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CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE REGIONAL CESAR SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRONICA No. CBC-SASIE-002-2012 OBJETO: Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar Valledupar, 2 de Noviembre de 2012

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE

PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRONICA No. CBC-SASIE-002-2012

OBJETO: Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar

Valledupar, 2 de Noviembre de 2012

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INTRODUCCIÓN

El presente Pliego de Condiciones ha sido elaborado de acuerdo con los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario No. 734 de 2012, el Manual para la Contratación Administrativa del SENA y demás normas complementarias. Para tal efecto, se han realizado los estudios y documentos previos, con los cuales cumplen con los requisitos establecidos en la Ley y en sus decretos reglamentarios. En caso que usted necesite mayor información, aclaración o explicación acerca de uno o más de los puntos establecidos en este Pliego de Condiciones, deberá dirigirse a la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar, ubicado en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, o al correo electrónico [email protected]. Para la elaboración de la propuesta deberán seguir la metodología señalada en este documento con el fin de permitir la escogencia objetiva del contratista. Las expresiones proponente u oferente usadas en el presente documento tienen el mismo significado. El presente proceso se adelantará por la modalidad de Selección Abreviada con Subasta Inversa Electrónica de conformidad con lo previsto en el Decreto 734 de 2012, Título III, Capítulo II, Subsección I. Para tales efectos el SENA ha definido las condiciones técnicas uniformes, las características y condiciones requeridas que deberán cumplir los oferentes.

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RECOMENDACIONES

Se recomienda a los proponentes que antes de elaborar y presentar las propuestas, tener en cuenta las siguientes recomendaciones: 1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento. 2. Verifique, antes que nada, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni especiales para contratar. 3. Cerciórese que cumple con las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados. 4. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquella que la requiera. 5. Siga las instrucciones que se imparten en el presente Pliego de Condiciones para la elaboración de su propuesta. 6. Revise la garantía de seriedad de su ofrecimiento y verifique que: a) Sea otorgada a favor del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar; b) Como tomador, figure su razón social completa c) El valor asegurado corresponda al fijado en este documento; d) El Objeto y el número de la misma, coincida con el de la propuesta que presenta. e) Esté suscrita por el TOMADOR- AFIANZADO. 7. Identifique claramente las secciones de la propuesta, es decir la sección correspondiente a los documentos habilitantes y la sección de la oferta económica. 8. Tenga presente la fecha y hora prevista para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DE LA FECHA, HORA Y LUGAR PREVISTOS EN EL PRESENTE PLIEGO. 9. Toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal del SENA, antes o después de la firma del Contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí establecidas. 10. Los proponentes con la sola presentación de su propuesta, autorizan al SENA para verificar toda la información que en ella suministren. 11. Cuando se presente inexactitud en la información suministrada por el proponente o en la de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, el SENA podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes. 12. Toda comunicación enviada por los proponentes deberá ser dirigida a la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar. 13. La presentación de la propuesta por el oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, formatos y demás documentos; se recibieron aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del servicio requerido por el SENA y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del Contrato que se celebrará. 14. El Pliego de Condiciones debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, anexos y adendas. En consecuencia, el orden de los capítulos y cláusulas de este Pliego de Condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos y por tanto, los títulos utilizados en este Pliego de Condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la interpretación del mismo. Si el PROPONENTE considera que existen omisiones o contradicciones, o se tuviere duda sobre la interpretación, significado o alcance de cualquier parte de las condiciones o especificaciones de este Pliego de Condiciones, deberá pedir por escrito la aclaración pertinente al SENA. 15. Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. 16. Verifique previamente que se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales y en el contrato de aprendizaje, así como en el pago de multas impuestas por cualquier concepto (Ministerio de Protección Social). El SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada y solicitar las aclaraciones que considere pertinentes.

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17. El uso del logo de la entidad es privativo de la misma, por lo tanto le sugerimos abstenerse de presentar ofertas con papel que lo contenga 18. EL SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada. 19. Respecto al envío de cualquier documento que se encuentre relacionado con el proceso, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, corresponde al interesado verificar que realmente el documento que envía llegue a su destinatario, es decir, al SENA; por lo tanto, la Entidad no se hace responsable por fallas de los servidores o plataformas de la Internet, demoras en la entrega de los mismos, etc. y tendrá en cuenta, sólo la fecha en que los recibe, por el medio correspondiente. 20. Con relación al envío de mensajes a través de cualquier medio telemático, se dará aplicación a lo establecido en la Ley 527 de 1999, en el sentido de que para que se entienda recibido el mensaje se requerirá el acuse de recibo expedido por el SENA. 21. Verifique previamente su estado en el Aplicativo de Aportes del SENA (Parafiscales, multas, sanciones, cumplimiento cuota de aprendices) a través de la Coordinación de Relaciones Corporativas de cada Regional y si presenta inconsistencias o situaciones contrarias a las que usted considera, solicite el apoyo correspondiente para que aclare y/o subsane dichas inconsistencias y evite así ser inhabilitado.

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CAPITULO I

GENERALIDADES DEL PROCESO

1.1. PRESENTACION El SENA Regional Cesar se encuentra interesado en recibir propuestas para seleccionar en igualdad de condiciones al proponente que ofrezca las mejores condiciones para contratar la Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar 1.2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE EL SENA PRETENDE SATISFACER CON LA PRESENTE CONTRATACIÓN El SENA es un establecimiento público del orden nacional adscrito al Ministerio del Trabajo, encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, como lo establece la Ley 119 de 1994. De conformidad con el artículo 25 del Decreto 249 de 2004, los Centros de Formación son las dependencias responsables de la prestación de los servicios de formación profesional integral, los servicios tecnológicos, la promoción y el desarrollo del empresarismo, la normalización y evaluación de competencias laborales, en interacción con entes públicos y privados y en articulación con las cadenas productivas y los sectores económicos. El artículo 27 del mismo Decreto 249 de 2004 señala las funciones que deben desarrollar las Subdirecciones de Centro para planear, programar y ejecutar todos los procesos mencionados anteriormente, entre ellas “Administrar y ejecutar los procesos de contratación” del Centro. Asimismo, el Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC, creado por el artículo 6° del Decreto 2375 de 1974, y regulado por la Resolución No.02370 de 2008, que tiene por finalidad atender los programas y modos de formación profesional integral desarrollados por la entidad, que guarden relación con los diferentes oficios de la industria de la construcción, entre otros. Uno de los objetivos primordiales del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC es el propender por la realización de la formación en ambientes productivos reales, propios o en convenios con entidades públicas o privadas, dotados de la infraestructura, medios didácticos, materiales de formación, dispositivos de seguridad industrial donde los aprendices sean ejecutores de los procesos constructivos acordes con su nivel de formación y se posibilite el desarrollo de las competencias necesarias para su desempeño laboral en la Industria de la Construcción. En cumplimiento de lo anterior, el Centro Biotecnológico del Caribe determinó la ejecución de programas de formación en el área de la Construcción a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC, con el objeto de cumplir con las metas establecidas para el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar, de acuerdo con el Plan Operativo Anual establecido para el año 2012. Con el propósito de atender la necesidad de los cursos con códigos de Fichas N° 373157, 376495 y 382985 y desarrollar integralmente las actividades inherentes de dicho proceso, se hace necesario adquirir materiales y elementos de formación que así lo faciliten. Los materiales requieren ser obtenidos para poder garantizar el normal y continuo avance del programa que se dirige a través de la Coordinación Académica del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar.

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1.3. PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción a los números telefónicos: (1) 560 10 95, (1) 565 76 49, (1) 562 41 28; vía fax al número telefónico: (1) 565 8671; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 9800 – 913 040 o (1) 286 48 10; correo electrónico al sitio de denuncias del programa, en la página Web: www.anticorrupcion.gov.co; correspondencia o personalmente, Carrera 8ª Nº 7–27 Bogotá D.C. También puede reportar el hecho en la página Web: www.sena.edu.co En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. Si el SENA comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva oferta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la Ley y en el respectivo contrato. 1.4. PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA El SENA garantiza a los oferentes y a la ciudadanía, que la escogencia del contratista se efectúa con arreglo a las modalidades de selección previstas en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el decreto 734 de 2012 y con observancia de los principios que rigen en las actuaciones contractuales de las entidades estatales. Para el efecto, en el presente proceso contractual los interesados tienen garantizado su derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan y adopten, para lo cual se han establecido etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y otorgan la posibilidad de expresar observaciones. Con ello se establece control adicional sobre el proceso contractual y constituye evidente previsión de moralidad administrativa. Todas las actuaciones del SENA dentro del presente proceso contractual son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. El SENA expedirá las copias del pliego de condiciones y de sus adendas que cualquier persona le solicite, a costa del interesado; también podrá acceder a ellos mediante su consulta e impresión de la página WEB www.contratos.gov.coy del portal del SENA www.sena.edu.co En cumplimiento del principio de transparencia, el presente pliego de condiciones contiene los requisitos y objetivos necesarios para participar en el proceso de selección y la mejor información técnica disponible en los archivos de la Entidad para el desarrollo del proyecto; así mismo, se encuentran definidas reglas objetivas, justas, claras y completas que permiten la confección de ofrecimientos de la misma índole; también se encuentran definidas con precisión las condiciones de costo y calidad de los servicios necesarios para la ejecución del contrato, todo lo cual tiene relación con el equilibrio económico contractual y con las garantías que deben otorgarse; no existen condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de responsabilidad, derivadas del erróneo suministro de datos, informes o documentos; las reglas consagradas no inducen a error a los proponentes y contratistas y no los llevan a formular ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de esta entidad. El SENA garantiza que no actuará con desviación o abuso de poder, y que ejercerá sus competencias exclusivamente para los fines previstos en la Ley.

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De conformidad con lo establecido en el Parágrafo 2 del Art. 2.2.5 del Decreto 734 de 2012, los documentos que se produzcan durante las respectivas etapas de selección del contratista del presente proceso, se publicarán dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición, con la finalidad de garantizar los principios que rigen la contratación administrativa, en especial el de transparencia y contradicción, consagrados en el numeral 1º del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el Art. 29 de la Constitución Política respectivamente

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CAPITULO II

INFORMACION GENERAL A LOS PROPONENTES

2.1 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRONICA Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. 2.2 ESPECIFICACIONES ESENCIALES Los Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar a comprar deben reunir las cantidades y características que se detallan a continuación y las especificaciones técnicas descritas en el anexo técnico de la presente Convocatoria:

ITEM DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO UNIDAD

CANTIDAD

1 CEMENTO GRIS BULTO X 50 KG BOLSA 700 2 ARENA LAVADA M3 60 3 GRAVILLA TRITURADA M3 70 4 PIEDRA RAJON DE DIAMETRO 15" M3 15 5 RELLENO SELECCIONADO M3 50 6 VARILLA DE 1/2 X 6 ML 60000 PSI UNIDAD 200 7 VARILLA DE 3/8 X 6 ML 60000 PSI UNIDAD 220 8 VARILLA DE 1/4 X 6 ML 60000 PSI UNIDAD 300 9 ALAMBRE NEGRO KILOGRAMO 95

10 MALLA ELECTROSOLDADA 4 MM DE 0,2 X 0,2 M2 170

11 PINTURA VINILO TIPO 1 BLANCO CUÑETE UN 21

12 PINTURA ESMALTE GALON 35 13 TINNER GALON 25 14 BALDOSA DE PORCELANA TIPO ALFA,

0,30 X0,30 M2 192 15 PEGANTE PARA CERAMICA KILOGRAMO 150 16 CEMENTO BLANCO KILOGRAMO 150 17 PUNTILLA REDONDA CON CABEZA

PLANA GRAFILADA 2 ½” PULGADA KILOGRAMO 25 18 PUNTILLA REDONDA CON CABEZA

PLANA GRAFILADA, 3 ", CALIBRE 18, 500 G. KILOGRAMO 20

19 TABLAS DE 0,30 X 0,02 X 3 MTS UNIDAD 40 20 PINTURA ANTICORROSIVA GALON 25 21 LAMINAS TERMOACUSTICA DE 0,72 X 12

ML UNIDAD 18 22 TORNILLOS DE 12" X 1/4 CON

NEOFRENO UNIDAD 370 23 VENTANERIA EN ALUMINIO 5020 M2 20 24 VIDRIOS TRANSPARENTE DE 4MM M2 20

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25 LADRILLO BOCADILLO UNIDAD 8000 26 PERFIL PHR 120 X 60 1,2 MM CAL 18 ML 100 27 PERFIL DE ACESCO PHR 220 X 80 2,5 MM

CAL 12 ML 50 28 PERFIL DE ACESCO PHR 160 X 160 2,5

MM CAL 16 ML 70 29 SOLDADURA CADWELL 115 KILOGRAMO 4 30 CABALLETE TERMOACUSTICO ML 16 31 TABLERO METALICO CUATRO

CIRCUITOS UNIDAD 2 32 TACOS MONOPOLAR DE 40 AMP UNIDAD 8 33 PUERTA METALICA CALIBRE 18 CON

MARCO Y CERRADURA UNIDAD 5 34 PROTECTORES PARA VENTANAS EN

VARILLA DE 1/2 (CUADRA) M2 20 35 DRY WALL LAMINA PLANA DE 10MM UNIDAD 140 36 TUBERIA CONDUIT DE 1" UNIDAD 18 37 CABLE AISLADO N° 8 7 HILOS ML 250 38 CABLE AISLADO N° 10 7 HILOS ML 80 39 CURVA DE 1" UNIDAD 9 40 CINTA DE AISLAR UNIDAD 14 41 SOLDADURA PVC 1/8 GALON 1 42 CABLE AISLADO N° 12 7 HILOS ML 376 43 CABLE AISLADO N° 14 7 HILOS ML 220 44 CONECTORES DE 3/4 UNIDAD 4 45 TOMA DOBLE POLO TIERRA UNIDAD 10 46 CURVA DE 1/2 UNIDAD 67 47 TUBERÍA CONDUIT DE 1/2 X3M UNIDAD 150 48 CAJA OCTAGONAL EN ACERO

GALVANIZADO 4 X 4 UNIDAD 16 49 CAJA SENCILLA EN ACERO

GALVANIZADO DE 2 X 4 UNIDAD 26 50 ADAPTADOR DE 1/2 UNIDAD 62 51 INTERRUPTOR SENCILLO CON LUZ

PILOTO UNIDAD 16 52 LAMPARAS FLUORECENTES 2 X 98 CAL

24 UNIDAD 30 53 LAMPARA ESPECULAR DE 0,60 X 0,60

PARA INCRUSTAR UNIDAD 6 54 CAOLIN KILOGRAMO 133 55 YESO KILOGRAMO 65 56 GRANIPLAST GRAFILADO CUÑETE 15 57 PERFIL EN C DE 120 MM X 60 MM

CALIBRE 16 X 6M UNIDAD 18 58 TORNILLO DE 1/2" X 2" UNIDAD 60 59 CAJA ELECTRICA DE 8 CIRCUITOS UNIDAD 1 60 TACOS DE 30 AMP UNIDAD 8 61 TUBERIA SANITARIA 3" UNIDAD 3 62 TUBERIA SANITARIA 6" UNIDAD 6 63 JUEGO SANITARIO EN PORCELANA

INCLUYE LA GRIFERIA, SANITARIO Y LAVAMANOS. COLOR BLANCO UNIDAD 6

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64 ORINALES EN PORCELANA INCLUYE

GRIFERIA UNIDAD 2 65 DUCHAS SENCILLAS PARA BAÑOS DE ½”

CON GRIFERIA UNIDAD 4 66 UNION PVC 6" UNIDAD 4 67 YEE PVC 6" UNIDAD 2 68 LLAVES TERMINALES EN ACERO

GALVANIZADO DE ½” UNIDAD 6 69 INCRUSTACIONES PARA BAÑOS

COMPUESTO POR (JABONERA, PAPELERA Y TOALLERO) COLOR BLANCO UNIDAD 6

70 CODO 90 DE 2" PVC UNIDAD 10 71 TUBERIA SANITARIA 2" PVC UNIDAD 7 72 TUBERIA SANITARIA 4" PVC UNIDAD 5 73 TEE DE 2" PVC UNIDAD 4 74 SIFON 4" PVC UNIDAD 6 75 DIVISION EN ACERO INOXIDABLE PARA

SANITARIO EN L DE 1,50 X 1,80 CAL 18 UNIDAD 5 76 MALLA ESLABONADA 2X2 CALIBRE 10 M2 200 77 LISTONES EN MADERA DE 3X3 CARRETO UNIDAD 70 78 LISTONES EN MADERA DE 2X2 CARRETO UNIDAD 180 79 VALVULA REGULADORA DE PRESION DE

1/2 " UNIDAD 2 80 BEBEDEROS AUTOMATICOS PLASTICOS

PARA CAPRINOS UNIDAD 10 81 CLAVOS O PUNTILLAS DE BARETAS DE

3" LIBRAS 20 82 REFLECTORES LUMINARIAS DE

HALOGENA DE 120 V UNIDAD 5 83 CIELO RASO EN LAMINA PLANA DE

ASBESTO CEMENTO EN CUADRICULAS DE 60X120 CENTIMETROS, CON ESTRUCTURA EN ALUMINIO. M2 24

84 PALAS CUADRADAS CON MANGO LARGO EN MADERA UNIDAD 15

85 PALA METALICA REDONDA O PUNTA MANGO LARGO EN MADERA 1,84 KG LAMINA TEMPLADA, CALIBRE 16 UNIDAD 15

86 PICOS CON MANGO CORTO DE MADERA UNIDAD 15 87 PALADRAGAS CON MANGO LARGO DE

MADERA UNIDAD 4 88 BARRETA DE PUNTA 7/8” X 1.25 MTS UNIDAD 4 89 CARRETILLA HONDA 5 PIES CUBICOS (85

LITROS) UNIDAD 4 90 MARTILLO DE UÑA CURVA PULIDO DE 16

OZ UNIDAD 8 91 MONA DE 5 LIBRAS CON MANGO

METALICO UNIDAD 6 92 SERRUCHO PROFESIONAL HOJA DE 18

DPP UNIDAD 4 93 MACHETE PULIDO CON MANGO DE

PLÁSTICO de 16” UNIDAD 4 94 ARCOS PARA SEGUETAS PROFESIONAL

DE 12” UNIDAD 4

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95 SEGUETAS BI-METAL UNIDAD 20 96 CIZALLA DE 1/2" UNIDAD 1 97 VALDE PLASTICOS DE 12 LITROS UNIDAD 24 98 FLEXOMETRO MAGNETICA DE 8 MTS X

25 MM. (1”) UNIDAD 25 99 GRIFA DOS BOCAS DE ½ “ UNIDAD 15

100 PLOMADA DE BRONCE X 12 ONZA UNIDAD 9 101 NIVEL DE ALUMINIO 18" UNIDAD 9 102 MANGUERA DE NIVEL 100 MM 3/8" ML 100 103 RODILLO DE FELPA 9 X 3/4" UNIDAD 30 104 LIJAS DE AGUA GRANO 150 UNIDAD 30 105 LIJAS DE AGUA GRANO 400 UNIDAD 30 106 PERFIL EN ANGULO DE ALUMINIO PARA

DRY WALL CALIBRE 26 X 6 METROS UNIDAD 220 107 TABLON DE GRES ANTIDESLIZANTE, 0.33

x 0.33 EN ARCILLA COCIDA VITRIFICADA M2 43 Nota: Los materiales serán destinados a los programas de Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC desarrollado en el Centro Biotecnológico del Caribe: Técnico en construcción y edificación FICHA N°382985, Tecnólogo en obras civiles ficha N° 376495 y Técnico en construcción de edificaciones FICHA N° 373157. 2.3 PARTICIPANTES Podrán participar, personas naturales o personas jurídicas, nacionales o extranjeras, consideradas legalmente capaces en las disposiciones legales vigentes, incluidos los consorcios o uniones temporales, entendidos estos de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, cuyo objeto social contemple la prestación del servicio objeto de la presente contratación, lo cual se verificará en el Certificado de Existencia y Representación Legal aportado con la propuesta y su duración no será inferior al plazo del contrato y un (1) año más. 2.4 LUGAR DE EJECUCION Los elementos objeto del presente proceso de contratación deberán ser entregadas por el Contratista en las Instalaciones del Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar, situado en el Kilometro 7 vía a la paz de la ciudad de Valledupar - Cesar 2.5 FUNDAMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA Para la selección del contratista, se adelantará un proceso de Selección Abreviada, definida en el artículo 2, numeral 2, literal a), de la Ley 1150 de 2007 y Articulo 3.2.1.1° del Decreto 734 de 2012, se realizará mediante el procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, reglamentado por el artículo 3.2.1.1.10° del Decreto 734 de 2012. De conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.1.1.6° del Decreto 734 de 2012, la subasta inversa tendrá la modalidad de electrónica y se realizará a través de la plataforma tecnológica de TODO UNO, debido a que los bienes objeto de la contratación son de especificaciones técnicas uniformes y de común utilización de conformidad con el literal a) numeral 2 del artículo 2º de la ley 1150 de 2007, Sección I del Capítulo II del Decreto 734 de 2012 (Artículos 3.2.1.1° y SS.). De igual forma, se dará aplicación a lo establecido en los artículos 4.1.3° y siguientes, del Decreto 734 de 2012, con el fin de limitar exclusivamente la convocatoria a las

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MIPYMES, para lo cual éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el mencionado Decreto. El pliego de condiciones elaborado por la entidad para el presente proceso de selección contiene, además de los requisitos exigidos en el numeral 5 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, los definidos en el artículo 2.2.3° del Decreto 734 de 2012 y los específicos de la modalidad de selección. En materia de publicidad del proceso de selección, EL SENA cumplirá con lo dispuesto en los artículos 2.2.5° y 2.2.6° del Decreto 734 de 2012, referente a las modalidades de selección para la licitación, selección abreviada y concurso de meritos. El Contrato que se derive del presente proceso se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y demás normas concordantes vigentes que le sean aplicables y el Pliego de Condiciones. 2.6 DOCUMENTOS Forman parte integral del presente proceso, entre otros, los siguientes: a) Los Estudios Previos para determinar la conveniencia y oportunidad b) El Pliego de Condiciones c) Las adendas y comunicaciones expedidas en el proceso. d) Las propuestas con todos sus anexos e) Los informes de verificación ó habilitación f) Los demás documentos que se alleguen y se expidan dentro del proceso g) El Contrato 2.7 INTERPRETACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES El Pliego de Condiciones debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, anexos y adendas. El orden de los capítulos y cláusulas de este Pliego de Condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos. Los títulos utilizados en el presente Pliego de Condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la interpretación del mismo. Si el PROPONENTE considera que existen omisiones o contradicciones, o se tuviere duda sobre la interpretación, significado o alcance de cualquier parte de las condiciones o especificaciones de este Pliego de Condiciones, deberá pedir por escrito la aclaración pertinente al SENA. 2.8 PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial asignado por la entidad para la presente contratación corresponde a la suma de CIENTO VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($129.770.876) Incluido IVA y demás impuestos a cargo del contratista. Serán por cuenta del Contratista todos los gastos, impuestos, legalizaciones, fletes, transporte, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de la garantía única y sus modificaciones. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 863 de 2003, el impuesto del 4x1000, será cancelado por el SENA a la Entidad Financiera.

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NOTA: LA PROPUESTA QUE SUPERE EL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA CONTRATAR, INCLUIDO EL IVA, SERÁ RECHAZADA. 2.9 FECHA Y LUGAR DE CIERRE El cierre de la Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica se hará en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, y las ofertas deberán ser entregadas en la Unidad de Archivo y Correspondencia, hasta la hora y fecha establecidas en el Anexo No. 1. (Cronograma del proceso). Después de la fecha y hora establecidas para el cierre del presente proceso de selección, no se aceptará el recibo de propuestas, ni cambios del contenido de las mismas, ni solicitudes de retiro de las propuestas entregadas. 2.10 RÉGIMEN JURIDICO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA

El marco legal de la presente C o n v o c a t o r i a P ú b l i c a , está conformado por la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia y en especial por las siguientes disposiciones: a) Ley80 de1993 b) Disposiciones del Códigos Civil y de Comercio que le sean aplicables d) El pliego de Condiciones e) Ley 1150 de 2007 f) Ley 1474 de 2011 g) Ley 1450 de 2011 h) Decreto 019 de 2012 i) Decreto 734 de 2012 j) Estatuto Tributario k) Ley 1437 de 2011 l) Manual para la contratación administrativa del SENA ll) Las demás normas vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la Ley Colombiana y que se presumen conocidas por todos los proponentes. En caso de contradicciones entre el Pliego de Condiciones y la Ley primará lo establecido en la Ley y demás normas legales. 2.11 VEEDURIAS CIUDADANAS De conformidad con lo establecido la Ley 850 de 2003 y el Artículo 66 de la Ley 80, EL SENA Regional Cesar convoca a las Veedurías Ciudadanas para realizar control social al presente proceso de contratación, en cualquiera de sus etapas, caso en el cual la Entidad suministrará toda la información y documentación pertinente que no esté publicada en la página web de la entidad. El costo de las copias y la atención de las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo y en la Resolución Interna No. 1961 de 2004. 2.12 CORRESPONDENCIA Para la correspondencia del presente Proceso de Selección se establecen las siguientes direcciones: Unidad de Contratación SENA REGIONAL CESAR, carrera 19, entre calles 14 y 15, piso 3, de la ciudad de Valledupar, Cesar. Unidad de Archivo y Correspondencia - Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar. Las consultas, observaciones, etc, deberán presentarse debidamente identificada con el nombre y número de la Convocatoria Pública; las solicitudes se responderán mediante

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comunicación escrita, que serán publicadas en el portal del SECOP www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co 2.13 DERECHOS Y DEBERES DEL PROPONENTE Los establecidos en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993. La oportunidad de conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan o adopten, para lo cual se han señalado en el presente Pliego de Condiciones, las etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y la posibilidad de expresar sus observaciones. El desarrollo del presente proceso de selección abreviada es de carácter público, respetando la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios; los proponentes deberán indicar cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la Ley, se entenderá que toda la oferta es pública. Cuando sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad dentro del presente proceso, se entenderá que el proponente renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo, para lo cual deberá informar tal hecho oportunamente. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal este podrá ceder su participación a un tercero, previa autorización del SENA. 2.14 IDIOMA Las propuestas, comunicaciones, aclaraciones, modificaciones y todo lo referente al desarrollo del presente proceso de selección, se harán en idioma castellano. 2.15 MONEDA Y PRECIO DE LA PROPUESTA La propuesta deberá presentarse en pesos colombianos y su valor no puede ser superior al presupuesto disponible para contratar. 2.16 PUBLICIDAD DEL PLIEGO DE CONDICIONES El SENA Regional Cesar publicará el Proyecto de Pliego de Condiciones a partir de la fecha señalada en el Cronograma del Proceso, en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co; además, se podrá consultar en la Unidad de Contratación de la Regional Cesar, ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 3, en Valledupar, Cesar, con el propósito de suministrar a los oferentes, a las veedurías y al público en general la información sobre la presente contratación y de recibir las observaciones que se presenten en relación con dicho documento. Las observaciones al proyecto de pliego de condiciones se recibirán directamente en Unidad de Archivo y Correspondencia del SENA Regional Cesar, debidamente radicadas y también, a través del correo electrónico [email protected]. El pliego de condiciones de la presente Selección Abreviada no tiene costo alguno. Los interesados podrán consultarlo a través del portal único de contratación www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co

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CAPITULO III

ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA

3.1 DE LA PROPUESTA 3.1.1 Carta de Presentación de la Propuesta: Anexo No. 2: deberá llevar la firma autógrafa del Representante Legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate. 3.1.2 Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá presentar, según sea el caso, los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal. 3.1.3 El PROPONENTE deberá diligenciar los anexos y formatos del presente proceso de selección. 3.1.4 El PROPONENTE asumirá todos los costos asociados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta. Por lo tanto, el SENA, no reconocerá ningún reembolso por este concepto. 3.1.5 Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas, deberán ser convalidadas con la firma al pie o margen de la misma, por quien suscribe la Carta de Presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán consideradas como válidas. 3.1.6 En caso de presentarse diferencias en valores expresados en letras y en números, se tomará el valor expresado en letras. 3.2 VALIDEZ DE LA PROPUESTA La propuesta deberá tener una validez de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la hora y fecha de presentación de las propuestas y así deben manifestarlo los proponentes en sus respectivas propuestas. 3.3 FORMA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA La oferta se deberá presentar en dos secciones, contenidas en sobres independientes y que contengan la totalidad de los documentos que se relacionan en el pliego de condiciones, en el mismo orden en que allí se indican. Las ofertas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el presente documento y contener un índice detallando los documentos y las páginas donde se encuentran. La propuesta deberá presentarse escrita en cualquier medio mecánico, firmada por el representante legal del proponente y/o por quien esté debidamente autorizado para ello, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en este pliego de condiciones, con todos sus formatos y anexos, debidamente foliada en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente. En caso de no presentarse así, en la audiencia de cierre, se le solicitará al proponente que no cumpla este requisito, proceder a la foliación respectiva, si no se encontrara presente, se dejará constancia de ello en la respectiva Acta de Cierre. La primera sección DOCUMENTOS HABILITANTES se presentará UN SOLO SOBRE EN ORIGINAL, y la segunda sección OFERTA INICIAL DE PRECIO se deberá presentar únicamente en original. El sobre original deberá contener la totalidad de los documentos exigidos. Ambas secciones deberán presentarse en sobres separados, debidamente cerrados e identificados de la siguiente manera:

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CESAR

PROCESO DE SELECCION ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRONICA No. CBC-SASIE-002-2012

PROPUESTA PRESENTADA POR: _________________________________

ORIGINAL SOBRE No. 1 - DOCUMENTOS HABILITANTES

NOTA: En el sobre No. 1 el PROPONENTE deberá incluir toda la información solicitada en el Capitulo V, del Pliego de Condiciones.

CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE SENA REGIONAL CESAR PROCESO DE SELECCION ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA

ELECTRONICA No. CBC-SASIE-002-2012 PROPUESTA PRESENTADA POR :

______________________________________

ORIGINAL SOBRE No. 2 - OFERTA INICIAL DE PRECIO

OFERTA TECNICA UNICA – Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA –

Regional Cesar No se aceptarán propuestas enviadas por correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático. La propuesta deberá presentarse escrita en idioma castellano, en original, impresa debidamente firmada por el representante legal del oferente o quien se encuentre debidamente autorizado para hacerlo, la persona natural o el representante del consorcio o unión temporal, así mismo deberá contener la totalidad de los documentos exigidos debidamente foliados y coincidir, con todos sus formatos y anexos. En el evento de no presentarse foliada la propuesta al momento del cierre se solicitará al proponente o persona debidamente facultada para dicha presentación proceda a la foliación respectiva. En ausencia de los mismos se procederá a dejar constancia de tal situación en la respectiva acta. Las propuestas se entregarán en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz, de la ciudad de Valledupar. También se recibirán propuestas presentadas a través de correo terrestre y aéreo para lo cual deberá aportar la respectiva guía de envío y su entrega/recibo se sujetará estrictamente a la hora de cierre del proceso. Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto todas las propuestas que se entreguen hasta la hora y fecha establecida en el cronograma del proceso, en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, en la hora y fecha establecidas en elAnexo No. 1 - Cronograma del Proceso. La hora oficial será la hora legal para Colombia, fijada en la página http://horalegal.sic.gov.co/ a) En caso de discrepancias entre la propuesta original y la copia, prevalece el contenido

de la propuesta original. b) No se aceptarán propuestas enviadas por correo electrónico o fax y no se tendrán en

cuenta para el proceso de selección y evaluación.

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c) No se aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora

señaladas en el Anexo No. 01 - Cronograma del Proceso para el recibo de las propuestas, las cuales serán rechazadas dejando constancia en el acta de cierre respectiva.

d) No se aceptarán propuestas presentadas en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto en el presente Pliego de Condiciones. EL SENA no se hará responsable de la apertura de una propuesta en caso de que no se presenten en el lugar indicado.

e) La propuesta deberá presentarse en pesos colombianos. f) No se aceptan costos adicionales o demoras resultantes de una desviación y/o

referencia o especificidad técnica diferente a las señaladas en el pliego de condiciones.

g) La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y EL SENA, según el cual dicha propuesta permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.

h) El proponente debe tener en cuenta en su oferta el pago de los derechos, impuestos, tasas y otros conceptos que genere su propuesta. Por lo tanto, y para todos los efectos legales, se entenderá que la oferta presentada por cada proponente se efectúa en forma global. Se debe incluir el valor del IVA, si a ello hubiere lugar. En este evento, si el proponente no discrimina el impuesto al valor agregado IVA, EL SENA lo considerará INCLUIDO en el valor total de la oferta y así deberá aceptarlo el proponente.

i) Por ningún motivo EL SENA considerará costos adicionales de transporte y/o fletes y demás gastos adicionales no contemplados por el oferente al momento de estructura su propuesta.

Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijada para el cierre de la presente Convocatoria Pública, se consideran extemporáneas y no serán evaluadas. De igual forma, aquellas que se presenten en lugar distinto al señalado en la presente Invitación y aquellas que no se ajusten a las condiciones establecidas en la Invitación Pública. .

ESPACIO EN BLANCO

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CAPITULO IV

DEL PROCESO DE SELECCION

4.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO Anexo No. 1. (Cronograma del Proceso). 4.2 CONVOCATORIA LIMITADA A MYPES De conformidad con el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007, en los procesos de selección de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, salvo aquellos cuya cuantía sea inferior al 10% de la menor cuantía y tal como lo señala el Art. 4.1.2° del Decreto 734 de 2012, la convocatoria se limitará exclusivamente a Mypes (micro y pequeña empresa), siempre y cuando se verifiquen los siguientes requisitos: 1. La cuantía del proceso esté por debajo de los US$75.000 dólares americanos. 2. Se hayan recibido mínimo tres (3) manifestaciones de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mypes. 3. Se haya acreditado mínimo un año de existencia por parte de la Mypes que manifestó interés. La manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mypes debe presentarse a mas tardar el día hábil anterior a la fecha prevista para la apertura del proceso de selección de selección abreviada, acreditando la condición de Mypes a través de la presentación de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial (micro o pequeña empresa), además deberá presentar el certificado expedido por la cámara de comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad. Las Mypes que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación. Para tales efectos, sin perjuicio de la convocatoria limitada a Mypes, la selección se deberá hacer por la modalidad que corresponda, de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y lo establecido en el Decreto 734 de 2012. El SENA realizará la presente convocatoria limitada que beneficie a las Mypes del ámbito departamental correspondiente al departamento del Cesar, por lo que se entenderá, para determinar el domicilio principal de la Mypes, el departamento al que pertenece la dirección que aquella señaló en su Registro Único Tributario, RUT, de conformidad con el decreto 2788 de 2004, o las demás normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen. De conformidad con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y las normas que lo reglamente, se seguirán los criterios allí establecidos para determinar las micro, pequeñas y medianas empresas, con el fin de poder acceder a los beneficios o condiciones preferenciales de cada una de ellas. 4.3. PROCEDIMIENTO EN CASO DE CONVOCATORIA LIMITADA En el caso que no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.1.2 del decreto 734 de 2012, para limitarla la convocatoria a Mypes (micro y pequeña empresa), se permitirá la participación de medianas empresas, quienes también podrán manifestar interés en los mismos plazos establecidos para las Mypes, con la salvedad que su participación sólo se permitirá si no se reciben tres (3) manifestaciones de interés de Mypes. En todo caso, para que la convocatoria se limite a Mipymes se requerirá al menos tres (3) manifestaciones de interés de micros, pequeñas o medianas empresas

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Verificado el cumplimiento de los requisitos y reglas señalados en los numerales precedentes, y sin perjuicio de las normas especiales de cada modalidad de selección, la entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mipymes, y si es del caso, solo Mypes. Si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas, y si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta o manifestación de interés presentada por la Mypes o Mipymes, según el caso, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo. Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mypes o Mipymes, según el caso, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones. Si el proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que es declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación a la que se refiere el artículo 4.1.2 y 4.1.3 del decreto 734 de 2012.. En las convocatorias limitadas a Mypes y a Mipymes podrán participar uniones temporales o consorcios, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mypes o Mipymes, según el caso. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo, y no por el número de Mipymes que los integren; que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados en el presente pliego. . Verificado el cumplimiento de los requisitos y reglas señalados en la ley, y sin perjuicio de las normas especiales de cada modalidad de selección, la entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mypes o Mipymes, según sea el caso. No obstante, si surtido el trámite anterior no se logra realizar el proceso conforme a lo establecido en el Decreto 734 de 2012, por ausencia de interesados o por incumplimiento de los requisitos señalados en el Art. 4.1.2° y 4.1.3° del Decreto en mención, la Entidad continuará el proceso sin ninguna limitación. Si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones, sin la limitación de la convocatoria Mipymes, pudiendo participar cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta o manifestación de interés presentada por la Mipymes, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo. Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mipymes, según el caso, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones. Si el proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que es declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación a la que se refiere el artículo 4.1.2 y 4.1.3 del decreto 734 de 2012.. En las convocatorias limitadas a Mypes y a Mipymes podrán participar uniones temporales o consorcios, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mypes o Mipymes, según el caso. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo, y no por el número de Mipymes que los integren; que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados en el presente pliego.

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En tal sentido, se convoca a las Mypes y Mipymes interesadas, para que dentro del término establecido para presentar observaciones al proyecto de pliego de condiciones, manifiesten su interés de participar en un proceso con convocatoria limitada, para lo cual deberán adjuntar la certificación expedida por su Contador o Revisor Fiscal, según sea el caso, en la que señale, que cumple con tal condición, que acredite que tiene, por lo menos un (1) año de constituida al momento de la presente convocatoria y que su domicilio principal corresponde al lugar de ejecución del contrato a celebrar, para esto último se entenderá como domicilio principal el Departamento que señaló en su RUT, el cual deberá ser igualmente allegado. 4.4 AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA: De acuerdo a lo establecido en el Art. 2.2.1° del Decreto 734 de 2012, se publicará aviso de Convocatoria Pública para la presente selección abreviada, en la página www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co, incluyendo expresamente, la convocatoria limitada a Mypes/Mipymes, conforme lo señalado en el Título IV del citado Decreto. 4.5 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES: El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA publicará el Pliego de Condiciones a partir de la fecha señalada en el Cronograma del Proceso, (Anexo No. 1) en la página www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co, o directamente en la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar, situada en el piso 3 del edificio ubicado en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, con el propósito de suministrar a los oferentes, a las veedurías ciudadanas y al público en general la información sobre la presente contratación y de recibir las observaciones que se presenten en relación con dicho documento. La publicación del proyecto de Pliego de Condiciones no obliga a la Entidad a abrir el proceso de selección y su contenido puede ser modificado de acuerdo a lo previsto legalmente. 4.6 TÉRMINO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES Los interesados en el presente proceso, podrán presentar observaciones al Proyecto de Pliego de Condiciones según el cronograma del presente proceso de selección, a través del correo electrónico [email protected] , o debidamente radicadas en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar. El Pliego de Condiciones definitivo podrá incluir los temas planteados en las observaciones, siempre que se estimen relevantes. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la entidad agrupará aquellas de naturaleza común. La respuesta a las observaciones se publicará en el portal único de contratación www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co, una vez vencido el término de presentación de las observaciones según lo señalado en el artículo 2.2.5 del Decreto 734 de 2012. 4.7 APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y FECHA DE PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS Conforme al artículo 2.2.2° del Decreto 734 de 2012, mediante acto administrativo, el Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ordenará la apertura del proceso, en la fecha señalada en cronograma, el cual podrá ser suspendido o

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revocado de acuerdo con lo dispuesto en los parágrafos 1 y 2 del Artículo 2.2.2° del Decreto 734 de 2012. 4.8 PRESENTACION DE PROPUESTAS Observando el procedimiento señalado en el artículo 3.2.1.1.4 del Decreto 734 de 2012, hasta la hora y del día indicado en el Anexo No. 1. (Cronograma del proceso), los proponentes podrán presentar su propuesta completa en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y una propuesta inicial de precio, la cual sólo será abierta al momento de inicio de la puja. En caso de que el proponente no haga nuevas posturas de precio durante el certamen, dicho precio inicial se considerará su propuesta final. Las personas a cargo de presentar cada una de las propuestas, suscribirán una relación de recibo que estará disponible en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, donde se dejará constancia del orden de llegada de cada una de ellas. El número que se le asigne a cada propuesta servirá para identificarla dentro de las actuaciones que se surtan dentro del proceso. Para efectos de establecer las inhabilidades señaladas en el artículo 8° numeral 1 literales g) y h) de la Ley 80 de 1993, al momento de recibir la oferta, se dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de presentación, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente la presentación. 4.9 FECHA DE APERTURA Y VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES La apertura de las propuestas se hará en el momento mismo del inicio de verificación de los requisitos habilitantes, la cual será efectuada en la etapa prevista en el cronograma del proceso (Anexo No. 1). En esta diligencia NO se abrirá el sobre que contiene la propuesta económica, por lo tanto, LA OFERTA TÉCNICA, SIN PRECIO, DEBE INCLUIRSE EN EL SOBRE NO. 1-DOCUMENTOS HABILITANTES. La evaluación será efectuada por el Comité Evaluador que para tal efecto el Subdirector del Centro designe. 4.10 PUBLICACIÓN DEL INFORME DE VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES Y PLAZO PARA SUBSANAR LA AUSENCIA DE REQUISITOS O LA FALTA DE DOCUMENTOS HABILITANTES Una vez concluida la verificación de las propuestas, la cual se cumplirá dentro de los parámetros contenidos en el presente Pliego de Condiciones, se pondrán a disposición de los oferentes el informe y resultado de la misma en la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar y estará publicada en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co durante el plazo previsto en el cronograma del proceso, para que los proponentes manifiesten sus observaciones. El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes se publicará de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5 del Decreto 734 de 2012. En dicho informe se señalarán los proponentes que no se consideran habilitados y a los cuales se les concederá un plazo para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas. Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, las entidades procederán a llevar a cabo la subasta dentro de los plazos fijados en los pliegos de condiciones.

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4.11 VERIFICACIÓN PARA DETERMINAR SI LOS INTERESADOS SUBSANARON O NO LOS REQUISITOS HABILITANTES Durante el periodo indicado en el cronograma del proceso, el Comité de Evaluación se reunirá nuevamente para determinar si los interesados subsanaron o no los requisitos habilitantes. Esta decisión se publicará en la página en el PORTAL ÚNICO DE CONTRATACIÓN www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co conforme a lo establecido en el parágrafo 2 del Art. 2.2.5 del Decreto 734 de 2012. Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, la Entidad procederá a llevar a cabo la Subasta Inversa únicamente con las propuestas habilitadas, dentro del plazo fijado en el presente Pliego de Condiciones. 4.12 PROCEDIMIENTO PREVIO A LA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA – POSIBLE AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS HABILITANTES Y LA OFERTA INICIAL DE PRECIO Para que la Subasta Inversa pueda llevarse a cabo en los términos del Decreto 734 de 2012 deberán resultar habilitados para presentar lances de precios por lo menos dos (2) proponentes. El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes se publicará de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5 del Decreto 734 de 2012. En dicho informe se señalarán los proponentes que no se consideran habilitados y a los cuales se les concederá un plazo para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas. Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, la entidad procederá a llevar a cabo la subasta dentro del plazo fijado en el pliego de condiciones. Si sólo un oferente resultare habilitado para participar en la subasta, la entidad adjudicará el contrato al proponente habilitado, siempre que su oferta no exceda el presupuesto oficial indicado en el pliego de condiciones y ajuste su oferta a un descuento mínimo. Según lo disponga el presente pliego y a efecto del ajuste de la oferta a que se refiere el Art. 3.2.1.1.4 del Decreto 734 de 2012, la entidad invitará al proponente habilitado a una negociación en la que, en aplicación de los principios de economía y transparencia, obtenga un menor precio de la oferta inicialmente presentada por parte del único habilitado, cuyo rango de mejora no podrá ser inferior al descuento mínimo indicado en el presente pliego (2%). Si fracasa la negociación, la entidad declarará desierto el proceso, caso en el cual podrá reiniciarlo nuevamente en los términos previstos para este proceso de selección en el Decreto 734 de 2012. En este caso, la garantía de seriedad del ofrecimiento no se hará efectiva por parte de la entidad, ni podrá ser utilizada en la negociación para obtener acuerdo alguno. Si no se presentara ningún proponente para participar en la subasta, la entidad ampliará el plazo para la presentación de los documentos habilitantes y la oferta inicial de precio, por el término indicado en los pliegos de condiciones, el cual en ningún caso podrá ser mayor de la mitad del inicialmente previsto. Si en este evento no se presentara ningún proponente, la entidad declarará desierto el proceso de selección. En caso de declararse desierto el proceso de selección abreviada de subasta inversa, la entidad podrá iniciarlo de nuevo, prescindiendo de la publicación del proyecto de pliego de condiciones. De ser necesario se modificarán los elementos de la futura contratación que hayan sido determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación, sin perjuicio de ajustes en las cantidades y el presupuesto.

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Los documentos subsanables, aclaraciones y observaciones, podrán presentarse por escrito, radicadas en la en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, ubicada en el kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar o enviados a través de la cuenta de correo electrónico [email protected]; no se aceptarán aquellas presentadas por fuera del término que señale la Entidad antes de la adjudicación, teniendo en cuenta el Cronograma de Actividades del presente proceso. Respecto al envío de cualquier documento que se encuentre relacionado con el proceso, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, corresponde al interesado verificar que realmente el documento que envía llegue a su destinatario, es decir, al SENA; por lo tanto, la Entidad no se hace responsable por fallas de los servidores o plataformas de la Internet, demoras en la entrega de los mismos, etc. y tendrá en cuenta, sólo la fecha en que los recibe, por el medio correspondiente. Con relación al envío de mensajes a través de cualquier medio telemático, se dará aplicación a lo establecido en la Ley 527 de 1999, en el sentido de que para que se entienda recibido el mensaje se requerirá el acuse de recibo expedido por el SENA. En el ejercicio de subsanar o aclarar la propuesta, el oferente no podrá modificar o mejorar la misma. No se admitirá que los proponentes subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso El SENA hará la interpretación final en forma autónoma pero motivada y a su juicio podrá rechazar la propuesta, si persistieren las ambigüedades, discrepancias o incongruencias sobre aspectos sustanciales de la misma. 4.13 PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA La subasta electrónica se realizará en el plazo indicado en el cronograma del pliego de condiciones. Las ofertas económicas o lances, (diferentes de la oferta inicial de precio que se entrega impresa el día del cierre del proceso) deberán ser presentados a través de TODO1 Mercado Digital (https://www.mdtodo1.com), empresa que estará a cargo de la operación tecnológica de la subasta electrónica. La subasta se realizará de acuerdo con las reglas que se describen a continuación: a.- VALOR DE LA OFERTA La presentación de propuestas económicas o lances se realizará indicando el valor total de la oferta en pesos colombianos. Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio contractual. La oferta inicial de precio más baja, que se reciba en los sobres sellados presentados en el momento del cierre del proceso, se constituirá en la cifra determinada por el SENA como precio inicial y las ofertas o lances presentados durante la subasta electrónica, no podrá ser superior a dicha cifra. Para tal efecto se tendrá en cuenta el valor ofertado antes del IVA. En caso de que el proponente no haga nuevas posturas de precio durante el certamen, dicho precio inicial se considerará su propuesta final.

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Los sobres que contienen las ofertas iníciales de precio serán abiertos 3 horas antes de la hora programada para la apertura de la subasta electrónica, con el fin de realizar la verificación y comparación de precios ofrecida por cada uno de los proponentes habilitados. Los proponentes que resultaren habilitados para participar en la subasta presentarán sus lances de precio electrónicamente, usando para el efecto las herramientas y medios tecnológicos y de seguridad definidos en el presente pliego de condiciones. Si en el curso de una subasta dos (2) o más proponentes presentan una postura del mismo valor, se registrará únicamente la que haya sido enviada cronológicamente en primer lugar, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 527 de 1999. Adjudicado el contrato la entidad hará público el desarrollo y resultado de la subasta incluyendo la identidad de los proponentes. La entidad deberá asegurar que el registro de los lances válidos de precios se produzca automáticamente sin que haya lugar a una intervención directa de su parte. Conforme avanza la subasta el proponente será informado por parte del Sistema o del operador tecnológico que brinda servicios de subasta, únicamente de la recepción de su lance y de la confirmación de su valor, así como del orden en que se ubica su propuesta, sin perjuicio de la confidencialidad que se mantendrá sobre la identidad de los proponentes. En ningún caso se hará público el valor de las ofertas durante el desarrollo de la subasta. La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos, en caso de presentarse en una moneda diferente, la propuesta será rechazada b.- CONDICIÓN PARA PRESENTAR NUEVAS PROPUESTAS (MÍNIMO DE DISMINUCIÓN) Los PROPONENTES sólo podrán presentar una nueva propuesta si reducen su oferta vigente en mínimo al 2% en relación con el precio de arranque o el último lance válido ocurrido durante la subasta, según sea el caso. De no hacerse así, el sistema automáticamente la rechazará y mantendrá la oferta anterior. c.- INFORMACIÓN QUE PODRÁN CONOCER LOS PROPONENTES Ningún proponente podrá conocer durante el desarrollo de la subasta electrónica la identificación de los otros proponentes que están efectuando propuestas. El proponente sólo podrá ver en pantalla la posición de su propuesta con respecto a la de los otros proponentes, sin que pueda ver el valor de las propuestas de sus competidores. Esta posición se visualiza como 1º, 2º, 3º, etc., siendo identificada como 1º la propuesta más económica, 2º la siguiente más económica y así sucesivamente. d.- HORARIO La subasta electrónica se iniciará a la hora colombiana indicada y tendrá una duración inicial de 30 minutos. Durante este plazo los proponentes podrán presentar todas las propuestas que deseen, bajo la condición aquí señalada con respecto a la nueva postura. Toda propuesta posterior anula la anterior del mismo proponente, de tal forma que al final del proceso la única propuesta que se toma de cada proponente (la última presentada) se constituirá como la propuesta económica definitiva y será económicamente la mejor para el SENA.

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e.- EXTENSIÓN DEL HORARIO Si se recibe la mejor propuesta económica durante los últimos cinco (5) minutos de la subasta electrónica, se ampliará el plazo en cinco (5) minutos más contados a partir del momento en que ingresa la oferta que activa esta extensión. Si nuevamente se presenta la mejor propuesta económica de la subasta electrónica durante esta extensión, nuevamente se extenderá el límite cinco (5) minutos, y así sucesivamente hasta que no se presente una nueva mejor propuesta económica durante los últimos cinco (5) minutos. f.- RECOMENDACIÓN PRÁCTICA Dada la modalidad de presentación de las propuestas económicas a través de subastas electrónicas, es indispensable que antes del evento todos los oferentes se hayan preparado definiendo su propuesta inicial, así como la mejor propuesta que estén dispuestos a colocar y su estrategia de participación en cada subasta electrónica. g.- SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO El proceso de subasta electrónica, se realizará a través del operador TODO1 COLOMBIA S.A., quien garantiza la confidencialidad de la información y seguridades que requiere el sistema para la correcta ejecución del mismo. El operador TODO1 COLOMBIA S.A. grabará en medio magnético toda la información relacionada con el desarrollo del proceso y lo entregará al SENA para la posterior consulta de los proponentes que lo soliciten. h.- REGISTRO EN TODO Y CAPACITACIÓN Para poder enviar su propuesta económica los proponentes habilitados deberán haberse vinculado con anterioridad en el Mercado Digital de TODO1 COLOMBIA S.A., sin que ello genere costo alguno. Adicionalmente, deberá capacitarse en la utilización de la herramienta de participación en la subasta electrónica y tendrá acceso a pruebas piloto de práctica. Al finalizar la capacitación deberá diligenciar y entregar firmado y sellado a TODO1 COLOMBIA S.A. un certificado de conocimientos. TODO1 COLOMBIA S.A., realizará una jornada de capacitación sobre la misma temática, al finalizar la cual se efectuará una prueba piloto sobre el desarrollo de una subasta inversa electrónica. Los proponentes habilitados deberán participar en la citada capacitación. Los proveedores podrán comunicarse a los teléfonos en Bogotá 444 66 70, Medellín 514 66 70 y línea gratuita nacional 018000 51 66 70 para programar su cita de capacitación. Nota: Los errores e imprecisiones cometidos por el proponente al momento de postulación de la oferta, no serán excusables ante el SENA, cada oferta que se presente, vincula legítimamente al oferente y lo obliga al cumplimiento de lo ofertado. i.- REQUERIMIENTOS E INFORMACIÓN TÉCNICA DEL PROCESO Requerimientos de Hardware Para conectarse al sistema, necesita acceso a Internet mediante una computadora con módem o una aplicación Internet. El navegador de Internet deberá ser Internet Explorer 6.0 o versiones superiores.

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j.- FALLAS TÉCNICAS OCURRIDAS DURANTE LA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. Si en el curso de una subasta electrónica inversa se presentaren fallas técnicas imputables al Secop, a la entidad o a la empresa a cargo de la operación tecnológica de la subasta, que impidan que los proponentes envíen sus propuestas, la subasta será cancelada y deberá reiniciarse el proceso. Sin embargo, la subasta deberá continuar si la entidad pierde conexión con el Secop o con la empresa a cargo de la operación tecnológica de la subasta, siempre que los proponentes puedan seguir enviando sus propuestas normalmente. Si por causas imputables al proponente o a su proveedor de servicio de Internet, aquel pierde conexión con el Secop o con el operador tecnológico de la subasta, no se cancelará la subasta y se entenderá que el proveedor desconectado ha desistido de participar en la misma, salvo que logre volver a conectarse antes de la terminación del evento. TODO1 COLOMBIA S.A. destinará la línea telefónica 4446670 en Bogotá, la cual estará disponible para el certamen y en la cual se prestará auxilio técnico a lo largo de la subasta para informar a los proponentes sobre aspectos relacionados con el curso de la misma. k. AUTENTICIDAD E INTEGRIDAD DE LOS MENSAJES DE DATOS EN EL CURSO DE UNA SUBASTA ELECTRÓNICA. En las subastas inversas electrónicas se deberá garantizar y otorgar plena seguridad sobre el origen e identidad del emisor del mensaje de datos y sobre su integridad y contenido, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 527 de 1999 y según lo señalado en el pliego de condiciones 4.14 CRITERIOS DE DESEMPATE Si al término de la subasta inversa electrónica (2) o más proponentes presentan una postura del mismo valor, se registrará únicamente la que haya sido enviada cronológicamente en primer lugar. 4.15 ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN El Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica será adjudicado por el Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, mediante acto administrativo motivado en la fecha indicada en el cronograma del proceso. Una vez adjudicado el contrato, la Entidad hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes. El acto de adjudicación que será publicado en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co, es irrevocable y obliga a la Entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del Contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Sin perjuicio de las potestades a que se refiere el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, en aquellos casos en que la Entidad declare la caducidad del Contrato y se encuentre pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del mismo, se podrá contratar al proponente calificado en el segundo lugar en el proceso de selección respectivo, previa revisión y cumplimiento de las condiciones a que haya lugar.

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4.16 PERFECCIONAMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE EJECUCION DEL CONTRATO El adjudicatario, de acuerdo con lo señalado en el cronograma del proceso, deberá presentarse a suscribir el contrato, aportando todos los documentos necesarios para dar cumplimiento a la ley y a lo establecido en el presente pliego de condiciones. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro de aquél término, incurrirá en la causal de inhabilidad para contratar con las entidades estatales por el término de cinco (5) años, de conformidad con lo previsto en el literal e), numeral 1 del Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y se le hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA dispondrá de un plazo máximo señalado en el cronograma del proceso para perfeccionar y cumplir con los requisitos de ejecución del contrato, para lo cual deberá allegar los siguientes documentos: a) Comprobante de pago de impuestos, cuando a ello hubiere lugar. b) Garantías exigidas. c) Pago al sistema de seguridad social y parafiscales del último período. 4.17 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO El SENA podrá declarar desierto el presente proceso por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista. La declaratoria de desierto se efectuará dentro del mismo término de adjudicación, mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a tal decisión.

ESPACIO EN BLANCO

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CAPITULO V

5. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

5.1 VERIFICACION DOCUMENTOS JURIDICOS - HABILITANTE – Documentos objeto de verificación: De conformidad con lo previsto en el parágrafo 1º. Numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad dentro de un término razonable y proporcionado, teniendo como límite máximo un plazo expreso y determinado anterior a la adjudicación, teniendo en cuenta que los términos son preclusivos y perentorios. Con fundamento en lo anterior, y por tratarse de requisitos que no inciden en la comparación y calificación de las propuestas, si el proponente dentro de este término no presenta la información o documentos solicitados, la propuesta se calificará como NO CUMPLE JURIDICAMENTE. Se advierte que durante este término, el proponente no podrá mejorar, completar, adicionar, modificar o estructurar su propuesta. De acuerdo a lo establecido en el inciso final del Art. 2.2.8° del Decreto 734 de 2012, la Entidad no permitirá que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o mejore el contenido de la oferta. En consecuencia, no podrán subsanarse aquellos aspectos que incidan directamente con la capacidad jurídica, financiera y técnica, con la comparación de las propuestas y con los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Para los demás casos, podrán ser allegados con fecha posterior al cierre, antes de la adjudicación, dentro del término que para tal efecto establezca EL SENA A continuación se relacionan los documentos que deben ser presentados por el proponente para la verificación de los requisitos habilitantes: 5.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formato No. 1 "Carta de Presentación de la Propuesta" y será firmada por el proponente o su apoderado debidamente facultado con poder, si hubiere lugar a ello. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica, en unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante legal debidamente facultado en los términos de ley. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente tenga la facultad de comprometer al proponente, genera rechazo de plano de la oferta. En la carta de presentación de la propuesta, el proponente, persona natural, Representante Legal de la Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, tiene la obligación de manifestar bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad de las establecidas en la Constitución y la Ley. Adicionalmente, ésta manifestación juramentada también debe hacerla respecto de la persona jurídica que representa y respecto de los socios que la conforman. Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, esta manifestación juramentada debe hacerla el Representante Legal respecto de cada uno de los integrantes; y si los integrantes son personas jurídicas, debe manifestar si los socios que las conforman, no se

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encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la Constitución y la Ley. Si el Proponente, el Representante Legal o alguno de los socios se encuentran incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, la oferta será rechazada. La capacidad jurídica debe ostentarse al momento de presentar a correspondiente oferta; por lo tanto, la no presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal junto con la propuesta es causal de RECHAZO, en tanto que la capacidad jurídica es un requisito no subsanable y se demuestra a través del precitado documento. 5.1.2 CERTIFICADO DE INSCRIPCION VIGENTE EN EL REGISTRO UNICO DE

PROPONENTES DE LA CAMARA DE COMERCIO Todo proponente deberá anexar el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio. Este Registro Único de Proponentes, debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la licitación. La inscripción, renovación, actualización o modificación, deberá encontrarse registrada con fecha anterior al cierre de la presente convocatoria y encontrarse en firme dicho registro, cualquiera que sea la acción realizada. (Art. 221 del Decreto 019 de 2012). En caso que el proponente sea Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes que lo conforme, deberá presentar su correspondiente RUP, en las condiciones señaladas en el presente numeral. La matrícula mercantil debe encontrarse renovada para la vigencia 2012, al momento de la presentación de la propuesta y para la firma del Contrato. 5.1.2.1 CAPACIDAD JURÍDICA Tratándose de personas naturales, corresponderá a las actividades comerciales y/o económicas inscritas ante la Cámara de Comercio del domicilio del comerciante y que se encuentren registradas en el Certificado de Existencia y Representación Legal. Dichas actividades deben circunscribirse al objeto de la presente contratación. Si se trata de personas jurídicas, su capacidad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto social. (Artículo 99 Código de Comercio). Si la participación es en forma conjunta, los consorcios o uniones temporales en su conformación deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias. En este caso, para efectos de acreditar la capacidad jurídica, por lo menos uno de los consorciados deberá circunscribir su actividad comercial y/o económica al objeto a contratar; los demás integrantes deberán acreditar una actividad comercial y/o económica relacionada con dicho objeto. Si no se cumple con este requisito en los términos anteriormente señalados, la propuesta será rechazada. Si la actividad comercial y/o actividad económica del oferente persona natural, o el objeto social de la persona jurídica no se encuentra circunscrito con el objeto a contratar, la oferta será rechazada. 5.1.2.2 DOCUMENTOS JURÍDICOS QUE DEMUESTRAN LA CAPACIDAD JURÍDICA Los oferentes presentarán con su oferta los siguientes documentos:

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- Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no superior a

30 días, contados retroactivamente con la fecha de cierre del presente proceso, para personas jurídicas y naturales inscritas ante Cámara de Comercio.

- El proponente debe haberse constituido ante Cámara de Comercio con antelación mínima de DIEZ (10) AÑOS, contados retroactivamente con la fecha de cierre del proceso, conforme al régimen legal aplicable y de acuerdo con el tipo de sociedad y deben encontrarse vigentes a la fecha de presentación de la oferta.

- En caso de que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros que lo conforme deberá presentar su correspondiente certificado de existencia y representación legal, en las mismas condiciones antes señaladas.

- De conformidad con el Art. 6 de la Ley 80 de 1993, las personas jurídicas para suscribir el respectivo contrato, deberán acreditar que su duración no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción

- La matrícula mercantil deberá encontrarse renovada para la vigencia 2012, al momento de presentación de la propuesta.

- El Sena, en cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 515 y S.S del Código de Comercio se reserva el derecho de verificar mediante Inspección Ocular la existencia del Establecimiento de Comercio y que éste se ajuste a los requisitos exigidos en el mencionado Código, so pena de RECHAZO de la respectiva oferta.

5.1.2.3 AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR En caso de que el representante legal de la persona jurídica, conforme a sus estatutos, no tenga facultad para contratar, deberá presentar copia del acta en la que conste la respectiva autorización otorgada por el órgano social competente. Igual facultad deberán acreditar los representantes legales de las personas jurídicas que conformen consorcios o uniones temporales. 5.1.3 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL Se diligenciará de acuerdo con el modelo sugerido en los presentes pliegos de condiciones, teniendo en cuenta, las siguientes pautas: Los consorcios o uniones temporales integrados, en las condiciones señaladas en el parágrafo 1 del artículo 2 del decreto 3806 de 2009 y conforme el artículo 7 de la ley 80 de 1993 cumplirán con los siguientes requisitos: a. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y, en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta yen la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA. b. El Consorcio o Unión Temporal debe tener una vigencia igual a la del contrato y un (1) año más. c. Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán presentar el documento de constitución en original y con firmas originales, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, e igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como representante del Consorcio o de la Unión Temporal. De conformidad con lo anterior el documento constitutivo de Consorcio o Unión Temporal, para dar cumplimiento de lo establecido en el artículo 7o. de la ley 80 de 1993, deberá contener como mínimo: a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. b) Designar la persona, que para todos los efectos, representará el Consorcio o la Unión Temporal.

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c) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio ola Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades. d) Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la Unión Temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA. e) Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la duración del contrato y un año más. f) Deberá indicar que éste no podrá, en ningún caso, haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o la Unión Temporal. g) Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente pliego de condiciones. Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente pliego de condiciones. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución y para efectos del pago, en relación con la facturación deben manifestar: 1. Si la va a efectuar en representación del consorcio o de la unión temporal uno de sus integrantes, en este caso debe informar el número del NIT de quien factura. 2. Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato. 3. Si la va realizar el consorcio o la unión temporal con su propio NIT. En este último caso, de resultar favorecido con el presente proceso, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, la unión temporal o el consorcio, debe remitir el NIT correspondiente y además deben señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en el documento de conformación del consorcio o unión temporal, el SENA las solicitará. 5.1.4. CUMPLIMIENTO DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

INTEGRAL Y PARAFISCALES: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, para acreditar el cumplimiento del presente requisito, el oferente deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos, dependiendo la naturaleza jurídica de cada participante:

- Para el caso de personas jurídicas, cumplimiento de sus obligaciones con el sistema de seguridad social en salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, si a ello hubiere lugar. Se deberá acreditar el pago de los aportes de los empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal. De igual forma, deberá aportar copia de la última planilla de pago al sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. - Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar el documento que acredite el cumplimiento de este requisito, según sea su naturaleza jurídica. Por tratarse de un mandato legal, para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los participantes deberá aportar copia de la planilla de pago al sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales del último período.

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- En tratándose de personas naturales, este requisito se cumple con la presentación de la última planilla de pago al sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, si a ello hubiere lugar. Para el SENA es obligación encontrarse al día en el pago de los aportes parafiscales, el cumplimiento de la cuota de aprendices y pago de multas impuestas por la entidad y por el Ministerio de la Protección Social. En el evento en que se encuentre en mora por cualquiera de estos conceptos, la oferta será evaluada como NO CUMPLE JURIDICAMENTE 5.1.5 CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE Se deberá acreditar encontrarse paz y salvo del cumplimiento sobre el Contrato de Aprendizaje, mediante certificación expedida por Revisor Fiscal, cuando este exista y en caso contrario, por el Representante Legal. En el evento de no encontrarse obligado con la contratación de aprendices deberá manifestarlo por escrito. Acorde a lo establecido en la Resolución interna No. 002090 del 26 de Octubre/05: “En el caso de personas naturales, en el evento de no estar obligada al pago de aportes parafiscales o contratación de aprendices, lo certificará mediante la presentación de una declaración juramentada, donde se manifieste dicha circunstancia”. Este requisito deberá cumplirse por las personas naturales, jurídicas y cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal. 5.1.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA a. BENEFICIARIO SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CESAR - NIT. 899.999.034-1

Dirección del Asegurado/Beneficiario: Kilómetro 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar

Teléfono: 57+5+5703366

b. AFIANZADO: A nombre del Oferente, en caso de ser una Unión Temporal o Consorcio el beneficiario/afianzado se hará a nombre de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o del Consorcio. c. VIGENCIA: La vigencia será de sesenta (60) días calendario, a partir de la fecha de cierre del presente proceso. En caso de prorrogarse el plazo del presente proceso de selección, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale el SENA d. CUANTÍA: La garantía deberá constituirse por el diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si el adjudicatario no firma el contrato o no entrega la garantía única prevista en el numeral 19 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato, EL SENA exigirá al oferente clasificado en segundo lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato y así sucesivamente a los demás oferentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para EL SENA, conforme a lo previsto en el presente pliego.

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De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.7. del Decreto 734 de 2012, “La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última” Cualquier error o imprecisión en el texto de la póliza, será susceptible de aclaración. El SENA señalará un término para corregir, si vencido el plazo no se presentan las correcciones la oferta será objeto de RECHAZO. El SENA hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios, entre otros, en los siguientes casos:

• Cuando un proponente solicitare el retiro de su oferta después de la fecha de cierre del plazo de la presente Convocatoria pública, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.

• Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no procediere a cumplir con la suscripción del contrato en los términos y dentro de los plazos y condiciones previstos en estas pliegos de condiciones, ó no cumpla con los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato.

• Cuando dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad ó si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales. Lo anterior, con sustento en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007 y el numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.

5.1.7 Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o de la persona natural o de los miembros del consorcio o unión temporal vigente conforme el Decreto 4969 del 23 de julio de 2009. 5.1.8 Verificación por parte de la Entidad de antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales. EL SENA a través de la Unidad de Contratación, verificará que los proponentes no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales, Procuraduría General de la Nación (Antecedentes Disciplinarios) y la Policía Nacional (Antecedentes Judiciales). 5.1.9 Certificación expedida por una Entidad Financiera, donde conste el número de la cuenta de ahorros o corriente a nombre del proponente y su vigencia. La fecha de expedición de la certificación no debe ser superior a los dos (2) meses, contados retroactivamente con la fecha de cierre del presente proceso. 5.1.10 CERTIFICACIÓN MULTAS Y SANCIONES CONTRACTUALES El proponente, persona natural, persona jurídica, deberá acreditar mediante escrito presentado bajo la gravedad de juramento que él, y los socios que las conforman, no han tenido sanciones ni multas contractuales en los últimos CINCO (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. En caso de Consorcio o Unión Temporal, este documento deberá diligenciarse para cada uno de sus integrantes. 5.2 REQUISITOS DE CAPACIDAD TÉCNICA 5.2.1 REGISTRO UNICO DE PROPONENTES RUP: Todos los proponentes deberán anexar el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio. Este Registro Único de Proponentes, debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la licitación. La inscripción, renovación, actualización o modificación, deberá encontrarse registrada con fecha anterior al cierre de la presente convocatoria y encontrarse en firme dicho

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registro, cualquiera que sea la acción realizada conforme a lo señalado en el Art. 221 del Decreto 019 de 2012. En dicho documento deberá constar que el proponente se encuentra inscrito, calificado y clasificado como Proveedor, en las especialidades relacionadas a continuación:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD

03-PROVEEDORES

35 – EQUIPOS Y/O MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION 36 – ARTICULOS DE FERRETERIA

La inscripción, clasificación y calificación en la actividad, especialidad y grupo requeridos, deberá encontrarse registrado con fecha anterior al cierre de la presente convocatoria y hallarse en firme dicho registro, conforme a lo establecido en el Art. 221 del Decreto 019 de 2012.

En caso de que el proponente, persona natural, persona jurídica o los integrantes del consorcio o unión temporal no cumplan con la inscripción en la actividad, especialidad y grupos exigidos en el presente pliego, según el grupo para el cual presenta oferta, a la fecha de cierre de la presente convocatoria pública, su propuesta será RECHAZADA. 5.2.2. OFERTA TECNICA DETALLADA: La oferta técnica deberá presentarse de manera precisa y detallada, SIN VALORES (debe inclurise en el sobre No. 2 – Documentos Habilitantes); de acuerdo con los requerimientos indicados a continuación y el numeral 2.2 del presente pliego. No se aceptan ofertas condicionadas ni alternativas.

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANT MARCA

Si el proponente no presenta la oferta técnica tal como se establece en el presente numeral, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA 5.2.3 OFERTA ECONÓMICA DETALLADA: La propuesta inicial de precio, (Sobre No. 1-Oferta inicial de precio) deberá presentarse conforme a la siguiente tabla:

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANT MARCA VALOR

UNITARIO VALOR TOTAL

IVA VALOR TOTAL + IVA

Si el proponente no presenta la totalidad de las especificaciones técnicas y económicas tal como se señala en el presente inciso, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA Serán INHABILITADAS aquellas propuestas que al momento de apertura del sobre correspondiente, contengan incoherencias técnicas y no correspondan las especificaciones requeridas por la Entidad.

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5.2.4. EXPERIENCIA ESPECÍFICA: El proponente deberá presentar dos (02) certificaciones de contratos ejecutados con entidades públicas o privadas, dentro de los dos (2) años anteriores al presente proceso, contados retroactivamente con la fecha de cierre de la convocatoria, con igual o similar objeto a contratar, y el valor de las mismas, ya sea de manera individual o la suma de éstas, sea igual o superior al presupuesto oficial asignado por la entidad para el presente proceso. En caso que se aporten más de dos certificaciones de experiencia, sólo se tendrán en cuenta las dos (2) primeras que se encuentren en la respectiva propuesta, en el orden consecutivo que ésta lleve. En el evento en el que el proponente no obtenga certificación por parte del contratante de los contratos ejecutados, podrá acreditar experiencia mediante copia legible del contrato y/o acta de liquidación respectiva, que contengan toda la información relacionada en los requisitos necesarios para acreditación de la experiencia. Cuando se presente un Consorcio o Unión Temporal, la experiencia se evaluará proporcionalmente al grado de participación de cada uno de sus integrantes, siempre y cuando su participación sea inferior al 50%; en el caso de que uno de los participantes del consorcio o unión temporal supere este porcentaje, se tomara el 100% de la experiencia de éste. 5.3 CAPACIDAD FINANCIERA 5.3.1 DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO Cada uno de los proponentes deberá presentar los siguientes documentos de carácter financiero: 5.3.1.1 El proponente deberá presentar copia del R.U.P. actualizado para tomar de allí el contenido de la información financiera con corte a diciembre 31 de 2011. 5.3.1.2. Copia Declaración Tributaria del Impuesto de Renta y Complementarios del año gravable 2011 5.3.1.3 R.U.T. NOTA: Para el caso de las propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá allegar la misma documentación requerida en el presente pliego de condiciones. Luego de la verificación de los documentos financieros solicitados en el numeral 5.3.1.1 a 5.3.1.3 el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA no otorga asignación de puntaje; pero calculara los siguientes indicadores financieros y comprobara el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación; en caso de incumplir alguno, la propuesta se calificara NO CUMPLE FINANCIERAMENTE Nota 2: Para efectos del cálculo de los indicadores financieros, la información se tomará del RUP en SMMLV del mismo año (según el año del corte de los estados financieros presentados) y el presupuesto establecido para el presente proceso se convertirá en SMMLV para el año 2012 ($566.700). 5.3.2 ESTUDIO DE LA CAPACIDAD FINANCIERA: La Evaluación Financiera de las propuestas se efectuará sobre los documentos de contenido financiero de acuerdo con las exigencias y requisitos establecidos en el presente pliego. En caso de que la propuesta sea presentada por una Unión Temporal, para su evaluación se consolidarán los Estados Financieros contenidos en el R.U.P. de sus integrantes, en forma proporcional a su porcentaje de participación en ésta. Si es

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presentada por un Consorcio, los Estados Financieros de sus integrantes se consolidarán sumándolos. Los documentos financieros podrán ser aclarados dentro del término de evaluación, siempre que sean de carácter subsanable. La capacidad financiera se determinará con base en las cifras del Balance General y Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2011 contenidos en el R.U.P. verificando el cumplimiento de los siguientes indicadores: 5.3.2.1. CAPACIDAD PATRIMONIAL Para los efectos aquí previstos se entiende por PATRIMONIO, lo definido en el Decreto 2649 de 1993, Art. 37: El patrimonio es el valor residual de los activos del ente económico, después de deducir todos sus pasivos” esto es: PATRIMONIO = Activos – Pasivos La capacidad patrimonial se sacará de las cifras contenidas en los estados financieros del cierre del ejercicio que se solicita en el RUP. El proponente debe acreditar una capacidad patrimonial mínima que compruebe su posibilidad real de asumir el costo que le representa la ejecución del contrato. La capacidad patrimonial requerida debe ser mayor o igual (≥) a 458 SMMLV (DOS VECES EL PRESUPUESTO OFICIAL) CPR = Capacidad patrimonial requerida, expresado en SMMLV = 458 5.3.2.2. LIQUIDEZ = ACTIVO CORRIENTE/PASIVO CORRIENTE Mayor o igual al ≥ 1 5.3.2.3. CAPITAL DE TRABAJO NETO: (CTN) CT = ACTIVO CORRIENTE – PASIVO CORRIENTE Debe ser mayor o igual (≥) al 100% del valor total del presupuesto oficial. 5.3.2.4. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO TOTAL: (ET) ET = (PASIVO TOTAL / ACTIVO TOTAL) 100% Debe ser menor o igual (<) al 60% 5.3.2.5 La propuesta será declarada NO CUMPLE FINANCIERAMENTE en los siguientes casos: -La información financiera a diciembre 31 de 2011 contenida en el R.U.P. y los demás documentos indicados en los numerales 5 . 3 . 1 . 1 a 5 . 3 . 1 . 3 deben presentarse al cierre de la convocatoria con el cumplimiento de los requisitos de ley o reglamento y son subsanables a solicitud de la entidad. Sin embargo, cuando definitivamente no se subsane la documentación y requisitos de carácter financiero, la propuesta será declarada “NO CUMPLE FINANCIERAMENTE”. -El no cumplimiento del valor mínimo establecido por la Entidad en cada uno de los tres indicadores financieros señalados en el presente pliego de condiciones: Capital de Trabajo, Nivel de Endeudamiento e Índice Patrimonial. Para la evaluación de este numeral se aplicará lo dispuesto en el numeral 5.3.1 del presente pliego de condiciones. Este análisis no da lugar a puntaje alguno, pero su incumplimiento definitivo en todo o en algunos de los aspectos, en los términos del mismo numeral, conllevará a que la propuesta esté incursa en causal de rechazo. 5.4. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (CO) La Capacidad Organización en términos de SMMLV que deben tener los proponentes para el presente proceso debe ser igual a dos veces el valor del presupuesto comprometido.

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La capacidad de Organización para los proponentes clasificados como proveedores se determina por los ingresos brutos operacionales relacionados exclusivamente con la actividad de proveedor, en términos de Salario Mensual Legal Vigente (SMMLV). Si el proponente presenta una capacidad de organización (CO) menor al exigido en el presente pliego de condiciones la oferta será INHABILITADA. 5.5. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán rechazadas cuando: Será causa suficiente para RECHAZAR una propuesta la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos: 1. El proponente (persona natural, persona jurídica - consorcio o unión temporal) se

encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, establecidas en la Constitución y las contempladas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993. Esta inhabilidades e incompatibilidades se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado inhabilidad por incumplimiento reiterado – Art. 90 Ley 1474 de 2011-, así como las sociedades de personas de los que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria

2. La propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse, o que no cumplan todas las calidades exigidas.

3. Cuando no se aporte con la propuesta, el Certificado de Existencia y Representación Legal (Sentencia del Consejo de Estado – Sección Tercera – Rad. 1101-03-26-000-2009-00018-00 M.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa)

4. Cuando el desarrollo de la empresa o actividad comercial y/o actividad económica del oferente persona natural o jurídica o de los consorciados prevista en su objeto social, no se circunscriba al objeto a contratar, en los términos establecidos en el presente pliego de condiciones y demás normas concordantes que le sean aplicables.

5. Logre demostrarse que existen varias propuestas presentadas por el mismo proponente para el presente proceso, por si o por interpuesta persona. Artículo 8.1.3° Decreto 734 de 2012: De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas. Para efectos de establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1° del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, las entidades estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. Si de acuerdo con los pliegos la propuesta hubiere sido enviada por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos

6. Cuando el representante legal del consorcio o unión temporal exceda las limitaciones que se le hayan impuesto en el acuerdo de integración, o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato.

7. Si de conformidad con el Certificado de la Cámara de Comercio o la entidad competente, o con los estatutos de la persona jurídica, se determina que su duración no es igual a la del plazo para la ejecución del contrato y un (1) años más, y cuando en este mismo el objeto de la empresa no se circunscribaal objeto de la presente contratación.

8. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente en la fecha, lugar y hora indicados en el Anexo No. 01 – Cronograma del Proceso.

9. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad, o condicionada para la adjudicación.

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10. Cuando la Garantía de Seriedad de la propuesta no se entregue con la propuesta al

cierre del presente proceso o no se subsane dentro del término que establezca la Entidad.

11. Cuando la propuesta supere el valor del presupuesto oficial 12. Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente contienen

información imprecisa, inexacta o que de cualquier manera no corresponda a la realidad, que carece de veracidad y/o que no se pueda subsanar, caso en el cual se iniciaran las acciones administrativas correspondientes, si a ello hubiere lugar.

13. Cuando no subsane correctamente y dentro del término fijado, la información o documentación solicitada por el SENA.

14. Si el oferente se encuentra en mora en el pago de sus obligaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales o registra saldos insolutos en el aplicativo de cartera de la Entidad

15. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente no tenga la facultad de comprometer al proponente

16. Cuando el proponente o sus socios tratándose de personas jurídicas, se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades señaladas la Constitución, la Ley y en el Art. 90 de la Ley 1474 de 2011 (INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO).

17. Cuando el proponente y los socios que la conforman, hayan sido sancionados por alguna(s) de las Entidades Estatales enunciadas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 con multa o cláusula penal, mediante providencia ejecutoriada dentro de los últimos CINCO (5) años anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en referencia.

18. Cuando el proponente presente saldos insolutos en el aplicativo de aportes del SENA por concepto de aportes parafiscales, FIC, multas, sanciones, cumplimiento de cuota de aprendices, etc y dentro del término que establezca la Entidad, no aporte los documentos que acrediten encontrarse al día o que logren desvirtuar tal situación.

19. Cualquier otra causal establecida por la ley y la Constitución Política y en el presente pliegos de condiciones.

5.5 ADJUDICACION CON OFERTA UNICA Conforme a lo señalado en el Artículo 3.2.1.1.5 del Decreto 734 de 2012, si sólo un oferente resultare habilitado para participar en la subasta, la entidad adjudicará el contrato al proponente habilitado, siempre que su oferta no exceda el presupuesto oficial indicado en el pliego de condiciones y ajuste su oferta a un descuento mínimo. Si no se presentara ningún proponente para participar en la subasta, la entidad ampliará el plazo para la presentación de los documentos habilitantes y la oferta inicial de precio, por el término indicado en los pliegos de condiciones, el cual en ningún caso podrá ser mayor de la mitad del inicialmente previsto. Si en este evento no se presentara ningún proponente, la entidad declarará desierto el proceso de selección. Respecto al ajuste de la oferta a que se refiere el presente artículo, la entidad invitará al proponente habilitado a una negociación en la que, en aplicación de los principios de economía y transparencia, obtenga un menor precio de la oferta inicialmente presentada por parte del único habilitado, cuyo rango de mejora no podrá ser inferior al descuento mínimo indicado en el pliego. Si fracasara la negociación, la entidad declarará desierto el proceso contractual, caso en el cual podrá reiniciarlo nuevamente en los términos previstos para este proceso de selección en el presente decreto. En este caso, si se hubiere solicitado garantía de seriedad de los ofrecimientos, la misma no se hará efectiva por parte de la entidad estatal ni podrá ser utilizada en la negociación para obtener acuerdo alguno. En caso de declararse desierto el proceso de selección abreviada de subasta inversa regulado en el presente artículo, la entidad podrá iniciarlo de nuevo, prescindiendo de la

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publicación del proyecto de pliego de condiciones. De ser necesario se modificarán los elementos de la futura contratación que hayan sido determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación, sin perjuicio de ajustes en las cantidades y el presupuesto.

CAPITULO VI

DEL CONTRATO

6.1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN El SENA es un establecimiento público del orden nacional adscrito al Ministerio del Trabajo, encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, como lo establece la Ley 119 de 1994. De conformidad con el artículo 25 del Decreto 249 de 2004, los Centros de Formación son las dependencias responsables de la prestación de los servicios de formación profesional integral, los servicios tecnológicos, la promoción y el desarrollo del empresarismo, la normalización y evaluación de competencias laborales, en interacción con entes públicos y privados y en articulación con las cadenas productivas y los sectores económicos. El artículo 27 del mismo Decreto 249 de 2004 señala las funciones que deben desarrollar las Subdirecciones de Centro para planear, programar y ejecutar todos los procesos mencionados anteriormente, entre ellas “Administrar y ejecutar los procesos de contratación” del Centro. Asimismo, el Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC, creado por el artículo 6° del Decreto 2375 de 1974, y regulado por la Resolución No.02370 de 2008, que tiene por finalidad atender los programas y modos de formación profesional integral desarrollados por la entidad, que guarden relación con los diferentes oficios de la industria de la construcción, entre otros. Uno de los objetivos primordiales del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC es el propender por la realización de la formación en ambientes productivos reales, propios o en convenios con entidades públicas o privadas, dotados de la infraestructura, medios didácticos, materiales de formación, dispositivos de seguridad industrial donde los aprendices sean ejecutores de los procesos constructivos acordes con su nivel de formación y se posibilite el desarrollo de las competencias necesarias para su desempeño laboral en la Industria de la Construcción. En cumplimiento de lo anterior, el Centro Biotecnológico del Caribe determinó la ejecución de programas de formación en el área de la Construcción a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC, con el objeto de cumplir con las metas establecidas para el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar, de acuerdo con el Plan Operativo Anual establecido para el año 2012. Con el propósito de atender la necesidad de los cursos con códigos de Fichas N° 373157, 376495 y 382985 y desarrollar integralmente las actividades inherentes de dicho proceso, se hace necesario adquirir materiales y elementos de formación que así lo faciliten. Los materiales requieren ser obtenidos para poder garantizar el normal y continuo avance del programa que se dirige a través de la Coordinación Académica del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar.

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6.2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN Para la selección del contratista, se adelantará un proceso de Selección Abreviada, definida en el artículo 2, numeral 2, literal a), de la Ley 1150 de 2007 y Articulo 3.2.1.1° del Decreto 734 de 2012, se realizará mediante el procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, reglamentado por el artículo 3.2.1.1.10° del Decreto 734 de 2012. De conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.1.1.6° del Decreto 734 de 2012, la subasta inversa tendrá la modalidad de electrónica y se realizará a través de la plataforma tecnológica de TODO UNO, debido a que los bienes objeto de la contratación son de especificaciones técnicas uniformes y de común utilización de conformidad con el literal a) numeral 2 del artículo 2º de la ley 1150 de 2007, Sección I del Capítulo II del Decreto 734 de 2012 (Artículos 3.2.1.1° y SS.). De igual forma, se dará aplicación a lo establecido en el Art. 4.1.2° del Decreto 734 de 2012, con el fin de limitar exclusivamente la convocatoria a las MYPES, para lo cual éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el mencionado Decreto. El pliego de condiciones elaborado por la entidad para el presente proceso de selección contiene, además de los requisitos exigidos en el numeral 5 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, los definidos en el artículo 2.2.3° del Decreto 734 de 2012 y los específicos de la modalidad de selección. En materia de publicidad del proceso de selección, EL SENA cumplirá con lo dispuesto en los artículos 2.2.5° y 2.2.6° del Decreto 734 de 2012, referente a las modalidades de selección para la licitación, selección abreviada y concurso de meritos. El Contrato que se derive del presente proceso se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y demás normas concordantes vigentes que le sean aplicables y el Pliego de Condiciones. 6.3 NATURALEZA DEL CONTRATO: Contrato de Compraventa 6.4 OBJETO DEL CONTRATO Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar 6.5 ESPECIFICACIONES TECNICAS Los Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar a comprar deben reunir las cantidades y características que se detallan a continuación y las especificaciones técnicas descritas en el anexo técnico de la presente convocatoria:

ITEM DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO UNIDAD

CANTIDAD

1 CEMENTO GRIS BULTO X 50 KG BOLSA 700 2 ARENA LAVADA M3 60 3 GRAVILLA TRITURADA M3 70 4 PIEDRA RAJON DE DIAMETRO 15" M3 15 5 RELLENO SELECCIONADO M3 50 6 VARILLA DE 1/2 X 6 ML 60000 PSI UNIDAD 200 7 VARILLA DE 3/8 X 6 ML 60000 PSI UNIDAD 220

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8 VARILLA DE 1/4 X 6 ML 60000 PSI UNIDAD 300 9 ALAMBRE NEGRO KILOGRAMO 95

10 MALLA ELECTROSOLDADA 4 MM DE 0,2 X 0,2 M2 170

11 PINTURA VINILO TIPO 1 BLANCO CUÑETE UN 21

12 PINTURA ESMALTE GALON 35 13 TINNER GALON 25 14 BALDOSA DE PORCELANA TIPO ALFA,

0,30 X0,30 M2 192 15 PEGANTE PARA CERAMICA KILOGRAMO 150 16 CEMENTO BLANCO KILOGRAMO 150 17 PUNTILLA REDONDA CON CABEZA

PLANA GRAFILADA 2 ½” PULGADA KILOGRAMO 25 18 PUNTILLA REDONDA CON CABEZA

PLANA GRAFILADA, 3 ", CALIBRE 18, 500 G. KILOGRAMO 20

19 TABLAS DE 0,30 X 0,02 X 3 MTS UNIDAD 40 20 PINTURA ANTICORROSIVA GALON 25 21 LAMINAS TERMOACUSTICA DE 0,72 X 12

ML UNIDAD 18 22 TORNILLOS DE 12" X 1/4 CON

NEOFRENO UNIDAD 370 23 VENTANERIA EN ALUMINIO 5020 M2 20 24 VIDRIOS TRANSPARENTE DE 4MM M2 20 25 LADRILLO BOCADILLO UNIDAD 8000 26 PERFIL PHR 120 X 60 1,2 MM CAL 18 ML 100 27 PERFIL DE ACESCO PHR 220 X 80 2,5 MM

CAL 12 ML 50 28 PERFIL DE ACESCO PHR 160 X 160 2,5

MM CAL 16 ML 70 29 SOLDADURA CADWELL 115 KILOGRAMO 4 30 CABALLETE TERMOACUSTICO ML 16 31 TABLERO METALICO CUATRO

CIRCUITOS UNIDAD 2 32 TACOS MONOPOLAR DE 40 AMP UNIDAD 8 33 PUERTA METALICA CALIBRE 18 CON

MARCO Y CERRADURA UNIDAD 5 34 PROTECTORES PARA VENTANAS EN

VARILLA DE 1/2 (CUADRA) M2 20 35 DRY WALL LAMINA PLANA DE 10MM UNIDAD 140 36 TUBERIA CONDUIT DE 1" UNIDAD 18 37 CABLE AISLADO N° 8 7 HILOS ML 250 38 CABLE AISLADO N° 10 7 HILOS ML 80 39 CURVA DE 1" UNIDAD 9 40 CINTA DE AISLAR UNIDAD 14 41 SOLDADURA PVC 1/8 GALON 1 42 CABLE AISLADO N° 12 7 HILOS ML 376 43 CABLE AISLADO N° 14 7 HILOS ML 220 44 CONECTORES DE 3/4 UNIDAD 4 45 TOMA DOBLE POLO TIERRA UNIDAD 10 46 CURVA DE 1/2 UNIDAD 67

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47 TUBERÍA CONDUIT DE 1/2 X3M UNIDAD 150 48 CAJA OCTAGONAL EN ACERO

GALVANIZADO 4 X 4 UNIDAD 16 49 CAJA SENCILLA EN ACERO

GALVANIZADO DE 2 X 4 UNIDAD 26 50 ADAPTADOR DE 1/2 UNIDAD 62 51 INTERRUPTOR SENCILLO CON LUZ

PILOTO UNIDAD 16 52 LAMPARAS FLUORECENTES 2 X 98 CAL

24 UNIDAD 30 53 LAMPARA ESPECULAR DE 0,60 X 0,60

PARA INCRUSTAR UNIDAD 6 54 CAOLIN KILOGRAMO 133 55 YESO KILOGRAMO 65 56 GRANIPLAST GRAFILADO CUÑETE 15 57 PERFIL EN C DE 120 MM X 60 MM

CALIBRE 16 X 6M UNIDAD 18 58 TORNILLO DE 1/2" X 2" UNIDAD 60 59 CAJA ELECTRICA DE 8 CIRCUITOS UNIDAD 1 60 TACOS DE 30 AMP UNIDAD 8 61 TUBERIA SANITARIA 3" UNIDAD 3 62 TUBERIA SANITARIA 6" UNIDAD 6 63 JUEGO SANITARIO EN PORCELANA

INCLUYE LA GRIFERIA, SANITARIO Y LAVAMANOS. COLOR BLANCO UNIDAD 6

64 ORINALES EN PORCELANA INCLUYE GRIFERIA UNIDAD 2

65 DUCHAS SENCILLAS PARA BAÑOS DE ½” CON GRIFERIA UNIDAD 4

66 UNION PVC 6" UNIDAD 4 67 YEE PVC 6" UNIDAD 2 68 LLAVES TERMINALES EN ACERO

GALVANIZADO DE ½” UNIDAD 6 69 INCRUSTACIONES PARA BAÑOS

COMPUESTO POR (JABONERA, PAPELERA Y TOALLERO) COLOR BLANCO UNIDAD 6

70 CODO 90 DE 2" PVC UNIDAD 10 71 TUBERIA SANITARIA 2" PVC UNIDAD 7 72 TUBERIA SANITARIA 4" PVC UNIDAD 5 73 TEE DE 2" PVC UNIDAD 4 74 SIFON 4" PVC UNIDAD 6 75 DIVISION EN ACERO INOXIDABLE PARA

SANITARIO EN L DE 1,50 X 1,80 CAL 18 UNIDAD 5 76 MALLA ESLABONADA 2X2 CALIBRE 10 M2 200 77 LISTONES EN MADERA DE 3X3 CARRETO UNIDAD 70 78 LISTONES EN MADERA DE 2X2 CARRETO UNIDAD 180 79 VALVULA REGULADORA DE PRESION DE

1/2 " UNIDAD 2 80 BEBEDEROS AUTOMATICOS PLASTICOS

PARA CAPRINOS UNIDAD 10 81 CLAVOS O PUNTILLAS DE BARETAS DE

3" LIBRAS 20 82 REFLECTORES LUMINARIAS DE UNIDAD 5

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HALOGENA DE 120 V

83 CIELO RASO EN LAMINA PLANA DE ASBESTO CEMENTO EN CUADRICULAS DE 60X120 CENTIMETROS, CON ESTRUCTURA EN ALUMINIO. M2 24

84 PALAS CUADRADAS CON MANGO LARGO EN MADERA UNIDAD 15

85 PALA METALICA REDONDA O PUNTA MANGO LARGO EN MADERA 1,84 KG LAMINA TEMPLADA, CALIBRE 16 UNIDAD 15

86 PICOS CON MANGO CORTO DE MADERA UNIDAD 15 87 PALADRAGAS CON MANGO LARGO DE

MADERA UNIDAD 4 88 BARRETA DE PUNTA 7/8” X 1.25 MTS UNIDAD 4 89 CARRETILLA HONDA 5 PIES CUBICOS (85

LITROS) UNIDAD 4 90 MARTILLO DE UÑA CURVA PULIDO DE 16

OZ UNIDAD 8 91 MONA DE 5 LIBRAS CON MANGO

METALICO UNIDAD 6 92 SERRUCHO PROFESIONAL HOJA DE 18

DPP UNIDAD 4 93 MACHETE PULIDO CON MANGO DE

PLÁSTICO de 16” UNIDAD 4 94 ARCOS PARA SEGUETAS PROFESIONAL

DE 12” UNIDAD 4 95 SEGUETAS BI-METAL UNIDAD 20 96 CIZALLA DE 1/2" UNIDAD 1 97 VALDE PLASTICOS DE 12 LITROS UNIDAD 24 98 FLEXOMETRO MAGNETICA DE 8 MTS X

25 MM. (1”) UNIDAD 25 99 GRIFA DOS BOCAS DE ½ “ UNIDAD 15

100 PLOMADA DE BRONCE X 12 ONZA UNIDAD 9 101 NIVEL DE ALUMINIO 18" UNIDAD 9 102 MANGUERA DE NIVEL 100 MM 3/8" ML 100 103 RODILLO DE FELPA 9 X 3/4" UNIDAD 30 104 LIJAS DE AGUA GRANO 150 UNIDAD 30 105 LIJAS DE AGUA GRANO 400 UNIDAD 30 106 PERFIL EN ANGULO DE ALUMINIO PARA

DRY WALL CALIBRE 26 X 6 METROS UNIDAD 220 107 TABLON DE GRES ANTIDESLIZANTE, 0.33

x 0.33 EN ARCILLA COCIDA VITRIFICADA M2 43 Nota: Los materiales serán destinados a los programas de Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC desarrollado en el Centro Biotecnológico del Caribe: Técnico en construcción y edificación FICHA N°382985, Tecnólogo en obras civiles ficha N° 376495 y Técnico en construcción de edificaciones FICHA N° 373157. 6.6 PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial asignado por la entidad para la presente contratación corresponde a El presupuesto oficial asignado por la entidad para la presente contratación corresponde a la suma de CIENTO VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL

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OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($129.770.876) Incluido IVA y demás impuestos a cargo del contratista. Serán por cuenta del Contratista todos los gastos, impuestos, legalizaciones, fletes, transporte, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de la garantía única y sus modificaciones. LA PROPUESTA QUE EXCEDA EL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL, INCLUIDO IVA, SERA RECHAZADA 6.7 RECURSOS La presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 12812 de fecha 08 de Octubre de 2012. Rubro: C-310-704-4 CAPACITACION SECTOR INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION 6.8 FORMA DE PAGO El SENA pagará al contratista en un pago único contra entrega a satisfacción de los El SENA pagará al contratista en un pago único contra entrega a satisfacción de los bienes, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: POR PARTE DEL CONTRATISTA: Presentación de la Factura, Acreditación de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante la presentación de las planillas de pago correspondientes al periodo facturado. POR PARTE DEL SENA: El informe de supervisión y el acta de recibo final suscritos por el Supervisor del contrato. Del Derecho de Turno: Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. El pago al que se obliga EL SENA por el presente acto, queda subordinado a la aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). 6.9 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución del presente contrato es de CINCO (05) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la aprobación de la póliza. 6.10 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Además de las obligaciones que la Constitución Política y la Ley establecen, EL CONTRATISTA se obliga para con EL SENA, a:

Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.

Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas, financieras y jurídicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta los cuales hacen parte vinculante del contrato.

Proveer bienes, productos o elementos de óptima calidad.

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Reemplazar los bienes, productos o elementos que resulten defectuosos o de

mala calidad. Igualmente deberá restituir a su costa, sin que implique modificación al plazo de entrega, los bienes, productos o elementos defectuosos o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos. Si el CONTRATISTA no restituye los bienes, productos o elementos defectuosos dentro del término señalado por el SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.

Hasta tanto no exista entrega a satisfacción expedida por el supervisor del contrato, el CONTRATISTA deberá responder por su cuenta y riesgo de los elementos objeto de la presente contratación, de acuerdo con las especificaciones técnicas exigidas por la entidad.

Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución para lo cual deberá allegar certificación de paz y salvo suscrita por el representante legal o el revisor fiscal cuando exista y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

El transporte, cargue, descargue y entrega de los bienes, productos o elementos requeridos por el SENA, serán asumidos por el CONTRATISTA.

El riesgo y propiedad de los bienes, productos o elementos serán asumidos por parte del CONTRATISTA hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado.

Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual

6.11 OBLIGACIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA • Pagar en la forma establecida en la cláusula FORMA DE PAGO las facturas presentadas por el CONTRATISTA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. • Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el Contrato y en los documentos que de él forman parte. • Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. 6.12 CLAUSULA DE INDEMNIDAD De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.6 del Decreto 734 de 2012, EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes 6.13 GARANTÍAS Se analizaron los riesgos que deben ampararse en cada una de las etapas del proceso contractual observando el objeto, la naturaleza y cuantía a contratar, quedando de la siguiente manera los amparos ETAPA PRECONTRACTUAL:

a) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA (a cargo del oferente): La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos previstos en el articulo 5.1.4.1 del Decreto 734 de 2012, en tal sentido el oferente deberá constituir póliza de seriedad de la oferta

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conforme los requerimientos que se describen a continuación , la cual deberá presentar en forma simultánea con la propuesta:

1. BENEFICIARIO SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CESAR – CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE NIT. 899.999.034-1

Dirección del Asegurado/Beneficiario: Kilometro 7 vía a la paz de la ciudad de Valledupar, Cesar, Colombia.

Teléfono: 57+5+5703366

2. AFIANZADO: A nombre del Oferente, en caso de ser una Unión Temporal o Consorcio el beneficiario/afianzado se hará a nombre de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o del Consorcio.

3. VIGENCIA: La vigencia será de sesenta (60) días calendario, a partir de la fecha de cierre del presente proceso. En caso de prorrogarse el plazo del presente proceso de selección, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale el SENA.

4. CUANTÍA: La garantía deberá constituirse por el diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si el adjudicatario no firma el contrato o no entrega la garantía única prevista en el numeral 19 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el clausulado de las pólizas o en la Ley aplicable. En aplicación a lo dispuesto en el inciso 3 del numeral 19 del Art. 25 de la Ley 80 de 1993, y tratándose de pólizas, no expirarán por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato, EL SENA exigirá al oferente clasificado en segundo lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato y así sucesivamente a los demás oferentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para EL SENA, conforme a lo previsto en el pliego de condiciones.

ETAPA CONTRACTUAL El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENA una garantía para amparar el contrato, en cualquiera de las modalidades señaladas por el Artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012, a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, el amparo de los siguientes riesgos:

a) Cumplimiento del contrato, por un monto que ampare el 10% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado b) Calidad de los Bienes suministrados: por un monto que ampare el 20% del valor del contrato, por el término de seis (06) meses, contados a partir del recibido a satisfacción

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por parte del supervisor del contrato con el apoyo del funcionario responsable del Almacén de la Regional Cesar. El amparo de calidad cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado, derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes suministrados, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Titulo V del Decreto 734 de 2012. Tales garantías deberán constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato. El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la firma del acta. Estas garantías deberán ser constituidas por el proponente a su costo, y debe contener, entre otros, la siguiente información:

Asegurado/Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CESAR – CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE NIT. 899.999.034-1.

Dirección del Asegurado/Beneficiario: Kilometro 7 vía a la Paz de la ciudad de Valledupar, Cesar, Colombia.

Teléfono: 57+5+5703366 Tomador/Afianzado: La garantía deberá tomarse con el nombre o razón social

del adjudicatario, que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando el adjudicatario sea un consorcio o unión temporal, la póliza deberá constituirse a nombre de todos y cada uno sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales, ni a nombre del consorcio o unión temporal.

Las garantías deben presentarse suscritas por el representante legal del contratista, es decir, por el Tomador/Afianzado

6.14 TIPIFICACION ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO De conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.1.2° del Decreto 734 de 2012 para los efectos previstos en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, el SENA Regional Cesar entiende como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones inicialmente pactadas de que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. En general, todos los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes jurídicos, de operación, cambiarios y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario y para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por el oferente adjudicatario; y deberá soportarlos el 100%, excepto respecto de los riesgos económicos, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera: 50% entidad contratante y 50% contratista. Lo anterior a fin de mantener el equilibrio económico del contrato.

RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICO

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Se pueden considerar aquí los cambios que puedan llegar a presentarse en la normatividad que rige a la persona sea natural o jurídica, que contrate con el Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar, por lo tanto se deben considerar las normas de carácter laboral, cooperativo, de transporte, tributarios, entre otras.

RIESGOS POR CAMBIO EN EL REGIMEN LABORAL COLOMBIANO Si durante la ejecución del contrato la normatividad laboral sufriera modificaciones, éstas serán de obligatorio cumplimiento y exigencia para el contratista por parte de la entidad y si su implementación llegare a afectar las estimaciones efectuadas por el contratista, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. Así mismo el contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de Pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. Para el caso de personas jurídicas, deberán presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007). Para las personas naturales, copia de la planilla de pago al sistema de seguridad social y parafiscal cuando a ello hubiera lugar.

RIESGO DE OPERACIÓN Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, pérdida e importación de los bienes objeto de la presente contratación son asumidos por el oferente adjudicatario.

RIESGO ECONOMICO

Los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los bienes objeto del presente proceso de contratación , mano de obra, entre otros, que afecten el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario y del contratante; por lo tanto, cada uno deberá soportar el 50% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato.

RIESGO CAMBIARIO

El oferente adjudicatario asumirá las fluctuaciones por riego cambiario.

OTROS RIESGOS De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado. La presentación de la oferta, implica la aceptación por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuados por la Entidad en el pliego de condiciones, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 2.1.2 del Decreto 734 de 2012. 6.15 SUPERVISOR El control y vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del presente contrato y de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad de los bienes

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suministrados, será ejercida por el funcionario designado por el Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe – SENA Regional Cesar. El Supervisor del Contrato, además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 00965 de 2012 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza propia del contrato El supervisor designado, tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: a). Certificar la eficaz y oportuna ejecución del contrato, así como la correcta aplicación de las estipulaciones contractuales. b). Firmar la correspondiente acta o constancia de recibo a entera satisfacción de los bienes recibidos objeto de la contratación. c) Requerir al CONTRATISTA cuando se presenten fallas en la debida ejecución del contrato y comunicar los inconvenientes que surjan en el desarrollo del mismo al Subdirector de Centro. d). Enviar oportunamente a la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar toda la información escrita que se surta en cumplimiento del desarrollo del objeto contractual. e). Las demás que surjan de la naturaleza del contrato y se requieran para la cumplida ejecución del mismo. PARÁGRAFO: En todo caso, el ordenador del gasto, podrá cambiar unilateralmente la designación del supervisor cuando las circunstancias así lo ameriten 6.16 CLAUSULA PENAL PECUNIARIA Conforme a lo señalado en el Artículo 8.1.10 del Decreto 734 de 2012, para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento, así como para la estimación de los perjuicios sufridos por la entidad contratante, y a efecto de respetar el debido proceso al afectado a que se refiere el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, la entidad observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Para tal efecto, se tendrá en cuenta lo señalado en el manual de contratación, los trámites internos y las competencias para aplicar dicho procedimiento. Al procedimiento indicado anteriormente, deberá vincularse también a la aseguradora cuando el cumplimiento del contrato se encuentre amparado mediante un contrato de seguro. La comunicación a que se refiere el literal a) del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 se enviará a la dirección de correspondencia informada por el contratista en el contrato. Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, éste deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al VEINTE por ciento (20%) del valor total del contrato. Dicha clausula se hará efectiva, previa la ejecución del debido proceso señalado en el Art. 86 de la Ley 1474 de 2011 y en el Manual para la Contratación Administrativa del SENA, directamente por el SENA, pudiendo acudir para el efecto, entre otros, a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. EL SENA podrá declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal, observando el procedimiento señalado en el Art. 86 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas que le sean aplicables. 6.17 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, CONFLICTO DE INTERESES E IMPEDIMENTOS: El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento que se entiende surtido con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, conflicto de intereses o impedimento, señaladas en la Constitución, la Ley o la normatividad vigente; declara igualmente que se encuentra a paz y salvo con el Tesoro Nacional y con el SENA, o que adeudándole no han vencido los

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términos para su pago y que no es deudor del Estado, o que si es deudor ha suscrito acuerdo de pago vigente. 6.18 GASTOS Serán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos e impuestos, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del Contrato, así como el valor de la prima de la Garantía Única y sus modificaciones. 6.19 IMPUESTOS El CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del Contrato, de conformidad con la ley colombiana. 6.20 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN El CONTRATISTA guardará confidencialidad sobre la información que obtenga del SENA en desarrollo del objeto y obligaciones del Contrato. 6.21 SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES De acuerdo a lo señalado en el Art. 68 de la Ley 80 de 1993, los conflictos que sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán mediante los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1993 y a la conciliación, amigable composición y transacción establecidos por la Ley. 6.22 CESIÓN Y SUBCONTRATOS EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo o en parte a persona natural o jurídica alguna, los derechos y obligaciones inherentes al presente contrato, salvo autorización previa y expresa de la entidad contratante, en todo caso se atenderá lo dispuesto en el artículo 41 inciso 3° de la Ley 80 de 1993. 6.23 PREVALENCIA DEL PLIEGO DE CONDICIONES El presente pliego de condiciones prevalecerá ante la ocurrencia de discrepancias interpretativas surgidas en la ejecución del mismo y por lo tanto forma parte integral del contrato. En caso de incompatibilidades, discrepancias o incongruencias, se tendrá en cuenta lo contemplado en el pliego, teniendo en cuenta que los proponentes con la presentación de su propuesta, manifiestan que se acogen a éste. 6.24 SUSPENSIÓN El plazo de ejecución del presente contrato podrá ser suspendido excepcionalmente de manera temporal, en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Por el mutuo acuerdo de las partes. 2. Fuerza mayor o caso fortuito, por causas debidamente justificadas, previa solicitud del CONTRATISTA. La suspensión se hará mediante acta suscrita por las partes en la cual se expresará su causa, el término de la suspensión y la fecha en que se reanuda la ejecución del contrato. PARAGRAFO: En caso de suspensión el CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Asegurador y a ampliar las garantías, proporcionalmente al término que dure la misma. 6.25 CAUSALES DE TERMINACIÓN El presente contrato podrá darse por terminado por la ocurrencia de cualquiera de siguientes causales: 1) En cualquier momento, por mutuo acuerdos entre las partes, previa justificación escrita. 2) Por vencimiento del plazo de ejecución 3) Por el

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acaecimiento de circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del Contrato. 4) Cuando la Entidad observe conductas fraudulentas por parte del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que la Entidad adelante 6.26 AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL Las partes dejan constancia expresa que el presente contrato se suscribe en el marco del artículo 32 – numeral 3 de la Ley 80 de 1993- y demás normas concordantes y complementarias, por lo cual declaran que no conlleva relación laboral ni prestaciones sociales; su ejecución se hará sin subordinación alguna, gozando el contratista de independencia en la preparación y ejecución del contrato. 6.27 LIQUIDACIÓN Terminada la ejecución del contrato, se procederá a la liquidación del contrato por mutuo acuerdo, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a terminación del mismo, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo. El Contratista tendrá derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. 6.28 REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN, EJECUCIÓN Y PAGO El contrato se entenderá perfeccionado según lo establecido en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Conforme a lo establecido en el Art. 8.1.16 del Decreto 734 de 2012, para la legalización del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente registro presupuestal por parte de la entidad contratante, cuando a ello haya lugar de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto y sus disposiciones complementarias. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondientes. Para la realización de cada pago del contrato estatal, además de verificar lo anterior y el cumplimiento satisfactorio del objeto contratado, la entidad pública verificará que el contratista acredite que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Adicionalmente, la entidad deberá respetar el orden de turno de que trata el numeral 10 del artículo 4° de la ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 19 de la ley 1150 de 2007, para lo cual, dispondrá en su organización interna, los procedimientos necesarios y pertinentes para respetar el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas así como establecerá mecal1ismos para el pronto y oportuno pago a éstos 6.29 ADICIONES Y PRORROGAS:

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Las partes podrán convenir adiciones o prórrogas del contrato teniendo en cuenta para tal efecto, lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993. 6.30 DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO. De conformidad con el artículo 25, numeral 16, de la Ley 80 de 1993, las solicitudes que presente el Contratista en relación, con aspectos derivados de la ejecución del contrato y durante el período de la misma, se entenderán resueltas favorablemente a las pretensiones del contratista si la entidad estatal contratante no se pronuncia dentro de los tres (3) meses a la fecha de presentación de la respectiva solicitud 6.31 DOMICILIO Para todos los efectos legales se fija como domicilio contractual, la ciudad de Valledupar, departamento del Cesar

ESPACIO EN BLANCO

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ANEXO No. 1

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ACTIVIDAD DESDE HASTA LUGAR

Publicación aviso, Estudios Previos, Proyecto de Pliego de Condiciones

24/10/2012 30/10/2012 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Recepción de observaciones y sugerencias al proyecto de pliego

24/10/2012 30/10/2012 Unidad de Archivo y Correspondencia, situada en el kilómetro 7, vía a La Paz, de la ciudad de [email protected]

Publicación en el SECOP de las observaciones al proyecto de pliego de condiciones y del documento que contenga las apreciaciones de la Entidad sobre las observaciones presentadas

31/10/2012 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Manifestación de interés (MYPES/MIPYMES) para participar en el proceso de selección de convocatoria limitada

24/10/2012 31/10/2012 16:00

HORAS

[email protected] Unidad de Archivo y Correspondencia, situada en el kilómetro 7, vía a La Paz, de la ciudad de Valledupar

Publicación informe habilitación (MYPES y MIPYMES)

01/11/2012 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Publicación Pliego de Condiciones definitivo y Acto Administrativo de Apertura

01/11/2012 08/11/2012

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Plazo para presentación de propuestas y acta de cierre de recepción de propuestas

01/11/2012 09/11/2012 16:00

HORAS

Unidad de Archivo y Correspondencia, situada en el kilómetro 7, vía a La Paz, de la ciudad de Valleduparwww.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Plazo para presentación de observaciones al pliego de condiciones definitivo

01/11/2012 07/11/2012 10:00

HORAS

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Término para la expedición de Adendas

01/11/2012 08/11/2012 Subdirección Centro Biotecnológico del Caribe –Unidad de Contratación www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Acta de cierre de recepción de propuestas

13/11/2012 16:00 horas

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes de las propuestas

13/11/2012 14/11/2012 Subdirección Centro Biotecnológico del Caribe – Comité Evaluador /Unidad de Contratación

Publicación del informe de 15/11/2012 22/11/2012 www.contratos.gov.co

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verificación de requisitos habilitantes Dentro de este traslado se surte la etapa de observaciones al informe de evaluación y el plazo para subsanar requisitos habilitantes hasta el momento previo para la realización de la Subasta

www.sena.edu.co

Estudio y respuestas de observaciones a la evaluación (Verificación de los requisitos habilitantes de las propuestas)

16/11/2012 22/11/2012 Subdirección Centro Biotecnológico del Caribe – Comité Evaluador /Unidad de Contratación

Verificación para determinar si los interesados subsanaron o no los requisitos habilitantes

22/11/2012 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Capacitación y prueba TODO1 13/11/2012 21/11/2012 PLATAFORMA TECNOLOGICA TODO1

Apertura propuestas económicas 27/11/2012 09:00 horas

Unidad de Contratación SENA REGIONAL CESAR, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar.

Subasta Inversa Electrónica

27/11/2012 14:00 horas

PLATAFORMA TECNOLOGICA TODO1

Expedición y comunicación del Acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto

27/11/2012 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar.

Publicación en el SECOP del acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta

Dentro de los 3 días siguientes a su expedición

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Elaboración y firma del contrato 28/11/2012 al 30/11/2012 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar. www.contratos.gov.co www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Registro Presupuestal 03/12/2012 Oficina de Presupuesto SENA Regional Cesar

Verificación del cumplimiento de los requisitos de ejecución por parte del contratista

03/12/2012 al 05/12/2012 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación

NOTA: La Entidad modificará el presente cronograma, cuando se presenten algunas de las siguientes situaciones:

1. Si sólo un oferente resultare habilitado para participar en la subasta

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2. Si no se presenta ningún proponente

3. En tratándose de convocatoria limitada a Mipymes, si al momento del cierre

sólo se ha presentado una (1) oferta, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas, y si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado

En estos casos, EL SENA comunicará mediante aviso publicado en la página del SECOP www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.cola modificación del cronograma, para efectos de dar continuidad al mismo, aplicando los principios de economía y celeridad. Para el desarrollo de la presente contratación, los proponentes podrán comunicarse con el Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar e informarse de todos los aspectos relacionados con ella o solicitar aclaraciones al correo electrónico [email protected].

CARLOS ALBERTO GUTIERREZ DE PIÑERES ROCHA Subdirector

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ESPACIO EN BLANCO

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ANEXO No. 2

CARTADE PRESENTACIONDELAPROPUESTA (Utilice preferiblemente papel membretado) Ciudad y fecha Señores SERVICIONACIONALDEAPRENDIZAJE CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE Km 7 vía a La Paz Valledupar – Cesar El suscrito ________________de conformidad con las condiciones que se estipulan en el pliego de condiciones de la CONVOCATORIA PUBLICA CBC-SASIE-002-2012, presento propuesta para contratar la Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. Manifiesto bajo la gravedad del juramento: Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive. Que cuento con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato que resulte de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA. Que el proponente (o los integrantes del proponente si el mismo es un consorcio o unión temporal) o los miembros o socios de la sociedad que represento, no nos encontramos incursos dentro de las inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones o conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y demás normas pertinentes. Que sus directivos y las personas que ejecutarán los servicios contratados, no se encuentran incursos en inhabilidades, incompatibilidades, conflicto de interés, y en el evento en que se presente cualquier circunstancia de ese tipo, informaré al SENA oportunamente, para lo pertinente. Que el proponente NO ha sido sancionado por alguna(s) de las Entidades Estatales enunciadas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 con multa o cláusula penal, mediante providencia ejecutoriada dentro de los últimos CINCO (5) años anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en referencia. (En caso afirmativo, se deben relacionar las multas, las cláusulas penales respectivas y anexar copia de las sanciones y de las constancias de ejecutoria correspondientes.) Que el régimen tributario al cual pertenecemos, es:............................................. Igualmente me permito indicar que en caso de resultar favorecido con la adjudicación de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, me comprometo a cumplir con las obligaciones previstas por la Constitución Política, la Ley y el presente pliego de condiciones Adicionalmente, me permito manifestar:

a) Que conozco y acepto todas las especificaciones y condiciones consignadas en el Pliego de Condiciones de la CONVOCATORIA PÚBLICA No. CBC-SASIE-

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002-2012.

b) Que la presente propuesta consta de (_ ___ ) folios debidamente numerados.

c) Que he recibido los documentos que integran la Convocatoria Pública, y las

siguientes adendas (indicar numero y fecha) y acepto su contenido

d) Que en todas las actuaciones derivadas de lo regulado en el pliego de condiciones y lo estipulado en el contrato que se celebre, obraré con la transparencia y buena fe que la Constitución Política y las leyes consagran.

Atentamente,

Nombre o Razón Social del Proponente: Nit: Nombre del Representante Legal: C.C. No. de Dirección: Teléfonos: Móvil: ___________________________ Fax Ciudad:_ EMAIL

(Firma del proponente o de su Representante Legal)

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ANEXO No. 3

MINUTA CONTRATO DE COMPRAVENTA

No. _______________ DE 2012 Entre los suscritos CARLOS ALBERTO GUTIERREZ DE PIÑERES ROCHA, identificado con cédula de ciudadanía número 77.021.148 expedida en Valledupar, actuando en nombre y representación del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, establecimiento público del orden nacional, regulado por lo dispuesto en la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 de 2004, en su calidad de Subdirector Grado 2 del Centro Biotecnológico del Caribe Regional Cesar, conforme al nombramiento ordinario ordenado por el Director General mediante la Resolución número 0000758 del 23 de abril de 2012, en ejercicio de las facultades para contratar conferidas en la Resolución 2039 de 2004, quien para los efectos del presente acto jurídico se denominará EL SENA, por una parte y por la otra XXXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad XXXXX., identificado con la cédula de ciudadanía No. XXX de XXXX, quien obra en nombre y primer representante legal de XXXX con N.I.T. XXXXX, según certificación de la Cámara de Comercio de XXX del XX de XXX de 2009, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA, previa las siguientes consideraciones: 1). Que el Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe de conformidad con el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, determinó la necesidad de adelantar el proceso de contratación para la Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. 2). Que mediante Resolución No. xxxx del xxx, se procedió a ordenar la apertura del Proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica No. CBC-SASIE-002-2012, cuyo objeto la Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. 3). Que la apertura y cierre del proceso, de conformidad con lo señalado en dicha Resolución y en el Pliego de Condiciones, se llevó a cabo entre el xxx y el xx de XX de 2012, respectivamente. 4). Que dentro del plazo antes señalado, presentaron propuestas las firmas xxxxx con NIT. No. xxxxxx. 5). Que los resultados de evaluación de la propuesta se pusieron a disposición de los proponentes, durante el período comprendido entre el xx y el xxx de xxx de 2012. 6). Que durante el período de publicación de los resultados de la evaluación, se recibieron observaciones de las firmas xxxx. 7). Que el día XXX se llevó a cabo la Subasta Inversa Electrónica del proceso contractual adelantada. 8). Que en sesión del xx de xxx de 2012, el Comité Evaluador da a conocer al Comité de Licitaciones y Compras del Centro, el resultado final de la Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica No. CBC-SASIE-002-2012, siendo aceptada por sus miembros 9). Que el Comité de Licitaciones y Compras del Centro Biotecnológico del Caribe recomendó al Subdirector de Centro, la adjudicación del presente proceso de selección a la firma xxxxx con NIT. No. xxxxx. 10). Que mediante Resolución xxx del xxx de xxx de 2012 se adjudicó el Proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica No. CBC-SASIE-002-2012. 11). Que la presente contratación se ampara con los Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 12812 de fecha 08 de Octubre de 2012. Rubro: C-310-704-4 CAPACITACION SECTOR INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION. 12). Que el presente contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes; Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, Manual para la Contratación Administrativa del SENA, demás normas concordantes, el pliego de condiciones, la oferta presentada por EL CONTRATISTA y en especial por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- Objeto: Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. CLÁUSULA SEGUNDA.-Descripción técnica del objeto a contratar. Los Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación

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Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar a comprar deben reunir las cantidades y características que se detallan a continuación y las especificaciones técnicas descritas en el anexo técnico de la presente convocatoria pública: XXXXXCLÁUSULA TERCERA. Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del presente contrato es de CINCO (5) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la aprobación de la póliza. CLÁUSULA CUARTA.-Valor y Forma de Pago:Para todos los efectos, el valor del presente contrato corresponde a la suma de XXXX PESOS ($XXXX) M/Cte., incluido el I.V.A. El SENA pagará al contratista en un pago único contra entrega a satisfacción de los bienes, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: POR PARTE DEL CONTRATISTA: Presentación de la Factura, Acreditación de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante la presentación de las planillas de pago correspondientes al periodo facturado. POR PARTE DEL SENA: El informe de supervisión y el acta de recibo final suscritos por el Supervisor del contrato. Del Derecho de Turno: Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. El pago al que se obliga EL SENA por el presente acto, queda subordinado a la aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). CLÁUSULA QUINTA.- Disponibilidad Presupuestal: La presente contratación se ampara con los La presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 12812 de fecha 08 de Octubre de 2012. Rubro: C-310-704-4 CAPACITACION SECTOR INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION. CLÁUSULA SEXTA.-Obligaciones del CONTRATISTA: Además de las obligaciones que la Constitución Política y la Ley establecen, EL CONTRATISTA se obliga para con EL SENA, a: 1. Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA. 2. Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. 3. Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas, financieras y jurídicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta los cuales hacen parte vinculante del contrato. 4. Proveer bienes, productos o elementos de óptima calidad. 5. Reemplazar los bienes, productos o elementos que resulten defectuosos o de mala calidad. Igualmente deberá restituir a su costa, sin que implique modificación al plazo de entrega, los bienes, productos o elementos defectuosos o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos. Si el CONTRATISTA no restituye los bienes, productos o elementos defectuosos dentro del término señalado por el SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato. 6. Hasta tanto no exista entrega a satisfacción expedida por el supervisor del contrato, el CONTRATISTA deberá responder por su cuenta y riesgo de los elementos objeto de la presente contratación, de acuerdo con las especificaciones técnicas exigidas por la entidad. 7. Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente. 8. El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos. 9. Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución para lo cual deberá allegar certificación de paz y salvo suscrita por el representante legal o el revisor fiscal cuando exista y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. 10. El transporte, cargue, descargue y entrega de los bienes, productos o elementos requeridos por el SENA, serán asumidos por el CONTRATISTA. 11. El riesgo y

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propiedad de los bienes, productos o elementos serán asumidos por parte del CONTRATISTA hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado. 12. Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA.- Obligaciones del SENA: 1. Pagar en la forma establecida en la cláusula FORMA DE PAGO las facturas presentadas por el CONTRATISTA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el Contrato y en los documentos que de él forman parte. 3. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. CLÁUSULA OCTAVA.- Requisitos de Perfeccionamiento, Legalización, Ejecución y Pago. El contrato se entenderá perfeccionado según lo establecido en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Conforme a lo establecido en el Art. 8.1.16 del Decreto 734 de 2012, para la legalización del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente registro presupuestal por parte de la entidad contratante, cuando a ello haya lugar de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto y sus disposiciones complementarias. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondientes. Para la realización de cada pago del contrato estatal, además de verificar lo anterior y el cumplimiento satisfactorio del objeto contratado, la entidad pública verificará que el contratista acredite que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Adicionalmente, la entidad deberá respetar el orden de turno de que trata el numeral 10 del artículo 4° de la ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 19 de la ley 1150 de 2007, para lo cual, dispondrá en su organización interna, los procedimientos necesarios y pertinentes para respetar el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas así como establecerá mecal1ismos para el pronto y oportuno pago a éstos. CLÁUSULA NOVENA.-Supervisión: El control y vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del presente contrato y de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad de los bienes suministrados, será ejercida por el funcionario designado por el Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe – SENA Regional Cesar. El Supervisor del Contrato, además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 0965 de 2012 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza propia del contrato. El supervisor designado, tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: a). Certificar la eficaz y oportuna ejecución del contrato, así como la correcta aplicación de las estipulaciones contractuales. b). Firmar la correspondiente acta o constancia de recibo a entera satisfacción de los servicios y suministros recibidos objeto de éste contrato. c) Requerir al CONTRATISTA cuando se presenten fallas en la debida ejecución del contrato y comunicar los inconvenientes que surjan en el desarrollo del mismo a la Dirección Regional del SENA. d). Enviar oportunamente a la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar toda la información escrita que se surta en cumplimiento del desarrollo del objeto contractual. e). Las demás que surjan de la naturaleza del contrato y se requieran para la cumplida ejecución del mismo. PARÁGRAFO: En todo caso, el ordenador del gasto o el Director regional, podrá cambiar unilateralmente la designación del supervisor cuando las circunstancias así lo ameriten. CLÁUSULA DECIMA.- Garantías: El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENA una garantía para amparar el contrato, en cualquiera de las modalidades señaladas por el Artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012, a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, el amparo de los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato, por un monto que ampare el 10% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la

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cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. b) Calidad de los Bienes suministrados: por un monto que ampare el 20% del valor del contrato, por el término de seis (06) meses, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del contrato con el apoyo del funcionario responsable del Almacén de la Regional Cesar. El amparo de calidad cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado, derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes suministrados, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Titulo V del Decreto 734 de 2012. Tales garantías deberán constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato. El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la firma del acta. Estas garantías deberán ser constituidas por el proponente a su costo. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- TIPIFICACION ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.1.2° del Decreto 734 de 2012 para los efectos previstos en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, el SENA Regional Cesar entiende como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones inicialmente pactadas de que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. En general, todos los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes jurídicos, de operación, cambiarios y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario y para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por el oferente adjudicatario; y deberá soportarlos el 100%, excepto respecto de los riesgos económicos, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera: 50% entidad contratante y 50% contratista. Lo anterior a fin de mantener el equilibrio económico del contrato. RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICO: Se pueden considerar aquí los cambios que puedan llegar a presentarse en la normatividad que rige a la persona sea natural o jurídica, que contrate con el Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar, por lo tanto se deben considerar las normas de carácter laboral, cooperativo, de transporte, tributarios, entre otras. RIESGOS POR CAMBIO EN EL REGIMEN LABORAL COLOMBIANO: Si durante la ejecución del contrato la normatividad laboral sufriera modificaciones, éstas serán de obligatorio cumplimiento y exigencia para el contratista por parte de la entidad y si su implementación llegare a afectar las estimaciones efectuadas por el contratista, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. Así mismo el contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de Pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. Para el caso de personas jurídicas, deberán presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007). Para las personas naturales, copia de la planilla de pago al sistema de seguridad social y parafiscal cuando a ello hubiera lugar. RIESGO DE OPERACIÓN: Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, pérdida e importación de los bienes objeto de la presente contratación son asumidos por el oferente adjudicatario. RIESGO ECONOMICO: Los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los bienes objeto del presente proceso de contratación , mano de obra, entre otros, que afecten el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario y del contratante; por lo tanto, cada uno deberá soportar el 50% de los riesgos de operación del bien objeto

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del presente contrato. RIESGO CAMBIARIO: El oferente adjudicatario asumirá las fluctuaciones por riego cambiario. OTROS RIESGOS: De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- Clausula Penal: Conforme a lo señalado en el Artículo 8.1.10 del Decreto 734 de 2012, para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento, así como para la estimación de los perjuicios sufridos por la entidad contratante, y a efecto de respetar el debido proceso al afectado a que se refiere el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, la entidad observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Para tal efecto, se tendrá en cuenta lo señalado en el manual de contratación, los trámites internos y las competencias para aplicar dicho procedimiento. Al procedimiento indicado anteriormente, deberá vincularse también a la aseguradora cuando el cumplimiento del contrato se encuentre amparado mediante un contrato de seguro. La comunicación a que se refiere el literal a) del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 se enviará a la dirección de correspondencia informada por el contratista en el contrato. Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Dicha clausula se hará efectiva, previa la ejecución del debido proceso señalado en el Art. 86 de la Ley 1474 de 2011 y en el Manual para la Contratación Administrativa del SENA, directamente por el SENA, pudiendo acudir para el efecto, entre otros, a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. EL SENA podrá declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el presente contrato, y hacer efectiva la cláusula penal, observando el procedimiento señalado en el Art. 86 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas que le sean aplicables. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA. Indemnidad – De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.6 del Decreto 734 de 2012, EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLAUSULA DÉCIMA CUARTA.- Caducidad: Se adoptará esta medida de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y por las demás causales previstas en las normas que rijan la materia. Así mismo, dará lugar a la declaratoria de caducidad, el incumplimiento de las obligaciones del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, en los términos señalados en el Decreto 734 de 2012. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- Inhabilidades e Incompatibilidades, Conflicto de Intereses e Impedimentos. El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento que se entiende surtido con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, conflicto de intereses o impedimento, señaladas en la Constitución, la Ley o la normatividad vigente; declara igualmente que se encuentra a paz y salvo con el Tesoro Nacional y con el SENA, o que adeudándole no han vencido los términos para su pago y que no es deudor del Estado, o que si es deudor ha suscrito acuerdo de pago vigente. CLAUSULA DECIMA SEXTA: Ausencia de relación laboral. Las partes dejan constancia expresa que el presente contrato se suscribe en el marco del artículo 32 – numeral 3 de la Ley 80 de 1993- y demás normas concordantes y complementarias, por lo cual declaran que no conlleva relación laboral ni prestaciones sociales; su ejecución se hará sin subordinación alguna, gozando el contratista de independencia en la preparación y ejecución del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA.-Cesión y Subcontratos: El CONTRATISTA, no podrá ceder ni subcontratar el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito del SENA pudiendo éste negar la autorización de la cesión o del subcontrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- Solución directa de controversias contractuales. De acuerdo a lo señalado en el Art. 68 de la Ley 80 de 1993, los conflictos que sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán mediante los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1993 y a la conciliación, amigable composición y transacción establecidos por la Ley. CLÁUSULA DECIMA NOVENA.- Liquidación del Contrato: Terminada la ejecución del contrato, se procederá a la liquidación del contrato por mutuo acuerdo, dentro de los

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cuatro (4) meses siguientes a terminación del mismo, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo.El Contratista tendrá derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. CLAUSULA VIGESIMA-. Prorrogas y Adiciones. Las partes podrán convenir adiciones o prórrogas del contrato teniendo en cuenta para tal efecto, lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA. Suspensión. El plazo de ejecución del presente contrato podrá ser suspendido excepcionalmente de manera temporal, en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Por el mutuo acuerdo de las partes. 2. Fuerza mayor o caso fortuito, por causas debidamente justificadas, previa solicitud del CONTRATISTA. La suspensión se hará mediante acta suscrita por las partes en la cual se expresará su causa, el término de la suspensión y la fecha en que se reanuda la ejecución del contrato. PARAGRAFO: En caso de suspensión el CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Asegurador y a ampliar las garantías, proporcionalmente al término que dure la misma. CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA. Causales de terminación. El presente contrato podrá darse por terminado por la ocurrencia de cualquiera de siguientes causales: 1) En cualquier momento, por mutuo acuerdos entre las partes, previa justificación escrita. 2) Por vencimiento del plazo de ejecución 3) Por el acaecimiento de circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del Contrato. 4) Cuando la Entidad observe conductas fraudulentas por parte del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que la Entidad adelante. CLAUSULA VIGESIMA TERCERA. Confidencialidad de la información. El CONTRATISTA guardará confidencialidad sobre la información que obtenga del SENA en desarrollo del objeto y obligaciones del Contrato. CLAUSULA VIGESIMA CUARTA. Domicilio Contractual y lugar de ejecución. Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan como domicilio contractual, la ciudad de Valledupar, departamento del Cesar. Los elementos objeto del presente proceso de contratación deberán ser entregadas por el Contratista en las Instalaciones del Centro Biotecnológico del Caribe - Sena Regional Cesar, situado en el Kilometro 7 vía a la paz de la ciudad de Valledupar - Cesar Para constancia se firma en Valledupar, a los EL SENA EL CONTRATISTA NOTA: EL SENA SE RESERVA EL DERECHO DE MODIFICAR, COMPLEMENTAR O ADICIONAR LA PRESENTE MINUTA, PREVIAMENTE A LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO.

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ANEXO No. 4- MODELO COMPROMISO CONSORCIAL

Entre los suscritos, _________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, por una parte, y (persona jurídica)__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, hemos decidido conformar el presente Consorcio el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente acuerdo se celebra con el fin de conformar un consorcio entre _______ y ______ y ________ y _________ para efectos de presentar una oferta conjunta para el proceso contractual adelantado mediante Convocatoria Pública, identificada con el No. CBC-SASIE-002-2012, cuyo objeto es la Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. SEGUNDA: En virtud del presente acuerdo, las partes integrantes nos comprometemos, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de adjudicación igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el SENA. TERCERA: Los consorciados responderemos solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita por parte del SENA. QUINTA: Los integrantes del consorcio manifestamos que para el presente compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en su nombre, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso consorcial o unión temporal, como de la adjudicación del contrato que se derive. SEXTA.-Duración: Los consorciados manifestamos que la vigencia del consorcio será por el plazo de ejecución del contrato o el de sus prorrogas y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- Representación Legal. Los miembros del consorcio designamos como Representante Legal a XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX, con domicilio en XXXXXX, quien para todos los efectos y sin ninguna limitación, representará al consorcio. OCTAVA: Dirección: Para todos los efectos se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los consorciados a saber: _________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el SENA, podrá dirigirse al consorcio a la siguiente dirección: _______. Para constancia el presente acuerdo se firma en la ciudad de Valledupar, el día Atentamente, XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Representante Legal XXXX Representante Legal XXXXX C.C. C.C. Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nombre del Representante Legal: _____________________ C. C. Nº ______________________ de _________________ FIRMA: _______________________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA:

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MODELO COMPROMISO UNION TEMPORAL Entre los suscritos, _________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, por una parte, y (persona jurídica)__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante Escritura No. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, hemos decidido conformar la presente Unión Temporal, la cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente acuerdo se celebra con el fin de conformar una unión temporal, entre _______ y ______ y ________ y _________ para efectos de presentar una oferta conjunta para el proceso contractual adelantado mediante Convocatoria Pública, identificada con el No. CBC-SASIE-002-2012, cuyo objeto es la Compra de Materiales de Construcción para el desarrollo de los Procesos Formativos a través del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC en el Centro Biotecnológico del Caribe SENA – Regional Cesar. SEGUNDA: En virtud del presente acuerdo, las partes integrantes nos comprometemos, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de adjudicación igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el SENA. TERCERA: Los unidos temporalmente convenimos que los términos y extensión de nuestra participación de la ejecución del contrato, es la siguiente: ______________________________, con una participación del ____.% y ________________, con una participación del _____% dichos porcentajes no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA. Los unidos temporalmente responderemos solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal” NOTA: La extensión de la participación se indicará en función de las obligaciones que cada uno de los integrantes tengan dentro del contrato. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita por parte del SENA. QUINTA: Los integrantes de la unión temporal, manifestamos que para el presente compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en su nombre, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso de la unión temporal, como de la adjudicación del contrato que se derive. SEXTA.-Duración: Los Unidos Temporalmente manifestamos que la vigencia del consorcio será por el plazo de ejecución del contrato o el de sus prorrogas y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- Representación Legal. Los miembros de la unión temporal designamos como Representante Legal a XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX, con domicilio en XXXXXX, quien

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para todos los efectos y sin ninguna limitación, representará a la unión temporal. OCTAVA: Dirección: Para todos los efectos se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los unidos temporalmente, a saber: _________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el SENA, podrá dirigirse a la unión temporal a la siguiente dirección: _______. Para constancia el presente acuerdo se firma en la ciudad de Valledupar, el día Atentamente, XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Representante Legal XXXX Representante Legal XXXXX C.C. C.C. Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nombre del Representante Legal: _____________________ C. C. Nº ______________________ de _________________ FIRMA: _______________________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA: