidad financiera que generan informacin para los registros contables del cliente o para los estados financieros sobre los que la firma ha de expresar una opinin, o1. Importes o informacin a revelar en los estados financieros sobre los que la firma ha de expresar una opinin.SERVICIOS DE SISTEMAS DE TECNOLOGA DE INFORMACINLos servicios relacionados con sistemas de Tecnologa de la Informacin (TI) incluyen el diseo o implementacin de sistemas de hardware o software. Los sistemas pueden agregar datos fuente, formar parte del control interno sobre la informacin financiera o generar informacin que afecte los registros contables o estados financieros, o los sistemas pueden no estar relacionados con los registros contables, el control interno sobre la informacin financiera o estados financieros del cliente de auditora. Prestar servicios de sistemas puede crear una amenaza de auto revisin dependiendo de la naturaleza de los servicios y de los sistemas de TI.Se considera que los siguientes servicios de sistemas de TI no originan una amenaza a la independencia, mientras el personal de la firma no asuma una responsabilidad de la administracin:1. Diseo o implementacin de sistemas de TI que no guardan relacin con el control interno sobre la informacin financiera,1. Diseo o implementacin de sistemas de TI que no generan informacin que constituye una parte significativa de los registros contables o de los estados financieros,1. Implementacin de paquetes informticos de contabilidad o de preparacin de informacin financiera, que no fueron desarrollados por la firma, siempre que las adaptaciones que se requieran para satisfacer las necesidades del cliente no sean significativas, y1. Evaluacin y recomendaciones con respecto a un sistema diseado, implementado u operado por otro prestador de servicios o por el cliente.Se crea una amenaza de auto revisin cuando se prestan servicios a un cliente de auditora que no sea una entidad de inters pblico que impliquen el diseo o implementacin de sistemas de TI que:1. Formen una parte importante del control interno sobre la informacin financiera, o b) generen informacin que sea importante para los registros contables o estados financieros del cliente sobre los que la firma expresar una opininEl riesgo de auto revisin es demasiado importante para permitir estos servicios a menos que se instalen las salvaguardas apropiadas, asegurando que:1. El cliente reconoce su responsabilidad por establecer y monitorear un sistema de controles internos;1. El cliente asigna la responsabilidad de tomar todas las decisiones de administracin respecto del diseo e implementacin del sistema de hardware o software a un empleado competente, preferiblemente dentro de la administracin de alto nivel;1. El cliente toma todas las decisiones de administracin respecto del proceso de diseo e implementacin;1. El cliente evala lo adecuado y los resultados del diseo e implementacin del sistema; y1. El cliente es responsable de operar el sistema (hardware o software) y de los datos que usa o genera.En el caso de un cliente de auditora que sea una entidad de inters pblico, una firma no deber prestar servicios que impliquen el diseo o implementacin de sistemas de TI que: 19. formen una parte del control interno sobre la informacin financiera, o 19. generen informacin para los registros contables o estados financieros del cliente sobre los que la firma expresar una opinin.SERVICIOS DE APOYO EN LITIGIOSLos servicios de apoyo en litigios pueden incluir actividades tales como actuar en calidad de testigo experto, calcular los daos estimados u otras cantidades que podran convertirse en cuentas por cobrar o por pagar como resultado de litigios u otra disputa legal, y asistencia en el manejo y recuperacin de documentos. Estos servicios pueden crear una amenaza de auto revisin o de interceder por un cliente.SERVICIOS LEGALESLos servicios legales que apoyan a un cliente de auditora a ejecutar una transaccin (por ejemplo, apoyo en contratos, asesora legal, debida diligencia legal y reestructuracin) pueden crear amenazas de auto revisin. La existencia e importancia de cualquier riesgo depender de factores como:1. La naturaleza del servicio;1. Si el servicio lo presta un miembro del equipo de auditora; y1. La importancia relativa de cualquier asunto en relacin con los estados financieros del cliente.Deber evaluarse la importancia de cualquier amenaza creada y aplicarse salvaguardas cuando sea necesario, para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable. Ejemplos de estas salvaguardas incluyen:1. Usar profesionales que no sean miembros del equipo de auditora para desempear el servicio; o1. Que un profesional que no haya estado involucrado en prestar los servicios legales, asesore al equipo de auditora sobre el servicio y revise cualquier tratamiento de los estados financieros.SERVICIOS DE RECLUTAMIENTOPrestar servicios de reclutamiento a un cliente de auditora puede crear amenazas de inters personal, familiaridad o intimidacin.La existencia e importancia de cualquier amenaza depender de factores como:1. La naturaleza de la ayuda solicitada; y1. La funcin de la persona que se va a reclutar.Deber evaluarse la importancia de cualquier amenaza creada y aplicarse salvaguardas cuando sea necesario para eliminar la amenaza o reducirla a un nivel aceptable. En todos los casos, la firma no deber asumir responsabilidades de administracin, incluyendo actuar como negociador a nombre del cliente, y se deber dejar al cliente la decisin de contratacin.La firma no prestar los siguientes servicios de seleccin de personal a un cliente de auditora que es una entidad de inters pblico con respecto a un funcionario o director de la entidad o a una persona de la alta administracin, cuyo puesto le permita ejercer una influencia significativa sobre la preparacin de los registros contables del cliente o de los estados financieros sobre los que la firma ha de expresar una opinin:1. Bsqueda o solicitud de candidatos para dichos puestos, y1. Realizacin de comprobaciones de las referencias de posibles candidatos para dichos puestos.SERVICIOS DE FINANZAS CORPORATIVASLa prestacin de servicios de finanzas corporativas tales como: 1. la asistencia a un cliente de auditora en el desarrollo de estrategias corporativas; 1. la identificacin de posibles objetivos en el caso de adquisiciones por el cliente de auditora; 1. el asesoramiento en transacciones de enajenacin; 1. asistencia en transacciones de captacin de fondos, y e) el asesoramiento sobre estructuracin, pueden originar amenazas de interceder por un cliente y de auto revisin.Se evaluar la importancia de cualquier amenaza y, cuando resulte necesario, se aplicarn salvaguardas para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable.

HONORARIOSHonorarios Tamao RelativoCuando los honorarios totales de un cliente de auditora representan una gran proporcin de los honorarios totales de la firma que expresa la opinin de auditora, la dependencia de ese cliente y la preocupacin de perder al cliente crea una amenaza de inters personal o de intimidacin. La importancia de la amenaza depender de factores como:1. La estructura operativa de la firma;1. Si la firma est bien establecida o es nueva, y;1. La importancia del cliente cualitativamente y/o cuantitativa mente para la firmaTambin se crea una amenaza de inters personal o de intimidacin cuando los honorarios generados por un cliente de auditora representan una gran proporcin del ingreso de los clientes de un socio en particular o una gran proporcin del ingreso de una oficina particular de la firma. La importancia de la amenaza depender de factores como:1. La importancia cualitativa del cliente y/o cuantitativamente para el socio u oficina. La dependencia de la remuneracin del socio, o de los socios en la oficina, de los honorarios generados por el cliente.Deber evaluarse la importancia de la amenaza y aplicarse salvaguardas cuando sea necesario para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable. Ejemplos de estas salvaguardas incluyen: Reducir la dependencia en el cliente de auditora; Que un Contador Pblico revise el trabajo o asesore, segn sea necesario; o Realizacin con regularidad de revisiones independientes internas o externas de control de calidad del trabajo.Cuando un cliente de auditora sea una entidad de inters pblico y, por dos aos consecutivos, los honorarios totales del cliente y sus entidades relacionadas representan ms de 15% del total de honorarios recibidos por la firma que expresa la opinin sobre los estados financieros del cliente, la firma deber revelar a los encargados del gobierno corporativo del cliente de auditora el hecho de que el total de dichos honorarios representa ms de 15% de honorarios totales recibidos por la firma, y discutir cul de las salvaguardas que siguen se aplicar para reducir la amenaza a un nivel aceptable y aplicar la salvaguarda seleccionada: Antes de la emisin de la opinin de auditora sobre los estados financieros del segundo ao, un Contador Pblico, que no sea un miembro de la firma que expresa la opinin sobre los estados financieros, desempea una revisin de control de calidad de ese trabajo o un rgano profesional regulador desempea una revisin de ese trabajo, que sea equivalente a una revisin de control de calidad (una revisin previa a la emisin); o Despus de haber emitido la opinin de auditora sobre los estados financieros del segundo ao, y antes de emitir la opinin de auditora sobre los estados financieros del tercer ao, un Contador Pblico, que no sea un miembro de la firma que expresa la opinin sobre los estados financieros, o un rgano profesional regulador, desempea una revisin de la auditora del segundo ao que sea equivalente a una revisin de control de calidad (una revisin post-misin).Cuando el total de honorarios exceda de 15%, de manera importante, la firma deber determinar si la importancia de la amenaza es tal que una revisin post-emisin no reducira la amenaza a un nivel aceptable y, por lo tanto, se requiere una revisin previa a la emisin. En tales circunstancias deber desempearse una revisin previa a la emisin.De ah en adelante, cuando los honorarios sigan excediendo de 15% cada ao, deber ocurrir la revelacin a, y discusin con los encargados del gobierno corporativo y deber aplicarse una de las salvaguardas anteriores. Si los honorarios exceden 15%, de manera importante, la firma deber determinar si la importancia de la amenaza es tal que una revisin post-emisin no reducira la amenaza a un nivel aceptable y, por lo tanto, se requiere una revisin previa a la emisin. En tales circunstancias deber desempearse una revisin previa a la emisin.Honorarios VencidosPuede crearse una amenaza de inters personal si los honorarios que debe un cliente de auditora siguen pendientes de pago por largo tiempo, en especial, si una parte importante no se paga antes de la emisin del dictamen de auditora por el ao siguiente.Generalmente se espera que la firma requiera el pago de esos honorarios antes de que se emita dicho dictamen de auditora.Si los honorarios siguen pendientes de pago despus de que el dictamen se ha emitido, deber evaluarse la existencia e importancia de cualquier amenaza y aplicarse salvaguardas cuando sea necesario para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable. Un ejemplo de esta salvaguarda es que un Contador Pblico que no haya tomado parte en el trabajo de auditora proporcione asesora o revise el trabajo desempeado. La firma deber determinar si los honorarios vencidos podran considerarse como equivalentes a un prstamo y si, debido a la importancia de los honorarios vencidos, es apropiado que la firma vuelva a ser designada como auditor o continuar el trabajo de auditora.Honorarios ContingentesLos honorarios contingentes son honorarios calculados sobre una base predeterminada relativa al resultado de una transaccin o al resultado de los servicios desempeados por la firma. Para fines de esta seccin, no se considera que un honorario sea contingente si es establecido por un juzgado u otra autoridad pblica.Un honorario contingente cobrado directa o indirectamente, por ejemplo, mediante un intermediario, por una firma respecto de un trabajo de auditora crea una amenaza de inters personal que es tan importante que ninguna salvaguarda podra reducir la amenaza a un nivel aceptable. En consecuencia, una firma no deber participar en ningn arreglo de honorarios de ese tipo.Un honorario contingente cobrado directa o indirectamente, por ejemplo, mediante un intermediario, por una firma respecto de un servicio diferente al de aseguramiento prestado a un cliente de auditora puede, tambin, crear una amenaza de inters personal. La amenaza que se crea sera tan importante que ninguna salvaguarda podra reducirla a un nivel aceptable si:32. El honorario lo cobra la firma que expresa la opinin sobre los estados financieros y el honorario es de importancia relativa o se espera que sea de importancia relativa para esa firma;32. El honorario lo cobra una firma de la red que participa en una parte importante de la auditora y el honorario es de importancia relativa o se espera que sea de importancia relativa para esa firma; o32. El resultado del servicio diferente al de aseguramiento, y por lo tanto el monto del honorario, dependen de un juicio futuro o actual relacionado con la auditora de una cantidad de importancia relativa en los estados financieros.En consecuencia, no debern aceptarse estos arreglos.Para otros arreglos de honorarios contingentes cobrados por una firma, por un servicio diferente al de aseguramiento a un cliente de auditora, la existencia e importancia de cualesquier amenazas depender de factores como: El rango de posibles montos de los honorarios; Si una autoridad competente determina el resultado del asunto sobre el que se calcular el honorario contingente; La naturaleza del servicio; y El efecto del evento o transaccin en los estados financieros.

Deber evaluarse la importancia de cualesquier amenazas y aplicarse salvaguardas cuando sea necesario para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable. Ejemplos de estas salvaguardas incluyen: Que un Contador Pblico revise el trabajo de auditora relevante o asesore, segn sea necesario; o Usar profesionales que no sean miembros del equipo de auditora para desempear el servicio diferente al de aseguramiento. Polticas De Remuneracin Y Evaluacin

Se crea una amenaza de inters personal cuando un miembro del equipo de auditora es evaluado o remunerado por vender servicios diferentes al de aseguramiento a dicho cliente de auditora. La importancia de la amenaza depender de:

La proporcin de la remuneracin o evaluacin de desempeo de la persona que se base en la venta de tales servicios; La funcin de la persona en el equipo de auditora; y Si las decisiones para promocin estn influidas por la venta de tales servicios.

Deber evaluarse la importancia de la amenaza y, si no est a un nivel aceptable, la firma deber ya sea revisar el plan de remuneracin o proceso de evaluacin para esa persona, o aplicar salvaguardas para eliminar la amenaza o reducirla a un nivel aceptable.

Ejemplos de estas salvaguardas incluyen: Retirar a dichos miembros del equipo de auditora; o Que un Contador Pblico revise el trabajo del miembro del equipo de auditora.

Un socio clave de la auditora no deber ser evaluado o remunerado con base en el xito de ese socio en la venta de servicios diferentes al de aseguramiento al cliente de auditora. Esto no pretende prohibir arreglos normales para compartir utilidades entre los socios de una firma.

Obsequios e invitaciones

Aceptar obsequios o invitaciones de un cliente de auditora puede crear amenazas de inters personal y de familiaridad, las amenazas que se crean seran tan importantes que ninguna salvaguarda podra reducirlas a un nivel aceptable.

Litigio real o amenaza de litigio

Cuando tiene lugar, o parece probable, un litigio entre la firma o un miembro del equipo de auditora y el cliente de auditora, se crean amenazas de inters personal y de intimidacin. La relacin entre la administracin del cliente y los miembros del equipo de auditora debe caracterizarse por una completa franqueza y completa revelacin respecto de todos los aspectos de las operaciones del negocio de un cliente.

Reportes que incluyen una restriccin sobre uso y distribucin

Los requisitos de independencia en la Seccin 290 se aplican a todos los trabajos de auditora, sin embargo, cuando el Contador Pblico realice una revisin respecto de la cual vaya a emitir una opinin y se tenga un acuerdo de uso y distribucin restringidos de tal opinin (y se cuente con seguridad razonable de que se respetar el acuerdo), entonces los requisitos de independencia podrn ser menos restrictivos, en la medida en que as se haya comunicado al cliente y usuarios del reporte y acordado las condiciones aplicables.

291 IndependenciaTrabajos De Atestiguamiento

Esta seccin trata acerca de los requisitos de independencia para trabajos de aseguramiento que no sean de auditora o de revisin.Estos trabajos de aseguramiento diferentes a los de auditora o de revisin, se les denomina como trabajos de atestiguamiento.

Si el cliente del trabajo de atestiguamiento es tambin un cliente de auditora o de revisin, los requisitos de la Seccin 290 tambin se aplican a la firma, firmas de la red y miembros del equipo de auditora o de revisin.

Los trabajos de atestiguamiento se planean para enriquecer el grado de confianza de los usuarios sobre el resultado de la evaluacin o medicin de la materia objeto del trabajo con base en criterios preestablecidos.

291.4 El enfoque del marco conceptual en relacin con la independencia

El objetivo de esta seccin es asistir a las firmas y miembros de los equipos de atestiguamiento para aplicar el enfoque del marco conceptual descrito a continuacin para lograr y mantener la independencia.

La independencia comprende:

1. Independencia mentalEl estado mental que permite la expresin de una conclusin sin ser afectado por influencias que comprometan el juicio profesional, permitiendo as a una persona actuar con integridad y ejercer la objetividad y escepticismo profesional.

1. Independencia en aparienciaEvitar hechos y circunstancias que al ser ponderados por un tercero bien informado, este pudiera concluir de manera razonable, que se ha comprometido la integridad, objetividad o escepticismo profesional de una firma, o de un miembro del equipo de atestiguamiento.

Los Contadores Pblicos debern aplicar el enfoque conceptual para:1. Identificar las amenazas a la independencia;1. Evaluar la importancia de las amenazas identificadas; y1. Aplicar salvaguardas cuando sea necesario para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable.

Cuando el Contador Pblico determina que no existen salvaguardas apropiadas o que no pueden aplicarse para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable, deber eliminar la circunstancia o relacin que crea las amenazas o declinar o dar por terminado el trabajo de atestiguamiento.

291.12 Trabajos de atestiguamiento

En un trabajo de atestiguamiento, el Contador Pblico en la prctica independiente, expresa una conclusin diseada para incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe (que no sean la parte responsable) sobre el resultado de la evaluacin o medicin de cierta materia objeto del trabajo, con base en criterios preestablecidos.

El resultado de la evaluacin o medicin de determinada materia objeto del trabajo, se sustenta en la aplicacin de criterios preestablecidos y adecuados. El trmino informacin de la materia objeto del trabajo se usa para referirse al resultado de la evaluacin o medicin de determinada materia.

Los trabajos de atestiguamiento pueden ser por aseveracin o de informe directo. En cualquiera de los dos casos, implican a tres partes separadas: el Contador Pblico en la prctica independiente, una parte responsable y los usuarios a quienes se destina el informe.

En un trabajo de atestiguamiento por aseveracin, la evaluacin o medicin de la materia objeto del trabajo la desempea la parte responsable, y la informacin de la materia objeto del trabajo es en forma de una aseveracin efectuada por la parte responsable.

PARTE CCONTADORES PBLICOS EN LOS SECTORES PBLICO Y PRIVADO

SECCION 300 Introduccin

En esta parte del Cdigo se explica cmo se aplica en ciertas situaciones a los Contadores Pblicos en los sectores pblico y privado, el marco conceptual contenido en la Parte A. Esta parte no describe todas las circunstancias y relaciones que pudiera encontrar el Contador Pblico en los sectores pblico y privado, que originen o puedan crear amenazas al cumplimiento con los principios fundamentales.El Contador Pblico en los sectores pblicos y privado puede ser un empleado con salario, un socio, un director (ya sea ejecutivo o no ejecutivo), un dueo administrador, un voluntario u algn otro puesto en el que trabaja para una o ms organizaciones. La forma legal de la relacin con la organizacin para la que trabaja, si la hay, no tiene que ver con las responsabilidades ticas que obligan al Contador Pblico en los sectores pblico y privado.

El cumplimiento con los principios fundamentales puede potencialmente verse amenazado por una amplia gama de circunstancias y relaciones. Las amenazas se pueden clasificar dentro de una o ms de las siguientes categoras:a) Inters personal.b) Auto revisin.C) Abogar por un cliente.d) Familiaridad.e) Intimidacin.En circunstancias cuando el Contador Pblico en los sectores pblico y privado crea que seguirn ocurriendo el comportamiento o las acciones no ticas de otros dentro de la organizacin para la que trabaja, puede considerar obtener asesora legal. En las situaciones extremas cuando se han agotado todas las salvaguardas disponibles y no es posible reducir la amenaza a un nivel aceptable, el Contador Pblico en los sectores pblico y privado puede concluir que es apropiado renunciar a la organizacin para la que trabaja.

SECCION 310 Conflictos de inters

El Contador Pblico puede enfrentarse con un conflicto de inters durante una actividad profesional, este conflicto de inters crea una amenaza a la objetividad y otros principios fundamentales.

Estas amenazas pueden ser creadas cuando:

El Contador Pblico lleva a cabo una actividad profesional correspondiente a un asunto en particular para dos o ms partes cuyos intereses con respecto a dicho asunto estn en conflicto; o

El inters del Contador Pblico con respecto a un asunto en particular y los intereses de la parte para la cual el Contador Pblico lleva a cabo una actividad profesional correspondiente a ese asunto, estn en conflicto.

Ejemplos de situaciones en las que los conflictos de inters pueden surgir incluyen:

Ocupar una posicin directiva o de gobierno para dos organizaciones y obtener informacin confidencial en una de ellas que puede ser utilizada por el Contador Pblico en beneficio o perjuicio de la otra organizacin.

Preparar informacin financiera para ciertos miembros de la administracin, quienes buscan adquirir participacin en la empresa que emplea al Contador Pblico.

Ser responsable de seleccionar a un proveedor para la organizacin que lo emplea.

Al enfrentar un conflicto de inters se recomienda al Contador Pblico en los sectores pblico y privado buscar una gua dentro de la organizacin que lo emplea o de otra fuente, tales como: un organismo profesional, consejero legal o de otro Contador Pblico debiendo mantenerse atento al principio fundamental de confidencialidad.

Si la amenaza creada por un conflicto de inters no est a un nivel aceptable, el Contador Pblico en los sectores pblico y privado deber:

Aplicar salvaguardas para eliminar la amenaza o reducirla a un nivel aceptable.

Si las salvaguardas no pueden reducir la amenaza a un nivel aceptable, el Contador Pblico no debe aceptar o, en su caso, deber interrumpir, la actividad profesional que podra resultar en el conflicto de intereses

Al identificar si existe o puede ser creado un conflicto de inters, el Contador Pblico deber adoptar medidas razonables para determinar:

La naturaleza de los intereses y relaciones importantes entre las partes involucradas; y La naturaleza de la actividad y sus implicaciones para las partes relevantes.

Si se identifica un conflicto de inters, el Contador Pblico debe evaluar:

La importancia de los intereses o relaciones relevantes; y La importancia de las amenazas creadas por llevar a cabo la actividad o actividades profesionales.

El Contador Pblico debe aplicar salvaguardas; dependiendo de las circunstancias que dieron origen al conflicto de inters, la aplicacin de una o ms de las siguientes salvaguardas puede ser apropiado:

Reestructurar o segregar ciertas responsabilidades y deberes. Obtener una apropiada supervisin, por ejemplo, actuar bajo la supervisin de un director. Retirarse del proceso de toma de decisiones relacionado con el asunto que origina el conflicto de inters. Consultar con terceros, tales como: organismos profesionales, consejeros legales u otro Contador Pblico.

Generalmente es necesario revelar la naturaleza del conflicto a las partes relevantes, incluyendo a los niveles apropiados dentro de la organizacin para la que labora y, cuando se requieran las salvaguardas para reducir la amenaza a un nivel aceptable, obtener su consentimiento para que el Contador Pblico en los sectores pblico y privado lleve a cabo la actividad profesional

Cuando la revelacin es verbal, o el consentimiento es verbal o implcito, se alienta al Contador Pblico a documentar la naturaleza de las circunstancias que originaron el conflicto de intereses, las salvaguardas aplicadas para reducir las amenazas a un nivel aceptable y el consentimiento obtenido.

Un Contador Pblico puede encontrarse frente a otras amenazas al cumplimento con los principios fundamentales. Esto puede ocurrir, por ejemplo, en la preparacin y presentacin de informacin financiera como resultado de una presin indebida de otros empleados de la organizacin o relaciones financieras, de negocios o personales, que familiares cercanos o inmediatos del Contador Pblico tengan con la organizacin que lo emplea.

SECCIN 320 Preparacin y reporte de informacin

Los Contadores Pblicos a menudo se involucran en la preparacin y reporte de informacin, ya sea para hacerse pblica o para usarse por otros dentro o fuera de la organizacin para la que trabaja. Esta informacin puede incluir informacin financiera o de la administracin, por ejemplo, proyecciones y presupuestos. El Contador Pblico deber preparar o presentar esta informacin de manera razonable, veraz y de acuerdo con normas profesionales relevantes, de modo que la informacin se entienda en su contexto.

El Contador Pblico deber tomar las medidas razonables para mantener informacin, de manera que:

a. Describa claramente la verdadera naturaleza de las transacciones de negocios, activos, o pasivos;b. Clasifique y registre la informacin de una manera oportuna y apropiada; yc. Presente los hechos de manera exacta y completa en todos los aspectos importantes.

Las amenazas al cumplimiento a los principios fundamentales, por ejemplo, amenazas de inters personal o de intimidacin a la integridad, se crean cuando se presiona a un Contador Pblico para preparar o presentar informacin de una manera engaosa

La importancia de dichas amenazas depender de factores tales como el origen de la presin y la cultura corporativa dentro de la organizacin empleadora. El Contador Pblico debe estar alerta al principio de integridad, el cual impone la obligacin a todos los Contadores Pblicos a ser directos y honestos en todas las relaciones profesionales y de negocios

SECCIN 330 Actuacin con suficiente pericia

El principio fundamental de diligencia y competencia profesional requiere que el Contador Pblico solo se haga cargo de tareas para las cuales l tenga o pueda obtener suficiente entrenamiento especfico o experiencia. Las circunstancias que crean una amenaza al Contador Pblico que desempea los deberes con el grado apropiado de diligencia y competencia profesional incluyen el tener:

Insuficiente tiempo para desempear de manera apropiada o para completar las tareas relevantes. Informacin incompleta, restringida o, por otra parte, inadecuada para desempear las tareas de manera apropiada. Insuficiente experiencia, entrenamiento y/o educacin. Recursos inadecuados para el desempeo apropiado de las tareas.

SECCIN 340 Intereses financieros, compensacin e incentivos vinculados al reporte de informacin financiera y a la toma de decisiones

El Contador Pblico puede tener intereses financieros derivados de acuerdos de compensacin o incentivos, o puede tener conocimiento de intereses financieros de familiares directos o cercanos que, en determinadas circunstancias, pueden crear amenazas al cumplimiento a los principios fundamentales.

Ejemplos

Mantiene un inters financiero directo o indirecto en la organizacin empleadora y el valor de ese inters financiero puede ser directamente afectado por las decisiones tomadas por el Contador Pblico. Es elegible para un incentivo condicionado a las ganancias de la empresa y el valor de ese incentivo podra verse directamente afectado por las decisiones tomadas por el Contador Pblico. Posee, directa o indirectamente, el derecho a un incentivo diferido en acciones u opciones en acciones de la organizacin que lo emplea, el valor de las cuales podra verse afectado por las decisiones tomadas por el Contador Pblico. De alguna manera participa en acuerdos de compensacin, los cuales proporcionan incentivos para alcanzar objetivos de desempeo o apoyar los esfuerzos para maximizar el valor de las acciones de la organizacin empleadora, por ejemplo, a travs de la participacin en planes de incentivos a largo plazo los cuales estn vinculados a cumplir con ciertas condiciones de desempeo.

Un Contador Pblico en los sectores pblico y privado no debe manipular informacin o utilizar informacin confidencial para su beneficio personal o para el beneficio financiero de otros. Mientras ms alta sea la posicin que el Contador Pblico tiene, mayor es la capacidad y la oportunidad de influir en la informacin financiera y en la toma de decisiones, y mayor es la presin que puede haber de los superiores y compaeros de manipular la informacin.

PARTE DCONTADORES PBLICOS EN LA DOCENCIA

SECCION 400 Introduccin y reglas

400.1 El Contador Pblico que imparte ctedra debe orientar a sus alumnos para que en su futuro ejercicio profesional acten con estricto apego a las normas de tica profesional.

400.2 Es obligacin del Contador Pblico catedrtico mantenerse actualizado en las reas de su ejercicio, a fin de transmitir al alumno los conocimientos ms avanzados de la materia existentes en la teora y prctica profesionales.

400.3 El Contador Pblico catedrtico debe dar a sus alumnos un trato digno y respetuoso, instndolos siempre a su constante superacin.

400.4 El Contador Pblico en la exposicin de su ctedra podr referirse a casos reales o concretos de los negocios, pero se abstendr de proporcionar informacin que identifique a personas, empresas o instituciones relacionadas con dichos casos, salvo que los mismos sean del dominio pblico o se cuente con autorizacin expresa para el efecto.

400.5 El Contador Pblico catedrtico en sus relaciones con los alumnos deber abstenerse de hacer comentarios que perjudiquen la reputacin o prestigio de alumnos, catedrticos, otros Contadores Pblicos o de la profesin en general.

400.6 En sus relaciones con la administracin o autoridades de la institucin en la que ejerza como catedrtico, deber ser respetuoso de la disciplina prescrita; sin embargo, debe mantener una posicin de independencia mental y espritu crtico en cuanto a la problemtica que

PARTE ESANCIONES

SECCIN 500 Introduccin y sanciones

500.1 El Contador Pblico que viole este Cdigo se har acreedor a las sanciones que le imponga la asociacin afiliada a que pertenezca o el Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, que intervendr tanto en caso de que no lo haga la asociacin afiliada como para las ratificaciones que requieran sus estatutos.

500.2 Para la imposicin de sanciones se tomar en cuenta la gravedad de la violacin cometida, evaluando dicha gravedad de acuerdo con la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesin de Contador Pblico y la responsabilidad que pueda corresponderle.

500.3 Segn la gravedad de la falta, la sancin podr consistir en: a) Amonestacin privada. b) Amonestacin pblica c) Suspensin temporal de sus derechos como socio d) Expulsin e) Denuncia ante las autoridades competentes, las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional. 5

00.4 El procedimiento para la imposicin de sanciones, ser el que se establece en los estatutos del IMCP.

CASO PRCTICO

ANEXOEXPEDIENTE N 12.380 DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA

CASO PRCTICO

ANLISIS

Para el anlisis de un caso prctico, se ha elegido un expediente del Tribunal de Disciplina cuya sancin consisti en Suspensin en el ejercicio de la profesin de seis meses. La eleccin del mismo tiene un motivo fundamental: es un claro ejemplo de cmo la labor profesional de un Contador Pblico puede perjudicar a la sociedad, si no se tiene una slida base tica.

En este caso lo que sucedi fue lo siguiente: el Dr. C.P. Ugartemenda emiti una certificacin, sin haber tenido elementos de juicio vlidos y suficientes que permitan respaldar las aseveraciones formuladas en su informe, referida a los ingresos del Seor Beigel. Esta certificacin de ingresos fue presentada ante el denunciante para la celebracin de un contrato de locacin, resultando insolvente la persona sobre quien se expidi dicho acto profesional.A criterio del denunciante, el Contador Pblico careca de elementos respaldatorios, entonces procedi a efectuar la denuncia ante el Tribunal de Disciplina.

Como comentario inicial, es destacable el prolongado plazo de tiempo que transcurri desde la comisin del acto que transgrede las normas ticas hasta la sancin en firme. La certificacin es de fecha 6 de enero de 1992, y la sancin qued firme (luego de un recurso de apelacin ante el Consejo Profesional) recin cinco aos ms tarde, en 1997. Pero parece ser que en un pas donde la Justicia es lenta, el Tribunal de Disciplina no es la excepcin. Los procesos deberan ser ms veloces, para que de esta forma se protejan de manera adecuada los derechos de la comunidad y del Contador Pblico.Tambin es de extraar que, aunque se lo mencione en los Considerando de la resolucin en su punto II, la violacin del artculo 18 del Cdigo de tica por publicidad indecorosa para la profesin no aparezca mencionado entre las transgresiones cometidas por el Contador. Sin embargo, parecera que este elemento fue utilizado para la graduacin de la sancin aplicada.

Con respecto a los antecedentes, en una ocasin anterior el Dr. Ugartemenda fue sancionado con la correccin disciplinaria de Apercibimiento Pblico, por cometer un hecho similar. La misma fue aplicada en diciembre de 1992, por lo que an se encuentra firme. Es lgico suponer que, en caso de reincidencia, la pena aplicada aumente de graduacin, es por ello que opinamos que fue correctamente aplicada la sancin del inciso 4 del Artculo 16 de la Ley 20.476, de suspensin en el ejercicio de la profesin de un (1) mes a un (1) ao.

En nuestra opinin, el Tribunal tambin debera poder aplicar sanciones que impliquen que los profesionales que hayan cometido faltas ticas concurran obligatoriamente a cursos sobre tica profesional, para intentar que en el futuro ajusten el ejercicio profesional a las normas existentes en dicha materia.

La principal causa de la sancin aplicada, es el dao que ha provocado a un tercero, que a su vez se extiende a toda la sociedad. El Dr. Ugartemenda parecera haber olvidado que debe poner todos sus conocimientos y habilidades al servicio de la comunidad. Por las pruebas y motivos que brinda en su descargo, se puede inferir que posee un grave desconocimiento de su funcin y sus deberes profesionales, y que las normas ticas y tcnicas estn fijadas no slo para la proteccin y respeto de las profesiones, sino tambin para la eficaz tutela de los usuarios inmediatos de esos servicios, eventuales terceros y de la comunidad en general.

La irresponsabilidad que muestra el imputado ha violado gravemente la confianza y la seguridad que la sociedad haba puesto en l y en su trabajo, perjudicando la imagen y prestigio de la profesin en su conjunto. Adicionalmente, la falta total de inters en el bienestar del pblico usuario de sus informes que hacen fe pblica demuestran que la lista de perjudicados por su accionar no tico no se limita nicamente al seor Antonio J. Salgado (que fue quien present la denuncia y directamente perjudicado en forma econmica), sino que incluye tambin a la sociedad (como usuaria de servicios) y la comunidad entera de Contadores Pblicos (por la mala imagen proyectada sobre todos ellos).

Conclusin del Caso:

Por todo lo visto anteriormente, concluimos, conjuntamente con el Tribunal de Disciplina , que la conducta del actor constituye una clara violacin de los deberes impuestos a los profesionales de las Ciencias Econmicas por el Cdigo de tica: a) deber de respetar las resoluciones del Consejo (art. 2); b) deber de actuar con veracidad (art. 3); c) deber de atender los asuntos que les sean encomendados con diligencia, competencia y genuina preocupacin por los legtimos intereses, ya sea de las entidades o personas que se los confan como de los terceros en general(art. 4); d) deber de emitir certificaciones expresndose en forma clara, precisa, objetiva, completa y de acuerdo con las normas establecidas por el Consejo (art. 5) y e) deber de abstenerse de intervenir o aconsejar cuando su actuacin profesional ... pueda usarse para confundir o sorprender la buena fe de los terceros (art. 8).

Es por todo ello que consideramos que la sancin aplicada al Dr. C.P. Ugartemenda sobre la base de los artculos transgredidos, la importancia legal y social de la falta cometida, los perjuicios ocasionados a la comunidad, los antecedentes registrados y la ineptitud profesional demostrada est correctamente graduada.