Actualizacion Al 6 de Marzo de 2016

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    SILEG CORPORATIVO - ACTUALIZACIÓN NORMAS QUE SE INCORPORAN A LAS BASESDE DATOS AL 06 DE MARZO DE 2016

    CARTILLA Nº 147DE NOVEDADES LEGALES

    LEYES

    NÚMERO FECHA

    781 15-02-2016 DECLARA DE PRIORIDAD NACIONAL, LA

    CONSTRUCCIÓN DE LA “CARRETERAINTERNACIONAL SANTA CRUZ”, EN SUS TRAMOS A YB.

    782 1-02-2016 LEY !UE DECLARA EL 18 DE MAYO DE CADA A"O,COMO D#A DE LA TRABA$ADORA Y EL TRABA$ADOR%ABRIL DE BOLI&IA.

    78' 1-02-2016 APRUEBA LA TRANS%ERENCIA, A T#TULO (RATUITO,DE UN BIEN INMUEBLE A %A&OR DE LACON%EDERACIÓN (ENERAL DE TRABA$ADORES%ABRILES DE BOLI&IA, Y A LA %EDERACIÓN DETRABA$ADORES (R)%ICOS, DE CON%ORMIDAD A LA

    RESOLUCIÓN MINISTERIAL N '07.78* 1-02-2016 APRUEBA EL CONTRATO DE PR+STAMO SUSCRITO

    ENTRE BOLI&IA Y LA CORPORACIÓN ANDINA DE%OMENTO CA%, PARA %INES !UE INDICA.

    DECRETOS

    NÚMERO FECHA

    2668 0'-02-2016 DISPONE LA INCORPORACIÓN AL SISTEMA TRONCALDE INTERCONEIÓN STI DE LA L#NEA DETRANSMISIÓN LAS CARRERAS - TORRE UAYCO -LITIO - SALAR, SUBESTACIÓN LITIO Y SUBESTACIÓNSALAR.

    266 0'-02-2016 AUTORIZA A LA &ICEPRESIDENCIA DEL ESTADOPLURINACIONAL, INCREMENTAR LAS SUBPARTIDAS25210 “CONSULTOR#AS POR PRODUCTO” Y 25220“CONSULTORES INDI&IDUALES DE L#NEA”.

    2670 0'-02-2016 APRUEBA LA ESTRATE(IA DE (ESTIÓN INTE(RADA E(I DE PRE&ENCIÓN Y CONTROL DEL DEN(UE,CI/UN(UNYA Y ZI/A 2016 - 2018.

    2671 10-02-2016 AUTORIZA AL MINISTERIO DE ECONOM#A Y %INANZASPBLICAS, TRANS%ERIR RECURSOS DEL TESORO(ENERAL DE LA NACIÓN T(N AL INSTITUTO DEL

    SE(URO A(RARIO INSA.2672 10-02-2016 AUTORIZA AL MINISTRO DE PLANI%ICACIÓN DEL

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    DESARROLLO, SUSCRIBIR CON LA A(ENCIA%RANCESA DE DESARROLLO A%D EL CON&ENIO DECR+DITO N CBO 1006 01.

    267' 10-02-2016  AUTORIZA AL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,INCREMENTAR LA SUBPARTIDA 25220“CONSULTORES INDI&IDUALES DE L#NEA”.

    267* 10-02-2016 DECLARA DE INTER+S DEL NI&EL CENTRAL DELESTADO LA E$ECUCIÓN DEL PROYECTOCONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL TRENURBANO DE SANTA CRUZ.

    2675 10-02-2016 MODI%ICA LOS INCISOS A Y B DEL ART#CULO *, ELPAR)(RA%O I DEL ART#CULO 5, EL ART#CULO 6 Y EL ANEO DEL DS N 2618.

    2676 18-02-2016 AUTORIZA AL MINISTRO DE PLANI%ICACIÓN DELDESARROLLO, SUSCRIBIR CON LA CORPORACIÓN ANDINA DE %OMENTO CA%, UN CONTRATO DEPR+STAMO, PARA %INES !UE INDICA.

    2677 18-02-2016 DECLARA DE INTER+S DEL NI&EL CENTRAL DELESTADO LA CONSTRUCCIÓN DE UNESTABLECIMIENTO DE SALUD OSPITALARIO DESE(UNDO NI&EL, UBICADO EN EL MUNICIPIO DECAMIRI DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ.

    2678 2*-02-2016 AUTORIZA AL ÓR(ANO ELECTORAL PLURINACIONAL,INCREMENTAR LAS SUBPARTIDAS 25210

    “CONSULTOR#AS POR PRODUCTO” Y 25220“CONSULTORES INDI&IDUALES DE L#NEA”.

    267 2*-02-2016 MODI%ICA EL ART#CULO 7 DEL DS N 2*', Y AUTORIZA A LA UNIDAD DE LI!UIDACIÓN DEL %ONDODE DESARROLLO PARA LOS PUEBLOS IND#(ENAS,ORI(INARIOS Y COMUNIDADES CAMPESINAS UNIDAD DE LI!UIDACIÓN DEL %DPPIOYCC ELINCREMENTO DE LA SUBPARTIDA 25220“CONSULTORES INDI&IDUALES DE L#NEA”.

    2680 2*-02-2016 “PROMOCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PBLICA

    INCLUSI&A Y RESPONSABLE PARA EL DESARROLLOSOSTENIBLE”.2681 2*-02-2016 AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO DE

    SUSCRIPCIÓN DE SETECIENTOS CUARENTA YOCOACCIONES DEL CAPITAL SOCIAL DE LACORPORACIÓN INTERAMERICANA DE IN&ERSIONES  CII.

    2682 2*-02-2016 REALIZA MODI%ICACIONES AL DS N 0808, Y AMPL#AEL PLAZO DE &I(ENCIA DEL %IDEICOMISO AUTORIZADO POR EL MISMO.

    268' 02-0'-2016 DESI(NA MINISTRO INTERINO

    268* 02-0'-2016 DESI(NA MINISTRO INTERINO

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    2685 02-0'-2016 DESI(NA MINISTRO INTERINO

    LEY 781

    EVO MORALES AYMA

    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

    LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

     DECRETA:

    Artículo 1.

    I. e declara de !rioridad nacional, la construcci"n de la #$arretera Internacional anta $ru%#,en sus &ramos A y '.

    II. (l &ramo #A# com!rende la $ircunvalaci"n entre la $arretera )oble *ía La +uardia m-1,a la carretera )oble *ía $otoca /oveno Anillo0 el &ramo #'# com!rende desde la eineríaPálmasela, a la $arretera $amiri 3Localidad Pe4i5.

    Artículo 2.

    (l 6rgano (4ecutivo, a trav7s del 8inisterio de 9bras Pblicas, ervicios y *ivienda, y laAdministradora 'oliviana de $arreteras ; A'$, y las (ntidades &erritoriales Aut"nomascorres!ondientes, en el marco de sus com!etencias,

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    >)9. (*9 89AL( A8A, ?uan am"n Buintana &aborga, Luis Alberto Arce $atacora,8ilton $laros Cino4osa, Cugo ?os7 iles /u=e% del Prado.

    LEY N 782

    LEY DE 18 DE !EBRERO DE 2016

     

    EVO MORALES AYMA

    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

     

    Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley: 

    LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

     

    DECRETA:

     

    LEY QUE DECLARA EL 18 DE MAYO DE CADA A"O,COMO D#A DE LA TRABA$ADORA Y EL TRABA$ADOR !ABRIL DE BOLIVIA

     

    ART#CULO 1. La !resente Ley tiene !or ob4eto declarar el 1D de mayo de cada a=o #)ía /acional de la &raba4adora y el &raba4ador >abril#, en conmemoraci"n de la lucha hist"rica delos obreros de las ábricas, reconocida en el )ecreto u!remo /E FGF de 1H20 con sus!ensi"nde actividades de F a 2J horas y con goce de haberes en todo establecimiento abril.

    ART#CULO 2% La sus!ensi"n de actividades dis!uesta, no deberá ser considerada, ba4oninguna circunstancia como !ermiso, a cuenta de vacaci"n o de otra índole, asimismo no !odránreali%arse descuentos !or ningn motivo.

     

    ART#CULO &% (l !ersonal

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    DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA

     

    '()*+% Buedan abrogadas y derogadas todas las dis!osiciones contrarias a la !resente Ley.

     

    emítase al 6rgano (4ecutivo, !ara ines constitucionales.

     

    (s dada en la ala de esiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los siete días del mesde enero del a=o dos mil diecis7is.

    >do. /7lida iuentes $ueto, Lilly +abriela 8onta=o *ia=a, ub7n 8edinaceli 9rtí%, *íctorCugo Kamora $astedo, (ri@ 8or"n 9sinaga, +inna 8aría &orre% aracho.

     

    Por tanto, la !romulgo !ara

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    A.*/ '()*% )e conormidad con el Artículo 1D, Parágrao I numeral 1, de la$onstituci"n Política del (stado, se a!rueba la transerencia, a título gratuito, en ra%"n a susa!ortes sociales reali%ados con anterioridad, de un bien inmueble de !ro!iedad del 8inisterio de

    9bras Pblicas, ervicios y *ivienda, con una su!ericie de DFF,2F metros cuadrados 3m5,ubicado en la Avenida $onstituci"n, entre Avenida $hacaltaya y Prolongaci"n $onstituci"n,Kona /orte del 8unici!io de La Pa%, Provincia 8urillo del )e!artamento de La Pa%, registradoen las oicinas de )erechos eales de La Pa% ba4o el >olio eal con 8atrícula $om!utari%ada /E 2.F1.F.HH.FFM121, cuyas colindancias no se consigan en la escritura de reerencia0 a avorde la $onederaci"n +eneral de &raba4adores >abriles de 'olivia, en un !orcenta4e eederaci"n de &raba4adores +ráicos, de conormidad a la esoluci"n8inisterial /E FM del 1D de noviembre de 2F1, emitido !or el 8inisterio de 9bras Pblicas,ervicios y *ivienda, con destino eOclusivo !ara su ede ocial.

     emítase al 6rgano (4ecutivo !ara ines constitucionales.

     

    (s dada en la ala de esiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mesde enero del a=o dos mil diecis7is.

     

    >do. ?os7 Alberto +on%ales amaniego, Lilly +abriela 8onta=o *ia=a, ub7n 8edinaceli

    9rti%, *íctor Cugo Kamora $astedo, /elly Len% oso, A. $laudia &"rre% )ie%.

     

    Por tanto, la !romulgo !ara

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    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

     

    Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

     

    LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

     

    DECRETA:

     

    A.*/ '()*%

    I% )e conormidad a lo establecido en el numeral 1F del Parágrao I del Artículo 1D de la$onstituci"n Política del (stado, se a!rueba el $ontrato de Pr7stamo suscrito entre el (stadoPlurinacional de 'olivia y la $or!oraci"n Andina de >omento ; $A>, !or la suma de hastaQDG.1F.FFF,FF 39chenta y eis 8illones $iento $incuenta 8il FFR1FF )"lares(stadounidenses5, destinados !ara el inanciamiento !arcial del SProyecto $onstrucci"n de la$arretera )oble *ía anta $ru% ; Tarnes 3Lado (ste5U.

     

    II% e autori%a al 8inisterio de (conomía y >inan%as Pblicas, a trav7s del &esoro +eneral de la /aci"n, asumir el re!ago de las obligaciones

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    Palacio de +obierno de la ciudad de La Pa%, a los dieciocho días del mes de ebrero del a=o dosmil diecis7is.

    !DO% EVO MORALES AYMA, )avid $ho

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    Bue el Artículo 1M de la Ley /E 1GFJ, de 21 de diciembre de 1HHJ, de (lectricidad, determina

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    DECRETA:

     

    ART#CULO 1%- 3OB$ETO4% (l !resente )ecreto u!remo tiene !or ob4eto dis!oner la

    incor!oraci"n al istema &roncal de InterconeOi"n ; &I de la Línea de &ransmisi"n Las$arreras - &orre Cuayco - Litio - alar, ubestaci"n Litio y ubestaci"n alar.

    ART#CULO 2%- 3INCORPORACIÓN AL STI4% e dis!one la incor!oraci"n al &I, la Líneade &ransmisi"n Las $arreras - &orre Cuayco - Litio en 2F @*, Línea de &ransmisi"n Litio -alar en 11 @*, ubestaci"n Litio en 2FR11 @* y ubestaci"n alar en 11R2J,H @*, cuyaremuneraci"n estará en el marco de la normativa vigente.

    ART#CULO &%- 3AUTORIZACIÓN4%

    I% e autori%a a la (m!resa /acional de (lectricidad ; (/)(, construir la Línea de &ransmisi"nLas $arreras - &orre Cuayco - Litio en 2F @*, Línea de &ransmisi"n Litio - alar en 11 @*,ubestaci"n Litio 2FR11 @* y ubestaci"n alar 11R2J,H @*, garanti%ando el suministro deenergía el7ctrica !ara la industriali%aci"n de los recursos eva!oríticos del alar de yuni.

     

    II% Para el cum!limiento del !resente )ecreto u!remo, se autori%a a la Autoridad de>iscali%aci"n y $ontrol ocial de (lectricidad, otorgar la am!liaci"n de licencia !ara laconstrucci"n y o!eraci"n de la instalaci"n de transmisi"n.

    Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de Cidrocarburos y (nergía, y de 8inería y8etalurgia, I$A$I6/ )(L)(A9LL9, $arlos +ustavo omero 'onia%, eymi Luis >erreira ?ustiniano, Luis AlbertoArce $atacora, Ana *eronica amos 8orales 8I/I&A )( )(A9LL9 P9)$&I*9 ($9/98VA PLAL ( I/&(I/A )( 9'A PW'LI$A, (*I$I9 *I*I(/)A,>7liO $esar /avarro 8iranda 8I/I&9 )( 8I/(VA 8(&AL+IA ( I/&(I/9 )(CI)9$A'9 (/(+VA, *irginia *elasco $ondori, ?os7 +on%alo &rigoso Agudo8I/I&9 )( &A'A?9, (8PL(9 P(*II6/ 9$IAL ( I/&(I/9 )( AL),

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    8aría AleOandra 8oreira Lo!e%, oberto Iván Aguilar +"me%, $esar Cugo $ocarico ana,Cugo ?os7 iles /u=e% del Prado, Lenny &atiana *aldivia 'autista, 8ar@o 8arcelo 8achicao'an@ovic, 8arianela Paco )uran, &ito olando 8onta=o ivera.

    DECRETO SUPREMO N 2665

    EVO MORALES AYMA

    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

     

    CONSIDERANDO:

     

    Bue el Parágrao I del Artículo 1G de la $onstituci"n Política del (stado, establece inanciamiento(Oterno de!endiente del 8inisterio de Planiicaci"n del )esarrollo, la inscri!ci"n o incrementode las !artidas de gasto 22FF S(studios, Investigaciones, Auditorías (Oternas yevalori%acionesU, 2DFF S(studios e Investigaciones !ara Proyectos de Inversi"n /o

    $a!itali%ablesU y JGFFF S(studios y Proyectos !ara Inversi"nU, con recursos de inanciamientoeOterno de cr7dito, donaci"n yRo contra!arte nacional establecidos en los convenios es!ecíicos,no amerita )ecreto u!remo. Para las demás uentes de inanciamiento el incremento de estas !artidas deberá a!robarse mediante )ecreto u!remo.

    Bue el Artículo 1G del )ecreto u!remo /X 2GJJ, se=ala

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    Bue con la inalidad de dar continuidad a la im!lementaci"n de la 'iblioteca del 'icentenariode 'olivia de la *ice!residencia del (stado Plurinacional, se re

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    P(I)(/&( $9/&I&$I9/AL )(L (&A)9 PLI/A$I9/AL )( '9LI*IA

    (/ $9/(?9 )( 8I/I&9,

    )($(&A:

    A&V$L9 1.- 39'?(&95.

    (L !resente )ecreto u!remo tiene !or ob4eto a!robar la (strategia de +esti"n Integrada - (+Ide !revenci"n y control del )engue, $hi@ungunya y Ki@a 2F1G - 2F1D.

    A&V$L9 2.- 3AP9'A$I6/5.

    e a!rueba la (+I de !revenci"n y control del )engue, $hi@ungunya y Ki@a 2F1G - 2F1D,

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     c5 u!ervisar y monitorear la a!licaci"n de la (+I.

    A&V$L9 G.- 3(/&I)A)( &(I&9IAL( A&6/98A5.

    (n el marco del inciso 45 del numeral 1 del Parágrao III y el inciso e5 del numeral 2 del

    Parágrao III del Artículo D1 de la Ley /X F1, !ara la !revenci"n y control del )engue,$hi@ungunya y Ki@a, las entidades territoriales aut"nomas deberán:

    a5 Im!lementar la (+I conorme a sus res!onsabilidades y com!etencias0

     b5 $oordinar con las instituciones !blicas y !rivadas la e4ecuci"n de las actividades de la (+I0

    c5 +aranti%ar los servicios de atenci"n m7dica a !acientes con cuadro clínico com!atible conestas enermedades, en el marco de sus com!etencias0

    d5 (laborar e im!lementar una estrategia comunicacional acorde a la realidad regional y local, !ara el cambio de conducta de la !oblaci"n a corto, mediano y largo !la%o.

    )IP9I$I9/( A'9+A&9IA )(9+A&9IA

    e abrogan y derogan todas las dis!osiciones contrarias al !resente )ecreto u!remo.

    Las se=oras 8inistras y los se=ores 8inistros de (stado en sus res!ectivos )es!achos, I$A$I6/ )(L)(A9LL9, $arlos +ustavo omero 'onia%, eymi Luis >erreira ?ustiniano, Luis AlbertoArce $atacora, Ana *er"nica amos 8orales 8I/I&A )( )(A9LL9 P9)$&I*9 ($9/98VA PLAL ( I/&(I/A )( 9'A PW'LI$A, (*I$I9 *I*I(/)A,>7liO $esar /avarro 8iranda 8I/I&9 )( 8I/(VA 8(&AL+IA ( I/&(I/9 )(CI)9$A'9 (/(+VA, *irginia *elasco $ondori, ?os7 +on%alo &rigoso Agudo8I/I&9 )( &A'A?9, (8PL(9 P(*II6/ 9$IAL ( I/&(I/9 )( AL),8aría AleOandra 8oreira L"!e%, oberto Iván Aguilar +"me%, $esar Cugo $ocarico ana,Cugo ?os7 iles /u=e% del Prado, Lenny &atiana *aldivia 'autista, 8ar@o 8arcelo 8achicao'an@ovic, 8arianela Paco )uran, &ito olando 8onta=o ivera.

    DECRETO SUPREMO N 2671

    EVO MORALES AYMA

    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

     

    CONSIDERANDO:

     

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    Bue el numeral J del Artículo JFM de la $onstituci"n Política del (stado, determina como unode los ob4etivos de la !olítica de desarrollo rural integral del (stado, en coordinaci"n con lasentidades territoriales aut"nomas y descentrali%adas, !roteger la !roducci"n agro!ecuaria yagroindustrial ante desastres naturales e inclemencias climáticas, geol"gicas y siniestros.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo F de la Ley /X 1JJ, de 2G de 4unio de 2F11, de la evoluci"nProductiva $omunitaria Agro!ecuaria, crea el eguro Agrario niversal SPachamamaU, con lainalidad de asegurar la !roducci"n agraria aectada !or da=os !rovocados !or en"menosclimáticos y desastres naturales adversos, en la orma y de acuerdo con lo !revisto en lasdis!osiciones de la citada Ley.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo 2 de la Ley /X 1JJ, crea el Instituto del eguro Agrario ;

    I/A, como instituci"n !blica, autár

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    ART#CULO 'NICO%-

    I% e autori%a al 8inisterio de (conomía y >inan%as Pblicas, transerir recursos del &esoro

    +eneral de la /aci"n ; &+/ al Instituto del eguro Agrario ; I/A, de acuerdo adis!onibilidad inanciera, !or un monto de hasta 'sF.FFF.FFF.- 3&(I/&A 8ILL9/(FFR1FF '9LI*IA/95, !or conce!to de !ago de !rima en el marco de la Ley /X 1JJ, de 2G de 4unio de 2F11, de la evoluci"n Productiva $omunitaria Agro!ecuaria.

     

    II% (l I/A reali%ará el !ago !or conce!to de indemni%aci"n, a trav7s de la sub!artida de gastoM1GF S9tros de $arácter ocial (stablecidos !or /orma LegalU, !ara el eecto, el I/Aa!robará la reglamentaci"n es!ecíica.

     Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de (conomía y >inan%as Pblicas, y de)esarrollo ural y &ierras,

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    Bue el numeral D del Parágrao II del Artículo 2HD de la $onstituci"n Política del (stado,determina como com!etencia eOclusiva del nivel central del (stado, la !olítica de generaci"n, !roducci"n, control, transmisi"n y distribuci"n de energía en el sistema interconectado.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo MD del &eOto $onstitucional, establece otovoltaica 9ruro 3F8T5y su integraci"n en el I/.

     

    Bue en este marco se ha gestionado ante la Agencia >rancesa de )esarrollo ; A>), un !r7stamo !or un monto de hasta (GF.FFF.FFF.- 3((/&A 8ILL9/( FFR1FF (95, destinados

    al inanciamiento !arcial del Proyecto $onstrucci"n de la Planta olar >otovoltaica 9ruro3F8T5.

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    Bue es necesario autori%ar la suscri!ci"n del $onvenio de $r7dito /E $'9 1FFG F1 > con laA>), a ob4eto de materiali%ar el inanciamiento !arcial del Proyecto $onstrucci"n de la Plantaolar >otovoltaica 9ruro 3F8T5.

     

    EN CONSE$O DE MINISTROS,

     

    DECRETA:

     

    ART#CULO 'NICO%-

    I% e autori%a al 8inistro de Planiicaci"n del )esarrollo, suscribir con la Agencia >rancesa de)esarrollo ; A>) el $onvenio de $r7dito /E $'9 1FFG F1 > !or un monto de hasta(GF.FFF.FFF.- 3((/&A 8ILL9/( FFR1FF (95, destinados al inanciamiento !arcial del Proyecto $onstrucci"n de la Planta olar >otovoltaica 9ruro 3F8T5.

     

    II% uscrito el $onvenio de $r7dito /E $'9 1FFG F1 >, deberá ser remitido a consideraci"n ya!robaci"n de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cum!limiento al numeral 1F delParágrao I del Artículo 1D de la $onstituci"n Política del (stado.

     

    III% e autori%a al 8inisterio de (conomía y >inan%as Pblicas, la suscri!ci"n del res!ectivo$onvenio ubsidiario con la (m!resa /acional de (lectricidad ; (/)( $9P9A$I6/, ensu condici"n de 9rganismo (4ecutor, !ara la transerencia de recursos eOternos y e4ecuci"n del$onvenio de $r7dito, a solicitud del 8inisterio de Planiicaci"n del )esarrollo, a trav7s del*iceministerio de Inversi"n Pblica y >inanciamiento (Oterno.

     

    IV% La contra!arte local será inanciada !or (/)( $9P9A$I6/.

     

    V% (/)( $9P9A$I9/ deberá asumir el re!ago de la deuda otovoltaica 9ruro 3F8T5.

     

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    Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de Planiicaci"n del )esarrollo0 de (conomíay >inan%as Pblicas0 y de Cidrocarburos y (nergía,

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    eOentas del !ago de tributos aduaneros de im!ortaci"n, y los gastos concernientes al servicio dealmacena4e y logística.

     

    Bue el Artículo 1 de la Ley /E 1HHF, de 2D de 4ulio de 1HHH, Ley +eneral de Aduanas,modiicado !or el Parágrao * del Artículo de la Ley /E G1, se=ala inan%as Pblicas, a título gratuito, eOentas del !ago de tributos aduaneros de im!ortaci"n, y los gastos concernientes a los servicios dealmacena4e.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo J del )ecreto u!remo /X 2GJJ, de F de diciembre de 2F1,inan%as Pblicas y al *iceministerio de Inversi"n Pblica y >inanciamiento(Oterno, de!endiente del 8inisterio de Planiicaci"n del )esarrollo, la inscri!ci"n o incrementode las !artidas de gasto 22FF S(studios, Investigaciones, Auditorías (Oternas yevalori%acionesU, 2DFF S(studios e Investigaciones !ara Proyectos de Inversi"n /o$a!itali%ablesU y JGFFF S(studios y Proyectos !ara Inversi"nU, con recursos de inanciamientoeOterno de cr7dito, donaci"n yRo contra!arte nacional establecidos en los convenios es!ecíicos,no amerita )ecreto u!remo. Para las demás uentes de inanciamiento el incremento de estas

     !artidas deberá a!robarse mediante )ecreto u!remo. 

    Bue el Artículo 1G del )ecreto u!remo /X 2GJJ, establece

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    ART#CULO 'NICO%- e autori%a al 8inisterio de la Presidencia, incrementar la sub!artida222F S$onsultores Individuales de LíneaU en 's1.2HG.M1F.- 3/ 8ILL6/ )9$I(/&9 /9*(/&A (I 8IL (&($I(/&9 )I(K FFR1FF '9LI*IA/95, inanciado con >uentey 9rganismo >inanciador 1F-111 S&esoro +eneral de la /aci"nU, a trav7s de un tras!aso !resu!uestario interinstitucional del &esoro +eneral de la /aci"n ; &+/, !ara la nidad deA!oyo a la +esti"n ocial,

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     !rinci!ios: accesibilidad, calidad, continuidad, eicacia, eiciencia, !artici!aci"n y controlsocial, seguridad, sostenibilidad, trans!arencia y universalidad.

     

    Bue el Artículo GM de la Ley /X 1G, dis!one

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    ART#CULO &%- 3CONTRATACIÓN DIRECTA4%

    I% e autori%a al 8inisterio de 9bras Pblicas, ervicios y *ivienda la contrataci"n directa deobras, bienes y servicios !ara el Proyecto $onstrucci"n e Im!lementaci"n del &ren rbano deanta $ru%.

     

    II% La e4ecuci"n del Proyecto será res!onsabilidad del 8inisterio de 9bras Pblicas, ervicios y*ivienda desde su inicio hasta su conclusi"n.

     

    III% (l 8inisterio de 9bras Pblicas, ervicios y *ivienda, e4ecutará el !roceso de contrataci"nhasta la irma del $ontrato, incor!orando al mismo, una cláusula

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    Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de Planiicaci"n del )esarrollo, y de 9brasPblicas, ervicios y *ivienda,

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      #I. e autori%a la contrataci"n directa de obras, bienes y servicios, destinada nica yeOclusivamente !ara la im!lementaci"n de las intervenciones institucionales en el marco del#Plan de Acciones Inmediatas ante el >en"meno (l /i=o 2F1 - 2F1G#, a las siguientesentidades !blicas:

    $om!ra de: (n bolivianos

    8inisterio de )eensa 2.F1G.G2

    Alimentos secos y de consumo inmediatos 1F.GFF.1.2

    *estimenta, ro!a de cama, %a!atos e indumentaria de vestir 2.FFF.FFF

    'oti

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    8inisterio de )esarrollo Productivo y (conomía Plural 1F.FFF.FFF

    Alimento !ara animales 3Alimento balanceado, maí%, arecho de trigo y sub!roductos de arro%51F.FFF.FFF

    >ondo /acional de Inversi"n Productiva y ocial 1J.M1.J2H

    ervicios, materiales y herramientas !ara la generaci"n de em!leo tem!oral !or tres 35 meses1J.M1.J2H

    &otal H1.FD.DMG

    III. e modiica el Artículo G del )ecreto u!remo /E 2G1D, de 2 de diciembre de 2F1, con elsiguiente teOto:

     #A&V$L9 G.- 3+A&9 (/ L9+V&I$A A)8I/I&A&I*95. Los gastos en logísticay de administraci"n se=alados en el inciso b5 del Artículo J del !resente )ecreto u!remo, sedistribuyen de la siguiente manera:

    )etalle (n bolivianos

    Logística

    8inisterio de )eensa J.HD.M

    8inisterio de 8edio Ambiente y Agua 21.JH2

    8inisterio de alud 2.M2F.FFF

    8inisterio de )esarrollo ural y &ierras J.212.D1D

    Administrativos

    >ondo /acional de Inversi"n Productiva y ocial M2D.M1

    &otal 12.DD.2G

    I*. e sustituye el AneOo del )ecreto u!remo /E 2G1D, de 2 de diciembre de 2F1, !or elAneOo

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    >)9. (*9 89AL( A8A, )avid $ho7liO $esar /avarro 8iranda, *irginia *elasco$ond"n, ?os7 +on%alo &rigoso Agudo, Ariana $am!ero /ava, 8aría AleOandra 8oreira L"!e%,oberto Iván Aguilar +"me%, $esar Cugo $ocarico ana, Cugo ?os7 iles /u=e% del Prado,Lenny &atiana *aldivia 'autista, 8ar@o 8arcelo 8achicao 'an@ovic, 8arianela Paco )uran,&ito olando 8onta=o ivera.

    DECRETO SUPREMO N 2676

    EVO MORALES AYMA

    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

     

    CONSIDERANDO:

     

    Bue el numeral H del Parágrao II del Artículo 2HD de la $onstituci"n Política del (stado,establece como com!etencias eOclusivas del nivel central del (stado, la !laniicaci"n, dise=o,construcci"n, conservaci"n y administraci"n de carreteras de la ed >undamental

     

    Bue el numeral 1 del Parágrao II del Artículo HG de la Ley /E F1, de 1H de 4ulio de 2F1F,8arco de Autonomías y )escentrali%aci"n SAndr7s Iba=e%U, se=ala undamental.

     

    Bue el Artículo D del )ecreto u!remo /E 21J, de 21 de agosto de 1HHD, determina undamental de $arreteras se encuentra la uta >undamental /E 3>5 - La Pa%3!la%a de armas5 - $ota!ata - $aranavi - Bui

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    Bue en este marco se ha gestionado ante la $or!oraci"n Andina de >omento ; $A>, un !r7stamo !or un monto de hasta Qus1M2.FFF.FFF.- 3$I(/&9 (&(/&A )9 8ILL9/(FFR1FF )6LA( (&A)9/I)(/(5, !ara el inanciamiento !arcial del SProyecto$onstrucci"n de la $arretera an 'or4a ; an Ignacio de 8oOosU, a ser e4ecutado !or la A'$.

     

    Bue es necesario autori%ar la suscri!ci"n del $ontrato de Pr7stamo con la $or!oraci"n Andinade >omento ; $A>, a ob4eto de materiali%ar el inanciamiento !arcial !ara la e4ecuci"n delcitado Proyecto.

     

    EN CONSE$O DE MINISTROS,

     

    DECRETA:

     

    ART#CULO 'NICO%-

    I% e autori%a al 8inistro de Planiicaci"n del )esarrollo, suscribir con la $or!oraci"n Andinade >omento ; $A>, en nombre y re!resentaci"n del (stado Plurinacional de 'olivia, un$ontrato de Pr7stamo, !or un monto de hasta Qus1M2.FFF.FFF.- 3$I(/&9 (&(/&A )9

    8ILL9/( FFR1FF )6LA( (&A)9/I)(/(5, !ara el inanciamiento !arcial delSProyecto $onstrucci"n de la $arretera an 'or4a ; an Ignacio de 8oOosU.

    II% na ve% suscrito el $ontrato de Pr7stamo, deberá ser remitido a consideraci"n de laAsamblea Legislativa Plurinacional, en cum!limiento a lo dis!uesto en el numeral 1F delParágrao I del Artículo 1D de la $onstituci"n Política del (stado.

    III% e autori%a al 8inisterio de (conomía y >inan%as Pblicas la suscri!ci"n del res!ectivo$onvenio ubsidiario con la Administradora 'oliviana de $arreteras ; A'$, en su condici"n de9rganismo (4ecutor, !ara la transerencia de recursos eOternos y e4ecuci"n del $ontrato dePr7stamo, a solicitud del 8inisterio de Planiicaci"n del )esarrollo, a trav7s del *iceministerio

    de Inversi"n Pblica y >inanciamiento (Oterno.

    IV% La A'$, como 9rganismo (4ecutor, deberá gestionar ante el +obierno Aut"nomo)e!artamental de 'eni el a!orte local establecido en el $ontrato de Pr7stamo.

    Los se=ores 8inistros de (stado, en los )es!achos de Planiicaci"n del )esarrollo0 de(conomía y >inan%as Pblicas0 y de 9bras Pblicas, ervicios y *ivienda,

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    !DO% EVO MORALES AYMA, )avid $ho

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    obras, bienes y servicios, a in de dar celeridad a la e4ecuci"n de la !olítica de gobierno en elsector salud.

     

    EN CONSE$O DE MINISTROS,

     

    DECRETA:

     

    ART#CULO 1%- 3OB$ETO4% (l !resente )ecreto u!remo tiene !or ob4eto:

    a. )eclarar de inter7s del nivel central del (stado la construcci"n de un 315establecimiento de salud hos!italario de segundo nivel, ubicado en el 8unici!io de

    $amiri del )e!artamento de anta $ru%0

    b. Autori%ar al 8inisterio de alud la contrataci"n directa de obras, bienes y servicios !arala construcci"n con el e

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    a. Para las contrataciones mayores a 's2F.FFF.- 3*(I/&( 8IL FFR1FF '9LI*IA/95,se solicitará al !roveedor el $ertiicado del egistro Wnico de Proveedores del (stado ; P(, !ara la ormali%aci"n de la contrataci"n0

     

    b. na ve% reali%adas las contrataciones directas, el 8inisterio de alud deberá:

     

    1. Presentar la inormaci"n de la contrataci"n a la $ontraloría +eneral del (stado, deacuerdo con la normativa emitida !or la $ontraloría +eneral del (stado0

     

    2. egistrar la contrataci"n directa en el istema de $ontrataciones (statales ; I$9(,cuando el monto sea mayor a 's2F.FFF.- 3*(I/&( 8IL FFR1FF '9LI*IA/95.

     

    ART#CULO %- 3!INANCIAMIENTO4% e autori%a al 8inisterio de (conomía y >inan%asPblicas, reali%ar tras!asos !resu!uestarios interinstitucionales con recursos del &esoro +eneralde la /aci"n ; &+/, !or un monto de hasta 's1F2.DH1.GFF.- 3$I(/&9 )9 8ILL9/(9$C9$I(/&9 /9*(/&A / 8IL (I$I(/&9 FFR1FF '9LI*IA/95, en avor del8inisterio de alud !ara el cum!limiento del !resente )ecreto u!remo.

     

    Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de (conomía y >inan%as Pblicas0 y de

    alud,

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    CONSIDERANDO:

     

    Bue el Parágrao II del Artículo 2F de la $onstituci"n Política del (stado, determina

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    Bue la Ley /X MM, de de noviembre de 2F1, tiene !or ob4eto convocar a eerendo$onstitucional A!robatorio, de conormidad a lo establecido !or el Parágrao II del Artículo J11de la $onstituci"n Política del (stado, y el Artículo 2 de la Ley /X F2G.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo J del )ecreto u!remo /X 2GJJ, de F de diciembre de 2F1,inan%as Pblicas y al *iceministerio de Inversi"n Pblica y >inanciamiento(Oterno de!endiente del 8inisterio de Planiicaci"n del )esarrollo, la inscri!ci"n o incrementode las !artidas de gasto 22FF S(studios, Investigaciones, Auditorías (Oternas yevalori%acionesU, 2DFF S(studios e Investigaciones !ara Proyectos de Inversi"n /o$a!itali%ablesU y JGFFF S(studios y Proyectos !ara Inversi"nU, con recursos de inanciamientoeOterno de cr7dito, donaci"n yRo contra!arte nacional establecidos en los convenios es!ecíicos,

    no amerita )ecreto u!remo. Para las demás uentes de inanciamiento el incremento de estas !artidas deberá a!robarse mediante )ecreto u!remo.

     

    Bue el Artículo 1G del )ecreto u!remo /X 2GJJ, dis!one

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    Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de la Presidencia, y de (conomía y >inan%asPblicas,

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    el uno !unto cinco !or ciento 31.N5 será destinado a la nidad de Li)PPI9$$, será de un 315 a=o com!utable a !artir de la echa de !ublicaci"n del citado)ecreto u!remo.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo J del )ecreto u!remo /X 2GJJ, de F de diciembre de 2F1,inan%as Pblicas y al *iceministerio de Inversi"n Pblica y >inanciamiento

    (Oterno, de!endiente del 8inisterio de Planiicaci"n del )esarrollo, la inscri!ci"n o incrementode las !artidas de gasto 22FF S(studios, Investigaciones, Auditorías (Oternas yevalori%acionesU, 2DFF S(studios e Investigaciones !ara Proyectos de Inversi"n /o$a!itali%ablesU y JGFFF S(studios y Proyectos !ara Inversi"nU, con recursos de inanciamientoeOterno de cr7dito, donaci"n yRo contra!arte nacional establecidos en los convenios es!ecíicos,no amerita )ecreto u!remo. Para las demás uentes de inanciamiento el incremento de estas !artidas deberá a!robarse mediante )ecreto u!remo.

     

    Bue el Artículo 1G del )ecreto u!remo /X 2GJJ, dis!one

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    a5 8odiicar el Artículo M del )ecreto u!remo /E 2JH, de 2G de agosto de 2F10

     

     b5 Autori%ar a la nidad de Li)PPI9$$el incremento de la sub!artida 222F S$onsultores Individuales de LíneaU.

     

    ART#CULO 2%- 3MODI!ICACIÓN4% e modiica el Artículo M del )ecreto u!remo /E2JH, de 2G de agosto de 2F1, con el siguiente teOto:

     

    “  ARTÍCULO 7.- (PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO).

     I.  El presupuesto de funcionamiento se financiará en su totalidad con recursos del Fondode Desarrollo Indígena, cuyo monto será hasta el cuatro punto cinco por ciento (4.5! de los

    recursos anuales asignados.

     

     II.  "ientras dure el proceso de li#uidaci$n del e% FD&&I')), del porcenta*e se+aladoen el &arágrafo precedente, el dos por ciento (! será destinado a la -nidad de i#uidaci$n

    del FD&&I')), #uedando el saldo restante de dos punto cinco por ciento (.5! para el

     funcionamiento del Fondo de Desarrollo Indígena./

    ART#CULO &%- 3CONSULTORES INDIVIDUALES DE L#NEA4% e autori%a a la nidadde Li)PPI9$$, emergente de la modiicaci"n reali%ada

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    en el Artículo 2 del !resente )ecreto u!remo, !rovendrá del !resu!uesto institucional del>ondo de )esarrollo Indígena.

     

    DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

     

    e abrogan y derogan todas las dis!osiciones contrarias al !resente )ecreto u!remo.

     

    DISPOSICIONES !INALES

     

    DISPOSICIÓN !INAL 'NICA%- e autori%a al 8inisterio de (conomía y >inan%as Pblicas,reali%ar las modiicaciones !resu!uestarias corres!ondientes !ara el cum!limiento del !resente)ecreto u!remo.

     

    Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de (conomía y >inan%as Pblicas, y de)esarrollo ural y &ierras,

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    CONSIDERANDO:

     

    Bue el Parágrao I del Artículo 2G de la $onstituci"n Política del (stado, determina

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     !ara el )esarrollo ostenibleU, es necesario autori%ar la contrataci"n directa de bienes yservicios.

     

    EN CONSE$O DE MINISTROS,

     

    DECRETA:

     

    ART#CULO 1%- 3OB$ETO4% (l !resente )ecreto u!remo tiene !or ob4eto reali%ar lasacciones necesarias !ara hacer eectivo el im!osio SPromoci"n de la Administraci"n PblicaInclusiva y es!onsable !ara el )esarrollo ostenibleU, a eectuarse en la ciudad de$ochabamba, los días 1G y 1M de mar%o de 2F1G.

     

    ART#CULO 2%- 3TRANS!ERENCIA DE RECURSOS4% e autori%a al 8inisterio de(conomía y >inan%as Pblicas, reali%ar un tras!aso !resu!uestario interinstitucional conrecursos del &esoro +eneral de la /aci"n ; &+/ !or un monto de hasta 'sJHH.2HF.-3$A&9$I(/&9 /9*(/&A /(*( 8IL )9$I(/&9 /9*(/&A FFR1FF'9LI*IA/95, al 8inisterio de &rans!arencia Institucional y Lucha contra la $orru!ci"n, !arala reali%aci"n del im!osio SPromoci"n de la Administraci"n Pblica Inclusiva y es!onsable !ara el )esarrollo ostenibleU.

     

    ART#CULO &%- 3CONTRATACIÓN DIRECTA4%

    I%  e autori%a al 8inisterio de &rans!arencia Institucional y Lucha contra la $orru!ci"n,eectuar la contrataci"n directa de bienes y servicios !ara la reali%aci"n del im!osioSPromoci"n de la Administraci"n Pblica Inclusiva y es!onsable !ara el )esarrolloostenibleU.

     Las contrataciones directas eectuadas en el marco del !resente )ecreto u!remo, son

    res!onsabilidad de la 8áOima Autoridad (4ecutiva ; 8A( de la entidad contratante desde suinicio hasta su conclusi"n.

     

    II%  (l !rocedimiento !ara la contrataci"n directa de bienes y servicios será reglamentado !or 8inisterio de &rans!arencia Institucional y Lucha contra la $orru!ci"n medianteesoluci"n eO!resa.

     

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    a5 Para las contrataciones mayores a 's2F.FFF.- 3*(I/&( 8IL FFR1FF '9LI*IA/95,se solicitará al !roveedor el $ertiicado del egistro Wnico de Proveedores del (stado ; P(, !ara la ormali%aci"n de la contrataci"n0

     

     b5 na ve% reali%adas las contrataciones directas, el 8inisterio de &rans!arenciaInstitucional y Lucha $ontra la $orru!ci"n deberá:

     

    1. Presentar la inormaci"n de la contrataci"n a la $ontraloría +eneral del (stado, deacuerdo con la normativa emitida !or la $ontraloría +eneral del (stado0

     

    2. egistrar la contrataci"n directa en el istema de $ontrataciones (statales ; I$9(,cuando el monto sea mayor a 's2F.FFF.- 3*(I/&( 8IL FFR1FF '9LI*IA/95.

     

    La se=ora 8inistra de (stado en el )es!acho de &rans!arencia Institucional y Lucha contra la$orru!ci"n,

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    Bue la Ley /X MM, de F de abril de 1HD, a!rueba el $onvenio $onstitutivo de la $or!oraci"nInteramericana de Inversiones, abierta en el 'anco Interamericano de )esarrollo el 1H denoviembre de 1HDJ.

     

    Bue el Parágrao I del Artículo 1J del )ecreto u!remo /E 2HDHJ, de M de ebrero de 2FFH,determina omento, >ondo >inanciero !ara el )esarrollo de la $uenca del Plata ; >9/PLA&A y otrosde igual naturale%a, será e4ercida !or la 8inistra o 8inistro ervidor Pblico de Planiicaci"ndel )esarrollo y la re!resentaci"n alterna la e4ercerá la 8inistra o 8inistro ervidor Pblico de(conomía y >inan%as Pblicas.

     

    Bue el inciso l5 del Artículo G del )ecreto u!remo /E 2HDHJ, establece

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    ART#CULO 2%- 3AUTORIZACIÓN DE SUSCRIPCIÓN4% e autori%a al 8inistro dePlaniicaci"n del )esarrollo a suscribir y remitir a la $II, en nombre y re!resentaci"n del (stadoPlurinacional de 'olivia, el Instrumento de suscri!ci"n de setecientos cuarenta y ocho 3MJD5

    acciones del ca!ital social, con un !recio de base de Qus1G.1MD,G !or un total deQus12.1F1.H2,DF.- 3)9$( 8ILL9/( $I(/&9 / 8IL BI/I(/&9 /9*(/&A )9DFR1FF )6LA( (&A)9/I)(/(5.

     

    ART#CULO &%- 3PAGO DE APORTE DE CAPITAL4% e autori%a al 8inisterio de (conomíay >inan%as Pblicas, a incor!orar en el Presu!uesto +eneral de (stado de cada e4ercicio iscal ya eectuar el !ago a trav7s del &esoro +eneral de la /aci"n ; &+/, el aumento general deca!ital de la $II, !or setecientos cuarenta y ocho 3MJD5 acciones asignadas al (stadoPlurinacional de 'olivia segn lo dis!uesto en la esoluci"n A+-HR1 y $IIRA+-2R1 y la

     !ro!uesta de reasignaci"n a!robada !or el )irectorio (4ecutivo el 1 de diciembre de 2F1, !orun total de Qus12.1F1.H2,DF.- 3)9$( 8ILL9/( $I(/&9 / 8IL BI/I(/&9 /9*(/&A )9 DFR1FF )6LA( (&A)9/I)(/(5, a ser !agado en eectivo, ensiete 3M5 cuotas anuales a !artir del a=o 2F1G.

     

    ART#CULO %- 3MODI!ICACIONES PRESUPUESTARIAS4% e autori%a al 8inisterio de(conomía y >inan%as Pblicas, reali%ar las modiicaciones !resu!uestarias corres!ondientes, !ara dar cum!limiento a lo dis!uesto en el !resente )ecreto u!remo.

     

    DISPOSIONES !INALES

     

    DISPOSICIÓN !INAL 'NICA%- Los 8inisterios de Planiicaci"n del )esarrollo y de(conomía y >inan%as Pblicas, reglamentarán mediante esoluci"n 'iministerial el !rocedimiento a trav7s del cual se dará la no ob4eci"n al inanciamiento de la $II del 'I) !aralos !royectos del sector !rivado.

     Los se=ores 8inistros de (stado en los )es!achos de Planiicaci"n del )esarrollo, y de(conomía y >inan%as Pblicas,

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    !DO% EVO MORALES AYMA, )avid $ho

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    Bue el )ecreto u!remo /E 22GJ, de 11 de ebrero de 2F1, autori%a al 'anco de )esarrolloProductivo - ociedad An"nima 8iOta ; ')P .A.8., im!lementar y administrar un istema deegistro de +arantías /o $onvencionales.

     

    Bue el )ecreto u!remo /E 2F1, de 1D de mar%o de 2F1, modiica el )ecreto u!remo /EFDFD cambiando el monto y am!liando la inalidad del ideicomiso se=alado.

     

    Bue eOiste la necesidad de am!liar el !la%o del ideicomiso !ara a!oyar a los micros y !e

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    I% e am!lía el !la%o del ideicomiso autori%ado mediante )ecreto u!remo /E FDFD, !ordos 325 a=os adicionales com!utables a !artir de la echa de vencimiento del contrato deconstituci"n del >ideicomiso, destinados a la colocaci"n de cr7ditos y administraci"n de cartera.

     

    II% )e manera eOce!cional y !revia evaluaci"n de la e4ecuci"n del >ideicomiso, se !odráam!liar el !la%o establecido en el Parágrao I del !resente Artículo !or 325 a=os adicionales, !ara la administraci"n de la cartera colocada y cierre del >ideicomiso. (sta am!liaci"n seráreali%ada mediante adenda al contrato de >ideicomiso.

     

    DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

     

    e abrogan y derogan todas las dis!osiciones contrarias al !resente )ecreto u!remo.

    DISPOSICIONES !INALES

     

    DISPOSICIÓN !INAL 'NICA%- e autori%a al 8inisterio de )esarrollo Productivo y(conomía Plural, modiicar el $ontrato de $onstituci"n del >ideicomiso autori%ado mediante)ecreto u!remo /X FDFD y reali%ar las actividades necesarias a in de !ermitir el cum!limiento

    de lo dis!uesto en el !resente )ecreto u!remo.

     

    La se=ora 8inistra de (stado en el )es!acho de )esarrollo Productivo y (conomía Plural,

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